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CORTE DE APELACIONES
SANTIAGO

Santiago, veintiséis de diciembre de dos mil doce.
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE:
1.- Que, con el mérito de la denuncia de fojas 7, oficios de fojas
9, 11, 14, 310, 377, 570, 729, 741, 745, 818, 827, 836, 839, 897,
923, 981, 1059, 1231 y sus documentos, de fojas 1411, 1501, 1503,
1504, 1528 y 1538 con sus documentos custodiados como cuaderno
reservado, de fojas 1611, 1789, 2543 y 2645, dichos de Luis Ortiz
Quiroga de fojas 10, documentos de fojas 15, 326, 683, 798, informe
policial de fojas 27, 312, 378, 440, 446, 1631, 1642, 1789, 1894,
1918, 1976, 2053, 2113, 2142, 2223, 2252, 2504, 2525, 2546, 2581,
2623, 2650, 2680, 2710 y 2728, exhortos internacionales de fojas 39,
70, 119, 164, 242 y 276 y siguientes, dichos de Joan Turner Roberts
de fojas 114, 2806 y 5085, de Pedro Octavio Espinoza Bravo de fojas
116 vuelta, 889, 2077, 4071 y 5269, informe de autopsia de fojas
309, dichos de Hugo Orlando Pavez Lazo de fojas 338 y 465, querella
de fojas 344 con sus documentos anexos, de Carlos Alfonso Orellana
Riera de fojas 470, de Denis Boris Navia Pérez de fojas 471, de Mario
Alfredo Aguirre Sánchez de fojas 475, de Sergio Benjamín Alfredo
Gutiérrez Patri de fojas 478, de Santiago Osiel Núñez Quevedo de
fojas 480, de Juan Bautista Osses Beltrán de fojas 494, de Juan
Carlos Ricardo Valenzuela Vuille de fojas 498 y 1463, de Rolando
Gabriel Méndez Brieres de fojas 509 y 1461, de Avelino Antonio Lam
Duarte de fojas 513 y 921, de Severo Augusto Samaniego Mesías de
fojas 534, de Carlos Raimundo Valero Vargas de fojas 536, de Gloria
Emma Prosperita Sepúlveda de fojas 562, de Jorge Crisóstomo
Vásquez de fojas 564, copias autorizadas de la causa 105.127 del
Primer Juzgado del Crimen de fojas 577, y de la causa 2765-73 del
Segundo Juzgado Militar de fojas 590, dichos de Julia del Carmen
Fuentes Núñez de fojas 656, de Juan Jacinto Peralta Sánchez de fojas
675, de Severo Alejandro Roberto Pérez de fojas 698 y 833, de
Fernando Eduardo Lauriani Maturana de fojas 699, de Osvaldo
Enrique Romo Mena de fojas 703, de Mario Rodríguez Jara de fojas
716, de José Elías Gallardo Bustamante de fojas 719, de Gastón Noel
Aguayo Bonnebaigt de fojas 758, de Fernando Gómez Segovia de fojas
772, de Max Horacio Díaz Trujillo de fojas 783, de José Rolando
Carrasco Moya de fojas 824 y 5958, de Oscar Andrés Segundo Núñez
Valdés de fojas 828, de Hugo Hinrichsen González de fojas 852, 894
y, de Ernesto Julio Baeza Michael de fojas 856, de Herman Julio
Brady Roche de fojas 857, de Sergio Víctor Arellano Stark de fojas 859
y 1739, de Miguel Lawner Steiman de fojas 898, de Jorge Raúl Rafael
Vargas Puch de fojas 906, de Herbert Oscar Plominsky Hohmann de
fojas 926, de Manuel Arturo Vivero Ávila de fojas 936, de Mario
Eduardo Marshall L’Huillier de fojas 938, de Rafael Agustín González
Berdugo de fojas 940, de Julio Armando Stuardo González de fojas
941, de Nelson Jaime Ávila Contreras de fojas 945 y 948, de Antonio
Roberto Bustamante Aguilar de fojas 975, de Mario José Garay
Martínez de fojas 977, de Carlos Sergio Rebolledo Richani de fojas
996, acta de inspección personal de fojas 1030, informe pericial
fotográfico de fojas 1139, dichos de Julio Guillermo del Río Navarrete
de fojas 1178, de Laureano Segundo León Morales de fojas 1182, de
Ezequiel Jiménez Ferry de fojas 1197, informe pericial planimétrico de
fojas 1226, de Luis Alfredo Cabrera Contreras de fojas 1257, 1314 y
1697, de Jaime Orlando Ayala González de fojas 1306, de César
Leonel Fernández Carrasco de fojas 1357, de Ricardo Iturra Moyano
de fojas 1361, de Osvaldo Puccio Huidobro de fojas 1428, de Juan
Carlos Aedo Bustos de fojas 1433, de Carlos Reimundo Valero Vargas
de fojas 1459, de Víctor Iván Canto Fuenzalida de fojas 1468, de
Patricio Moisés González Bustos de fojas 1475 y 2452, de Carlos
Fuschlocher de fojas 1482, de fojas Alfonso Lino Denecken Alberti de
fojas 1484, de Osvaldo René González García de fojas 1486, de Luis
Pedrero Avilés de fojas 1492, de Jorge Octavio Vargas Borie de fojas
1521, de Luis Arturo Sanhueza Ros de fojas 1526, de Pascale
Bonnefoy Miralles de fojas 1531, de Ernesto Segundo Aranedo
Briones de fojas 1535, de Manuel Luis Vásquez Nanjari de fojas 1552,
de Rafael Francisco Ahumada de fojas 1564, de Julio Fernando
Francisco Donoso Daroch de fojas 1566, de Francisco Javier Alfonso
Ábalos Córdova de fojas 1568, de Luis Alberto Castillo González de
fojas 1570, de Jorge Esteban Zucchino Aguirre de fojas 1579, de
Marcelo Luis Moren Brito de fojas 1591, de Pedro Andrés Rodríguez
Bustos de fojas 1597, de Marcos Enrique Bucarey Fuentes de fojas
1609, de Jorge Iván Herrera López de fojas 1658, de Diego Antonio
Streit Mermod de fojas 1660, de Eliseo Antonio Cornejo Escobedo de
fojas 1665, de Manuel del Carmen Méndez Campos de fojas 1671, de
Enrique Edgardo Cruz Laugier de fojas 1684, de Denis Boris Navia
Pérez de fojas 1689, de Jorge Marcial Coloma Herrera de fojas 1714,
de Gustavo Muñoz López de fojas 1736, de Víctor Iván García Gómez
de fojas 1778, de Temio Tabilo Elgueta de fojas 1784, de Gonzalo
Andrés Santelices Cuevas de fojas 1877, de Manuel Contreras
Sepúlveda de fojas 1893, de Sergio Eduardo Arellano Iturriaga de
fojas 1979 y 5439, de Álvaro Augusto Pilade Puga Cappa de fojas
1988, de Federico David Willoughby-Macdonald Moya de fojas 1993,
de Jorge Federico Müller Arriagada de fojas 1996, de Jorge Hernán
Luis Aguilera Ribera de fojas 1999, de Daniel Alejandro Prieto Vial de
fojas 2012, de Lelia Matilde Pérez Valdés de fojas 2102, de Fernando
Guillermo Santiago Polanco Gallardo de fojas 2104, de Maximiliano
Ferrer Lima de fojas 2111, de Guillermo Orrego Valdebenito de fojas
2138, de Erica del Tránsito Osorio Araya de fojas 2151, de José
Alfonso Torres Cid de fojas 2171, de Hugo Eduardo González
González de fojas 2173 y 6146, de Oscar Justo Higinio Contreras
Montenegro de fojas 2176, de Julio Alejandro Alegría Ibarra de fojas
2180, de Luis Alberto Baeza Sepúlveda de fojas 2182, de José Luis
Vallejos Troncoso de fojas 2199, de Dilmo Eulogio Robledo Prado de
fojas 2202, de Manuel Cabieses Donoso de fojas 2204, de Héctor
Alberto González Allú de fojas 2207, de Pablo Francisco Muñoz Pinto
de fojas 2209, de Juan Manuel Ferrari Ramírez de fojas 2245, de
Mario Alberto Gómez Acuña de fojas 2247, de Aldo Alberto Leal
Labrín de fojas 2249, de Ramiro Edmundo Sepúlveda Contreras de
fojas 2285, de Guillermo Bruno Serrano Ilabaca de fojas 2312, de
