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ESTIMADOS ALUMNOS:
Es un gusto para mí darles la bienvenida a La cátedra de Informática Jurídica a los alumnos de
la Carrera de Abogacía de la Facultad de Ciencias Sociales de la Universidad Gastón Dachary,
esperando que el encuentro que se producirá en el presente cuatrimestre, sirva para ampliar
el marco de conocimiento de a informática aplicada al campo del Derecho, continuando con
los que se adquirieran en las demás ramas del derecho con las que ésta materia se relaciona.Bienvenidos además al mundo globa, es decir a la Era Digital, en que nos encontramos
inmersos. Esta nueva cosmovisión del siglo XXI conmueve a la materia que hoy empiezan a
estudiar en la cual profundizaran el andamiaje.Solo el deseo de aprender y la energía y el entusiasmo que conlleva insita la juventud le
permitirán alcanzar los umbrales mínimos del conocimiento de este nuevo peldaño del
derecho que será de trascendente importancia en vuestro ejercicio profesional.Mi misión será guiarlos hasta que se autoabastezcan.Pero un guía sin personas comprometidas que sigan estos nuevos caminos no podrá alcanzar
sus cometidos, por eso los insto a tomar su mochilla de responsabilidad para asumir juntos el
logro común que el saber nos requiere.Las Universidades dan libertad porque es ahí el lugar donde se expresan las ideas, les aconsejo
que dejen su marca en la historia de está Universidad.Simplemente les dejo estás palabras para que puedan dejar una enseñanza en vosotros:
"ESTUDIAR, DISFRUTAR Y PERSEVERAR, ESAS SON LAS CLAVES DE LA VIDA UNIVERSITARIA
QUE HOY INICIAN", Y COMO LES DIJE UNA VEZ: "LA RESPONSABILIDAD DE ESTUDIAR SÓLO
SERÁ DE USTEDES".DR. OMAR E. DUARTE
PROFESOR A CARGO DE LA CÁTEDRA
INFORMÁTICA JURÍDICA
SEDE ELDORADO
Informática Jurídica.
CONCEPTO DE INFORMÁTICA JURÍDICA
La Informática jurídica consiste en una ciencia que forma parte de la Informática, es la especie
en el género, y se aplica sobre el Derecho; de manera que, se dé el tratamiento lógico y
automático de la información legal.
Es una ciencia que estudia la utilización de los recursos informáticos (hardware y software)
para la mejora de los procesos –análisis, investigación y gestión- en el ámbito jurídico.
No es una rama del derecho. Su temática es fundamentalmente tecnológica y carece de
contenido jurídico.
La informática jurídica consiste en el uso de software y hardware informático como
instrumentos del derecho, y nace cuando las computadoras evolucionan de ser máquinas que
sólo facilitan el procesamiento de números a ser máquinas que posibilitan el almacenamiento
y manipulación de textos.
Origen y Evolución
La primera aplicación de una máquina de cálculo al ambiente jurídico se realizó en la Cámara
de Representante del estado de Ohio (EE.UU.) en 1938, con el uso de una máquina de tarjetas
perforadas para el control y seguimiento de las iniciativas de ley presentadas.
La Informática Jurídica tuvo su comienzo cuando en los años cincuenta se desarrollan las
primeras investigaciones para buscar la recuperación de documentos jurídicos en forma
automatizada. De esta manera, se comienzan a utilizar las computadoras u ordenadores ya no
para trabajos matemáticos, sino también para los lingüísticos. Fue en la Universidad de
Pittsburg, Pennsylvania, a través del Health Law Center, donde el director llamado John Horty
concibió la idea de crear un mecanismo a través del cual se pudiera tener acceso a la
información legal de manera automatizada.
Para el año 1.959, el mencionado centro de la Universidad de Pennsylvania colocó
losordenamientos jurídicos de Pennsylvania en cintas magnéticas. Este fue el Estado donde
nace la recopilación legal Informática, que fue demostrada al año siguiente, es decir, en 1.960,
ante la Asociación Americana de Abogados en su reunión anual en la Capital de los Estados
Unidos,
Washington, D.C.A raíz de esta gran inventiva, la Corporación de Sistemas Aspen rediseñó el
mencionado sistema legal automatizado y posteriormente lo explotó comercialmente. Fue de
esta forma, como la automatización de los ordenamientos legales de ese país fueron tomando
cabida. En 1.966, doce Estados de Estados Unidos tenían este sistema y para 1.968, cincuenta
Estados de ese mismo país lo acogieron.
Otro logro para el desarrollo de la Informática jurídica, se puede conseguir también en el
Health Law Center antes mencionado, a través de un sistema que se llamó Lite (Legal
Transformation Through Electronics), hoy llamado Flite (Federal Legal Transformation Through
Electronics), que consiste en la información legal Federal a través de computadoras,
desarrollado bajo contrato con la Fuerza Aérea Norteamericana en el año 1.969.La década de
los sesenta constituye el inicio del desarrollo de varios sistemas. Además de los mencionados
anteriormente como el sistema Aspen y el Lite (hoy Flite), surgen otros sistemas como por
ejemplo:
En 1.964 la Corporación Americana de Recuperación de Datos comenzó a explotar
comercialmente sistemas de procesamientos de datos legislativos.
En 1.967 aproximadamente, la Corporación de Investigación Automatizada de la Barra de Ohio,
desarrolló sistemas enfocados hacia los abogados litigantes, llamado sistema OBAR. Sin
embargo, los trabajos referidos a este sistema fueron continuados en 1.970 por Mead Data
Central, que explotó comercialmente en 1.973 el sistema LEXIS como sucesor de OBAR.
Por otro lado, la famosa IBM, fue expandiéndose en el área de recuperación de documentos,
al punto de que en Washington, D.C., se empezó a utilizar el sistema de procesamientos de
documentos de la IBM, llamado IBM- TEXTPAC. La IBM desarrolló otro sistema llamado STAIRS,
que fue acogido por otros Estados de Estados Unidos.
CLASIFICACIÓN DE LA INFORMÁTICA JURÍDICA
En general se ocupa de dar soporte a la administración y gestión de las entidades. Entre sus
aplicaciones podemos encontrar programas para el seguimiento de casos y expedientes,
control de archivos, control de clientes y facturación, avisos y notificaciones, agenda de tareas,
cálculos de impuestos y honorarios, formularios electrónicos, confección automatizada de
documentos, y otros.
