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PLAN DE
CONVIVENCIA
IES Virgen de la Cabeza. Marmolejo
(Revisado en septiembre de 2014, adecuando los protocolos
ante acoso escolar, maltrato infantil, violencia de género y
agresión hacia el profesorado o el personal no docente a la
Orden de 20 de junio de 2011, por la que se adoptan medidas
para la promoción de la convivencia en los centros
docentes…).
2014
Aprobado en fecha reflejada en la parte inferior
Junta de Andalucía
18/09/2014
Plan de Convivencia. IES Virgen de la Cabeza 2
ÍNDICE
ÍNDICE............................................................................................................... 1
DIAGNÓSTICO Y OBJETIVOS.............................................................................. 5
A.- CARACTERÍSTICAS DEL CENTRO Y SU ENTORNO................................. 5
La localidad ........................................................................................................ 5
Las Familias: ...................................................................................................... 6
El Centro:............................................................................................................ 6
Alumnado: .......................................................................................................... 7
Conflictividad detectada en el Centro: ............................................................... 8
B) NORMAS DE CONVIVENCIA:....................................................................... 10
1. Puntualidad y horario................................................................................... 10
2. Orden en pasillos, aulas y desplazamientos................................................. 11
3. Faltas de asistencia ...................................................................................... 11
4. Trabajos y exámenes.................................................................................... 11
5. Cuidado medioambiental............................................................................. 12
6. Aseos y Servicios......................................................................................... 12
7. Actitud en el aula y dentro del Centro......................................................... 12
8. Normas de conducta de carácter general. .................................................... 13
9. Actitud en el aula:........................................................................................ 14
10. Teléfonos móviles / Golosinas / Juegos de azar ........................................ 15
11. Recreos / Cafetería / Pistas Deportivas...................................................... 15
12. Viajes, salidas y visitas.............................................................................. 16
Medidas para garantizar su cumplimiento:....................................................... 16
Baremación de las conductas contrarias a las normas de convivencia:................... 17
FALTAS LEVES Y GRAVES. SANCIONES ................................................ 17
1.-Conductas contrarias a las normas de convivencia. .................................... 17
2.- Conductas gravemente perjudiciales para la convivencia.......................... 19
El Carné por puntos: ................................................................................................ 23
PROTOCOLOS DE ACTUACIÓN EN SUPUESTOS DE ACOSO
ESCOLAR........................................................................................................ 25
Características del Acoso Escolar.................................................................... 25
Tipos de acoso. ................................................................................................ 26
Consecuencias del acoso.................................................................................. 26
Protocolo........................................................................................................... 26
PROTOCOLO DE ACTUACIÓN EN CASO DE MALTRATO INFANTIL 30
Plan de Convivencia. IES Virgen de la Cabeza 3
Características del maltrato infantil................................................................. 30
Tipología del maltrato...................................................................................... 30
Clasificación del maltrato en cuanto a la gravedad. ........................................ 31
Protocolo........................................................................................................... 32
PROTOCOLO DE ACTUACIÓN ANTE CASOS DE VIOLENCIA DE
GÉNERO EN EL ÁMBITO EDUCATIVO..................................................... 35
Características de la violencia de género......................................................... 35
Tipos de violencia de género. .......................................................................... 35
Protocolo........................................................................................................... 36
PROTOCOLO DE ACTUACIÓN EN CASO DE AGRESIÓN HACIA EL
PROFESORADO O EL PERSONAL NO DOCENTE.................................... 39
Caracterización. ............................................................................................... 39
Protocolo........................................................................................................... 40
ACTUACIONES DE LA INSPECCIÓN EDUCATIVA................................ 41
ACTUACIONES DE LA DIRECCIÓN DEL CENTRO................................ 43
ACTUACIÓN DE LA DELEGACIÓN PROVINCIAL DE EDUCACIÓN .. 44
GUÍA DE ORIENTACIÓN JURÍDICA ......................................................... 44
C) COMISIÓN DE CONVIVENCIA ..................................................................... 46
Funciones de la Comisión de Convivencia y Plan de actuación. ..................... 46
Plan de reuniones.............................................................................................. 46
D) AULA DE CONVIVENCIA:............................................................................. 49
Normas específicas para el funcionamiento del aula de convivencia............... 49
Finalidad del aula de convivencia: .................................................................. 49
Objetivos:......................................................................................................... 49
Profesorado que atenderá el Aula de Convivencia:......................................... 50
Normas específicas para el funcionamiento del Aula de Convivencia............ 50
Funcionamiento del Aula de Convivencia........................................................ 51
Funciones en el ámbito del centro ................................................................... 52
Funciones en el ámbito individual o de intervenciones específicas ................ 53
Funciones del Coordinador o Coordinadora del Aula de Convivencia ........... 54
Normas específicas para el funcionamiento del Aula de Convivencia............ 55
E) PROMOCIÓN DE LA CONVIVENCIA ........................................................... 58
A. Propuestas para la mejora de la convivencia escolar................................... 58
B. Otras medidas para la mejora de la convivencia.......................................... 63
El agrupamiento del alumnado como prevención de las faltas contra la
convivencia.................................................................................................................. 64
Plan de Convivencia. IES Virgen de la Cabeza 4
La atención a la diversidad .............................................................................. 64
Especial atención a los alumnos de los primeros cursos de la ESO. ............... 65
F) MEDIDAS PARA PREVENIR, DETECTAR, MEDIAR Y RESOLVER LOS
CONFLICTOS .................................................................................................................... 66
Serán obligaciones del profesor de guardia:.................................................... 66
Apertura y cierre de las aulas........................................................................... 67
G) MEDIACIÓN. FUNCIONES DE LOS DELEGADOS Y DELEGADAS DEL
ALUMNADO EN LA MEDIACIÓN ................................................................................. 68
Delegados y Delegadas de grupo..................................................................... 68
H) DELEGADOS Y DELEGADAS DE PADRES Y MADRES........................... 69
La figura del delegado o la delegada de padres y madres se regula en la Orden
de 20 de junio de 2011................................................................................................. 69
Funciones respecto a la mediación en la resolución pacífica de conflictos entre
el alumnado o entre éste y cualquier miembro de la comunidad educativa: ............... 72
I) NECESIDADES FORMATIVAS ....................................................................... 73
Las necesidades formativas en materia de convivencia se recogen en la Orden
de 20 de junio de 2011................................................................................................. 73
J) SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN................................................................... 75
Difusión, seguimiento y evaluación del Plan de Convivencia. ........................ 75
K) COLABORACIÓN CON OTRAS ENTIDADES ............................................. 76
L) RECOGIDA DE INCIDENCIAS....................................................................... 77
FICHA DE REFLEXIÓN I – Aula de Convivencia......................................... 78
FICHA DE REFLEXIÓN II – Aula de Convivencia ....................................... 80
Plan de Convivencia. IES Virgen de la Cabeza 5
DIAGNÓSTICO Y OBJETIVOS
A.- CARACTERÍSTICAS DEL CENTRO Y SU ENTORNO.
LA LOCALIDAD
Marmolejo es una localidad de 7.380 habitantes según el último censo de 2.011,
población estancada, o en leve retroceso, produciéndose pérdida de habitantes año tras año,
debido a las bajas expectativas de trabajo que ofrece una localidad que ha basado su
economía en una agricultura basada principalmente en el monocultivo del olivar y
productos de huerta, sin desarrollar ningún tipo de industria para dar salida a los productos
que generaba.
En cuanto al régimen de propiedad de la tierra, es de destacar que un gran número
de habitantes son propietarios de pequeñas parcelas, mientras que también se encuentran
algunos propietarios de grandes latifundios. La población de Marmolejo, ligada a la tierra y
a sus vaivenes, ha sido ahorradora, sin afán alguno de ostentación, pero con la seguridad de
tener esos ahorros que poco a poco han ido acumulando con el esfuerzo de todos los
miembros de la familia, para asegurarse un futuro que les permitiera mantener una
situación digna cuando la situación fuera desfavorable. Prueba de ello es la existencia de 9
oficinas bancarias en el 2.011.
Dado que la principal actividad económica es la agricultura, es lógico pensar que
una gran parte de la población cotiza a la Seguridad Social por el régimen agrario. Existen
unas 1500 personas cotizando en el régimen agrícola en la localidad, de las cuales, unas
1300 personas han percibido durante alguna temporada el subsidio agrícola; importante
destacar que duplica el número de mujeres al de hombres que cotizan en este régimen.
En cuanto al sector industrial, relacionado con el campo, funcionan tres almazaras
de aceite de oliva, de gran tradición en la localidad.
En los años noventa comenzó a despertar un tímido embrión industrial que en
pocos años se convirtió en el motor de la economía local. Fue fuente de generación de
empleo, asumiendo casi toda la mano de obra joven, sin cualificación, y creó riqueza que
se tradujo en un bienestar general. Lamentablemente solo fue el sueño de una noche de
verano. Demasiado pronto los malos presagios que sacudían el país también llegaron a
este pequeño pueblo de Andalucía y comenzó el proceso inverso: cerraron casi todas las
industrias, y según datos del Instituto Nacional de Estadística, en el año 2.009 no se creó
ninguna.
Marmolejo se puede considerar como una localidad formada en su mayoría por
familias trabajadoras; en algunas de ellas se cuenta con un sueldo estable, en una gran
parte, con trabajos temporales e inestables, completando sus necesidades económicas con
el subsidio agrícola, necesario e incluso imprescindible para un gran número de familias
que tan solo pueden dar unas pocas peonadas en el campo, cada día menos rentable.
Consecuencia de la anterior situación, podemos decir que:
- Un 10% de la población compone la clase alta.
- Un 30% la clase media.
Plan de Convivencia. IES Virgen de la Cabeza 6
- Un 45% la clase media-baja.
- Un 15% la clase baja.
En la actualidad se encuentran familias con graves problemas para cubrir sus
necesidades mínimas, rondando, si no en él, el umbral de la pobreza.
La población joven que años atrás abandonaba pronto el entorno escolar para
incorporarse al mundo del trabajo, en la actualidad al no tener opciones laborales,
permanece más en el centro e intentan, al menos, obtener el título de graduado en
Educación Secundaria; son conscientes que en el futuro, esta preparación puede ser la que
marque la diferencia entre el paro o el trabajo. A continuación, muchos se matriculan en
Formación Profesional, y el resto cursa bachillerato, como paso a estudios posteriores.
LAS FAMILIAS:
En los últimos años, la sociedad en nuestro país está experimentando un cambio
rápido y radical. La típica familia formada por padre, madre e hijos, con unos roles muy
definidos, y una autoridad incuestionable, pertenece a nuestra historia, reciente, pero
historia. Actualmente la composición de la familia ha cambiado. Encontramos familias con
un solo progenitor, hijos de padres divorciados, hijos que, debido al trabajo de los padres,
pasan mucho tiempo solos, nadie les controla sus actividades. Muy a menudo, los padres,
que en Educación Infantil y Primaria seguían a diario los progresos de sus pequeños, ahora
se desentienden de su evolución escolar. No dedican tiempo a hablar con sus hijos e hijas,
tiempo para exigirles su responsabilidad de adquirir una formación que les permita
continuar estudios posteriores, etc.
Y lamentablemente, Marmolejo no permanece al margen de esta corriente. Nuestros
alumnos y alumnas necesitan más del apoyo familiar, el alumnado debe asumir su
responsabilidad, retomar el hábito de estudio, sentirse satisfecho por el trabajo realizado,
disfrutar con la lectura, … Esto también supone un trabajo para las familias que deben
apoyar a sus hijos con el asesoramiento del profesorado. Trabajar juntos padres, madres,
profesores y profesoras para conseguir el objetivo común.
Actualmente las relaciones con las familias, en general, son escasas. Como en casi
todos los centros, la presencia familiar se produce cuando existe un conflicto. La falta de
formación de algunos padres y madres hace que ante un problema, en ocasiones
desautoriza al profesorado sin contrastar las informaciones que su hijo/a les da, haciendo
un flaco favor a la formación de nuestros educandos.
Cabe decir, que la asistencia a la reunión tutorial de inicio de curso suele ser
masiva, pero a lo largo del año, sobre todo durante la campaña de la aceituna, un gran
número de padres/madres sólo vienen cuando el tutor se preocupa de citarlos.
Sobre las relaciones de las familias con el Centro, es curioso observar que aquellos
padres/madres cuyos hijos/as llevan un adecuado proceso educativo y son menos
problemáticos en el respeto a las normas de convivencia, son también los que se relacionan
mejor y con mayor asiduidad con el profesorado.
EL CENTRO:
El I.E.S. “Virgen de la Cabeza” está situado en el límite del casco urbano de la
localidad de Marmolejo, junto a la carretera A-420 en dirección al Balneario.
Plan de Convivencia. IES Virgen de la Cabeza 7
Según consta en nuestra página WEB, el actual I.E.S. "Virgen de la Cabeza" se
inauguró en 1.961 como centro para la formación de agricultores. Su nombre original fue
de "Granja Escuela" y se dedicó a impartir los cursos de Capataces Agrícolas.
A partir del año 65 se comenzaron a dar cursos monográficos (maquinaria,
ganadería...) destinados a profesionales del sector agro-ganadero y con la finalidad de
elevar el nivel técnico de la agricultura.
En el curso 1.973/74 con la Ley General de Educación se inician en este Centro los
estudios de Formación Profesional Agraria de primer y segundo grado, en Explotaciones
Agrarias. En el mismo curso se inicia la reducción de las enseñanzas de Capataces
Agrícolas.
Con la LOGSE, en 1.992-93 se inician las enseñanzas de formación profesional de
Ciclos Formativos, Educación Secundaria y Bachillerato pasando a denominarse: "IES
VIRGEN DE LA CABEZA".
ALUMNADO:
Debido a la gran variedad de enseñanzas que se imparten en nuestro Centro, se
sientan en nuestras aulas alumnos procedentes tanto de nuestra localidad como de toda la
geografía andaluza, y en ocasiones incluso, procedentes de otras comunidades.
En la ESO, el alumnado procede básicamente de nuestra localidad, aunque también
hay un pequeño grupo de alumnado de otras localidades, que por problemas, en ocasiones
suyos y en ocasiones de sus familias de procedencia, están en situación de acogida en el
Convento-Hogar de “San José de la Montaña” y desde aquí se incorporan, primero a los
centros de Educación Infantil, Primaria, y posteriormente a nuestro Centro para continuar
con la Educación Secundaria.
Suelen ser un tipo de alumnado con deficiencias afectivas, en general no
problemáticos, pero con bajo rendimiento académico.
Otro tipo de alumnado que asiste a la ESO en nuestro Centro, está interno durante
el periodo lectivo en la Residencia Escolar “La Granja”, contigua al IES, acoge alumnado
procedente, en unas ocasiones, de lugares donde sus familias tienen problemas para
mantenerlos escolarizados, y en otras ocasiones, acoge alumnado procedente de familias
con conductas disruptivas, que en ocasiones presentan conductas inapropiadas contra la
convivencia.
En Bachillerato, el alumnado procede básicamente de nuestra localidad puesto que
aquel alumno que estaba acogido en el Convento-Hogar, ya es mayor y ha abandonado el
mismo, y el alumnado que estaba en la ESO desde la Residencia Escolar, cuando pasa la
etapa de escolarización obligatoria, también abandona nuestra localidad.
En Ciclos Formativos es donde encontramos un tipo de alumnos y alumnas con una
procedencia más diversa: El alumnado procede, en parte de nuestra localidad, y en su
mayoría de otros puntos de la provincia o Andalucía. Su edad está comprendida entre los
16 años y no hay un límite de edad definido por arriba. A veces encontramos alumnos con
50 años o más. Residen muchos de ellos en la Residencia Escolar “La Granja”, y otros, en
pisos alquilados a modo de los estudiantes universitarios.
Como vemos, en nuestro centro encontramos alumnado con unas necesidades,
aspiraciones, edad, etc. muy variadas y a los que hay que atender.
Plan de Convivencia. IES Virgen de la Cabeza 8
CONFLICTIVIDAD DETECTADA EN EL CENTRO:
El clima de convivencia en nuestro Centro, es el propio de un centro de sus
características, siendo la normalidad su rasgo más destacable. En él no se han dado
situaciones, ni individuales ni colectivas, que puedan considerarse de alto riesgo.
Uno de los principales problemas de nuestro Centro, causa en ocasiones de faltas
contra la convivencia, es el gran desinterés del alumnado por su formación. Ello acarrea un
notable retaso educativo, que desemboca en la incapacidad para seguir el normal desarrollo
de la clase. El alumnado pierde cualquier interés por su educación, negándose incluso a
trabajar cualquier tipo de adaptación curricular que se le ofrezca, cayendo en conductas
disruptivas y planteando problemas de convivencia dentro del aula.
En los últimos años, consecuencia de los cambios sociales, de la mayor
independencia y libertad que los jóvenes reclaman, de la pérdida del poder y autoridad que
tenían los padres para educar a sus hijos, se ha llegado a una situación, lamentablemente
muy generalizada en casi todos los centros educativos que es la falta de esfuerzo,
responsabilidad y hábito de estudio que provoca el fracaso escolar en un número elevado
del alumnado de la ESO.
Nuestro centro no es ajeno a estos cambios sociales, y el reto que tenemos es el de
conseguir reducir el fracaso escolar. Toda la comunidad educativa debe implicarse y
apostar de forma decidida por conseguir ese fin común.
Un alto número de alumnos sólo desean terminar su Educación Obligatoria; es la
meta máxima a la que aspiran. El resto se reparte entre realizar estudios post-obligatorios
en Ciclos Formativos de grado medio y estudios universitarios superiores.
La disciplina en nuestro centro no presenta serios problemas. Las faltas contra la
convivencia se han reducido mucho desde que se implantó el sistema del carné por puntos.
Los alumnos y alumnas saben qué pueden perder ante cada infracción que cometan contra
las normas de convivencia e intentan no cometerlas. Paralelamente a la pérdida de puntos
funciona un sistema de recuperación realizando algunas tareas, a veces de colaboración
con la Coordinadora de Convivencia o con la Jefa de Estudios.
Los mayores problemas de convivencia y disciplina escolar se manifiestan en los
alumnos de 1º, 2º y 3º de E.S.O, principalmente en los dos últimos. En 3º las conductas
disruptivas se dan en alumnado que ya tienen, o están cerca de cumplir los 16 años, no
tienen ninguna motivación para alcanzar cualquier tipo de titulación, y esperan estar fuera
de la edad de escolarización obligatoria para abandonar el centro. Ya en 4º de ESO el
alumnado que cursa este nivel, piensa seguir estudios posteriores, bien de Bachillerato, o
bien en la Formación Profesional. Tiene interés por su formación, y generalmente no
plantea problemas de convivencia.
Ya en Bachillerato y Ciclos Formativos el alumnado, si bien suelen relajarse en el
cumplimiento de algunas normas porque piensan que son mayores y que el cumplimiento
de éstas solo afecta al alumnado de la ESO, no suele plantear problemas que afecten
gravemente a la convivencia en el IES.
Los motivos principales de sanción son las interrupciones y juegos en el aula que
impiden el normal desarrollo de la clase. Otro motivo de sanción habitual es la asistencia a
clase de alumnos/as sin material o aún teniéndolo, negarse a usarlo, dificultando de igual
manera el normal desarrollo de la clase. En menor grado se producen incidencias de falta
de respeto al profesorado o a compañeros/as.
Plan de Convivencia. IES Virgen de la Cabeza 9
Como dijimos al principio, la principal causa de estos comportamientos contrarios a
las normas es la total falta de interés de estos alumnos por su formación:
En el 95% de los casos los alumnos/as sancionados tienen malos o muy malos
resultados académicos.
Resumiendo, podemos extraer las siguientes conclusiones:
a. Las conductas consideradas graves son muy escasas.
b. Las conductas leves corresponden en aproximadamente un 90% al
concepto “Perturbación del normal desarrollo de las actividades de clase”.
El resto son “Actuaciones incorrectas contra algún miembro de la
comunidad” o “Faltas y retrasos injustificados de asistencia a clase”.
c. Las incidencias negativas en el clima de convivencia del centro son
especialmente significativas en el alumnado de 1º y 2º de ESO y menos
relevantes en 3º ESO y muy reducidas en 4º ESO, Bachillerato y Ciclos
Formativos.
d. Entre los cursos 2009-10, 2010-11 y 2011-12 se ha producido una
reducción significativa de las conductas contrarias a la convivencia.
La reducción de las faltas contrarias a la convivencia ha sido posible por la
aplicación de medidas como:
a. Implantación del carné por puntos.
b. El uso de la agenda escolar como medio rápido de comunicación entre
profesorado y familias.
c. Todas las conductas disruptivas han sido sancionadas con inmediatez
aplicando la normativa vigente y el Plan de Convivencia.
d. En la elaboración de horarios se procura lograr el mayor número posible de
grupos flexibles y desdobles según el profesorado disponible, haciendo que
las clases estén menos masificadas.
e. El funcionamiento del Aula de Convivencia como lugar para la sanción y
la reflexión.
f. El funcionamiento del aula de apoyo.
g. La colaboración que normalmente encontramos en las familias de los
alumnos sancionados.
h. La inmediatez en el tratamiento y la resolución de conflictos.
Plan de Convivencia. IES Virgen de la Cabeza 10
B) NORMAS DE CONVIVENCIA:
Las normas de centro y de aula se entienden como pautas o acuerdos que permiten
la implicación de cada persona en el adecuado funcionamiento del centro, garantizando el
respeto de los derechos de toda la comunidad educativa.
El alumnado, el profesorado y las familias deben conocer y asimilar las normas de
convivencia del centro.
Las normas han de ser eficaces y evaluables, pudiendo ser revisadas y modificadas
si se considera necesario para garantizar su eficacia y cumplimiento.
