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Foro Internacional Propiedad Intelectual y Compentecia

La actuacion del INPI em la interface entre PI y
Competencia en Brasil: la construcción de un
modelo de interés publico

Ecuador, Guayaquil, 23-24 octubre de 2013
GUIÓN
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RESUMEN ESCENARIO LEGAL DE LA INTERFAZ ENTRE PI Y LA
COMPETENCIA
1.1 PI y la Competencia – Principales Instituciones (Poder Ejecutivo)
1.2 Escenario Legal – PI (INPI)

1.3 Escenario Legal – Competencia (SBDC – CADE)
1.4 Interfaz
1.5 Case

2. INPI - LA CONSTRUCCIÓN DE UN MODELO DE INTERÉS PUBLICO
3. INTERFAZ (PERSPECTIVAS)
GUIÓN
1.

RESUMEN ESCENARIO LEGAL DE LA INTERFAZ ENTRE PI Y LA
COMPETENCIA
1.1 PI y la Competencia – Principales Instituciones (Poder Ejecutivo)
1.2 Escenario Legal – PI (INPI)

1.3 Escenario Legal – Competencia (SBDC – CADE)
1.4 Interfaz

2. INPI - LA CONSTRUCCIÓN DE UN MODELO DE INTERÉS PUBLICO
3. CONSIDERACIONES FINALES
1. Escenario Legal de la Interfaz entre PI y la Competencia

CONSTITUCIÓN FEDERAL (1988)
CONSTITUCIÓN FEDERAL (1988)

Art. 5º. XXIX - La ley debe garantizar a los autores de
inventos industriales el privilegio temporal para su
uso y la protección de las creaciones industriales, de
propiedad de las marcas comerciales, nombres de
empresas y otros signos distintivos, en vista de los
intereses de la sociedad y el desarrollo tecnológico y
económico del país;
CONSTITUCIÓN FEDERAL (1988)
Artículo 170. El orden económico, fundado en el valor del trabajo humano y la
libre empresa, es garantizar una existencia digna a todos, de acuerdo con los
dictados de la justicia social, sobre las siguientes bases:
Art. 5º. XXIX - La ley debe garantizar a los autores de
I - la soberanía nacional;
inventos industriales el privilegio temporal para su
II - la propiedad privada;
uso y la protección de las creaciones industriales, de
III - la función social de la propiedad; propiedad de las marcas comerciales, nombres de
empresas y otros signos distintivos, en vista de los
IV - la libre competencia;
intereses de la sociedad y el desarrollo tecnológico y
V - la protección del consumidor;
económico del país;
(...)
Parágrafo Único. Se garantiza a todos el libre ejercicio de cualquier actividad
económica, con independencia de la autorización de los organismos
gubernamentales, salvo en los casos previstos por la ley.
Artículo 173. § 4 - La ley reprimirá el abuso del poder económico que tiene
como objetivo la dominación de los mercados, la eliminación de la
competencia y el aumento arbitrario de los beneficios.
1. Escenario Legal de la Interfaz entre PI y la Competencia
INPI

INSTITUTO NACIONAL DE LA
PROPRIEDAD INDUSTRIAL
1970

Ley 5.648

1971

Ley 5.772

1996

Ley 9.279

2010 Decreto 7.356

Nueva estructura
regimental se establece el
CEDPI, entre otros

CADE
CONSEJO ADMINISTRATIVO
DE DEFENSA ECONÓMICA
1962

Ley 4.137

1994

Ley 8.884

2011

Ley 12.529

Estructura el Sistema Brasileño
de Defensa de la Competencia
1.1 PI y la Competencia – Principales Instituciones (Poder Ejecutivo)
1.1 PI y la Competencia – Principales Instituciones (Poder Ejecutivo)

CADE (Ley 4.137/1962 )
CONSEJO ADMINISTRATIVO
DE DEFENSA ECONÓMICA
[Ministerio de Justicia]
1.1 PI y la Competencia – Principales Instituciones (Poder Ejecutivo)

CADE (Ley 4.137/1962 )
CONSEJO ADMINISTRATIVO
DE DEFENSA ECONÓMICA
[Ministerio de Justicia]

INPI (Ley 5.648/1970)
INSTITUTO NACIONAL
DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL
[Ministerio de Desarrollo, Industria y
Comercio Exterior]
1.1 PI y la Competencia – Principales Instituciones (Poder Ejecutivo)

CADE (Ley 4.137/1962 )
CONSEJO ADMINISTRATIVO
DE DEFENSA ECONÓMICA
[Ministerio de Justicia]

INPI (Ley 5.648/1970)
INSTITUTO NACIONAL
DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL
[Ministerio de Desarrollo, Industria y
Comercio Exterior]
1.3 Escenario Legal – Competencia (SBDC – CADE)
SISTEMA BRASILEÑO DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
SBDC

ANTES ( un concepto)
CADE - Consejo
Administrativo de Defensa
Económica - dependiente del
Ministerio de Justicia
SDE - Secretaría de Derecho
Económico del Ministerio de
Justicia
SEAE - Secretaría de
Acompañamiento Económico
del Ministerio de Economía
1.3 Escenario Legal – Competencia (SBDC – CADE)
SISTEMA BRASILEÑO DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
SBDC