La Informática Jurídica se clasifica para su estudio en:
 Informática Jurídica Documental, que consiste en la creación, almacenamiento y
recuperación de información jurídica como leyes, doctrina, jurisprudencia, documentos
administrativos, contratos y convenios, expedientes judiciales, notariales y registrales.
Existen 3 métodos de búsqueda de información documental:
Full-Text: el criterio de búsqueda es aplicado a todo el texto. Implica un mayor uso de recursos
de procesamiento, y el resultado es completo.
Keywords: el criterio de búsqueda es aplicado a un conjunto de palabras claves que se
almacenan con el texto. Implica un uso económico de recursos de procesamiento, pero el
resultado es menos completo.
Abtract: el criterio de búsqueda es aplicado sobre el resumen del texto. Es un método que se
posiciona entre los dos anteriores, ya que podríamos decir que usa keywords ampliadas, o fulltext restringido, y su ubicación también es intermedia tanto en uso de recursos como en la
calidad de los resultados.
 Informática jurídica gestión y control: se compone de programas a través de los cuales se
de
asiste en la realización de actos y gestiones de tipo jurídicos, como contratos, certificaciones,
mandatos judiciales. Fue en este sentido como nace la Informática jurídica de gestión y
control, para posteriormente buscar el desarrollo de actividades jurídico adjetivas. De acuerdo
al uso profesional que se le de, la informática de gestión y control puede subclasificarse en:
 Informática Registral: es la que la Administración Pública a lica para eltratamiento
p
electrónico de información catalogada a su cargo. Es una clasificaciónque se posee
características de la modalidad documental y la de gestión, ya que implica el almacenamiento
de información pero también su actualización.
 Informáica Parlamentaria: se aplica al campo de la organización yfuncionamiento de las
t
cámaras parlamentarias, en tareas como información legislativa, diario de debates,
bibliografía, hemerografía, control de gestión de proyectos, control de legislación a partir de su
relación para determinar derogaciones, publicidad de los actos de gobierno, entre otros.
Informática de Gestión de Estudios Jurídicos: administra la gestión del estudio jurídico,
agilizando los procesos. Administra, entre otros aspectos, la agenda de plazos; los casos; la
agenda de clientes; la facturación y cobranza; el procesamiento de textos; la consulta de
legislación, doctrina y jurisprudencia; y la administración de recursos humanos.
 Informática Notarial: con características compartidas conla gestión de estudios jurídicos,
pero orientado a la generación de documentos y la interacción con la informática Registral.
 Informática Jurídica Decisoria o Metadocumental, a través de la cual se ayuda o apoya en la
toma de decisiones, a través de sistemas de inteligencia artificial que brinden soluciones a
ciertas problemáticas jurídicas. Por ejemplo, mediante procesos de inteligencia artificial
pueden redactarse documentos partiendo de pocas premisas, y corregirse errores ortográficos
y gramaticales.
En un aspecto más avanzado, la inteligencia artificial, materializada a través de
sistemasexpertos que estructuran conocimientos especializados, obtienen conclusiones a
partir de la
información que se les suministra –generalmente bajo la modalidad “pregunta-respuesta”-,
facilitando la toma de decisiones.
El sistema experto puede ser esquematizado como un sistema que contiene:
 Una base de conocimientos
–base de datos- en la cual abrevar.
 Un esquema de reglas de razonamiento.
 Una interfaz de comun
icación, el cual puede incluir un limitado lenguaje propietario
para que el usuario y el sistema se comuniquen.
En la actualidad la informática jurídica decisioria es incipiente, y provee medios para ayudar
al decidor humano, sin reemplazarlo.
LA INFORMÁTICA JURÍDICA DOCUMENTAL. NOCIONES GENERALES
La Informática Jurídica Documentaria constituye el área más antigua de la informática jurídica;
radicando sus orígenes en los trabajos de John Horty en la Universidad de Pittsburg..
Esta parte de la informática jurídica se desarrolla con la finalidad de expandir los sistemas de
documentación automatizada, por cuanto es evidente en la actualidad que los campos de
conocimientos reflejados en textos; es decir, en volúmenes documentarios, ha crecido y
expandido tanto, que los métodos tradicionales de búsqueda documentaria han quedado
totalmente obsoletos.
Específicamente en el aspecto jurídico se ha dado un gran desarrollo y publicación de textos
referidos a leyes, los cuales han pasado a ser de carácter general para ser desarrollados
específicamente, aumentando su cantidad especialmente en los últimos veinte años.
En estos sistemas de informática jurídica documentaria se busca la creación de bancos de
datos jurídicos o llamado también corpus jurídico documentario; que se refiera a cualquier
fuente del derecho con la finalidad de poder establecer una relación entre el usuario y la
computadora, la cual se torna interactiva, haciendo posible de que el usuario interrogue o
enfoque palabras para que la computadora realice la función de búsqueda de las mismas.
Inicialmente, la función de la computadora a través de programas especiales estuvo muy
limitada, debido a que se comenzó utilizándolas como almacenamiento y recuperación de la
información. A medida de su evolución, se comenzó a instalar programas de búsqueda de
documentos pertinentes.
Los primeros sistemas de interrogación de bancos jurídicos fueron los sistemas llamados
Batch, los cuales permitían la búsqueda en los archivos de textos y palabras ordenadas
alfabéticamente, indicando como respuesta la dirección, archivo o archivos específicos donde
se pudiese obtener la información; posibilitando la consulta a través de la combinación de
palabras para hacer la búsqueda más determinada, e inclusive excluir información específica
de una general.
A través de los sistemas Batch se puede escribir por ejemplo: Informática, y de esta manera
muestra todos los documentos que traten este punto; pero si escribimos informática jurídica
(combinación de dos palabras), la búsqueda se hace más específica y entonces, ya mostrará
sólo los documentos que traten acerca de la informática jurídica. Pero, si resulta que el lector
desea información general de informática jurídica, pero no le interesa nada acerca de la
jurimetría, pues tipea: informática jurídica jurimetría (no), para que el programa de búsqueda
excluya toda la información referida a la jurimetría mas no a la informática jurídica en general.
De estos sistemas Batch se pasó a los on line, a través de los cuales con Internet, no sólo se
logran los propósitos de los sistemas Batch, sino que se extiende a espacios interactivos,
multimedia y programas especiales muy sofisticados como los de la inteligencia artificial,
específicamente los expertos artificiales y por consiguiente los expertos legales artificiales.