Enrique José de la Cruz Montero Marx de fojas 2329, de Francisco
Hugo Herrera Latoja de fojas 2332, de Percival Christian Phillips
Salinas de fojas 2342, de Santiago Osiel Núñez Quevedo de fojas
2344, de Adolfo Richard Flores Becerra de fojas 2347, de Pablo
Armando Alfaro Vaccaro de fojas 2460 y 2485, de Guillermo
Washington González Betancourt de fojas 2493, de Aquiles Gustavo
Antonino Gallardo Schwarzenberg de fojas 2511, acta de fojas 2566,
copias autorizadas del proceso 226-73 del Segundo Juzgado Militar
de Santiago de fojas 2574, dichos de Héctor Valentín Herrera Olguín
de fojas 2590, de Carlos Ramón Godoy Castro de fojas 2612, de José
Benito García Mella de fojas 2614 y 2919, de José Luis Huancho
Leiva de fojas 2617, de Carlos Andrés Santander Ghio de fojas 2620,
de Manuel Isidoro Chaura Pavez de fojas 2638, de Juan Alejo Salgado
Ulloa de fojas 2640, de Héctor Miguel Abaceta Espinoza de fojas
2673, Acta de Inspección personal del Tribunal en el Estadio Víctor
Jara (ex Estadio Chile) de fojas 2706, dichos de Francisco del Carmen
Quiroz Quiroz de fojas 2717, Informes periciales fotográfico y
planimétrico elaborados por el Laboratorio de Criminalística de
Investigaciones de Chile de fojas 2737 y 2756, respectivamente,
dichos de Carlos Alberto Espinoza Pereira de fojas 2764, de Bernardo
Marín Sepúlveda de fojas 2769, de Emilio Enrique Kifafi Durán de
fojas 2771, Protocolos e Informes remitidos por el Servicio Médico
Legal rolantes a fojas: 2874, 3456, 3706, 3746, 3746 y 5310;
Inspección ocular del Tribunal de exhumación decretada, agregada a
fojas 2878, declaración judicial de Raúl Nicomedes Fuentes Salazar
de fojas 2885, de Homero Reinoso Valdés de fojas 2887, de Luis
Germán Montero Valenzuela de fojas 2889, de Nelson Barraza
Morales de fojas 2916, de Manuel Mella San Martín de fojas 2919, de
Víctor Manuel Antilao Alegría a fojas 2942, de Eduardo Segundo
Loyola Pacheco de fojas 2944, de Fernando Rafael Bustos Silva de
fojas 2947, de Ricardo Fortunato Judas Tadeo Soto Jerez de fojas
2973, de Rolando Alfredo Cristallini Bravo de fojas 2978, de Claudio
Enrique Armijo Ungria de fojas 2990 y 3626, Partes e informes
policiales diligenciados por la Brigada Investigadora de delitos contra
los Derechos Humanos de la Policía de Investigaciones de Chile de
fojas: 2995, 3008, 3086, 3091, 3128, 3240, 3253, 3293, 3397, 3401,
3444, 3585, 3627, 3653, 3661, 3679, 3785, 3792, 4211, 4438,
4488,4564, 4595, 4653, 4750, 4935, 4969, 5108, 5143, 5145, 5247,
5290, 5351, 5517, 5553, 5563, 5591, 5817, 5910, 6005 y 6334;
declaración judicial de Gustavo Gilberto Báez Duarte de fojas 3047,
de Hernán Adolfo Toro Reyes de fojas 3144, de Luis Rojas Caro de
fojas 3146, informe antropológico remitido por el Servicio Médico
Legal de fojas 3148 y oficio agregado a fojas 3172, declaración judicial
de Orlando Carter Cuadra de fojas 3149, de Víctor Lizárraga Arias de
fojas 3151, de Luis Narváez Almendras de fojas 3163, oficios del
Estado Mayor General del Ejército, remitiendo Hojas de Vida, Ficha
médica, Nóminas de personal, Listas de revista de Comisario y Sets
fotográficos, de fojas: 3236, 3288, 3552, 3668, 3707, 3875, 3956,
4480, 4665, 4740, 4966, 5088, 5267, 5423, 5424, 5432, 5434, 5619,
5621, 5675, 5763, 5766, 5770, 6071, 6115 y 6362; declaración ante
el Tribunal de Juan Roberto Pacheco Arancibia de fojas 3279, de René
López Silva de fojas 3289, de Jorge Rosendo Núñez Magallanes de
fojas 3301, oficios remitidos por el Departamento OS9 de Carabineros
de Chile de fojas 3303 y 3330; declaración judicial de Orlando Octavio
Montenegro Vera de fojas 3317 y 3580, de Héctor Manuel Bernal
Manzano de fojas 3320, de Jorge Ignacio Garcés Von Hohenstein de
fojas 3349, de Héctor Manuel Hinojosa Retamal de fojas 3356, de
Víctor Ernesto Espinoza Morales de fojas 3359, de Víctor Patricio
Suazo Morandé de fojas 3364, de Mario Arturo González Riquelme de
fojas 3501, de Sergio Hernán Vallejos Gacitúa de fojas 3505,
declaración por prestada por oficio de Ricardo Núñez Muñoz de fojas
3554, cuaderno separado de documentos n° 8, ordenado formar a
fojas 3553 que contiene Minuta de Servicios, Hoja de Vida e informe
médico de Ernesto Luis Bethke Wulf, declaración judicial de José
Belarmino Galdámez Arteaga de fojas 3555, de Joaquín Felipe Abbott
Galaz de fojas 3558, de Luis Danilo Gutiérrez Kohenkamp de fojas
3560, de Alberto José Llorens Peña de fojas 3568, de Luis Monserrat
Hernández Ortega de fojas 3572, de Carlos Daniel Rivero Valenzuela
de fojas 3574, de Jorge Rosendo Núñez Magallanes de fojas 3577, de
Patricio Roberto Taulis Vicencio de fojas 3581, de Patricio Alfredo
Salinas Vásquez de fojas 3593, declaraciones judiciales prestadas por
exhorto de Klaudio Erich Kosiel Hornig de fojas 3606 y de Jorge
Ignacio Garcés Von Hohenstein de fojas 3607, declaración judicial de
Juan Martín Pinochet Figueroa de fojas 3611, de Alejandro José
Martin Junemann de fojas 3614, de Eugenio Armando Videla
Valdebenito de fojas 3616, de Emilio Enrique Matamala Urrutia 3624,
órdenes de Investigar e informes diligenciados por el Departamento
OS-9 de Carabineros de Chile de fojas: 3674, 3737 y 3868;
declaración judicial de Mónica del Carmen Salinas Tapia de fojas
3702, informes Periciales y Sets fotográficos elaborados por el
Laboratorio de Criminalística de la Policía de Investigaciones de Chile
de fojas: 3706, 4010, 4202, 4464 y 5703; declaración judicial de Luis
Ernesto Inostroza Vásquez de fojas 3804, de José de la Cruz Gutiérrez
Molina de fojas 3806, de Juan Segundo Muñoz Carrasco de fojas
3809, de Víctor Rosendo Pontigo Araya de fojas 3841, de Juan Adolfo
Cabello Leiva de fojas 3844, Querella interpuesta por el Subsecretario
del Interior de fojas 3849 con sus documentos anexos, declaración
judicial de Juan Renán Jara Quintana de fojas 3919 y 5040,
declaración judicial prestada por exhorto nacional de José Luis
Cáceres Bobadilla de fojas 3948, declaración judicial de Jaime
Guillermo Venegas Sanzana de fojas 3953, de Oscar René Lagos
Fortin de fojas 3961, de Ramón Jorge Durand González de fojas 3969,
declaración judicial por exhorto de Robin Eliel Mundaca Urra de fojas
3976 y declaración prestada ante el Tribunal de fojas 6090,
declaración judicial de Jorge Guillermo Langer Von Furstenberg de
fojas 3979, de Alejandro Segundo Olivares Gutiérrez de fojas 3988, de
Mario del Carmen Rojas Herrera de fojas 3995, de Pedro Eduardo
Arias Galaz de fojas 3997, de Benjamín del Carmen Toro Reyes de