ANTES ( un concepto)
CADE - Consejo
Administrativo de Defensa
Económica - dependiente del
Ministerio de Justicia
SDE - Secretaría de Derecho
Económico del Ministerio de
Justicia
SEAE - Secretaría de
Acompañamiento Económico
del Ministerio de Economía

ACTUALMENTE
(estructurado por la ley 12.529/2011
“Ley del Super CADE”)
CADE - Consejo Administrativo de
Defensa Económica - dependiente del
Ministerio de Justicia
SEAE - Secretaría de
Acompañamiento Económico del
Ministerio de Economía
1.3 Escenario Legal – Competencia (SBDC – CADE)
SISTEMA BRASILEÑO DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
SBDC

ANTES ( un concepto)
CADE - Consejo
Administrativo de Defensa
Económica - dependiente del
Ministerio de Justicia
SDE - Secretaría de Derecho
Económico del Ministerio de
Justicia
SEAE - Secretaría de
Acompañamiento Económico
del Ministerio de Economía

ACTUALMENTE
(estructurado por la ley 12.529/2011
“Ley del Super CADE”)
CADE - Consejo Administrativo de
Defensa Económica - dependiente del
Ministerio de Justicia
SEAE - Secretaría de
Acompañamiento Económico del
Ministerio de Economía
DECIDE

ESTUDIOS Y OPINIONES ECONÓMICAS

INSTRUYE

Fuente: www.cade.gov.br (11/10/12)
Cambio – CVM
(Ministerio Hacienda)
Fusión - DNRC
(Ministerio Desarrollo)
400 millones de reales
30 millones de reales

DECIDE

ESTUDIOS Y OPINIONES ECONÓMICAS

INSTRUYE

Fuente: www.cade.gov.br (11/10/12)
1.4 Interfaz

Ley 8.884/ 1994

TÍTULO VI
CAPÍTULO II –

(Art.24)VI - Cualquier otro acto o medida necesaria para eliminar los efectos perjudiciales del
orden económico.
1.4 Interfaz

Ley 8.884/ 1994

TÍTULO V -INFRACCIONES DE ORDEN ECONÓMICO
CAPÍTULO II – INFRACCIONES
Artículo (20) . Constituir infracción de la orden económico, independientemente de la
culpa, las acciones de cualquier clase, que tienen por objeto o pueda producir los efectos
siguientes, aunque no se logró:
XIV - acaparamiento o prevenir la exploración de los derechos
de propiedad industrial o intelectual o de tecnología;

CAPÍTULO III - PLUMAS
Artículo (24) . Sin perjuicio de las sanciones previstas en el art. 37 de la presente Ley, así
como requerir la gravedad de los hechos o el interés público, podrá imponer las siguientes
sanciones, en forma individual o en conjunto:
1.4 Interfaz

Ley 8.884/ 1994

Ley 12.529 / 2011

TÍTULO V -INFRACCIONES DE ORDEN ECONÓMICO
CAPÍTULO II – INFRACCIONES
Artículo (20) 36. Constituir infracción de la orden económico, independientemente de la
culpa, las acciones de cualquier clase, que tienen por objeto o pueda producir los efectos
siguientes, aunque no se logró:
XIV - acaparamiento o prevenir la exploración de los derechos
de propiedad industrial o intelectual o de tecnología;

XX - el ejercicio o abusiva exploración de los derechos de propiedad
industrial, intelectual, tecnología o marca.
CAPÍTULO III - PLUMAS
Artículo (24) 38. Sin perjuicio de las sanciones previstas en el art. 37 de la presente Ley, así
como requerir la gravedad de los hechos o el interés público, podrá imponer las siguientes
sanciones, en forma individual o en conjunto:

a) conceder licencias obligatorias de derecho propiedad intelectual
propiedad del delincuente cuando el delito está relacionado con el uso de
ese derecho;
1.4 Interfaz

Ley 8.884/ 1994

Ley 12.529 / 2011

TÍTULO VI
DE VARIAS ESPECIES DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO

CAPÍTULO II - PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO EN EL CONTROL DE LOS
ACTOS DE CONCENTRACIÓN ECONÓMICA
Sección II - Procedimiento Administrativo ante el Tribunal
Artículo 61. En el juicio de la solicitud de aprobación de la fusión económica, el Tribunal podrá
aprobarlo en su totalidad, rechazarla o aprobarla parcialmente, en cuyo caso determinará las
restricciones que deben cumplirse como condición para la validez y eficacia del acto.
§ 1 El Tribunal determinará las restricciones aplicables a mitigar los posibles efectos negativos
de la concentración sobre los mercados afectados.
§ 2 Las restricciones mencionadas en el § 1 de este artículo son:

V - concesión obligatoria de licencias de derechos de propiedad
intelectual; y
(…)
(Art.24)VI - Cualquier otro acto o medida necesaria para eliminar los efectos perjudiciales del
orden económico.
2. INPI - LA CONSTRUCCIÓN DE UN MODELO DE
INTERÉS PUBLICO
2. INPI - LA CONSTRUCCIÓN DE UN MODELO DE
INTERÉS PUBLICO