Para concluir este punto, destaca el autor que la finalidad de la informatización en un sistema
documentario jurídico trata acerca del desenvolvimiento, búsqueda y adquisición de manera
rápida y pertinente la información que previamente ha sido almacenada. Estas informaciones
almacenadas son las que constituyen el banco de datos, corpus o corpus jurídico.
2. Derecho Informático
Concepto y Diferencias con la Informática Jurídica
El derecho informático se define como un conjunto de principios y normas que regulan los
efectos jurídicos nacidos de la interrelación entre el Derecho y la informática.
El derecho informático es el conjunto de principios y normas que regulan los efectos jurídicos
nacidos de la interrelación de sujetos en el ámbito de la informática y sus derivaciones,
especialmente la tecnología de la información. Tecnología de la Información, como concepto
sociológico, se refiere a la utilización de múltiples medios para almacenar, procesar y difundir
todo tipo de información; generalmente a través de computadoras y otros dispositivos
electrónicos.
El concepto que engloba a esta definición es el de “sociedad de la información”. Tal es la
denominación dada a la sociedad actual, que ha reemplazado –como sucesora- a la sociedad
industrial; y en la cual la creación, distribución y manipulación de la información forman parte
importante de las actividades culturales y económicas.
Es por ello que podríamos establecer los siguientes términos en la ecuación cuya resultante es
el derecho informático: derecho + informática + sociedad de la información = derecho
informático.
Por otro lado hay definiciones que establecen que es una rama del derecho especializado en
el tema de la informática, sus usos, sus aplicaciones y sus implicaciones legales.
El término "Derecho Informático" (Rechtinformatik) fue acuñado por el Prof. Dr.
WilhelmSteinmüller, académico de la Universidad de Regensburg de Alemania, en los años
1970.1 Sin
embargo, no es un término unívoco, pues también se han buscado una serie de términos para
el Derecho Informático como Derecho Telemático, Derecho de las Nuevas Tecnologías,
Derecho de la Sociedad de laInformación, Iuscibernética, Derecho Tecnológico, Derecho del
Ciberespacio, Derecho de Internet, etc.
A diferencia de la informática jurídica, que es una rama de la informática dedicada a las
ciencias jurídicas, el derecho informático es una rama del derecho, que nace recientemente, y
cuya definición acabamos de ver.
Autonomía del Derecho InformáticoA fines de la década del sesenta y luego de cerca de diez
años de aplicaciones comerciales de los computadores, empezaron a surgir las primeras
inquietudes respecto a las eventuales repercusiones negativas motivadas por el fenómeno
informático y que requerían un tratamiento especial. Aparece entonces, una relación entre la
informática y el Derecho, distinta de la hasta entonces conocida informática jurídica, que
comenzó a ser distinguida como derecho informático o derecho de la informática, y que
actualmente se prefiere denominar Derecho de las Tecnologías de la Información y las
Comunicaciones. Este Derecho de la informática, como instrumento regulador en la sociedad
de la información, si bien no ha sido estudiado igual que la informática jurídica, yahay algunos
tratadistas que lo consideran como una categoría propia que obedece a sus reglas,
surgida como una inevitable respuesta social al fenómeno informático.
El carácter interdisciplinario que presenta como rasgo esencial el Derecho de la Informática ha
suscitado un debate entre quienes sostienen que se trataría de un sector de normas dispersas
de diferentes disciplinas jurídicas, y quienes creemos que constituye un conjunto unitario de
normas dirigidas a regular un objeto determinado, desde una metodología propia, es decir,
que gozaría de autonomía. Creemos que no le resta al Derecho de las Tecnologías de la
Información su carácter de disciplina independiente el hecho de que maneje materiales
suministrados por las otras ramas de la Ciencia del Derecho, ya que lo único determinante es
que debe sistematizar y reducir a unidad la pluralidad de elementos relacionados con el
impacto social del fenómeno informático, de modo de presentar así un sistema orgánico y
unitario que los comprenda a todos.
El desarrollo tecnológico es determinante para el surgimiento de esta nueva rama en una
sociedad, ya que en la medida en que se vaya incorporando en las labores de las personas, en
el trabajo, en la forma de comunicarse, el manejo de la información a través de los sistemas
informáticos hará surgir la necesidad en ese grupo social de regulación de conductas nuevas,
formándose una nueva rama autónoma.
El desarrollo de las tecnologías de la información y las comunicaciones es una fuente material
del Derecho, en la medida en que el uso de esta tecnología vaya generando conductas
nuevas, que deban ser recogidas y reguladas por el Derecho, y haya necesidad de hacerlo.
En relación a lo anterior, el carácter autónomo del derecho de la informática se desprende del
análisis de tres elementos: su objeto de estudio, su metodología específica y su sistema de
fuentes.
Objeto de estudio
El objeto inmediato de estudio lo constituye la tecnología informática, cuyas implicaciones
económicas, sociales, culturales y políticas son profundas y evidentes, por lo que el Derecho no
puede desatenderse de regularla y de captar adecuadamente dicha realidad.
Si la informática constituye el objeto inmediato, el objeto mediato o remoto del derecho de la
informática es la propia información. Ésta constituye un bien inmaterial, el producto
autónomo y previo a todo el procesamiento y transmisión que de ella pueda realizarse. Es una
noción abstracta vinculada a las libertades de opinión y expresión de informaciones e ideas por
cualquier medio.
La información representa una fuerza económica de importancia, destacando dos elementos
fundamentales dentro de las repercusiones económicas provocadas por ella. Primero, la gran
necesidad de ésta en la productividad y empleo. En segundo lugar, la capacidad de
almacenamiento, tratamiento, transmisión y sobre todo, utilización de la información como
elemento fundamental para la toma de decisiones con inevitables consecuencias económicas,
por parte de personas e instituciones tanto en el sector público como privado, están a la par
desde el punto de vista económico con elementos tales como la energía y las materias primas.
Bien lo señala Toru Moto Oka, uno de los inspiradores del Proyecto japonés de la Quinta
Generación: "la riqueza de las naciones que durante sus fases agrícola e industrial dependió de
la tierra, del trabajo y del capital, de los recursos naturales y de la acumulación monetaria, en
el futuro se basará en la información, en el conocimiento y en la inteligencia".
