SlideShare una empresa de Scribd logo
1 de 110
[object Object],[object Object],[object Object],[object Object],[object Object],[object Object],[object Object],[object Object]
En todo caso la huelga es el recurso final que asiste a los trabajadores para defender sus derechos cuando han fracasado las conversaciones de conciliación en todo entendimiento en los empresarios.
El derecho de huelga fue reconocido por primera vez en 1864, en Inglaterra, y constituye en la actualidad uno de los derechos inalienables del hombre reconocidos por la ONU y gran número de países .
Huelgas que han pasado a la historia son la de 1886 en Chicago, por la jornada de ocho horas, la de 1905 en San Petersburgo, de carácter insurreccional; las revolucionarias de 1917 y 1920, en España y Alemania respectivamente; la de 1946 en la General Motors de EE.UU., que duró casi un año, y la de mayo de 1968 en Francia.
[object Object]
[object Object],[object Object]
[object Object]
[object Object]
[object Object]
[object Object],[object Object]
[object Object]
[object Object]
[object Object]
[object Object]
[object Object],[object Object]
[object Object],[object Object],Las huelgas para obligar al cumplimiento de las ocho horas pueden hacer mucho para paralizar nuestra industria, disminuir el comercio y frenar la renaciente prosperidad de nuestra nación, pero no lograrán su objetivo.
[object Object],[object Object],El elemento laboral ha sido picado por una especie de tarántula universal y se ha vuelto loco de remate: piensa precisamente en estos momentos en iniciar una huelga por el logro del sistema de ocho horas. Los desfiles callejeros, las banderas rojas, las fogosas arengas de truhanes y demagogos que viven de los impuestos de hombres honestos pero engañados, las huelgas y amenazas de violencia, señalan la iniciación del movimiento
[object Object],[object Object],[object Object]
[object Object],[object Object]
[object Object],[object Object]
[object Object],[object Object]
[object Object]
[object Object],[object Object],[object Object]
[object Object]
[object Object]
[object Object]
[object Object],[object Object],[object Object],[object Object]
[object Object],[object Object],[object Object],[object Object]
[object Object],[object Object],[object Object]
[object Object]
[object Object]
[object Object]
[object Object]
[object Object],[object Object],[object Object],[object Object],[object Object]
[object Object]
[object Object]
[object Object]
[object Object]
[object Object],[object Object],[object Object],[object Object]
[object Object],[object Object],[object Object]
[object Object],[object Object]
[object Object],[object Object],[object Object]
[object Object],[object Object],[object Object]
[object Object],[object Object],[object Object],[object Object],[object Object]
[object Object],[object Object],[object Object],[object Object],[object Object]
 