fojas 3999, de Carlos Jacinto Santis Moya de fojas 4001, de Milton
Leonardo Inostroza Inostroza de fojas 4024, de Pedro Hugo Rosas
Vásquez de fojas 4026, de Eduardo Teodoro Meza Torrealba de fojas
4028 y 4112, de Carlos Patricio Arias Bascuñán de fojas 4031, de
Carlos Humberto Vallejos Ramírez de fojas 4036, de Juan Sergio
Ramírez Hernández de fojas 4074, declaración judicial prestada por
exhorto nacional de Carlos Durán Hidalgo de fojas 4080, de Julio
César Ocares Romo de fojas 4203, de Severo Alejandro Roberto Pérez
Guijón de fojas 4205, de Jaime Manuel Tohá González de fojas 4208,
de Eduardo Segundo Loyola Pacheco de fojas 4209, de Verónica de la
Luz Carmona González de fojas 4411, de David Miguel González Toro
de fojas 2676 y 4413, informe policial diligenciado de N° 1324 de fojas
4473, de José Osorio Alfaro de fojas 4485, de Carlos Eduardo
Andrade Thieck de fojas 4498, de Germán Walter Ugalde Barrios a
fojas 4579, de Carlos Humberto Galleguillos González de fojas 4582,
de Alfonso Óscar Mateluna Colmenares de fojas 4725, de Jorge Luis
Romero Negrete de fojas 4727, de Jorge Manuel Escobar Castillo de
fojas 4855, de Mario Hernán Urbano Martínez de fojas 4909, de
Dante Jorge Arnoldo Silva Varas de fojas 4924, de Sergio Ramón
Vilches Cerda de fojas 4926, de Manuel Gamonal Palma de fojas
4960, de Fernando Daguerresar Franzani de fojas 4989, de Orlando
del Carmen Espinoza Parra de fojas 5003, de Jorge Alejandro
Hernández Olguín de fojas 5028, de Víctor Segundo Soto Cornejo de
fojas 5044, de Agustín Jaña Martínez de fojas 5073, de Merto Manuel
Contreras Fuentes de fojas 5076, declaración judicial prestada en
exhorto nacional de Napoleón Eduardo Ríos Carvajal de fojas 5102,
de Luis Humberto Zamorano Soto de fojas 5220, de Emilio Humberto
Daroch Fernández de fojas 5224, de Orlando Enrique Alfaro Ortiz de
fojas 5233, de Nancy Margarita Smith Espina de fojas 5237,
certificados de defunción agregados de fojas 5389 a 5391, cuaderno
separado de documentos ordenado formar a fojas 4650 que contiene
ficha médica remitida por el Hospital Militar correspondiente a Nelson
Hassse Mazzei, declaración judicial por exhorto nacional de Abraham
Roberto Otárola Jerez de fojas 5611, declaración de Roberto Guillard
Marinot de fojas 5582, Inspección ocular del Tribunal a la causa Rol
2765-73 del Segundo Juzgado Militar a fojas 5680, oficio remitido por
el Estado Mayor General de la Fuerza Aérea de fojas 5776,
declaración judicial de Patricio Ochoa Zavala a fojas 5778, disco
compacto con original y transcripción de reportaje “muerte de Víctor
Jara Martínez” efectuado por el programa “En la Mira” del canal de
televisión Chilevisión agregado a fojas 5786, declaración judicial de
José Navarrete Barra de fojas 5834, de José Baeza Quero de fojas
5863, de Roberto Arenas Meza de fojas 5869, de Patricio Roa
Caballero de fojas 5872, de Renato Arellano Garcés de fojas 5916, de
Moisés Soler Rioseco de fojas 5919, de Harry Grunewaldt Sanhueza
de fojas 5952, de Antonio Juan Bautista Salamero Baldrich de fojas
5955, de Washington García Escobar de fojas 5960, de Guillermo
Torres Gaona de fojas 5992, de Belfor Muñoz Quezada de fojas 6008,
de María Cecilia Coll Suárez de fojas 6012, de Rubén Ascencio
Duharttz de fojas 6014, de Francisco Antonio González Muñoz de
fojas 6035, Inspección ocular practicada a la causa Rol N° 21.3132010 del 25° Juzgado Civil de Santiago a fojas 6050 bis, oficio N° 152
de la Subdirección General de Carabineros de Chile, agregado a fojas
6060, declaración judicial de Manuel Francisco Lagos Jara de fojas
6088, de José Cerda Lamas de fojas 6092, de Pedro Palleros Saavedra
de fojas 6094, de Rubén Ramírez Rivera de fojas 6096, de Percy
Olivares Castillo de fojas 6098, de Pablo Muñoz Pinto de fojas 6100,
de Sergio Castillo Cortés de fojas 6105, de Eloy Astorga Véliz de fojas
6108, de Nelson Alfaro Alfaro de fojas 6110, de Hugo Pereira Esquivel
de fojas 6112, de Álvaro Gaete Bascour de fojas 6117, de Segundo
Larenas Acevedo de fojas 6137, de Javier Samuel Gho Barba de fojas
6149, de Pablo Patricio Moreno Aliste de fojas 6149, de Eduardo
Rafael Yáñez Betancourt de fojas 6203, oficio remitido por la
Secretaría General de la Armada de Chile rolante a fojas 6208,
declaración judicial de Juan Bautista Martínez Amigorena de fojas
6311, oficio adjuntando documentos remitido por el Ministerio de
Defensa Nacional de fojas 6315 y declaración judicial de Carlos José
Leonardo López Tapia de fojas 6353; se encuentra legalmente
justificado en autos, en la presente etapa procesal, los siguientes
hechos:
A) Que, el día 11 de septiembre de 1973, a raíz de la asunción
del Gobierno Militar de facto, la entonces Universidad Técnica del
Estado, fue sitiada por efectivos del Regimiento “Arica” del Ejército de
Chile, provenientes de la ciudad de La Serena.
B) Que dichas tropas procedieron, el día 12 de septiembre de
1973, previo disparos de proyectiles de diversa naturaleza, a ocupar
sus dependencias y a la detención masiva de docentes, alumnos y
personal administrativo que se encontraban en el establecimiento
educacional; personas que luego fueron trasladadas en buses de
locomoción colectiva hasta el entonces Estadio Chile (actual Estadio
Víctor Jara), recinto que previamente había sido habilitado como
centro de detención, con la coordinación del Comando de Apoyo
Administrativo del Ejército de Chile y cuyo resguardo interior fue
efectuado igualmente por efectivos provenientes de distintas Unidades
Militares, entre ellos: el Regimiento “Tejas Verdes” de la ciudad de
San Antonio, el Regimiento “Blindados N°2” de Santiago, Regimiento
“Esmeralda” de la ciudad de Antofagasta y el Regimiento “Maipo” de
Valparaíso.
C) Que, entre los docentes aprehendidos, se encontraba el
cantante popular y también investigador de dicha Universidad, Víctor
Lidio Jara Martínez, quien ingresó al Estadio Chile junto con el
referido grupo de detenidos, para posteriormente ser ubicado con
éstos en las graderías de dicho recinto deportivo.
D) Que, durante su detención, Víctor Jara Martínez fue
reconocido por el personal militar instalado al interior del Estadio
Chile, siendo separado del resto de los prisioneros, para ser llevado a
otras dependencias ubicadas en los camarines, ocupadas como salas
de interrogatorios y apremios, donde fuera agredido físicamente en
forma permanente, por varios Oficiales.
E) Que, entre los días 13 y 16 de septiembre de 1973 se
desarrollaron interrogatorios a detenidos al interior del Estado Chile,
sin