Las normas de convivencia se establecen de acuerdo a:
• Capítulo III del Decreto 327/2010 de 13 de julio, que regula el Reglamento
Orgánico de los IES. Su corrección también se lleva a cabo según lo
dispuesto en este Reglamento.
• Orden de 20 de junio de 2011 por la que se adoptan medidas para la
promoción de la convivencia en los Centros Docentes sostenidos con fondos
públicos y se regula el derecho de las familias a participar en el proceso
educativo de sus hijos e hijas.
1. Las normas de convivencia del centro son de obligado cumplimiento para todo el
alumnado, tanto dentro como fuera del aula, con independencia de que la actividad
en que éstos participen se realice dentro o fuera del horario lectivo.
2. Los profesores tienen la responsabilidad de que se mantenga, dentro del aula, el
necesario clima de trabajo para que los alumnos estudien, trabajen y aprendan.
3. Todo profesor que sea testigo de una infracción de las Normas de Convivencia
establecidas, con independencia del lugar y del momento en que ésta se produzca,
está obligado a intervenir para intentar resolver la situación planteada.
Si la infracción se considera como conducta contraria a las normas de convivencia,
podrá imponer una de las sanciones recogidas en el art. 35 y 36 del Decreto 327/2010, y si
la infracción se considera como conducta gravemente contraria a las normas de
convivencia, el director/a impondrá la sanción acorde al art. 38 del citado Decreto.
1. Puntualidad y horario
1. La puntualidad en el cumplimiento de las actividades lectivas del Centro es
obligación de todos. El horario lectivo comienza a las 8:15 h. y se prolonga hasta
las 14:45 h. No se permitirán retrasos en la entrada superiores a los 10 minutos. Si
por circunstancias justificadas algún alumno/a llegase tarde a clase deberá
comunicarlo a la Jefatura de Estudios, profesorado de guardia e incorporarse a su
grupo. La justificación debe hacerse mediante comunicación escrita, llamada
telefónica o presencia de los padres o tutores en el centro.
2. El alumnado que justifique debidamente su retraso se incorporará a su clase y
entregará posteriormente a su tutor/a el citado justificante, para que su ausencia sea
considerada como justificada.
3. Durante el horario escolar el alumnado no podrá abandonar el Centro. En caso de
tener una causa justificada - o presentarse un imprevisto- para hacerlo deberá
Plan de Convivencia. IES Virgen de la Cabeza 11
procederse según el apartado de “entrada y salida de alumnos y alumnas durante la
jornada escolar” recogido en el Proyecto Educativo y en el ROF de nuestro centro.
2. Orden en pasillos, aulas y desplazamientos
1. El alumnado debe permanecer en su aula en horas de clase y sólo se podrá salir
excepcionalmente en caso de necesidad presentando la tarjeta que acredite la
autorización del profesor/a. No se permitirán las salidas en los cambios de clase. La
convivencia en los tiempos intermedios, entre clases, debe transcurrir sin perturbar
la normalidad, actitud de espera, por lo que no están permitidos los juegos, los
gritos, las carreras o cualquier acto que perturbe la convivencia.
2. Los alumnos deben esperar al profesor en el aula (NO en los pasillos).
3. Los alumnos deben mantener una actitud correcta en clase, no estando permitido el
uso de gorras, viseras, móviles, aparatos de música y otros dispositivos electrónicos
o no, ni objetos que puedan distraer al propio alumno o a sus compañeros o
interrumpir al profesor. Los profesores retirarán los objetos, aparatos o dispositivos
antes mencionados, entregándolos para su custodia en Jefatura de Estudios hasta
que sean recogidos por sus padres/madres a partir del día siguiente a su retirada.
4. Los desplazamientos que se realicen entre clases – por traslado a aulas específicas o
de especialidad – deben hacerse con la mayor brevedad, orden y con el menor ruido
posible.
3. Faltas de asistencia
1. La asistencia a clase es obligatoria y se controla cada hora. Las faltas a clase por
parte del alumnado se justificarán dentro de un plazo máximo de tres días y puede
realizarse a través de la Agenda, por escrito firmado o mediante comunicación oral
o escrita de los padres o tutores legales, al tutor/a, siendo éste el encargado de
considerar si el motivo de la falta es realmente justificada, salvo en el caso de las
faltas en el mismo día previas a un control: en esa circunstancia el Profesor/a
advertirá al alumno/a de que la validez de la prueba que va a realizar está
supeditada a que la Jefatura de Estudios dé por buena la justificación que, previa a
la realización del examen, habrá entregado al Profesor/a.
2. Un número de faltas injustificadas en el trimestre -según la periodicidad semanal
de las áreas, materias y/o módulos - puede dar lugar a la pérdida del derecho a la
evaluación continua.
3. El profesorado pasará lista todos los días y en cada clase utilizando un parte de
asistencia. Periódicamente los tutores/as y/o la Jefatura de Estudios informará a las
familias de las ausencias de sus hijos o hijas, circunstancia que se reflejará además
en el boletín de notas trimestral y en el registro del Programa Séneca.
4. Trabajos y exámenes
1. El trabajo bien hecho es una exigencia permanente en este Instituto. Para ello es
necesario que todo el alumnado planifique y aproveche su tiempo de forma
permanente, buscando la mayor perfección en las tareas así como el cumplimiento
diario de los deberes.
2. La inasistencia del alumnado a un examen, la no entrega de un trabajo o del
cuaderno de clase en las fechas propuestas por el profesorado, solamente quedará
justificada mediante un informe médico (si es por causa de enfermedad) o mediante
Plan de Convivencia. IES Virgen de la Cabeza 12
carta o comunicación personal de los padres o tutores. Si la causa de inasistencia
está debidamente justificada, el alumno o la alumna en cuestión tendrá derecho a
que se le realice otro examen o se aplace la fecha de entrega de trabajos o
cuadernos y si no queda suficientemente justificada la inasistencia no se tendrá ese
derecho.
3. El alumnado que no agote el tiempo destinado a la realización de un examen debe
permanecer en el aula hasta el toque de timbre que marca el fin de ese periodo.
5. Cuidado medioambiental
1. El cuidado del medio ambiente comienza en el propio Instituto: nuestra vida
académica estará envuelta en el mejor clima de orden, limpieza, estética y
protección de la Naturaleza.
2. Todo el alumnado debe contribuir al embellecimiento del Centro así como a
controlar los consumos de energía, agua y papel. El especial diseño arquitectónico
del edificio y de sus componentes (ventanas, radiadores, puntos de luz y grifería)
permite una colaboración activa y compartida.
3. Al final de la jornada escolar todo el alumnado dejará ordenada su mesa y silla,
facilitando así las tareas de limpieza diaria. Igualmente los/as delegados/as de cada
grupo o el alumnado que determinen las normativas internas de cada tutoría, se
encargarán de asegurar que las aulas queden con las ventanas cerradas y en orden,
en colaboración con el último profesor/a del día.
4. Queda establecido, como norma general, el respeto por la limpieza en las aulas,
pasillos, patios y demás espacios comunes. En el Centro existen papeleras y
contenedores que deben ser empleados para depositar en ellos todo tipo de
desperdicios, evitándose así la suciedad de nuestro entorno cotidiano y medio
ambiental.
5. De acuerdo con la legislación vigente, cualquier deterioro voluntario que se
produzca por el mal uso del material o las instalaciones del Centro, además de ser
considerado una falta grave, deberá ser reparado a cargo del alumnado que lo hayan
realizado o inducido y por ello no está permitido escribir o rayar las mesas de las
aulas así como realizar pintadas en puertas, suelos o paredes. Cualquier desperfecto
que se observe debe comunicarse a los tutores, tutoras o miembros del Equipo
Directivo para repararlo a la mayor brevedad.
6. Aseos y Servicios
1. El trato adecuado de estas dependencias es el mayor reflejo de los valores humanos
y personales de cuantos las utilizan. Usar siempre las escobillas y las papeleras,
controlar la cantidad adecuada de agua, jabón y papel además de ser medidas
solidarias, reflejan nuestro grado de compromiso con la Naturaleza.
2. La utilización de estas dependencias se realizará en caso de necesidad, no pudiendo
permanecer en ellas más tiempo del necesario y siempre respetando la intimidad de
las personas. Al amparo de este espacio de privacidad, se considerará falta grave el
consumo de tabaco u otras sustancias que atenten contra la salud.
7. Actitud en el aula y dentro del Centro
1. El trato entre todos (Alumnado, Profesorado y Personal de Administración y
Servicios) en el aula y fuera de ella se debe regir bajo unas relaciones de cortesía y
Plan de Convivencia. IES Virgen de la Cabeza 13
consideración hacia los demás, lo que conlleva – entre otras cosas – la presencia en
el Centro correctamente vestidos/as y aseados/as, evitando prendas que atenten
contra el decoro. El saludo en escaleras y pasillos, pedir permiso antes de entrar a
alguna dependencia, hablar sin gritar, pedir las cosas por favor o ceder el paso, son
hábitos que debemos cultivar. Por el contrario debemos evitar a toda costa actitudes
groseras, de desconsideración o acciones que puedan ofender a las personas en su
forma de ser, de pensar, raza o identidad sexual.
2. Serán consideradas como faltas muy graves, que la dirección y el profesorado no
tolerará en ningún caso, las que atenten contra la integridad física, sexual o
ideológica, la grabación y/o la difusión de imágenes de estos actos, así como
cualquier acción de violencia contra la propiedad individual o del propio Centro.
3. También supone un derecho básico de todos, el aprovechamiento en las clases que
nadie puede menoscabar o impedir con su mala conducta o desobediencia a las
normas. El profesorado garantizará en todo momento que los tiempos de clase
transcurran con el máximo aprovechamiento y cuando se ponga en peligro este
derecho fundamental para todos, podrá privarse del derecho a clase, al alumno/a
que incumpla las normas.
8. Normas de conducta de carácter general.
1. El respeto a los demás es la norma fundamental del Centro, en el comportamiento,
en la forma de expresarse, en la manera de vestir, en la tolerancia para con los
demás y en la aceptación de las normas.
2. Los alumnos deben entrar y salir del Centro por cualquiera de las dos puertas
peatonales existentes. Está prohibido saltar la valla o utilizar la puerta de acceso de
vehículos, así como utilizar las salidas de emergencia como uso normal.
3. Los alumnos deben ser puntuales en todos los actos programados por el Centro en
los que deban participar, especialmente en la entrada a todas las clases, y de forma
muy particular a primera hora. Por ello, las puertas del Centro se cerrarán a las 8:25
horas. Los alumnos que deseen acceder al Centro después de esta hora, salvo que
presenten una justificación válida, deberán esperar fuera del Centro hasta el
siguiente cambio de hora.
4. Al entrar al Centro por motivo justificado, se incorporará a su clase, explicando al
profesor/a que imparte materia en ese momento los motivos de su retraso. Más
tarde entregará a su profesor/a tutor/a el justificante de dicho retraso para registrar
en Séneca su ausencia a una o varias clases como falta justificada.
5. En cualquier lugar o dependencia del Centro y en cualquier actividad a realizar por
el mismo tanto dentro del recinto escolar como fuera del mismo, los alumnos
respetarán a los Profesores y a la autoridad de éstos, respetarán a cuantas personas
trabajan o se encuentran en el Centro o en sus proximidades o en el entorno en que
se realiza la actividad, se respetarán entre ellos mismos y respetarán el mobiliario y
las instalaciones del Centro o del lugar en que se encuentren por participar en una
actividad.
6. Los alumnos tendrán siempre y en todo momento un trato correcto con los
compañeros.
7. Los alumnos esperarán en el aula a los profesores de guardia siempre que falte un
profesor.
Plan de Convivencia. IES Virgen de la Cabeza 14
8. Los alumnos no pueden permanecer sin motivo alguno en pasillos, patios, cafetería
y otras dependencias del Centro durante las horas de clase, y en cualquier otro lugar
no autorizado durante las horas de recreo o destinadas a otras actividades. Entre
clases, sólo podrán salir del aula los alumnos que necesiten ir al servicio (con
autorización del profesor y tarjeta que lo acredite), o que deban recibir la siguiente
clase en otro lugar del Centro; el resto de alumnos, permanecerá en el aula.
9. Los alumnos no pueden manipular o utilizar de forma inadecuada cualquiera de los
medios materiales con que cuenta el Centro en materia de seguridad y prevención.
10. Los alumnos, dentro de los edificios, no pueden utilizar, usar o portar sobre la
cabeza gorras, viseras, sombreros, pañuelos o similares. Ni tampoco prendas que
impidan su identificación, excepto por prescripción médica debidamente
acreditada.
11. Los alumnos no pueden salir del Centro hasta la finalización de su jornada escolar.
Excepcionalmente se permitirá la salida del Centro según el artículo142 del ROF.
9. Actitud en el aula:
1. No está permitido:
• Pintar en las mesas y paredes ni ensuciar el aula.
• Realizar actos o acciones que molesten a los demás ni que perjudiquen o
alteren el normal desarrollo de las clases.
• Hablar en alto con los compañeros.
• Hacer ruidos extraños o distorsionadores
• Comer, masticar chicle.
• Tirar papeles u otros objetos al suelo o a los compañeros.
• Cambiarse del sitio adjudicado por el Profesor.
• Levantarse sin permiso y andar o correr por el aula.
• Tirar o lanzar el material de trabajo a los compañeros.
• Estar trabajando otra asignatura.
• Traer animales al Centro.
• Salir del aula sin permiso.
• Cualquier otra acción, no enumerada anteriormente, que pueda ser entendida
como perturbación del normal desarrollo de las clases.
• Cuando el profesor explique, el alumno debe prestar la máxima atención.
2. Hay diferentes ritmos de trabajo. Los alumnos que terminen primero deben
respetar, en silencio, el trabajo y la concentración de los demás.
3. El alumnado debe permanecer en su aula en horas de clase y sólo se podrá salir
excepcionalmente, en caso de necesidad, con la tarjeta de autorización del
profesor/a que le da su autorización. No se permitirán las salidas en los cambios de
clase. Por tanto, no está permitido dejar salir del aula a los alumnos que terminan
Plan de Convivencia. IES Virgen de la Cabeza 15
un examen antes de la finalización de la hora; ni dejar fuera del aula a los alumnos
que no tienen que hacer un examen; ni dejarles salir para comprar en cafetería.
4. Para que se lleve a cabo correctamente el trabajo de enseñanza y aprendizaje es
imprescindible atender sólo a lo que se está tratando en la asignatura (el contenido
de la clase, dudas, ejercicios...).
5. Los alumnos tienen la obligación de hacer los trabajos y deberes que los Profesores
les manden para ser realizados fuera del horario de clase.
6. En los niveles en donde exista la Agenda del Alumno como herramienta de trabajo,
los alumnos tienen el deber de traerla todos los días, de cuidarla con esmero y
presentarlo a los profesores siempre que lo soliciten.
7. El profesor tiene la responsabilidad de la organización de la clase. Siempre se debe
respetar su autoridad.
8. El respeto a los demás debe ser norma fundamental para que pueda ser recíproco
10. Teléfonos móviles / Golosinas / Juegos de azar
1. La comunicación desde el exterior hacia el Centro y viceversa de cualquier
emergencia o imprevisto que se le presente a cualquier alumno/a está garantizada a
través de la telefonía fija de la que está dotado el Instituto. Por ello, no está
permitido el uso de teléfonos móviles durante los periodos de clase o en cualquier
otra actividad lectiva resultando muy recomendable ni siquiera traerlos al Centro,
que no se hará responsable, en ningún caso, de su pérdida.
2. Otros dispositivos electrónicos (radio-casetes, walkman, MP3…) que perturban el
orden y la debida atención, tampoco se permiten durante los periodos de clase,
salvo autorización expresa del Profesor/a; la custodia en el Centro de ellos será de
la exclusiva responsabilidad de su propietario/a.
3. No está permitido consumir golosinas durante el desarrollo de las clases o en la
realización de determinadas actividades complementarias o extraescolares, tales
como visitas a museos, conciertos o exposiciones.
4. En ningún caso se permitirán en el Centro los juegos de azar (cartas …)
11. Recreos / Cafetería / Pistas Deportivas
5. Los recreos son un tiempo de descanso que debe aprovecharse para la
comunicación, el juego o reponer energías. El profesorado de guardia estará
pendiente de su vigilancia. Durante el mismo no se realizarán juegos y actividades
peligrosas o que puedan resultar molestas para los demás. El alumnado durante los
recreos deberá trasladarse a las pistas y patios exteriores.
6. El uso de la cafetería se realizará desde el respeto a su personal y al orden de
prioridad en la llegada.
7. Los alumnos sólo pueden permanecer en la cafetería del Centro en períodos de
recreo. No está permitido comprar en horario de clases.
8. Durante los tiempos de recreo se podrá usar la biblioteca como espacio de estudio y
consulta, en el más estricto silencio, por lo que no está permitido permanecer en las
aulas durante éste tiempo excepto cuando un/a profesor/a quede a cargo de un
grupo de alumnado para la realización de trabajos. Los profesores de guardia en la
biblioteca velarán por el orden y el silencio para facilitar el estudio.
Plan de Convivencia. IES Virgen de la Cabeza 16
9. A lo largo de la semana el uso de las pistas deportivas se realiza de acuerdo al
calendario de competiciones establecido por el Departamento de Educación Física
o el profesorado responsable de las mismas. Todo el alumnado está obligado a
respetar y no interferir en las competiciones y/o clases del Departamento.
10. No está permitida la salida del centro durante los recreos salvo en el caso del
alumnado con mayoría de edad que se comprobará a través de la exhibición de su
tarjeta de identificación escolar o D.N.I. y que tenga autorización expresa para ello.
12. Viajes, salidas y visitas
Obligaciones por parte de los alumnos participantes.
1. Los alumnos deben cumplir todas las normas de conducta y de convivencia del
Centro mientras participan en actividades extraescolares o complementarias y
aquellas que estén directamente relacionadas con la actividad que realizan.
2. Se consideran obligaciones de los alumnos relacionadas con las actividades:
a. Con independencia del lugar en que se encuentren, mantener una actitud,
un comportamiento y una educación dignos de elogio.
b. Respetar a los profesores y monitores acompañantes, a sus compañeros y a
cuantas personas tengan relación directa o indirecta con la actividad.
c. Respetar las instalaciones, los materiales y los bienes utilizados en la
actividad. Los gastos ocasionados por daños y desperfectos causados por
los alumnos de forma intencionada o por negligencia serán sufragados por
los alumnos causantes de los mismos o por sus padres o tutores legales.
d. Están obligados a informarse de los horarios establecidos o que se
establezcan durante la realización de la actividad y a cumplirlos
rigurosamente.
e. Las establecidas por los profesores y monitores responsables de la
actividad.
3. El incumplimiento de las obligaciones durante la realización de actividades
extraescolares o complementarias se considerará falta grave o muy grave con la
circunstancia agravante de que tal incumplimiento deteriora y daña la imagen del
Centro porque el alumno representa públicamente al Centro cuando participa en
una actividad del mismo.
4. Todas las salidas y viajes se regirán por lo establecido en el ROF del centro, en el
apartado del Departamento de Actividades Complementarias y Extraescolares
donde se definen las características y requisitos de las mismas.
MEDIDAS PARA GARANTIZAR SU CUMPLIMIENTO:
Básicamente, para mejorar la convivencia en el Centro, se realizan una serie de
medidas preventivas como pueden ser: la difusión del Plan de Convivencia, información al
alumnado y familias, forma de realizar los agrupamientos, acción tutorial, etc. pero cuando
se produce el incumplimiento de alguna norma contra la convivencia, entran en juego una
serie de medidas que van desde el apercibimiento oral para hacer ver al alumnado el error
de su conducta, hasta la aplicación del carné por puntos con diferentes pérdidas, según la
gravedad de sus acción.
Plan de Convivencia. IES Virgen de la Cabeza 17
Para la aplicación del sistema del carné por puntos, todas las faltas están
clasificadas agrupándolas en dos grupos:
• Conductas contrarias a las normas de convivencia, que implican una pérdida
ente uno y tres puntos.
• Conductas gravemente contrarias a las normas de convivencia, llevarían una
pérdida de cuatro o más puntos.
Tanto alumnado como familias está informados de este sistema de sanción de las
conductas contrarias a la convivencia, siendo conscientes de que la pérdida de diez puntos
implica una suspensión del derecho de asistencia a clase por un día, veinte puntos la
suspensión de dos días, y así sucesivamente.
Junto a este sistema de pérdida de puntos por acciones negativas, se ofrece la
posibilidad de recuperarlos realizando trabajos en el aula de convivencia, o tareas para
mejorar la convivencia y/o limpieza del Centro. Para poder beneficiarse de este sistema de
recuperación de puntos las faltas cometidas no han de ser muy graves, y el alumnado
infractor ha de solicitar al profesor/a que ha puesto la sanción su disponibilidad para
realizar alguna acción para recuperar puntos perdidos.
BAREMACIÓN DE LAS CONDUCTAS CONTRARIAS A LAS
NORMAS DE CONVIVENCIA:
FALTAS LEVES Y GRAVES. SANCIONES
Esta tipificación de faltas supone el desarrollo del Art. 20 del Capítulo II del
DECRETO 19/2.007.
1.-Conductas contrarias a las normas de convivencia.
1.- Son conductas contrarias a las normas de convivencia las que se opongan a las
establecidas por los institutos conforme a la normativa vigente y, en todo caso, las
siguientes:
a. Los actos que perturben el normal desarrollo de las actividades de la clase.
b. La falta de colaboración sistemática del alumnado en la realización de las
actividades orientadas al desarrollo del currículo, así como en el
seguimiento de las orientaciones del profesorado respecto a su aprendizaje.
c. Las conductas que puedan impedir o dificultar el ejercicio del derecho o el
cumplimiento del deber de estudiar por sus compañeros.
d. Las faltas injustificadas de puntualidad.
e. Las faltas injustificadas de asistencia a clase.
f. La incorrección y desconsideración hacia los otros miembros de la
comunidad educativa.
g. Causar pequeños daños en las instalaciones, recursos materiales o
documentos del centro, o en las pertenencias de los demás miembros de la
comunidad educativa.
