Deshonestidad académica. Se considera como deshonestidad académica presentar como propios productos académicos o intelectuales que no fueren resultado del esfuerzo del estudiante o de cualquier miembro de la comunidad educativa, o incurrir en cualquier acción que otorgue una ventaja inmerecida a favor de uno o más miembros de la comunidad educativa de conformidad con lo prescrito en el presente Reglamento y el Código de Convivencia institucional.
3. El CopyLeft
Es un movimiento social
y cultural alternativo al
sistema tradicional del
copyright que aboga por
el uso de licencias
libres para compartir y
reutilizar recursos.
4. Creative Commons es una
organización sin ánimo de lucro
que fue fundada por Lawrence
Lessing, Profesor de Derecho en
la Universidad de Stanford, que
ofrece modelos de licencias libres
que permiten a los autores
depositar su obre de forma libre
en Internet, limitando los usos que
de dichas obras se pueden hacer.
Están muy relacionadas con el
movimiento de acceso abierto
(Open Access) y se incluyen en
los repositorios institucionales
para que los autores al depositar
sus documentos puedan elegir las
condiciones de acceso y
protección de su obra.
5. Las licencias Creative
Commons, nacen para
compartir y reutilizar las
obras de creación bajo
ciertas condiciones.
Con las licencias
Crative Commons, el
autor autoriza el uso de
su obra, pero la obra
continua estando
protegida.
6. 1. Reconocimiento: El autor permite
copiar, reproducir, distribuir, comunicar
públicamente la obra, realizar obras
derivadas (traducción, adaptación, etc.)
y hacer de ella un uso comercial,
siempre y cuando se cite y reconozca
al autor original.
2. Sin obra derivada: El autor no permite
generar obras derivadas.
3. No comercial: El autor no permite el
uso comercial.
4. Compartir igual: El autor permite
copiar, reproducir, distribuir, comunicar
públicamente la obra, y generar obras
derivadas pero bajo la misma licencia.
1 2
3 4
7. 1. Reconocimiento: El autor permite
copiar, reproducir, distribuir, comunicar
públicamente la obra,realizar obras
derivadas (traducción, adaptación, etc.)
y hacer de ella un uso comercial,
siempre y cuando se cite y reconozca
al autor original.
2. Reconocimiento - Compartir igual:
El autor permite copiar, reproducir,
distribuir, comunicar públicamente la
obra, generar obras derivadas y hacer
de ellas un uso comercial, siempre y
cuando se cite y reconozca al autor
original. Se permite la distribución de
las obras derivadas pero única y
exclusivamente con una licencia del
mismo tipo.
3. Reconocimiento - Sin obra derivada:
El autor permite copiar, reproducir,
distribuir, comunicar públicamente la
obra, y hacer de ella un uso comercial
siempre y cuando siempre y cuando se
cite y reconozca al autor original. No
permite generar obra derivada.
8. 4. Reconocimiento - No comercial: El autor
permite copiar, reproducir, distribuir, comunicar
públicamente la obra, y generar obras derivadas
siempre y cuando se cite y reconozca al autor
original. No se permite utilizar la obra con fines
comerciales.
5. Reconocimiento - No comercial - Compartir
igual: El autor permite copiar, reproducir,
distribuir, comunicar públicamente la obra, y
generar obras derivadas siempre y cuando se
cite y reconozca al autor original. La distribución
de las obras derivadas deberá hacerse bajo una
licencia del mismo tipo. No se permite utilizar la
obra con fines comerciales.
6. Reconocimiento - Sin obra derivada - No
comercial: El autor permite copiar, reproducir,
distribuir, comunicar públicamente la obra,
siempre y cuando siempre y cuando se cite y
reconozca al autor original. No permite generar
obra derivada ni utilizarla con finalidades
comerciales.
9. Cuando un usuario decide utilizar una
obra con una licencia Creative
Commons, se convierte en licenciatario y
se compromete a aceptar y respetar las
condiciones de la licencia establecida
por el autor.
En el caso de incumplimiento o infracción
de una licencia Creative Commons, el
autor, como con cualquier otra obra y
licencia, habrá de recurrir a los
tribunales. Cuando se trate de una
infracción directa (por un usuario de la
licencia Creative Commons), el autor le
podrá demandar tanto por infracción de
la propiedad intelectual como por
incumplimiento contractual (ya que la
licencia crea un vínculo directo entre
autor y usuario/licenciatario). El derecho
moral de integridad recogido por la
legislación española queda protegido
aunque no aparezca en las licencias
Creative Commons.