 
[object Object]
Artículo 72º.- Concepto Huelga es la suspensión colectiva del trabajo acordada mayoritariamente y realizada en forma voluntaria y pacífica por los trabajadores, con abandono del centro de trabajo. Su ejercicio se regula por el presente Texto Único Ordenado y demás normas complementarias y conexas.
Artículo 73º.- Para la declaración de huelga se requiere: a) Que tenga por objeto la defensa de los derechos e intereses socioeconómicos o profesionales de los trabajadores en ella comprendidos. b) Que la decisión sea adoptada en la forma que expresamente determinen los estatutos y que en todo caso representen la voluntad mayoritaria de los trabajadores comprendidos en su ámbito.
El acta de asamblea deberá ser refrendada por Notario Público o, a falta de éste, por el Juez de Paz de la localidad . Tratándose de sindicatos de actividad o gremio cuya asamblea esté conformada por delegados, la decisión será adoptada en asamblea convocada expresamente y ratificada por las bases.
c) Que sea comunicada al empleador y a la Autoridad de Trabajo, por lo menos con cinco (5) días útiles de antelación o con diez (10) tratándose de servicios públicos esenciales, acompañando copia del acta de votación. d) Que la negociación colectiva no haya sido sometida a arbitraje.
Artículo 74º.-  Dentro de los tres (3) días útiles de recibida la comunicación, la Autoridad de Trabajo deberá pronunciarse por su improcedencia si no cumple con los requisitos del artículo anterior. La resolución es apelable dentro del tercer día de notificada a la parte. La resolución de segunda instancia deberá ser pronunciada dentro de los dos (2) días siguientes, bajo responsabilidad.
Artículo 75º.-  El ejercicio del derecho de huelga supone haber agotado previamente la negociación directa entre las partes respecto de la materia controvertida. Artículo 76º.-  La huelga puede comprender a una empresa, a uno o a varios de sus establecimientos, a una rama de actividad o a un gremio, y ser declarada por un tiempo determinado o indefinido; si no se indica previamente su duración, se entenderá que se declara por tiempo indefinido.
Artículo 77º.-  La huelga declarada observando lo establecido en el artículo 73, produce los siguientes efectos: a) Determina la abstención total de las actividades de los trabajadores en ella comprendidos, con excepción del personal de dirección o de confianza y del personal comprendido en el artículo 78. b) Suspende todos los efectos de los contratos individuales de trabajo, inclusive la obligación de abonar la remuneración, sin afectar la subsistencia del vínculo laboral.
c) Impide retirar del centro de trabajo las maquinarias, materias primas u otros bienes, salvo circunstancias excepcionales con conocimiento previo de la Autoridad de Trabajo. d) No afecta la acumulación de antigüedad para efectos de la compensación por tiempo de servicios.
Artículo 78º.-  Se exceptúa de la suspensión de actividades a aquellas labores indispensables para la empresa cuya paralización ponga en peligro a las personas, la seguridad o la conservación de los bienes o impida la reanudación inmediata de la actividad ordinaria de la empresa una vez concluida la huelga. Artículo 79º.-  La huelga debe desarrollarse necesariamente en forma pacífica, sin recurrir a ningún tipo de violencia sobre personas o bienes.
Artículo 80º.-  Cuando lo solicite por lo menos la quinta parte de los trabajadores afectados, la continuación de la huelga requerirá de ratificación. La consulta se sujetará a los mismos requisitos que la declaratoria de huelga.
Artículo 81º.-  No están amparadas por la presente norma las modalidades irregulares, tales como paralización intempestiva, paralización de zonas o secciones neurálgicas de la empresa, trabajo a desgano, a ritmo lento o a reglamento, reducción deliberada del rendimiento o cualquier paralización en la que los trabajadores permanezcan en el centro de trabajo y la obstrucción del ingreso al centro de trabajo.
Artículo 82º.-  Cuando la huelga afecte los servicios públicos esenciales o se requiera garantizar el cumplimiento de actividades indispensables, los trabajadores en conflicto deben garantizar la permanencia del personal necesario para impedir su interrupción total y asegurar la continuidad de los servicios y actividades que así lo exijan.
Anualmente y durante el primer trimestre, las empresas que prestan estos servicios esenciales, comunicarán a sus trabajadores u organizaciones sindicales que los representan y a la Autoridad de Trabajo, el número y ocupación de los trabajadores necesarios para el mantenimiento de los servicios, los horarios y turnos que deben cumplir, así como la periodicidad en que deben producirse los respectivos reemplazos.
La indicada comunicación tiene por objeto que los trabajadores u organización sindical que los represente cumpla con proporcionar la nómina respectiva cuando se produzca la huelga. Los trabajadores que sin causa justificada dejen de cumplir el servicio, serán sancionados de acuerdo a Ley. Los casos de divergencia sobre el número y ocupación de los trabajadores que deben figurar en la relación señalada en este artículo, serán resueltos por la Autoridad de Trabajo.
[object Object],[object Object],[object Object],[object Object],[object Object],[object Object]
[object Object],[object Object],[object Object],[object Object],[object Object]
[object Object],[object Object],[object Object],[object Object]
[object Object],[object Object],[object Object]
[object Object],[object Object],[object Object],[object Object],[object Object]
Artículo 86º.-  La huelga de los trabajadores sujetos al régimen laboral público, se sujetará a las normas contenidas en el presente Título en cuanto le sean aplicables. La declaración de ilegalidad de la huelga será efectuada por el Sector correspondiente.
[object Object]
 