Plan de Convivencia. IES Virgen de la Cabeza 18
2.- Se consideran faltas injustificadas de asistencia a clase o de puntualidad de un
alumno o alumna, las que no sean excusadas de forma escrita por el alumnado, o sus
representantes legales si es menor de edad. Ante ciertas faltas difíciles de justificar, se
aceptará dicha justificación de manera ocasional, pero no cuando se convierte en norma.
3.- Sin perjuicio de las correcciones disciplinarias que se impongan en el caso de
las faltas injustificadas, en nuestro Proyecto Educativo (pág. 279) se define el 20% como
porcentaje máximo de ausencias del alumnado para no perder el derecho a la evaluación
continua
4.- Las conductas contrarias a las normas de convivencia recogidas en este artículo
prescribirán en el plazo de treinta días naturales contados a partir de la fecha de su
comisión, excluyendo los periodos vacacionales establecidos en el correspondiente
calendario escolar de la provincia.
Correcciones de las conductas contrarias a las normas de convivencia.
1. Por la conducta contemplada en el apartado 1.a) se podrá imponer la corrección
de suspensión del derecho de asistencia a esa clase de un alumno o alumna. La aplicación
de esta medida implicará:
a. El centro deberá prever la atención educativa del alumno o alumna al que
se imponga esta corrección.
b. Deberá informarse a quienes ejerzan la tutoría y la Jefatura de Estudios en
el transcurso de la jornada escolar sobre la medida adoptada y los motivos
de la misma. Asimismo, el tutor o tutora deberá informar de ello al padre, a
la madre o a los representantes legales del alumno o de la alumna. De la
adopción de esta medida quedará constancia escrita en el centro.
2. Por las conductas, distintas a la prevista en el apartado anterior, podrán
imponerse las siguientes correcciones:
a. Amonestación oral.
b. Apercibimiento por escrito.
c. Realización de tareas dentro y fuera del horario lectivo que contribuyan a
la mejora y desarrollo de las actividades del centro, así como a reparar el
daño causado en las instalaciones, recursos materiales o documentos de
nuestro centro..
d. Suspensión del derecho de asistencia a determinadas clases por un plazo
máximo de tres días lectivos. Durante el tiempo que dure la suspensión, el
alumno o alumna deberá realizar las actividades formativas que se
determinen para evitar la interrupción de su proceso formativo.
e. Excepcionalmente, la suspensión del derecho de asistencia al centro por un
período máximo de tres días lectivos. Durante el tiempo que dure la
suspensión, el alumno o alumna deberá realizar las actividades formativas
que se determinen para evitar la interrupción de su proceso formativo.
3. Las actividades formativas que se establecen en la letra d) del apartado anterior
podrán ser realizadas en el aula de convivencia.
Plan de Convivencia. IES Virgen de la Cabeza 19
Órganos competentes para imponer las correcciones de las conductas
contrarias a las normas de convivencia.
1. Será competente para imponer la corrección prevista en el apartado 1 el profesor
o profesora que esté impartiendo la clase.
2. Serán competentes para imponer las correcciones previstas en el apartado 2 a):
• Para la prevista en la letra a), todos los profesores y profesoras del instituto.
• Para la prevista en la letra b), el tutor o tutora del alumno o alumna.
• Para las previstas en las letras c) y d), el Jefe o Jefa de Estudios.
• Para la prevista en la letra e), el director o directora, que dará cuenta a la
Comisión de Convivencia.
2.- Conductas gravemente perjudiciales para la convivencia.
1. Se consideran conductas gravemente perjudiciales para la convivencia en el
instituto las siguientes:
a. La agresión física contra cualquier miembro de la comunidad educativa.
b. Las injurias y ofensas contra cualquier miembro de la comunidad
educativa.
c. El acoso escolar, entendido como el maltrato psicológico, verbal o físico
hacia un alumno o alumna producido por uno o más compañeros y
compañeras de forma reiterada a lo largo de un tiempo determinado.
d. Las actuaciones perjudiciales para la salud y la integridad personal de los
miembros de la comunidad educativa del centro, o la incitación a las
mismas.
e. Las vejaciones o humillaciones contra cualquier miembro de la comunidad
educativa, particularmente si tienen una componente sexual, racial o
xenófoba, o se realizan contra alumnos o alumnas con necesidades
educativas especiales.
f. Las amenazas o coacciones contra cualquier miembro de la comunidad
educativa.
g. La suplantación de la personalidad en actos de la vida docente y la
falsificación o sustracción de documentos académicos.
h. El deterioro grave de las instalaciones, recursos materiales o documentos
del instituto, o en las pertenencias de los demás miembros de la comunidad
educativa, así como la sustracción de las mismas.
i. La reiteración en un mismo curso escolar de conductas contrarias a las
normas de convivencia del instituto.
j. Cualquier acto dirigido directamente a impedir el normal desarrollo de las
actividades del centro.
k. El incumplimiento de las correcciones impuestas, salvo que la comisión de
convivencia considere que este incumplimiento sea debido a causas
justificadas.
Plan de Convivencia. IES Virgen de la Cabeza 20
2. Las conductas gravemente perjudiciales para la convivencia en el instituto,
prescribirán a los dos meses contados a partir de la fecha de su comisión, excluyendo los
periodos vacacionales establecidos en el correspondiente calendario escolar de la
provincia.
Medidas disciplinarias por las conductas gravemente perjudiciales para la
convivencia.
1. Por las conductas gravemente perjudiciales para la convivencia recogidas en el
apartado anterior podrán imponerse las siguientes medidas disciplinarias:
a. Realización de tareas fuera del horario lectivo que contribuyan a la mejora
y desarrollo de las actividades del centro, así como a reparar el daño
causado en las instalaciones, recursos materiales o documentos de los
institutos de educación secundaria.
b. Suspensión del derecho a participar en las actividades extraescolares del
instituto por un período máximo de un mes.
c. Cambio de grupo.
d. Suspensión del derecho de asistencia a determinadas clases durante un
periodo superior a tres días lectivos e inferior a dos semanas. Durante el
tiempo que dure la suspensión, el alumno o alumna deberá realizar las
actividades formativas que se determinen para evitar la interrupción en el
proceso formativo.
e. Suspensión del derecho de asistencia al Centro durante un periodo superior
a tres días lectivos e inferior a un mes. Durante el tiempo que dure la
suspensión, el alumno o alumna deberá realizar las actividades formativas
que se determinen para evitar la interrupción de su proceso formativo.
f. Cambio de centro docente.
2. Las actividades formativas que se establecen en las letras d) del apartado anterior
podrán ser realizadas en el aula de convivencia, de acuerdo con lo dispuesto en el Plan de
Convivencia.
3. Cuando se imponga la medida disciplinaria prevista en la letra e) del apartado 1,
el director o directora podrá levantar la suspensión de su derecho de asistencia al centro
antes del agotamiento del plazo previsto en la corrección, previa contrastación de que se
ha producido un cambio positivo en la actitud del alumno o alumna.
4. Asimismo, cuando se imponga la medida disciplinaria a que se refiere la letra f)
del apartado 1 anterior, la Consejería competente en materia de educación garantizará un
puesto escolar en otro centro docente.
Órgano competente para imponer las medidas disciplinarias de las conductas
gravemente perjudiciales para las normas de convivencia.
Será competencia del Director o Directora del centro la imposición de las medidas
disciplinarias previstas para las conductas gravemente perjudiciales, de lo que dará traslado
a la comisión de convivencia.
Plan de Convivencia. IES Virgen de la Cabeza 21
Procedimiento para la imposición de las correcciones y de las medidas
disciplinarias
Procedimiento general.
1. Para la imposición de las correcciones y de las medidas disciplinarias previstas
en el presente Plan de Convivencia, será preceptivo, en todo caso, el trámite de audiencia
al alumno o alumna.
Cuando la corrección o medida disciplinaria a imponer sea la suspensión del
derecho de asistencia al centro o cualquiera de las contempladas en las letras a), b), c) y d)
del apartado 1 anterior, y el alumno o alumna sea menor de edad, se dará audiencia a sus
padres, madres o representantes legales.
Asimismo, para la imposición de las correcciones previstas en las letras c), d) y e),
deberá oírse al profesor o profesora o al tutor o tutora del alumno o alumna.
Las correcciones y medidas disciplinarias que se impongan serán inmediatamente
ejecutivas.
2. Los profesores y profesoras y el tutor del alumno o alumna deberán informar a
quien ejerza la jefatura de estudios y, en su caso, al tutor o tutora, de las correcciones que
impongan por las conductas contrarias a las normas de convivencia. En todo caso, quedará
constancia escrita y se informará a los padres, madres o representantes legales del alumno
o de la alumna de las correcciones y medidas disciplinarias impuestas.
Reclamaciones.
1. El alumno o alumna, así como sus padres, madres o representantes legales,
podrán presentar en el plazo de dos días lectivos una reclamación contra las correcciones o
medidas disciplinarias impuestas, ante quien las impuso.
En el caso de que la reclamación fuese estimada, la corrección o medida
disciplinaria no figurará en el expediente académico del alumno o alumna.
2. Asimismo, las medidas disciplinarias adoptadas por el director o directora en
relación con las conductas del alumnado a que se refiere el presente Reglamento, podrán
ser revisadas por el Consejo Escolar a instancia de los padres, madres o representantes
legales del alumnado, de acuerdo con lo establecido en el artículo 127 de la Ley Orgánica
2/2006, de 3 de mayo, de Educación. A tales efectos, el director o directora convocará una
sesión extraordinaria del Consejo Escolar en el plazo máximo de dos días lectivos,
contados desde que se presentó la instancia, para que este órgano proceda a confirmar o
revisar la decisión y proponga, si corresponde, las medidas oportunas.
Procedimiento para la imposición de la medida disciplinaria del cambio de
centro:
Inicio del expediente.
El director o directora del instituto acordará la iniciación del procedimiento en el
plazo de dos días, contados desde que se tuvo conocimiento de la conducta. Con carácter
previo podrá acordar la apertura de un período de información, a fin de conocer las
circunstancias del caso concreto y la conveniencia o no de iniciar el procedimiento.
a) Instrucción del procedimiento:
1. La instrucción del procedimiento se llevará a cabo por un profesor o profesora del
instituto designado por el director o directora.
Plan de Convivencia. IES Virgen de la Cabeza 22
2. El director o directora notificará fehacientemente al alumno o alumna, así como a
su padre, madre o representantes legales la incoación del procedimiento,
especificando las conductas que se le imputan, así como el nombre del instructor o
instructora, a fin de que en el plazo de dos días lectivos formulen las alegaciones
oportunas.
3. El director o directora comunicará al servicio de inspección de educación el inicio
del procedimiento y lo mantendrá informado de la tramitación del mismo hasta su
resolución.
4. Inmediatamente antes de redactar la propuesta de resolución, el instructor o
instructora pondrá de manifiesto el expediente al alumno o alumna y, si es menor
de edad, a su padre, madre o representantes legales, comunicándoles la sanción que
podrá imponerse, a fin de que en el plazo de tres días lectivos puedan formular las
alegaciones que estimen oportunas.
b) Recusación del instructor:
El alumno o alumna, o su padre, madre o representantes legales, podrán recusar al
instructor o instructora. La recusación deberá plantearse por escrito dirigido al director o
directora del centro, que deberá resolver y ante la cual el recusado o recusada realizará sus
manifestaciones al respecto, siendo de aplicación las causas y los trámites previstos en el
artículo 29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en lo que proceda.
c) Medidas provisionales:
Excepcionalmente, y para garantizar el normal desarrollo de la convivencia en el
instituto, al iniciarse el procedimiento o en cualquier momento de su instrucción, el
director o la directora por propia iniciativa o a propuesta del instructor o instructora, podrá
adoptar como medida provisional la suspensión del derecho de asistencia al centro durante
un período superior a tres días lectivos e inferior a un mes. Durante el tiempo que dure la
aplicación de esta medida provisional, el alumno o alumna deberá realizar las actividades
que se determinen para evitar la interrupción de su proceso formativo.
d) Resolución del procedimiento:
1. A la vista de la propuesta del instructor o instructora, el director o director/a
dictará resolución del procedimiento en el plazo de veinte días a contar desde su iniciación.
Este plazo podrá ampliarse en el supuesto que existieran causas que lo justificaran.
La resolución de la dirección contemplará, al menos, los siguientes extremos:
• Hechos probados.
• Circunstancias atenuantes y agravantes, en su caso.
• Medida disciplinaria.
• Fecha de efectos de la medida disciplinaria.
e) Recursos.
Contra la resolución dictada por el director o directora se podrá interponer recurso de
alzada en el plazo de un mes, ante la persona titular de la Delegación Provincial de la Consejería
competente en materia de educación, de conformidad con lo establecido en los artículos 114 y
115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre. La resolución del mismo, que pondrá fin a la vía
administrativa, deberá dictarse y notificarse en el plazo máximo de tres meses.
Plan de Convivencia. IES Virgen de la Cabeza 23
Transcurrido dicho plazo sin que recaiga resolución, se podrá entender desestimado
el recurso.
EL CARNÉ POR PUNTOS:
Este sistema, implantado en el Centro desde hace unos años, se ha demostrado útil
para la mejora de la convivencia. Una vez conocido por todo el alumnado, éste sabe qué
acciones restan puntos, y cuáles otras le permiten recuperar los perdidos.
Como norma, los alumnos/as saben que la pérdida de 10 puntos acarrea la
suspensión del derecho de asistencia al Centro por un día, 20 puntos dos días, y así
sucesivamente.
En caso de una falta grave contra el profesorado, PAS, compañeros, instalaciones
del Centro, etc, con carácter de urgencia, y de forma inmediata el alumnado se verá
suspendido del derecho de asistencia a alguna clase o al Centro, comunicándolo en ese
momento a su padre/madre o tutor/a legal, mientras se analiza el caso y se impone la
sanción correspondiente.
Cuando el alumnado vuelve al Centro después de cumplir una sanción, en caso de
reincidir en conductas disruptivas, tras analizar con el/la Coordinador/a de Convivencia o
el Jefe/a de Estudios el compromiso de convivencia que firmó al serle comunicada la
sanción, será informado que las conductas contrarias a las normas de convivencia del IES
tendrán la reincidencia como agravante, con lo que la sanción por el incumplimiento de las
normas será más inmediata.
La baremación que hacemos es la siguiente:
Conductas que restan puntos:
Siempre y cuando la conducta, por su intencionalidad o reiteración no requiera ser
considerada de más gravedad de lo meramente reflejado en la siguiente tabla:
Estar fuera del aula sin permiso: ......................................................................1
Incorporación injustificada al Centro después de la 1ª hora: ...........................1
Retraso en la incorporación a clase: ................................................................1
No traer material necesario para el trabajo en clase: .......................................1
Deterioro leve de las instalaciones: .................................................................2
Conductas inapropiadas en el aula de clase o aula de convivencia: ................2
Llevar móvil o aparatos electrónicos: ..............................................................2
Incitación o encubrimiento de faltas de comportamiento: ...............................3
Agresiones o amenazas leves o insultos a compañeros: ..................................3
Impedir el normal desarrollo de la clase (se levanta sin permiso, habla
reiteradamente sin permiso, tira objetos, molesta a los compañeros/as; … .....3
Desobedecer las indicaciones del profesor/a: ..................................................3
Falta de respeto al profesorado o PAS: ............................................................5
Abandono del Centro sin permiso: ..................................................................6
Plan de Convivencia. IES Virgen de la Cabeza 24
Hurto: .............................................................................................................10
Falsificación de documentos y/o personalidad: .............................................10
Fumar, beber alcohol o consumir sustancias estupefacientes: .......................10
Incumplimiento de una sanción: ....................................................................10
Retar la autoridad del profesor/a: ..................................................................15
Deterioro grave de las instalaciones: .............................................................20
Agresiones o amenazas a los compañeros/as: ...............................................20
Impedir el desarrollo de las actividades del centro: .......................................25
Insultos o amenazas al profesorado y PAS: ...................................................30
Ausencias de forma selectiva a determinadas clases: Se consideran conductas
contrarias a las normas de convivencia y se comunican urgentemente a sus tutores legales.
Otras faltas no previstas, pero manifiestamente graves: Se concretarán por el
Equipo Directivo y/o la Comisión de Convivencia según la gravedad.
Una vez el alumno/a ha perdido puntos, y siempre que la falta no suponga una
conducta gravemente perjudicial para la convivencia en el Centro, el profesor/a que lo ha
sancionado podrá ofrecer la posibilidad de recuperar en parte o en su totalidad los puntos
perdidos. Para ello, tras dar su autorización, el alumno/a sancionado/a contactará con el
Coordinador/a de Convivencia o con el titular de la Jefatura de Estudios para manifestarle
su intención de recuperar puntos. Desde estos órganos se le indicará la fórmula de hacerlo.
Conductas que recuperan puntos:
Ser elegido/a unánimemente por el Equipo Educativo del curso en la sesión
de evaluación (hasta un alumno de cada diez): .................................................3
Participar en proyectos de clase: ....................................................................... 2
Participar en proyectos de Centro: ..................................................................... 3
Aprobar todas las materias en una evaluación: .................................................. 2
Hacer las tareas encomendadas en el Aula de Convivencia: ............................. 1
Hacer las tareas de intendencia (limpieza de aulas, patios, distribución de
carteles, etc: ....................................................................................................... 2
Durante el periodo en que el alumno/a tenga suspendido el derecho de asistencia a
clase por sanción disciplinaria no podrá incorporarse al Centro por ningún motivo. Las
actividades encomendadas a realizar en casa, junto con la comunicación de la sanción, las
entregará al tutor/a en el momento de su vuelta al Centro.
Sin menoscabo de lo anterior, cuando la sanción suponga un elevado número de
días de suspensión del derecho de asistencia a clase, el tutor/a concertará una hora semanal
para que el alumno/a sancionados puedan acceder al Centro con objeto de dirigirle las
actividades encomendadas.
Cualquier prueba o examen que el alumno/a sancionado debiera hacer en los días
que tiene suspendido el derecho de asistencia a clase o al Centro los realizará tras su
incorporación, previo acuerdo con el profesor/ implicado/a.
Plan de Convivencia. IES Virgen de la Cabeza 25
PROTOCOLOS DE ACTUACIÓN EN CASO DE ACOSO ESCOLAR,
AGRESIÓN A PERSONAL DEL CENTRO Y MALTRATO.
En el BOJA nº 132 de 7 de julio de 2011se recoge la Orden de 20 de junio de 2011
de la Consejería de Educación, se incluyen como anexos los protocolos de actuación que
deben seguir los centros educativos ante supuestos de acoso escolar, agresión hacia el
Profesorado o el Personal de Administración y Servicios, o maltrato infantil.
PROTOCOLOS DE ACTUACIÓN EN SUPUESTOS DE ACOSO ESCOLAR.
Características del Acoso Escolar.
El acoso escolar es entendido como el maltrato psicológico, verbal o físico hacia un
alumno o alumna producido por uno o más compañeros y compañeras de forma reiterada a
lo largo de un tiempo determinado.
Es importante no confundir este fenómeno con agresiones esporádicas entre el
alumnado y otras manifestaciones violentas que no suponen inferioridad de uno de los
participantes en el suceso y que serán atendidas aplicando las medidas educativas que el
centro tenga establecidas en su plan de convivencia y, en todo caso, de acuerdo con lo
especificado en los Decretos 327/2010 y 328/2010, ambos de 13 de julio, por los que se
aprueban los Reglamentos Orgánicos de los institutos de educación secundaria, y de las
escuelas infantiles de segundo ciclo, los colegios de educación primaria, los colegios de
educación infantil y primaria y los centros públicos específicos de educación especial.
El acoso escolar presenta las siguientes características:
• Intencionalidad. La agresión producida no constituye un hecho aislado y se
dirige a una persona concreta con la intención de convertirla en víctima.
• Repetición. Se expresa en una acción agresiva que se repite en el tiempo y la
víctima la sufre de forma continuada, generando en ella la expectativa de ser
blanco de futuros ataques.
• Desequilibrio de poder. Se produce una desigualdad de poder físico,
psicológico o social, que genera un desequilibrio de fuerzas en las relaciones
interpersonales.
• Indefensión y personalización. El objetivo del maltrato suele ser un solo
alumno o alumna, que es colocado de esta manera en una situación de
indefensión.
• Componente colectivo o grupal. Normalmente no existe un solo agresor o
agresora, sino varios.
• Observadores pasivos. Las situaciones de acoso normalmente son conocidas
por terceras personas que no contribuyen suficientemente para que cese la
agresión.
Plan de Convivencia. IES Virgen de la Cabeza 26
Tipos de acoso.
La agresión y el acoso pueden adoptar distintas manifestaciones:
• Exclusión y marginación social.
• Agresión verbal.
• Vejaciones y humillaciones.
• Agresión física indirecta.
• Agresión física directa.
• Intimidación, amenazas, chantaje.
• Acoso a través de medios tecnológicos o ciber-acoso. Intimidación, difusión
de insultos, amenazas o publicación de imágenes no deseadas a través del
correo electrónico, páginas web o mensajes en teléfonos móviles.
• Acoso o agresión contra la libertad y orientación sexual.
• Acoso sexual o abuso sexual.
Consecuencias del acoso.
• Para la víctima: puede traducirse en fracaso escolar, trauma psicológico,
riesgo físico, insatisfacción, ansiedad, infelicidad, problemas de personalidad
y riesgo para su desarrollo equilibrado.