Sobre el particular, y a modo ilustrativo, hay valiosa información en una empresa en las bases
de datos nominativos o personales, que son aquellas que contienen datos de carácter personal
de personas naturales, que pueden referirse a clientes, proveedores, acreedores u otros, o
contener datos referidos a empresas, instituciones o a personas jurídicas; en los programas
computacionales; en los datos contables, pues para una empresa el conocimiento de la
información contable puede representar una ventaja para sus competidores, y por lo tanto,
también resulta valiosa; en la información comercial, ya que ella o los secretos comerciales
marcan la línea de actuación de una empresa y el dominio en que desarrolla su cometido,
siendo, por tanto, muy importante su seguridad frente a posibles filtraciones; en el caso de la
transferencia de tecnología se destaca en el "know how", es decir, el conocimiento técnico, de
carácter relativamente secreto, que tiene un valor económico y susceptible de ser objeto de
contratos o de operaciones mercantiles, debido a que los conocimientos que se adquieren a
través de años de investigación y desarrollo deben protegerse frente a quienes sin esa
inversión realizada en dinero y tiempo pretendan apropiarse de ella.
Todos estos diferentes tipos de información empresarial están expuestos a numerosos y
diferentes clases de riesgos, por ejemplo, las bases de datos nominativos sufren atentados
referidos a la intimidad de las personas; los programas computacionales están expuestos a la
piratería del software; los datos contables son objeto de fraudes informáticos; respecto a la
información comercial, difícilmente pueden evitarse los robos de secretos comerciales, debido
a la deslealtad de los empleados de la propia empresa; y por último, el "know how", fruto, en
muchas ocasiones, de considerables desembolsos económicos y de largo tiempo de estudio e
investigación, padecen el problema de la transferencia ilícita de tecnología.
Dada la importancia que revisten estos bienes en la “sociedad de la información” y el sustrato
físico o ámbito en el cual se producen los hechos, es decir, el sustrato tecnológico, el Derecho
Informático se convierte en una disciplina independiente, que debe abordar los temas con una
propia metodología de trabajo.
Metodología Específica:
En cuanto a la metodología específica, los problemas que plantea la informática y la telemática
exigen para su comprensión contar con específicas categorías conceptuales y metódicas aptas
para su interpretación.
Debido al carácter cambiante e innovador de la informática es más conveniente que su
disciplina normativa responda a una técnica legislativa de cláusulas o principios generales. Así,
al no tener estándares rígidos a partir de los cuales surge la reglamentación se evita la
necesidad de introducir variaciones constantes en las normas y permite a los órganos que las
aplican adaptar los principios a las situaciones que se presenten sucesivamente.
Fuentes:
Las normas jurídicas que integran el Derecho de las Tecnologías de la Información cuentan con
fuentes formales emanadas principalmente de la potestad legislativa y la jurisprudencial, sin
olvidar a la potestad normativa de los particulares en el caso de la contratación informática.
Tales formas de producción jurídica han llevado a la continua celebración de congresos y
seminarios sobre estos temas. Por ello, el papel de la doctrina es decisivo para la
sistematización y perfeccionamiento de las demás fuentes formales del Derecho de la
informática, ya que analiza el fenómeno informático de manera enriquecedora para que las
autoridades legislativas y jurisprudenciales elaboren leyes y jurisprudencia, y luego, las estudia
críticamente para descubrir sus eventuales lagunas, insuficiencias e imperfecciones.
Es importante destacar que el vertiginoso avance del objeto de estudio del Derecho
Informático determina que la importancia relativa de las fuentes sea notoriamente diferente a
las de otras ramas del derecho.
Avances tecnológicos y el Derecho
El contenido del Derecho de las Tecnologías de la información, basado en las problemáticas
más destacables y desarrolladas en la literatura nacional y extranjera, lo podemos estructurar
de la siguiente manera (haciendo presente que tales temas responden más a un orden
pedagógico que a uno doctrinal):
1. El valor probatorio de los soportes modernos de información, provocado por la dificultad en
la aceptación y apreciación de elementos de prueba derivados de estos soportes entre los
órganos jurisdiccionales.
2. La protección de datos personales, ante el manejo inapropiado de informaciones
nominativas que atentan contra derechos fundamentales de las personas.
3. Los delitos informáticos, es decir, la comisión de verdaderos actos ilícitos en los que se tenga
a los computadores como instrumentos o fines.
4. El flujo de datos transfronterizos, con el favorecimiento o restricción en la circulación de
datos a través de las fronteras nacionales.
5. La protección de los programas computacionales, como respuesta a los problemas
provocados por la piratería de software que atenta contra la propiedad intelectual.
6. Los contratos informáticos, en función de esta categoría contractual sui generis con
evidentes repercusiones fundamentalmente económicas.
7. La regulación de los bienes informacionales, en función del innegable carácter económico de
la información como producto informático.
8. La ergonomía informática, como aquellos problemas laborales suscitados por la
informatización de actividades.
3. Enseñanza del derecho ante las nuevas tecnologías
Visión en la forma de enseñar el derecho
Como ya se ha dicho, el derecho informático tiene un objeto de estudios dinámico y en
constante modificación; es por ello que el derecho a aplicar requiere una constante utilización
de la analogía, sin que esta analogía viole principios establecidos por la legislación, ya que la
analogía no se aplica sobre la norma, sino sobre el objeto; debido a que en tecnología las
mismas acciones pueden realizarse a través de diversos objetos. Como consecuencia
ineludible, el conocimiento de la tecnología es fundamental para poder aplicar la analogía en
forma correcta, y poder así legislar, abogar o juzgar de modo efectivo.
Sin hacer hincapié en las estructuras concretas, sino en el activo pensar y deducir, el profesor
llevará al alumno al desarrollo de la dialéctica jurídica; pues la multiplicidad de aspectos desde
el cual puede abordarse un caso en el cual la tecnología sea un elemento fundamental,
determina que sólo un análisis multifacético nos permitirá arribar a una solución correcta del
conflicto.
Desarrollo de habilidades informáticasComo herramienta asistente del conocimiento y la
dialéctica jurídica, las habilidades informáticas potencias notablemente el trabajo del jurista,
especialmente mediante el uso de las herramientas provistas por la informática jurídica, en
especial las bases documentales y los motores de búsqueda; y las herramientas de gestión.