que

ellos

obedecieran

a

procedimientos

judiciales

y/o

administrativos previos, algunos de los cuales fueron practicados por
personal de la Segunda Fiscalía Militar de la época; y, entre otros, fue
interrogado Víctor Lidio Jara Martínez.
F) Que, el día 16 de septiembre de 1973, se procedió al traslado
de todos los detenidos del Estadio Chile, con excepción de Víctor Lidio
Jara Martínez y de Littré Quiroga Carvajal, oportunidad en que se dio
muerte a Víctor Lidio Jara Martínez, hecho que se produjo a
consecuencia de, al menos, 44 impactos de bala, según se precisa en
el respectivo informe de autopsia.
G) Que, el cadáver de Víctor Lidio Jara Martínez, junto con los
cadáveres de otras tres personas más, fue encontrado por pobladores
en los días posteriores, en las inmediaciones del Cementerio
Metropolitano, en un terreno baldío cercano a la línea férrea, con
signos evidentes de haber recibido golpes en el cuerpo y los impactos
de bala detallados en el informe de autopsia.
2.- Que los hechos antes expuestos, son constitutivos del delito
de homicidio calificado; ilícito previsto en el artículo 391 N° 1 del
Código Penal –texto vigente a la fecha de comisión del mismo-.
3.- Que, de los mismos antecedentes señalados en el numeral
primero, sumado a las propias declaraciones de: Hugo Hernán
Sánchez Marmonti de fojas 927, 991 y 5880, de Pedro Pablo
Barrientos Núñez consignadas en exhorto internacional diligenciado
de fojas 6214 y siguientes, de Roberto Federico Souper Onfray de
fojas 560 y 922, de Raúl Aníbal Jofré González de fojas 970 y de
fojas 2431, de Edwin Armando Roger Dimter Bianchi de fojas 982,
2422, 2512, 3076 y 2990, de Nelson Edgardo Haase Mazzei de fojas
1225 y 5536, de Jorge Eduardo Smith Gumucio de fojas 2983 y de
Ernesto Luis Bethke Wulf de fojas 1243, 3159 y 6032; surgen
presunciones suficientes para estimar que a los dos primeros de
éstos, les cupo una participación en calidad de autores y, a los demás
nombrados, una participación en calidad de cómplices, en los hechos
investigados en esta causa.
Por estas consideraciones y visto lo dispuesto en los artículos
14, 15, 16 y 391 N° 1 del Código Penal, y artículos 274 y siguientes
del Código de Procedimiento Penal, se declara que, SE SOMETE A
PROCESO a HUGO HERNÁN SÁNCHEZ MARMONTI y a PEDRO
PABLO BARRIENTOS NÚÑEZ, ambos en calidad de AUTORES del
delito de HOMICIDIO CALIFICADO; y a: ROBERTO FEDERICO
SOUPER ONFRAY, RÁUL ANÍBAL JOFRÉ GONZÁLEZ, EDWIN
ARMANDO ROGER DIMTER BIANCHI, NELSON EDGARDO HAASE
MAZZEI y ERNESTO LUIS BETHKE WULF; todos los últimos en
calidad de CÓMPLICES del delito de HOMICIDIO CALIFICADO, EN
TODOS LOS CASOS REFERIDOS, COMETIDO EN LA PERSONA DE
VÍCTOR LIDIO JARA MARTÍNEZ, hecho ocurrido el día 16 de
septiembre de 1973.
Con el fin de asegurar la comparecencia de los procesados,
despáchese orden de aprehensión a través de la Brigada Investigadora
de

Delitos

contra

los

Derechos

Humanos

de

la

Policía

de

Investigaciones, en contra de: Hugo Hernán Sánchez Marmonti,
Roberto Federico Souper Onfray, Rául Aníbal Jofré González, Edwin
Armando Roger Dimter Bianchi, Nelson Edgardo Haase Mazzei,
Ernesto Luis Bethke Wulf y Pedro Pablo Barrientos Núñez. Hecho,
dése orden de ingreso en contra de los mencionados, en calidad de
procesados en libre plática, al Batallón de Policía Militar N° 1
“Santiago” del Ejército de Chile.
Asimismo, despáchese orden de captura internacional a través
de O.C.N. Interpol Santiago, en contra de Pedro Pablo Barrientos
Núñez.
Notifíqueseles personalmente a los encausados, y, en su
oportunidad, identifíqueseles y agréguense sus extractos de filiación.
Asimismo, infórmeseles a los procesados, que deberán designar
abogado que los represente bajo apercibimiento de designárseles el
abogado de turno, si no lo hicieren en el acto de la notificación o
dentro de tercero día. Encontrándose el procesado Pedro Pablo
Barrientos Núñez, ausente y fuera del territorio nacional, desígnesele
como apoderado en este proceso, a la abogada de turno en lo criminal
de la Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago, del mes de diciembre
de 2012, Doña Denisse Alejandra Barraza Díaz, domiciliada para
estos efectos en Walker Martínez N° 690, comuna de La Florida,
Santiago, a objeto que asuma la defensa del referido encausado.
Cítesele, a través del receptor de turno en lo criminal de la Iltma.
Corte de Apelaciones del presente mes, a primera audiencia, a fin de
notificarle la presente resolución.
Practíquense las designaciones legales.
No constando en autos la existencia de bienes por parte de los
procesados, no se da cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 380
del Código de Procedimiento Penal.
ROL N° 108.496-MG

RESOLVIÓ DON MIGUEL VAZQUEZ PLAZA, MINISTRO EN VISITA
EXTRAORDINARIA.

