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PÓLIZA COLECTIVA
HOGAR CATASTROFICO TMK
CENCOSUD
PÓLIZA N° 120047377
VIGENCIA Desde 01/05/2020 a las 00:00 hrs.
Hasta 30/06/2020 a las 24:00 hrs.
RESUMEN DE COBERTURAS
Y CONDICIONADO GENERAL
RESPECTIVO
Inhabitabilidad de la Vivienda
POL 1 2016 0192
Sismo
POL 1 2016 0192
HOGAR CATASTROFICO TKM
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PÓLIZA COLECTIVA
HOGAR CATASTROFICO TMK
CENCOSUD
PÓLIZA N° 120047377 (En adelante la “Póliza”)
CONDICIONES PARTICULARES
ARTÍCULO N° 1: PARTES INTERVINIENTES
A) CONTRATANTE
Contratante : CAT Administradora de Tarjetas S.A. (en delante el “Contratante”)
R.U.T. : 99.500.840-8
Dirección : Av. Vitacura 2736, Piso Nº 14.
Comuna : Las Condes
B) ASEGURADOR
Asegurador : BNP Paribas Cardif Seguros Generales S.A. (En adelante la “Compañía”)
R.U.T. N° : 96.837.640-3
Dirección : Vitacura 2670, piso 14
Comuna : Las Condes, Santiago
C) CORREDOR
Corredor : CAT Corredores de Seguros y Servicios S.A. (En adelante la “Corredora” o
Corredor”)
R.U.T. : 77.218.570-7
Dirección : Av. Vitacura 2736, Piso Nº 14
Comuna : Las Condes
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ARTÍCULO N° 2: AUTORREGULACIÓN
De acuerdo a lo dispuesto por el Consejo de Autorregulación de la Asociación de Aseguradores, BNP
Paribas Cardif Seguros Generales S.A. se encuentra adherida voluntariamente al Código de
Autorregulación y al Compendio de Buenas Prácticas de las Compañías de Seguros, cuyo propósito
es propender al desarrollo del mercado de los seguros, en consonancia con los principios de libre
competencia y buena fe que debe existir entre las empresas, y entre éstas y sus clientes. Copia del
Compendio de Buenas Prácticas Corporativas de las Compañías de Seguros se encuentra a
disposiciónde los interesados encualquierade las oficinas de BNP Paribas Cardif Seguros Generales
S.A. y en www.aach.cl.
Asimismo ha aceptado la intervención del Defensor del Asegurado cuando los clientes le presenten
reclamos en relación a los contratos celebrados con ella. Los clientes pueden presentar sus reclamos
ante el Defensor del Asegurado utilizando los formularios disponibles en las oficinas de BNP Paribas
Cardif Seguros Generales o a través de la página Web www.ddachile.cl.
ARTÍCULO N° 3: VIGENCIA DE LA PÓLIZA COLECTIVA
La pólizatendrávigenciadesde las 00:00 horas del 01/05/2020 y hasta las 24:00 horas del 30/06/2020
y posteriormente se renovará automáticamente por un nuevo periodo,salvo que alguna de las partes
manifieste su intención de ponerle término mediante aviso previo enviado con al menos 60 (sesenta)
días de anticipación a la fecha de término del período respectivo.
No obstante lo anterior, cualquier hecho que pudiere influir en la apreciación del riesgo, o cualquiera
circunstancia que,conocidaporlaCompañía, hubiere producido algunamodificaciónsustancialen las
condiciones de las coberturas, faculta a la Compañía para poner término anticipado mediante aviso
enviado al Contratante por carta certificada, en cuyo caso el término operará una vez transcurridos 60
(sesenta) días modificar las condiciones de las coberturas, según lo prefiera el contratante.
ARTÍCULO N° 4: VIGENCIA DE LA COBERTURA INDIVIDUAL
Para aquellas personas que cumplan con las Condiciones de Asegurabilidad y que se incorporen
voluntariamente a este seguro, el periodo de cobertura del asegurado es mensual y comenzará, en el
caso de los seguros contratados de forma telefónica, una vez revisada la conformidad de la grabación
por medio del cual el asegurado solicitó su incorporación al seguro y el posterior envío de la copia de
la póliza de seguro y del certificado cobertura del mismo, La cobertura mensual se renovará
automáticamente mientras se encuentre el asegurado al día en el pago mensual de su prima, y en
tanto el Asegurado o la Compañía no hayan puesto término a la cobertura.
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ARTÍCULO N° 5: ASEGURADOS
Podrán ser asegurados bajo la presente póliza, los clientes que tengan la calidad de titulares de una
tarjeta de crédito otorgado por el Contratante, que en forma voluntaria se adhieran a esta Póliza y
cumplan con las Condiciones de Asegurabilidad establecidas en ella (en adelante denominados
individualmente el “Asegurado” o conjuntamente los “Asegurados).
ARTÍCULO N° 6: CONDICIONES DE ASEGURABILIDAD
La edad mínima de ingreso de los Asegurables es 18 años.
ARTÍCULO N° 7: COBERTURAS Y CAPITAL ASEGURADO
Cobertura de Sismo (POL 1 2016 0192)
La Compañía pagará al Beneficiario la Indemnización en caso que la Vivienda quede en condición
de Vivienda Inhabitable debido a los daños causados por Sismo.
Cobertura de inhabitabilidad de la vivienda (POL 1 2016 0192)
La Compañía pagará al Beneficiario la Indemnización en caso que la Vivienda quede en condición de
Vivienda Inhabitable debido a los daños causados por cualquiera de las siguientes situaciones:
1. Incendio, incluyendo los daños causados para extinguirlo.
2. Salida de mar, maremoto, inundación, desbordamiento de cauces, avalanchas, aluviones y
deslizamientos de nieveo hielo,viento o erupción volcánica,originados sinlaintervencióndelhombre.
3. Derrumbe o caída de todo o parte de edificios (colapso de edificio).
4. Daños materiales causados por agua proveniente de roturas de cañerías o del desbordamiento de
estanques matrices.
5. Daños materiales causados por vehículos terrestres o aéreos, o por partes no explosivas caídas a
propósito de esos golpes o caídas.
NOTA: La Compañía pagará al Beneficiario la Indemnización en caso que la Vivienda sufra daños
técnicamente mayores a un 75% de su superficie edificada por alguna de las coberturas anteriores.
Se entiende por Vivienda la casa-habitación que utiliza el Asegurado únicamente para su residencia;
y no para actividades económicas.No se considera parte de la Vivienda el terreno sobre el cual está
construido. Se identifica en Solicitud de Incorporación.
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CAPITAL ASEGURADO
Coberturas
Capital Asegurado
Plan 1 Plan 2
Inhabitabilidad de la Vivienda UF 400
Límite único combinado
UF 600
Límite único combinado
Sismo
N° Máximo de Eventos: 1(uno), una vez pagado el evento se dará por terminada la Póliza.