Edifício sede do INPI
(Sec. XXI e Década de 30 do Sec. XX)
2.1 Escenario Legal – PI (Registro en INPI)

Propiedad
Intelectual

Propriedad
Industrial :
Derechos de Autor :

Art. 5º inciso XIX Constitución Federal (1988)
Concesión de Patentes (Invención y Modelos de Utilidad),
Registro de Marcas, Dibujos y Modelos Industriales,
Indicaciones Geográficas (Ley 9.279/96)
Art. 5º inciso XVII Constitución Federal (1988)
Músicas, Obras de Artes, Obras Literárias (Ley
9.610/98), Programas de Computador (Ley
9.609/98)

sui generis:
Cultivares (Ley 9.456/97), Circuitos Integrados (Ley 11.484/07)
Células Madre, Transgénicos (Ley de Bioseguridad, 11.105/05),
Conocimientos Tradicionales (Medida Provisional 2186-16/01)
Decreto 7.356 (2010)
Nueva Estructura
Regimental se
establece el CEDPI,
entre otros
(Decreto nº 7.356/10)
PRESIDÊNCIA DO INPI
CENTRO DE DEFESA
DE LA PROPIEDAD
INTELECTUAL
DPREC
División de Promoción de las
Resoluciones de Conflictos

DCCON
División de Lucha contra la Competencia
Desleal y la Falsificación

EJES
Mediación

Nueva Estructura
Regimental se
establece el CEDPI,
entre otros
(Decreto nº 7.356/10)

Competencia
Falsificación
PRESIDÊNCIA DO INPI
CENTRO DE DEFESA
DE LA PROPIEDAD
INTELECTUAL
DPREC
División de Promoción de las
Resoluciones de Conflictos

Nueva Estructura Regimental se
establece el CEDPI, entre otros
(Decreto nº 7.356/10)

DCCON
División de Lucha contra la Competencia
Desleal y la Falsificación

EJES
Mediación

Competencia
Falsificación

REGIMIENTO INTERNO
V - el trabajo con las agencias del Gobierno , que participan en la promoción de
exportaciones y la protección del comercio exterior, en lo que respecta a la lucha contra
violaciónes de los derechos de propiedad intelectual - del competencia del INPI y
V - realizar análisis y estudios sobre las relaciones y las interfaces entre la propiedad
intelectual y los actos relacionados con el abuso del poder económico y otras actividades
que le confiere;
DCCON

División de Lucha contra la Competencia
Desleal y la Falsificación

Misión
Apoyar a losórganos e instituciones directamente responsables de
atender las prácticas de falsificación y anti - competitiva , el empresario y
la sociedad que sufre las consecuencias de los crímenes y las prácticas
desleales en ela PI .
Visión
Consolidar la toma de fuerza como una referencia para la oficina nacional
de propiedad intelectual para actuaren sinergia con elgobierno y la
sociedad en la lucha contra la falsificación y la competencia desleal.
Valores (directrices)
La prevalenciadel interés público ;
El desarrollo social, tecnológico y económico , y
La colaboraciona internacional del combate de los ilícitos en la PI.
DCCON
División de Lucha contra la Competencia Desleal
y la Falsificación

Competencia
( política de competencia )

Contrafacciones
(Falsificaciones)

OBJETO

ALCANCE

SBDC

Defesa de la
Competencia

AGU, MP y el Poder

CNCP-MJ e Estados
Estado

Judicial
Competencia Desleal
(stricto sensu)

ESTRUCTURA
DE
ACIONES

Emprendedor ( Asociaciones ,
Federaciones Industriales,
Universidades )

Sociedad Civil

PROGRAMAS

EJES
Econômico
Impacto de los
actos de
concentración en
ela PI y otros
acompañamientos

Educativo
Cursos para las
Autoridades Públicas y
la Sociedad

Red de Expertos para la
Buena Práctica Pública

Represivo
Directório
Nacional de Lucha
contra la
Falsificación
DCCON

Divisão de Combate à Concorrência Desleal e à Contrafação

PROGRAMAS

EIXOS de AÇÃO
Econômico
Impacto de Atos de
Concentração na PI
e Outros
Acompanhamentos

Educativo

Cursos para
Autoridades Públicas
e Sociedade

Rede de
Especialistas para
as Boas Práticas
Públicas

Repressivo

Diretório de Combate
à Falsificação
Impacto de los
actos de
concentración en
ela PI y otros
acompañamientos

Ação 02 – Impacto de AC en PI (Protótipo)

Data de Fusión:
2º/ 2011
Operación

N de
Marcas

Patentes

Facturación

Otros Regs.
Empleados

US$ mil

0

1 a 10

até 1

0

0

10 a 50

1 a 10

3

0

0

50-100

10 a 50

3

0

2

> 100

50-100

Registro

Pedido

Registro

Pedido

Registro

Pedido

Empresa XPTO

50

7

3

4

0

Después de la
fusión : 2012

51

10

3

4

Después de la
fusión: 2013

55

8

4

Después de la
fusión: 2014

59

7

4
Impacto de los
actos de
concentración en
ela PI y otros
acompañamientos

Ação 05 – Casos Judiciales (modelo exemplificativo)

