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COMERCIO
ELECTRÓNICO Y
  ASPECTOS
  JURÍDICOS
2
    SEGURIDAD JURÍDICA EN EL
    COMERCIO ELECTRÓNICO
    RIESGOS EN EL E-COMMERCE
    MARCO JURÍDICO
Problemática

Existen muchos vacíos legislativos en el ámbito de
Internet, especialmente en lo que al contenido
generado por usuarios se refiere.
• El acceso a la información no está regulado.
• La propiedad intelectual y los derechos de
copyright se han visto muy afectados.

• Las prácticas y procesos de las empresas no
son regulados ni monitoreados.

• El control hasta ahora ha estado en manos de
los usuarios, y es difícil que lo quieran ceder.     3
Delimitación del Problema

•   Costumbres del comercio tradicional y del e-
    commerce son ddiferentes.
•   Redes sociales y sus implicaciones jurídicas
    ‣ La protección de datos personales
    ‣ El uso inadecuado de las redes sociales
    ‣ El uso de las relaciones interpersonales para
      la comercialización (marketing viral)
    ‣ Insufiente seguridad.
    ‣ Cultura Informática de los internautas
    ‣ ¿Cómo lesgislar el comercio electrónico?
                                                      4
MARCO JURÍDICO
                      Comercio Electrónico
6




       PRINCIPIOS GENERALES.
       FIRMAS ELECTRÓNICAS.       CONTRATACION
       CERTIFICADOS DE FIRMA       ELECTRÓNICA Y
        ELECTRÓNICA.                TELEMÁTICA.
       ENTIDADES DE               NOTIFICACIONES
        CERTIFICACION DE            ELECTRÓNICAS
        INFORMACIÓN.               INFRACCIONES
                                    INFORMÁTICAS.
LEY DE COMERCIO ELECTRÓNICO, FIRMAS
  ELECTRÓNICAS Y MENSAJES DE DATOS
a.-     Antecedentes - Considerando:
1) “Que el uso de sistemas de información y de redes
electrónicas, incluida la Internet ha adquirido importancia
para el desarrollo del comercio y la producción,
permitiendo la realización y concreción de múltiples
negocios de trascendental importancia, tanto para el
sector público como para el sector privado”;
2) “Que a través del servicio de redes electrónicas,
incluida la Internet se establecen relaciones económicas
y de comercio, y se realizan actos y contratos de carácter
civil y mercantil que es necesario normarlos, regularlos y
controlarlos, mediante la expedición de una Ley
especializada sobre la materia”
LEY DE COMERCIO ELECTRÓNICO, FIRMAS
  ELECTRÓNICAS Y MENSAJES DE DATOS
b.- Título Preliminar
1) Art. 1.- Objeto de la Ley.- Esta Ley regula los mensajes
de datos, la firma electrónica, los servicios de
certificación, la contratación electrónica y telemática, la
prestación de servicios electrónicos, a través de redes de
información, incluido el comercio electrónico y la
protección a los usuarios de estos sistemas.
2) Art. 2.- Reconocimiento jurídico de los mensajes de
datos.- Los mensajes de datos tendrán igual valor
jurídico que los documentos escritos. Su eficacia,
valoración y efectos se someterá al cumplimiento de lo
establecido en esta Ley y su reglamento.
3) Art. 4.- Propiedad Intelectual.- Los mensajes de datos
estarán sometidos a las leyes, reglamentos y acuerdos
internacionales relativos a la propiedad intelectual.
LEY DE COMERCIO ELECTRÓNICO, FIRMAS
  ELECTRÓNICAS Y MENSAJES DE DATOS
4) Art. 5.- Confidencialidad y reserva.- Se establecen los
principios de confidencialidad y reserva para los mensajes de
datos, cualquiera sea su forma, medio o intención. Toda violación
a estos principios, principalmente aquellas referidas a la intrusión
electrónica, transferencia ilegal de mensajes de datos o violación
del secreto profesional, será sancionada conforme a lo dispuesto
en esta Ley y demás normas que rigen la materia.
5) Art. 9.- Protección de datos.- Para la elaboración, transferencia
o utilización de bases de datos, obtenidas directa o
indirectamente del uso o transmisión de mensajes de datos, se
requerirá el consentimiento expreso del titular de éstos, quien
podrá seleccionar la información a compartirse con terceros.
6) La recopilación y uso de datos personales responderá a los
derechos      de    privacidad,   intimidad    y   confidencialidad
garantizados por la Constitución Política de la República y esta
ley, los cuales podrán ser utilizados o transferidos únicamente
con autorización del titular u orden de autoridad competente.
LEY DE COMERCIO ELECTRÓNICO, A NIVEL
              MUNDIAL

COMISIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS PARA EL
  DERECHO MERCANTIL INTERNACIONAL
                (CNUDMI)
Principal órgano jurídico del sistema de las Naciones
Unidas en el ámbito del derecho mercantil internacional.
Órgano jurídico de composición universal, dedicado a la
reforma de la legislación mercantil a nivel mundial
durante más de 40 años. La función de la CNUDMI
consiste en modernizar y armonizar las reglas del
comercio internacional.
El comercio acelera el crecimiento, mejora el nivel de
vida, crea nuevas oportunidades. Con el objetivo de
incrementar estas oportunidades en todo el mundo, la
CNUDMI formula normas modernas, equitativas y
armonizadas para regular las operaciones comerciales.
LEY DE COMERCIO ELECTRÓNICO, A NIVEL
              MUNDIAL

Las actividades de la CNUDMI son principalmente las
siguientes:
 La elaboración de convenios, leyes modelo y normas
  aceptables a escala mundial
 La preparación de guías jurídicas y legislativas y la
  formulación de recomendaciones de gran valor práctico
 La   presentación de información actualizada sobre
  jurisprudencia referente a los instrumentos y normas de
  derecho mercantil uniforme y sobre su incorporación al
  derecho interno
 La prestación de asistencia técnica en proyectos de
  reforma de la legislación
 La organización de seminarios regionales y nacionales
  sobre derecho mercantil uniforme
LEY DE COMERCIO ELECTRÓNICO, A NIVEL
              MUNDIAL
La ley 527 toma como base la Ley Modelo sobre
Comercio electrónico elaborada por la UNCITRAL y
aprobada por la Asamblea General de la ONU en 1996,
ella establece:
"COMERCIO ELECTRÓNICO comprende todas aquellas
transacciones comerciales, nacionales e internacionales,
que se realizan por medio del intercambio electrónico de
datos y por otros medios de comunicación, en los que se
usan métodos de comunicación y almacenamiento de
información substitutivos de los que usan papel"
PRINCIPIOS GENERALES
                       Comercio Electrónico
13




        Reconocimiento jurídico: Se reconoce validez
         jurídica a los MENSAJES DE DATOS y se los
         equipara a los documentos en soporte material.
              EQUIVALENCIA FUNCIONAL
        Confidencialidad y reserva: Se sanciona su
         violación. Art. 5
        Información escrita.- Art. 6 de la Ley 67
        Información original: Art. 7 íbidem.
BASES DE SEGURIDAD
              Comercio Electrónico
14




                  CONFIDENCIALID
                        AD




     AUTENTICID   SEGURIDAD        INTEGRIDA
        AD                             D



                       NO
                     REPUDIO
FIRMA ELECTRÓNICA
                      Aspectos Legales
15


        Conjunto de datos en formato electrónico
         que identifican y relacionan al titular de la
         firma con el mensaje de datos.
        Tiene igual validez y efectos jurídicos que
         una firma manuscrita.
        Para su validez reunirá 5 requisitos, sin
         perjuicio del acuerdo que pudieran llegar
         las partES.
FIRMA ELECTRÓNICA
         COMO FUNCIONA
16
FIRMA ELECTRÓNICA
                ENTIDADES DE CERTIFICACIÓN
17



     Entidades de Certificación de información.-
     Son las empresas unipersonales o personas
     jurídicas que emiten certificados de firma
     electrónica y pueden prestar otros servicios
     relacionados   con   la  firma   electrónica,
     autorizadas por el Consejo Nacional de
     TelecomunicacionES
INQUIETUDES-PREGUNTAS-
18
     COMENTARIOS
     Comercio electrónico