• Para el agresor o agresora: puede ser la antesala de una futura conducta
antisocial, una práctica de obtención de poder basada en la agresión, que
puede perpetuarse en la vida adulta e, incluso, una sobrevaloración del hecho
violento como socialmente aceptable y recompensado.
• Para los compañeros y compañeras observadores: puede conducir a una
actitud pasiva y complaciente o tolerante ante la injusticia y una percepción
equivocada de valía personal.
PROTOCOLO
Paso 1. Identificación y comunicación de la situación.
Cualquier miembro de la comunidad educativa que tenga conocimiento o sospechas
de una situación de acoso sobre algún alumno o alumna, tiene la obligación de
comunicarlo a un profesor o profesora, al tutor o tutora, a la persona responsable de la
orientación en el centro o al equipo directivo, según el caso y miembro de la comunidad
educativa que tenga conocimiento de la situación. En cualquier caso, el receptor o
receptora de la información siempre informará al director o directora o, en su ausencia, a
un miembro del equipo directivo.
Paso 2. Actuaciones inmediatas.
Tras esta comunicación, se reunirá el equipo directivo con el tutor o tutora de los
alumnos o alumnas afectados y la persona o personas responsables de la orientación en el
centro para recopilar información, analizarla y valorar la intervención que proceda.
Plan de Convivencia. IES Virgen de la Cabeza 27
La realización de esta reunión deberá registrarse por escrito, especificando la
información recogida y las actuaciones acordadas.
En todos los casos en que se estime que pueda existir una situación de acoso escolar
se informará del inicio del protocolo de actuación al Servicio Provincial de Inspección de
Educación.
Paso 3. Medidas de urgencia.
En caso de estimarse necesario, se adoptarán las medidas de urgencia que se
requieran para proteger a la persona agredida y evitar las agresiones:
• Medidas que garanticen la inmediata seguridad del alumno o alumna acosada,
así como medidas específicas de apoyo y ayuda.
• Medidas cautelares dirigidas al alumno o alumna acosador.
Paso 4. Traslado a las familias o responsables legales del alumnado.
El tutor o tutora, o la persona o personas responsables de la orientación en el centro,
previo conocimiento del equipo directivo, con la debida cautela y mediante entrevista,
pondrán el caso en conocimiento de las familias o responsables legales del alumnado
implicado, aportando información sobre la situación y sobre las medidas adoptadas.
Paso 5. Traslado al resto de profesionales que atienden al alumno o alumna
acosado.
El director o directora, con las debidas reservas de confidencialidad y protección de la
intimidad de los menores afectados y la de sus familias o responsables legales, podrá
informar de la situación al equipo docente del alumnado implicado. Si lo estima oportuno
informará también al resto del personal del centro y a otras instancias externas (sociales,
sanitarias o judiciales, en función de la valoración inicial).
Paso 6. Recogida de información de distintas fuentes.
Una vez adoptadas las oportunas medidas de urgencia, el equipo directivo recabará la
información necesaria relativa al hecho de las diversas fuentes que se relacionan a
continuación:
• Recopilación de la documentación existente sobre el alumnado afectado.
• Observación sistemática de los indicadores señalados: en espacios comunes
del centro, en clase, o en actividades complementarias y extraescolares.
• Asimismo, la dirección del centro solicitará al departamento de orientación o
al equipo de orientación educativa que, con la colaboración de la persona que
ejerce la tutoría, complete la información. Esto se hará, según el caso,
observando al alumnado afectado, contrastando opiniones con otros
compañeros y compañeras, hablando con el alumnado afectado o
entrevistando a las familias o responsables legales del alumnado. Si se estima
conveniente, se completará la información con otras fuentes
complementarias, tales como el personal de administración y servicios, o
personal de los servicios sociales correspondientes.
Plan de Convivencia. IES Virgen de la Cabeza 28
Una vez recogida toda la información, el director o directora del centro realizará un
informe con los datos obtenidos, para lo que contrastará la información aportada por las
diferentes fuentes.
En este proceso se deben considerar los siguientes aspectos:
• Garantizar la protección de los menores o las menores.
• Preservar su intimidad y la de sus familias o responsables legales.
• Actuar de manera inmediata.
• Generar un clima de confianza básica en los menores o las menores.
• Recoger todo tipo de pruebas e indicadores.
• No duplicar intervenciones y evitar dilaciones innecesarias.
Paso 7. Aplicación de correcciones y medidas disciplinarias.
Una vez recogida y contrastada toda la información, se procederá por parte del
director o directora del centro a la adopción de correcciones a las conductas contrarias a la
convivencia o de medidas disciplinarias al alumnado agresor implicado, en función de lo
establecido en el plan de convivencia del centro, y, en cualquier caso, de acuerdo con lo
establecido en el Capítulo III del Título V de los Decretos 327/2010 y 328/2010, ambos de
13 de julio. Estas correcciones o medidas disciplinarias se registrarán según lo establecido
en el artículo 12.1 de la presente Orden.
Paso 8. Comunicación a la comisión de convivencia.
El director o directora del centro trasladará el informe realizado tras la recogida de
información así como, en su caso, las medidas disciplinarias aplicadas, a la comisión de
convivencia del centro.
Paso 9. Comunicación a la inspección educativa.
El equipo directivo remitirá el informe al Servicio Provincial de Inspección de
Educación, sin perjuicio de la comunicación inmediata del caso, tal como se establece en el
Paso 2 de este protocolo.
Paso 10. Medidas y actuaciones a definir.
El equipo directivo, con el asesoramiento de la persona o personas responsables de
la orientación educativa en el centro, definirá un conjunto de medidas y actuaciones para
cada caso concreto de acoso escolar. Asimismo, si se considera necesario, podrá contar con
el asesoramiento del Gabinete Provincial de Asesoramiento sobre la Convivencia Escolar y
de la inspección educativa.
Estas medidas y actuaciones se referirán, tanto a las que sean de aplicación en el
centro y en el aula, como a las que sean de aplicación al alumnado en conflicto, que
garanticen el tratamiento individualizado tanto de la víctima como de la persona o personas
agresoras, incluyendo actuaciones específicas de sensibilización para el resto del alumnado
así como para el alumnado observador. Todo ello, sin perjuicio de que se apliquen al
alumnado acosador las medidas correctivas recogidas en el plan de convivencia.
Con carácter orientativo, se proponen las siguientes medidas y actuaciones para
cada caso de acoso escolar:
Plan de Convivencia. IES Virgen de la Cabeza 29
• Actuaciones con la persona acosada: actuaciones de apoyo y protección
expresa e indirecta, actividades de educación emocional y estrategias de
atención y apoyo social, intervención individualizada por la persona
orientadora para el aprendizaje y desarrollo de habilidades sociales, de
comunicación, autoestima y asertividad y derivación, si procede, a servicios
de la Consejería competente en materia de protección de menores.
• Actuaciones con el alumnado agresor: aplicación de las correcciones
correspondientes estipuladas en el plan de convivencia, actuaciones
educativas en el aula de convivencia del centro, en su caso, o programas y
estrategias específicos de modificación de conducta y ayuda personal, y
derivación, si procede, a servicios de la Consejería competente en materia de
protección de menores.
• Actuaciones con los compañeros y compañeras observadores pasivos:
actuaciones de desarrollo de habilidades sociales, de comunicación,
emocionales y de empatía, campañas de sensibilización así como actividades
de mediación y de ayuda entre iguales.
• Actuaciones con las familias: orientaciones sobre cómo ayudar a sus hijos o
hijas, sean víctimas o agresores, actuaciones para una mejor coordinación y
comunicación sobre el proceso socioeducativo de sus hijos o hijas,
información sobre posibles apoyos externos y seguimiento de los mismos, así
como establecimiento de compromisos de convivencia.
• Actuaciones con el profesorado y el personal de administración y
servicios: orientaciones sobre cómo intervenir positivamente en la situación y
cómo hacer el seguimiento, orientaciones sobre indicadores de detección, así
como actividades de formación específica.
La dirección del centro se responsabilizará de que se lleven a cabo las medidas y
actuaciones previstas, informando periódicamente a la comisión de convivencia, a las
familias o responsables legales del alumnado y al inspector o inspectora de referencia del
grado del cumplimiento de las mismas y de la situación escolar del alumnado implicado.
Paso 11. Comunicación a las familias o responsables legales del alumnado.
Se informará a las familias del alumnado implicado de las medidas y actuaciones de
carácter individual, así como las medidas de carácter organizativo y preventivo propuestas
para el grupo, nivel y centro educativo, observando en todo momento confidencialidad
absoluta en el tratamiento del caso.
Paso 12. Seguimiento del caso por parte de la inspección educativa.
El inspector o inspectora de referencia realizará un seguimiento de las medidas y
actuaciones definidas y aplicadas, así como de la situación escolar del alumnado
implicado.
Plan de Convivencia. IES Virgen de la Cabeza 30
PROTOCOLO DE ACTUACIÓN EN CASO DE MALTRATO INFANTIL
Características del maltrato infantil.
De acuerdo con el artículo 3 del Decreto 3/2004, de 7 de enero, por el que se
establece el sistema de información sobre maltrato infantil en Andalucía, se entenderá por
maltrato infantil cualquier acción, omisión o trato negligente, no accidental, por parte de
los padres o madres, cuidadores o cuidadoras o instituciones, que comprometa la
satisfacción de las necesidades básicas del menor o la menor, e impida o interfiera en su
desarrollo físico, psíquico y/o social.
Tipología del maltrato.
• Maltrato físico: cualquier acto, no accidental, ocasionado a un menor o una
menor por su progenitor o progenitora o sustituto o sustituta que le provoque
daño físico o enfermedad, o le coloque en situación de riesgo grave de
padecerla.
• Maltrato psicológico/emocional: las personas adultas del grupo familiar
manifiestan de forma reiterada una hostilidad verbal hacia el menor o la
menor, a través de insultos, desprecio, crítica o amenaza de abandono y un
constante bloqueo de las iniciativas infantiles de interacción (desde la
evitación hasta el encierro). Asimismo, puede producirse abandono
psicológico/emocional a través de una ausencia persistente de respuesta a las
señales, expresiones emocionales y conductas procuradoras de proximidad e
interacción iniciadas por el menor o la menor y una falta de contacto o de
expresividad emocional en las interacciones mutuas, por parte de una figura
adulta estable.
• Maltrato pasivo por negligencia o abandono físico/cognitivo: las
necesidades físicas y psicológicas básicas del menor o la menor
(alimentación, vestido, higiene, protección y vigilancia en las situaciones
potencialmente peligrosas, educación y cuidados médicos) no son atendidas
temporal o permanentemente por ningún miembro del grupo que convive con
él.
• Abuso sexual: cualquier clase de contacto o interacción sexual de una
persona adulta con un menor, en la que la persona adulta, que por definición
goza de una posición de poder o autoridad sobre aquel o aquella, lo utiliza
para la realización de actos sexuales o como objeto de estimulación sexual.
También se contempla su comisión por personas menores de 18 años, cuando
sean significativamente mayores que el menor o la menor-víctima o cuando
estén en una posición de poder o control sobre este o esta.
• Corrupción: cuando la persona adulta incita al menor o la menor a la
realización o implicación en conductas antisociales, autodestructivas o
desviadas, particularmente en las áreas de agresión, sexualidad (contempladas
ya en el abuso sexual) o uso de sustancias adictivas, dificultando la normal
integración social infantil y pudiendo producir una incapacidad para las
experiencias sociales normales.
• Explotación laboral: los padres, madres o cuidadores y cuidadoras asignan
al menor o la menor con carácter obligatorio, y para la obtención de
beneficios económicos o similares, la realización continuada de trabajos
Plan de Convivencia. IES Virgen de la Cabeza 31
(domésticos o no) que exceden los límites de lo habitual, deberían ser
realizados por personas adultas e interfieren de manera clara en sus
actividades y necesidades sociales y/o escolares.
• Síndrome de Munchaüsen por poderes: los padres, madres o cuidadores y
cuidadoras someten al niño o la niña a continuos ingresos y exámenes
médicos, alegando síntomas físicos patológicos ficticios o generados de
manera activa por ellos mismos (mediante la inoculación de sustancias al
niño o la niña, por ejemplo). Como consecuencia, el menor o la menor se ve
sometido a continuos ingresos, exámenes médicos y pruebas diagnósticas
molestas e innecesarias y que, incluso, pueden ser perjudiciales para su salud
física y mental.
• Maltrato prenatal: abuso de drogas o alcohol durante el embarazo, o
cualquier circunstancia vital de la madre que se haga incidir voluntariamente
en el feto, y que provoca que el bebé nazca con un crecimiento anormal,
patrones neurológicos anómalos, con síntomas de dependencia física de
dichas sustancias, u otras alteraciones imputables a su consumo por parte de
la madre.
• Retraso no orgánico en el crecimiento: también denominado retraso
psicosocial del crecimiento, se refiere al diagnóstico médico de aquellos
niños que no incrementan su peso con normalidad en ausencia de una
enfermedad orgánica. Sin embargo, se produce una ganancia sustancial de
peso durante la estancia en el hospital o bien hay una recuperación del retraso
evolutivo cuando el niño dispone de un ambiente de cuidados adecuados.
Aparece por lo general en niños menores de dos años y se caracteriza por la
desaceleración o retraso del desarrollo físico, sin que exista un cuadro clínico
que lo justifique. También puede producirse un funcionamiento emocional y
del desarrollo deficientes.
• Maltrato institucional: cualquier programa, legislación, procedimiento o
actuación u omisión por parte de organizaciones o instituciones públicas o
privadas o bien procedente del comportamiento individual de un profesional
que conlleve abuso, negligencia, detrimento de la salud, del desarrollo y de la
seguridad o que viole los derechos básicos de los menores
Los indicadores y niveles de gravedad en función de la tipología del maltrato se
encuentran descritos en el Manual de instrucciones para la cumplimentación y tramitación
de la hoja de detección y notificación del maltrato infantil, editado por la Consejería para la
Igualdad y Bienestar Social.
Clasificación del maltrato en cuanto a la gravedad.
• Casos de maltrato leve: cuando la conducta maltratante no es frecuente y su
intensidad es mínima. Los efectos del maltrato recibido no han provocado
daños en el menor o la menor ni se prevé que se produzcan. Si se ha
producido daño, éste no es significativo, por no requerir intervención o
tratamiento especializado. En estas circunstancias se procurará, siempre que
sea posible, la intervención con las familias o responsables legales del menor
o la menor, desde el propio ámbito que haya detectado el maltrato, en
colaboración con los servicios sociales correspondientes, los cuales prestarán
el apoyo y asesoramientos necesarios.
Plan de Convivencia. IES Virgen de la Cabeza 32
• Casos de maltrato moderado: cuando el maltrato recibido, por su intensidad
o frecuencia, ha provocado daños en el menor o la menor, o se prevé que
puedan producirse en su futuro desarrollo. Por tanto se requiere de algún tipo
de intervención o tratamiento especializado, así como el establecimiento de
un plan de intervención interdisciplinar y personalizada por parte de los
servicios sociales correspondientes, en coordinación entre otros, con los
servicios educativos y sanitarios, para salvaguardar la integridad del menor o
la menor dentro de su núcleo familiar.
• Casos de maltrato grave: cuando los efectos del maltrato recibido puedan
hacer peligrar la integridad física o emocional del menor o la menor, o
provocar daños significativos en su desarrollo, o existe un alto riesgo de que
puedan volverse a producir los episodios de maltrato, o bien el niño o niña es
muy pequeño o padece algún tipo de enfermedad o discapacidad que lo hacen
especialmente vulnerable. Estas circunstancias podrán implicar la adopción
de una medida protectora por parte de la Delegación Provincial de la
Consejería competente en materia de protección del menor, o en su caso, la
derivación a los servicios sociales correspondientes para un tratamiento
especializado en el medio.
PROTOCOLO
Paso 1. Identificación y comunicación de la situación.
De acuerdo con la Ley 1/1998, de 20 de abril, de los derechos y la atención al
menor, y sin perjuicio del deber general de denuncia previsto en la normativa estatal de
aplicación, cualquier persona o entidad y, en especial la que por razón de su profesión o
finalidad tenga noticia de la existencia de una situación de maltrato, deberá ponerlo en
conocimiento de cualquier autoridad, que inmediatamente lo comunicará a la
Administración competente, Autoridad Judicial o Ministerio Fiscal. Por tanto, cualquier
miembro de la comunidad educativa que tenga conocimiento o sospechas de una situación
de maltrato infantil tiene la obligación de ponerlo en conocimiento del equipo directivo a
través de las vías ordinarias que el centro tenga establecidas para la participación de sus
miembros.
Paso 2. Actuaciones inmediatas.
Tras esta comunicación, se reunirá el equipo directivo con el tutor o tutora del
alumno o alumna afectado y la persona o personas responsables de la orientación en el
centro, para recopilar información, analizarla y valorar la intervención que proceda.
La realización de esta reunión deberá registrarse por escrito, especificando la
información recogida y las actuaciones acordadas.
En todos los casos en que se estime que pueda existir una situación de maltrato
infantil, se informará del inicio del protocolo de actuación al Servicio Provincial de
Inspección de Educación.
Paso 3. Servicios médicos.
Cuando se sospeche de la existencia de lesiones, algún miembro del equipo
directivo acompañará al menor o la menor a un centro sanitario para su valoración clínica,
informando posteriormente a la familia de la actuación realizada. En cualquier caso, se
solicitará un informe o parte de lesiones, que se adjuntará al informe realizado.
Plan de Convivencia. IES Virgen de la Cabeza 33
Paso 4. Evaluación inicial.
La dirección del centro solicitará al departamento de orientación o equipo de
orientación educativa que corresponda la evaluación inicial del caso, en la que colaborará
el tutor o tutora o el equipo docente, con la información que haya obtenido del menor o la
menor, y de su familia.
Esta información se recabará, según el caso:
• Observando al menor o la menor.
• Contrastando opiniones con otros compañeros y compañeras.
• Hablando con el menor o la menor.
• Entrevistando a la familia.
Si se estima conveniente, se contactará asimismo con los servicios sociales y con
cualquier otra fuente que pueda aportar alguna información.
En este proceso se deben considerar los siguientes aspectos:
• Garantizar la protección del menor o la menor.
• Preservar su intimidad y la de su familia.
• Actuar de manera inmediata.
• Generar un clima de confianza básica en el menor o la menor.
• Recoger todo tipo de pruebas e indicadores.
• No duplicar intervenciones y evitar dilaciones innecesarias.
Paso 5. Hoja de Detección y Notificación del maltrato infantil.
A través de la información recogida, se determinará el nivel de gravedad del
maltrato caso de existir, y se cumplimentará un ejemplar de la Hoja de Detección y
Notificación, contemplada en el Sistema de Información sobre Maltrato Infantil en
Andalucía, según lo establecido en la Orden de 23 de junio de 2006, por la que se aprueban
los modelos de la Hoja de Detección y Notificación del Maltrato Infantil.
La citada Hoja de Detección y Notificación presenta dos modalidades, la versión
impresa y la informática, a la cual se puede acceder a través del Sistema de Información
Séneca, o directamente a través de la web SIMIA, a la que puede accederse desde la página
web de la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social, a través del siguiente enlace:
https://www.juntadeandalucia.es/igualdadybienestarsocial/simia, en el cual es posible
realizar su cumplimentación y envío automático a los Servicios de Protección de Menores
de las Delegaciones Provinciales de la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social, para
los casos que se consideren graves.
Esta Hoja consta de tres ejemplares, el primero de los cuales será conservado por el
centro educativo, mientras que los otros dos se remitirán de forma conjunta a los servicios
sociales correspondientes de acuerdo al nivel de gravedad del maltrato. Los tres disponen
de la misma clave para la identificación inequívoca del caso.
La Hoja de Detección y Notificación dispone de una serie de apartados a
cumplimentar por el centro educativo, referidos a los datos de identificación del menor o la
menor, la fuente de detección, la instancia a la que se comunica el caso, la tipología e
indicadores del maltrato, la valoración de su nivel de gravedad, el origen del maltrato, así
Plan de Convivencia. IES Virgen de la Cabeza 34
como las observaciones que se consideren pertinentes. Otros apartados de la Hoja de
Detección y Notificación son para uso exclusivo de los servicios sociales competentes
(órgano que propone la inscripción, provincia y fecha de la propuesta).
Una vez cumplimentada la Hoja, de acuerdo a lo estipulado en el artículo 8 del
Decreto 3/2004, por el que se establece el Sistema de Información sobre Maltrato Infantil
en Andalucía, se procederá del modo siguiente:
• El centro educativo conservará para sí el primer ejemplar, correspondiente al
Servicio o Centro Notificador, y enviará los dos restantes a los servicios
sociales de la Corporación Local competente, en el caso de que el maltrato se
considere leve o moderado, o bien al Servicio de Protección de Menores de la
Delegación Provincial de la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social,
cuando se haya valorado como grave.
• Cuando se haga uso de la versión informática de la Hoja, si el maltrato es
leve o moderado, se imprimirán los tres ejemplares de la misma para su
posterior envío por correo normalizado de acuerdo a lo mencionado en el
párrafo anterior.
• En los casos graves se podrá realizar, asimismo, el envío telemático a la
Delegación Provincial, y se conservará, previa impresión, el ejemplar
correspondiente al profesional que notifica.
Todo ello no es incompatible con la utilización de cualquier medio de
comunicación que se estime necesario, especialmente en los casos de urgencia donde
pueda estar en peligro la integridad del menor o la menor.
Paso 6. Derivación en función de la gravedad.