Fonte: Relatório Final CPI da Pirataria (2004)
Impacto de los
actos de
concentración en
ela PI y otros
acompañamientos

Ação 06 – Otros Acompanamientos e Estudos
COMERCIO EXTERIOR EM BILHOES US$ (2011)

Fonte: Banco Mundial / Fundo Monetário Internacional /
MDIC / Desenvolvimento Próprio (INPI/cedpi-dccon )
3. CONSIDERACIONES FINALES
OBSOLESCENCIA PROGRAMADA – Bernard London
“CORRIDA ARMAMENTISTA DE PATENTES”- Laymert Garcia dos Santos
SHAM LITIGATION

Fuente: http://www.convergencealimentaire.info/
Jorge de Paula Costa Ávila – Presidente del INPI

Equipe CEDPI

MUCHAS GRACIAS!

►

Pedro Areas Burlandy – Jefe del CEDPI




Elton Ferreira Barbosa
Jefe de la División de Lucha contra la
Competencia Desleal y la Falsificación
eltonfb@inpi.gov.br

►

Daniela Câmara - Jefe Substituta
(DCCON)
Jaqueline Amado (Secretária)

Cristóvam Kubrusly – Jefe del DPREC


►

Mariana Veras - Jefe Substituta

Elton Ferreira Barbosa – Jefe del
DCCON


Raphael Weine – Analista em PI

Rua Mayrink Veiga, nº 9, 2º andar – Centro Rio de Janeiro – RJ / e-mail: cedpi@inpi.gov.br Tel: (21) 3037-3982
Cursos para las
Autoridades
Públicas y la
Sociedad

Ações 07-09

Total: 2.368

Ação Global - Rede Globo e Sistema S
(FIRJAN)

1.500

Diálogos com Autoridades Públicas
(FIESP-RFB)
Ciclo de Capacitação no Combate à
Pirataria (FIRJAN-IBDC)

Conferência Internacional de Combate
à Pirataria (FIRJAN-IBDC)
Capacitação de Agentes Públicos
(CNCP)
Diálogos com o Poder Judiciário
(FIESP-TRFs)

868

Total: 738
560

Total: 306
306
187

235 250
173

68 60 50
(início do CEDPI) 2011

2012

23
Aug-13

Fonte: INPI (Desenvolvido por CEDPI-DCCON)
Diretório de
Combate à
Falsificação

Ações 10-15
MÉTODO DE PLANEJAMENTO ESTRATÉGICO: POLÍTICA
PÚBLICA “DIRETÓRIO NACIONAL DE COMBATE À
FALSIFICAÇÃO DE MARCAS”

Fonte: INPI (Desenvolvido por CEDPI-DCCON)
PROJETO
 Objeto e Escopo
Sistema de informação disponibilizado para
Instituições Públicas com Poder de Policia
 Objetivo Principal
Otimizar os procedimentos fiscais e
administrativos nos casos em que houver
indícios de contrafação, através de um acesso
exclusivo às bases de dados do INPI, incluso
um cadastro específico de representantes de
marcas*, por seguimento de atividade, para
atuar com:
1. Perícia
2. Aduana
3. Polícia
* Não se confunde com o cadastro
de agentes da PI do INPI

DIRETÓRIO NACIONAL DE COMBATE À
FALSIFICAÇÃO DE MARCAS
Conectar Agentes Públicos dos Principais
Aeroportos e Portos

 Meta
Dez 2013 (piloto)
Jun 2014 (presente nos 12 Estados sedes da
Copa do Mundo)
 Custo de implantação
Sem custos
(recursos humanos e infra INPI)
Fonte: CNCP e INPI (Desenvolvido por CEDPIDCCON)
PROJETO
 Objeto e Escopo
Sistema de informação disponibilizado para
Instituições Públicas com Poder de Polícia.

DIRETÓRIO NACIONAL DE COMBATE À
FALSIFICAÇÃO DE MARCAS
Conectar Agentes Públicos

 Objetivo Principal
Otimizar os procedimentos fiscais e
administrativos nos casos em que houver
indícios de contrafação, através de um acesso
exclusivo às bases de dados do INPI, incluso
um cadastro específico de representantes de
marcas*, por seguimento de atividade, para
atuar com:
1. Perícia
2. Aduana
3. Polícia
* Não se confunde com o cadastro
de agentes da PI do INPI
 Meta
Dez 2013 (piloto)
Jun 2014 (presente nos 12 Estados sedes da
Copa do Mundo)
 Custo de implantação
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Fonte: CNCP e INPI (Desenvolvido por CEDPIDCCON)
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DIRETÓRIO NACIONAL DE COMBATE À
FALSIFICAÇÃO DE MARCAS
Conectar Agentes Públicos

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Otimizar os procedimentos fiscais e
administrativos nos casos em que houver
indícios de contrafação, através de um acesso
exclusivo às bases de dados do INPI, incluso
um cadastro específico de representantes de
marcas*, por seguimento de atividade, para
atuar com:
1. Perícia
2. Aduana
3. Polícia
* Não se confunde com o cadastro
de agentes da PI do INPI
 Meta
Dez 2013 (piloto)
Jun 2014 (presente nos 12 Estados sedes da
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2.2. elton ferreira la actuación del inpi en la interfaz entre pi y competencia en brasil