[object Object],[object Object],[object Object]
[object Object],[object Object]
[object Object]
[object Object]
[object Object]
[object Object],[object Object],[object Object]
[object Object],[object Object]
[object Object],[object Object]
[object Object],[object Object],[object Object]
[object Object],[object Object]
[object Object]
[object Object],[object Object],[object Object]
[object Object],[object Object],[object Object]
[object Object]
[object Object]
[object Object]
[object Object],[object Object],[object Object]
[object Object],[object Object]
[object Object]
[object Object]
[object Object]
COMENTARIO
[object Object]
[object Object],[object Object]
[object Object]
[object Object]
[object Object]
[object Object]
[object Object]
[object Object]
[object Object]
[object Object]
[object Object]
 
[object Object],[object Object],[object Object],[object Object],[object Object]
[object Object]
[object Object]
[object Object]
[object Object],[object Object]
El dato Cabanillas calificó de sesgados los informes que la acusan de tener responsabilidad en las muertes de nativos y policías en Bagua, al señalar que grupos radicales azuzaron a la población en vez de buscar el diálogo.

Más contenido relacionado

La actualidad más candente (14)

Día del trabajador
Día del trabajadorDía del trabajador
Día del trabajador
 
Día internacional de los trabajadores
Día internacional de los trabajadoresDía internacional de los trabajadores
Día internacional de los trabajadores
 
Primero de mayo
Primero de mayoPrimero de mayo
Primero de mayo
 
Mrtires de chicago
Mrtires de chicagoMrtires de chicago
Mrtires de chicago
 
Los mártires de chicago, 1ero de mayo
Los mártires de chicago, 1ero de mayoLos mártires de chicago, 1ero de mayo
Los mártires de chicago, 1ero de mayo
 
1 de mayo 2010
1 de mayo 20101 de mayo 2010
1 de mayo 2010
 
Newsletter N°13 Mes de Mayo
Newsletter N°13 Mes de MayoNewsletter N°13 Mes de Mayo
Newsletter N°13 Mes de Mayo
 
Historia del 1de mayo
Historia del 1de mayoHistoria del 1de mayo
Historia del 1de mayo
 
Día internacional de los trabajadores
Día internacional de los trabajadoresDía internacional de los trabajadores
Día internacional de los trabajadores
 
Día internacional de los trabajadores
Día internacional de los trabajadoresDía internacional de los trabajadores
Día internacional de los trabajadores
 
Los màrtires de chicago alejandra castrillon garciaa
Los màrtires de chicago alejandra castrillon garciaaLos màrtires de chicago alejandra castrillon garciaa
Los màrtires de chicago alejandra castrillon garciaa
 
Día internacional de los trabajadores
Día internacional de los trabajadoresDía internacional de los trabajadores
Día internacional de los trabajadores
 
Día internacional de los trabajadores
Día internacional de los trabajadoresDía internacional de los trabajadores
Día internacional de los trabajadores
 
Día internacional de los trabajadores
Día internacional de los trabajadoresDía internacional de los trabajadores
Día internacional de los trabajadores
 

Similar a Derecho de huelga por naddya carrillo

Similar a Derecho de huelga por naddya carrillo (20)

Trabajo
TrabajoTrabajo
Trabajo
 
Día internacion del trabajador
Día internacion del trabajadorDía internacion del trabajador
Día internacion del trabajador
 
Día internacion del trabajador
Día internacion del trabajadorDía internacion del trabajador
Día internacion del trabajador
 
DÍA INTERNACIONAL DO TRABALLADOR
DÍA INTERNACIONAL DO TRABALLADORDÍA INTERNACIONAL DO TRABALLADOR
DÍA INTERNACIONAL DO TRABALLADOR
 
Historia del trabajo
Historia del trabajoHistoria del trabajo
Historia del trabajo
 
Día internacional de los trabajadores
Día internacional de los trabajadoresDía internacional de los trabajadores
Día internacional de los trabajadores
 
Día internacional de los trabajadores
Día internacional de los trabajadoresDía internacional de los trabajadores
Día internacional de los trabajadores
 
El día del trabajador 1 de mayo
El día del trabajador 1 de mayoEl día del trabajador 1 de mayo
El día del trabajador 1 de mayo
 
Día internacional de los trabajadores
Día internacional de los trabajadoresDía internacional de los trabajadores
Día internacional de los trabajadores
 
Diatrabajo
DiatrabajoDiatrabajo
Diatrabajo
 
1° de mayo!
1° de mayo!1° de mayo!
1° de mayo!
 
