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Estas son las rectificaciones que la Corte le impuso al Procurador General de la Nación
y sus Procuradoras Delegadas
Estas son las acciones que deben efectuar el procurador Alejandro Ordóñez y las procuradoras delegadas María Eugenia Carreño e
Ilva Myriam Hoyos, de acuerdo con el fallo de tutela T-627/12 para hacer cumplir la acción de tutela interpuesta por 1201 mujeres
por el derecho a la información sobre los derechos sexuales y reproductivos. La Procuraduría fue notificada el lunes 17 de
septiembre, y los servidores públicos tienen 48 horas para hacer sus rectificaciones.

          ¿Quién?            Acción            Información/acción Incorrecta                   Información/acción Correcta                   Cómo debe
                                                                                                                                          rectificar/modificar
1.   Procurador          Rectificar   En comunicado de prensa del 21 de octubre de   Debe admitir que incurrió en una equivocación al   De manera personal,
     General de la                    2009 el Procurador se refirió a las campañas   referirse así a las campañas para la promoción     pública y con
     Nación, Alejandro                ordenadas en la sentencia T-388 de 2009 como   de los derechos sexuales y reproductivos,          despliegue y relevancia
     Ordóñez.                         “campañas masivas de promoción del             puesto que “en realidad, éstas buscan              equivalente.
                                      aborto como derecho”               promover que las mujeres
                                                                         colombianas conozcan el contenido
                                                                         de sus derechos sexuales y
                                                                         reproductivos, dentro de los cuales
                                                                         se encuentra la interrupción
                                                                         voluntaria del embarazo en las hipótesis
                                                                                     despenalizadas”.
2.   Procurador          Modificar    En entrevista publicada en el diario El Espectador   Debe modificar la posición en el sentido de que    (i) De forma pública y
     General de la                    el Procurador presentó como posición oficial de la   “En Colombia, la anticoncepción oral de            (ii) con despliegue y
     Nación, Alejandro                Procuraduría General de la Nación este concepto:     emergencia:                                        relevancia equivalente
     Ordóñez.                         “Hay que ver claramente, cómo en nuestro             (i)      no tiene carácter abortivo                a las declaraciones
                                      ordenamiento jurídico el aborto, y la píldora                                                           dadas.
                                                                                              sino anticonceptivo,
                                      del día después es abortiva, es                      (ii)     su uso no está restringido a
                                      considerado, salvo en excepciones señaladas por
                                      la Corte Constitucional. Entonces esa propuesta         las hipótesis despenalizadas de
                                      (entregar la píldora del día después gratuitamente      aborto,
                                      a la menores de 15 años adscritas a los niveles      (iii)    las mujeres que hacen uso de
                                      uno y dos del Sisbén), al tener esa naturaleza
                                      abortiva, tendría esas consecuencias”                   ella fuera de las causales
                                                                                              despenalizadas de aborto no
                                                                                              incurren, en ningún caso, en el delito
                                                                                             de aborto y
                                                                                           (iv)    (la píldora del día después) hace
                                                                                             parte de los servicios de salud
                                                                                             reproductiva que las mujeres
                                                                                             colombianas pueden libremente
                                                                                             elegir.”
3.   Procuradora         Rectificar   En oficio del 2 de marzo de 2010 a la                La Procuradora debe rectificar “en el sentido de   Mediante una
     Delegada Ilva                    Superintendencia Nacional de Salud, la               aceptar que la Superintendencia                    comunicación al
     Myriam Hoyos                     Procuradora Delegada Hoyos afirmó que “no                                                               Superintendente.
     Castañeda                        existe ni en la Constitución ni en la ley el mal     Nacional de Salud está obligada a
                                      llamado “derecho al aborto” al que hace referencia   remover los obstáculos para el
                                      la Circular en cuestión, por lo que no puede         acceso a la interrupción voluntaria
                                      simplemente deducirse que la                         del embarazo”
                                      Superintendencia Nacional de Salud,
                                      como máxima autoridad de vigilancia y control en
                                      el ámbito del Sistema General de Seguridad
                                      Social en Salud, se encuentre en la
                                      obligación, por razón de sus
                                      competencias, de promover el goce e
                                      impedir las barreras que impidan el
                                      acceso al llamado “derecho al
                                      aborto””.