  • 1. IEPI SCPM OMPI Foro Internacional Propiedad Intelectual y Compentecia La actuacion del INPI em la interface entre PI y Competencia en Brasil: la construcción de un modelo de interés publico Ecuador, Guayaquil, 23-24 octubre de 2013
  • 2. GUIÓN 1. RESUMEN ESCENARIO LEGAL DE LA INTERFAZ ENTRE PI Y LA COMPETENCIA 1.1 PI y la Competencia – Principales Instituciones (Poder Ejecutivo) 1.2 Escenario Legal – PI (INPI) 1.3 Escenario Legal – Competencia (SBDC – CADE) 1.4 Interfaz 1.5 Case 2. INPI - LA CONSTRUCCIÓN DE UN MODELO DE INTERÉS PUBLICO 3. INTERFAZ (PERSPECTIVAS)
  • 3. GUIÓN 1. RESUMEN ESCENARIO LEGAL DE LA INTERFAZ ENTRE PI Y LA COMPETENCIA 1.1 PI y la Competencia – Principales Instituciones (Poder Ejecutivo) 1.2 Escenario Legal – PI (INPI) 1.3 Escenario Legal – Competencia (SBDC – CADE) 1.4 Interfaz 2. INPI - LA CONSTRUCCIÓN DE UN MODELO DE INTERÉS PUBLICO 3. CONSIDERACIONES FINALES
  • 4. 1. Escenario Legal de la Interfaz entre PI y la Competencia CONSTITUCIÓN FEDERAL (1988)
  • 5. CONSTITUCIÓN FEDERAL (1988) Art. 5º. XXIX - La ley debe garantizar a los autores de inventos industriales el privilegio temporal para su uso y la protección de las creaciones industriales, de propiedad de las marcas comerciales, nombres de empresas y otros signos distintivos, en vista de los intereses de la sociedad y el desarrollo tecnológico y económico del país;
  • 6. CONSTITUCIÓN FEDERAL (1988) Artículo 170. El orden económico, fundado en el valor del trabajo humano y la libre empresa, es garantizar una existencia digna a todos, de acuerdo con los dictados de la justicia social, sobre las siguientes bases: Art. 5º. XXIX - La ley debe garantizar a los autores de I - la soberanía nacional; inventos industriales el privilegio temporal para su II - la propiedad privada; uso y la protección de las creaciones industriales, de III - la función social de la propiedad; propiedad de las marcas comerciales, nombres de empresas y otros signos distintivos, en vista de los IV - la libre competencia; intereses de la sociedad y el desarrollo tecnológico y V - la protección del consumidor; económico del país; (...) Parágrafo Único. Se garantiza a todos el libre ejercicio de cualquier actividad económica, con independencia de la autorización de los organismos gubernamentales, salvo en los casos previstos por la ley. Artículo 173. § 4 - La ley reprimirá el abuso del poder económico que tiene como objetivo la dominación de los mercados, la eliminación de la competencia y el aumento arbitrario de los beneficios.
  • 7. 1. Escenario Legal de la Interfaz entre PI y la Competencia INPI INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPRIEDAD INDUSTRIAL 1970 Ley 5.648 1971 Ley 5.772 1996 Ley 9.279 2010 Decreto 7.356 Nueva estructura regimental se establece el CEDPI, entre otros CADE CONSEJO ADMINISTRATIVO DE DEFENSA ECONÓMICA 1962 Ley 4.137 1994 Ley 8.884 2011 Ley 12.529 Estructura el Sistema Brasileño de Defensa de la Competencia
  • 8. 1.1 PI y la Competencia – Principales Instituciones (Poder Ejecutivo)
  • 9. 1.1 PI y la Competencia – Principales Instituciones (Poder Ejecutivo) CADE (Ley 4.137/1962 ) CONSEJO ADMINISTRATIVO DE DEFENSA ECONÓMICA [Ministerio de Justicia]
  • 10. 1.1 PI y la Competencia – Principales Instituciones (Poder Ejecutivo) CADE (Ley 4.137/1962 ) CONSEJO ADMINISTRATIVO DE DEFENSA ECONÓMICA [Ministerio de Justicia] INPI (Ley 5.648/1970) INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL [Ministerio de Desarrollo, Industria y Comercio Exterior]
  • 11. 1.1 PI y la Competencia – Principales Instituciones (Poder Ejecutivo) CADE (Ley 4.137/1962 ) CONSEJO ADMINISTRATIVO DE DEFENSA ECONÓMICA [Ministerio de Justicia] INPI (Ley 5.648/1970) INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL [Ministerio de Desarrollo, Industria y Comercio Exterior]
  • 12. 1.3 Escenario Legal – Competencia (SBDC – CADE) SISTEMA BRASILEÑO DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA SBDC ANTES ( un concepto) CADE - Consejo Administrativo de Defensa Económica - dependiente del Ministerio de Justicia SDE - Secretaría de Derecho Económico del Ministerio de Justicia SEAE - Secretaría de Acompañamiento Económico del Ministerio de Economía