Según lo dispuesto en la Orden de 11 de febrero de 2004, por la que se acuerda la
publicación del texto íntegro del Procedimiento de Coordinación para la Atención a
Menores Víctimas de Malos Tratos en Andalucía, el centro actuará de la siguiente forma,
atendiendo a la gravedad de la situación detectada:
• Casos de maltrato leve: pueden ser resueltos a través de actuaciones
planificadas por el propio centro educativo. La dirección lo notificará a los
servicios sociales de la Corporación Local mediante el envío de la Hoja de
Detección y Notificación y del informe realizado sobre el caso, para su
conocimiento, conservando en su poder su propio ejemplar.
• Casos de maltrato moderado: la dirección lo notificará a los servicios
sociales de la Corporación Local mediante el envío de la Hoja de Detección y
Notificación y del informe realizado sobre el caso, para su estudio e
intervención; y al Servicio Provincial de Inspección de Educación,
conservando en su poder su propio ejemplar.
• Casos de maltrato grave: la dirección lo notificará al Servicio Provincial de
Inspección de Educación, al Servicio de Protección de Menores de la
Delegación Provincial de la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social, y
en su caso, al Juzgado de Guardia del partido judicial correspondiente
adjuntando los informes técnicos pertinentes, conservando en su poder su
propio ejemplar.
• Casos urgentes: se efectuará una notificación inmediata a la Delegación
Provincial de la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social, Autoridad
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  • 1. PLAN DE CONVIVENCIA IES Virgen de la Cabeza. Marmolejo (Revisado en septiembre de 2014, adecuando los protocolos ante acoso escolar, maltrato infantil, violencia de género y agresión hacia el profesorado o el personal no docente a la Orden de 20 de junio de 2011, por la que se adoptan medidas para la promoción de la convivencia en los centros docentes…). 2014 Aprobado en fecha reflejada en la parte inferior Junta de Andalucía 18/09/2014
  • 2. Plan de Convivencia. IES Virgen de la Cabeza 2 ÍNDICE ÍNDICE............................................................................................................... 1 DIAGNÓSTICO Y OBJETIVOS.............................................................................. 5 A.- CARACTERÍSTICAS DEL CENTRO Y SU ENTORNO................................. 5 La localidad ........................................................................................................ 5 Las Familias: ...................................................................................................... 6 El Centro:............................................................................................................ 6 Alumnado: .......................................................................................................... 7 Conflictividad detectada en el Centro: ............................................................... 8 B) NORMAS DE CONVIVENCIA:....................................................................... 10 1. Puntualidad y horario................................................................................... 10 2. Orden en pasillos, aulas y desplazamientos................................................. 11 3. Faltas de asistencia ...................................................................................... 11 4. Trabajos y exámenes.................................................................................... 11 5. Cuidado medioambiental............................................................................. 12 6. Aseos y Servicios......................................................................................... 12 7. Actitud en el aula y dentro del Centro......................................................... 12 8. Normas de conducta de carácter general. .................................................... 13 9. Actitud en el aula:........................................................................................ 14 10. Teléfonos móviles / Golosinas / Juegos de azar ........................................ 15 11. Recreos / Cafetería / Pistas Deportivas...................................................... 15 12. Viajes, salidas y visitas.............................................................................. 16 Medidas para garantizar su cumplimiento:....................................................... 16 Baremación de las conductas contrarias a las normas de convivencia:................... 17 FALTAS LEVES Y GRAVES. SANCIONES ................................................ 17 1.-Conductas contrarias a las normas de convivencia. .................................... 17 2.- Conductas gravemente perjudiciales para la convivencia.......................... 19 El Carné por puntos: ................................................................................................ 23 PROTOCOLOS DE ACTUACIÓN EN SUPUESTOS DE ACOSO ESCOLAR........................................................................................................ 25 Características del Acoso Escolar.................................................................... 25 Tipos de acoso. ................................................................................................ 26 Consecuencias del acoso.................................................................................. 26 Protocolo........................................................................................................... 26 PROTOCOLO DE ACTUACIÓN EN CASO DE MALTRATO INFANTIL 30
  • 3. Plan de Convivencia. IES Virgen de la Cabeza 3 Características del maltrato infantil................................................................. 30 Tipología del maltrato...................................................................................... 30 Clasificación del maltrato en cuanto a la gravedad. ........................................ 31 Protocolo........................................................................................................... 32 PROTOCOLO DE ACTUACIÓN ANTE CASOS DE VIOLENCIA DE GÉNERO EN EL ÁMBITO EDUCATIVO..................................................... 35 Características de la violencia de género......................................................... 35 Tipos de violencia de género. .......................................................................... 35 Protocolo........................................................................................................... 36 PROTOCOLO DE ACTUACIÓN EN CASO DE AGRESIÓN HACIA EL PROFESORADO O EL PERSONAL NO DOCENTE.................................... 39 Caracterización. ............................................................................................... 39 Protocolo........................................................................................................... 40 ACTUACIONES DE LA INSPECCIÓN EDUCATIVA................................ 41 ACTUACIONES DE LA DIRECCIÓN DEL CENTRO................................ 43 ACTUACIÓN DE LA DELEGACIÓN PROVINCIAL DE EDUCACIÓN .. 44 GUÍA DE ORIENTACIÓN JURÍDICA ......................................................... 44 C) COMISIÓN DE CONVIVENCIA ..................................................................... 46 Funciones de la Comisión de Convivencia y Plan de actuación. ..................... 46 Plan de reuniones.............................................................................................. 46 D) AULA DE CONVIVENCIA:............................................................................. 49 Normas específicas para el funcionamiento del aula de convivencia............... 49 Finalidad del aula de convivencia: .................................................................. 49 Objetivos:......................................................................................................... 49 Profesorado que atenderá el Aula de Convivencia:......................................... 50 Normas específicas para el funcionamiento del Aula de Convivencia............ 50 Funcionamiento del Aula de Convivencia........................................................ 51 Funciones en el ámbito del centro ................................................................... 52 Funciones en el ámbito individual o de intervenciones específicas ................ 53 Funciones del Coordinador o Coordinadora del Aula de Convivencia ........... 54 Normas específicas para el funcionamiento del Aula de Convivencia............ 55 E) PROMOCIÓN DE LA CONVIVENCIA ........................................................... 58 A. Propuestas para la mejora de la convivencia escolar................................... 58 B. Otras medidas para la mejora de la convivencia.......................................... 63 El agrupamiento del alumnado como prevención de las faltas contra la convivencia.................................................................................................................. 64
  • 4. Plan de Convivencia. IES Virgen de la Cabeza 4 La atención a la diversidad .............................................................................. 64 Especial atención a los alumnos de los primeros cursos de la ESO. ............... 65 F) MEDIDAS PARA PREVENIR, DETECTAR, MEDIAR Y RESOLVER LOS CONFLICTOS .................................................................................................................... 66 Serán obligaciones del profesor de guardia:.................................................... 66 Apertura y cierre de las aulas........................................................................... 67 G) MEDIACIÓN. FUNCIONES DE LOS DELEGADOS Y DELEGADAS DEL ALUMNADO EN LA MEDIACIÓN ................................................................................. 68 Delegados y Delegadas de grupo..................................................................... 68 H) DELEGADOS Y DELEGADAS DE PADRES Y MADRES........................... 69 La figura del delegado o la delegada de padres y madres se regula en la Orden de 20 de junio de 2011................................................................................................. 69 Funciones respecto a la mediación en la resolución pacífica de conflictos entre el alumnado o entre éste y cualquier miembro de la comunidad educativa: ............... 72 I) NECESIDADES FORMATIVAS ....................................................................... 73 Las necesidades formativas en materia de convivencia se recogen en la Orden de 20 de junio de 2011................................................................................................. 73 J) SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN................................................................... 75 Difusión, seguimiento y evaluación del Plan de Convivencia. ........................ 75 K) COLABORACIÓN CON OTRAS ENTIDADES ............................................. 76 L) RECOGIDA DE INCIDENCIAS....................................................................... 77 FICHA DE REFLEXIÓN I – Aula de Convivencia......................................... 78 FICHA DE REFLEXIÓN II – Aula de Convivencia ....................................... 80
  • 5. Plan de Convivencia. IES Virgen de la Cabeza 5 DIAGNÓSTICO Y OBJETIVOS A.- CARACTERÍSTICAS DEL CENTRO Y SU ENTORNO. LA LOCALIDAD Marmolejo es una localidad de 7.380 habitantes según el último censo de 2.011, población estancada, o en leve retroceso, produciéndose pérdida de habitantes año tras año, debido a las bajas expectativas de trabajo que ofrece una localidad que ha basado su economía en una agricultura basada principalmente en el monocultivo del olivar y productos de huerta, sin desarrollar ningún tipo de industria para dar salida a los productos que generaba. En cuanto al régimen de propiedad de la tierra, es de destacar que un gran número de habitantes son propietarios de pequeñas parcelas, mientras que también se encuentran algunos propietarios de grandes latifundios. La población de Marmolejo, ligada a la tierra y a sus vaivenes, ha sido ahorradora, sin afán alguno de ostentación, pero con la seguridad de tener esos ahorros que poco a poco han ido acumulando con el esfuerzo de todos los miembros de la familia, para asegurarse un futuro que les permitiera mantener una situación digna cuando la situación fuera desfavorable. Prueba de ello es la existencia de 9 oficinas bancarias en el 2.011. Dado que la principal actividad económica es la agricultura, es lógico pensar que una gran parte de la población cotiza a la Seguridad Social por el régimen agrario. Existen unas 1500 personas cotizando en el régimen agrícola en la localidad, de las cuales, unas 1300 personas han percibido durante alguna temporada el subsidio agrícola; importante destacar que duplica el número de mujeres al de hombres que cotizan en este régimen. En cuanto al sector industrial, relacionado con el campo, funcionan tres almazaras de aceite de oliva, de gran tradición en la localidad. En los años noventa comenzó a despertar un tímido embrión industrial que en pocos años se convirtió en el motor de la economía local. Fue fuente de generación de empleo, asumiendo casi toda la mano de obra joven, sin cualificación, y creó riqueza que se tradujo en un bienestar general. Lamentablemente solo fue el sueño de una noche de verano. Demasiado pronto los malos presagios que sacudían el país también llegaron a este pequeño pueblo de Andalucía y comenzó el proceso inverso: cerraron casi todas las industrias, y según datos del Instituto Nacional de Estadística, en el año 2.009 no se creó ninguna. Marmolejo se puede considerar como una localidad formada en su mayoría por familias trabajadoras; en algunas de ellas se cuenta con un sueldo estable, en una gran parte, con trabajos temporales e inestables, completando sus necesidades económicas con el subsidio agrícola, necesario e incluso imprescindible para un gran número de familias que tan solo pueden dar unas pocas peonadas en el campo, cada día menos rentable. Consecuencia de la anterior situación, podemos decir que: - Un 10% de la población compone la clase alta. - Un 30% la clase media.
  • 6. Plan de Convivencia. IES Virgen de la Cabeza 6 - Un 45% la clase media-baja. - Un 15% la clase baja. En la actualidad se encuentran familias con graves problemas para cubrir sus necesidades mínimas, rondando, si no en él, el umbral de la pobreza. La población joven que años atrás abandonaba pronto el entorno escolar para incorporarse al mundo del trabajo, en la actualidad al no tener opciones laborales, permanece más en el centro e intentan, al menos, obtener el título de graduado en Educación Secundaria; son conscientes que en el futuro, esta preparación puede ser la que marque la diferencia entre el paro o el trabajo. A continuación, muchos se matriculan en Formación Profesional, y el resto cursa bachillerato, como paso a estudios posteriores. LAS FAMILIAS: En los últimos años, la sociedad en nuestro país está experimentando un cambio rápido y radical. La típica familia formada por padre, madre e hijos, con unos roles muy definidos, y una autoridad incuestionable, pertenece a nuestra historia, reciente, pero historia. Actualmente la composición de la familia ha cambiado. Encontramos familias con un solo progenitor, hijos de padres divorciados, hijos que, debido al trabajo de los padres, pasan mucho tiempo solos, nadie les controla sus actividades. Muy a menudo, los padres, que en Educación Infantil y Primaria seguían a diario los progresos de sus pequeños, ahora se desentienden de su evolución escolar. No dedican tiempo a hablar con sus hijos e hijas, tiempo para exigirles su responsabilidad de adquirir una formación que les permita continuar estudios posteriores, etc. Y lamentablemente, Marmolejo no permanece al margen de esta corriente. Nuestros alumnos y alumnas necesitan más del apoyo familiar, el alumnado debe asumir su responsabilidad, retomar el hábito de estudio, sentirse satisfecho por el trabajo realizado, disfrutar con la lectura, … Esto también supone un trabajo para las familias que deben apoyar a sus hijos con el asesoramiento del profesorado. Trabajar juntos padres, madres, profesores y profesoras para conseguir el objetivo común. Actualmente las relaciones con las familias, en general, son escasas. Como en casi todos los centros, la presencia familiar se produce cuando existe un conflicto. La falta de formación de algunos padres y madres hace que ante un problema, en ocasiones desautoriza al profesorado sin contrastar las informaciones que su hijo/a les da, haciendo un flaco favor a la formación de nuestros educandos. Cabe decir, que la asistencia a la reunión tutorial de inicio de curso suele ser masiva, pero a lo largo del año, sobre todo durante la campaña de la aceituna, un gran número de padres/madres sólo vienen cuando el tutor se preocupa de citarlos. Sobre las relaciones de las familias con el Centro, es curioso observar que aquellos padres/madres cuyos hijos/as llevan un adecuado proceso educativo y son menos problemáticos en el respeto a las normas de convivencia, son también los que se relacionan mejor y con mayor asiduidad con el profesorado. EL CENTRO: El I.E.S. “Virgen de la Cabeza” está situado en el límite del casco urbano de la localidad de Marmolejo, junto a la carretera A-420 en dirección al Balneario.
  • 7. Plan de Convivencia. IES Virgen de la Cabeza 7 Según consta en nuestra página WEB, el actual I.E.S. "Virgen de la Cabeza" se inauguró en 1.961 como centro para la formación de agricultores. Su nombre original fue de "Granja Escuela" y se dedicó a impartir los cursos de Capataces Agrícolas. A partir del año 65 se comenzaron a dar cursos monográficos (maquinaria, ganadería...) destinados a profesionales del sector agro-ganadero y con la finalidad de elevar el nivel técnico de la agricultura. En el curso 1.973/74 con la Ley General de Educación se inician en este Centro los estudios de Formación Profesional Agraria de primer y segundo grado, en Explotaciones Agrarias. En el mismo curso se inicia la reducción de las enseñanzas de Capataces Agrícolas. Con la LOGSE, en 1.992-93 se inician las enseñanzas de formación profesional de Ciclos Formativos, Educación Secundaria y Bachillerato pasando a denominarse: "IES VIRGEN DE LA CABEZA". ALUMNADO: Debido a la gran variedad de enseñanzas que se imparten en nuestro Centro, se sientan en nuestras aulas alumnos procedentes tanto de nuestra localidad como de toda la geografía andaluza, y en ocasiones incluso, procedentes de otras comunidades. En la ESO, el alumnado procede básicamente de nuestra localidad, aunque también hay un pequeño grupo de alumnado de otras localidades, que por problemas, en ocasiones suyos y en ocasiones de sus familias de procedencia, están en situación de acogida en el Convento-Hogar de “San José de la Montaña” y desde aquí se incorporan, primero a los centros de Educación Infantil, Primaria, y posteriormente a nuestro Centro para continuar con la Educación Secundaria. Suelen ser un tipo de alumnado con deficiencias afectivas, en general no problemáticos, pero con bajo rendimiento académico. Otro tipo de alumnado que asiste a la ESO en nuestro Centro, está interno durante el periodo lectivo en la Residencia Escolar “La Granja”, contigua al IES, acoge alumnado procedente, en unas ocasiones, de lugares donde sus familias tienen problemas para mantenerlos escolarizados, y en otras ocasiones, acoge alumnado procedente de familias con conductas disruptivas, que en ocasiones presentan conductas inapropiadas contra la convivencia. En Bachillerato, el alumnado procede básicamente de nuestra localidad puesto que aquel alumno que estaba acogido en el Convento-Hogar, ya es mayor y ha abandonado el mismo, y el alumnado que estaba en la ESO desde la Residencia Escolar, cuando pasa la etapa de escolarización obligatoria, también abandona nuestra localidad. En Ciclos Formativos es donde encontramos un tipo de alumnos y alumnas con una procedencia más diversa: El alumnado procede, en parte de nuestra localidad, y en su mayoría de otros puntos de la provincia o Andalucía. Su edad está comprendida entre los 16 años y no hay un límite de edad definido por arriba. A veces encontramos alumnos con 50 años o más. Residen muchos de ellos en la Residencia Escolar “La Granja”, y otros, en pisos alquilados a modo de los estudiantes universitarios. Como vemos, en nuestro centro encontramos alumnado con unas necesidades, aspiraciones, edad, etc. muy variadas y a los que hay que atender.
  • 8. Plan de Convivencia. IES Virgen de la Cabeza 8 CONFLICTIVIDAD DETECTADA EN EL CENTRO: El clima de convivencia en nuestro Centro, es el propio de un centro de sus características, siendo la normalidad su rasgo más destacable. En él no se han dado situaciones, ni individuales ni colectivas, que puedan considerarse de alto riesgo. Uno de los principales problemas de nuestro Centro, causa en ocasiones de faltas contra la convivencia, es el gran desinterés del alumnado por su formación. Ello acarrea un notable retaso educativo, que desemboca en la incapacidad para seguir el normal desarrollo de la clase. El alumnado pierde cualquier interés por su educación, negándose incluso a trabajar cualquier tipo de adaptación curricular que se le ofrezca, cayendo en conductas disruptivas y planteando problemas de convivencia dentro del aula. En los últimos años, consecuencia de los cambios sociales, de la mayor independencia y libertad que los jóvenes reclaman, de la pérdida del poder y autoridad que tenían los padres para educar a sus hijos, se ha llegado a una situación, lamentablemente muy generalizada en casi todos los centros educativos que es la falta de esfuerzo, responsabilidad y hábito de estudio que provoca el fracaso escolar en un número elevado del alumnado de la ESO. Nuestro centro no es ajeno a estos cambios sociales, y el reto que tenemos es el de conseguir reducir el fracaso escolar. Toda la comunidad educativa debe implicarse y apostar de forma decidida por conseguir ese fin común. Un alto número de alumnos sólo desean terminar su Educación Obligatoria; es la meta máxima a la que aspiran. El resto se reparte entre realizar estudios post-obligatorios en Ciclos Formativos de grado medio y estudios universitarios superiores. La disciplina en nuestro centro no presenta serios problemas. Las faltas contra la convivencia se han reducido mucho desde que se implantó el sistema del carné por puntos. Los alumnos y alumnas saben qué pueden perder ante cada infracción que cometan contra las normas de convivencia e intentan no cometerlas. Paralelamente a la pérdida de puntos funciona un sistema de recuperación realizando algunas tareas, a veces de colaboración con la Coordinadora de Convivencia o con la Jefa de Estudios. Los mayores problemas de convivencia y disciplina escolar se manifiestan en los alumnos de 1º, 2º y 3º de E.S.O, principalmente en los dos últimos. En 3º las conductas disruptivas se dan en alumnado que ya tienen, o están cerca de cumplir los 16 años, no tienen ninguna motivación para alcanzar cualquier tipo de titulación, y esperan estar fuera de la edad de escolarización obligatoria para abandonar el centro. Ya en 4º de ESO el alumnado que cursa este nivel, piensa seguir estudios posteriores, bien de Bachillerato, o bien en la Formación Profesional. Tiene interés por su formación, y generalmente no plantea problemas de convivencia. Ya en Bachillerato y Ciclos Formativos el alumnado, si bien suelen relajarse en el cumplimiento de algunas normas porque piensan que son mayores y que el cumplimiento de éstas solo afecta al alumnado de la ESO, no suele plantear problemas que afecten gravemente a la convivencia en el IES. Los motivos principales de sanción son las interrupciones y juegos en el aula que impiden el normal desarrollo de la clase. Otro motivo de sanción habitual es la asistencia a clase de alumnos/as sin material o aún teniéndolo, negarse a usarlo, dificultando de igual manera el normal desarrollo de la clase. En menor grado se producen incidencias de falta de respeto al profesorado o a compañeros/as.
  • 9. Plan de Convivencia. IES Virgen de la Cabeza 9 Como dijimos al principio, la principal causa de estos comportamientos contrarios a las normas es la total falta de interés de estos alumnos por su formación: En el 95% de los casos los alumnos/as sancionados tienen malos o muy malos resultados académicos. Resumiendo, podemos extraer las siguientes conclusiones: a. Las conductas consideradas graves son muy escasas. b. Las conductas leves corresponden en aproximadamente un 90% al concepto “Perturbación del normal desarrollo de las actividades de clase”. El resto son “Actuaciones incorrectas contra algún miembro de la comunidad” o “Faltas y retrasos injustificados de asistencia a clase”. c. Las incidencias negativas en el clima de convivencia del centro son especialmente significativas en el alumnado de 1º y 2º de ESO y menos relevantes en 3º ESO y muy reducidas en 4º ESO, Bachillerato y Ciclos Formativos. d. Entre los cursos 2009-10, 2010-11 y 2011-12 se ha producido una reducción significativa de las conductas contrarias a la convivencia. La reducción de las faltas contrarias a la convivencia ha sido posible por la aplicación de medidas como: a. Implantación del carné por puntos. b. El uso de la agenda escolar como medio rápido de comunicación entre profesorado y familias. c. Todas las conductas disruptivas han sido sancionadas con inmediatez aplicando la normativa vigente y el Plan de Convivencia. d. En la elaboración de horarios se procura lograr el mayor número posible de grupos flexibles y desdobles según el profesorado disponible, haciendo que las clases estén menos masificadas. e. El funcionamiento del Aula de Convivencia como lugar para la sanción y la reflexión. f. El funcionamiento del aula de apoyo. g. La colaboración que normalmente encontramos en las familias de los alumnos sancionados. h. La inmediatez en el tratamiento y la resolución de conflictos.