Dia del trabajo
Dia del trabajoDia del trabajo
Dia del trabajo
 
Día internacional de los trabajadores
Día internacional de los trabajadoresDía internacional de los trabajadores
Día internacional de los trabajadores
 
Martires de chicago
Martires de chicagoMartires de chicago
Martires de chicago
 
Día internacional de los trabajadores
Día internacional de los trabajadoresDía internacional de los trabajadores
Día internacional de los trabajadores
 
Día del trabajo
Día del trabajoDía del trabajo
Día del trabajo
 
Los Martires De Chicago Ricardo Mella
Los Martires De Chicago   Ricardo MellaLos Martires De Chicago   Ricardo Mella
Los Martires De Chicago Ricardo Mella
 
Presentación3
Presentación3Presentación3
Presentación3
 
Dia del trabajador
Dia del trabajadorDia del trabajador
Dia del trabajador
 
1 de mayo 2010
1 de mayo 20101 de mayo 2010
1 de mayo 2010
 

Más de naddyacarrillo

Demanda contenciosa administrativa de preparación de clases
Demanda contenciosa administrativa de preparación de clasesDemanda contenciosa administrativa de preparación de clases
Demanda contenciosa administrativa de preparación de clases
naddyacarrillo
 
Demanda de cobro de beneficios sociales de construcción civil
Demanda de cobro de beneficios sociales de construcción civilDemanda de cobro de beneficios sociales de construcción civil
Demanda de cobro de beneficios sociales de construcción civil
naddyacarrillo
 
Demanda de cobro de beneficios sociales
Demanda de cobro de beneficios socialesDemanda de cobro de beneficios sociales
Demanda de cobro de beneficios sociales
naddyacarrillo
 
Demanda de cumplimiento constitucional 037 94
Demanda de cumplimiento constitucional 037 94Demanda de cumplimiento constitucional 037 94
Demanda de cumplimiento constitucional 037 94
naddyacarrillo
 
Demanda contenciosa administrativa de luto y sepelio
Demanda contenciosa administrativa de luto y sepelioDemanda contenciosa administrativa de luto y sepelio
Demanda contenciosa administrativa de luto y sepelio
naddyacarrillo
 
Medida cautelar de reposición en contenciosos administrativo
Medida cautelar de reposición en contenciosos administrativoMedida cautelar de reposición en contenciosos administrativo
Medida cautelar de reposición en contenciosos administrativo
naddyacarrillo
 
Demanda contenciosa administrativa de reposición
Demanda contenciosa administrativa de reposiciónDemanda contenciosa administrativa de reposición
Demanda contenciosa administrativa de reposición
naddyacarrillo
 

Más de naddyacarrillo (9)

Demanda contenciosa administrativa de preparación de clases
Demanda contenciosa administrativa de preparación de clasesDemanda contenciosa administrativa de preparación de clases
Demanda contenciosa administrativa de preparación de clases
 
Demanda de cobro de beneficios sociales de construcción civil
Demanda de cobro de beneficios sociales de construcción civilDemanda de cobro de beneficios sociales de construcción civil
Demanda de cobro de beneficios sociales de construcción civil
 
Demanda de cobro de beneficios sociales
Demanda de cobro de beneficios socialesDemanda de cobro de beneficios sociales
Demanda de cobro de beneficios sociales
 
Demanda de cumplimiento constitucional 037 94
Demanda de cumplimiento constitucional 037 94Demanda de cumplimiento constitucional 037 94
Demanda de cumplimiento constitucional 037 94
 