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Aspectos legales del Comercio electrónico

  • 1. COMERCIO ELECTRÓNICO Y ASPECTOS JURÍDICOS
  • 2. 2 SEGURIDAD JURÍDICA EN EL COMERCIO ELECTRÓNICO RIESGOS EN EL E-COMMERCE MARCO JURÍDICO
  • 3. Problemática Existen muchos vacíos legislativos en el ámbito de Internet, especialmente en lo que al contenido generado por usuarios se refiere. • El acceso a la información no está regulado. • La propiedad intelectual y los derechos de copyright se han visto muy afectados. • Las prácticas y procesos de las empresas no son regulados ni monitoreados. • El control hasta ahora ha estado en manos de los usuarios, y es difícil que lo quieran ceder. 3
  • 4. Delimitación del Problema • Costumbres del comercio tradicional y del e- commerce son ddiferentes. • Redes sociales y sus implicaciones jurídicas ‣ La protección de datos personales ‣ El uso inadecuado de las redes sociales ‣ El uso de las relaciones interpersonales para la comercialización (marketing viral) ‣ Insufiente seguridad. ‣ Cultura Informática de los internautas ‣ ¿Cómo lesgislar el comercio electrónico? 4
  • 5.
  • 6. MARCO JURÍDICO Comercio Electrónico 6  PRINCIPIOS GENERALES.  FIRMAS ELECTRÓNICAS.  CONTRATACION  CERTIFICADOS DE FIRMA ELECTRÓNICA Y ELECTRÓNICA. TELEMÁTICA.  ENTIDADES DE  NOTIFICACIONES CERTIFICACION DE ELECTRÓNICAS INFORMACIÓN.  INFRACCIONES INFORMÁTICAS.
  • 7. LEY DE COMERCIO ELECTRÓNICO, FIRMAS ELECTRÓNICAS Y MENSAJES DE DATOS a.- Antecedentes - Considerando: 1) “Que el uso de sistemas de información y de redes electrónicas, incluida la Internet ha adquirido importancia para el desarrollo del comercio y la producción, permitiendo la realización y concreción de múltiples negocios de trascendental importancia, tanto para el sector público como para el sector privado”; 2) “Que a través del servicio de redes electrónicas, incluida la Internet se establecen relaciones económicas y de comercio, y se realizan actos y contratos de carácter civil y mercantil que es necesario normarlos, regularlos y controlarlos, mediante la expedición de una Ley especializada sobre la materia”
  • 8. LEY DE COMERCIO ELECTRÓNICO, FIRMAS ELECTRÓNICAS Y MENSAJES DE DATOS b.- Título Preliminar 1) Art. 1.- Objeto de la Ley.- Esta Ley regula los mensajes de datos, la firma electrónica, los servicios de certificación, la contratación electrónica y telemática, la prestación de servicios electrónicos, a través de redes de información, incluido el comercio electrónico y la protección a los usuarios de estos sistemas. 2) Art. 2.- Reconocimiento jurídico de los mensajes de datos.- Los mensajes de datos tendrán igual valor jurídico que los documentos escritos. Su eficacia, valoración y efectos se someterá al cumplimiento de lo establecido en esta Ley y su reglamento. 3) Art. 4.- Propiedad Intelectual.- Los mensajes de datos estarán sometidos a las leyes, reglamentos y acuerdos internacionales relativos a la propiedad intelectual.
  • 9. LEY DE COMERCIO ELECTRÓNICO, FIRMAS ELECTRÓNICAS Y MENSAJES DE DATOS 4) Art. 5.- Confidencialidad y reserva.- Se establecen los principios de confidencialidad y reserva para los mensajes de datos, cualquiera sea su forma, medio o intención. Toda violación a estos principios, principalmente aquellas referidas a la intrusión electrónica, transferencia ilegal de mensajes de datos o violación del secreto profesional, será sancionada conforme a lo dispuesto en esta Ley y demás normas que rigen la materia. 5) Art. 9.- Protección de datos.- Para la elaboración, transferencia o utilización de bases de datos, obtenidas directa o indirectamente del uso o transmisión de mensajes de datos, se requerirá el consentimiento expreso del titular de éstos, quien podrá seleccionar la información a compartirse con terceros. 6) La recopilación y uso de datos personales responderá a los derechos de privacidad, intimidad y confidencialidad garantizados por la Constitución Política de la República y esta ley, los cuales podrán ser utilizados o transferidos únicamente con autorización del titular u orden de autoridad competente.