4.   Procuradora         Revocar     En el mismo oficio a la Superintendencia del 2 de     La Procuradora Delegada debe revocar su           Mediante una
     Delegada Ilva                   marzo de 2010 (punto 3), la Procuradora               solicitud de modificación de la Circular que      comunicación al
     Myriam Hoyos                    Delegada solicita modificar la Circular Externa 058   busca “... permitir su goce efectivo [de la       Superintendente.
     Castañeda.                      de 2009 de la siguiente forma:                        interrupción voluntaria del embarazo] en
                                     *Solicito al señor Superintendente Nacional de
                                                                                           condiciones de igualdad, seguridad,
                                     Salud que justifique cuál es fundamento
                                                                                           oportunidad y calidad, eliminando
                                     legal de la Circular Externa número 58
                                     del 27 de noviembre de 2009 o, en su defecto,         las barreras que impidan el acceso
                                     que ajuste su contenido a lo establecido en la        a los servicios de interrupción
                                     Constitución y en la ley. Lo anterior con el          voluntaria del embarazo, en los casos y
                                     propósito de evitar serias                            condiciones establecidas en la sentencia C-355
                                                                                           de 2006"
                                     equivocaciones y yerros por parte de
                                     las EPS e IPS privadas y públicas del
                                     régimen contributivo y subsidiado a
                                     nivel nacional (sic)”

5.   Procurador          Modificar   En la Circular 029 de 2010 (página 282), sobre la     El Procurador debe modificar la Circular 029 de   Se deberán comunicar
     General de la                   objeción de conciencia institucional el Procurador    2010 (página 282) eliminando el considerando      las modificaciones de la
     Nación, Alejandro               afirmó:                                               citado (columna derecha) y “remplazarlo por uno   Circular a sus
     Ordóñez                         “como consecuencia de dicha decisión de               en el que se describan claramente los             destinatarios.
     Maldonado                       suspensión provisional y entre tanto el Consejo de
                                     Estado no resuelva de fondo la constitucionalidad     límites que la jurisprudencia
                                     del Decreto 4444 de 2006, ninguna                     constitucional ha fijado para la
                                     autoridad judicial o administrativa                   objeción de conciencia a la IVE, tal y
                                                                                           como fueron resumidos en el numeral 82 de la
                                     puede restringir el derecho                           parte motiva de la presente sentencia.”
                                     constitucional a la objeción de
                                     conciencia (artículo 18 de la CP) cuando este
                                     se invoque en oposición a la practica de un           El numeral 82 de las sentencia señala
                                     aborto, el cual deberá protegerse (…)”                “...la objeción de conciencia ala IVE
                                                                                           se podrá ejercer, con varias
                                                                                           limitaciones, específicamente (i) por
                                                                                           personas naturales y (ii) sólo si es
                                                                                           posible remitir inmediatamente a la
                                                                                           mujer a otro médico que sí esté
                                                                                           dispuesto a practicar la IVE.”
6.   Procurador          Eliminar      En el numeral 8 de la primera directriz de la        El Procurador debe eliminar “del numeral 8 de la   Se deberán comunicar
     General de la                     Circular 021 de 2011 el Procurador se refirió en     primera directriz de la Circular 021 de 2011       las modificaciones de la
     Nación, Alejandro                 varios ocasiones a la posibilidad de hacer           toda referencia al derecho de las                  Circular a sus
     Ordóñez                                                                                                                                   destinatarios.
     Maldonado.                        objeción de conciencia institucional.                instituciones a objetar conciencia o
                                                                                            la posibilidad de su ejercicio
                                                                                            colectivo.”
7.   Comisión de         Levante la    Las Procuradoras Delegadas Hoyos y Carreño           La Comisión de Regulación en Salud debe            Levantando la
     Regulación en       suspensión.   intervinieron directamente en la decisión de la      levantar “la suspensión de la decisión             suspensión.
     Salud.                            CRES de suspender la inclusión del misoprostol
                                       en el POS:                                           acerca de la inclusión del principio
                                                                                            activo misoprostol en el Plan
                                       “Sin embargo, en la respuesta a la solicitud de      Obligatorio de Salud y, en consecuencia,
                                       pruebas que esta Sala hizo a la CRES, la entidad     CONTINÚE su trámite desde la etapa en la cual
                                       manifestó que, en el curso de la sesión en la cual   fue suspendido”.