ARTÍCULO N° 8: BENEFICIO DE ASISTENCIA
El servicio de asistencia requiere de un periodo de activación mínimo de 30 días, por lo tanto el
Asegurado podrá acceder a todos los beneficios y servicios contemplados en esta asistencia luego de
transcurridos 30 días, contados desde la contratación telefónica del Seguro.
DESCRIPCIÓN DE LA ASISTENCIA
PLAN 1: CERRAJERIA POR EMERGENCIA:
En el caso de que el ASEGURADO sufra cualquier hecho accidental, como pérdida, extravío o robo
de las llaves, inutilización de la cerradura por intento de hurto u otra causa maliciosa que impida la
apertura de la puerta principal de acceso peatonal al domicilio del ASEGURADO o bien que ponga en
riesgo la seguridad de la misma, se enviará a la brevedad posible un técnico que resuelva el correcto
cierre de la puerta del domicilio, siempre que el estado y condiciones de las instalaciones lo permitan.
Se establecen las siguientes condiciones:
Número de Evento Anual : 2
Tope por Evento : 1.5 UF
✓ Este límite considera mano de obra, chapa básica, herramientas básicas para resolver el
inconveniente del ASEGURADO y traslado del técnico en zonas urbanas.
Exclusiones:
✓ En el caso que el presupuesto de reparación/instalación/cambio de chapa supere el tope anual
indicado solo cubrirá hasta el límite establecido, siendo responsabilidad del Asegurado pagar la
diferencia previo al servicio con una transferencia electrónica al proveedor.
✓ El servicio considera la apertura/reparación de la puerta para el acceso directo a los bienes de uso
común en copropiedades hasta el límite establecido.
✓ La reparación y/o reposición de puertas y/o accesorios tales como bisagras, brazos hidráulicos,
motores, poleas, malacates.
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✓ Apertura, reparación y/o reposición de cerraduras que no sea la de acceso principal peatonal.
✓ Cerraduras eléctricas.
✓ Cambio de chapa por mal uso en cerrajería interna y externa.
✓ Portones eléctricos y sus componentes.
✓ Apertura, reposición o reparación de cerraduras de máxima seguridad o blindadas.
✓ En caso de cambio o reposición de la chapa para asegurar el correcto cierre del inmueble en su
acceso principal peatonal, el servicio de asistencia sólo se hará cargo del costo de la chapa hasta el
límite establecido.
PLAN 2: MAESTRO POLIFUNCIONAL:
En el caso que el Asegurado requiera de los servicios de un “Maestro a domicilio” deberá primero
seleccionar uno de los servicios contemplados para que el técnico realice el trabajo coordinado
previamente con la plataforma de servicios.
Servicios:
✓ Electricidad: Cambio de interruptores, soquetes, enchufes.
✓ Instalación o reubicación de: Cuadros, botiquín (en caja de espejo en baño), accesorios de baño
(portarrollos, toallero), lámparas y apliques.
✓ Instalación o reubicación de línea blanca y/o electrodomésticos: Lavadoras, lavavajillas,
refrigeradores, secadoras, TV LCD/LED según factibilidad técnica.
✓ Cortinas: instalación o reubicación de soportes para barras de cortinas simples (sin rieles).
✓ Gasfitería básica en baños y cocina: Cambio de flapper de estanque del WC, cambio de flexibles,
sifón de lavamanos, fittings del estanque del WC, manilla de estanque del WC, llaves de
lavamano/ducha, gomas de llaves, sifón del lavaplatos, destape de
lavamanos/lavaplatos/tina/WC, sellado con silicona del contorno de
lavamanos/lavaplatos/tina/WC.
✓ Armado de muebles pequeños que puedan ser manipulados por una sola persona., sin anclaje.
✓ Cerrajería - Cambio simple de chapas por reemplazo por una del mismo tipo de la existente.
Se establecen las siguientes condiciones:
Número de Evento Anual : 1
Tope por Evento : 2 UF
✓ En caso de exceder el límite establecido, podrá cancelar la diferencia realizando una transferencia
electrónica previo al servicio.
✓ El servicio está asociado al número de la póliza del seguro (no a la persona).
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✓ El Maestro solamente realiza tareas que pueda hacer una sola persona.
✓ El servicio sólo considera mano de obra y herramientas básicas para realizar el trabajo.
✓ El servicio de cerrajería considera sólo la mano de obra y herramientas necesarias para hacer
el cambio de chapa existente por una del mismo tipo. Si el cliente desea otra chapa deberá
indicarlo cuando coordine el servicio,y pagar la diferencia previa indicación de transferencia de
la diferencia que no cubre el límite establecido.
✓ El maestro no estará facultado ni autorizado para realizar tareas distintas a las especificadas. El
maestro puede ejecutar el servicio sólo en un domicilio por día.
✓ La coordinación del servicio debe ser con un mínimo de 24 horas de anticipación para agendar
su visita.
✓ La coordinación del servicio se realizará en días hábiles de lunes a viernes de 09:30 a 18:00
horas.
✓ Existe cobertura de Arica a Punta Arenas para los servicios, excluyendo los territorios insulares,
e isla grande de Chiloé.
Uso del Servicio
Para la facilitación de atención de los asegurados se ha dispuesto el siguiente protocolo:
a) El Asegurado podrá comunicarse con la empresa de asistencia al número exclusivo 600 700 2000
o 22 200 29 69.
b) El Asegurado podrásolicitarla coordinacióndel serviciosiempreque no supere las 24 horas desde
ocurrida la emergencia hogar.
c) El Asegurado deberá otorgar al ejecutivo de la plataforma de asistencia todos los datos necesarios
para identificarlo como ASEGURADO, y todos los datos necesarios tales como:Ubicación exacta del
domicilio, número de teléfono para localizarlo,descripción del problema a reparar y tipo de ayuda que
necesitaría.
En caso de consultas relacionadas con este servicio no dude en llamar al centro de atención al cliente
de BNP Paribas Cardif Seguros de Generales S.A. llamando al 800 362 100, donde un ejecutivo
especializado lo atenderá de lunes a viernes de 9:00 a 18:00 horas, excepto festivos.
ARTÍCULO N° 9: BENEFICIARIOS
Para todas las coberturas será el mismo Asegurado.
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ARTÍCULO N°10: EXCLUSIONES
Las exclusiones para las coberturas que contempla la póliza, se encuentran debidamente detalladas
en los Condicionados Generales depositados en la Comisión para el Mercado Financiero bajo los
siguientes códigos: POL 120160192 (Artículo N°5), a excepción de lo indicado en el ítem 2, referente
a “Viviendas que estén construidas total o parcialmente de adobe, madera u otro material ligero las
cuales si se encuentran amparados por la presente Póliza.
