3. Órganos Intermedios
Como parte de una filosofía de administración y
control corporativo basada en la existencia de
órganos colegiados y de puestos directivos que
participen en la administración y toma de
decisiones más informadas, la Bolsa Mexicana de
Valores ha establecido los siguientes órganos
intermedios del Consejo de Administración, los
cuales sirven como apoyo para el desempeño de
sus actividades en el mercado de valores
4. El Comité de Auditoría es un órgano delegado del
Consejo de Administración de la Sociedad para
desempeñar las funciones en materia de auditoría a
que se refiere la Ley del Mercado de Valores y
coordinar las actividades tendientes a la correcta
evaluación de riesgos de la Sociedad y de las
personas morales que controle, con la colaboración
de auditoría interna, las áreas involucradas y, en su
caso, el apoyo de asesores externos.
COMITÉ DE AUTIDORIA
5. El Comité de Auditoría tiene como
principales facultades las siguientes
Dar opinión al Consejo de Administración sobre los asuntos que le competan conforme a la Ley del Mercado de
Valores y disposiciones generales que emanen de la misma
Evaluar el desempeño de la persona moral que proporcione los servicios de auditoría externa, así como
analizar el dictamen, opiniones, reportes o informes que elabore y suscriba el auditor externo.
Discutir los estados financieros de la Sociedad con las personas responsables de su elaboración y revisión, y
con base en ello recomendar o no al Consejo de Administración su aprobación.
Informar al propio Consejo la situación que guarda el sistema de control interno y auditoría interna de la Sociedad o
de las personas morales que ésta controle, incluyendo las irregularidades que, en su caso, detecte.
6. Solicitar la opinión de expertos independientes en los casos en que lo juzgue conveniente, para el adecuado desempeño de
sus funciones o cuando conforme a la citada Ley o disposiciones de carácter general se requiera.
Requerir a los directivos relevantes y demás empleados de la Sociedad o de las personas morales que ésta controle,
reportes relativos a la elaboración de la información financiera y de cualquier otro tipo que estime necesaria para el
ejercicio de sus funciones.
Investigar los posibles incumplimientos de los que tenga conocimiento, a las operaciones, lineamientos y políticas de
operación, sistema de control interno y auditoría interna y registro contable, ya sea de la propia Sociedad o de las
personas morales que ésta controle, para lo cual deberá realizar un examen de la documentación, registros y demás
evidencias comprobatorias, en el grado y extensión que sean necesarios para efectuar dicha vigilancia.
Vigilar que el Director General dé cumplimiento a los acuerdos de las Asambleas de Accionistas y del Consejo de
Administración de la Sociedad, conforme a las instrucciones que, en su caso, dicte la propia Asamblea o el referido Consejo.
7. Comité de Prácticas Societarias
El Comité de Prácticas Societarias es un órgano delegado del
Consejo de Administración de la Sociedad para desempeñar
las actividades en materia de prácticas societarias que
establece la Ley del Mercado de Valores, asimismo analizará y
evaluará las operaciones en las que la Sociedad tenga un
conflicto de interés
8. Comité de Admisión de Miembros
El Comité de Admisión de Miembros es un órgano delegado
del Consejo de Administración de la Sociedad, cuyo objeto es
evaluar y, en su caso, aprobar la admisión de cualquier
intermediario financiero que pretenda operar a través de los
sistemas de negociación de la Sociedad en términos de lo
previsto por la Ley del Mercado de Valores.
9. Comité de Listado de Valores de
Emisoras
El Comité de Listado de Valores de Emisoras (antes Comité de
Inscripción de Valores) es un órgano delegado del Consejo de
Administración de la Sociedad, cuyo objeto es evaluar y, en su
caso, aprobar la admisión y listado de valores de emisoras en
la Sociedad, en los términos previstos en la Ley del Mercado
de Valores.