                                       se debatía la inclusión del misoprostol en el POS,
                                       el presidente leyó el mencionado oficio
                                       enviado por la Procuradora Delegada
                                       Hoyos Castañeda y “con fundamento
                                       en esta comunicación, el señor
                                       Ministro de la Protección Social
                                       solicitó la suspensión de la discusión”
                                       .
8.   Procuradoras        Abstenerse   En relación con el proceso de inclusión del          La Procuradoras Delgadas Hoyos y Carreño           Absteniéndose
     Delegadas María                  misoprostol en el POS, las Procuradoras              deben abstenerse “de interferir de
     Eugenia Carreño e                Delegadas Hoyos y Carreño enviaron oficios al
     Ilva Myriam Hoyos                Ministerio de Protección Social en los que objetan   manera infundada en el proceso de
     Castañeda.                       su inclusión señalando que:                          inclusión del misoprostol en el Plan Obligatorio
                                                                                           de Salud”.
                                      i)       el INVIMA no había aprobado                 (Por ejemplo) retirando las objeciones sin
                                       el uso del misoprostol para los casos de aborto     fundamento realizadas teniendo en cuenta que:
                                       de la sentencia C-355 de 2006,
                                                                                           i)       Mediante el Acta 20 de 2007, 27 de
                                      ii)     la OMS tenía reparos sobre la                  junio de 2007, Numeral 2.9.39 el INVIMA
                                        efectividad y seguridad del                          estableció que: “este principio activo
                                        misoprostol en casos de inducción                    [misoprostol] podrá ser empleado
                                        de IVE, omitiendo que dichas dudas eran              como oxitócico en las específicas
                                       solamente sobre el tratamiento de hemorragias
                                       puerperales                                           circunstancias señaladas por la
                                                                                             sentencia C – 355 de 2006”
                                      iii)    la inclusión del referido medicamento
                                        implicaría un detrimento patrimonial               ii)      El documento de la OMS citado
                                        para el Estado.                                      empieza aclarando que: “Actualmente,
                                                                                                                              la
                                                                                             OMS incluye el misoprostol en sus
                                                                                             directrices basadas en la evidencia
                                                                                             y en la Lista Modelo de
                                                                                             Medicamentos Esenciales para la
                                                                                             interrupción temprana del
                                                                                             embarazo junto con la
                                                                                             mifepristona...”

                                                                                           iii)       En el Acuerdo 20 del 2010 de la
                                                                                             Comisión de Regulación en Salud – CRES, “se
                                                                                             recomendó por parte de la Comisión,
                                                                                             considerar la inclusión en el Plan Obligatorio
                                                                                             de Salud de varias tecnologías en salud (entre
                                                                                             ellas el misoprostol) conforme a las
                                                                                             indicaciones descritas para cada una de ellas
                                                                                             debido a que su impacto neto
                                                                                             sobre la unidad de pago por
                                                                                             capitación (UPC) es neutro."

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Rectificaciones que debe hacer la Procuraduría

  • 1. Estas son las rectificaciones que la Corte le impuso al Procurador General de la Nación y sus Procuradoras Delegadas Estas son las acciones que deben efectuar el procurador Alejandro Ordóñez y las procuradoras delegadas María Eugenia Carreño e Ilva Myriam Hoyos, de acuerdo con el fallo de tutela T-627/12 para hacer cumplir la acción de tutela interpuesta por 1201 mujeres por el derecho a la información sobre los derechos sexuales y reproductivos. La Procuraduría fue notificada el lunes 17 de septiembre, y los servidores públicos tienen 48 horas para hacer sus rectificaciones. ¿Quién? Acción Información/acción Incorrecta Información/acción Correcta Cómo debe rectificar/modificar 1. Procurador Rectificar En comunicado de prensa del 21 de octubre de Debe admitir que incurrió en una equivocación al De manera personal, General de la 2009 el Procurador se refirió a las campañas referirse así a las campañas para la promoción pública y con Nación, Alejandro ordenadas en la sentencia T-388 de 2009 como de los derechos sexuales y reproductivos, despliegue y relevancia Ordóñez. “campañas masivas de promoción del puesto que “en realidad, éstas buscan equivalente. aborto como derecho” promover que las mujeres colombianas conozcan el contenido de sus derechos sexuales y reproductivos, dentro de los cuales se encuentra la interrupción voluntaria del embarazo en las hipótesis despenalizadas”.
