2. LEY 1558 DEL AÑO 2012
DEL CAPITULO II AL CAPITULO IV
3. ARTICULO 8. DEL CONSEJO
CONSULTIVO DE LA INDUSTRIA
TURÍSTICA
• ESTA CONFORMADO POR:
• El ministro de comercio, industria y turismo
• El viceministro de turismo
• El presidente de proexpot
• El director del fondo nacional del turismo
• Los presidentes de los gremios nacionales del
sector
4. ARTICULO 9. FUNCIONES DEL
CONSEJO CONSULTIVO DE LA
INDUSTRIA TURISTICA
• SUS FUNCIONES SON :
• Asesorar al ministro de comercio, industria y turismo.
• Promover acuerdos de cooperación economía o
técnica internacional en favor del turismo.
• Recomendar mecanismos que procuren una efectiva
y permanente coordinación entre el sector público y
el sector privado en favor del desarrollo y
competitividad del turismo.
• Analizar el desempeño nacional e internacional del
sector turismo.
5. ARTICULO 9. FUNCIONES DEL
CONSEJO CONSULTIVO DE LA
INDUSTRIA TURISTICA
• Propiciar el establecimiento , monitoreo y
evaluación de indicadores de gestión relativos
a las políticas.
• Recomendar estrategias de seguridad turística
• proponer candidatos para la medalla al merito
turístico.
6. ARTICULO 9. FUNCIONES DEL
CONSEJO CONSULTIVO DE LA
INDUSTRIA TURISTICA
• PARAGRAFO 1.
El consejo será presidido por el ministro de
comercio, industria y turismo o en su ausencia
por el viceministro de turismo. el gobierno
nacional reglamentara su funcionamiento,
incluyendo el procedimiento para la designación
de sus miembros .
7. ARTICULO 9. FUNCIONES DEL
CONSEJO CONSULTIVO DE LA
INDUSTRIA TURISTICA
• PARAGRAFO 2.
Los gobernadores y los alcaldes propiciaran la
creación de consejos departamentales,
municipales o distritales de turismo en el ámbito
de sus competencias territoriales.
8. CAPITULO-III
ARTICULO 10. CONSEJO SUPERIOR
DE LA MICROEMPRESA Y DE LA
PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA
Los empresarios del sector turístico estarán
representados en el consejo superior de la
microempresa y de la pequeña y mediana
empresa
9. CAPITULO IV
ARTICULO 11. CONSEJO NACIONAL DE
SEGURIDAD TURISTICA
• Confórmese como instancia del alto nivel
desde la cual se consolidad y apoyen los
programas que se adelanten en el campo de la
seguridad turística
10. ARTICULO 11. CONSEJO NACIONAL DE
SEGURIDAD TURISTICA
• Las entidades que lo conforman son :
• El ministerio de defensa nacional
• El ejercito nacional
• La fuerza aérea
• La policía nacional
• La armada nacional
• La unidad administrativa especial de
migración Colombia
11. • La cruz roja colombiana
• La defensa civil colombiana
• El ministerio de comercio, industria y turismo
• Delegado del cuerpo de bomberos