ARTÍCULO N° 11: PRIMA Y FORMA DE PAGO
La prima será mensual por Asegurado, en función de lo indicado en la siguiente tabla:
PLAN 1
Cobertura Prima Cliente Neta
(UF)
IVA
(UF)
Prima Cliente Bruta
(UF)
Inhabitabilidad de la vivienda 0,0882 0,0168 0,1050
Sismo 0,1050 0,0000 0,1050
TOTAL 0,1932 0,0168 0,2100
PLAN 2
Cobertura Prima Cliente Neta
(UF)
IVA
(UF)
Prima Cliente Bruta
(UF)
Inhabitabilidad de la vivienda 0,1261 0,0239 0,1500
Sismo 0,1500 0,0000 0,1500
TOTAL 0,2761 0,0239 0,3000
La prima será cobrada por el Contratante a través de tarjetas de crédito emitidas por la entidad
contratante al pagador del seguro.
Notas: El pago de la prima se efectuará mediante la modalidad PAT(Autorización de Descuento en
Tarjeta de Crédito),porlo que las condicionesdelmandato que autorizaesta modalidad de pagoforma
parte integrante de la presente Póliza, en conformidad a lo dispuesto en la Circular N° 1499 de la
Comisión para el Mercado Financiero
HOGAR CATASTROFICO TKM
PÓLIZA N° 120047377 Página 9 de 15
ARTÍCULO N° 12: SINIESTROS
Plazo de presentación de los antecedentes
Producido un siniestro, el Asegurado deberá presentar los documentos justificativos del mismo a la
Compañía Aseguradoratan pronto seaposible desde que tomó conocimiento delmismo. No obstante,
se establece un plazo de 90 días corridos siguientes a la fecha en que se haya producido el hecho, en
tanto este plazo sea superior al primero.
El aviso de siniestro, podrá realizarse por intermedio del Corredor que intermedia el presente seguro
y será igualmente válido y eficaz si se utilizan medios electrónicos de conexión directa u otros
análogos.
Antecedentes para la liquidación
Para la liquidación del siniestro, el Asegurado deberá enviar los siguientes antecedentes:
a) Formulario de denuncio de siniestro firmado por el Asegurado Indicando póliza y cobertura, en
donde se detallen los daños causados por el siniestro (con indicación de los objetos destruidos o
deteriorados), y en donde se relaten los hechos en forma escrita por parte del asegurado.
b) Denuncia policial y Copia del Parte Policial. El Asegurado dentro de un plazo de 24 horas de
ocurrido el siniestro deberá denunciarlo a la unidad policial correspondiente.
c) Informe y Peritaje de bomberos, en caso de incendio.
d) Fotocopia de cédula de identidad del Asegurado, por ambos lados.
e) Indicar si existen otros seguros comprometidos por el Edificio o Contenidos,indicando compañía
aseguradora y nº de póliza.
Plazo de Liquidación
El período de liquidación del siniestro, será de 10 días hábiles a contar de la fecha de recepción por
parte de la Compañía, de los antecedentes indicados en esta Póliza.
Tratándose de siniestros que no vengan acompañados de toda la documentación pertinente o en que
se requierade un mayor análisis,la Compañía se reservaelderecho asolicitar todos los antecedentes
y efectuar las investigaciones que sean necesarias para efectuar en forma correcta el procedimiento
de liquidación.
La Compañía informará oportunamente al responsable de la Corredora sobre aquellos casos que se
encuentren pendientes.
Nota: Se incluye Anexo relativo a Procedimiento de Liquidación de Siniestros.
HOGAR CATASTROFICO TKM
PÓLIZA N° 120047377 Página 10 de 15
ARTÍCULO N° 13: COMISIONES
Comisión de Intermediación: La Compañía Aseguradora pagará al Corredor por concepto de
Comisión de Intermediación 14,28% (IVA incluido) sobre la prima bruta recaudada, neta de
anulaciones y devoluciones
Servicio de Recaudación: La Compañía Aseguradora pagará al Contratante por concepto de
Comisión de Recaudación 18% (Exenta de IVA) sobre la prima bruta recaudada, neta de anulaciones
y devoluciones.
ARTÍCULO Nº 14: TERMINACIÓN
El seguro terminará al vencimiento del plazo establecido para su duración en las condiciones
particulares, por el cumplimiento de la edad máxima de permanencia indicada en la póliza, o por la
pérdida de la calidad de asegurado de conformidad a lo establecido en las condiciones particulares.
El Asegurado podrá poner fin anticipado al contrato, salvo las excepciones legales, comunicándolo al
asegurador. El Asegurador, a su vez, podrá poner término al contrato de seguro en caso de concurrir
una cualquiera de las siguientes causales:
1. No tiene interés real en la Vivienda al momento del Siniestro o durante la duración de la
Cobertura. Se entiende que el Asegurado no tiene interés real en la Vivienda cuando no
existen motivos demostrables por cuidarla y protegerla.
2. Se encuentra en cualquier momento en alguna de las situaciones que se indican en los
"Requisitos de Asegurabilidad" de las condiciones particulares de la Póliza.
En caso que la Póliza se contrate con coberturas adicionales a las indicadas en este documento, ni el
Asegurado ni la Compañía podrán terminarlas por separado de la Cobertura principal, a menos que
los dos estén de acuerdo.
ARTÍCULO Nº 15: DERECHO DE RETRACTACIÓN
El asegurado tiene derecho a retractarse del seguro adquirido por promociones u ofertas de seguros
a través de sistemas de comunicación a distancia, sin expresión de causa ni penalización alguna, en
el plazo de 35 días contados desde que el asegurado tome conocimiento de la póliza respectiva o
desde lafechaque éstallegue aldomicilio designadoparatales efectos.Asimismo,elinteresadopodrá
manifestar su intención de retractarse de la aceptación del contrato en cualquier momento antes del
envío físico o electrónico (e-mail) de la póliza.
La retractación deberá comunicarse, al asegurador o corredor de seguros que intermedie el seguro,
por cualquier medio que permita la expresión fehaciente de voluntad.
HOGAR CATASTROFICO TKM
PÓLIZA N° 120047377 Página 11 de 15
Si la retractación se produce con posterioridad al pago de la prima respectiva, deberá restituirse su
importe íntegro al interesado, con independencia del medio de pago respectivo.
ARTÍCULO N° 16: CONDICIONES GENERALES
Las Condiciones Generales de la presente Póliza se encuentran debidamente depositadas en el
registro de pólizas de la Comisión para el Mercado Financiero, bajo los códigos:
 Inhabitabilidad de la vivienda
(POL 1 2016 0192)
 Sismo
(POL 1 2016 0192)
ARTÍCULO N° 17: SELLO SERNAC
Este contrato no cuenta con sello Sernac.