10. Se considera como deshonestidad
académica:
Presentar como propios productos
académicos o intelectuales que no
fueren resultado del esfuerzo del
estudiante o de cualquier miembro
de la comunidad educativa
Incurrir en cualquier acción que
otorgue una ventaja inmerecida a
favor de uno o más miembros de
la comunidad educativa.
(Art. 223 RLOEI)
11. Tipo I
Utilizar en un trabajo académico
frases exactas creadas por otra
persona, sin reconocer
explícitamente la fuente;
Incluir en un trabajo académico
ideas, opiniones, teorías, datos,
estadísticas, gráficos, dibujos u
otra información sin reconocer
explícitamente la fuente, aún
cuando hayan sido parafraseados
o modificados; y,
Presentar el mismo trabajo
académico, aun con
modificaciones, en dos o más
ocasiones distintas, sin haber
obtenido autorización expresa
para hacerlo. (Art. 224 RLOEI)
12. Tipo II
1. Presentar como propio un trabajo académico hecho
total o parcialmente por otra persona, con o sin su
consentimiento, o realizar un trabajo académico o parte
de él y entregarlo a otra persona para que lo presente
como si fuera propio.
2. Copiar el trabajo académico o examen de alguien
por cualquier medio, con o sin su consentimiento, o
permitir que alguien copie del propio trabajo académico o
examen.
3. Utilizar notas u otros materiales de consulta durante
un examen, a menos que el docente lo permita de
manera expresa.
4. Incluir el nombre de una persona en un trabajo
grupal, pese a que esa persona no participó en la
elaboración del trabajo.
5. Interferir en el trabajo de otras personas mediante la
sustracción, acaparamiento, eliminación, sabotaje, robo
u ocultamiento de trabajos académicos, materiales o
insumos que fueren necesarios para el desarrollo o la
presentación de un trabajo académico. (Art. 224 RLOEI)
13. Tipo III
1. Incluir en trabajos académicos citas,
resultados o datos inventados, falseados o
modificados de entrevistas, encuestas,
experimentos o investigaciones;
2. Obtener dolosamente copias de
exámenes o de sus respuestas;
3. Modificar las propias calificaciones
olas de otra persona;
4. Falsificar firmas, documentos, datos o
expedientes académicos propios o de otra
persona; y,
5. Suplantar a otra persona o permitir ser
suplantado en la toma de un examen.
14. Los miembros de la
comunidad educativa
tienen la expresa
prohibición de cometer
cualquier acto de
deshonestidad
académica, y la
obligación de reportar de
manera oportuna de
cualquier acto de
deshonestidad
académica de la que
tengan conocimiento.
(Art. 225 RLOEI)
15. En caso de infringir estas
normas, serán
debidamente
sancionados de
conformidad con lo
establecido en el
reglamento a la LOEI y la
normativa específica que
para el efecto emita el
Nivel Central de la
Autoridad Educativa
Nacional.
(Art. 225 RLOEI)
16. Los establecimientos
educativos deben ejecutar
actividades académicas
dirigidas a la formación en
honestidad académica de
todos los estudiantes, para
prevenir y/o corregir la
comisión de actos de
deshonestidad académica,
de conformidad con la
normativa que para el
efecto expida el Nivel
Central de la Autoridad
Educativa Nacional.
17. Los estudiantes que cometan
actos de deshonestidad
académica serán sometidos a las
acciones disciplinarias
establecidas en el Reglamento a
la LOEI y además recibirán una
calificación de cero en la tarea o
el examen en que haya cometido
el acto de deshonestidad
académica.
El Nivel Central de la Autoridad
Educativa Nacional emitirá una
normativa que detalle las acciones
educativas y disciplinarias
relacionadas a la formación en
honestidad académica de los
estudiantes según su nivel y
subnivel educativo.
(Art. 226 RLOEI)
18. Licencias Creative Commons
Universidad Politécnica de Cartagena.
(2006). Recuperado el 19 de Octubre de
2014, de Universidad Politécnica de
Cartagena:
http://www.bib.upct.es/licencias-creative-commons
Deshonestidad Académica (RLOEI)
Centro de Información Pedagógica
Educar. (2011). Recuperado el 19 de
Octubre de 2014, de Centro de
Información Pedagógica Educar:
http://www.educar.ec/index.html
Educación de Calidad. (2012).
Recuperado el 19 de Octubre de 2014,
de Educación de Calidad:
http://www.educaciondecalidad.ec/articul
os_de_interes2/69-
deshonestidad_academica.html