Demanda contenciosa administrativa de luto y sepelio
Demanda contenciosa administrativa de luto y sepelioDemanda contenciosa administrativa de luto y sepelio
Demanda contenciosa administrativa de luto y sepelio
 
Medida cautelar de reposición en contenciosos administrativo
Medida cautelar de reposición en contenciosos administrativoMedida cautelar de reposición en contenciosos administrativo
Medida cautelar de reposición en contenciosos administrativo
 
Demanda contenciosa administrativa de reposición
Demanda contenciosa administrativa de reposiciónDemanda contenciosa administrativa de reposición
Demanda contenciosa administrativa de reposición
 
Medida cautelar
Medida cautelarMedida cautelar
Medida cautelar
 
Demanda de amparo
Demanda de amparoDemanda de amparo
Demanda de amparo
 

Último

2 REGLAMENTO RM 0912-2024 DE MODALIDADES DE GRADUACIÓN_.pptx
2 REGLAMENTO RM 0912-2024 DE MODALIDADES DE GRADUACIÓN_.pptx2 REGLAMENTO RM 0912-2024 DE MODALIDADES DE GRADUACIÓN_.pptx
2 REGLAMENTO RM 0912-2024 DE MODALIDADES DE GRADUACIÓN_.pptx
RigoTito
 
Proyecto de aprendizaje dia de la madre MINT.pdf
Proyecto de aprendizaje dia de la madre MINT.pdfProyecto de aprendizaje dia de la madre MINT.pdf
Proyecto de aprendizaje dia de la madre MINT.pdf
patriciaines1993
 
Concepto y definición de tipos de Datos Abstractos en c++.pptx
Concepto y definición de tipos de Datos Abstractos en c++.pptxConcepto y definición de tipos de Datos Abstractos en c++.pptx
Concepto y definición de tipos de Datos Abstractos en c++.pptx
Fernando Solis
 
RESULTADOS DE LA EVALUACIÓN DIAGNÓSTICA 2024 - ACTUALIZADA.pptx
RESULTADOS DE LA EVALUACIÓN DIAGNÓSTICA 2024 - ACTUALIZADA.pptxRESULTADOS DE LA EVALUACIÓN DIAGNÓSTICA 2024 - ACTUALIZADA.pptx
RESULTADOS DE LA EVALUACIÓN DIAGNÓSTICA 2024 - ACTUALIZADA.pptx
pvtablets2023
 

Último (20)

La Sostenibilidad Corporativa. Administración Ambiental
La Sostenibilidad Corporativa. Administración AmbientalLa Sostenibilidad Corporativa. Administración Ambiental
La Sostenibilidad Corporativa. Administración Ambiental
 
2 REGLAMENTO RM 0912-2024 DE MODALIDADES DE GRADUACIÓN_.pptx
2 REGLAMENTO RM 0912-2024 DE MODALIDADES DE GRADUACIÓN_.pptx2 REGLAMENTO RM 0912-2024 DE MODALIDADES DE GRADUACIÓN_.pptx
2 REGLAMENTO RM 0912-2024 DE MODALIDADES DE GRADUACIÓN_.pptx
 
Los avatares para el juego dramático en entornos virtuales
Los avatares para el juego dramático en entornos virtualesLos avatares para el juego dramático en entornos virtuales
Los avatares para el juego dramático en entornos virtuales
 
Prueba de evaluación Geografía e Historia Comunidad de Madrid 2º de la ESO
Prueba de evaluación Geografía e Historia Comunidad de Madrid 2º de la ESOPrueba de evaluación Geografía e Historia Comunidad de Madrid 2º de la ESO
Prueba de evaluación Geografía e Historia Comunidad de Madrid 2º de la ESO
 
Lecciones 06 Esc. Sabática. Los dos testigos
Lecciones 06 Esc. Sabática. Los dos testigosLecciones 06 Esc. Sabática. Los dos testigos
Lecciones 06 Esc. Sabática. Los dos testigos
 
activ4-bloque4 transversal doctorado.pdf
activ4-bloque4 transversal doctorado.pdfactiv4-bloque4 transversal doctorado.pdf
activ4-bloque4 transversal doctorado.pdf
 