En la actualidad, el uso de Internet generalizado no ha logrado aún que el uso de los motores
de búsqueda sea adecuado, y el desconocimiento del funcionamiento interno de los mismos,
al menos en sus conceptos básicos- derivan en un pobre aprovechamiento de una de las más
poderosas herramientas de esta sociedad de la información, es la “biblioteca infinita” que
alguna vez soñara Jorge Luis Borges.
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  • 1. ESTIMADOS ALUMNOS: Es un gusto para mí darles la bienvenida a La cátedra de Informática Jurídica a los alumnos de la Carrera de Abogacía de la Facultad de Ciencias Sociales de la Universidad Gastón Dachary, esperando que el encuentro que se producirá en el presente cuatrimestre, sirva para ampliar el marco de conocimiento de a informática aplicada al campo del Derecho, continuando con los que se adquirieran en las demás ramas del derecho con las que ésta materia se relaciona.Bienvenidos además al mundo globa, es decir a la Era Digital, en que nos encontramos inmersos. Esta nueva cosmovisión del siglo XXI conmueve a la materia que hoy empiezan a estudiar en la cual profundizaran el andamiaje.Solo el deseo de aprender y la energía y el entusiasmo que conlleva insita la juventud le permitirán alcanzar los umbrales mínimos del conocimiento de este nuevo peldaño del derecho que será de trascendente importancia en vuestro ejercicio profesional.Mi misión será guiarlos hasta que se autoabastezcan.Pero un guía sin personas comprometidas que sigan estos nuevos caminos no podrá alcanzar sus cometidos, por eso los insto a tomar su mochilla de responsabilidad para asumir juntos el logro común que el saber nos requiere.Las Universidades dan libertad porque es ahí el lugar donde se expresan las ideas, les aconsejo que dejen su marca en la historia de está Universidad.Simplemente les dejo estás palabras para que puedan dejar una enseñanza en vosotros: "ESTUDIAR, DISFRUTAR Y PERSEVERAR, ESAS SON LAS CLAVES DE LA VIDA UNIVERSITARIA QUE HOY INICIAN", Y COMO LES DIJE UNA VEZ: "LA RESPONSABILIDAD DE ESTUDIAR SÓLO SERÁ DE USTEDES".DR. OMAR E. DUARTE PROFESOR A CARGO DE LA CÁTEDRA INFORMÁTICA JURÍDICA SEDE ELDORADO
  • 2. Informática Jurídica. CONCEPTO DE INFORMÁTICA JURÍDICA La Informática jurídica consiste en una ciencia que forma parte de la Informática, es la especie en el género, y se aplica sobre el Derecho; de manera que, se dé el tratamiento lógico y automático de la información legal. Es una ciencia que estudia la utilización de los recursos informáticos (hardware y software) para la mejora de los procesos –análisis, investigación y gestión- en el ámbito jurídico. No es una rama del derecho. Su temática es fundamentalmente tecnológica y carece de contenido jurídico. La informática jurídica consiste en el uso de software y hardware informático como instrumentos del derecho, y nace cuando las computadoras evolucionan de ser máquinas que sólo facilitan el procesamiento de números a ser máquinas que posibilitan el almacenamiento y manipulación de textos. Origen y Evolución La primera aplicación de una máquina de cálculo al ambiente jurídico se realizó en la Cámara de Representante del estado de Ohio (EE.UU.) en 1938, con el uso de una máquina de tarjetas perforadas para el control y seguimiento de las iniciativas de ley presentadas. La Informática Jurídica tuvo su comienzo cuando en los años cincuenta se desarrollan las primeras investigaciones para buscar la recuperación de documentos jurídicos en forma automatizada. De esta manera, se comienzan a utilizar las computadoras u ordenadores ya no para trabajos matemáticos, sino también para los lingüísticos. Fue en la Universidad de Pittsburg, Pennsylvania, a través del Health Law Center, donde el director llamado John Horty concibió la idea de crear un mecanismo a través del cual se pudiera tener acceso a la información legal de manera automatizada. Para el año 1.959, el mencionado centro de la Universidad de Pennsylvania colocó losordenamientos jurídicos de Pennsylvania en cintas magnéticas. Este fue el Estado donde nace la recopilación legal Informática, que fue demostrada al año siguiente, es decir, en 1.960, ante la Asociación Americana de Abogados en su reunión anual en la Capital de los Estados Unidos, Washington, D.C.A raíz de esta gran inventiva, la Corporación de Sistemas Aspen rediseñó el mencionado sistema legal automatizado y posteriormente lo explotó comercialmente. Fue de esta forma, como la automatización de los ordenamientos legales de ese país fueron tomando cabida. En 1.966, doce Estados de Estados Unidos tenían este sistema y para 1.968, cincuenta Estados de ese mismo país lo acogieron.
  • 3. Otro logro para el desarrollo de la Informática jurídica, se puede conseguir también en el Health Law Center antes mencionado, a través de un sistema que se llamó Lite (Legal Transformation Through Electronics), hoy llamado Flite (Federal Legal Transformation Through Electronics), que consiste en la información legal Federal a través de computadoras, desarrollado bajo contrato con la Fuerza Aérea Norteamericana en el año 1.969.La década de los sesenta constituye el inicio del desarrollo de varios sistemas. Además de los mencionados anteriormente como el sistema Aspen y el Lite (hoy Flite), surgen otros sistemas como por ejemplo: En 1.964 la Corporación Americana de Recuperación de Datos comenzó a explotar comercialmente sistemas de procesamientos de datos legislativos. En 1.967 aproximadamente, la Corporación de Investigación Automatizada de la Barra de Ohio, desarrolló sistemas enfocados hacia los abogados litigantes, llamado sistema OBAR. Sin embargo, los trabajos referidos a este sistema fueron continuados en 1.970 por Mead Data Central, que explotó comercialmente en 1.973 el sistema LEXIS como sucesor de OBAR. Por otro lado, la famosa IBM, fue expandiéndose en el área de recuperación de documentos, al punto de que en Washington, D.C., se empezó a utilizar el sistema de procesamientos de documentos de la IBM, llamado IBM- TEXTPAC. La IBM desarrolló otro sistema llamado STAIRS, que fue acogido por otros Estados de Estados Unidos. CLASIFICACIÓN DE LA INFORMÁTICA JURÍDICA En general se ocupa de dar soporte a la administración y gestión de las entidades. Entre sus aplicaciones podemos encontrar programas para el seguimiento de casos y expedientes, control de archivos, control de clientes y facturación, avisos y notificaciones, agenda de tareas, cálculos de impuestos y honorarios, formularios electrónicos, confección automatizada de documentos, y otros. La Informática Jurídica se clasifica para su estudio en:  Informática Jurídica Documental, que consiste en la creación, almacenamiento y recuperación de información jurídica como leyes, doctrina, jurisprudencia, documentos administrativos, contratos y convenios, expedientes judiciales, notariales y registrales. Existen 3 métodos de búsqueda de información documental: Full-Text: el criterio de búsqueda es aplicado a todo el texto. Implica un mayor uso de recursos de procesamiento, y el resultado es completo. Keywords: el criterio de búsqueda es aplicado a un conjunto de palabras claves que se almacenan con el texto. Implica un uso económico de recursos de procesamiento, pero el resultado es menos completo.
