1. CAPITAL SOCIAL
POLIZA DE SEGURO DE
S/.150,413,930
POLIZA
2401311000033
COLECTIVO
PAG:
1
VIGENCIA DESDE
HASTA
RESPONSABILIDAD CIVIL 23/08/2013
TEMPORALIDAD
12:00 Hrs. 23/08/2014 12:00 Hrs.
CODIGO SBS: RG0745320033
CONDICIONES PARTICULARES
MAPFRE PERU Compañía de Seguros y Reaseguros (en adelante LA COMPAÑIA ), en virtud de la propuesta formulada por escrito por el
interesado cuyo nombre aparece en el sumario de esta póliza (en adelante EL ASEGURADO) cuya solicitud y declaración se conviene en
considerar como base de este contrato y como parte integrante del mismo, habiendo EL ASEGURADO pagado y aceptado LA COMPAÑIA
la prima en la forma que consta el documento de cancelación otorgado por LA COMPAÑIA, lo asegura por pérdidas y/o daños amparados de
conformidad con las Cláusulas Generales de Contratación, Condiciones Generales, Particulares y Especiales que se adjuntan así como sus
suplementos y/o anexos, por el período consignado y respecto al riesgo específicado.
TIPO NRO. DE MOVIMIENTO FECHA VIGENCIA DE POLIZA FORMA DE PAGO % NTRA.PARTICIPAC. NUM. DE RIESGOS MONEDA
Emision
0 23/08/2013
23/08/2013
_
23/08/2014
1meo
100 %
1
US$
NOMBRE DEL CONTRATANTE
PROKSOL S.A. SUCURSAL DEL PERU
DATOS DEL CONTRATANTE RUC
20548887594
ACTIVIDAD ECONOMICA
Construccion De Edificios Completos Y De Partes De Edificios; Obras De Ingeniería Civil
DATOS DEL INTERMEDIARIO CORREDOR o VENDEDOR
Richard Juarez Melgar--16887
CORREDOR o VENDEDOR
DIRECCION DEL CORREDOR
Puno 1344 Dpto 201
INFORMACION SBS
240793616887
DIRECCION DE COBRO
DATOS DE COBRO
Jiron Miguel Grau Nro 1380 Urb Barrio Partido Alto Tarapoto San Martin San Martin
COBRADOR
Matias Arce Flores
PRIMAS
DESCRIPCION DEL CONCEPTO
IMPORTE
Prima Neta 490.32
Derecho De Emisión 14.71
Impuesto General A Las Ventas 90.90
Prima Total
595.93
EL ASEGURADO tendrá un plazo de 15 días a partir de la entrega de esta póliza para revisar que las condiciones otorgadas coincidan con
las solicitadas en caso contrario EL ASEGURADO exigirá su rectificación de no hacerlo así se considera como aceptado el convenio
íntegro del contrato. Copia de esta póliza deberá ser devuelta, firmada por EL ASEGURADO.
Se adjuntan Cláusulas Generales de Contratación y Condiciones Generales del Seguro de RESPONSABILIDAD CIVIL
según formas No. CGC01082004 y RCGEN01082004 , respectivamente que el contratante y Asegurado del Seguro
declaran expresamente conocer y aceptar, y que con las presentes Condiciones Particulares forman el Contrato de Seguros del que son parte
integrante, y no tienen valor por separado.
2. F.: D0404043-11/99
MAPFRE PERU COMPAÑIA DE SEGUROS Y REASEGUROS
EL ASEGURADO
GENERADO POR : VEHUAMA
F.: D0404043-11/99
Av. Veintiocho de Julio 873 Miraflores * Teléfonos: 213-7373 * Fax: 213-9142 * www.mapfreperu.com
3. Señor(es):
Miraflores,
27 de Agosto del 2013
Pag.
1
Proksol
S.A.
Sucursa
l del
Perú
Av.
Shell
Nro 690
Int. 401
LIMA –
LIMA -
MIRAF
LORES
20548887594
US$
Corredo
r
16887
Richard
Juarez
Melgar
De
nuestra
conside
ración:
Es
muy
grato
informa
rle(s),
que
nuestra
compañ
ía está
otorgán
dole(s)
facilida
des de
pago
al(los)
siguient
e(s)
docume
nto(s):
P
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A
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SI
ON
2401311000
033 0
490.32
4. 14.