_______________________
CAT Administradora de
Tarjetas S.A
_______________________
CAT Administradora de
Tarjetas S.A
_______________________
CAT Corredores de Seguros y
Servicios S.A
_______________________
CAT Corredores de Seguros y
Servicios S.A
_____________________________________
BNP Paribas Cardif Seguros Generales S.A
Fecha de Emisión 01 de Mayo de 2020
HOGAR CATASTROFICO TKM
PÓLIZA N° 120047377 Página 12 de 15
ANEXO
SERVICIO DE ATENCION AL CLIENTE
En caso de consultas relacionadas con este servicio no dude en llamar al centro de atención al cliente
de BNP Paribas Cardif Seguros de Generales S.A. llamando al 800 362 100, donde un ejecutivo
especializado lo atenderá de lunes a viernes de 9:00 a 18:00 horas, excepto festivos o vía correo
electrónico al correo: servicio.cliente@cardif.cl y para consultas de siniestros escribir a:
siniestros@cardif.cl
HOGAR CATASTROFICO TKM
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ANEXO
INFORMACIÓN SOBRE ATENCIÓN DE CLIENTES Y PRESENTACIÓN DE CONSULTAS Y
RECLAMOS
En virtud de la Circular N° 2131 de 28 de Noviembre de 2013, las compañías de seguros, corredores
de seguros y liquidadores de siniestros, deberán recibir, registrar y responder todas las
presentaciones, consultas o reclamos que se les presenten directamente por el contratante,
asegurado, beneficiarios o legítimos interesados o sus mandatarios.
Las presentaciones pueden ser efectuadas en todas las oficinas de las entidades en que se atienda
público, presencialmente, por correo postal, medios electrónicos, o telefónicamente, sin formalidades,
en el horario normal de atención.
Recibida una presentación, consulta o reclamo, ésta deberá ser respondida en el plazo más breve
posible, el que no podrá exceder de 20 días hábiles contados desde su recepción.
El interesado, en caso de disconformidad respecto de lo informado, o bien cuando exista demora
injustificada de la respuesta, podrá recurrir a la Comisión para el Mercado Financiero, Área de
Protección al Inversionista y Asegurado, cuyas oficinas se encuentran ubicadas en Av. Libertador
Bernardo O´Higgins 1449, piso 1°, Santiago, o a través del sitio web www.cmfchile.cl.
HOGAR CATASTROFICO TKM
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ANEXO
(Circular N° 2106 Comisión para el Mercado Financiero)
PROCEDIMIENTO DE LIQUIDACIÓN DE SINIESTROS
1) OBJETIVO DE LA LIQUIDACIÓN
La liquidación tiene por fin establecer la ocurrencia de un siniestro, determinar si el siniestro está
cubierto en la póliza contratada en una compañía de seguros determinada, y cuantificar el monto de
la pérdida y de la indemnización a pagar.
El procedimiento de liquidación está sometido a los principios de celeridad y economía procedimental,
de objetividad y carácter técnico y de transparencia y acceso.
2) FORMA DE EFECTUAR LA LIQUIDACIÓN
La liquidación puede efectuarla directamente la Compañía o encomendarla a un Liquidador de
Seguros. La decisión debe comunicarse al Asegurado dentro del plazo de tres días hábiles contados
desde la fecha de la denuncia del siniestro.
3) DERECHO DE OPOSICIÓN A LA LIQUIDACIÓN DIRECTA
En caso de liquidación directa por la compañía, el Asegurado o beneficiario puede oponerse a ella,
solicitándole por escrito que designe un Liquidador de Seguros, dentro delplazo de cinco días hábiles
contados desde la notificación de la comunicación de la Compañía. La Compañía deberá designar al
Liquidador en el plazo de dos días hábiles contados desde dicha oposición.
4) INFORMACIÓN AL ASEGURADO DE GESTIONES A REALIZAR Y PETICIÓN DE
ANTECEDENTES
El Liquidadoro la Compañía deberáinformar al Asegurado,porescrito,enformasuficiente y oportuna,
al correo electrónico (informado en la denuncia del siniestro) o por carta certificada (al domicilio
señalado en la denuncia de siniestro), de las gestiones que le corresponde realizar, solicitando de una
sola vez, cuando las circunstancias lo permitan, todos los antecedentes que requiere para liquidar el
siniestro.
5) PRE – INFORME DE LIQUIDACIÓN
En aquellos siniestros en que surgieren problemas y diferencias de criterios sobre sus causas,
evaluación del riesgo o extensión de la cobertura, podrá el Liquidador, actuando de oficio o a petición
del Asegurado, emitir un pre-informe de liquidación sobre la cobertura del siniestro y el monto de los
daños producidos, el que deberá ponerse en conocimiento de los interesados. El asegurado o la
Compañía podrán hacer observaciones por escrito al pre-informe dentro del plazo de cinco días
hábiles desde su conocimiento.
HOGAR CATASTROFICO TKM
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6) PLAZO DE LIQUIDACIÓN
Dentro del más breve plazo, no pudiendo exceder de 45 días corridos desde fecha denuncio, a
excepción de:
a) Siniestros que correspondan a seguros individuales sobre riesgos del Primer Grupo cuya prima
anual sea superior a 100 UF: 90 días corridos desde fecha denuncio;
b) Siniestros marítimos que afecten a los cascos o encaso de Avería Gruesa: 180 días corridos desde
fecha denuncio;
7) PRORROGA DE PLAZO DE LIQUIDACIÓN
Los plazos antes señalados podrán, excepcionalmente siempre que las circunstancias lo ameriten,
prorrogarse, sucesivamente por iguales períodos, informando los motivos que la fundamenten e
indicando las gestiones concretas y específicas que se realizarán, lo que deberá comunicarse al
Asegurado y a la Comisión para el Mercado Financiero, pudiendo esta última dejar sin efecto la
ampliación, en casos calificados, y fijar un plazo para entrega del Informe de Liquidación. No podrá
ser motivo de prórroga la solicitud de nuevos antecedentes cuyo requerimiento pudo preverse con
anterioridad, salvo que se indiquen las razones que justifiquen la falta de requerimiento, ni podrán
prorrogarse los siniestros en que no haya existido gestión alguna del liquidador, registrado o directo.
8) INFORME FINAL DE LIQUIDACIÓN
El informe final de liquidacióndeberáremitirse alAsegurado y simultáneamente alAsegurador,cuando
corresponda , y deberá contener necesariamente la trascripción íntegra de los artículos 26 y 27 del
Reglamento de Auxiliares delComerciode Seguros(D.S.de HaciendaN°1.055, de 2012, Diario Oficial
de 29 de Diciembre de 2012).
9) IMPUGNACIÓN INFORME DE LIQUIDACIÓN
Recibido el informe de Liquidación, la Compañía y el Asegurado dispondrán de un plazo de diez días
hábiles para impugnarla. En caso de liquidación directa por la Compañía, este derecho sólo lo tendrá
el Asegurado.
Impugnado el informe, el Liquidador o la compañía dispondrá de un plazo de 6 días hábiles para
responder la impugnación.