  • 13. 1.3 Escenario Legal – Competencia (SBDC – CADE) SISTEMA BRASILEÑO DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA SBDC ANTES ( un concepto) CADE - Consejo Administrativo de Defensa Económica - dependiente del Ministerio de Justicia SDE - Secretaría de Derecho Económico del Ministerio de Justicia SEAE - Secretaría de Acompañamiento Económico del Ministerio de Economía ACTUALMENTE (estructurado por la ley 12.529/2011 “Ley del Super CADE”) CADE - Consejo Administrativo de Defensa Económica - dependiente del Ministerio de Justicia SEAE - Secretaría de Acompañamiento Económico del Ministerio de Economía
  • 14. 1.3 Escenario Legal – Competencia (SBDC – CADE) SISTEMA BRASILEÑO DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA SBDC ANTES ( un concepto) CADE - Consejo Administrativo de Defensa Económica - dependiente del Ministerio de Justicia SDE - Secretaría de Derecho Económico del Ministerio de Justicia SEAE - Secretaría de Acompañamiento Económico del Ministerio de Economía ACTUALMENTE (estructurado por la ley 12.529/2011 “Ley del Super CADE”) CADE - Consejo Administrativo de Defensa Económica - dependiente del Ministerio de Justicia SEAE - Secretaría de Acompañamiento Económico del Ministerio de Economía
  • 15. DECIDE ESTUDIOS Y OPINIONES ECONÓMICAS INSTRUYE Fuente: www.cade.gov.br (11/10/12)
  • 16. Cambio – CVM (Ministerio Hacienda) Fusión - DNRC (Ministerio Desarrollo) 400 millones de reales 30 millones de reales DECIDE ESTUDIOS Y OPINIONES ECONÓMICAS INSTRUYE Fuente: www.cade.gov.br (11/10/12)
  • 17. 1.4 Interfaz Ley 8.884/ 1994 TÍTULO VI CAPÍTULO II – (Art.24)VI - Cualquier otro acto o medida necesaria para eliminar los efectos perjudiciales del orden económico.
  • 18. 1.4 Interfaz Ley 8.884/ 1994 TÍTULO V -INFRACCIONES DE ORDEN ECONÓMICO CAPÍTULO II – INFRACCIONES Artículo (20) . Constituir infracción de la orden económico, independientemente de la culpa, las acciones de cualquier clase, que tienen por objeto o pueda producir los efectos siguientes, aunque no se logró: XIV - acaparamiento o prevenir la exploración de los derechos de propiedad industrial o intelectual o de tecnología; CAPÍTULO III - PLUMAS Artículo (24) . Sin perjuicio de las sanciones previstas en el art. 37 de la presente Ley, así como requerir la gravedad de los hechos o el interés público, podrá imponer las siguientes sanciones, en forma individual o en conjunto:
  • 19. 1.4 Interfaz Ley 8.884/ 1994 Ley 12.529 / 2011 TÍTULO V -INFRACCIONES DE ORDEN ECONÓMICO CAPÍTULO II – INFRACCIONES Artículo (20) 36. Constituir infracción de la orden económico, independientemente de la culpa, las acciones de cualquier clase, que tienen por objeto o pueda producir los efectos siguientes, aunque no se logró: XIV - acaparamiento o prevenir la exploración de los derechos de propiedad industrial o intelectual o de tecnología; XX - el ejercicio o abusiva exploración de los derechos de propiedad industrial, intelectual, tecnología o marca. CAPÍTULO III - PLUMAS Artículo (24) 38. Sin perjuicio de las sanciones previstas en el art. 37 de la presente Ley, así como requerir la gravedad de los hechos o el interés público, podrá imponer las siguientes sanciones, en forma individual o en conjunto: a) conceder licencias obligatorias de derecho propiedad intelectual propiedad del delincuente cuando el delito está relacionado con el uso de ese derecho;
  • 20. 1.4 Interfaz Ley 8.884/ 1994 Ley 12.529 / 2011 TÍTULO VI DE VARIAS ESPECIES DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO CAPÍTULO II - PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO EN EL CONTROL DE LOS ACTOS DE CONCENTRACIÓN ECONÓMICA Sección II - Procedimiento Administrativo ante el Tribunal Artículo 61. En el juicio de la solicitud de aprobación de la fusión económica, el Tribunal podrá aprobarlo en su totalidad, rechazarla o aprobarla parcialmente, en cuyo caso determinará las restricciones que deben cumplirse como condición para la validez y eficacia del acto. § 1 El Tribunal determinará las restricciones aplicables a mitigar los posibles efectos negativos de la concentración sobre los mercados afectados. § 2 Las restricciones mencionadas en el § 1 de este artículo son: V - concesión obligatoria de licencias de derechos de propiedad intelectual; y (…) (Art.24)VI - Cualquier otro acto o medida necesaria para eliminar los efectos perjudiciales del orden económico.
  • 21.