En Santiago, a veintiséis de diciembre dos mil doce, notifiqué por el
Estado Diario la resolución que antecede.

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  • 1. CORTE DE APELACIONES SANTIAGO Santiago, veintiséis de diciembre de dos mil doce. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: 1.- Que, con el mérito de la denuncia de fojas 7, oficios de fojas 9, 11, 14, 310, 377, 570, 729, 741, 745, 818, 827, 836, 839, 897, 923, 981, 1059, 1231 y sus documentos, de fojas 1411, 1501, 1503, 1504, 1528 y 1538 con sus documentos custodiados como cuaderno reservado, de fojas 1611, 1789, 2543 y 2645, dichos de Luis Ortiz Quiroga de fojas 10, documentos de fojas 15, 326, 683, 798, informe policial de fojas 27, 312, 378, 440, 446, 1631, 1642, 1789, 1894, 1918, 1976, 2053, 2113, 2142, 2223, 2252, 2504, 2525, 2546, 2581, 2623, 2650, 2680, 2710 y 2728, exhortos internacionales de fojas 39, 70, 119, 164, 242 y 276 y siguientes, dichos de Joan Turner Roberts de fojas 114, 2806 y 5085, de Pedro Octavio Espinoza Bravo de fojas 116 vuelta, 889, 2077, 4071 y 5269, informe de autopsia de fojas 309, dichos de Hugo Orlando Pavez Lazo de fojas 338 y 465, querella de fojas 344 con sus documentos anexos, de Carlos Alfonso Orellana Riera de fojas 470, de Denis Boris Navia Pérez de fojas 471, de Mario Alfredo Aguirre Sánchez de fojas 475, de Sergio Benjamín Alfredo Gutiérrez Patri de fojas 478, de Santiago Osiel Núñez Quevedo de fojas 480, de Juan Bautista Osses Beltrán de fojas 494, de Juan Carlos Ricardo Valenzuela Vuille de fojas 498 y 1463, de Rolando Gabriel Méndez Brieres de fojas 509 y 1461, de Avelino Antonio Lam Duarte de fojas 513 y 921, de Severo Augusto Samaniego Mesías de fojas 534, de Carlos Raimundo Valero Vargas de fojas 536, de Gloria Emma Prosperita Sepúlveda de fojas 562, de Jorge Crisóstomo Vásquez de fojas 564, copias autorizadas de la causa 105.127 del Primer Juzgado del Crimen de fojas 577, y de la causa 2765-73 del Segundo Juzgado Militar de fojas 590, dichos de Julia del Carmen Fuentes Núñez de fojas 656, de Juan Jacinto Peralta Sánchez de fojas
  • 2. 675, de Severo Alejandro Roberto Pérez de fojas 698 y 833, de Fernando Eduardo Lauriani Maturana de fojas 699, de Osvaldo Enrique Romo Mena de fojas 703, de Mario Rodríguez Jara de fojas 716, de José Elías Gallardo Bustamante de fojas 719, de Gastón Noel Aguayo Bonnebaigt de fojas 758, de Fernando Gómez Segovia de fojas 772, de Max Horacio Díaz Trujillo de fojas 783, de José Rolando Carrasco Moya de fojas 824 y 5958, de Oscar Andrés Segundo Núñez Valdés de fojas 828, de Hugo Hinrichsen González de fojas 852, 894 y, de Ernesto Julio Baeza Michael de fojas 856, de Herman Julio Brady Roche de fojas 857, de Sergio Víctor Arellano Stark de fojas 859 y 1739, de Miguel Lawner Steiman de fojas 898, de Jorge Raúl Rafael Vargas Puch de fojas 906, de Herbert Oscar Plominsky Hohmann de fojas 926, de Manuel Arturo Vivero Ávila de fojas 936, de Mario Eduardo Marshall L’Huillier de fojas 938, de Rafael Agustín González Berdugo de fojas 940, de Julio Armando Stuardo González de fojas 941, de Nelson Jaime Ávila Contreras de fojas 945 y 948, de Antonio Roberto Bustamante Aguilar de fojas 975, de Mario José Garay Martínez de fojas 977, de Carlos Sergio Rebolledo Richani de fojas 996, acta de inspección personal de fojas 1030, informe pericial fotográfico de fojas 1139, dichos de Julio Guillermo del Río Navarrete de fojas 1178, de Laureano Segundo León Morales de fojas 1182, de Ezequiel Jiménez Ferry de fojas 1197, informe pericial planimétrico de fojas 1226, de Luis Alfredo Cabrera Contreras de fojas 1257, 1314 y 1697, de Jaime Orlando Ayala González de fojas 1306, de César Leonel Fernández Carrasco de fojas 1357, de Ricardo Iturra Moyano de fojas 1361, de Osvaldo Puccio Huidobro de fojas 1428, de Juan Carlos Aedo Bustos de fojas 1433, de Carlos Reimundo Valero Vargas de fojas 1459, de Víctor Iván Canto Fuenzalida de fojas 1468, de Patricio Moisés González Bustos de fojas 1475 y 2452, de Carlos Fuschlocher de fojas 1482, de fojas Alfonso Lino Denecken Alberti de fojas 1484, de Osvaldo René González García de fojas 1486, de Luis Pedrero Avilés de fojas 1492, de Jorge Octavio Vargas Borie de fojas 1521, de Luis Arturo Sanhueza Ros de fojas 1526, de Pascale
  • 3. Bonnefoy Miralles de fojas 1531, de Ernesto Segundo Aranedo Briones de fojas 1535, de Manuel Luis Vásquez Nanjari de fojas 1552, de Rafael Francisco Ahumada de fojas 1564, de Julio Fernando Francisco Donoso Daroch de fojas 1566, de Francisco Javier Alfonso Ábalos Córdova de fojas 1568, de Luis Alberto Castillo González de fojas 1570, de Jorge Esteban Zucchino Aguirre de fojas 1579, de Marcelo Luis Moren Brito de fojas 1591, de Pedro Andrés Rodríguez Bustos de fojas 1597, de Marcos Enrique Bucarey Fuentes de fojas 1609, de Jorge Iván Herrera López de fojas 1658, de Diego Antonio Streit Mermod de fojas 1660, de Eliseo Antonio Cornejo Escobedo de fojas 1665, de Manuel del Carmen Méndez Campos de fojas 1671, de Enrique Edgardo Cruz Laugier de fojas 1684, de Denis Boris Navia Pérez de fojas 1689, de Jorge Marcial Coloma Herrera de fojas 1714, de Gustavo Muñoz López de fojas 1736, de Víctor Iván García Gómez de fojas 1778, de Temio Tabilo Elgueta de fojas 1784, de Gonzalo Andrés Santelices Cuevas de fojas 1877, de Manuel Contreras Sepúlveda de fojas 1893, de Sergio Eduardo Arellano Iturriaga de fojas 1979 y 5439, de Álvaro Augusto Pilade Puga Cappa de fojas 1988, de Federico David Willoughby-Macdonald Moya de fojas 1993, de Jorge Federico Müller Arriagada de fojas 1996, de Jorge Hernán Luis Aguilera Ribera de fojas 1999, de Daniel Alejandro Prieto Vial de fojas 2012, de Lelia Matilde Pérez Valdés de fojas 2102, de Fernando Guillermo Santiago Polanco Gallardo de fojas 2104, de Maximiliano Ferrer Lima de fojas 2111, de Guillermo Orrego Valdebenito de fojas 2138, de Erica del Tránsito Osorio Araya de fojas 2151, de José Alfonso Torres Cid de fojas 2171, de Hugo Eduardo González González de fojas 2173 y 6146, de Oscar Justo Higinio Contreras Montenegro de fojas 2176, de Julio Alejandro Alegría Ibarra de fojas 2180, de Luis Alberto Baeza Sepúlveda de fojas 2182, de José Luis Vallejos Troncoso de fojas 2199, de Dilmo Eulogio Robledo Prado de fojas 2202, de Manuel Cabieses Donoso de fojas 2204, de Héctor Alberto González Allú de fojas 2207, de Pablo Francisco Muñoz Pinto de fojas 2209, de Juan Manuel Ferrari Ramírez de fojas 2245, de