  • 4. Abtract: el criterio de búsqueda es aplicado sobre el resumen del texto. Es un método que se posiciona entre los dos anteriores, ya que podríamos decir que usa keywords ampliadas, o fulltext restringido, y su ubicación también es intermedia tanto en uso de recursos como en la calidad de los resultados.  Informática jurídica gestión y control: se compone de programas a través de los cuales se de asiste en la realización de actos y gestiones de tipo jurídicos, como contratos, certificaciones, mandatos judiciales. Fue en este sentido como nace la Informática jurídica de gestión y control, para posteriormente buscar el desarrollo de actividades jurídico adjetivas. De acuerdo al uso profesional que se le de, la informática de gestión y control puede subclasificarse en:  Informática Registral: es la que la Administración Pública a lica para eltratamiento p electrónico de información catalogada a su cargo. Es una clasificaciónque se posee características de la modalidad documental y la de gestión, ya que implica el almacenamiento de información pero también su actualización.  Informáica Parlamentaria: se aplica al campo de la organización yfuncionamiento de las t cámaras parlamentarias, en tareas como información legislativa, diario de debates, bibliografía, hemerografía, control de gestión de proyectos, control de legislación a partir de su relación para determinar derogaciones, publicidad de los actos de gobierno, entre otros. Informática de Gestión de Estudios Jurídicos: administra la gestión del estudio jurídico, agilizando los procesos. Administra, entre otros aspectos, la agenda de plazos; los casos; la agenda de clientes; la facturación y cobranza; el procesamiento de textos; la consulta de legislación, doctrina y jurisprudencia; y la administración de recursos humanos.  Informática Notarial: con características compartidas conla gestión de estudios jurídicos, pero orientado a la generación de documentos y la interacción con la informática Registral.  Informática Jurídica Decisoria o Metadocumental, a través de la cual se ayuda o apoya en la toma de decisiones, a través de sistemas de inteligencia artificial que brinden soluciones a ciertas problemáticas jurídicas. Por ejemplo, mediante procesos de inteligencia artificial pueden redactarse documentos partiendo de pocas premisas, y corregirse errores ortográficos y gramaticales. En un aspecto más avanzado, la inteligencia artificial, materializada a través de sistemasexpertos que estructuran conocimientos especializados, obtienen conclusiones a partir de la información que se les suministra –generalmente bajo la modalidad “pregunta-respuesta”-, facilitando la toma de decisiones. El sistema experto puede ser esquematizado como un sistema que contiene:  Una base de conocimientos –base de datos- en la cual abrevar.  Un esquema de reglas de razonamiento.  Una interfaz de comun icación, el cual puede incluir un limitado lenguaje propietario
  • 5. para que el usuario y el sistema se comuniquen. En la actualidad la informática jurídica decisioria es incipiente, y provee medios para ayudar al decidor humano, sin reemplazarlo. LA INFORMÁTICA JURÍDICA DOCUMENTAL. NOCIONES GENERALES La Informática Jurídica Documentaria constituye el área más antigua de la informática jurídica; radicando sus orígenes en los trabajos de John Horty en la Universidad de Pittsburg.. Esta parte de la informática jurídica se desarrolla con la finalidad de expandir los sistemas de documentación automatizada, por cuanto es evidente en la actualidad que los campos de conocimientos reflejados en textos; es decir, en volúmenes documentarios, ha crecido y expandido tanto, que los métodos tradicionales de búsqueda documentaria han quedado totalmente obsoletos. Específicamente en el aspecto jurídico se ha dado un gran desarrollo y publicación de textos referidos a leyes, los cuales han pasado a ser de carácter general para ser desarrollados específicamente, aumentando su cantidad especialmente en los últimos veinte años. En estos sistemas de informática jurídica documentaria se busca la creación de bancos de datos jurídicos o llamado también corpus jurídico documentario; que se refiera a cualquier fuente del derecho con la finalidad de poder establecer una relación entre el usuario y la computadora, la cual se torna interactiva, haciendo posible de que el usuario interrogue o enfoque palabras para que la computadora realice la función de búsqueda de las mismas. Inicialmente, la función de la computadora a través de programas especiales estuvo muy limitada, debido a que se comenzó utilizándolas como almacenamiento y recuperación de la información. A medida de su evolución, se comenzó a instalar programas de búsqueda de documentos pertinentes. Los primeros sistemas de interrogación de bancos jurídicos fueron los sistemas llamados Batch, los cuales permitían la búsqueda en los archivos de textos y palabras ordenadas alfabéticamente, indicando como respuesta la dirección, archivo o archivos específicos donde se pudiese obtener la información; posibilitando la consulta a través de la combinación de palabras para hacer la búsqueda más determinada, e inclusive excluir información específica de una general. A través de los sistemas Batch se puede escribir por ejemplo: Informática, y de esta manera muestra todos los documentos que traten este punto; pero si escribimos informática jurídica (combinación de dos palabras), la búsqueda se hace más específica y entonces, ya mostrará sólo los documentos que traten acerca de la informática jurídica. Pero, si resulta que el lector desea información general de informática jurídica, pero no le interesa nada acerca de la
  • 6. jurimetría, pues tipea: informática jurídica jurimetría (no), para que el programa de búsqueda excluya toda la información referida a la jurimetría mas no a la informática jurídica en general. De estos sistemas Batch se pasó a los on line, a través de los cuales con Internet, no sólo se logran los propósitos de los sistemas Batch, sino que se extiende a espacios interactivos, multimedia y programas especiales muy sofisticados como los de la inteligencia artificial, específicamente los expertos artificiales y por consiguiente los expertos legales artificiales. Para concluir este punto, destaca el autor que la finalidad de la informatización en un sistema documentario jurídico trata acerca del desenvolvimiento, búsqueda y adquisición de manera rápida y pertinente la información que previamente ha sido almacenada. Estas informaciones almacenadas son las que constituyen el banco de datos, corpus o corpus jurídico. 