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Poliza 120047377 hogar catastrofico tkm (roza0001)

  • 1. PÓLIZA COLECTIVA HOGAR CATASTROFICO TMK CENCOSUD PÓLIZA N° 120047377 VIGENCIA Desde 01/05/2020 a las 00:00 hrs. Hasta 30/06/2020 a las 24:00 hrs. RESUMEN DE COBERTURAS Y CONDICIONADO GENERAL RESPECTIVO Inhabitabilidad de la Vivienda POL 1 2016 0192 Sismo POL 1 2016 0192
  • 2. HOGAR CATASTROFICO TKM PÓLIZA N° 120047377 Página 2 de 15 PÓLIZA COLECTIVA HOGAR CATASTROFICO TMK CENCOSUD PÓLIZA N° 120047377 (En adelante la “Póliza”) CONDICIONES PARTICULARES ARTÍCULO N° 1: PARTES INTERVINIENTES A) CONTRATANTE Contratante : CAT Administradora de Tarjetas S.A. (en delante el “Contratante”) R.U.T. : 99.500.840-8 Dirección : Av. Vitacura 2736, Piso Nº 14. Comuna : Las Condes B) ASEGURADOR Asegurador : BNP Paribas Cardif Seguros Generales S.A. (En adelante la “Compañía”) R.U.T. N° : 96.837.640-3 Dirección : Vitacura 2670, piso 14 Comuna : Las Condes, Santiago C) CORREDOR Corredor : CAT Corredores de Seguros y Servicios S.A. (En adelante la “Corredora” o Corredor”) R.U.T. : 77.218.570-7 Dirección : Av. Vitacura 2736, Piso Nº 14 Comuna : Las Condes
  • 3. HOGAR CATASTROFICO TKM PÓLIZA N° 120047377 Página 3 de 15 ARTÍCULO N° 2: AUTORREGULACIÓN De acuerdo a lo dispuesto por el Consejo de Autorregulación de la Asociación de Aseguradores, BNP Paribas Cardif Seguros Generales S.A. se encuentra adherida voluntariamente al Código de Autorregulación y al Compendio de Buenas Prácticas de las Compañías de Seguros, cuyo propósito es propender al desarrollo del mercado de los seguros, en consonancia con los principios de libre competencia y buena fe que debe existir entre las empresas, y entre éstas y sus clientes. Copia del Compendio de Buenas Prácticas Corporativas de las Compañías de Seguros se encuentra a disposiciónde los interesados encualquierade las oficinas de BNP Paribas Cardif Seguros Generales S.A. y en www.aach.cl. Asimismo ha aceptado la intervención del Defensor del Asegurado cuando los clientes le presenten reclamos en relación a los contratos celebrados con ella. Los clientes pueden presentar sus reclamos ante el Defensor del Asegurado utilizando los formularios disponibles en las oficinas de BNP Paribas Cardif Seguros Generales o a través de la página Web www.ddachile.cl. ARTÍCULO N° 3: VIGENCIA DE LA PÓLIZA COLECTIVA La pólizatendrávigenciadesde las 00:00 horas del 01/05/2020 y hasta las 24:00 horas del 30/06/2020 y posteriormente se renovará automáticamente por un nuevo periodo,salvo que alguna de las partes manifieste su intención de ponerle término mediante aviso previo enviado con al menos 60 (sesenta) días de anticipación a la fecha de término del período respectivo. No obstante lo anterior, cualquier hecho que pudiere influir en la apreciación del riesgo, o cualquiera circunstancia que,conocidaporlaCompañía, hubiere producido algunamodificaciónsustancialen las condiciones de las coberturas, faculta a la Compañía para poner término anticipado mediante aviso enviado al Contratante por carta certificada, en cuyo caso el término operará una vez transcurridos 60 (sesenta) días modificar las condiciones de las coberturas, según lo prefiera el contratante. ARTÍCULO N° 4: VIGENCIA DE LA COBERTURA INDIVIDUAL Para aquellas personas que cumplan con las Condiciones de Asegurabilidad y que se incorporen voluntariamente a este seguro, el periodo de cobertura del asegurado es mensual y comenzará, en el caso de los seguros contratados de forma telefónica, una vez revisada la conformidad de la grabación por medio del cual el asegurado solicitó su incorporación al seguro y el posterior envío de la copia de la póliza de seguro y del certificado cobertura del mismo, La cobertura mensual se renovará automáticamente mientras se encuentre el asegurado al día en el pago mensual de su prima, y en tanto el Asegurado o la Compañía no hayan puesto término a la cobertura.
  • 4. HOGAR CATASTROFICO TKM PÓLIZA N° 120047377 Página 4 de 15 ARTÍCULO N° 5: ASEGURADOS Podrán ser asegurados bajo la presente póliza, los clientes que tengan la calidad de titulares de una tarjeta de crédito otorgado por el Contratante, que en forma voluntaria se adhieran a esta Póliza y cumplan con las Condiciones de Asegurabilidad establecidas en ella (en adelante denominados individualmente el “Asegurado” o conjuntamente los “Asegurados). ARTÍCULO N° 6: CONDICIONES DE ASEGURABILIDAD La edad mínima de ingreso de los Asegurables es 18 años. ARTÍCULO N° 7: COBERTURAS Y CAPITAL ASEGURADO Cobertura de Sismo (POL 1 2016 0192) La Compañía pagará al Beneficiario la Indemnización en caso que la Vivienda quede en condición de Vivienda Inhabitable debido a los daños causados por Sismo. Cobertura de inhabitabilidad de la vivienda (POL 1 2016 0192) La Compañía pagará al Beneficiario la Indemnización en caso que la Vivienda quede en condición de Vivienda Inhabitable debido a los daños causados por cualquiera de las siguientes situaciones: 1. Incendio, incluyendo los daños causados para extinguirlo. 2. Salida de mar, maremoto, inundación, desbordamiento de cauces, avalanchas, aluviones y deslizamientos de nieveo hielo,viento o erupción volcánica,originados sinlaintervencióndelhombre. 3. Derrumbe o caída de todo o parte de edificios (colapso de edificio). 4. Daños materiales causados por agua proveniente de roturas de cañerías o del desbordamiento de estanques matrices. 5. Daños materiales causados por vehículos terrestres o aéreos, o por partes no explosivas caídas a propósito de esos golpes o caídas. NOTA: La Compañía pagará al Beneficiario la Indemnización en caso que la Vivienda sufra daños técnicamente mayores a un 75% de su superficie edificada por alguna de las coberturas anteriores. Se entiende por Vivienda la casa-habitación que utiliza el Asegurado únicamente para su residencia; y no para actividades económicas.No se considera parte de la Vivienda el terreno sobre el cual está construido. Se identifica en Solicitud de Incorporación.