  • 4. Mario Alberto Gómez Acuña de fojas 2247, de Aldo Alberto Leal Labrín de fojas 2249, de Ramiro Edmundo Sepúlveda Contreras de fojas 2285, de Guillermo Bruno Serrano Ilabaca de fojas 2312, de Enrique José de la Cruz Montero Marx de fojas 2329, de Francisco Hugo Herrera Latoja de fojas 2332, de Percival Christian Phillips Salinas de fojas 2342, de Santiago Osiel Núñez Quevedo de fojas 2344, de Adolfo Richard Flores Becerra de fojas 2347, de Pablo Armando Alfaro Vaccaro de fojas 2460 y 2485, de Guillermo Washington González Betancourt de fojas 2493, de Aquiles Gustavo Antonino Gallardo Schwarzenberg de fojas 2511, acta de fojas 2566, copias autorizadas del proceso 226-73 del Segundo Juzgado Militar de Santiago de fojas 2574, dichos de Héctor Valentín Herrera Olguín de fojas 2590, de Carlos Ramón Godoy Castro de fojas 2612, de José Benito García Mella de fojas 2614 y 2919, de José Luis Huancho Leiva de fojas 2617, de Carlos Andrés Santander Ghio de fojas 2620, de Manuel Isidoro Chaura Pavez de fojas 2638, de Juan Alejo Salgado Ulloa de fojas 2640, de Héctor Miguel Abaceta Espinoza de fojas 2673, Acta de Inspección personal del Tribunal en el Estadio Víctor Jara (ex Estadio Chile) de fojas 2706, dichos de Francisco del Carmen Quiroz Quiroz de fojas 2717, Informes periciales fotográfico y planimétrico elaborados por el Laboratorio de Criminalística de Investigaciones de Chile de fojas 2737 y 2756, respectivamente, dichos de Carlos Alberto Espinoza Pereira de fojas 2764, de Bernardo Marín Sepúlveda de fojas 2769, de Emilio Enrique Kifafi Durán de fojas 2771, Protocolos e Informes remitidos por el Servicio Médico Legal rolantes a fojas: 2874, 3456, 3706, 3746, 3746 y 5310; Inspección ocular del Tribunal de exhumación decretada, agregada a fojas 2878, declaración judicial de Raúl Nicomedes Fuentes Salazar de fojas 2885, de Homero Reinoso Valdés de fojas 2887, de Luis Germán Montero Valenzuela de fojas 2889, de Nelson Barraza Morales de fojas 2916, de Manuel Mella San Martín de fojas 2919, de Víctor Manuel Antilao Alegría a fojas 2942, de Eduardo Segundo Loyola Pacheco de fojas 2944, de Fernando Rafael Bustos Silva de
  • 5. fojas 2947, de Ricardo Fortunato Judas Tadeo Soto Jerez de fojas 2973, de Rolando Alfredo Cristallini Bravo de fojas 2978, de Claudio Enrique Armijo Ungria de fojas 2990 y 3626, Partes e informes policiales diligenciados por la Brigada Investigadora de delitos contra los Derechos Humanos de la Policía de Investigaciones de Chile de fojas: 2995, 3008, 3086, 3091, 3128, 3240, 3253, 3293, 3397, 3401, 3444, 3585, 3627, 3653, 3661, 3679, 3785, 3792, 4211, 4438, 4488,4564, 4595, 4653, 4750, 4935, 4969, 5108, 5143, 5145, 5247, 5290, 5351, 5517, 5553, 5563, 5591, 5817, 5910, 6005 y 6334; declaración judicial de Gustavo Gilberto Báez Duarte de fojas 3047, de Hernán Adolfo Toro Reyes de fojas 3144, de Luis Rojas Caro de fojas 3146, informe antropológico remitido por el Servicio Médico Legal de fojas 3148 y oficio agregado a fojas 3172, declaración judicial de Orlando Carter Cuadra de fojas 3149, de Víctor Lizárraga Arias de fojas 3151, de Luis Narváez Almendras de fojas 3163, oficios del Estado Mayor General del Ejército, remitiendo Hojas de Vida, Ficha médica, Nóminas de personal, Listas de revista de Comisario y Sets fotográficos, de fojas: 3236, 3288, 3552, 3668, 3707, 3875, 3956, 4480, 4665, 4740, 4966, 5088, 5267, 5423, 5424, 5432, 5434, 5619, 5621, 5675, 5763, 5766, 5770, 6071, 6115 y 6362; declaración ante el Tribunal de Juan Roberto Pacheco Arancibia de fojas 3279, de René López Silva de fojas 3289, de Jorge Rosendo Núñez Magallanes de fojas 3301, oficios remitidos por el Departamento OS9 de Carabineros de Chile de fojas 3303 y 3330; declaración judicial de Orlando Octavio Montenegro Vera de fojas 3317 y 3580, de Héctor Manuel Bernal Manzano de fojas 3320, de Jorge Ignacio Garcés Von Hohenstein de fojas 3349, de Héctor Manuel Hinojosa Retamal de fojas 3356, de Víctor Ernesto Espinoza Morales de fojas 3359, de Víctor Patricio Suazo Morandé de fojas 3364, de Mario Arturo González Riquelme de fojas 3501, de Sergio Hernán Vallejos Gacitúa de fojas 3505, declaración por prestada por oficio de Ricardo Núñez Muñoz de fojas 3554, cuaderno separado de documentos n° 8, ordenado formar a fojas 3553 que contiene Minuta de Servicios, Hoja de Vida e informe
  • 6. médico de Ernesto Luis Bethke Wulf, declaración judicial de José Belarmino Galdámez Arteaga de fojas 3555, de Joaquín Felipe Abbott Galaz de fojas 3558, de Luis Danilo Gutiérrez Kohenkamp de fojas 3560, de Alberto José Llorens Peña de fojas 3568, de Luis Monserrat Hernández Ortega de fojas 3572, de Carlos Daniel Rivero Valenzuela de fojas 3574, de Jorge Rosendo Núñez Magallanes de fojas 3577, de Patricio Roberto Taulis Vicencio de fojas 3581, de Patricio Alfredo Salinas Vásquez de fojas 3593, declaraciones judiciales prestadas por exhorto de Klaudio Erich Kosiel Hornig de fojas 3606 y de Jorge Ignacio Garcés Von Hohenstein de fojas 3607, declaración judicial de Juan Martín Pinochet Figueroa de fojas 3611, de Alejandro José Martin Junemann de fojas 3614, de Eugenio Armando Videla Valdebenito de fojas 3616, de Emilio Enrique Matamala Urrutia 3624, órdenes de Investigar e informes diligenciados por el Departamento OS-9 de Carabineros de Chile de fojas: 3674, 3737 y 3868; declaración judicial de Mónica del Carmen Salinas Tapia de fojas 3702, informes Periciales y Sets fotográficos elaborados por el Laboratorio de Criminalística de la Policía de Investigaciones de Chile de fojas: 3706, 4010, 4202, 4464 y 5703; declaración judicial de Luis Ernesto Inostroza Vásquez de fojas 3804, de José de la Cruz Gutiérrez Molina de fojas 3806, de Juan Segundo Muñoz Carrasco de fojas 3809, de Víctor Rosendo Pontigo Araya de fojas 3841, de Juan Adolfo Cabello Leiva de fojas 3844, Querella interpuesta por el Subsecretario del Interior de fojas 3849 con sus documentos anexos, declaración judicial de Juan Renán Jara Quintana de fojas 3919 y 5040, declaración judicial prestada por exhorto nacional de José Luis Cáceres Bobadilla de fojas 3948, declaración judicial de Jaime Guillermo Venegas Sanzana de fojas 3953, de Oscar René Lagos Fortin de fojas 3961, de Ramón Jorge Durand González de fojas 3969, declaración judicial por exhorto de Robin Eliel Mundaca Urra de fojas 3976 y declaración prestada ante el Tribunal de fojas 6090, declaración judicial de Jorge Guillermo Langer Von Furstenberg de fojas 3979, de Alejandro Segundo Olivares Gutiérrez de fojas 3988, de