71
90.90
595.93
TIP DOCUMENTO NRO. DOCUMENTO
Recibo 481771
67
595.
93
Los
documento
s que se
indican
deben ser
cancelados
en las
fechas de
pago
indicadas,
en
nuestras
oficinas,
BBVA -
Banco
Continenta
l, Banco de
Crédito,
Interbank,
Scotiabank
, Banco de
la Nación,
BIF y
Financiero.
De haber
autorizado
el sistema
de cargo
automático
, serán
debitados
de su
estimada
cuenta o
tarjeta de
crédito. En
caso de
haber
aceptado
letras,
deberán
ser
canceladas
al tenedor
de las
mismas.
El
incumplimi
ento de
pago en
los
vencimientos
señalados
dará lugar a
la
suspensión
de coberturas.
Para cualquier
información adicional,
sírvase comunicarse
con nuestras oficinas
(*) o a su sectorista
de cobranzas
Matias Arce Flores al
correo electrónico.
Sin otro particular,
quedamos de
usted(es).
Atentamente,
MAPFRE
D0911010 -
05/01
COMPAÑIA
DE SEGUROS
Y
REASEGUROS
CLIE
NTE
ACE
PTA
DO
(*) OFICINAS MAPFRE
TELEFONOS: LIMA 213-3333 Opcion
0, AREQUIPA (054) 253737, PIURA
(073) 302998, CUZCO (084) 252485,
TRUJILLO (044) 203399
CHICLA
YO
(074)
237941,
HUANC
AYO
(064)
211505,
CHIMB
OTE
(043)
320615,
TACNA
(
052)
243683,
C
AJ
A
MARC
A
(
076)
363930
5. 5
PAG:
POLIZA
COLECTIVO
SUPLEMENTO
2401311000033
0
APLICACION
VIGENCIA DESDE
HASTA
23/08/2013
23/08/2014
12:00 Hrs. 0
12:00 Hrs.
RAMO : Responsabilidad Civil
NOMBRE DEL CONTRATANTE
DATOS DEL CONTRATANTE / ASEGURADO RUC
PROKSOL S.A. SUCURSAL DEL PERU
ACTIVIDAD ECONOMICA
Construcción De Edificios Completos Y De Partes De Edificios; Obras De Ingeniería Civil
20548887594
Trabajo a realizar .-
CONDICIONES ESPECIALES Y/O DATOS ANEXOS
Construcción de 06 aulas, servicios higiénicos, tanque cisterna, tanque séptico,cerco perimétrico, instalaciones eléctricas y sanitarias
Lugar de Trabajo .- Obra Hap school Santa Isabel
- Jr. Comercio ultima cuadra Nueva Cajamarca - SAN MARTIN - PERU
Suma asegurada: US$ 371479 en Agregado Vigencia
Limite por evento: US$150,000
Deducible: 10% del monto indemnizable, mínimo US$ 371
Materia del Seguro:
Sujeto a todos los terminos y condiciones que forman parte
de la presente póliza la Compañía cubre al asegurado contra
las reclamaciones de terceros por concepto de Responsabilidad
Civil Extracontractual, exclusivamente a consecuencia de
daños personales y/o daños materiales causados
involuntariamente a dichos terceros por un accidente ocurrido
durante la vigencia de la póliza, como resultado directo de
las actividades declaradas en las Condiciones Particulares
y únicamente en la zona de trabajo.
Cl usulas y Condiciones Adicionales:
Condicionado General de Contratacion
Condicionado General de Responsabilidad Civil Extracontractual
Límite agregado anual
Condicion especial para Cables y tuberías subterr neas
Responsabilidad Civil Patronal
Responsabilidad Civil Contractual, limitada a US$ 50,000 en agregado
Otras Exclusiones:
Bienes en los cuales se esté realizando el trabajo
Responsabilidad Civil de vehículos
Cualquier reclamación que se fundamente en fallas, defectos,
errores u omisiones en plano, diseño o especificación de los
trabajos, así como la responsabilidad Civil Profesional.