  • 5. HOGAR CATASTROFICO TKM PÓLIZA N° 120047377 Página 5 de 15 CAPITAL ASEGURADO Coberturas Capital Asegurado Plan 1 Plan 2 Inhabitabilidad de la Vivienda UF 400 Límite único combinado UF 600 Límite único combinado Sismo N° Máximo de Eventos: 1(uno), una vez pagado el evento se dará por terminada la Póliza. ARTÍCULO N° 8: BENEFICIO DE ASISTENCIA El servicio de asistencia requiere de un periodo de activación mínimo de 30 días, por lo tanto el Asegurado podrá acceder a todos los beneficios y servicios contemplados en esta asistencia luego de transcurridos 30 días, contados desde la contratación telefónica del Seguro. DESCRIPCIÓN DE LA ASISTENCIA PLAN 1: CERRAJERIA POR EMERGENCIA: En el caso de que el ASEGURADO sufra cualquier hecho accidental, como pérdida, extravío o robo de las llaves, inutilización de la cerradura por intento de hurto u otra causa maliciosa que impida la apertura de la puerta principal de acceso peatonal al domicilio del ASEGURADO o bien que ponga en riesgo la seguridad de la misma, se enviará a la brevedad posible un técnico que resuelva el correcto cierre de la puerta del domicilio, siempre que el estado y condiciones de las instalaciones lo permitan. Se establecen las siguientes condiciones: Número de Evento Anual : 2 Tope por Evento : 1.5 UF ✓ Este límite considera mano de obra, chapa básica, herramientas básicas para resolver el inconveniente del ASEGURADO y traslado del técnico en zonas urbanas. Exclusiones: ✓ En el caso que el presupuesto de reparación/instalación/cambio de chapa supere el tope anual indicado solo cubrirá hasta el límite establecido, siendo responsabilidad del Asegurado pagar la diferencia previo al servicio con una transferencia electrónica al proveedor. ✓ El servicio considera la apertura/reparación de la puerta para el acceso directo a los bienes de uso común en copropiedades hasta el límite establecido. ✓ La reparación y/o reposición de puertas y/o accesorios tales como bisagras, brazos hidráulicos, motores, poleas, malacates.
  • 6. HOGAR CATASTROFICO TKM PÓLIZA N° 120047377 Página 6 de 15 ✓ Apertura, reparación y/o reposición de cerraduras que no sea la de acceso principal peatonal. ✓ Cerraduras eléctricas. ✓ Cambio de chapa por mal uso en cerrajería interna y externa. ✓ Portones eléctricos y sus componentes. ✓ Apertura, reposición o reparación de cerraduras de máxima seguridad o blindadas. ✓ En caso de cambio o reposición de la chapa para asegurar el correcto cierre del inmueble en su acceso principal peatonal, el servicio de asistencia sólo se hará cargo del costo de la chapa hasta el límite establecido. PLAN 2: MAESTRO POLIFUNCIONAL: En el caso que el Asegurado requiera de los servicios de un “Maestro a domicilio” deberá primero seleccionar uno de los servicios contemplados para que el técnico realice el trabajo coordinado previamente con la plataforma de servicios. Servicios: ✓ Electricidad: Cambio de interruptores, soquetes, enchufes. ✓ Instalación o reubicación de: Cuadros, botiquín (en caja de espejo en baño), accesorios de baño (portarrollos, toallero), lámparas y apliques. ✓ Instalación o reubicación de línea blanca y/o electrodomésticos: Lavadoras, lavavajillas, refrigeradores, secadoras, TV LCD/LED según factibilidad técnica. ✓ Cortinas: instalación o reubicación de soportes para barras de cortinas simples (sin rieles). ✓ Gasfitería básica en baños y cocina: Cambio de flapper de estanque del WC, cambio de flexibles, sifón de lavamanos, fittings del estanque del WC, manilla de estanque del WC, llaves de lavamano/ducha, gomas de llaves, sifón del lavaplatos, destape de lavamanos/lavaplatos/tina/WC, sellado con silicona del contorno de lavamanos/lavaplatos/tina/WC. ✓ Armado de muebles pequeños que puedan ser manipulados por una sola persona., sin anclaje. ✓ Cerrajería - Cambio simple de chapas por reemplazo por una del mismo tipo de la existente. Se establecen las siguientes condiciones: Número de Evento Anual : 1 Tope por Evento : 2 UF ✓ En caso de exceder el límite establecido, podrá cancelar la diferencia realizando una transferencia electrónica previo al servicio. ✓ El servicio está asociado al número de la póliza del seguro (no a la persona).
  • 7. HOGAR CATASTROFICO TKM PÓLIZA N° 120047377 Página 7 de 15 ✓ El Maestro solamente realiza tareas que pueda hacer una sola persona. ✓ El servicio sólo considera mano de obra y herramientas básicas para realizar el trabajo. ✓ El servicio de cerrajería considera sólo la mano de obra y herramientas necesarias para hacer el cambio de chapa existente por una del mismo tipo. Si el cliente desea otra chapa deberá indicarlo cuando coordine el servicio,y pagar la diferencia previa indicación de transferencia de la diferencia que no cubre el límite establecido. ✓ El maestro no estará facultado ni autorizado para realizar tareas distintas a las especificadas. El maestro puede ejecutar el servicio sólo en un domicilio por día. ✓ La coordinación del servicio debe ser con un mínimo de 24 horas de anticipación para agendar su visita. ✓ La coordinación del servicio se realizará en días hábiles de lunes a viernes de 09:30 a 18:00 horas. ✓ Existe cobertura de Arica a Punta Arenas para los servicios, excluyendo los territorios insulares, e isla grande de Chiloé. Uso del Servicio Para la facilitación de atención de los asegurados se ha dispuesto el siguiente protocolo: a) El Asegurado podrá comunicarse con la empresa de asistencia al número exclusivo 600 700 2000 o 22 200 29 69. b) El Asegurado podrásolicitarla coordinacióndel serviciosiempreque no supere las 24 horas desde ocurrida la emergencia hogar. c) El Asegurado deberá otorgar al ejecutivo de la plataforma de asistencia todos los datos necesarios para identificarlo como ASEGURADO, y todos los datos necesarios tales como:Ubicación exacta del domicilio, número de teléfono para localizarlo,descripción del problema a reparar y tipo de ayuda que necesitaría. En caso de consultas relacionadas con este servicio no dude en llamar al centro de atención al cliente de BNP Paribas Cardif Seguros de Generales S.A. llamando al 800 362 100, donde un ejecutivo especializado lo atenderá de lunes a viernes de 9:00 a 18:00 horas, excepto festivos. ARTÍCULO N° 9: BENEFICIARIOS Para todas las coberturas será el mismo Asegurado.
