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Enciclica Pacem in Terris
         S.S. Juan XXIII
       11 de abril de 1963
 “A todos los hombres de buena
            voluntad”
Contexto Historico
• Hablar de la Pacem in Terris es hablar de los Derechos del
  Hombre.
• Ya Pío XII se había preocupado durante la Segunda Guerra
  Mundial de la reconstrucción y desarrollo de los pueblos.
• 1963 era el año en que se celebraba el Concilio Vaticano II.
• Las Naciones Unidas, la UNESCO, la Liga de los derechos
  del hombre y otros organismos se habían consagrado a la
  búsqueda de una defensa de la paz, en beneficio de todos los
  seres humanos sin distinciones discriminatorias.
• SS. Juan XXIII escribe este documento que pudiera servir a
  todos los hombres de buena voluntad en la constitución
  orgánica de los Estados y de sus relaciones internacionales.
Contenido
1.- Introducción – Orden de
   la humanidad querido por
   Dios.
2.- Ordenación de las
   relaciones       civiles       -
   Deberes y derechos del
   hombre.
3.- Ordenación de las
   relaciones            políticas
   -Deberes         de          las
   autoridades (el Estado),
   constitución          jurídico-
   político de las sociedad.
Contenido
4.- Ordenación de las
   relaciones
   internacionales, regirse
   por la verdad, justicia y la
   ley moral, solidaridad,
   libertad.
5.- Ordenación de las
   relaciones      mundiales,
   interdependencia de los
   estado en el orden social,
   político y económico.
6.- Normas para la acción
   temporal del cristiano.
Ver – Planteamiento del problema
               1.- Las clases trabajadoras poco a
               poco han ganado terreno en lo
               económico y en lo social .
               2.- Las mujeres ya participan en la
               vida pública.
               3.- Casi todas las naciones se están
               independizando.
               4.- La carrera armamentista (mísiles
               de Cuba, muro de Berlín) priva a los
               países subdesarrollados de
               recursos para su progreso
               económico, y crea un clima de
               terror.
Principios de Reflexión

   “Todo ser humano es persona,
 inteligente y libre, con derechos y
        deberes universales”.
Juzgar - Derechos
        1.- A la vida, a un nivel digno, al
        desarrollo personal, y a la
        seguridad fundamental; a disfrutar
        de valores culturales y morales
        (libertad de investigación y
        expresión, de información y de
        derecho de educación);
            2.- a profesar una religión y a
        seguir los dictados de su
        conciencia; a escoger estado de
        vida (formar una familia, vocación
        religiosa, laicos);
        3.- a participar en la economía (al
        trabajo, a un salario justo y
        suficiente, a la propiedad privada);
        a asociarse; a emigrar o inmigrar ;
        a participar en política (en asuntos
        públicos y protección jurídica de
        sus derechos).
Deberes
1.- De reconocer y
respetar los derechos de
los demás;
2.-    de     colaboración
mutua; a impulsar el
espíritu                de
responsabilidad de los
demás;
3.- de conservar la
propiedad privada de los
demás y de vivir según
éste principio.
Relaciones entre personas y
             Estados
a. Sobre el Bien Común: conjunto de condiciones de vida social que
permita a los ciudadanos el desarrollo expedito y pleno de su propia
perfección. Es pues, en función de la persona humana.
Todos deben participar en él. Se ha de prestar mayor atención a los menos
afortunados. Hay que recordar que el Bien Común abarca el ámbito
material y espiritual.
b. Sobre la Autoridad:
En general: necesaria en toda sociedad, su fuerza depende de Dios en el
orden moral, y no puede promover el bien común sólo con premios y
castigos.
No ha de obedecerse un mandato contra la voluntad divina. La autoridad no
puede obligar a nadie en cuestiones de conciencia.
c.- En la sociedad civil: su primera preocupación es asegurar el bien
común, para eso hay que coordinar las relaciones sociales de manera que
se permita a la personas el ejercicio de sus derechos y deberes
pacíficamente. Una estructura jurídica por delante y completa no es
suficiente para las necesidades de la
sociedad.
Relaciones entre Estados
             a) Derechos al desarrollo;
             b) Obligación de ayuda mutua;

             c) Reconocimiento de los
             mutuos derechos;
             d) Relaciones amistosas en
             todos los asuntos;
             e) Las autoridades públicas
             son para promover el bien de
             toda la familia humana,
             f) La paz se funda en la
             confianza mutua,
             g) La libertad debe ser base
             de las relaciones.
Sobre la Comunidad Mundial
            a.- Los países no pueden lograr sus
            propios intereses, ni propio desarrollo
            aisladamente,      por     la   actual
            interdependencia.

            b) En las actuales circunstancias las
            estructuras y formas de gobierno
            nacionales son inadecuadas para ver
            el bien común universal.

            c). Juicio: Hay que ajustar las
            estructuras     nacionales    e
            internacionales al servicio de
            derechos y deberes de las
            personas               humanas.
Actuar
    1.- Se recomienda a las autoridades públicas la estructura tripartita:
    legislativa, jurídica y ejecutiva.

    2.- Tres requisitos: Carta a los Derechos Humanos, Constitución escrita
    y relaciones:
•   Reducción del desequilibrio entre los recursos y el capital a nivel mundial,
•   Cese de la carrera armamentista,
•   Medios para promover el bien común,
•   Ejercitar la prudencia para distinguir entre ideologías y acciones derivadas de
    ellas.
•   Fomento de las relaciones amistosas,
•   Eliminación del racismo,
•   Respeto por los valores morales de los países en vía de desarrollo.
•   Favorecer la acción de las Naciones Unidas.