Bienes bajo el cuidado, control y custodia del asegurado.
Vibraciones y Debilitamiento de Bases.
F.: D0404042-11/99
La responsabilidad Civil Contractual excluye incumplimientos contractua
les
(*) OFICINAS MAPFRE TELEFONOS: LIMA 213-3333 Opcion 0, AREQUIPA (054) 253737, PIURA (073) 302998, CUZCO (084) 252485, TRUJILLO (044) 203399
6. 6
PAG:
POLIZA
COLECTIVO
SUPLEMENTO
2401311000033
VIGENCIA DESDE
HASTA
APLICACION
23/08/2013
23/08/2014
12:00 Hrs.
12:00 Hrs.
CONDICIONES ESPECIALES Y/O DATOS ANEXOS
Condición especial para Cables y tuberías subterrneas:
En adición a los términos, exclusiones, clausulas y condiciones
contenidos en la Póliza o a ella endosados, LA COMPAÑíA sólo
indemnizar al ASEGURADO con respecto a pérdida de o daño a
cables o cualesquiera otros servicios subterraneos, si, antes
de iniciarse los trabajos, EL ASEGURADO se ha cerciorado ante
las autoridades correspondientes acerca de la posición exacta
de dichos cables y tuberías.
La indemnización, en todo caso,
quedar restringida a los costos de reparación de dichos cables
o servicios subterr neos. Cualquier penalidad, multa y dem s
daños consecuenciales quedan excluidos de la cobertura.
Responsabilidad Civil Contractual
1. COBERTURA
Queda entendido y convenido que, en adición a los términos y
condiciones de la Póliza, y sujeto a las especificaciones a
continuación detalladas, este Seguro se extiende a cubrir
hasta el límite asegurado indicado en las Condiciones
Particulares, todas las cantidades que el ASEGURADO tuviere
legalmente que pagar por concepto de Responsabilidad Civil
derivada de cualquier contrato o convenio, como indemnización
por lesiones corporales o enfermedades de terceras personas
y/o daños a la propiedad de las mismas, siempre que haya
cumplido con las Garantías indicadas en el numeral 3
siguiente.
2. EXCLUSIONES
La responsabilidad que asume la COMPAÑíA mediante esta
Condición, no es aplicable a:
2.1 La responsabilidad por cualquier garantía de mercaderías
o productos.
2.2 Los daños determinados por arbitraje, cuando la COMPAÑíA
no tenga derecho a ejercer los derechos del ASEGURADO en lo
que respecta a la selección de los rbitros y en el
procedimiento del arbitraje.
2.3 Lesión, enfermedad, muerte, daño o destrucción provenientes
de defectos en mapas, planos, diseños o especificaciones
preparadas, adquiridas o utilizadas por el ASEGURADO o
indemnizado, en caso de que cualquiera de estos sea arquitecto,
ingeniero ó agrimensor.
2.4 La penalidad, multa o sanción que imponga cualquier ley o
reglamento sobre la venta, donación, distribución o uso de
cualquier bebida alcohólica al ASEGURADO en su calidad de
persona y/u organización dedicada al negocio de manufacturar,
vender o distribuir bebidas alcohólicas o como dueño o
arrendador de locales utilizados para tales fines.
7. 7
PAG:
POLIZA
COLECTIVO
SUPLEMENTO
2401311000033
VIGENCIA DESDE
HASTA
APLICACION
23/08/2013
23/08/2014
12:00 Hrs.
12:00 Hrs.
CONDICIONES ESPECIALES Y/O DATOS ANEXOS
2.5 El daño o destrucción de cualquier propiedad
perteneciente al ASEGURADO u ocupada, alquilada o utilizada
por él, o que esté bajo su dominio, control o custodia.
2.6 La responsabilidad por lesiones corporales o daños a
cosas causados directa o indirectamente por cualquier
perturbación del estado natural del aire, las aguas, el
suelo, el subsuelo y, en general del medio ambiente.
2.7 Cualquier responsabilidad causada por agentes
contaminantes o que se traduzca en la contaminación del medio
ambiente.
2.8 Los daños por derrame o infiltración de líquidos,
combustibles o productos de cualquier naturaleza que no sean
contaminantes.