  • 2. 2. Procurador Modificar En entrevista publicada en el diario El Espectador Debe modificar la posición en el sentido de que (i) De forma pública y General de la el Procurador presentó como posición oficial de la “En Colombia, la anticoncepción oral de (ii) con despliegue y Nación, Alejandro Procuraduría General de la Nación este concepto: emergencia: relevancia equivalente Ordóñez. “Hay que ver claramente, cómo en nuestro (i) no tiene carácter abortivo a las declaraciones ordenamiento jurídico el aborto, y la píldora dadas. sino anticonceptivo, del día después es abortiva, es (ii) su uso no está restringido a considerado, salvo en excepciones señaladas por la Corte Constitucional. Entonces esa propuesta las hipótesis despenalizadas de (entregar la píldora del día después gratuitamente aborto, a la menores de 15 años adscritas a los niveles (iii) las mujeres que hacen uso de uno y dos del Sisbén), al tener esa naturaleza abortiva, tendría esas consecuencias” ella fuera de las causales despenalizadas de aborto no incurren, en ningún caso, en el delito de aborto y (iv) (la píldora del día después) hace parte de los servicios de salud reproductiva que las mujeres colombianas pueden libremente elegir.” 3. Procuradora Rectificar En oficio del 2 de marzo de 2010 a la La Procuradora debe rectificar “en el sentido de Mediante una Delegada Ilva Superintendencia Nacional de Salud, la aceptar que la Superintendencia comunicación al Myriam Hoyos Procuradora Delegada Hoyos afirmó que “no Superintendente. Castañeda existe ni en la Constitución ni en la ley el mal Nacional de Salud está obligada a llamado “derecho al aborto” al que hace referencia remover los obstáculos para el la Circular en cuestión, por lo que no puede acceso a la interrupción voluntaria simplemente deducirse que la del embarazo” Superintendencia Nacional de Salud, como máxima autoridad de vigilancia y control en el ámbito del Sistema General de Seguridad Social en Salud, se encuentre en la obligación, por razón de sus competencias, de promover el goce e impedir las barreras que impidan el acceso al llamado “derecho al aborto””.
  • 3. 4. Procuradora Revocar En el mismo oficio a la Superintendencia del 2 de La Procuradora Delegada debe revocar su Mediante una Delegada Ilva marzo de 2010 (punto 3), la Procuradora solicitud de modificación de la Circular que comunicación al Myriam Hoyos Delegada solicita modificar la Circular Externa 058 busca “... permitir su goce efectivo [de la Superintendente. Castañeda. de 2009 de la siguiente forma: interrupción voluntaria del embarazo] en *Solicito al señor Superintendente Nacional de condiciones de igualdad, seguridad, Salud que justifique cuál es fundamento oportunidad y calidad, eliminando legal de la Circular Externa número 58 del 27 de noviembre de 2009 o, en su defecto, las barreras que impidan el acceso que ajuste su contenido a lo establecido en la a los servicios de interrupción Constitución y en la ley. Lo anterior con el voluntaria del embarazo, en los casos y propósito de evitar serias condiciones establecidas en la sentencia C-355 de 2006" equivocaciones y yerros por parte de las EPS e IPS privadas y públicas del régimen contributivo y subsidiado a nivel nacional (sic)” 5. Procurador Modificar En la Circular 029 de 2010 (página 282), sobre la El Procurador debe modificar la Circular 029 de Se deberán comunicar General de la objeción de conciencia institucional el Procurador 2010 (página 282) eliminando el considerando las modificaciones de la Nación, Alejandro afirmó: citado (columna derecha) y “remplazarlo por uno Circular a sus Ordóñez “como consecuencia de dicha decisión de en el que se describan claramente los destinatarios. Maldonado suspensión provisional y entre tanto el Consejo de Estado no resuelva de fondo la constitucionalidad límites que la jurisprudencia del Decreto 4444 de 2006, ninguna constitucional ha fijado para la autoridad judicial o administrativa objeción de conciencia a la IVE, tal y como fueron resumidos en el numeral 82 de la puede restringir el derecho parte motiva de la presente sentencia.” constitucional a la objeción de conciencia (artículo 18 de la CP) cuando este se invoque en oposición a la practica de un El numeral 82 de las sentencia señala aborto, el cual deberá protegerse (…)” “...la objeción de conciencia ala IVE se podrá ejercer, con varias limitaciones, específicamente (i) por personas naturales y (ii) sólo si es posible remitir inmediatamente a la mujer a otro médico que sí esté dispuesto a practicar la IVE.”