Proyecto de aprendizaje dia de la madre MINT.pdf
Proyecto de aprendizaje dia de la madre MINT.pdfProyecto de aprendizaje dia de la madre MINT.pdf
Proyecto de aprendizaje dia de la madre MINT.pdf
 
Concepto y definición de tipos de Datos Abstractos en c++.pptx
Concepto y definición de tipos de Datos Abstractos en c++.pptxConcepto y definición de tipos de Datos Abstractos en c++.pptx
Concepto y definición de tipos de Datos Abstractos en c++.pptx
 
SISTEMA RESPIRATORIO PARA NIÑOS PRIMARIA
SISTEMA RESPIRATORIO PARA NIÑOS PRIMARIASISTEMA RESPIRATORIO PARA NIÑOS PRIMARIA
SISTEMA RESPIRATORIO PARA NIÑOS PRIMARIA
 
Análisis de los Factores Externos de la Organización.
Análisis de los Factores Externos de la Organización.Análisis de los Factores Externos de la Organización.
Análisis de los Factores Externos de la Organización.
 
Tema 10. Dinámica y funciones de la Atmosfera 2024
Tema 10. Dinámica y funciones de la Atmosfera 2024Tema 10. Dinámica y funciones de la Atmosfera 2024
Tema 10. Dinámica y funciones de la Atmosfera 2024
 
Plan-de-la-Patria-2019-2025- TERCER PLAN SOCIALISTA DE LA NACIÓN.pdf
Plan-de-la-Patria-2019-2025- TERCER PLAN SOCIALISTA DE LA NACIÓN.pdfPlan-de-la-Patria-2019-2025- TERCER PLAN SOCIALISTA DE LA NACIÓN.pdf
Plan-de-la-Patria-2019-2025- TERCER PLAN SOCIALISTA DE LA NACIÓN.pdf
 
Feliz Día de la Madre - 5 de Mayo, 2024.pdf
Feliz Día de la Madre - 5 de Mayo, 2024.pdfFeliz Día de la Madre - 5 de Mayo, 2024.pdf
Feliz Día de la Madre - 5 de Mayo, 2024.pdf
 
Sesión de clase: Fe contra todo pronóstico
Sesión de clase: Fe contra todo pronósticoSesión de clase: Fe contra todo pronóstico
Sesión de clase: Fe contra todo pronóstico
 
RESULTADOS DE LA EVALUACIÓN DIAGNÓSTICA 2024 - ACTUALIZADA.pptx
RESULTADOS DE LA EVALUACIÓN DIAGNÓSTICA 2024 - ACTUALIZADA.pptxRESULTADOS DE LA EVALUACIÓN DIAGNÓSTICA 2024 - ACTUALIZADA.pptx
RESULTADOS DE LA EVALUACIÓN DIAGNÓSTICA 2024 - ACTUALIZADA.pptx
 
Revista Apuntes de Historia. Mayo 2024.pdf
Revista Apuntes de Historia. Mayo 2024.pdfRevista Apuntes de Historia. Mayo 2024.pdf
Revista Apuntes de Historia. Mayo 2024.pdf
 
Power Point: Fe contra todo pronóstico.pptx
Power Point: Fe contra todo pronóstico.pptxPower Point: Fe contra todo pronóstico.pptx
Power Point: Fe contra todo pronóstico.pptx
 
Usos y desusos de la inteligencia artificial en revistas científicas
Usos y desusos de la inteligencia artificial en revistas científicasUsos y desusos de la inteligencia artificial en revistas científicas
Usos y desusos de la inteligencia artificial en revistas científicas
 
Prueba de evaluación Geografía e Historia Comunidad de Madrid 4ºESO
Prueba de evaluación Geografía e Historia Comunidad de Madrid 4ºESOPrueba de evaluación Geografía e Historia Comunidad de Madrid 4ºESO
Prueba de evaluación Geografía e Historia Comunidad de Madrid 4ºESO
 