2.9 Los daños corporales y/o materiales derivados de la
Responsabilidad Civil Profesional.
2.10 Multas, moras, penalidades, sanciones, perjuicios y
similares derivados del incumplimiento del contrato, o de su
cumplimiento parcial, tardío o defectuoso.
2.11 Gastos de prevención de un evento que pudiera causar
daños a terceros.
2.12 Daño moral.
3. GARANTíAS
El contrato o convenio que genere Responsabilidad Civil del
ASEGURADO deber constar necesariamente por escrito. El
ASEGURADO se compromete a enviar a la COMPAÑíA una copia de
los contratos por celebrar para fijar la prima
correspondiente, con quince (15) días h biles de anticipación
a su fecha de iniciación.
La COMPAÑíA, luego de haber analizado las condiciones del
contrato en un plazo que no exceder de quince (15) días
h biles, notificar por escrito al ASEGURADO la aceptación
del mismo, quedando invariables las exclusiones indicadas en
p rrafos anteriores. Transcurrido el plazo antes mencionado,
si la COMPAÑíA no hubiese notificado su aceptación al
ASEGURADO, se entender que ha rechazado la cobertura de la
Responsabilidad Civil que genere dicho Contrato.
La cobertura entrar en vigencia una vez que aceptadas tanto
la inclusión del contrato por parte de la COMPAÑíA, como la
prima adicional por parte del ASEGURADO, se emita el endoso
de pago de prima adicional y se suscriba el convenio de pago
8. 8
PAG:
POLIZA
COLECTIVO
SUPLEMENTO
2401311000033
VIGENCIA DESDE
HASTA
APLICACION
23/08/2013
23/08/2014
12:00 Hrs.
12:00 Hrs.
de la misma.
CONDICIONES ESPECIALES Y/O DATOS ANEXOS
La Responsabilidad Civil que se genere de dicho Contrato o
Convenio deber obedecer a un hecho accidental y derivado de
la propia ejecución del Contrato o convenio. Asimismo, deber
estar expresamente declarada así, mediante sentencia judicial
firme y ejecutoriada, con car cter de cosa juzgada y cuya
extensión alcanzar tanto lesiones corporales o enfermedades
de terceras personas, así como daños a su propiedad y a
propiedades adyacentes.
4. APLICACIóN
Son de aplicación a esta cobertura las Condiciones Generales
de Contratación y las Condiciones Generales del Seguro de
Responsabilidad Civil Extracontractual, en cuanto no se
hallen modificadas por esta Condición.
Las Condiciones Particulares y Especiales prevalecen sobre
esta Condición.
CLAUSULAS ADICIONALES
MECANISMO DE SOLUCION DE CONTROVERSIAS
Todo litigio, controversia, desavenencia o reclamación resultante, relacionada o derivada de este acto jurídico o que guarde relación
con él, incluidas las relativas a su validez, eficacia o terminación incluso las del convenio arbitral, serán resueltas mediante arbitraje
de derecho.
El tribunal arbitral estará conformado por tres árbitros los cuales deberán ser abogados con no menos de cinco años de reconocida
experiencia en materia de seguros . El laudo será definitivo e inapelable, de conformidad con los reglamentos y el Estatuto de Centro
de Conciliación y Arbitraje Nacional e Internacional de la Cámara de Comercio de Lima a cuyas normas, administración y decisión
someten las partes , en forma incondicional, declarando conocerlas y aceptarlas en su integridad .
Cada parte pagará los honorarios profesionales del arbitro que designe y ambas partes a prorrata cubrirán los honorarios del Presidente
del tribunal y los auxiliares de justicia que intervengan. Los costos y los gastos de arbitraje, serán de cargo de la parte vencida.
En caso el monto reclamado por EL ASEGURADO no excediera las tres(3) UIT , éste podrá acudir a la vía judicial, para cuyo efecto
las partes se someten a la competencia.
El laudo arbitral podrá ser revisado por el Poder Judicial, con arreglo a lo dispuesto en la Ley de Arbitraje (Artículos 62 y 63 del
D.Leg N 1071).