  • 10. Plan de Convivencia. IES Virgen de la Cabeza 10 B) NORMAS DE CONVIVENCIA: Las normas de centro y de aula se entienden como pautas o acuerdos que permiten la implicación de cada persona en el adecuado funcionamiento del centro, garantizando el respeto de los derechos de toda la comunidad educativa. El alumnado, el profesorado y las familias deben conocer y asimilar las normas de convivencia del centro. Las normas han de ser eficaces y evaluables, pudiendo ser revisadas y modificadas si se considera necesario para garantizar su eficacia y cumplimiento. Las normas de convivencia se establecen de acuerdo a: • Capítulo III del Decreto 327/2010 de 13 de julio, que regula el Reglamento Orgánico de los IES. Su corrección también se lleva a cabo según lo dispuesto en este Reglamento. • Orden de 20 de junio de 2011 por la que se adoptan medidas para la promoción de la convivencia en los Centros Docentes sostenidos con fondos públicos y se regula el derecho de las familias a participar en el proceso educativo de sus hijos e hijas. 1. Las normas de convivencia del centro son de obligado cumplimiento para todo el alumnado, tanto dentro como fuera del aula, con independencia de que la actividad en que éstos participen se realice dentro o fuera del horario lectivo. 2. Los profesores tienen la responsabilidad de que se mantenga, dentro del aula, el necesario clima de trabajo para que los alumnos estudien, trabajen y aprendan. 3. Todo profesor que sea testigo de una infracción de las Normas de Convivencia establecidas, con independencia del lugar y del momento en que ésta se produzca, está obligado a intervenir para intentar resolver la situación planteada. Si la infracción se considera como conducta contraria a las normas de convivencia, podrá imponer una de las sanciones recogidas en el art. 35 y 36 del Decreto 327/2010, y si la infracción se considera como conducta gravemente contraria a las normas de convivencia, el director/a impondrá la sanción acorde al art. 38 del citado Decreto. 1. Puntualidad y horario 1. La puntualidad en el cumplimiento de las actividades lectivas del Centro es obligación de todos. El horario lectivo comienza a las 8:15 h. y se prolonga hasta las 14:45 h. No se permitirán retrasos en la entrada superiores a los 10 minutos. Si por circunstancias justificadas algún alumno/a llegase tarde a clase deberá comunicarlo a la Jefatura de Estudios, profesorado de guardia e incorporarse a su grupo. La justificación debe hacerse mediante comunicación escrita, llamada telefónica o presencia de los padres o tutores en el centro. 2. El alumnado que justifique debidamente su retraso se incorporará a su clase y entregará posteriormente a su tutor/a el citado justificante, para que su ausencia sea considerada como justificada. 3. Durante el horario escolar el alumnado no podrá abandonar el Centro. En caso de tener una causa justificada - o presentarse un imprevisto- para hacerlo deberá
  • 11. Plan de Convivencia. IES Virgen de la Cabeza 11 procederse según el apartado de “entrada y salida de alumnos y alumnas durante la jornada escolar” recogido en el Proyecto Educativo y en el ROF de nuestro centro. 2. Orden en pasillos, aulas y desplazamientos 1. El alumnado debe permanecer en su aula en horas de clase y sólo se podrá salir excepcionalmente en caso de necesidad presentando la tarjeta que acredite la autorización del profesor/a. No se permitirán las salidas en los cambios de clase. La convivencia en los tiempos intermedios, entre clases, debe transcurrir sin perturbar la normalidad, actitud de espera, por lo que no están permitidos los juegos, los gritos, las carreras o cualquier acto que perturbe la convivencia. 2. Los alumnos deben esperar al profesor en el aula (NO en los pasillos). 3. Los alumnos deben mantener una actitud correcta en clase, no estando permitido el uso de gorras, viseras, móviles, aparatos de música y otros dispositivos electrónicos o no, ni objetos que puedan distraer al propio alumno o a sus compañeros o interrumpir al profesor. Los profesores retirarán los objetos, aparatos o dispositivos antes mencionados, entregándolos para su custodia en Jefatura de Estudios hasta que sean recogidos por sus padres/madres a partir del día siguiente a su retirada. 4. Los desplazamientos que se realicen entre clases – por traslado a aulas específicas o de especialidad – deben hacerse con la mayor brevedad, orden y con el menor ruido posible. 3. Faltas de asistencia 1. La asistencia a clase es obligatoria y se controla cada hora. Las faltas a clase por parte del alumnado se justificarán dentro de un plazo máximo de tres días y puede realizarse a través de la Agenda, por escrito firmado o mediante comunicación oral o escrita de los padres o tutores legales, al tutor/a, siendo éste el encargado de considerar si el motivo de la falta es realmente justificada, salvo en el caso de las faltas en el mismo día previas a un control: en esa circunstancia el Profesor/a advertirá al alumno/a de que la validez de la prueba que va a realizar está supeditada a que la Jefatura de Estudios dé por buena la justificación que, previa a la realización del examen, habrá entregado al Profesor/a. 2. Un número de faltas injustificadas en el trimestre -según la periodicidad semanal de las áreas, materias y/o módulos - puede dar lugar a la pérdida del derecho a la evaluación continua. 3. El profesorado pasará lista todos los días y en cada clase utilizando un parte de asistencia. Periódicamente los tutores/as y/o la Jefatura de Estudios informará a las familias de las ausencias de sus hijos o hijas, circunstancia que se reflejará además en el boletín de notas trimestral y en el registro del Programa Séneca. 4. Trabajos y exámenes 1. El trabajo bien hecho es una exigencia permanente en este Instituto. Para ello es necesario que todo el alumnado planifique y aproveche su tiempo de forma permanente, buscando la mayor perfección en las tareas así como el cumplimiento diario de los deberes. 2. La inasistencia del alumnado a un examen, la no entrega de un trabajo o del cuaderno de clase en las fechas propuestas por el profesorado, solamente quedará justificada mediante un informe médico (si es por causa de enfermedad) o mediante
  • 12. Plan de Convivencia. IES Virgen de la Cabeza 12 carta o comunicación personal de los padres o tutores. Si la causa de inasistencia está debidamente justificada, el alumno o la alumna en cuestión tendrá derecho a que se le realice otro examen o se aplace la fecha de entrega de trabajos o cuadernos y si no queda suficientemente justificada la inasistencia no se tendrá ese derecho. 3. El alumnado que no agote el tiempo destinado a la realización de un examen debe permanecer en el aula hasta el toque de timbre que marca el fin de ese periodo. 5. Cuidado medioambiental 1. El cuidado del medio ambiente comienza en el propio Instituto: nuestra vida académica estará envuelta en el mejor clima de orden, limpieza, estética y protección de la Naturaleza. 2. Todo el alumnado debe contribuir al embellecimiento del Centro así como a controlar los consumos de energía, agua y papel. El especial diseño arquitectónico del edificio y de sus componentes (ventanas, radiadores, puntos de luz y grifería) permite una colaboración activa y compartida. 3. Al final de la jornada escolar todo el alumnado dejará ordenada su mesa y silla, facilitando así las tareas de limpieza diaria. Igualmente los/as delegados/as de cada grupo o el alumnado que determinen las normativas internas de cada tutoría, se encargarán de asegurar que las aulas queden con las ventanas cerradas y en orden, en colaboración con el último profesor/a del día. 4. Queda establecido, como norma general, el respeto por la limpieza en las aulas, pasillos, patios y demás espacios comunes. En el Centro existen papeleras y contenedores que deben ser empleados para depositar en ellos todo tipo de desperdicios, evitándose así la suciedad de nuestro entorno cotidiano y medio ambiental. 5. De acuerdo con la legislación vigente, cualquier deterioro voluntario que se produzca por el mal uso del material o las instalaciones del Centro, además de ser considerado una falta grave, deberá ser reparado a cargo del alumnado que lo hayan realizado o inducido y por ello no está permitido escribir o rayar las mesas de las aulas así como realizar pintadas en puertas, suelos o paredes. Cualquier desperfecto que se observe debe comunicarse a los tutores, tutoras o miembros del Equipo Directivo para repararlo a la mayor brevedad. 6. Aseos y Servicios 1. El trato adecuado de estas dependencias es el mayor reflejo de los valores humanos y personales de cuantos las utilizan. Usar siempre las escobillas y las papeleras, controlar la cantidad adecuada de agua, jabón y papel además de ser medidas solidarias, reflejan nuestro grado de compromiso con la Naturaleza. 2. La utilización de estas dependencias se realizará en caso de necesidad, no pudiendo permanecer en ellas más tiempo del necesario y siempre respetando la intimidad de las personas. Al amparo de este espacio de privacidad, se considerará falta grave el consumo de tabaco u otras sustancias que atenten contra la salud. 7. Actitud en el aula y dentro del Centro 1. El trato entre todos (Alumnado, Profesorado y Personal de Administración y Servicios) en el aula y fuera de ella se debe regir bajo unas relaciones de cortesía y
  • 13. Plan de Convivencia. IES Virgen de la Cabeza 13 consideración hacia los demás, lo que conlleva – entre otras cosas – la presencia en el Centro correctamente vestidos/as y aseados/as, evitando prendas que atenten contra el decoro. El saludo en escaleras y pasillos, pedir permiso antes de entrar a alguna dependencia, hablar sin gritar, pedir las cosas por favor o ceder el paso, son hábitos que debemos cultivar. Por el contrario debemos evitar a toda costa actitudes groseras, de desconsideración o acciones que puedan ofender a las personas en su forma de ser, de pensar, raza o identidad sexual. 2. Serán consideradas como faltas muy graves, que la dirección y el profesorado no tolerará en ningún caso, las que atenten contra la integridad física, sexual o ideológica, la grabación y/o la difusión de imágenes de estos actos, así como cualquier acción de violencia contra la propiedad individual o del propio Centro. 3. También supone un derecho básico de todos, el aprovechamiento en las clases que nadie puede menoscabar o impedir con su mala conducta o desobediencia a las normas. El profesorado garantizará en todo momento que los tiempos de clase transcurran con el máximo aprovechamiento y cuando se ponga en peligro este derecho fundamental para todos, podrá privarse del derecho a clase, al alumno/a que incumpla las normas. 8. Normas de conducta de carácter general. 1. El respeto a los demás es la norma fundamental del Centro, en el comportamiento, en la forma de expresarse, en la manera de vestir, en la tolerancia para con los demás y en la aceptación de las normas. 2. Los alumnos deben entrar y salir del Centro por cualquiera de las dos puertas peatonales existentes. Está prohibido saltar la valla o utilizar la puerta de acceso de vehículos, así como utilizar las salidas de emergencia como uso normal. 3. Los alumnos deben ser puntuales en todos los actos programados por el Centro en los que deban participar, especialmente en la entrada a todas las clases, y de forma muy particular a primera hora. Por ello, las puertas del Centro se cerrarán a las 8:25 horas. Los alumnos que deseen acceder al Centro después de esta hora, salvo que presenten una justificación válida, deberán esperar fuera del Centro hasta el siguiente cambio de hora. 4. Al entrar al Centro por motivo justificado, se incorporará a su clase, explicando al profesor/a que imparte materia en ese momento los motivos de su retraso. Más tarde entregará a su profesor/a tutor/a el justificante de dicho retraso para registrar en Séneca su ausencia a una o varias clases como falta justificada. 5. En cualquier lugar o dependencia del Centro y en cualquier actividad a realizar por el mismo tanto dentro del recinto escolar como fuera del mismo, los alumnos respetarán a los Profesores y a la autoridad de éstos, respetarán a cuantas personas trabajan o se encuentran en el Centro o en sus proximidades o en el entorno en que se realiza la actividad, se respetarán entre ellos mismos y respetarán el mobiliario y las instalaciones del Centro o del lugar en que se encuentren por participar en una actividad. 6. Los alumnos tendrán siempre y en todo momento un trato correcto con los compañeros. 7. Los alumnos esperarán en el aula a los profesores de guardia siempre que falte un profesor.
  • 14. Plan de Convivencia. IES Virgen de la Cabeza 14 8. Los alumnos no pueden permanecer sin motivo alguno en pasillos, patios, cafetería y otras dependencias del Centro durante las horas de clase, y en cualquier otro lugar no autorizado durante las horas de recreo o destinadas a otras actividades. Entre clases, sólo podrán salir del aula los alumnos que necesiten ir al servicio (con autorización del profesor y tarjeta que lo acredite), o que deban recibir la siguiente clase en otro lugar del Centro; el resto de alumnos, permanecerá en el aula. 9. Los alumnos no pueden manipular o utilizar de forma inadecuada cualquiera de los medios materiales con que cuenta el Centro en materia de seguridad y prevención. 10. Los alumnos, dentro de los edificios, no pueden utilizar, usar o portar sobre la cabeza gorras, viseras, sombreros, pañuelos o similares. Ni tampoco prendas que impidan su identificación, excepto por prescripción médica debidamente acreditada. 11. Los alumnos no pueden salir del Centro hasta la finalización de su jornada escolar. Excepcionalmente se permitirá la salida del Centro según el artículo142 del ROF. 9. Actitud en el aula: 1. No está permitido: • Pintar en las mesas y paredes ni ensuciar el aula. • Realizar actos o acciones que molesten a los demás ni que perjudiquen o alteren el normal desarrollo de las clases. • Hablar en alto con los compañeros. • Hacer ruidos extraños o distorsionadores • Comer, masticar chicle. • Tirar papeles u otros objetos al suelo o a los compañeros. • Cambiarse del sitio adjudicado por el Profesor. • Levantarse sin permiso y andar o correr por el aula. • Tirar o lanzar el material de trabajo a los compañeros. • Estar trabajando otra asignatura. • Traer animales al Centro. • Salir del aula sin permiso. • Cualquier otra acción, no enumerada anteriormente, que pueda ser entendida como perturbación del normal desarrollo de las clases. • Cuando el profesor explique, el alumno debe prestar la máxima atención. 2. Hay diferentes ritmos de trabajo. Los alumnos que terminen primero deben respetar, en silencio, el trabajo y la concentración de los demás. 3. El alumnado debe permanecer en su aula en horas de clase y sólo se podrá salir excepcionalmente, en caso de necesidad, con la tarjeta de autorización del profesor/a que le da su autorización. No se permitirán las salidas en los cambios de clase. Por tanto, no está permitido dejar salir del aula a los alumnos que terminan
  • 15. Plan de Convivencia. IES Virgen de la Cabeza 15 un examen antes de la finalización de la hora; ni dejar fuera del aula a los alumnos que no tienen que hacer un examen; ni dejarles salir para comprar en cafetería. 4. Para que se lleve a cabo correctamente el trabajo de enseñanza y aprendizaje es imprescindible atender sólo a lo que se está tratando en la asignatura (el contenido de la clase, dudas, ejercicios...). 5. Los alumnos tienen la obligación de hacer los trabajos y deberes que los Profesores les manden para ser realizados fuera del horario de clase. 6. En los niveles en donde exista la Agenda del Alumno como herramienta de trabajo, los alumnos tienen el deber de traerla todos los días, de cuidarla con esmero y presentarlo a los profesores siempre que lo soliciten. 7. El profesor tiene la responsabilidad de la organización de la clase. Siempre se debe respetar su autoridad. 8. El respeto a los demás debe ser norma fundamental para que pueda ser recíproco 10. Teléfonos móviles / Golosinas / Juegos de azar 1. La comunicación desde el exterior hacia el Centro y viceversa de cualquier emergencia o imprevisto que se le presente a cualquier alumno/a está garantizada a través de la telefonía fija de la que está dotado el Instituto. Por ello, no está permitido el uso de teléfonos móviles durante los periodos de clase o en cualquier otra actividad lectiva resultando muy recomendable ni siquiera traerlos al Centro, que no se hará responsable, en ningún caso, de su pérdida. 2. Otros dispositivos electrónicos (radio-casetes, walkman, MP3…) que perturban el orden y la debida atención, tampoco se permiten durante los periodos de clase, salvo autorización expresa del Profesor/a; la custodia en el Centro de ellos será de la exclusiva responsabilidad de su propietario/a. 3. No está permitido consumir golosinas durante el desarrollo de las clases o en la realización de determinadas actividades complementarias o extraescolares, tales como visitas a museos, conciertos o exposiciones. 4. En ningún caso se permitirán en el Centro los juegos de azar (cartas …) 11. Recreos / Cafetería / Pistas Deportivas 5. Los recreos son un tiempo de descanso que debe aprovecharse para la comunicación, el juego o reponer energías. El profesorado de guardia estará pendiente de su vigilancia. Durante el mismo no se realizarán juegos y actividades peligrosas o que puedan resultar molestas para los demás. El alumnado durante los recreos deberá trasladarse a las pistas y patios exteriores. 6. El uso de la cafetería se realizará desde el respeto a su personal y al orden de prioridad en la llegada. 7. Los alumnos sólo pueden permanecer en la cafetería del Centro en períodos de recreo. No está permitido comprar en horario de clases. 8. Durante los tiempos de recreo se podrá usar la biblioteca como espacio de estudio y consulta, en el más estricto silencio, por lo que no está permitido permanecer en las aulas durante éste tiempo excepto cuando un/a profesor/a quede a cargo de un grupo de alumnado para la realización de trabajos. Los profesores de guardia en la biblioteca velarán por el orden y el silencio para facilitar el estudio.
  • 16. Plan de Convivencia. IES Virgen de la Cabeza 16 9. A lo largo de la semana el uso de las pistas deportivas se realiza de acuerdo al calendario de competiciones establecido por el Departamento de Educación Física o el profesorado responsable de las mismas. Todo el alumnado está obligado a respetar y no interferir en las competiciones y/o clases del Departamento. 10. No está permitida la salida del centro durante los recreos salvo en el caso del alumnado con mayoría de edad que se comprobará a través de la exhibición de su tarjeta de identificación escolar o D.N.I. y que tenga autorización expresa para ello. 12. Viajes, salidas y visitas Obligaciones por parte de los alumnos participantes. 1. Los alumnos deben cumplir todas las normas de conducta y de convivencia del Centro mientras participan en actividades extraescolares o complementarias y aquellas que estén directamente relacionadas con la actividad que realizan. 2. Se consideran obligaciones de los alumnos relacionadas con las actividades: a. Con independencia del lugar en que se encuentren, mantener una actitud, un comportamiento y una educación dignos de elogio. b. Respetar a los profesores y monitores acompañantes, a sus compañeros y a cuantas personas tengan relación directa o indirecta con la actividad. c. Respetar las instalaciones, los materiales y los bienes utilizados en la actividad. Los gastos ocasionados por daños y desperfectos causados por los alumnos de forma intencionada o por negligencia serán sufragados por los alumnos causantes de los mismos o por sus padres o tutores legales. d. Están obligados a informarse de los horarios establecidos o que se establezcan durante la realización de la actividad y a cumplirlos rigurosamente. e. Las establecidas por los profesores y monitores responsables de la actividad. 3. El incumplimiento de las obligaciones durante la realización de actividades extraescolares o complementarias se considerará falta grave o muy grave con la circunstancia agravante de que tal incumplimiento deteriora y daña la imagen del Centro porque el alumno representa públicamente al Centro cuando participa en una actividad del mismo. 4. Todas las salidas y viajes se regirán por lo establecido en el ROF del centro, en el apartado del Departamento de Actividades Complementarias y Extraescolares donde se definen las características y requisitos de las mismas. MEDIDAS PARA GARANTIZAR SU CUMPLIMIENTO: Básicamente, para mejorar la convivencia en el Centro, se realizan una serie de medidas preventivas como pueden ser: la difusión del Plan de Convivencia, información al alumnado y familias, forma de realizar los agrupamientos, acción tutorial, etc. pero cuando se produce el incumplimiento de alguna norma contra la convivencia, entran en juego una serie de medidas que van desde el apercibimiento oral para hacer ver al alumnado el error de su conducta, hasta la aplicación del carné por puntos con diferentes pérdidas, según la gravedad de sus acción.
  • 17. Plan de Convivencia. IES Virgen de la Cabeza 17 Para la aplicación del sistema del carné por puntos, todas las faltas están clasificadas agrupándolas en dos grupos: • Conductas contrarias a las normas de convivencia, que implican una pérdida ente uno y tres puntos. • Conductas gravemente contrarias a las normas de convivencia, llevarían una pérdida de cuatro o más puntos. Tanto alumnado como familias está informados de este sistema de sanción de las conductas contrarias a la convivencia, siendo conscientes de que la pérdida de diez puntos implica una suspensión del derecho de asistencia a clase por un día, veinte puntos la suspensión de dos días, y así sucesivamente. Junto a este sistema de pérdida de puntos por acciones negativas, se ofrece la posibilidad de recuperarlos realizando trabajos en el aula de convivencia, o tareas para mejorar la convivencia y/o limpieza del Centro. Para poder beneficiarse de este sistema de recuperación de puntos las faltas cometidas no han de ser muy graves, y el alumnado infractor ha de solicitar al profesor/a que ha puesto la sanción su disponibilidad para realizar alguna acción para recuperar puntos perdidos. BAREMACIÓN DE LAS CONDUCTAS CONTRARIAS A LAS NORMAS DE CONVIVENCIA: FALTAS LEVES Y GRAVES. SANCIONES Esta tipificación de faltas supone el desarrollo del Art. 20 del Capítulo II del DECRETO 19/2.007. 1.-Conductas contrarias a las normas de convivencia. 1.- Son conductas contrarias a las normas de convivencia las que se opongan a las establecidas por los institutos conforme a la normativa vigente y, en todo caso, las siguientes: a. Los actos que perturben el normal desarrollo de las actividades de la clase. b. La falta de colaboración sistemática del alumnado en la realización de las actividades orientadas al desarrollo del currículo, así como en el seguimiento de las orientaciones del profesorado respecto a su aprendizaje. c. Las conductas que puedan impedir o dificultar el ejercicio del derecho o el cumplimiento del deber de estudiar por sus compañeros. d. Las faltas injustificadas de puntualidad. e. Las faltas injustificadas de asistencia a clase. f. La incorrección y desconsideración hacia los otros miembros de la comunidad educativa. g. Causar pequeños daños en las instalaciones, recursos materiales o documentos del centro, o en las pertenencias de los demás miembros de la comunidad educativa.
