1. Enciclica Pacem in Terris
S.S. Juan XXIII
11 de abril de 1963
“A todos los hombres de buena
voluntad”
2. Contexto Historico
• Hablar de la Pacem in Terris es hablar de los Derechos del
Hombre.
• Ya Pío XII se había preocupado durante la Segunda Guerra
Mundial de la reconstrucción y desarrollo de los pueblos.
• 1963 era el año en que se celebraba el Concilio Vaticano II.
• Las Naciones Unidas, la UNESCO, la Liga de los derechos
del hombre y otros organismos se habían consagrado a la
búsqueda de una defensa de la paz, en beneficio de todos los
seres humanos sin distinciones discriminatorias.
• SS. Juan XXIII escribe este documento que pudiera servir a
todos los hombres de buena voluntad en la constitución
orgánica de los Estados y de sus relaciones internacionales.
3. Contenido
1.- Introducción – Orden de
la humanidad querido por
Dios.
2.- Ordenación de las
relaciones civiles -
Deberes y derechos del
hombre.
3.- Ordenación de las
relaciones políticas
-Deberes de las
autoridades (el Estado),
constitución jurídico-
político de las sociedad.
4. Contenido
4.- Ordenación de las
relaciones
internacionales, regirse
por la verdad, justicia y la
ley moral, solidaridad,
libertad.
5.- Ordenación de las
relaciones mundiales,
interdependencia de los
estado en el orden social,
político y económico.
6.- Normas para la acción
temporal del cristiano.
5. Ver – Planteamiento del problema
1.- Las clases trabajadoras poco a
poco han ganado terreno en lo
económico y en lo social .
2.- Las mujeres ya participan en la
vida pública.
3.- Casi todas las naciones se están
independizando.
4.- La carrera armamentista (mísiles
de Cuba, muro de Berlín) priva a los
países subdesarrollados de
recursos para su progreso
económico, y crea un clima de
terror.
6. Principios de Reflexión
“Todo ser humano es persona,
inteligente y libre, con derechos y
deberes universales”.
7. Juzgar - Derechos
1.- A la vida, a un nivel digno, al
desarrollo personal, y a la
seguridad fundamental; a disfrutar
de valores culturales y morales
(libertad de investigación y
expresión, de información y de
derecho de educación);
2.- a profesar una religión y a
seguir los dictados de su
conciencia; a escoger estado de
vida (formar una familia, vocación
religiosa, laicos);
3.- a participar en la economía (al
trabajo, a un salario justo y
suficiente, a la propiedad privada);
a asociarse; a emigrar o inmigrar ;
a participar en política (en asuntos
públicos y protección jurídica de
sus derechos).
8. Deberes
1.- De reconocer y
respetar los derechos de
los demás;
2.- de colaboración
mutua; a impulsar el
espíritu de
responsabilidad de los
demás;
3.- de conservar la
propiedad privada de los
demás y de vivir según
éste principio.
9. Relaciones entre personas y
Estados
a. Sobre el Bien Común: conjunto de condiciones de vida social que
permita a los ciudadanos el desarrollo expedito y pleno de su propia
perfección. Es pues, en función de la persona humana.
Todos deben participar en él. Se ha de prestar mayor atención a los menos
afortunados. Hay que recordar que el Bien Común abarca el ámbito
material y espiritual.
b. Sobre la Autoridad:
En general: necesaria en toda sociedad, su fuerza depende de Dios en el
orden moral, y no puede promover el bien común sólo con premios y
castigos.
No ha de obedecerse un mandato contra la voluntad divina. La autoridad no
puede obligar a nadie en cuestiones de conciencia.
c.- En la sociedad civil: su primera preocupación es asegurar el bien
común, para eso hay que coordinar las relaciones sociales de manera que
se permita a la personas el ejercicio de sus derechos y deberes
pacíficamente. Una estructura jurídica por delante y completa no es
suficiente para las necesidades de la
sociedad.
10. Relaciones entre Estados
a) Derechos al desarrollo;
b) Obligación de ayuda mutua;
c) Reconocimiento de los
mutuos derechos;
d) Relaciones amistosas en
todos los asuntos;
e) Las autoridades públicas
son para promover el bien de
toda la familia humana,
f) La paz se funda en la
confianza mutua,
g) La libertad debe ser base
de las relaciones.
11. Sobre la Comunidad Mundial
a.- Los países no pueden lograr sus
propios intereses, ni propio desarrollo
aisladamente, por la actual
interdependencia.
b) En las actuales circunstancias las
estructuras y formas de gobierno
nacionales son inadecuadas para ver
el bien común universal.
c). Juicio: Hay que ajustar las
estructuras nacionales e
internacionales al servicio de
derechos y deberes de las
personas humanas.
12. Actuar
1.- Se recomienda a las autoridades públicas la estructura tripartita:
legislativa, jurídica y ejecutiva.
2.- Tres requisitos: Carta a los Derechos Humanos, Constitución escrita
y relaciones:
• Reducción del desequilibrio entre los recursos y el capital a nivel mundial,
• Cese de la carrera armamentista,
• Medios para promover el bien común,
• Ejercitar la prudencia para distinguir entre ideologías y acciones derivadas de
ellas.
• Fomento de las relaciones amistosas,
• Eliminación del racismo,
• Respeto por los valores morales de los países en vía de desarrollo.
• Favorecer la acción de las Naciones Unidas.