ACRÓNIMO DE PARÍS PARA SU OLIMPIADA 2024. Por JAVIER SOLIS NOYOLA
ACRÓNIMO DE PARÍS PARA SU OLIMPIADA 2024. Por JAVIER SOLIS NOYOLAACRÓNIMO DE PARÍS PARA SU OLIMPIADA 2024. Por JAVIER SOLIS NOYOLA
ACRÓNIMO DE PARÍS PARA SU OLIMPIADA 2024. Por JAVIER SOLIS NOYOLA
 

Derecho de huelga por naddya carrillo

  • 1.
  • 2. En todo caso la huelga es el recurso final que asiste a los trabajadores para defender sus derechos cuando han fracasado las conversaciones de conciliación en todo entendimiento en los empresarios.
  • 3. El derecho de huelga fue reconocido por primera vez en 1864, en Inglaterra, y constituye en la actualidad uno de los derechos inalienables del hombre reconocidos por la ONU y gran número de países .
  • 4. Huelgas que han pasado a la historia son la de 1886 en Chicago, por la jornada de ocho horas, la de 1905 en San Petersburgo, de carácter insurreccional; las revolucionarias de 1917 y 1920, en España y Alemania respectivamente; la de 1946 en la General Motors de EE.UU., que duró casi un año, y la de mayo de 1968 en Francia.
  • 5.
  • 6.
  • 7.
  • 8.
  • 9.
  • 10.
  • 11.
  • 12.
  • 13.
  • 14.
  • 15.
  • 16.
  • 17.
  • 18.
  • 19.
  • 20.
  • 21.
  • 22.
  • 23.
  • 24.
  • 25.
  • 26.
  • 27.
  • 28.
  • 29.
  • 30.
  • 31.
  • 32.
  • 33.
  • 34.
  • 35.
  • 36.
  • 37.
  • 38.
  • 39.
  • 40.
  • 41.
  • 42.
  • 43.
  • 44.
  • 45.
  • 46.  
  • 47.  
  • 48.
  • 49. Artículo 72º.- Concepto Huelga es la suspensión colectiva del trabajo acordada mayoritariamente y realizada en forma voluntaria y pacífica por los trabajadores, con abandono del centro de trabajo. Su ejercicio se regula por el presente Texto Único Ordenado y demás normas complementarias y conexas.
  • 50. Artículo 73º.- Para la declaración de huelga se requiere: a) Que tenga por objeto la defensa de los derechos e intereses socioeconómicos o profesionales de los trabajadores en ella comprendidos. b) Que la decisión sea adoptada en la forma que expresamente determinen los estatutos y que en todo caso representen la voluntad mayoritaria de los trabajadores comprendidos en su ámbito.
  • 51. El acta de asamblea deberá ser refrendada por Notario Público o, a falta de éste, por el Juez de Paz de la localidad . Tratándose de sindicatos de actividad o gremio cuya asamblea esté conformada por delegados, la decisión será adoptada en asamblea convocada expresamente y ratificada por las bases.
  • 52. c) Que sea comunicada al empleador y a la Autoridad de Trabajo, por lo menos con cinco (5) días útiles de antelación o con diez (10) tratándose de servicios públicos esenciales, acompañando copia del acta de votación. d) Que la negociación colectiva no haya sido sometida a arbitraje.
  • 53. Artículo 74º.- Dentro de los tres (3) días útiles de recibida la comunicación, la Autoridad de Trabajo deberá pronunciarse por su improcedencia si no cumple con los requisitos del artículo anterior. La resolución es apelable dentro del tercer día de notificada a la parte. La resolución de segunda instancia deberá ser pronunciada dentro de los dos (2) días siguientes, bajo responsabilidad.
  • 54. Artículo 75º.- El ejercicio del derecho de huelga supone haber agotado previamente la negociación directa entre las partes respecto de la materia controvertida. Artículo 76º.- La huelga puede comprender a una empresa, a uno o a varios de sus establecimientos, a una rama de actividad o a un gremio, y ser declarada por un tiempo determinado o indefinido; si no se indica previamente su duración, se entenderá que se declara por tiempo indefinido.
