2.2. elton ferreira la actuación del inpi en la interfaz entre pi y competencia en brasil
1. IEPI
SCPM OMPI
Foro Internacional Propiedad Intelectual y Compentecia
La actuacion del INPI em la interface entre PI y
Competencia en Brasil: la construcción de un
modelo de interés publico
Ecuador, Guayaquil, 23-24 octubre de 2013
2. GUIÓN
1.
RESUMEN ESCENARIO LEGAL DE LA INTERFAZ ENTRE PI Y LA
COMPETENCIA
1.1 PI y la Competencia – Principales Instituciones (Poder Ejecutivo)
1.2 Escenario Legal – PI (INPI)
1.3 Escenario Legal – Competencia (SBDC – CADE)
1.4 Interfaz
1.5 Case
2. INPI - LA CONSTRUCCIÓN DE UN MODELO DE INTERÉS PUBLICO
3. INTERFAZ (PERSPECTIVAS)
3. GUIÓN
1.
RESUMEN ESCENARIO LEGAL DE LA INTERFAZ ENTRE PI Y LA
COMPETENCIA
1.1 PI y la Competencia – Principales Instituciones (Poder Ejecutivo)
1.2 Escenario Legal – PI (INPI)
1.3 Escenario Legal – Competencia (SBDC – CADE)
1.4 Interfaz
2. INPI - LA CONSTRUCCIÓN DE UN MODELO DE INTERÉS PUBLICO
3. CONSIDERACIONES FINALES
4. 1. Escenario Legal de la Interfaz entre PI y la Competencia
CONSTITUCIÓN FEDERAL (1988)
5. CONSTITUCIÓN FEDERAL (1988)
Art. 5º. XXIX - La ley debe garantizar a los autores de
inventos industriales el privilegio temporal para su
uso y la protección de las creaciones industriales, de
propiedad de las marcas comerciales, nombres de
empresas y otros signos distintivos, en vista de los
intereses de la sociedad y el desarrollo tecnológico y
económico del país;
6. CONSTITUCIÓN FEDERAL (1988)
Artículo 170. El orden económico, fundado en el valor del trabajo humano y la
libre empresa, es garantizar una existencia digna a todos, de acuerdo con los
dictados de la justicia social, sobre las siguientes bases:
Art. 5º. XXIX - La ley debe garantizar a los autores de
I - la soberanía nacional;
inventos industriales el privilegio temporal para su
II - la propiedad privada;
uso y la protección de las creaciones industriales, de
III - la función social de la propiedad; propiedad de las marcas comerciales, nombres de
empresas y otros signos distintivos, en vista de los
IV - la libre competencia;
intereses de la sociedad y el desarrollo tecnológico y
V - la protección del consumidor;
económico del país;
(...)
Parágrafo Único. Se garantiza a todos el libre ejercicio de cualquier actividad
económica, con independencia de la autorización de los organismos
gubernamentales, salvo en los casos previstos por la ley.
Artículo 173. § 4 - La ley reprimirá el abuso del poder económico que tiene
como objetivo la dominación de los mercados, la eliminación de la
competencia y el aumento arbitrario de los beneficios.
7. 1. Escenario Legal de la Interfaz entre PI y la Competencia
INPI
INSTITUTO NACIONAL DE LA
PROPRIEDAD INDUSTRIAL
1970
Ley 5.648
1971
Ley 5.772
1996
Ley 9.279
2010 Decreto 7.356
Nueva estructura
regimental se establece el
CEDPI, entre otros
CADE
CONSEJO ADMINISTRATIVO
DE DEFENSA ECONÓMICA
1962
Ley 4.137
1994
Ley 8.884
2011
Ley 12.529
Estructura el Sistema Brasileño
de Defensa de la Competencia
8. 1.1 PI y la Competencia – Principales Instituciones (Poder Ejecutivo)
9. 1.1 PI y la Competencia – Principales Instituciones (Poder Ejecutivo)
CADE (Ley 4.137/1962 )
CONSEJO ADMINISTRATIVO
DE DEFENSA ECONÓMICA
[Ministerio de Justicia]
10. 1.1 PI y la Competencia – Principales Instituciones (Poder Ejecutivo)
CADE (Ley 4.137/1962 )
CONSEJO ADMINISTRATIVO
DE DEFENSA ECONÓMICA
[Ministerio de Justicia]
INPI (Ley 5.648/1970)
INSTITUTO NACIONAL
DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL
[Ministerio de Desarrollo, Industria y
Comercio Exterior]
11. 1.1 PI y la Competencia – Principales Instituciones (Poder Ejecutivo)
CADE (Ley 4.137/1962 )
CONSEJO ADMINISTRATIVO
DE DEFENSA ECONÓMICA
[Ministerio de Justicia]
INPI (Ley 5.648/1970)
INSTITUTO NACIONAL
DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL
[Ministerio de Desarrollo, Industria y
Comercio Exterior]
12. 1.3 Escenario Legal – Competencia (SBDC – CADE)
SISTEMA BRASILEÑO DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
SBDC
ANTES ( un concepto)
CADE - Consejo
Administrativo de Defensa