  • 8. HOGAR CATASTROFICO TKM PÓLIZA N° 120047377 Página 8 de 15 ARTÍCULO N°10: EXCLUSIONES Las exclusiones para las coberturas que contempla la póliza, se encuentran debidamente detalladas en los Condicionados Generales depositados en la Comisión para el Mercado Financiero bajo los siguientes códigos: POL 120160192 (Artículo N°5), a excepción de lo indicado en el ítem 2, referente a “Viviendas que estén construidas total o parcialmente de adobe, madera u otro material ligero las cuales si se encuentran amparados por la presente Póliza. ARTÍCULO N° 11: PRIMA Y FORMA DE PAGO La prima será mensual por Asegurado, en función de lo indicado en la siguiente tabla: PLAN 1 Cobertura Prima Cliente Neta (UF) IVA (UF) Prima Cliente Bruta (UF) Inhabitabilidad de la vivienda 0,0882 0,0168 0,1050 Sismo 0,1050 0,0000 0,1050 TOTAL 0,1932 0,0168 0,2100 PLAN 2 Cobertura Prima Cliente Neta (UF) IVA (UF) Prima Cliente Bruta (UF) Inhabitabilidad de la vivienda 0,1261 0,0239 0,1500 Sismo 0,1500 0,0000 0,1500 TOTAL 0,2761 0,0239 0,3000 La prima será cobrada por el Contratante a través de tarjetas de crédito emitidas por la entidad contratante al pagador del seguro. Notas: El pago de la prima se efectuará mediante la modalidad PAT(Autorización de Descuento en Tarjeta de Crédito),porlo que las condicionesdelmandato que autorizaesta modalidad de pagoforma parte integrante de la presente Póliza, en conformidad a lo dispuesto en la Circular N° 1499 de la Comisión para el Mercado Financiero
  • 9. HOGAR CATASTROFICO TKM PÓLIZA N° 120047377 Página 9 de 15 ARTÍCULO N° 12: SINIESTROS Plazo de presentación de los antecedentes Producido un siniestro, el Asegurado deberá presentar los documentos justificativos del mismo a la Compañía Aseguradoratan pronto seaposible desde que tomó conocimiento delmismo. No obstante, se establece un plazo de 90 días corridos siguientes a la fecha en que se haya producido el hecho, en tanto este plazo sea superior al primero. El aviso de siniestro, podrá realizarse por intermedio del Corredor que intermedia el presente seguro y será igualmente válido y eficaz si se utilizan medios electrónicos de conexión directa u otros análogos. Antecedentes para la liquidación Para la liquidación del siniestro, el Asegurado deberá enviar los siguientes antecedentes: a) Formulario de denuncio de siniestro firmado por el Asegurado Indicando póliza y cobertura, en donde se detallen los daños causados por el siniestro (con indicación de los objetos destruidos o deteriorados), y en donde se relaten los hechos en forma escrita por parte del asegurado. b) Denuncia policial y Copia del Parte Policial. El Asegurado dentro de un plazo de 24 horas de ocurrido el siniestro deberá denunciarlo a la unidad policial correspondiente. c) Informe y Peritaje de bomberos, en caso de incendio. d) Fotocopia de cédula de identidad del Asegurado, por ambos lados. e) Indicar si existen otros seguros comprometidos por el Edificio o Contenidos,indicando compañía aseguradora y nº de póliza. Plazo de Liquidación El período de liquidación del siniestro, será de 10 días hábiles a contar de la fecha de recepción por parte de la Compañía, de los antecedentes indicados en esta Póliza. Tratándose de siniestros que no vengan acompañados de toda la documentación pertinente o en que se requierade un mayor análisis,la Compañía se reservaelderecho asolicitar todos los antecedentes y efectuar las investigaciones que sean necesarias para efectuar en forma correcta el procedimiento de liquidación. La Compañía informará oportunamente al responsable de la Corredora sobre aquellos casos que se encuentren pendientes. Nota: Se incluye Anexo relativo a Procedimiento de Liquidación de Siniestros.
  • 10. HOGAR CATASTROFICO TKM PÓLIZA N° 120047377 Página 10 de 15 ARTÍCULO N° 13: COMISIONES Comisión de Intermediación: La Compañía Aseguradora pagará al Corredor por concepto de Comisión de Intermediación 14,28% (IVA incluido) sobre la prima bruta recaudada, neta de anulaciones y devoluciones Servicio de Recaudación: La Compañía Aseguradora pagará al Contratante por concepto de Comisión de Recaudación 18% (Exenta de IVA) sobre la prima bruta recaudada, neta de anulaciones y devoluciones. ARTÍCULO Nº 14: TERMINACIÓN El seguro terminará al vencimiento del plazo establecido para su duración en las condiciones particulares, por el cumplimiento de la edad máxima de permanencia indicada en la póliza, o por la pérdida de la calidad de asegurado de conformidad a lo establecido en las condiciones particulares. El Asegurado podrá poner fin anticipado al contrato, salvo las excepciones legales, comunicándolo al asegurador. El Asegurador, a su vez, podrá poner término al contrato de seguro en caso de concurrir una cualquiera de las siguientes causales: 1. No tiene interés real en la Vivienda al momento del Siniestro o durante la duración de la Cobertura. Se entiende que el Asegurado no tiene interés real en la Vivienda cuando no existen motivos demostrables por cuidarla y protegerla. 2. Se encuentra en cualquier momento en alguna de las situaciones que se indican en los "Requisitos de Asegurabilidad" de las condiciones particulares de la Póliza. En caso que la Póliza se contrate con coberturas adicionales a las indicadas en este documento, ni el Asegurado ni la Compañía podrán terminarlas por separado de la Cobertura principal, a menos que los dos estén de acuerdo. ARTÍCULO Nº 15: DERECHO DE RETRACTACIÓN El asegurado tiene derecho a retractarse del seguro adquirido por promociones u ofertas de seguros a través de sistemas de comunicación a distancia, sin expresión de causa ni penalización alguna, en el plazo de 35 días contados desde que el asegurado tome conocimiento de la póliza respectiva o desde lafechaque éstallegue aldomicilio designadoparatales efectos.Asimismo,elinteresadopodrá manifestar su intención de retractarse de la aceptación del contrato en cualquier momento antes del envío físico o electrónico (e-mail) de la póliza. La retractación deberá comunicarse, al asegurador o corredor de seguros que intermedie el seguro, por cualquier medio que permita la expresión fehaciente de voluntad.