  • 55. Artículo 77º.- La huelga declarada observando lo establecido en el artículo 73, produce los siguientes efectos: a) Determina la abstención total de las actividades de los trabajadores en ella comprendidos, con excepción del personal de dirección o de confianza y del personal comprendido en el artículo 78. b) Suspende todos los efectos de los contratos individuales de trabajo, inclusive la obligación de abonar la remuneración, sin afectar la subsistencia del vínculo laboral.
  • 56. c) Impide retirar del centro de trabajo las maquinarias, materias primas u otros bienes, salvo circunstancias excepcionales con conocimiento previo de la Autoridad de Trabajo. d) No afecta la acumulación de antigüedad para efectos de la compensación por tiempo de servicios.
  • 57. Artículo 78º.- Se exceptúa de la suspensión de actividades a aquellas labores indispensables para la empresa cuya paralización ponga en peligro a las personas, la seguridad o la conservación de los bienes o impida la reanudación inmediata de la actividad ordinaria de la empresa una vez concluida la huelga. Artículo 79º.- La huelga debe desarrollarse necesariamente en forma pacífica, sin recurrir a ningún tipo de violencia sobre personas o bienes.
  • 58. Artículo 80º.- Cuando lo solicite por lo menos la quinta parte de los trabajadores afectados, la continuación de la huelga requerirá de ratificación. La consulta se sujetará a los mismos requisitos que la declaratoria de huelga.
  • 59. Artículo 81º.- No están amparadas por la presente norma las modalidades irregulares, tales como paralización intempestiva, paralización de zonas o secciones neurálgicas de la empresa, trabajo a desgano, a ritmo lento o a reglamento, reducción deliberada del rendimiento o cualquier paralización en la que los trabajadores permanezcan en el centro de trabajo y la obstrucción del ingreso al centro de trabajo.
  • 60. Artículo 82º.- Cuando la huelga afecte los servicios públicos esenciales o se requiera garantizar el cumplimiento de actividades indispensables, los trabajadores en conflicto deben garantizar la permanencia del personal necesario para impedir su interrupción total y asegurar la continuidad de los servicios y actividades que así lo exijan.
  • 61. Anualmente y durante el primer trimestre, las empresas que prestan estos servicios esenciales, comunicarán a sus trabajadores u organizaciones sindicales que los representan y a la Autoridad de Trabajo, el número y ocupación de los trabajadores necesarios para el mantenimiento de los servicios, los horarios y turnos que deben cumplir, así como la periodicidad en que deben producirse los respectivos reemplazos.
  • 62. La indicada comunicación tiene por objeto que los trabajadores u organización sindical que los represente cumpla con proporcionar la nómina respectiva cuando se produzca la huelga. Los trabajadores que sin causa justificada dejen de cumplir el servicio, serán sancionados de acuerdo a Ley. Los casos de divergencia sobre el número y ocupación de los trabajadores que deben figurar en la relación señalada en este artículo, serán resueltos por la Autoridad de Trabajo.
  • 63.
  • 64.
  • 65.
  • 66.
  • 67.
  • 68. Artículo 86º.- La huelga de los trabajadores sujetos al régimen laboral público, se sujetará a las normas contenidas en el presente Título en cuanto le sean aplicables. La declaración de ilegalidad de la huelga será efectuada por el Sector correspondiente.
  • 69.
  • 70.  
  • 71.
  • 72.
  • 73.
  • 74.
  • 75.
  • 76.
  • 77.
  • 78.
  • 79.
  • 80.
  • 81.
  • 82.
  • 83.
  • 84.
  • 85.
  • 86.
  • 87.
  • 88.
  • 89.
  • 90.
  • 91.
  • 93.
  • 94.
  • 95.
  • 96.
  • 97.
  • 98.
  • 99.
  • 100.
  • 101.
  • 102.
  • 103.
  • 104.  
  • 105.
  • 106.
  • 107.
  • 108.
  • 109.
  • 110. El dato Cabanillas calificó de sesgados los informes que la acusan de tener responsabilidad en las muertes de nativos y policías en Bagua, al señalar que grupos radicales azuzaron a la población en vez de buscar el diálogo.