  • 4. 6. Procurador Eliminar En el numeral 8 de la primera directriz de la El Procurador debe eliminar “del numeral 8 de la Se deberán comunicar General de la Circular 021 de 2011 el Procurador se refirió en primera directriz de la Circular 021 de 2011 las modificaciones de la Nación, Alejandro varios ocasiones a la posibilidad de hacer toda referencia al derecho de las Circular a sus Ordóñez destinatarios. Maldonado. objeción de conciencia institucional. instituciones a objetar conciencia o la posibilidad de su ejercicio colectivo.” 7. Comisión de Levante la Las Procuradoras Delegadas Hoyos y Carreño La Comisión de Regulación en Salud debe Levantando la Regulación en suspensión. intervinieron directamente en la decisión de la levantar “la suspensión de la decisión suspensión. Salud. CRES de suspender la inclusión del misoprostol en el POS: acerca de la inclusión del principio activo misoprostol en el Plan “Sin embargo, en la respuesta a la solicitud de Obligatorio de Salud y, en consecuencia, pruebas que esta Sala hizo a la CRES, la entidad CONTINÚE su trámite desde la etapa en la cual manifestó que, en el curso de la sesión en la cual fue suspendido”. se debatía la inclusión del misoprostol en el POS, el presidente leyó el mencionado oficio enviado por la Procuradora Delegada Hoyos Castañeda y “con fundamento en esta comunicación, el señor Ministro de la Protección Social solicitó la suspensión de la discusión” .
  • 5. 8. Procuradoras Abstenerse En relación con el proceso de inclusión del La Procuradoras Delgadas Hoyos y Carreño Absteniéndose Delegadas María misoprostol en el POS, las Procuradoras deben abstenerse “de interferir de Eugenia Carreño e Delegadas Hoyos y Carreño enviaron oficios al Ilva Myriam Hoyos Ministerio de Protección Social en los que objetan manera infundada en el proceso de Castañeda. su inclusión señalando que: inclusión del misoprostol en el Plan Obligatorio de Salud”. i) el INVIMA no había aprobado (Por ejemplo) retirando las objeciones sin el uso del misoprostol para los casos de aborto fundamento realizadas teniendo en cuenta que: de la sentencia C-355 de 2006, i) Mediante el Acta 20 de 2007, 27 de ii) la OMS tenía reparos sobre la junio de 2007, Numeral 2.9.39 el INVIMA efectividad y seguridad del estableció que: “este principio activo misoprostol en casos de inducción [misoprostol] podrá ser empleado de IVE, omitiendo que dichas dudas eran como oxitócico en las específicas solamente sobre el tratamiento de hemorragias puerperales circunstancias señaladas por la sentencia C – 355 de 2006” iii) la inclusión del referido medicamento implicaría un detrimento patrimonial ii) El documento de la OMS citado para el Estado. empieza aclarando que: “Actualmente, la OMS incluye el misoprostol en sus directrices basadas en la evidencia y en la Lista Modelo de Medicamentos Esenciales para la interrupción temprana del embarazo junto con la mifepristona...” iii) En el Acuerdo 20 del 2010 de la Comisión de Regulación en Salud – CRES, “se recomendó por parte de la Comisión, considerar la inclusión en el Plan Obligatorio de Salud de varias tecnologías en salud (entre ellas el misoprostol) conforme a las indicaciones descritas para cada una de ellas debido a que su impacto neto sobre la unidad de pago por capitación (UPC) es neutro."