  • 22. 2. INPI - LA CONSTRUCCIÓN DE UN MODELO DE INTERÉS PUBLICO
  • 23. 2. INPI - LA CONSTRUCCIÓN DE UN MODELO DE INTERÉS PUBLICO Edifício sede do INPI (Sec. XXI e Década de 30 do Sec. XX)
  • 24. 2.1 Escenario Legal – PI (Registro en INPI) Propiedad Intelectual Propriedad Industrial : Derechos de Autor : Art. 5º inciso XIX Constitución Federal (1988) Concesión de Patentes (Invención y Modelos de Utilidad), Registro de Marcas, Dibujos y Modelos Industriales, Indicaciones Geográficas (Ley 9.279/96) Art. 5º inciso XVII Constitución Federal (1988) Músicas, Obras de Artes, Obras Literárias (Ley 9.610/98), Programas de Computador (Ley 9.609/98) sui generis: Cultivares (Ley 9.456/97), Circuitos Integrados (Ley 11.484/07) Células Madre, Transgénicos (Ley de Bioseguridad, 11.105/05), Conocimientos Tradicionales (Medida Provisional 2186-16/01)
  • 26. Nueva Estructura Regimental se establece el CEDPI, entre otros (Decreto nº 7.356/10)
  • 27. PRESIDÊNCIA DO INPI CENTRO DE DEFESA DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL DPREC División de Promoción de las Resoluciones de Conflictos DCCON División de Lucha contra la Competencia Desleal y la Falsificación EJES Mediación Nueva Estructura Regimental se establece el CEDPI, entre otros (Decreto nº 7.356/10) Competencia Falsificación
  • 28. PRESIDÊNCIA DO INPI CENTRO DE DEFESA DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL DPREC División de Promoción de las Resoluciones de Conflictos Nueva Estructura Regimental se establece el CEDPI, entre otros (Decreto nº 7.356/10) DCCON División de Lucha contra la Competencia Desleal y la Falsificación EJES Mediación Competencia Falsificación REGIMIENTO INTERNO V - el trabajo con las agencias del Gobierno , que participan en la promoción de exportaciones y la protección del comercio exterior, en lo que respecta a la lucha contra violaciónes de los derechos de propiedad intelectual - del competencia del INPI y V - realizar análisis y estudios sobre las relaciones y las interfaces entre la propiedad intelectual y los actos relacionados con el abuso del poder económico y otras actividades que le confiere;
  • 29. DCCON División de Lucha contra la Competencia Desleal y la Falsificación Misión Apoyar a losórganos e instituciones directamente responsables de atender las prácticas de falsificación y anti - competitiva , el empresario y la sociedad que sufre las consecuencias de los crímenes y las prácticas desleales en ela PI . Visión Consolidar la toma de fuerza como una referencia para la oficina nacional de propiedad intelectual para actuaren sinergia con elgobierno y la sociedad en la lucha contra la falsificación y la competencia desleal. Valores (directrices) La prevalenciadel interés público ; El desarrollo social, tecnológico y económico , y La colaboraciona internacional del combate de los ilícitos en la PI.
  • 30. DCCON División de Lucha contra la Competencia Desleal y la Falsificación Competencia ( política de competencia ) Contrafacciones (Falsificaciones) OBJETO ALCANCE SBDC Defesa de la Competencia AGU, MP y el Poder CNCP-MJ e Estados Estado Judicial Competencia Desleal (stricto sensu) ESTRUCTURA DE ACIONES Emprendedor ( Asociaciones , Federaciones Industriales, Universidades ) Sociedad Civil PROGRAMAS EJES Econômico Impacto de los actos de concentración en ela PI y otros acompañamientos Educativo Cursos para las Autoridades Públicas y la Sociedad Red de Expertos para la Buena Práctica Pública Represivo Directório Nacional de Lucha contra la Falsificación
  • 31. DCCON Divisão de Combate à Concorrência Desleal e à Contrafação PROGRAMAS EIXOS de AÇÃO Econômico Impacto de Atos de Concentração na PI e Outros Acompanhamentos Educativo Cursos para Autoridades Públicas e Sociedade Rede de Especialistas para as Boas Práticas Públicas Repressivo Diretório de Combate à Falsificação
  • 32. Impacto de los actos de concentración en ela PI y otros acompañamientos Ação 02 – Impacto de AC en PI (Protótipo) Data de Fusión: 2º/ 2011 Operación N de Marcas Patentes Facturación Otros Regs. Empleados US$ mil 0 1 a 10 até 1 0 0 10 a 50 1 a 10 3 0 0 50-100 10 a 50 3 0 2 > 100 50-100 Registro Pedido Registro Pedido Registro Pedido Empresa XPTO 50 7 3 4 0 Después de la fusión : 2012 51 10 3 4 Después de la fusión: 2013 55 8 4 Después de la fusión: 2014 59 7 4