  • 7. Mario del Carmen Rojas Herrera de fojas 3995, de Pedro Eduardo Arias Galaz de fojas 3997, de Benjamín del Carmen Toro Reyes de fojas 3999, de Carlos Jacinto Santis Moya de fojas 4001, de Milton Leonardo Inostroza Inostroza de fojas 4024, de Pedro Hugo Rosas Vásquez de fojas 4026, de Eduardo Teodoro Meza Torrealba de fojas 4028 y 4112, de Carlos Patricio Arias Bascuñán de fojas 4031, de Carlos Humberto Vallejos Ramírez de fojas 4036, de Juan Sergio Ramírez Hernández de fojas 4074, declaración judicial prestada por exhorto nacional de Carlos Durán Hidalgo de fojas 4080, de Julio César Ocares Romo de fojas 4203, de Severo Alejandro Roberto Pérez Guijón de fojas 4205, de Jaime Manuel Tohá González de fojas 4208, de Eduardo Segundo Loyola Pacheco de fojas 4209, de Verónica de la Luz Carmona González de fojas 4411, de David Miguel González Toro de fojas 2676 y 4413, informe policial diligenciado de N° 1324 de fojas 4473, de José Osorio Alfaro de fojas 4485, de Carlos Eduardo Andrade Thieck de fojas 4498, de Germán Walter Ugalde Barrios a fojas 4579, de Carlos Humberto Galleguillos González de fojas 4582, de Alfonso Óscar Mateluna Colmenares de fojas 4725, de Jorge Luis Romero Negrete de fojas 4727, de Jorge Manuel Escobar Castillo de fojas 4855, de Mario Hernán Urbano Martínez de fojas 4909, de Dante Jorge Arnoldo Silva Varas de fojas 4924, de Sergio Ramón Vilches Cerda de fojas 4926, de Manuel Gamonal Palma de fojas 4960, de Fernando Daguerresar Franzani de fojas 4989, de Orlando del Carmen Espinoza Parra de fojas 5003, de Jorge Alejandro Hernández Olguín de fojas 5028, de Víctor Segundo Soto Cornejo de fojas 5044, de Agustín Jaña Martínez de fojas 5073, de Merto Manuel Contreras Fuentes de fojas 5076, declaración judicial prestada en exhorto nacional de Napoleón Eduardo Ríos Carvajal de fojas 5102, de Luis Humberto Zamorano Soto de fojas 5220, de Emilio Humberto Daroch Fernández de fojas 5224, de Orlando Enrique Alfaro Ortiz de fojas 5233, de Nancy Margarita Smith Espina de fojas 5237, certificados de defunción agregados de fojas 5389 a 5391, cuaderno separado de documentos ordenado formar a fojas 4650 que contiene
  • 8. ficha médica remitida por el Hospital Militar correspondiente a Nelson Hassse Mazzei, declaración judicial por exhorto nacional de Abraham Roberto Otárola Jerez de fojas 5611, declaración de Roberto Guillard Marinot de fojas 5582, Inspección ocular del Tribunal a la causa Rol 2765-73 del Segundo Juzgado Militar a fojas 5680, oficio remitido por el Estado Mayor General de la Fuerza Aérea de fojas 5776, declaración judicial de Patricio Ochoa Zavala a fojas 5778, disco compacto con original y transcripción de reportaje “muerte de Víctor Jara Martínez” efectuado por el programa “En la Mira” del canal de televisión Chilevisión agregado a fojas 5786, declaración judicial de José Navarrete Barra de fojas 5834, de José Baeza Quero de fojas 5863, de Roberto Arenas Meza de fojas 5869, de Patricio Roa Caballero de fojas 5872, de Renato Arellano Garcés de fojas 5916, de Moisés Soler Rioseco de fojas 5919, de Harry Grunewaldt Sanhueza de fojas 5952, de Antonio Juan Bautista Salamero Baldrich de fojas 5955, de Washington García Escobar de fojas 5960, de Guillermo Torres Gaona de fojas 5992, de Belfor Muñoz Quezada de fojas 6008, de María Cecilia Coll Suárez de fojas 6012, de Rubén Ascencio Duharttz de fojas 6014, de Francisco Antonio González Muñoz de fojas 6035, Inspección ocular practicada a la causa Rol N° 21.3132010 del 25° Juzgado Civil de Santiago a fojas 6050 bis, oficio N° 152 de la Subdirección General de Carabineros de Chile, agregado a fojas 6060, declaración judicial de Manuel Francisco Lagos Jara de fojas 6088, de José Cerda Lamas de fojas 6092, de Pedro Palleros Saavedra de fojas 6094, de Rubén Ramírez Rivera de fojas 6096, de Percy Olivares Castillo de fojas 6098, de Pablo Muñoz Pinto de fojas 6100, de Sergio Castillo Cortés de fojas 6105, de Eloy Astorga Véliz de fojas 6108, de Nelson Alfaro Alfaro de fojas 6110, de Hugo Pereira Esquivel de fojas 6112, de Álvaro Gaete Bascour de fojas 6117, de Segundo Larenas Acevedo de fojas 6137, de Javier Samuel Gho Barba de fojas 6149, de Pablo Patricio Moreno Aliste de fojas 6149, de Eduardo Rafael Yáñez Betancourt de fojas 6203, oficio remitido por la Secretaría General de la Armada de Chile rolante a fojas 6208,
  • 9. declaración judicial de Juan Bautista Martínez Amigorena de fojas 6311, oficio adjuntando documentos remitido por el Ministerio de Defensa Nacional de fojas 6315 y declaración judicial de Carlos José Leonardo López Tapia de fojas 6353; se encuentra legalmente justificado en autos, en la presente etapa procesal, los siguientes hechos: A) Que, el día 11 de septiembre de 1973, a raíz de la asunción del Gobierno Militar de facto, la entonces Universidad Técnica del Estado, fue sitiada por efectivos del Regimiento “Arica” del Ejército de Chile, provenientes de la ciudad de La Serena. B) Que dichas tropas procedieron, el día 12 de septiembre de 1973, previo disparos de proyectiles de diversa naturaleza, a ocupar sus dependencias y a la detención masiva de docentes, alumnos y personal administrativo que se encontraban en el establecimiento educacional; personas que luego fueron trasladadas en buses de locomoción colectiva hasta el entonces Estadio Chile (actual Estadio Víctor Jara), recinto que previamente había sido habilitado