La Dra. Mariana Sorondo Ovando informó sobre el caso de una niña haitiana adoptada por una familia argentina. La familia adoptiva presentó una denuncia en julio indicando que no habían podido formar un vínculo con la niña y la pusieron a disposición de la justicia. La jueza decidió poner temporalmente a la niña bajo la guarda de otra familia registrada como adoptante mientras se resuelve el caso. Explicó que aunque la adopción en Haití fue válida, faltó un sello burocr
1. INFORME DE PRENSA
CONFERENCIA DE PRENSA POR EL CASO DE LA NIÑA HAITIANA
La Dra. Mariana Sorondo Ovando, Juez de Familia y Menores N° 1 de la
Segunda Circunscripción, informó a los medios mercedinos sobre el estado de
la causa.
Hace instantes, en el Auditorio del Centro Cívico de Villa Mercedes, la Dra.
Mariana Sorondo Ovando –Juez de Familia y Menores Nº 1 de la Segunda
Circunscripción Judicial - brindó una conferencia de prensa para informar
sobre el estado de la causa de la menor haitiana que ha suscitado interés
público en estos últimos días.
La magistrada dio inicio a la reunión, destacando que “se convocó una
conferencia de prensa, atento a que ha habido una desinformación por parte
de los medios, de la gente en general, respecto a lo que ha sucedido en estos
últimos tiempos, a propósito de la menor de origen haitiano. El objetivo de
esta conferencia es poder informar, ya que la desinformación sólo trae
confusión”.
La Dra. Sorondo Ovando aseveró que la causa se inició en julio del año
pasado, con una denuncia realizada en la Defensoría de Menores. Por tal
motivo, se pone en movimiento el aparato jurisdiccional y se interviene en la
vida de la menor. “La niña había sido adoptada en un país extranjero y si bien
los padres pusieron todo de sí, muchas veces en las adopciones no siempre se
forma ese vínculo. La nena estaba perfectamente adaptada y en buen estado
de salud, pero no se creó el vínculo entre la familia y ella, motivo por el cual
los adoptantes - en el mes de julio del corriente año - presentaron un escrito,
poniendo a la menor a disposición de la justicia”, añadió la jueza. Además
comentó que los padres adoptivos manifestaron que no la podían tener
2. porque no se había originado un vínculo entre ellos y querían preservar a la
nena y a la familia, ya que la misma se constituye con el matrimonio y otros
hijos. “Por lo cual, con este contexto y el aval de la Defensora de Menores N°
1, tomamos la decisión de poner a la menor, bajo la guarda de otra familia,
que está inscripta en el R.U.A. (Registro Único de Adoptantes) y es ahí donde
permanece provisoriamente”.
También aclaró que “si bien la adopción realizada en Haití, está bien hecha,
faltó un paso burocrático, un sellado que se tendría que haber hecho en el
país extranjero antes de traer la menor a nuestro país -ese fue el paso que no
se cumplió -, por ende en Argentina, no se pudo legalizar esa sentencia. De lo
cual se intimó en reiteradas veces, a los padres adoptivos”.
“Nosotros no consideramos que éste sea un caso federal ya que hace dos
años que la menor vive acá y concurre a una escuela local”, finalizó la
magistrada.
Informe de Prensa Nº 1109 V. Mercedes, 6 de septiembre de 2012