  • 11. HOGAR CATASTROFICO TKM PÓLIZA N° 120047377 Página 11 de 15 Si la retractación se produce con posterioridad al pago de la prima respectiva, deberá restituirse su importe íntegro al interesado, con independencia del medio de pago respectivo. ARTÍCULO N° 16: CONDICIONES GENERALES Las Condiciones Generales de la presente Póliza se encuentran debidamente depositadas en el registro de pólizas de la Comisión para el Mercado Financiero, bajo los códigos:  Inhabitabilidad de la vivienda (POL 1 2016 0192)  Sismo (POL 1 2016 0192) ARTÍCULO N° 17: SELLO SERNAC Este contrato no cuenta con sello Sernac. _______________________ CAT Administradora de Tarjetas S.A _______________________ CAT Administradora de Tarjetas S.A _______________________ CAT Corredores de Seguros y Servicios S.A _______________________ CAT Corredores de Seguros y Servicios S.A _____________________________________ BNP Paribas Cardif Seguros Generales S.A Fecha de Emisión 01 de Mayo de 2020
  • 12. HOGAR CATASTROFICO TKM PÓLIZA N° 120047377 Página 12 de 15 ANEXO SERVICIO DE ATENCION AL CLIENTE En caso de consultas relacionadas con este servicio no dude en llamar al centro de atención al cliente de BNP Paribas Cardif Seguros de Generales S.A. llamando al 800 362 100, donde un ejecutivo especializado lo atenderá de lunes a viernes de 9:00 a 18:00 horas, excepto festivos o vía correo electrónico al correo: servicio.cliente@cardif.cl y para consultas de siniestros escribir a: siniestros@cardif.cl
  • 13. HOGAR CATASTROFICO TKM PÓLIZA N° 120047377 Página 13 de 15 ANEXO INFORMACIÓN SOBRE ATENCIÓN DE CLIENTES Y PRESENTACIÓN DE CONSULTAS Y RECLAMOS En virtud de la Circular N° 2131 de 28 de Noviembre de 2013, las compañías de seguros, corredores de seguros y liquidadores de siniestros, deberán recibir, registrar y responder todas las presentaciones, consultas o reclamos que se les presenten directamente por el contratante, asegurado, beneficiarios o legítimos interesados o sus mandatarios. Las presentaciones pueden ser efectuadas en todas las oficinas de las entidades en que se atienda público, presencialmente, por correo postal, medios electrónicos, o telefónicamente, sin formalidades, en el horario normal de atención. Recibida una presentación, consulta o reclamo, ésta deberá ser respondida en el plazo más breve posible, el que no podrá exceder de 20 días hábiles contados desde su recepción. El interesado, en caso de disconformidad respecto de lo informado, o bien cuando exista demora injustificada de la respuesta, podrá recurrir a la Comisión para el Mercado Financiero, Área de Protección al Inversionista y Asegurado, cuyas oficinas se encuentran ubicadas en Av. Libertador Bernardo O´Higgins 1449, piso 1°, Santiago, o a través del sitio web www.cmfchile.cl.
  • 14. HOGAR CATASTROFICO TKM PÓLIZA N° 120047377 Página 14 de 15 ANEXO (Circular N° 2106 Comisión para el Mercado Financiero) PROCEDIMIENTO DE LIQUIDACIÓN DE SINIESTROS 1) OBJETIVO DE LA LIQUIDACIÓN La liquidación tiene por fin establecer la ocurrencia de un siniestro, determinar si el siniestro está cubierto en la póliza contratada en una compañía de seguros determinada, y cuantificar el monto de la pérdida y de la indemnización a pagar. El procedimiento de liquidación está sometido a los principios de celeridad y economía procedimental, de objetividad y carácter técnico y de transparencia y acceso. 2) FORMA DE EFECTUAR LA LIQUIDACIÓN La liquidación puede efectuarla directamente la Compañía o encomendarla a un Liquidador de Seguros. La decisión debe comunicarse al Asegurado dentro del plazo de tres días hábiles contados desde la fecha de la denuncia del siniestro. 3) DERECHO DE OPOSICIÓN A LA LIQUIDACIÓN DIRECTA En caso de liquidación directa por la compañía, el Asegurado o beneficiario puede oponerse a ella, solicitándole por escrito que designe un Liquidador de Seguros, dentro delplazo de cinco días hábiles contados desde la notificación de la comunicación de la Compañía. La Compañía deberá designar al Liquidador en el plazo de dos días hábiles contados desde dicha oposición. 4) INFORMACIÓN AL ASEGURADO DE GESTIONES A REALIZAR Y PETICIÓN DE ANTECEDENTES El Liquidadoro la Compañía deberáinformar al Asegurado,porescrito,enformasuficiente y oportuna, al correo electrónico (informado en la denuncia del siniestro) o por carta certificada (al domicilio señalado en la denuncia de siniestro), de las gestiones que le corresponde realizar, solicitando de una sola vez, cuando las circunstancias lo permitan, todos los antecedentes que requiere para liquidar el siniestro. 5) PRE – INFORME DE LIQUIDACIÓN En aquellos siniestros en que surgieren problemas y diferencias de criterios sobre sus causas, evaluación del riesgo o extensión de la cobertura, podrá el Liquidador, actuando de oficio o a petición del Asegurado, emitir un pre-informe de liquidación sobre la cobertura del siniestro y el monto de los daños producidos, el que deberá ponerse en conocimiento de los interesados. El asegurado o la Compañía podrán hacer observaciones por escrito al pre-informe dentro del plazo de cinco días hábiles desde su conocimiento.
  • 15. HOGAR CATASTROFICO TKM PÓLIZA N° 120047377 Página 15 de 15 6) PLAZO DE LIQUIDACIÓN Dentro del más breve plazo, no pudiendo exceder de 45 días corridos desde fecha denuncio, a excepción de: a) Siniestros que correspondan a seguros individuales sobre riesgos del Primer Grupo cuya prima anual sea superior a 100 UF: 90 días corridos desde fecha denuncio; b) Siniestros marítimos que afecten a los cascos o encaso de Avería Gruesa: 180 días corridos desde fecha denuncio; 7) PRORROGA DE PLAZO DE LIQUIDACIÓN Los plazos antes señalados podrán, excepcionalmente siempre que las circunstancias lo ameriten, prorrogarse, sucesivamente por iguales períodos, informando los motivos que la fundamenten e indicando las gestiones concretas y específicas que se realizarán, lo que deberá comunicarse al Asegurado y a la Comisión para el Mercado Financiero, pudiendo esta última dejar sin efecto la ampliación, en casos calificados, y fijar un plazo para entrega del Informe de Liquidación. No podrá ser motivo de prórroga la solicitud de nuevos antecedentes cuyo requerimiento pudo preverse con anterioridad, salvo que se indiquen las razones que justifiquen la falta de requerimiento, ni podrán prorrogarse los siniestros en que no haya existido gestión alguna del liquidador, registrado o directo. 8) INFORME FINAL DE LIQUIDACIÓN El informe final de liquidacióndeberáremitirse alAsegurado y simultáneamente alAsegurador,cuando corresponda , y deberá contener necesariamente la trascripción íntegra de los artículos 26 y 27 del Reglamento de Auxiliares delComerciode Seguros(D.S.de HaciendaN°1.055, de 2012, Diario Oficial de 29 de Diciembre de 2012). 9) IMPUGNACIÓN INFORME DE LIQUIDACIÓN Recibido el informe de Liquidación, la Compañía y el Asegurado dispondrán de un plazo de diez días hábiles para impugnarla. En caso de liquidación directa por la Compañía, este derecho sólo lo tendrá el Asegurado. Impugnado el informe, el Liquidador o la compañía dispondrá de un plazo de 6 días hábiles para responder la impugnación.