2. Es una organización sin ánimo de lucro, cuya oficina central está
ubicada en la ciudad de Mountain View, en el estado de California, en
los Estados Unidos de América, que permite usar y compartir tanto la
creatividad como el conocimiento a través de una serie de
instrumentos jurídicos de carácter gratuito.1
Dichos instrumentos jurídicos consisten en un conjunto de “modelos
de contratos de licenciamiento” o licencias de derechos de autor
(licencias Creative Commons o licencias “CC”) que ofrecen al autor de
una obra una forma simple y estandarizada de otorgar permiso al
público en general de compartir y usar su trabajo creativo bajo los
términos y condiciones de su elección. En este sentido, las licencias
Creative Commons permiten al autor cambiar fácilmente los términos y
condiciones de derechos de autor de su obra de “todos los derechos
reservados” a “algunos derechos reservados”.
Las licencias Creative Commons no reemplazan a los derechos de
autor, sino que se apoyan en estos para permitir modificar los términos
y condiciones de la licencia de su obra de la forma que mejor satisfaga
sus necesidades.
3. Creative Commons se destaca por estar al frente del
movimiento copyleft, que tiene como objetivo apoyar
a construir un dominio público más rico
proporcionando una alternativa al “todos los
derechos reservados” del copyright, el denominado
“algunos derechos reservados”.7 David Berry y Giles
Moss han acreditado a Creative Commons con la
generación de interés en el tema de la propiedad
intelectual y la contribución al replanteamiento del
papel de los “bienes comunes” en la “era de la
información”. Más allá de eso, Creative Commons ha
proporcionado institucional, práctica y legalmente
soporte a individuos y grupos que deseen
experimentar y comunicarse con la cultura con una
mayor libertad.
4. El proyecto Creative Commons International es un
apéndice del proyecto mayor de Creative Commons.
Tiene por objetivo traducir tanto idiomática como
legalmente las licencias Creative Commons a las
diferentes jurisdicciones alrededor del mundo. Este
trabajo está liderado por Diane Peters y por equipos
de voluntarios en los diferentes países.
Actualmente cuenta con 28 países que están en
proceso de traducción de las licencias, aunque se
sabe que más de 70 países están interesados en
comenzar a colaborar para alcanzar sus respectivas
versiones y capítulos locales.
5. El beneficiario de la licencia tiene el derecho de
copiar, distribuir, exhibir y representar la obra y hacer
obras derivadas siempre y cuando reconozca y cite
la obra de la forma especificada por el autor o el
licenciante.
El beneficiario de la licencia tiene el derecho de
copiar, distribuir, exhibir y representar la obra y hacer
obras derivadas para fines no comerciales.
El beneficiario de la licencia solamente tiene el
derecho de copiar, distribuir, exhibir y representar
copias literales de la obra y no tiene el derecho de
producir obras derivadas.
El beneficiario de la licencia tiene el derecho de
distribuir obras derivadas bajo una licencia idéntica
a la licencia que regula la obra original.
Atribució
n
No Comercial
No Derivadas
Compartir Igual