1. PORNOGRAFIA INFANTIL
Consiste en la exhibición explícita de actividades sexuales
socioeróticas penetrativas en las que participan niños, niñas
o adolescentes.
El material se produce, se distribuye y puede ser comprado,
compartido o utilizado por personas que recurren a este
tipo de imágenes como recurso en actividades sexuales
autoeróticas o socioeróticas.
También puede ser usado para seducir y enganchar a
futuras víctimas de abuso sexual. Esas nuevas víctimas
pueden ser otros niños, niñas y adolescentes a quienes se
les hace ver lo que se representa en el material
pornográfico como “normal” o “natural” para que más
adelante estén dispuestos a participar en actividades
sexuales similares y así utilizarlos para producir más
material ilegal.
Algunos ejemplos de explotación sexual de niñas,
niños y adolescentes en pornografía infantil son:
Materiales en los que se exhiben los genitales de niños,
niñas o adolescentes.
Materiales en los que niños, niñas o adolescentes
participan en actividades sexuales en contextos
utilizados por adultos y prohibidos por la Ley para
menores de edad (bares, discotecas, tabernas,
prostíbulos).
Escenas sexuales en medios impresos o audiovisuales en
las que aparecen niños, niñas o adolescentes utilizando
artículos o juguetes sexuales.
Medios impresos o audiovisuales en los que aparecen
niñas, niños o adolescentes siendo utilizados en
actividades sexuales reales o simuladas.