  • 18. Plan de Convivencia. IES Virgen de la Cabeza 18 2.- Se consideran faltas injustificadas de asistencia a clase o de puntualidad de un alumno o alumna, las que no sean excusadas de forma escrita por el alumnado, o sus representantes legales si es menor de edad. Ante ciertas faltas difíciles de justificar, se aceptará dicha justificación de manera ocasional, pero no cuando se convierte en norma. 3.- Sin perjuicio de las correcciones disciplinarias que se impongan en el caso de las faltas injustificadas, en nuestro Proyecto Educativo (pág. 279) se define el 20% como porcentaje máximo de ausencias del alumnado para no perder el derecho a la evaluación continua 4.- Las conductas contrarias a las normas de convivencia recogidas en este artículo prescribirán en el plazo de treinta días naturales contados a partir de la fecha de su comisión, excluyendo los periodos vacacionales establecidos en el correspondiente calendario escolar de la provincia. Correcciones de las conductas contrarias a las normas de convivencia. 1. Por la conducta contemplada en el apartado 1.a) se podrá imponer la corrección de suspensión del derecho de asistencia a esa clase de un alumno o alumna. La aplicación de esta medida implicará: a. El centro deberá prever la atención educativa del alumno o alumna al que se imponga esta corrección. b. Deberá informarse a quienes ejerzan la tutoría y la Jefatura de Estudios en el transcurso de la jornada escolar sobre la medida adoptada y los motivos de la misma. Asimismo, el tutor o tutora deberá informar de ello al padre, a la madre o a los representantes legales del alumno o de la alumna. De la adopción de esta medida quedará constancia escrita en el centro. 2. Por las conductas, distintas a la prevista en el apartado anterior, podrán imponerse las siguientes correcciones: a. Amonestación oral. b. Apercibimiento por escrito. c. Realización de tareas dentro y fuera del horario lectivo que contribuyan a la mejora y desarrollo de las actividades del centro, así como a reparar el daño causado en las instalaciones, recursos materiales o documentos de nuestro centro.. d. Suspensión del derecho de asistencia a determinadas clases por un plazo máximo de tres días lectivos. Durante el tiempo que dure la suspensión, el alumno o alumna deberá realizar las actividades formativas que se determinen para evitar la interrupción de su proceso formativo. e. Excepcionalmente, la suspensión del derecho de asistencia al centro por un período máximo de tres días lectivos. Durante el tiempo que dure la suspensión, el alumno o alumna deberá realizar las actividades formativas que se determinen para evitar la interrupción de su proceso formativo. 3. Las actividades formativas que se establecen en la letra d) del apartado anterior podrán ser realizadas en el aula de convivencia.
  • 19. Plan de Convivencia. IES Virgen de la Cabeza 19 Órganos competentes para imponer las correcciones de las conductas contrarias a las normas de convivencia. 1. Será competente para imponer la corrección prevista en el apartado 1 el profesor o profesora que esté impartiendo la clase. 2. Serán competentes para imponer las correcciones previstas en el apartado 2 a): • Para la prevista en la letra a), todos los profesores y profesoras del instituto. • Para la prevista en la letra b), el tutor o tutora del alumno o alumna. • Para las previstas en las letras c) y d), el Jefe o Jefa de Estudios. • Para la prevista en la letra e), el director o directora, que dará cuenta a la Comisión de Convivencia. 2.- Conductas gravemente perjudiciales para la convivencia. 1. Se consideran conductas gravemente perjudiciales para la convivencia en el instituto las siguientes: a. La agresión física contra cualquier miembro de la comunidad educativa. b. Las injurias y ofensas contra cualquier miembro de la comunidad educativa. c. El acoso escolar, entendido como el maltrato psicológico, verbal o físico hacia un alumno o alumna producido por uno o más compañeros y compañeras de forma reiterada a lo largo de un tiempo determinado. d. Las actuaciones perjudiciales para la salud y la integridad personal de los miembros de la comunidad educativa del centro, o la incitación a las mismas. e. Las vejaciones o humillaciones contra cualquier miembro de la comunidad educativa, particularmente si tienen una componente sexual, racial o xenófoba, o se realizan contra alumnos o alumnas con necesidades educativas especiales. f. Las amenazas o coacciones contra cualquier miembro de la comunidad educativa. g. La suplantación de la personalidad en actos de la vida docente y la falsificación o sustracción de documentos académicos. h. El deterioro grave de las instalaciones, recursos materiales o documentos del instituto, o en las pertenencias de los demás miembros de la comunidad educativa, así como la sustracción de las mismas. i. La reiteración en un mismo curso escolar de conductas contrarias a las normas de convivencia del instituto. j. Cualquier acto dirigido directamente a impedir el normal desarrollo de las actividades del centro. k. El incumplimiento de las correcciones impuestas, salvo que la comisión de convivencia considere que este incumplimiento sea debido a causas justificadas.
  • 20. Plan de Convivencia. IES Virgen de la Cabeza 20 2. Las conductas gravemente perjudiciales para la convivencia en el instituto, prescribirán a los dos meses contados a partir de la fecha de su comisión, excluyendo los periodos vacacionales establecidos en el correspondiente calendario escolar de la provincia. Medidas disciplinarias por las conductas gravemente perjudiciales para la convivencia. 1. Por las conductas gravemente perjudiciales para la convivencia recogidas en el apartado anterior podrán imponerse las siguientes medidas disciplinarias: a. Realización de tareas fuera del horario lectivo que contribuyan a la mejora y desarrollo de las actividades del centro, así como a reparar el daño causado en las instalaciones, recursos materiales o documentos de los institutos de educación secundaria. b. Suspensión del derecho a participar en las actividades extraescolares del instituto por un período máximo de un mes. c. Cambio de grupo. d. Suspensión del derecho de asistencia a determinadas clases durante un periodo superior a tres días lectivos e inferior a dos semanas. Durante el tiempo que dure la suspensión, el alumno o alumna deberá realizar las actividades formativas que se determinen para evitar la interrupción en el proceso formativo. e. Suspensión del derecho de asistencia al Centro durante un periodo superior a tres días lectivos e inferior a un mes. Durante el tiempo que dure la suspensión, el alumno o alumna deberá realizar las actividades formativas que se determinen para evitar la interrupción de su proceso formativo. f. Cambio de centro docente. 2. Las actividades formativas que se establecen en las letras d) del apartado anterior podrán ser realizadas en el aula de convivencia, de acuerdo con lo dispuesto en el Plan de Convivencia. 3. Cuando se imponga la medida disciplinaria prevista en la letra e) del apartado 1, el director o directora podrá levantar la suspensión de su derecho de asistencia al centro antes del agotamiento del plazo previsto en la corrección, previa contrastación de que se ha producido un cambio positivo en la actitud del alumno o alumna. 4. Asimismo, cuando se imponga la medida disciplinaria a que se refiere la letra f) del apartado 1 anterior, la Consejería competente en materia de educación garantizará un puesto escolar en otro centro docente. Órgano competente para imponer las medidas disciplinarias de las conductas gravemente perjudiciales para las normas de convivencia. Será competencia del Director o Directora del centro la imposición de las medidas disciplinarias previstas para las conductas gravemente perjudiciales, de lo que dará traslado a la comisión de convivencia.
  • 21. Plan de Convivencia. IES Virgen de la Cabeza 21 Procedimiento para la imposición de las correcciones y de las medidas disciplinarias Procedimiento general. 1. Para la imposición de las correcciones y de las medidas disciplinarias previstas en el presente Plan de Convivencia, será preceptivo, en todo caso, el trámite de audiencia al alumno o alumna. Cuando la corrección o medida disciplinaria a imponer sea la suspensión del derecho de asistencia al centro o cualquiera de las contempladas en las letras a), b), c) y d) del apartado 1 anterior, y el alumno o alumna sea menor de edad, se dará audiencia a sus padres, madres o representantes legales. Asimismo, para la imposición de las correcciones previstas en las letras c), d) y e), deberá oírse al profesor o profesora o al tutor o tutora del alumno o alumna. Las correcciones y medidas disciplinarias que se impongan serán inmediatamente ejecutivas. 2. Los profesores y profesoras y el tutor del alumno o alumna deberán informar a quien ejerza la jefatura de estudios y, en su caso, al tutor o tutora, de las correcciones que impongan por las conductas contrarias a las normas de convivencia. En todo caso, quedará constancia escrita y se informará a los padres, madres o representantes legales del alumno o de la alumna de las correcciones y medidas disciplinarias impuestas. Reclamaciones. 1. El alumno o alumna, así como sus padres, madres o representantes legales, podrán presentar en el plazo de dos días lectivos una reclamación contra las correcciones o medidas disciplinarias impuestas, ante quien las impuso. En el caso de que la reclamación fuese estimada, la corrección o medida disciplinaria no figurará en el expediente académico del alumno o alumna. 2. Asimismo, las medidas disciplinarias adoptadas por el director o directora en relación con las conductas del alumnado a que se refiere el presente Reglamento, podrán ser revisadas por el Consejo Escolar a instancia de los padres, madres o representantes legales del alumnado, de acuerdo con lo establecido en el artículo 127 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación. A tales efectos, el director o directora convocará una sesión extraordinaria del Consejo Escolar en el plazo máximo de dos días lectivos, contados desde que se presentó la instancia, para que este órgano proceda a confirmar o revisar la decisión y proponga, si corresponde, las medidas oportunas. Procedimiento para la imposición de la medida disciplinaria del cambio de centro: Inicio del expediente. El director o directora del instituto acordará la iniciación del procedimiento en el plazo de dos días, contados desde que se tuvo conocimiento de la conducta. Con carácter previo podrá acordar la apertura de un período de información, a fin de conocer las circunstancias del caso concreto y la conveniencia o no de iniciar el procedimiento. a) Instrucción del procedimiento: 1. La instrucción del procedimiento se llevará a cabo por un profesor o profesora del instituto designado por el director o directora.
  • 22. Plan de Convivencia. IES Virgen de la Cabeza 22 2. El director o directora notificará fehacientemente al alumno o alumna, así como a su padre, madre o representantes legales la incoación del procedimiento, especificando las conductas que se le imputan, así como el nombre del instructor o instructora, a fin de que en el plazo de dos días lectivos formulen las alegaciones oportunas. 3. El director o directora comunicará al servicio de inspección de educación el inicio del procedimiento y lo mantendrá informado de la tramitación del mismo hasta su resolución. 4. Inmediatamente antes de redactar la propuesta de resolución, el instructor o instructora pondrá de manifiesto el expediente al alumno o alumna y, si es menor de edad, a su padre, madre o representantes legales, comunicándoles la sanción que podrá imponerse, a fin de que en el plazo de tres días lectivos puedan formular las alegaciones que estimen oportunas. b) Recusación del instructor: El alumno o alumna, o su padre, madre o representantes legales, podrán recusar al instructor o instructora. La recusación deberá plantearse por escrito dirigido al director o directora del centro, que deberá resolver y ante la cual el recusado o recusada realizará sus manifestaciones al respecto, siendo de aplicación las causas y los trámites previstos en el artículo 29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en lo que proceda. c) Medidas provisionales: Excepcionalmente, y para garantizar el normal desarrollo de la convivencia en el instituto, al iniciarse el procedimiento o en cualquier momento de su instrucción, el director o la directora por propia iniciativa o a propuesta del instructor o instructora, podrá adoptar como medida provisional la suspensión del derecho de asistencia al centro durante un período superior a tres días lectivos e inferior a un mes. Durante el tiempo que dure la aplicación de esta medida provisional, el alumno o alumna deberá realizar las actividades que se determinen para evitar la interrupción de su proceso formativo. d) Resolución del procedimiento: 1. A la vista de la propuesta del instructor o instructora, el director o director/a dictará resolución del procedimiento en el plazo de veinte días a contar desde su iniciación. Este plazo podrá ampliarse en el supuesto que existieran causas que lo justificaran. La resolución de la dirección contemplará, al menos, los siguientes extremos: • Hechos probados. • Circunstancias atenuantes y agravantes, en su caso. • Medida disciplinaria. • Fecha de efectos de la medida disciplinaria. e) Recursos. Contra la resolución dictada por el director o directora se podrá interponer recurso de alzada en el plazo de un mes, ante la persona titular de la Delegación Provincial de la Consejería competente en materia de educación, de conformidad con lo establecido en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre. La resolución del mismo, que pondrá fin a la vía administrativa, deberá dictarse y notificarse en el plazo máximo de tres meses.
  • 23. Plan de Convivencia. IES Virgen de la Cabeza 23 Transcurrido dicho plazo sin que recaiga resolución, se podrá entender desestimado el recurso. EL CARNÉ POR PUNTOS: Este sistema, implantado en el Centro desde hace unos años, se ha demostrado útil para la mejora de la convivencia. Una vez conocido por todo el alumnado, éste sabe qué acciones restan puntos, y cuáles otras le permiten recuperar los perdidos. Como norma, los alumnos/as saben que la pérdida de 10 puntos acarrea la suspensión del derecho de asistencia al Centro por un día, 20 puntos dos días, y así sucesivamente. En caso de una falta grave contra el profesorado, PAS, compañeros, instalaciones del Centro, etc, con carácter de urgencia, y de forma inmediata el alumnado se verá suspendido del derecho de asistencia a alguna clase o al Centro, comunicándolo en ese momento a su padre/madre o tutor/a legal, mientras se analiza el caso y se impone la sanción correspondiente. Cuando el alumnado vuelve al Centro después de cumplir una sanción, en caso de reincidir en conductas disruptivas, tras analizar con el/la Coordinador/a de Convivencia o el Jefe/a de Estudios el compromiso de convivencia que firmó al serle comunicada la sanción, será informado que las conductas contrarias a las normas de convivencia del IES tendrán la reincidencia como agravante, con lo que la sanción por el incumplimiento de las normas será más inmediata. La baremación que hacemos es la siguiente: Conductas que restan puntos: Siempre y cuando la conducta, por su intencionalidad o reiteración no requiera ser considerada de más gravedad de lo meramente reflejado en la siguiente tabla: Estar fuera del aula sin permiso: ......................................................................1 Incorporación injustificada al Centro después de la 1ª hora: ...........................1 Retraso en la incorporación a clase: ................................................................1 No traer material necesario para el trabajo en clase: .......................................1 Deterioro leve de las instalaciones: .................................................................2 Conductas inapropiadas en el aula de clase o aula de convivencia: ................2 Llevar móvil o aparatos electrónicos: ..............................................................2 Incitación o encubrimiento de faltas de comportamiento: ...............................3 Agresiones o amenazas leves o insultos a compañeros: ..................................3 Impedir el normal desarrollo de la clase (se levanta sin permiso, habla reiteradamente sin permiso, tira objetos, molesta a los compañeros/as; … .....3 Desobedecer las indicaciones del profesor/a: ..................................................3 Falta de respeto al profesorado o PAS: ............................................................5 Abandono del Centro sin permiso: ..................................................................6
  • 24. Plan de Convivencia. IES Virgen de la Cabeza 24 Hurto: .............................................................................................................10 Falsificación de documentos y/o personalidad: .............................................10 Fumar, beber alcohol o consumir sustancias estupefacientes: .......................10 Incumplimiento de una sanción: ....................................................................10 Retar la autoridad del profesor/a: ..................................................................15 Deterioro grave de las instalaciones: .............................................................20 Agresiones o amenazas a los compañeros/as: ...............................................20 Impedir el desarrollo de las actividades del centro: .......................................25 Insultos o amenazas al profesorado y PAS: ...................................................30 Ausencias de forma selectiva a determinadas clases: Se consideran conductas contrarias a las normas de convivencia y se comunican urgentemente a sus tutores legales. Otras faltas no previstas, pero manifiestamente graves: Se concretarán por el Equipo Directivo y/o la Comisión de Convivencia según la gravedad. Una vez el alumno/a ha perdido puntos, y siempre que la falta no suponga una conducta gravemente perjudicial para la convivencia en el Centro, el profesor/a que lo ha sancionado podrá ofrecer la posibilidad de recuperar en parte o en su totalidad los puntos perdidos. Para ello, tras dar su autorización, el alumno/a sancionado/a contactará con el Coordinador/a de Convivencia o con el titular de la Jefatura de Estudios para manifestarle su intención de recuperar puntos. Desde estos órganos se le indicará la fórmula de hacerlo. Conductas que recuperan puntos: Ser elegido/a unánimemente por el Equipo Educativo del curso en la sesión de evaluación (hasta un alumno de cada diez): .................................................3 Participar en proyectos de clase: ....................................................................... 2 Participar en proyectos de Centro: ..................................................................... 3 Aprobar todas las materias en una evaluación: .................................................. 2 Hacer las tareas encomendadas en el Aula de Convivencia: ............................. 1 Hacer las tareas de intendencia (limpieza de aulas, patios, distribución de carteles, etc: ....................................................................................................... 2 Durante el periodo en que el alumno/a tenga suspendido el derecho de asistencia a clase por sanción disciplinaria no podrá incorporarse al Centro por ningún motivo. Las actividades encomendadas a realizar en casa, junto con la comunicación de la sanción, las entregará al tutor/a en el momento de su vuelta al Centro. Sin menoscabo de lo anterior, cuando la sanción suponga un elevado número de días de suspensión del derecho de asistencia a clase, el tutor/a concertará una hora semanal para que el alumno/a sancionados puedan acceder al Centro con objeto de dirigirle las actividades encomendadas. Cualquier prueba o examen que el alumno/a sancionado debiera hacer en los días que tiene suspendido el derecho de asistencia a clase o al Centro los realizará tras su incorporación, previo acuerdo con el profesor/ implicado/a.
  • 25. Plan de Convivencia. IES Virgen de la Cabeza 25 PROTOCOLOS DE ACTUACIÓN EN CASO DE ACOSO ESCOLAR, AGRESIÓN A PERSONAL DEL CENTRO Y MALTRATO. En el BOJA nº 132 de 7 de julio de 2011se recoge la Orden de 20 de junio de 2011 de la Consejería de Educación, se incluyen como anexos los protocolos de actuación que deben seguir los centros educativos ante supuestos de acoso escolar, agresión hacia el Profesorado o el Personal de Administración y Servicios, o maltrato infantil. PROTOCOLOS DE ACTUACIÓN EN SUPUESTOS DE ACOSO ESCOLAR. Características del Acoso Escolar. El acoso escolar es entendido como el maltrato psicológico, verbal o físico hacia un alumno o alumna producido por uno o más compañeros y compañeras de forma reiterada a lo largo de un tiempo determinado. Es importante no confundir este fenómeno con agresiones esporádicas entre el alumnado y otras manifestaciones violentas que no suponen inferioridad de uno de los participantes en el suceso y que serán atendidas aplicando las medidas educativas que el centro tenga establecidas en su plan de convivencia y, en todo caso, de acuerdo con lo especificado en los Decretos 327/2010 y 328/2010, ambos de 13 de julio, por los que se aprueban los Reglamentos Orgánicos de los institutos de educación secundaria, y de las escuelas infantiles de segundo ciclo, los colegios de educación primaria, los colegios de educación infantil y primaria y los centros públicos específicos de educación especial. El acoso escolar presenta las siguientes características: • Intencionalidad. La agresión producida no constituye un hecho aislado y se dirige a una persona concreta con la intención de convertirla en víctima. • Repetición. Se expresa en una acción agresiva que se repite en el tiempo y la víctima la sufre de forma continuada, generando en ella la expectativa de ser blanco de futuros ataques. • Desequilibrio de poder. Se produce una desigualdad de poder físico, psicológico o social, que genera un desequilibrio de fuerzas en las relaciones interpersonales. • Indefensión y personalización. El objetivo del maltrato suele ser un solo alumno o alumna, que es colocado de esta manera en una situación de indefensión. • Componente colectivo o grupal. Normalmente no existe un solo agresor o agresora, sino varios. • Observadores pasivos. Las situaciones de acoso normalmente son conocidas por terceras personas que no contribuyen suficientemente para que cese la agresión.
  • 26. Plan de Convivencia. IES Virgen de la Cabeza 26 Tipos de acoso. La agresión y el acoso pueden adoptar distintas manifestaciones: • Exclusión y marginación social. • Agresión verbal. • Vejaciones y humillaciones. • Agresión física indirecta. • Agresión física directa. • Intimidación, amenazas, chantaje. • Acoso a través de medios tecnológicos o ciber-acoso. Intimidación, difusión de insultos, amenazas o publicación de imágenes no deseadas a través del correo electrónico, páginas web o mensajes en teléfonos móviles. • Acoso o agresión contra la libertad y orientación sexual. • Acoso sexual o abuso sexual. Consecuencias del acoso. • Para la víctima: puede traducirse en fracaso escolar, trauma psicológico, riesgo físico, insatisfacción, ansiedad, infelicidad, problemas de personalidad y riesgo para su desarrollo equilibrado. • Para el agresor o agresora: puede ser la antesala de una futura conducta antisocial, una práctica de obtención de poder basada en la agresión, que puede perpetuarse en la vida adulta e, incluso, una sobrevaloración del hecho violento como socialmente aceptable y recompensado. • Para los compañeros y compañeras observadores: puede conducir a una actitud pasiva y complaciente o tolerante ante la injusticia y una percepción equivocada de valía personal. PROTOCOLO Paso 1. Identificación y comunicación de la situación. Cualquier miembro de la comunidad educativa que tenga conocimiento o sospechas de una situación de acoso sobre algún alumno o alumna, tiene la obligación de comunicarlo a un profesor o profesora, al tutor o tutora, a la persona responsable de la orientación en el centro o al equipo directivo, según el caso y miembro de la comunidad educativa que tenga conocimiento de la situación. En cualquier caso, el receptor o receptora de la información siempre informará al director o directora o, en su ausencia, a un miembro del equipo directivo. Paso 2. Actuaciones inmediatas. Tras esta comunicación, se reunirá el equipo directivo con el tutor o tutora de los alumnos o alumnas afectados y la persona o personas responsables de la orientación en el centro para recopilar información, analizarla y valorar la intervención que proceda.