  • 33. Impacto de los actos de concentración en ela PI y otros acompañamientos Ação 05 – Casos Judiciales (modelo exemplificativo) Fonte: Relatório Final CPI da Pirataria (2004)
  • 34. Impacto de los actos de concentración en ela PI y otros acompañamientos Ação 06 – Otros Acompanamientos e Estudos COMERCIO EXTERIOR EM BILHOES US$ (2011) Fonte: Banco Mundial / Fundo Monetário Internacional / MDIC / Desenvolvimento Próprio (INPI/cedpi-dccon )
  • 35. 3. CONSIDERACIONES FINALES OBSOLESCENCIA PROGRAMADA – Bernard London “CORRIDA ARMAMENTISTA DE PATENTES”- Laymert Garcia dos Santos SHAM LITIGATION Fuente: http://www.convergencealimentaire.info/
  • 36. Jorge de Paula Costa Ávila – Presidente del INPI Equipe CEDPI MUCHAS GRACIAS! ► Pedro Areas Burlandy – Jefe del CEDPI   Elton Ferreira Barbosa Jefe de la División de Lucha contra la Competencia Desleal y la Falsificación eltonfb@inpi.gov.br ► Daniela Câmara - Jefe Substituta (DCCON) Jaqueline Amado (Secretária) Cristóvam Kubrusly – Jefe del DPREC  ► Mariana Veras - Jefe Substituta Elton Ferreira Barbosa – Jefe del DCCON  Raphael Weine – Analista em PI Rua Mayrink Veiga, nº 9, 2º andar – Centro Rio de Janeiro – RJ / e-mail: cedpi@inpi.gov.br Tel: (21) 3037-3982
  • 37. Cursos para las Autoridades Públicas y la Sociedad Ações 07-09 Total: 2.368 Ação Global - Rede Globo e Sistema S (FIRJAN) 1.500 Diálogos com Autoridades Públicas (FIESP-RFB) Ciclo de Capacitação no Combate à Pirataria (FIRJAN-IBDC) Conferência Internacional de Combate à Pirataria (FIRJAN-IBDC) Capacitação de Agentes Públicos (CNCP) Diálogos com o Poder Judiciário (FIESP-TRFs) 868 Total: 738 560 Total: 306 306 187 235 250 173 68 60 50 (início do CEDPI) 2011 2012 23 Aug-13 Fonte: INPI (Desenvolvido por CEDPI-DCCON)
  • 38. Diretório de Combate à Falsificação Ações 10-15 MÉTODO DE PLANEJAMENTO ESTRATÉGICO: POLÍTICA PÚBLICA “DIRETÓRIO NACIONAL DE COMBATE À FALSIFICAÇÃO DE MARCAS” Fonte: INPI (Desenvolvido por CEDPI-DCCON)
  • 39. PROJETO  Objeto e Escopo Sistema de informação disponibilizado para Instituições Públicas com Poder de Policia  Objetivo Principal Otimizar os procedimentos fiscais e administrativos nos casos em que houver indícios de contrafação, através de um acesso exclusivo às bases de dados do INPI, incluso um cadastro específico de representantes de marcas*, por seguimento de atividade, para atuar com: 1. Perícia 2. Aduana 3. Polícia * Não se confunde com o cadastro de agentes da PI do INPI DIRETÓRIO NACIONAL DE COMBATE À FALSIFICAÇÃO DE MARCAS Conectar Agentes Públicos dos Principais Aeroportos e Portos  Meta Dez 2013 (piloto) Jun 2014 (presente nos 12 Estados sedes da Copa do Mundo)  Custo de implantação Sem custos (recursos humanos e infra INPI) Fonte: CNCP e INPI (Desenvolvido por CEDPIDCCON)
  • 40. PROJETO  Objeto e Escopo Sistema de informação disponibilizado para Instituições Públicas com Poder de Polícia. DIRETÓRIO NACIONAL DE COMBATE À FALSIFICAÇÃO DE MARCAS Conectar Agentes Públicos  Objetivo Principal Otimizar os procedimentos fiscais e administrativos nos casos em que houver indícios de contrafação, através de um acesso exclusivo às bases de dados do INPI, incluso um cadastro específico de representantes de marcas*, por seguimento de atividade, para atuar com: 1. Perícia 2. Aduana 3. Polícia * Não se confunde com o cadastro de agentes da PI do INPI  Meta Dez 2013 (piloto) Jun 2014 (presente nos 12 Estados sedes da Copa do Mundo)  Custo de implantação Sem custos (recursos humanos e infra INPI) Fonte: CNCP e INPI (Desenvolvido por CEDPIDCCON)
  • 41. PROJETO  Objeto e Escopo Sistema de informação disponibilizado para Instituições Públicas com Poder de Polícia DIRETÓRIO NACIONAL DE COMBATE À FALSIFICAÇÃO DE MARCAS Conectar Agentes Públicos  Objetivo Principal Otimizar os procedimentos fiscais e administrativos nos casos em que houver indícios de contrafação, através de um acesso exclusivo às bases de dados do INPI, incluso um cadastro específico de representantes de marcas*, por seguimento de atividade, para atuar com: 1. Perícia 2. Aduana 3. Polícia * Não se confunde com o cadastro de agentes da PI do INPI  Meta Dez 2013 (piloto) Jun 2014 (presente nos 12 Estados sedes da Copa do Mundo)  Custo de implantação Sem custos (recursos humanos e infra INPI) Fonte: CNCP e INPI (Desenvolvido por CEDPIDCCON)