RECALCULO DE PRIMAS
La prima de las anualidades sucesivas se recalculará en función de la inflación, las eventuales modificaciones legales que resulten
de aplicación, el historial de pago del cliente , la evolución del mercado y la siniestralidad de la póliza.
9. 9
PAG:
POLIZA
COLECTIVO
NRO.RIESGO
1
2401311000033
POLIZA DE SEGURO DE VIGENCIA DESDE
HASTA
RESP
ONS
ABIL
IDA
D
CIVI
L
212:
00
Hr
s.
2
3/
0
8/
2014
12:0
0
Hrs.
TI
P
O
DE
MOVI
M IE
NT
O
FECHA
ACTUA
LIZACI
ON
FECHA
INICIAL
DE
POLIZA
NUM.
DE
RIESG
OS
MO
N
ED
A
PRIMA NETA
TOTAL DE
MOVIM.
Emisión 0
23/08/2013
23/08/2013 1
US$ 490.32
NOMBRE DEL
ASEGURADO
DATO
S
DEL
ASEG
URA
DO
PROKSOL S.A.
SUCURSAL
DEL PERU
2054888
7594
ACTI
VI
DAD
DEL
AS
E
GUR
ADO
Construccion
Av. Veintiocho de Julio 873 Miraflores * Teléfonos: 213-7373 * Fax: 213-9142 * www.mapfreperu.com
10. 10
PAG:
POLIZA
COLECTIVO
NRO.RIESGO
1
2401311000033
Edificios Hasta Dos Sotanos (C
UBI
C
ACI
ON
DEL
RI
ES
GO
Jr. Comercio Ultima Cdra . Nva.
Cajamarca, Otros, San Martin, San
Martin, Peru
DAT
OS
DEL
RI
ESGO
DESCRIPCION DEL RIESGO : Obra Hap School Santa Isabel
DES
CR
IP
CI
ON
:
BASE
DE
CALCUL
O :
D0404008 - 10/00
C
OBE
RT
UR
AS
C
ONT
R
AT
ADAS
DESCRIPCION DE COBERTURA SUMA
ASEGURADA
.
- Rc Extracontractual (Rce)
- Rc Patronal (Rcp)
- Rc Contractual
CL
AUS
UL
AS
ADHE
RI
DAS
240 - Cond. Grles. Seguro Contra Responsab. Civil
Extracontractual
999 - Clausulas Generales De Contratacion
001 - Responsabilidad Civil Patronal
005 - R.C. Ascensores, Gruas, Montacargas Y
Escaleras Mecanicas
007 - R.C. Extracont. Por Actos De Contrat. Independ.
Y/O Subcontr
008 - Responsabilidad Civil De Trabajos Terminados
010 - Responsabilidad Civil Durante Eventos Sociales Y
Culturales
011 - Responsabilidad Civil De Contratistas De Obras
Av. Veintiocho de Julio 873 Miraflores * Teléfonos: 213-7373 * Fax: 213-9142 * www.mapfreperu.com
11. 11
PAG:
POLIZA
COLECTIVO
NRO.RIESGO
1
2401311000033
013 - Responsabilidad Civil Por Uso De Armas De Fuego
014 - R.C. Incendio Y/O Explosion Y/O D. Por Agua Y/O
D. Por Humo
017 - R. C. Extracont. Por Accidentes En La Ejecucion
De Contratos
022 - Responsabilidad Civil Extracontractual Personal O
Familiar
027 - Responsabilidad Civil Por Uso De Maquinaria
Pesada
029 - Responsabilidad Civil Para Locales Y Operaciones
255 - Limite Agregado Anual
Av. Veintiocho de Julio 873 Miraflores * Teléfonos: 213-7373 * Fax: 213-9142 * www.mapfreperu.com
12. VIGENCIA DESDE
HASTA
23/08/2013
12:00 Hrs.
23/08/2014
12:00 Hrs.
PRIMAS
PRIMA NETA DEL MOVIMIENTO
PRIMA NETA ANUAL
490.32
490.32
MAPFRE PERU COMPAÑIA DE SEGUROS Y REASEGUROS EL ASEGURADO
NOTA: Este documento sustituye a los movimientos de numeración y fecha anterior