  • 10. LEY DE COMERCIO ELECTRÓNICO, A NIVEL MUNDIAL COMISIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS PARA EL DERECHO MERCANTIL INTERNACIONAL (CNUDMI) Principal órgano jurídico del sistema de las Naciones Unidas en el ámbito del derecho mercantil internacional. Órgano jurídico de composición universal, dedicado a la reforma de la legislación mercantil a nivel mundial durante más de 40 años. La función de la CNUDMI consiste en modernizar y armonizar las reglas del comercio internacional. El comercio acelera el crecimiento, mejora el nivel de vida, crea nuevas oportunidades. Con el objetivo de incrementar estas oportunidades en todo el mundo, la CNUDMI formula normas modernas, equitativas y armonizadas para regular las operaciones comerciales.
  • 11. LEY DE COMERCIO ELECTRÓNICO, A NIVEL MUNDIAL Las actividades de la CNUDMI son principalmente las siguientes:  La elaboración de convenios, leyes modelo y normas aceptables a escala mundial  La preparación de guías jurídicas y legislativas y la formulación de recomendaciones de gran valor práctico  La presentación de información actualizada sobre jurisprudencia referente a los instrumentos y normas de derecho mercantil uniforme y sobre su incorporación al derecho interno  La prestación de asistencia técnica en proyectos de reforma de la legislación  La organización de seminarios regionales y nacionales sobre derecho mercantil uniforme
  • 12. LEY DE COMERCIO ELECTRÓNICO, A NIVEL MUNDIAL La ley 527 toma como base la Ley Modelo sobre Comercio electrónico elaborada por la UNCITRAL y aprobada por la Asamblea General de la ONU en 1996, ella establece: "COMERCIO ELECTRÓNICO comprende todas aquellas transacciones comerciales, nacionales e internacionales, que se realizan por medio del intercambio electrónico de datos y por otros medios de comunicación, en los que se usan métodos de comunicación y almacenamiento de información substitutivos de los que usan papel"
  • 13. PRINCIPIOS GENERALES Comercio Electrónico 13  Reconocimiento jurídico: Se reconoce validez jurídica a los MENSAJES DE DATOS y se los equipara a los documentos en soporte material. EQUIVALENCIA FUNCIONAL  Confidencialidad y reserva: Se sanciona su violación. Art. 5  Información escrita.- Art. 6 de la Ley 67  Información original: Art. 7 íbidem.
  • 14. BASES DE SEGURIDAD Comercio Electrónico 14 CONFIDENCIALID AD AUTENTICID SEGURIDAD INTEGRIDA AD D NO REPUDIO
  • 15. FIRMA ELECTRÓNICA Aspectos Legales 15  Conjunto de datos en formato electrónico que identifican y relacionan al titular de la firma con el mensaje de datos.  Tiene igual validez y efectos jurídicos que una firma manuscrita.  Para su validez reunirá 5 requisitos, sin perjuicio del acuerdo que pudieran llegar las partES.
  • 16. FIRMA ELECTRÓNICA COMO FUNCIONA 16
  • 17. FIRMA ELECTRÓNICA ENTIDADES DE CERTIFICACIÓN 17 Entidades de Certificación de información.- Son las empresas unipersonales o personas jurídicas que emiten certificados de firma electrónica y pueden prestar otros servicios relacionados con la firma electrónica, autorizadas por el Consejo Nacional de TelecomunicacionES
  • 18. INQUIETUDES-PREGUNTAS- 18 COMENTARIOS Comercio electrónico