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  • 1. Enciclica Pacem in Terris S.S. Juan XXIII 11 de abril de 1963 “A todos los hombres de buena voluntad”
  • 2. Contexto Historico • Hablar de la Pacem in Terris es hablar de los Derechos del Hombre. • Ya Pío XII se había preocupado durante la Segunda Guerra Mundial de la reconstrucción y desarrollo de los pueblos. • 1963 era el año en que se celebraba el Concilio Vaticano II. • Las Naciones Unidas, la UNESCO, la Liga de los derechos del hombre y otros organismos se habían consagrado a la búsqueda de una defensa de la paz, en beneficio de todos los seres humanos sin distinciones discriminatorias. • SS. Juan XXIII escribe este documento que pudiera servir a todos los hombres de buena voluntad en la constitución orgánica de los Estados y de sus relaciones internacionales.
  • 3. Contenido 1.- Introducción – Orden de la humanidad querido por Dios. 2.- Ordenación de las relaciones civiles - Deberes y derechos del hombre. 3.- Ordenación de las relaciones políticas -Deberes de las autoridades (el Estado), constitución jurídico- político de las sociedad.
  • 4. Contenido 4.- Ordenación de las relaciones internacionales, regirse por la verdad, justicia y la ley moral, solidaridad, libertad. 5.- Ordenación de las relaciones mundiales, interdependencia de los estado en el orden social, político y económico. 6.- Normas para la acción temporal del cristiano.
  • 5. Ver – Planteamiento del problema 1.- Las clases trabajadoras poco a poco han ganado terreno en lo económico y en lo social . 2.- Las mujeres ya participan en la vida pública. 3.- Casi todas las naciones se están independizando. 4.- La carrera armamentista (mísiles de Cuba, muro de Berlín) priva a los países subdesarrollados de recursos para su progreso económico, y crea un clima de terror.
  • 6. Principios de Reflexión “Todo ser humano es persona, inteligente y libre, con derechos y deberes universales”.
  • 7. Juzgar - Derechos 1.- A la vida, a un nivel digno, al desarrollo personal, y a la seguridad fundamental; a disfrutar de valores culturales y morales (libertad de investigación y expresión, de información y de derecho de educación); 2.- a profesar una religión y a seguir los dictados de su conciencia; a escoger estado de vida (formar una familia, vocación religiosa, laicos); 3.- a participar en la economía (al trabajo, a un salario justo y suficiente, a la propiedad privada); a asociarse; a emigrar o inmigrar ; a participar en política (en asuntos públicos y protección jurídica de sus derechos).
  • 8. Deberes 1.- De reconocer y respetar los derechos de los demás; 2.- de colaboración mutua; a impulsar el espíritu de responsabilidad de los demás; 3.- de conservar la propiedad privada de los demás y de vivir según éste principio.
  • 9. Relaciones entre personas y Estados a. Sobre el Bien Común: conjunto de condiciones de vida social que permita a los ciudadanos el desarrollo expedito y pleno de su propia perfección. Es pues, en función de la persona humana. Todos deben participar en él. Se ha de prestar mayor atención a los menos afortunados. Hay que recordar que el Bien Común abarca el ámbito material y espiritual. b. Sobre la Autoridad: En general: necesaria en toda sociedad, su fuerza depende de Dios en el orden moral, y no puede promover el bien común sólo con premios y castigos. No ha de obedecerse un mandato contra la voluntad divina. La autoridad no puede obligar a nadie en cuestiones de conciencia. c.- En la sociedad civil: su primera preocupación es asegurar el bien común, para eso hay que coordinar las relaciones sociales de manera que se permita a la personas el ejercicio de sus derechos y deberes pacíficamente. Una estructura jurídica por delante y completa no es suficiente para las necesidades de la sociedad.
  • 10. Relaciones entre Estados a) Derechos al desarrollo; b) Obligación de ayuda mutua; c) Reconocimiento de los mutuos derechos; d) Relaciones amistosas en todos los asuntos; e) Las autoridades públicas son para promover el bien de toda la familia humana, f) La paz se funda en la confianza mutua, g) La libertad debe ser base de las relaciones.
  • 11. Sobre la Comunidad Mundial a.- Los países no pueden lograr sus propios intereses, ni propio desarrollo aisladamente, por la actual interdependencia. b) En las actuales circunstancias las estructuras y formas de gobierno nacionales son inadecuadas para ver el bien común universal. c). Juicio: Hay que ajustar las estructuras nacionales e internacionales al servicio de derechos y deberes de las personas humanas.
  • 12. Actuar 1.- Se recomienda a las autoridades públicas la estructura tripartita: legislativa, jurídica y ejecutiva. 2.- Tres requisitos: Carta a los Derechos Humanos, Constitución escrita y relaciones: • Reducción del desequilibrio entre los recursos y el capital a nivel mundial, • Cese de la carrera armamentista, • Medios para promover el bien común, • Ejercitar la prudencia para distinguir entre ideologías y acciones derivadas de ellas. • Fomento de las relaciones amistosas, • Eliminación del racismo, • Respeto por los valores morales de los países en vía de desarrollo. • Favorecer la acción de las Naciones Unidas.