Económica - dependiente del
Ministerio de Justicia
SDE - Secretaría de Derecho
Económico del Ministerio de
Justicia
SEAE - Secretaría de
Acompañamiento Económico
del Ministerio de Economía
13. 1.3 Escenario Legal – Competencia (SBDC – CADE)
SISTEMA BRASILEÑO DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
SBDC
ANTES ( un concepto)
CADE - Consejo
Administrativo de Defensa
Económica - dependiente del
Ministerio de Justicia
SDE - Secretaría de Derecho
Económico del Ministerio de
Justicia
SEAE - Secretaría de
Acompañamiento Económico
del Ministerio de Economía
ACTUALMENTE
(estructurado por la ley 12.529/2011
“Ley del Super CADE”)
CADE - Consejo Administrativo de
Defensa Económica - dependiente del
Ministerio de Justicia
SEAE - Secretaría de
Acompañamiento Económico del
Ministerio de Economía
14. 1.3 Escenario Legal – Competencia (SBDC – CADE)
SISTEMA BRASILEÑO DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
SBDC
ANTES ( un concepto)
CADE - Consejo
Administrativo de Defensa
Económica - dependiente del
Ministerio de Justicia
SDE - Secretaría de Derecho
Económico del Ministerio de
Justicia
SEAE - Secretaría de
Acompañamiento Económico
del Ministerio de Economía
ACTUALMENTE
(estructurado por la ley 12.529/2011
“Ley del Super CADE”)
CADE - Consejo Administrativo de
Defensa Económica - dependiente del
Ministerio de Justicia
SEAE - Secretaría de
Acompañamiento Económico del
Ministerio de Economía
16. Cambio – CVM
(Ministerio Hacienda)
Fusión - DNRC
(Ministerio Desarrollo)
400 millones de reales
30 millones de reales
DECIDE
ESTUDIOS Y OPINIONES ECONÓMICAS
INSTRUYE
Fuente: www.cade.gov.br (11/10/12)
17. 1.4 Interfaz
Ley 8.884/ 1994
TÍTULO VI
CAPÍTULO II –
(Art.24)VI - Cualquier otro acto o medida necesaria para eliminar los efectos perjudiciales del
orden económico.
18. 1.4 Interfaz
Ley 8.884/ 1994
TÍTULO V -INFRACCIONES DE ORDEN ECONÓMICO
CAPÍTULO II – INFRACCIONES
Artículo (20) . Constituir infracción de la orden económico, independientemente de la
culpa, las acciones de cualquier clase, que tienen por objeto o pueda producir los efectos
siguientes, aunque no se logró:
XIV - acaparamiento o prevenir la exploración de los derechos
de propiedad industrial o intelectual o de tecnología;
CAPÍTULO III - PLUMAS
Artículo (24) . Sin perjuicio de las sanciones previstas en el art. 37 de la presente Ley, así
como requerir la gravedad de los hechos o el interés público, podrá imponer las siguientes
sanciones, en forma individual o en conjunto:
19. 1.4 Interfaz
Ley 8.884/ 1994
Ley 12.529 / 2011
TÍTULO V -INFRACCIONES DE ORDEN ECONÓMICO
CAPÍTULO II – INFRACCIONES
Artículo (20) 36. Constituir infracción de la orden económico, independientemente de la
culpa, las acciones de cualquier clase, que tienen por objeto o pueda producir los efectos
siguientes, aunque no se logró:
XIV - acaparamiento o prevenir la exploración de los derechos
de propiedad industrial o intelectual o de tecnología;
XX - el ejercicio o abusiva exploración de los derechos de propiedad
industrial, intelectual, tecnología o marca.
CAPÍTULO III - PLUMAS
Artículo (24) 38. Sin perjuicio de las sanciones previstas en el art. 37 de la presente Ley, así
como requerir la gravedad de los hechos o el interés público, podrá imponer las siguientes
sanciones, en forma individual o en conjunto:
a) conceder licencias obligatorias de derecho propiedad intelectual
propiedad del delincuente cuando el delito está relacionado con el uso de
ese derecho;
20. 1.4 Interfaz
Ley 8.884/ 1994
Ley 12.529 / 2011
TÍTULO VI
DE VARIAS ESPECIES DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO
CAPÍTULO II - PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO EN EL CONTROL DE LOS
ACTOS DE CONCENTRACIÓN ECONÓMICA
Sección II - Procedimiento Administrativo ante el Tribunal
Artículo 61. En el juicio de la solicitud de aprobación de la fusión económica, el Tribunal podrá
aprobarlo en su totalidad, rechazarla o aprobarla parcialmente, en cuyo caso determinará las
restricciones que deben cumplirse como condición para la validez y eficacia del acto.
