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El SIGPAC es un nuevo Sistema de Identificación
Geográfica de Parcelas Agrícolas mediante el cual los
agricultores y ganaderos deben realizar las
solicitudes de ayudas comunitarias ligadas a la
superficie. La puesta en marcha de este sistema de
identificación de parcelas agrícolas responde a una
exigencia comunitaria para todos los Estados
Miembros.
El SIGPAC comienza a emplearse a partir del 1 de
febrero de 2005, coincidiendo con el inicio del plazo
para solicitar las ayudas comunitarias durante la
campaña 2005/2006.
El SIGPAC sustituye al catastro como referencia para
solicitar diversas ayudas comunitarias y sólo con esta
finalidad. Las modificaciones que se puedan realizar de
las parcelas en el SIGPAC no son modificaciones
catastrales, ni afectan al derecho de propiedad.
El SIGPAC ha sido confeccionado a partir de: Fotos aéreas
(ortofoto digital), a escala 1:5.000, Delimitación de las
parcelas del catastro de rústica y Fotointerpretación de
usos del suelo para la creación de recintos.
En SIGPAC se ha creado un elemento nuevo que es el
  recinto. Sería equivalente en su concepto a la subparcela
del catastro de rústica, aunque se ha construido nuevo y se
              le ha dotado de una identificación numérica.
El recinto es la superficie continua de terreno, dentro de
      una parcela, con un mismo uso agrícola. Por tanto, en
          cada parcela puede haber uno o varios recintos en
  función del cultivo o grupo de cultivos que se realicen en
                                                         ella.
 La identificación de cada recinto SIGPAC consta de cinco
elementos, siendo los cuatro primeros coincidentes con el
        catastro de rústica: Territorio Histórico, Municipio,
             Polígono, Parcela y Número de recinto SIGPAC.
   El SIGPAC también incorpora, para los recintos arables,
           la información relativa al régimen de explotación
(secano-regadío) extraída directamente de la información
                         que figura en el catastro de rústica.
Los usos contemplados a nivel de recinto son los siguientes:
                     Asociación frutal - viñedo (código VF)
                      Asociación olivar - frutal (código OF)
                    Asociación olivar – viñedo (código VO)
                            Contorno de olivar (código CO)
               Corrientes y superficies de agua (código AG)
                                 Edificaciones (código ED)
                                       Forestal (código FO)
                                          Frutal (código FY)
                                        Huerta (código TH)
                                 Improductivo (código IM)
           Invernaderos y cultivos bajo plástico (código IV)
                                         Olivar (código OV)
                                        Pastizal (código PS)
                                Pasto arbustivo (código PR)
                            Pasto con arbolado (código PA)
                                  Tierra arable (código TA)
                                         Viales (código CA)
                                         Viñedo (código VI)
                               Zona censurada (código ZV)
   Zona concentrada no reflejada en la ortofoto (código ZC)
                                  Zona urbana (código ZU)
En las zonas que han sido recatastradas en los últimos
  años, los datos de superficie hasta el nivel de parcela
     serán similares en el SIGPAC a los proporcionados
                   hasta ahora por el catastro de rústica.
         En las zonas con catastro antiguo, los datos de
      superficie han sido recalculados por el SIGPAC en
   función de la información gráfica de las parcelas. En
estos casos los datos variarán ligeramente con respecto
  a los utilizados hasta ahora provenientes del catastro
                                               de rústica.
cultivos herbáceos
frutos secos
agroambientales
cese anticipado de la actividad agraria
planes de mejora
primera instalación
forestación de tierras agrarias
indemnización compensatoria en zonas desfavorecidas
primas ganaderas, etc.

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Qué es el sigpac

  • 1. El SIGPAC es un nuevo Sistema de Identificación Geográfica de Parcelas Agrícolas mediante el cual los agricultores y ganaderos deben realizar las solicitudes de ayudas comunitarias ligadas a la superficie. La puesta en marcha de este sistema de identificación de parcelas agrícolas responde a una exigencia comunitaria para todos los Estados Miembros. El SIGPAC comienza a emplearse a partir del 1 de febrero de 2005, coincidiendo con el inicio del plazo para solicitar las ayudas comunitarias durante la campaña 2005/2006.
  • 2.
  • 3. El SIGPAC sustituye al catastro como referencia para solicitar diversas ayudas comunitarias y sólo con esta finalidad. Las modificaciones que se puedan realizar de las parcelas en el SIGPAC no son modificaciones catastrales, ni afectan al derecho de propiedad. El SIGPAC ha sido confeccionado a partir de: Fotos aéreas (ortofoto digital), a escala 1:5.000, Delimitación de las parcelas del catastro de rústica y Fotointerpretación de usos del suelo para la creación de recintos.
  • 4. En SIGPAC se ha creado un elemento nuevo que es el recinto. Sería equivalente en su concepto a la subparcela del catastro de rústica, aunque se ha construido nuevo y se le ha dotado de una identificación numérica.
  • 5. El recinto es la superficie continua de terreno, dentro de una parcela, con un mismo uso agrícola. Por tanto, en cada parcela puede haber uno o varios recintos en función del cultivo o grupo de cultivos que se realicen en ella. La identificación de cada recinto SIGPAC consta de cinco elementos, siendo los cuatro primeros coincidentes con el catastro de rústica: Territorio Histórico, Municipio, Polígono, Parcela y Número de recinto SIGPAC. El SIGPAC también incorpora, para los recintos arables, la información relativa al régimen de explotación (secano-regadío) extraída directamente de la información que figura en el catastro de rústica.
  • 6. Los usos contemplados a nivel de recinto son los siguientes: Asociación frutal - viñedo (código VF) Asociación olivar - frutal (código OF) Asociación olivar – viñedo (código VO) Contorno de olivar (código CO) Corrientes y superficies de agua (código AG) Edificaciones (código ED) Forestal (código FO) Frutal (código FY) Huerta (código TH) Improductivo (código IM) Invernaderos y cultivos bajo plástico (código IV) Olivar (código OV) Pastizal (código PS) Pasto arbustivo (código PR) Pasto con arbolado (código PA) Tierra arable (código TA) Viales (código CA) Viñedo (código VI) Zona censurada (código ZV) Zona concentrada no reflejada en la ortofoto (código ZC) Zona urbana (código ZU)
  • 7. En las zonas que han sido recatastradas en los últimos años, los datos de superficie hasta el nivel de parcela serán similares en el SIGPAC a los proporcionados hasta ahora por el catastro de rústica. En las zonas con catastro antiguo, los datos de superficie han sido recalculados por el SIGPAC en función de la información gráfica de las parcelas. En estos casos los datos variarán ligeramente con respecto a los utilizados hasta ahora provenientes del catastro de rústica.
  • 8. cultivos herbáceos frutos secos agroambientales cese anticipado de la actividad agraria planes de mejora primera instalación forestación de tierras agrarias indemnización compensatoria en zonas desfavorecidas primas ganaderas, etc.