10. Comité de Vigilancia
El Comité de Vigilancia es un órgano delegado del Consejo de Administración
de la Sociedad, cuyo objeto consiste en coordinar las funciones de vigilancia
del mercado a cargo de la Sociedad, incluyendo la integración e investigación
de los casos de presuntas violaciones a las normas autor regulatorias que
emita la Sociedad, a las disposiciones de su Reglamento Interior y demás
ordenamientos de la Bolsa Mexicana de Valores, cometidas por las personas
obligadas conforme a tales disposiciones.
11. Comité Disciplinario
El Comité Disciplinario es un órgano delegado del Consejo de Administración
de la Sociedad para el ejercicio de sus facultades disciplinarias y, por ende,
conocer y resolver sobre los casos de presuntas violaciones a las Normas
Autor regulatorias que emita la Sociedad, a las disposiciones de su
Reglamento Interior y demás ordenamientos de la Bolsa Mexicana de Valores,
cometidas por las personas obligadas conforme a dichas disposiciones e
imponer las sanciones correspondientes de resultar procedente.
12. Comité Normativo
El Comité Normativo es un órgano delegado del
Consejo de Administración de la Sociedad, para el
ejercicio de sus facultades normativas y, por ende,
establecer y mantener actualizado un marco
normativo de carácter autorregulatorio.
13. Comité Técnico de Metodologías de
Índices
El Comité Técnico de Metodologías de Índices es un
órgano auxiliar de la Sociedad, para analizar, determinar y
aprobar las metodologías de cálculo y revisión de los
indicadores de mercado de la Bolsa Mexicana de Valores,
así como sus procedimientos y reglas de mantenimiento.
14. Comité de Tecnología
El Comité de Tecnología es un órgano de apoyo
del Consejo de Administración, cuyo objeto es
primordialmente desempeñar las actividades
consultivas y de asesoría en materia tecnológica.
15. Participar en el Mercado
Para realizar la oferta pública y colocación de los valores, la
empresa acude a una casa de bolsa que los ofrece (mercado
primario) al gran público inversionista en el ámbito de la Bolsa
Mexicana. De ese modo, los emisores reciben los recursos
correspondientes a los valores que fueron adquiridos por
los inversionistas.
16. Una vez colocados los valores entre
los inversionistas en el mercado bursátil, éstos
pueden ser comprados y vendidos (mercado
secundario) en la Bolsa Mexicana, a través de
una casa de bolsa
17. El público inversionista canaliza sus órdenes de compra o venta de acciones a través
de un promotor de una casa de bolsa. Estos promotores son especialistas registrados
que han recibido capacitación y han sido autorizados por la CNBV. Las ordenes de
compra o venta son entonces transmitidas de la oficina de la casa de bolsa al mercado
bursátil a través del sofisticado Sistema Electrónico de Negociación, Transacción,
Registro y Asignación (BMV-SENTRA Capitales) donde esperarán encontrar una oferta
igual pero en el sentido contrario y así perfeccionar la operación.
18. Una vez que se han adquirido acciones o títulos de deuda, se
puede monitorear su desempeño en los periódicos
especializados, o a través de los sistemas de información
impresos y electrónicos de la propia Bolsa Mexicana de
Valores así como en el SiBOLSA.
19. ¿Cuál es la importancia de una bolsa
de valores para un país?
Las bolsas de valores de todo el mundo son instituciones que las
sociedades establecen en su propio beneficio. A ellas acuden
los inversionistas como una opción para tratar de proteger y
acrecentar su ahorro financiero, aportando los recursos que, a su vez,
permiten, tanto a las empresas como a los gobiernos, financiar
proyectos productivos y de desarrollo, que generan empleos y riqueza.
20. Las bolsas de valores son mercados organizados que
contribuyen a que esta canalización de financiamiento se
realice de manera libre, eficiente, competitiva, equitativa y
transparente, atendiendo a ciertas reglas acordadas
previamente por todos los participantes en el mercado.
En este sentido, la Bolsa Mexicana ha fomentado el desarrollo
de México, ya que, junto a las instituciones del sector
financiero, ha contribuido a canalizar el ahorro hacia la
inversión productiva, fuente del crecimiento y del empleo en
el país.