  • 27. Plan de Convivencia. IES Virgen de la Cabeza 27 La realización de esta reunión deberá registrarse por escrito, especificando la información recogida y las actuaciones acordadas. En todos los casos en que se estime que pueda existir una situación de acoso escolar se informará del inicio del protocolo de actuación al Servicio Provincial de Inspección de Educación. Paso 3. Medidas de urgencia. En caso de estimarse necesario, se adoptarán las medidas de urgencia que se requieran para proteger a la persona agredida y evitar las agresiones: • Medidas que garanticen la inmediata seguridad del alumno o alumna acosada, así como medidas específicas de apoyo y ayuda. • Medidas cautelares dirigidas al alumno o alumna acosador. Paso 4. Traslado a las familias o responsables legales del alumnado. El tutor o tutora, o la persona o personas responsables de la orientación en el centro, previo conocimiento del equipo directivo, con la debida cautela y mediante entrevista, pondrán el caso en conocimiento de las familias o responsables legales del alumnado implicado, aportando información sobre la situación y sobre las medidas adoptadas. Paso 5. Traslado al resto de profesionales que atienden al alumno o alumna acosado. El director o directora, con las debidas reservas de confidencialidad y protección de la intimidad de los menores afectados y la de sus familias o responsables legales, podrá informar de la situación al equipo docente del alumnado implicado. Si lo estima oportuno informará también al resto del personal del centro y a otras instancias externas (sociales, sanitarias o judiciales, en función de la valoración inicial). Paso 6. Recogida de información de distintas fuentes. Una vez adoptadas las oportunas medidas de urgencia, el equipo directivo recabará la información necesaria relativa al hecho de las diversas fuentes que se relacionan a continuación: • Recopilación de la documentación existente sobre el alumnado afectado. • Observación sistemática de los indicadores señalados: en espacios comunes del centro, en clase, o en actividades complementarias y extraescolares. • Asimismo, la dirección del centro solicitará al departamento de orientación o al equipo de orientación educativa que, con la colaboración de la persona que ejerce la tutoría, complete la información. Esto se hará, según el caso, observando al alumnado afectado, contrastando opiniones con otros compañeros y compañeras, hablando con el alumnado afectado o entrevistando a las familias o responsables legales del alumnado. Si se estima conveniente, se completará la información con otras fuentes complementarias, tales como el personal de administración y servicios, o personal de los servicios sociales correspondientes.
  • 28. Plan de Convivencia. IES Virgen de la Cabeza 28 Una vez recogida toda la información, el director o directora del centro realizará un informe con los datos obtenidos, para lo que contrastará la información aportada por las diferentes fuentes. En este proceso se deben considerar los siguientes aspectos: • Garantizar la protección de los menores o las menores. • Preservar su intimidad y la de sus familias o responsables legales. • Actuar de manera inmediata. • Generar un clima de confianza básica en los menores o las menores. • Recoger todo tipo de pruebas e indicadores. • No duplicar intervenciones y evitar dilaciones innecesarias. Paso 7. Aplicación de correcciones y medidas disciplinarias. Una vez recogida y contrastada toda la información, se procederá por parte del director o directora del centro a la adopción de correcciones a las conductas contrarias a la convivencia o de medidas disciplinarias al alumnado agresor implicado, en función de lo establecido en el plan de convivencia del centro, y, en cualquier caso, de acuerdo con lo establecido en el Capítulo III del Título V de los Decretos 327/2010 y 328/2010, ambos de 13 de julio. Estas correcciones o medidas disciplinarias se registrarán según lo establecido en el artículo 12.1 de la presente Orden. Paso 8. Comunicación a la comisión de convivencia. El director o directora del centro trasladará el informe realizado tras la recogida de información así como, en su caso, las medidas disciplinarias aplicadas, a la comisión de convivencia del centro. Paso 9. Comunicación a la inspección educativa. El equipo directivo remitirá el informe al Servicio Provincial de Inspección de Educación, sin perjuicio de la comunicación inmediata del caso, tal como se establece en el Paso 2 de este protocolo. Paso 10. Medidas y actuaciones a definir. El equipo directivo, con el asesoramiento de la persona o personas responsables de la orientación educativa en el centro, definirá un conjunto de medidas y actuaciones para cada caso concreto de acoso escolar. Asimismo, si se considera necesario, podrá contar con el asesoramiento del Gabinete Provincial de Asesoramiento sobre la Convivencia Escolar y de la inspección educativa. Estas medidas y actuaciones se referirán, tanto a las que sean de aplicación en el centro y en el aula, como a las que sean de aplicación al alumnado en conflicto, que garanticen el tratamiento individualizado tanto de la víctima como de la persona o personas agresoras, incluyendo actuaciones específicas de sensibilización para el resto del alumnado así como para el alumnado observador. Todo ello, sin perjuicio de que se apliquen al alumnado acosador las medidas correctivas recogidas en el plan de convivencia. Con carácter orientativo, se proponen las siguientes medidas y actuaciones para cada caso de acoso escolar:
  • 29. Plan de Convivencia. IES Virgen de la Cabeza 29 • Actuaciones con la persona acosada: actuaciones de apoyo y protección expresa e indirecta, actividades de educación emocional y estrategias de atención y apoyo social, intervención individualizada por la persona orientadora para el aprendizaje y desarrollo de habilidades sociales, de comunicación, autoestima y asertividad y derivación, si procede, a servicios de la Consejería competente en materia de protección de menores. • Actuaciones con el alumnado agresor: aplicación de las correcciones correspondientes estipuladas en el plan de convivencia, actuaciones educativas en el aula de convivencia del centro, en su caso, o programas y estrategias específicos de modificación de conducta y ayuda personal, y derivación, si procede, a servicios de la Consejería competente en materia de protección de menores. • Actuaciones con los compañeros y compañeras observadores pasivos: actuaciones de desarrollo de habilidades sociales, de comunicación, emocionales y de empatía, campañas de sensibilización así como actividades de mediación y de ayuda entre iguales. • Actuaciones con las familias: orientaciones sobre cómo ayudar a sus hijos o hijas, sean víctimas o agresores, actuaciones para una mejor coordinación y comunicación sobre el proceso socioeducativo de sus hijos o hijas, información sobre posibles apoyos externos y seguimiento de los mismos, así como establecimiento de compromisos de convivencia. • Actuaciones con el profesorado y el personal de administración y servicios: orientaciones sobre cómo intervenir positivamente en la situación y cómo hacer el seguimiento, orientaciones sobre indicadores de detección, así como actividades de formación específica. La dirección del centro se responsabilizará de que se lleven a cabo las medidas y actuaciones previstas, informando periódicamente a la comisión de convivencia, a las familias o responsables legales del alumnado y al inspector o inspectora de referencia del grado del cumplimiento de las mismas y de la situación escolar del alumnado implicado. Paso 11. Comunicación a las familias o responsables legales del alumnado. Se informará a las familias del alumnado implicado de las medidas y actuaciones de carácter individual, así como las medidas de carácter organizativo y preventivo propuestas para el grupo, nivel y centro educativo, observando en todo momento confidencialidad absoluta en el tratamiento del caso. Paso 12. Seguimiento del caso por parte de la inspección educativa. El inspector o inspectora de referencia realizará un seguimiento de las medidas y actuaciones definidas y aplicadas, así como de la situación escolar del alumnado implicado.
  • 30. Plan de Convivencia. IES Virgen de la Cabeza 30 PROTOCOLO DE ACTUACIÓN EN CASO DE MALTRATO INFANTIL Características del maltrato infantil. De acuerdo con el artículo 3 del Decreto 3/2004, de 7 de enero, por el que se establece el sistema de información sobre maltrato infantil en Andalucía, se entenderá por maltrato infantil cualquier acción, omisión o trato negligente, no accidental, por parte de los padres o madres, cuidadores o cuidadoras o instituciones, que comprometa la satisfacción de las necesidades básicas del menor o la menor, e impida o interfiera en su desarrollo físico, psíquico y/o social. Tipología del maltrato. • Maltrato físico: cualquier acto, no accidental, ocasionado a un menor o una menor por su progenitor o progenitora o sustituto o sustituta que le provoque daño físico o enfermedad, o le coloque en situación de riesgo grave de padecerla. • Maltrato psicológico/emocional: las personas adultas del grupo familiar manifiestan de forma reiterada una hostilidad verbal hacia el menor o la menor, a través de insultos, desprecio, crítica o amenaza de abandono y un constante bloqueo de las iniciativas infantiles de interacción (desde la evitación hasta el encierro). Asimismo, puede producirse abandono psicológico/emocional a través de una ausencia persistente de respuesta a las señales, expresiones emocionales y conductas procuradoras de proximidad e interacción iniciadas por el menor o la menor y una falta de contacto o de expresividad emocional en las interacciones mutuas, por parte de una figura adulta estable. • Maltrato pasivo por negligencia o abandono físico/cognitivo: las necesidades físicas y psicológicas básicas del menor o la menor (alimentación, vestido, higiene, protección y vigilancia en las situaciones potencialmente peligrosas, educación y cuidados médicos) no son atendidas temporal o permanentemente por ningún miembro del grupo que convive con él. • Abuso sexual: cualquier clase de contacto o interacción sexual de una persona adulta con un menor, en la que la persona adulta, que por definición goza de una posición de poder o autoridad sobre aquel o aquella, lo utiliza para la realización de actos sexuales o como objeto de estimulación sexual. También se contempla su comisión por personas menores de 18 años, cuando sean significativamente mayores que el menor o la menor-víctima o cuando estén en una posición de poder o control sobre este o esta. • Corrupción: cuando la persona adulta incita al menor o la menor a la realización o implicación en conductas antisociales, autodestructivas o desviadas, particularmente en las áreas de agresión, sexualidad (contempladas ya en el abuso sexual) o uso de sustancias adictivas, dificultando la normal integración social infantil y pudiendo producir una incapacidad para las experiencias sociales normales. • Explotación laboral: los padres, madres o cuidadores y cuidadoras asignan al menor o la menor con carácter obligatorio, y para la obtención de beneficios económicos o similares, la realización continuada de trabajos
  • 31. Plan de Convivencia. IES Virgen de la Cabeza 31 (domésticos o no) que exceden los límites de lo habitual, deberían ser realizados por personas adultas e interfieren de manera clara en sus actividades y necesidades sociales y/o escolares. • Síndrome de Munchaüsen por poderes: los padres, madres o cuidadores y cuidadoras someten al niño o la niña a continuos ingresos y exámenes médicos, alegando síntomas físicos patológicos ficticios o generados de manera activa por ellos mismos (mediante la inoculación de sustancias al niño o la niña, por ejemplo). Como consecuencia, el menor o la menor se ve sometido a continuos ingresos, exámenes médicos y pruebas diagnósticas molestas e innecesarias y que, incluso, pueden ser perjudiciales para su salud física y mental. • Maltrato prenatal: abuso de drogas o alcohol durante el embarazo, o cualquier circunstancia vital de la madre que se haga incidir voluntariamente en el feto, y que provoca que el bebé nazca con un crecimiento anormal, patrones neurológicos anómalos, con síntomas de dependencia física de dichas sustancias, u otras alteraciones imputables a su consumo por parte de la madre. • Retraso no orgánico en el crecimiento: también denominado retraso psicosocial del crecimiento, se refiere al diagnóstico médico de aquellos niños que no incrementan su peso con normalidad en ausencia de una enfermedad orgánica. Sin embargo, se produce una ganancia sustancial de peso durante la estancia en el hospital o bien hay una recuperación del retraso evolutivo cuando el niño dispone de un ambiente de cuidados adecuados. Aparece por lo general en niños menores de dos años y se caracteriza por la desaceleración o retraso del desarrollo físico, sin que exista un cuadro clínico que lo justifique. También puede producirse un funcionamiento emocional y del desarrollo deficientes. • Maltrato institucional: cualquier programa, legislación, procedimiento o actuación u omisión por parte de organizaciones o instituciones públicas o privadas o bien procedente del comportamiento individual de un profesional que conlleve abuso, negligencia, detrimento de la salud, del desarrollo y de la seguridad o que viole los derechos básicos de los menores Los indicadores y niveles de gravedad en función de la tipología del maltrato se encuentran descritos en el Manual de instrucciones para la cumplimentación y tramitación de la hoja de detección y notificación del maltrato infantil, editado por la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social. Clasificación del maltrato en cuanto a la gravedad. • Casos de maltrato leve: cuando la conducta maltratante no es frecuente y su intensidad es mínima. Los efectos del maltrato recibido no han provocado daños en el menor o la menor ni se prevé que se produzcan. Si se ha producido daño, éste no es significativo, por no requerir intervención o tratamiento especializado. En estas circunstancias se procurará, siempre que sea posible, la intervención con las familias o responsables legales del menor o la menor, desde el propio ámbito que haya detectado el maltrato, en colaboración con los servicios sociales correspondientes, los cuales prestarán el apoyo y asesoramientos necesarios.
  • 32. Plan de Convivencia. IES Virgen de la Cabeza 32 • Casos de maltrato moderado: cuando el maltrato recibido, por su intensidad o frecuencia, ha provocado daños en el menor o la menor, o se prevé que puedan producirse en su futuro desarrollo. Por tanto se requiere de algún tipo de intervención o tratamiento especializado, así como el establecimiento de un plan de intervención interdisciplinar y personalizada por parte de los servicios sociales correspondientes, en coordinación entre otros, con los servicios educativos y sanitarios, para salvaguardar la integridad del menor o la menor dentro de su núcleo familiar. • Casos de maltrato grave: cuando los efectos del maltrato recibido puedan hacer peligrar la integridad física o emocional del menor o la menor, o provocar daños significativos en su desarrollo, o existe un alto riesgo de que puedan volverse a producir los episodios de maltrato, o bien el niño o niña es muy pequeño o padece algún tipo de enfermedad o discapacidad que lo hacen especialmente vulnerable. Estas circunstancias podrán implicar la adopción de una medida protectora por parte de la Delegación Provincial de la Consejería competente en materia de protección del menor, o en su caso, la derivación a los servicios sociales correspondientes para un tratamiento especializado en el medio. PROTOCOLO Paso 1. Identificación y comunicación de la situación. De acuerdo con la Ley 1/1998, de 20 de abril, de los derechos y la atención al menor, y sin perjuicio del deber general de denuncia previsto en la normativa estatal de aplicación, cualquier persona o entidad y, en especial la que por razón de su profesión o finalidad tenga noticia de la existencia de una situación de maltrato, deberá ponerlo en conocimiento de cualquier autoridad, que inmediatamente lo comunicará a la Administración competente, Autoridad Judicial o Ministerio Fiscal. Por tanto, cualquier miembro de la comunidad educativa que tenga conocimiento o sospechas de una situación de maltrato infantil tiene la obligación de ponerlo en conocimiento del equipo directivo a través de las vías ordinarias que el centro tenga establecidas para la participación de sus miembros. Paso 2. Actuaciones inmediatas. Tras esta comunicación, se reunirá el equipo directivo con el tutor o tutora del alumno o alumna afectado y la persona o personas responsables de la orientación en el centro, para recopilar información, analizarla y valorar la intervención que proceda. La realización de esta reunión deberá registrarse por escrito, especificando la información recogida y las actuaciones acordadas. En todos los casos en que se estime que pueda existir una situación de maltrato infantil, se informará del inicio del protocolo de actuación al Servicio Provincial de Inspección de Educación. Paso 3. Servicios médicos. Cuando se sospeche de la existencia de lesiones, algún miembro del equipo directivo acompañará al menor o la menor a un centro sanitario para su valoración clínica, informando posteriormente a la familia de la actuación realizada. En cualquier caso, se solicitará un informe o parte de lesiones, que se adjuntará al informe realizado.
  • 33. Plan de Convivencia. IES Virgen de la Cabeza 33 Paso 4. Evaluación inicial. La dirección del centro solicitará al departamento de orientación o equipo de orientación educativa que corresponda la evaluación inicial del caso, en la que colaborará el tutor o tutora o el equipo docente, con la información que haya obtenido del menor o la menor, y de su familia. Esta información se recabará, según el caso: • Observando al menor o la menor. • Contrastando opiniones con otros compañeros y compañeras. • Hablando con el menor o la menor. • Entrevistando a la familia. Si se estima conveniente, se contactará asimismo con los servicios sociales y con cualquier otra fuente que pueda aportar alguna información. En este proceso se deben considerar los siguientes aspectos: • Garantizar la protección del menor o la menor. • Preservar su intimidad y la de su familia. • Actuar de manera inmediata. • Generar un clima de confianza básica en el menor o la menor. • Recoger todo tipo de pruebas e indicadores. • No duplicar intervenciones y evitar dilaciones innecesarias. Paso 5. Hoja de Detección y Notificación del maltrato infantil. A través de la información recogida, se determinará el nivel de gravedad del maltrato caso de existir, y se cumplimentará un ejemplar de la Hoja de Detección y Notificación, contemplada en el Sistema de Información sobre Maltrato Infantil en Andalucía, según lo establecido en la Orden de 23 de junio de 2006, por la que se aprueban los modelos de la Hoja de Detección y Notificación del Maltrato Infantil. La citada Hoja de Detección y Notificación presenta dos modalidades, la versión impresa y la informática, a la cual se puede acceder a través del Sistema de Información Séneca, o directamente a través de la web SIMIA, a la que puede accederse desde la página web de la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social, a través del siguiente enlace: https://www.juntadeandalucia.es/igualdadybienestarsocial/simia, en el cual es posible realizar su cumplimentación y envío automático a los Servicios de Protección de Menores de las Delegaciones Provinciales de la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social, para los casos que se consideren graves. Esta Hoja consta de tres ejemplares, el primero de los cuales será conservado por el centro educativo, mientras que los otros dos se remitirán de forma conjunta a los servicios sociales correspondientes de acuerdo al nivel de gravedad del maltrato. Los tres disponen de la misma clave para la identificación inequívoca del caso. La Hoja de Detección y Notificación dispone de una serie de apartados a cumplimentar por el centro educativo, referidos a los datos de identificación del menor o la menor, la fuente de detección, la instancia a la que se comunica el caso, la tipología e indicadores del maltrato, la valoración de su nivel de gravedad, el origen del maltrato, así
  • 34. Plan de Convivencia. IES Virgen de la Cabeza 34 como las observaciones que se consideren pertinentes. Otros apartados de la Hoja de Detección y Notificación son para uso exclusivo de los servicios sociales competentes (órgano que propone la inscripción, provincia y fecha de la propuesta). Una vez cumplimentada la Hoja, de acuerdo a lo estipulado en el artículo 8 del Decreto 3/2004, por el que se establece el Sistema de Información sobre Maltrato Infantil en Andalucía, se procederá del modo siguiente: • El centro educativo conservará para sí el primer ejemplar, correspondiente al Servicio o Centro Notificador, y enviará los dos restantes a los servicios sociales de la Corporación Local competente, en el caso de que el maltrato se considere leve o moderado, o bien al Servicio de Protección de Menores de la Delegación Provincial de la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social, cuando se haya valorado como grave. • Cuando se haga uso de la versión informática de la Hoja, si el maltrato es leve o moderado, se imprimirán los tres ejemplares de la misma para su posterior envío por correo normalizado de acuerdo a lo mencionado en el párrafo anterior. • En los casos graves se podrá realizar, asimismo, el envío telemático a la Delegación Provincial, y se conservará, previa impresión, el ejemplar correspondiente al profesional que notifica. Todo ello no es incompatible con la utilización de cualquier medio de comunicación que se estime necesario, especialmente en los casos de urgencia donde pueda estar en peligro la integridad del menor o la menor. Paso 6. Derivación en función de la gravedad. Según lo dispuesto en la Orden de 11 de febrero de 2004, por la que se acuerda la publicación del texto íntegro del Procedimiento de Coordinación para la Atención a Menores Víctimas de Malos Tratos en Andalucía, el centro actuará de la siguiente forma, atendiendo a la gravedad de la situación detectada: • Casos de maltrato leve: pueden ser resueltos a través de actuaciones planificadas por el propio centro educativo. La dirección lo notificará a los servicios sociales de la Corporación Local mediante el envío de la Hoja de Detección y Notificación y del informe realizado sobre el caso, para su conocimiento, conservando en su poder su propio ejemplar. • Casos de maltrato moderado: la dirección lo notificará a los servicios sociales de la Corporación Local mediante el envío de la Hoja de Detección y Notificación y del informe realizado sobre el caso, para su estudio e intervención; y al Servicio Provincial de Inspección de Educación, conservando en su poder su propio ejemplar. • Casos de maltrato grave: la dirección lo notificará al Servicio Provincial de Inspección de Educación, al Servicio de Protección de Menores de la Delegación Provincial de la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social, y en su caso, al Juzgado de Guardia del partido judicial correspondiente adjuntando los informes técnicos pertinentes, conservando en su poder su propio ejemplar. • Casos urgentes: se efectuará una notificación inmediata a la Delegación Provincial de la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social, Autoridad