2. Derecho Informático Concepto y Diferencias con la Informática Jurídica El derecho informático se define como un conjunto de principios y normas que regulan los efectos jurídicos nacidos de la interrelación entre el Derecho y la informática. El derecho informático es el conjunto de principios y normas que regulan los efectos jurídicos nacidos de la interrelación de sujetos en el ámbito de la informática y sus derivaciones, especialmente la tecnología de la información. Tecnología de la Información, como concepto sociológico, se refiere a la utilización de múltiples medios para almacenar, procesar y difundir todo tipo de información; generalmente a través de computadoras y otros dispositivos electrónicos. El concepto que engloba a esta definición es el de “sociedad de la información”. Tal es la denominación dada a la sociedad actual, que ha reemplazado –como sucesora- a la sociedad industrial; y en la cual la creación, distribución y manipulación de la información forman parte importante de las actividades culturales y económicas. Es por ello que podríamos establecer los siguientes términos en la ecuación cuya resultante es el derecho informático: derecho + informática + sociedad de la información = derecho informático. Por otro lado hay definiciones que establecen que es una rama del derecho especializado en el tema de la informática, sus usos, sus aplicaciones y sus implicaciones legales. El término "Derecho Informático" (Rechtinformatik) fue acuñado por el Prof. Dr. WilhelmSteinmüller, académico de la Universidad de Regensburg de Alemania, en los años 1970.1 Sin embargo, no es un término unívoco, pues también se han buscado una serie de términos para el Derecho Informático como Derecho Telemático, Derecho de las Nuevas Tecnologías, Derecho de la Sociedad de laInformación, Iuscibernética, Derecho Tecnológico, Derecho del Ciberespacio, Derecho de Internet, etc.
  • 7. A diferencia de la informática jurídica, que es una rama de la informática dedicada a las ciencias jurídicas, el derecho informático es una rama del derecho, que nace recientemente, y cuya definición acabamos de ver. Autonomía del Derecho InformáticoA fines de la década del sesenta y luego de cerca de diez años de aplicaciones comerciales de los computadores, empezaron a surgir las primeras inquietudes respecto a las eventuales repercusiones negativas motivadas por el fenómeno informático y que requerían un tratamiento especial. Aparece entonces, una relación entre la informática y el Derecho, distinta de la hasta entonces conocida informática jurídica, que comenzó a ser distinguida como derecho informático o derecho de la informática, y que actualmente se prefiere denominar Derecho de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones. Este Derecho de la informática, como instrumento regulador en la sociedad de la información, si bien no ha sido estudiado igual que la informática jurídica, yahay algunos tratadistas que lo consideran como una categoría propia que obedece a sus reglas, surgida como una inevitable respuesta social al fenómeno informático. El carácter interdisciplinario que presenta como rasgo esencial el Derecho de la Informática ha suscitado un debate entre quienes sostienen que se trataría de un sector de normas dispersas de diferentes disciplinas jurídicas, y quienes creemos que constituye un conjunto unitario de normas dirigidas a regular un objeto determinado, desde una metodología propia, es decir, que gozaría de autonomía. Creemos que no le resta al Derecho de las Tecnologías de la Información su carácter de disciplina independiente el hecho de que maneje materiales suministrados por las otras ramas de la Ciencia del Derecho, ya que lo único determinante es que debe sistematizar y reducir a unidad la pluralidad de elementos relacionados con el impacto social del fenómeno informático, de modo de presentar así un sistema orgánico y unitario que los comprenda a todos. El desarrollo tecnológico es determinante para el surgimiento de esta nueva rama en una sociedad, ya que en la medida en que se vaya incorporando en las labores de las personas, en el trabajo, en la forma de comunicarse, el manejo de la información a través de los sistemas informáticos hará surgir la necesidad en ese grupo social de regulación de conductas nuevas, formándose una nueva rama autónoma. El desarrollo de las tecnologías de la información y las comunicaciones es una fuente material del Derecho, en la medida en que el uso de esta tecnología vaya generando conductas nuevas, que deban ser recogidas y reguladas por el Derecho, y haya necesidad de hacerlo. En relación a lo anterior, el carácter autónomo del derecho de la informática se desprende del análisis de tres elementos: su objeto de estudio, su metodología específica y su sistema de fuentes. Objeto de estudio
  • 8. El objeto inmediato de estudio lo constituye la tecnología informática, cuyas implicaciones económicas, sociales, culturales y políticas son profundas y evidentes, por lo que el Derecho no puede desatenderse de regularla y de captar adecuadamente dicha realidad. Si la informática constituye el objeto inmediato, el objeto mediato o remoto del derecho de la informática es la propia información. Ésta constituye un bien inmaterial, el producto autónomo y previo a todo el procesamiento y transmisión que de ella pueda realizarse. Es una noción abstracta vinculada a las libertades de opinión y expresión de informaciones e ideas por cualquier medio. La información representa una fuerza económica de importancia, destacando dos elementos fundamentales dentro de las repercusiones económicas provocadas por ella. Primero, la gran necesidad de ésta en la productividad y empleo. En segundo lugar, la capacidad de almacenamiento, tratamiento, transmisión y sobre todo, utilización de la información como elemento fundamental para la toma de decisiones con inevitables consecuencias económicas, por parte de personas e instituciones tanto en el sector público como privado, están a la par desde el punto de vista económico con elementos tales como la energía y las materias primas. Bien lo señala Toru Moto Oka, uno de los inspiradores del Proyecto japonés de la Quinta Generación: "la riqueza de las naciones que durante sus fases agrícola e industrial dependió de la tierra, del trabajo y del capital, de los recursos naturales y de la acumulación monetaria, en el futuro se basará en la información, en el conocimiento y en la inteligencia". Sobre el particular, y a modo ilustrativo, hay valiosa información en una empresa en las bases de datos nominativos o personales, que son aquellas que contienen datos de carácter personal de personas naturales, que pueden referirse a clientes, proveedores, acreedores u otros, o contener datos referidos a empresas, instituciones o a personas jurídicas; en los programas computacionales; en los datos contables, pues para una empresa el conocimiento de la información contable puede representar una ventaja para sus competidores, y por lo tanto, también resulta valiosa; en la información comercial, ya