§ 1 El Tribunal determinará las restricciones aplicables a mitigar los posibles efectos negativos
de la concentración sobre los mercados afectados.
§ 2 Las restricciones mencionadas en el § 1 de este artículo son:
V - concesión obligatoria de licencias de derechos de propiedad
intelectual; y
(…)
(Art.24)VI - Cualquier otro acto o medida necesaria para eliminar los efectos perjudiciales del
orden económico.
21.
22. 2. INPI - LA CONSTRUCCIÓN DE UN MODELO DE
INTERÉS PUBLICO
23. 2. INPI - LA CONSTRUCCIÓN DE UN MODELO DE
INTERÉS PUBLICO
Edifício sede do INPI
(Sec. XXI e Década de 30 do Sec. XX)
24. 2.1 Escenario Legal – PI (Registro en INPI)
Propiedad
Intelectual
Propriedad
Industrial :
Derechos de Autor :
Art. 5º inciso XIX Constitución Federal (1988)
Concesión de Patentes (Invención y Modelos de Utilidad),
Registro de Marcas, Dibujos y Modelos Industriales,
Indicaciones Geográficas (Ley 9.279/96)
Art. 5º inciso XVII Constitución Federal (1988)
Músicas, Obras de Artes, Obras Literárias (Ley
9.610/98), Programas de Computador (Ley
9.609/98)
sui generis:
Cultivares (Ley 9.456/97), Circuitos Integrados (Ley 11.484/07)
Células Madre, Transgénicos (Ley de Bioseguridad, 11.105/05),
Conocimientos Tradicionales (Medida Provisional 2186-16/01)
27. PRESIDÊNCIA DO INPI
CENTRO DE DEFESA
DE LA PROPIEDAD
INTELECTUAL
DPREC
División de Promoción de las
Resoluciones de Conflictos
DCCON
División de Lucha contra la Competencia
Desleal y la Falsificación
EJES
Mediación
Nueva Estructura
Regimental se
establece el CEDPI,
entre otros
(Decreto nº 7.356/10)
Competencia
Falsificación
28. PRESIDÊNCIA DO INPI
CENTRO DE DEFESA
DE LA PROPIEDAD
INTELECTUAL
DPREC
División de Promoción de las
Resoluciones de Conflictos
Nueva Estructura Regimental se
establece el CEDPI, entre otros
(Decreto nº 7.356/10)
DCCON
División de Lucha contra la Competencia
Desleal y la Falsificación
EJES
Mediación
Competencia
Falsificación
REGIMIENTO INTERNO
V - el trabajo con las agencias del Gobierno , que participan en la promoción de
exportaciones y la protección del comercio exterior, en lo que respecta a la lucha contra
violaciónes de los derechos de propiedad intelectual - del competencia del INPI y
V - realizar análisis y estudios sobre las relaciones y las interfaces entre la propiedad
intelectual y los actos relacionados con el abuso del poder económico y otras actividades
que le confiere;
29. DCCON
División de Lucha contra la Competencia
Desleal y la Falsificación
Misión
Apoyar a losórganos e instituciones directamente responsables de
atender las prácticas de falsificación y anti - competitiva , el empresario y
la sociedad que sufre las consecuencias de los crímenes y las prácticas
desleales en ela PI .
Visión
Consolidar la toma de fuerza como una referencia para la oficina nacional
de propiedad intelectual para actuaren sinergia con elgobierno y la
sociedad en la lucha contra la falsificación y la competencia desleal.
Valores (directrices)
La prevalenciadel interés público ;
El desarrollo social, tecnológico y económico , y
La colaboraciona internacional del combate de los ilícitos en la PI.
