La provincia de Catamarca adhiere a la Ley Nacional 24.012 que establece un cupo femenino del 30% para cargos públicos electivos y partidarios. Se modifica el artículo 36 de la Ley Electoral provincial para exigir que las listas de candidatos tengan al menos el 30% de mujeres y en posiciones electorales. Las listas que no cumplan este requisito no serán oficializadas.