como centro de detención, con la coordinación del Comando de Apoyo Administrativo del Ejército de Chile y cuyo resguardo interior fue efectuado igualmente por efectivos provenientes de distintas Unidades Militares, entre ellos: el Regimiento “Tejas Verdes” de la ciudad de San Antonio, el Regimiento “Blindados N°2” de Santiago, Regimiento “Esmeralda” de la ciudad de Antofagasta y el Regimiento “Maipo” de Valparaíso. C) Que, entre los docentes aprehendidos, se encontraba el cantante popular y también investigador de dicha Universidad, Víctor Lidio Jara Martínez, quien ingresó al Estadio Chile junto con el referido grupo de detenidos, para posteriormente ser ubicado con éstos en las graderías de dicho recinto deportivo. D) Que, durante su detención, Víctor Jara Martínez fue reconocido por el personal militar instalado al interior del Estadio Chile, siendo separado del resto de los prisioneros, para ser llevado a otras dependencias ubicadas en los camarines, ocupadas como salas
  • 10. de interrogatorios y apremios, donde fuera agredido físicamente en forma permanente, por varios Oficiales. E) Que, entre los días 13 y 16 de septiembre de 1973 se desarrollaron interrogatorios a detenidos al interior del Estado Chile, sin que ellos obedecieran a procedimientos judiciales y/o administrativos previos, algunos de los cuales fueron practicados por personal de la Segunda Fiscalía Militar de la época; y, entre otros, fue interrogado Víctor Lidio Jara Martínez. F) Que, el día 16 de septiembre de 1973, se procedió al traslado de todos los detenidos del Estadio Chile, con excepción de Víctor Lidio Jara Martínez y de Littré Quiroga Carvajal, oportunidad en que se dio muerte a Víctor Lidio Jara Martínez, hecho que se produjo a consecuencia de, al menos, 44 impactos de bala, según se precisa en el respectivo informe de autopsia. G) Que, el cadáver de Víctor Lidio Jara Martínez, junto con los cadáveres de otras tres personas más, fue encontrado por pobladores en los días posteriores, en las inmediaciones del Cementerio Metropolitano, en un terreno baldío cercano a la línea férrea, con signos evidentes de haber recibido golpes en el cuerpo y los impactos de bala detallados en el informe de autopsia. 2.- Que los hechos antes expuestos, son constitutivos del delito de homicidio calificado; ilícito previsto en el artículo 391 N° 1 del Código Penal –texto vigente a la fecha de comisión del mismo-. 3.- Que, de los mismos antecedentes señalados en el numeral primero, sumado a las propias declaraciones de: Hugo Hernán Sánchez Marmonti de fojas 927, 991 y 5880, de Pedro Pablo Barrientos Núñez consignadas en exhorto internacional diligenciado de fojas 6214 y siguientes, de Roberto Federico Souper Onfray de fojas 560 y 922, de Raúl Aníbal Jofré González de fojas 970 y de fojas 2431, de Edwin Armando Roger Dimter Bianchi de fojas 982, 2422, 2512, 3076 y 2990, de Nelson Edgardo Haase Mazzei de fojas 1225 y 5536, de Jorge Eduardo Smith Gumucio de fojas 2983 y de Ernesto Luis Bethke Wulf de fojas 1243, 3159 y 6032; surgen
  • 11. presunciones suficientes para estimar que a los dos primeros de éstos, les cupo una participación en calidad de autores y, a los demás nombrados, una participación en calidad de cómplices, en los hechos investigados en esta causa. Por estas consideraciones y visto lo dispuesto en los artículos 14, 15, 16 y 391 N° 1 del Código Penal, y artículos 274 y siguientes del Código de Procedimiento Penal, se declara que, SE SOMETE A PROCESO a HUGO HERNÁN SÁNCHEZ MARMONTI y a PEDRO PABLO BARRIENTOS NÚÑEZ, ambos en calidad de AUTORES del delito de HOMICIDIO CALIFICADO; y a: ROBERTO FEDERICO SOUPER ONFRAY, RÁUL ANÍBAL JOFRÉ GONZÁLEZ, EDWIN ARMANDO ROGER DIMTER BIANCHI, NELSON EDGARDO HAASE MAZZEI y ERNESTO LUIS BETHKE WULF; todos los últimos en calidad de CÓMPLICES del delito de HOMICIDIO CALIFICADO, EN TODOS LOS CASOS REFERIDOS, COMETIDO EN LA PERSONA DE VÍCTOR LIDIO JARA MARTÍNEZ, hecho ocurrido el día 16 de septiembre de 1973. Con el fin de asegurar la comparecencia de los procesados, despáchese orden de aprehensión a través de la Brigada Investigadora de Delitos contra los Derechos Humanos de la Policía de Investigaciones, en contra de: Hugo Hernán Sánchez Marmonti, Roberto Federico Souper Onfray, Rául Aníbal Jofré González, Edwin Armando Roger Dimter Bianchi, Nelson Edgardo Haase Mazzei, Ernesto Luis Bethke Wulf y Pedro Pablo Barrientos Núñez. Hecho, dése orden de ingreso en contra de los mencionados, en calidad de procesados en libre plática, al Batallón de Policía Militar N° 1 “Santiago” del Ejército de Chile. Asimismo, despáchese orden de captura internacional a través de O.C.N. Interpol Santiago, en contra de Pedro Pablo Barrientos Núñez. Notifíqueseles personalmente a los encausados, y, en su oportunidad, identifíqueseles y agréguense sus extractos de filiación.
  • 12. Asimismo, infórmeseles a los procesados, que deberán designar abogado que los represente bajo apercibimiento de designárseles el abogado de turno, si no lo hicieren en el acto de la notificación o dentro de tercero día. Encontrándose el procesado Pedro Pablo Barrientos Núñez, ausente y fuera del territorio nacional, desígnesele como apoderado en este proceso, a la abogada de turno en lo criminal de la Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago, del mes de diciembre de 2012, Doña Denisse Alejandra Barraza Díaz, domiciliada para estos efectos en Walker Martínez N° 690, comuna de La Florida, Santiago, a objeto que asuma la defensa del referido encausado. Cítesele, a través del receptor de turno en lo criminal de la Iltma. Corte de Apelaciones del presente mes, a primera audiencia, a fin de notificarle la presente resolución. Practíquense las designaciones legales. No constando en autos la existencia de bienes por parte de los procesados, no se da cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 380 del Código de Procedimiento Penal. ROL N° 108.496-MG RESOLVIÓ DON MIGUEL VAZQUEZ PLAZA, MINISTRO EN VISITA EXTRAORDINARIA. En Santiago, a veintiséis de diciembre dos mil doce, notifiqué por el Estado Diario la resolución que antecede.