que ella o los secretos comerciales marcan la línea de actuación de una empresa y el dominio en que desarrolla su cometido, siendo, por tanto, muy importante su seguridad frente a posibles filtraciones; en el caso de la transferencia de tecnología se destaca en el "know how", es decir, el conocimiento técnico, de carácter relativamente secreto, que tiene un valor económico y susceptible de ser objeto de contratos o de operaciones mercantiles, debido a que los conocimientos que se adquieren a través de años de investigación y desarrollo deben protegerse frente a quienes sin esa inversión realizada en dinero y tiempo pretendan apropiarse de ella. Todos estos diferentes tipos de información empresarial están expuestos a numerosos y diferentes clases de riesgos, por ejemplo, las bases de datos nominativos sufren atentados referidos a la intimidad de las personas; los programas computacionales están expuestos a la piratería del software; los datos contables son objeto de fraudes informáticos; respecto a la información comercial, difícilmente pueden evitarse los robos de secretos comerciales, debido
  • 9. a la deslealtad de los empleados de la propia empresa; y por último, el "know how", fruto, en muchas ocasiones, de considerables desembolsos económicos y de largo tiempo de estudio e investigación, padecen el problema de la transferencia ilícita de tecnología. Dada la importancia que revisten estos bienes en la “sociedad de la información” y el sustrato físico o ámbito en el cual se producen los hechos, es decir, el sustrato tecnológico, el Derecho Informático se convierte en una disciplina independiente, que debe abordar los temas con una propia metodología de trabajo. Metodología Específica: En cuanto a la metodología específica, los problemas que plantea la informática y la telemática exigen para su comprensión contar con específicas categorías conceptuales y metódicas aptas para su interpretación. Debido al carácter cambiante e innovador de la informática es más conveniente que su disciplina normativa responda a una técnica legislativa de cláusulas o principios generales. Así, al no tener estándares rígidos a partir de los cuales surge la reglamentación se evita la necesidad de introducir variaciones constantes en las normas y permite a los órganos que las aplican adaptar los principios a las situaciones que se presenten sucesivamente. Fuentes: Las normas jurídicas que integran el Derecho de las Tecnologías de la Información cuentan con fuentes formales emanadas principalmente de la potestad legislativa y la jurisprudencial, sin olvidar a la potestad normativa de los particulares en el caso de la contratación informática. Tales formas de producción jurídica han llevado a la continua celebración de congresos y seminarios sobre estos temas. Por ello, el papel de la doctrina es decisivo para la sistematización y perfeccionamiento de las demás fuentes formales del Derecho de la informática, ya que analiza el fenómeno informático de manera enriquecedora para que las autoridades legislativas y jurisprudenciales elaboren leyes y jurisprudencia, y luego, las estudia críticamente para descubrir sus eventuales lagunas, insuficiencias e imperfecciones. Es importante destacar que el vertiginoso avance del objeto de estudio del Derecho Informático determina que la importancia relativa de las fuentes sea notoriamente diferente a las de otras ramas del derecho. Avances tecnológicos y el Derecho El contenido del Derecho de las Tecnologías de la información, basado en las problemáticas más destacables y desarrolladas en la literatura nacional y extranjera, lo podemos estructurar de la siguiente manera (haciendo presente que tales temas responden más a un orden pedagógico que a uno doctrinal): 1. El valor probatorio de los soportes modernos de información, provocado por la dificultad en la aceptación y apreciación de elementos de prueba derivados de estos soportes entre los órganos jurisdiccionales.
  • 10. 2. La protección de datos personales, ante el manejo inapropiado de informaciones nominativas que atentan contra derechos fundamentales de las personas. 3. Los delitos informáticos, es decir, la comisión de verdaderos actos ilícitos en los que se tenga a los computadores como instrumentos o fines. 4. El flujo de datos transfronterizos, con el favorecimiento o restricción en la circulación de datos a través de las fronteras nacionales. 5. La protección de los programas computacionales, como respuesta a los problemas provocados por la piratería de software que atenta contra la propiedad intelectual. 6. Los contratos informáticos, en función de esta categoría contractual sui generis con evidentes repercusiones fundamentalmente económicas. 7. La regulación de los bienes informacionales, en función del innegable carácter económico de la información como producto informático. 8. La ergonomía informática, como aquellos problemas laborales suscitados por la informatización de actividades. 3. Enseñanza del derecho ante las nuevas tecnologías Visión en la forma de enseñar el derecho Como ya se ha dicho, el derecho informático tiene un objeto de estudios dinámico y en constante modificación; es por ello que el derecho a aplicar requiere una constante utilización de la analogía, sin que esta analogía viole principios establecidos por la legislación, ya que la analogía no se aplica sobre la norma, sino sobre el objeto; debido a que en tecnología las mismas acciones pueden realizarse a través de diversos objetos. Como consecuencia ineludible, el conocimiento de la tecnología es fundamental para poder aplicar la analogía en forma correcta, y poder así legislar, abogar o juzgar de modo efectivo. Sin hacer hincapié en las estructuras concretas, sino en el activo pensar y deducir, el profesor llevará al alumno al desarrollo de la dialéctica jurídica; pues la multiplicidad de aspectos desde el cual puede abordarse un caso en el cual la tecnología sea un elemento fundamental, determina que sólo un análisis multifacético nos permitirá arribar a una solución correcta del conflicto. Desarrollo de habilidades informáticasComo herramienta asistente del conocimiento y la dialéctica jurídica, las habilidades informáticas potencias notablemente el trabajo del jurista, especialmente mediante el uso de las herramientas provistas por la informática jurídica, en especial las bases documentales y los motores de búsqueda; y las herramientas de gestión. En la actualidad, el uso de Internet generalizado no ha logrado aún que el uso de los motores de búsqueda sea adecuado, y el desconocimiento del funcionamiento interno de los mismos, al menos en sus conceptos básicos- derivan en un pobre aprovechamiento de una de las más poderosas herramientas de esta sociedad de la información, es la “biblioteca infinita” que alguna vez soñara Jorge Luis Borges.