30. DCCON
División de Lucha contra la Competencia Desleal
y la Falsificación
Competencia
( política de competencia )
Contrafacciones
(Falsificaciones)
OBJETO
ALCANCE
SBDC
Defesa de la
Competencia
AGU, MP y el Poder
CNCP-MJ e Estados
Estado
Judicial
Competencia Desleal
(stricto sensu)
ESTRUCTURA
DE
ACIONES
Emprendedor ( Asociaciones ,
Federaciones Industriales,
Universidades )
Sociedad Civil
PROGRAMAS
EJES
Econômico
Impacto de los
actos de
concentración en
ela PI y otros
acompañamientos
Educativo
Cursos para las
Autoridades Públicas y
la Sociedad
Red de Expertos para la
Buena Práctica Pública
Represivo
Directório
Nacional de Lucha
contra la
Falsificación
31. DCCON
Divisão de Combate à Concorrência Desleal e à Contrafação
PROGRAMAS
EIXOS de AÇÃO
Econômico
Impacto de Atos de
Concentração na PI
e Outros
Acompanhamentos
Educativo
Cursos para
Autoridades Públicas
e Sociedade
Rede de
Especialistas para
as Boas Práticas
Públicas
Repressivo
Diretório de Combate
à Falsificação
32. Impacto de los
actos de
concentración en
ela PI y otros
acompañamientos
Ação 02 – Impacto de AC en PI (Protótipo)
Data de Fusión:
2º/ 2011
Operación
N de
Marcas
Patentes
Facturación
Otros Regs.
Empleados
US$ mil
0
1 a 10
até 1
0
0
10 a 50
1 a 10
3
0
0
50-100
10 a 50
3
0
2
> 100
50-100
Registro
Pedido
Registro
Pedido
Registro
Pedido
Empresa XPTO
50
7
3
4
0
Después de la
fusión : 2012
51
10
3
4
Después de la
fusión: 2013
55
8
4
Después de la
fusión: 2014
59
7
4
33. Impacto de los
actos de
concentración en
ela PI y otros
acompañamientos
Ação 05 – Casos Judiciales (modelo exemplificativo)
Fonte: Relatório Final CPI da Pirataria (2004)
34. Impacto de los
actos de
concentración en
ela PI y otros
acompañamientos
Ação 06 – Otros Acompanamientos e Estudos
COMERCIO EXTERIOR EM BILHOES US$ (2011)
Fonte: Banco Mundial / Fundo Monetário Internacional /
MDIC / Desenvolvimento Próprio (INPI/cedpi-dccon )
35. 3. CONSIDERACIONES FINALES
OBSOLESCENCIA PROGRAMADA – Bernard London
“CORRIDA ARMAMENTISTA DE PATENTES”- Laymert Garcia dos Santos
SHAM LITIGATION
Fuente: http://www.convergencealimentaire.info/
36. Jorge de Paula Costa Ávila – Presidente del INPI
Equipe CEDPI
MUCHAS GRACIAS!
►
Pedro Areas Burlandy – Jefe del CEDPI
Elton Ferreira Barbosa
Jefe de la División de Lucha contra la
Competencia Desleal y la Falsificación
eltonfb@inpi.gov.br
►
Daniela Câmara - Jefe Substituta
(DCCON)
Jaqueline Amado (Secretária)
Cristóvam Kubrusly – Jefe del DPREC
►
Mariana Veras - Jefe Substituta
Elton Ferreira Barbosa – Jefe del
DCCON
Raphael Weine – Analista em PI
Rua Mayrink Veiga, nº 9, 2º andar – Centro Rio de Janeiro – RJ / e-mail: cedpi@inpi.gov.br Tel: (21) 3037-3982
37. Cursos para las
Autoridades
Públicas y la
Sociedad
Ações 07-09
Total: 2.368
Ação Global - Rede Globo e Sistema S
(FIRJAN)
1.500
Diálogos com Autoridades Públicas
(FIESP-RFB)
Ciclo de Capacitação no Combate à
Pirataria (FIRJAN-IBDC)
Conferência Internacional de Combate
à Pirataria (FIRJAN-IBDC)
Capacitação de Agentes Públicos
(CNCP)
Diálogos com o Poder Judiciário
(FIESP-TRFs)
868
Total: 738
560
Total: 306
306
187
235 250
173
68 60 50
(início do CEDPI) 2011
2012
23
Aug-13
Fonte: INPI (Desenvolvido por CEDPI-DCCON)
38. Diretório de
Combate à
Falsificação
Ações 10-15
MÉTODO DE PLANEJAMENTO ESTRATÉGICO: POLÍTICA
PÚBLICA “DIRETÓRIO NACIONAL DE COMBATE À
FALSIFICAÇÃO DE MARCAS”
Fonte: INPI (Desenvolvido por CEDPI-DCCON)
39. PROJETO
Objeto e Escopo
Sistema de informação disponibilizado para
Instituições Públicas com Poder de Policia
Objetivo Principal
Otimizar os procedimentos fiscais e
administrativos nos casos em que houver
indícios de contrafação, através de um acesso
exclusivo às bases de dados do INPI, incluso
um cadastro específico de representantes de
marcas*, por seguimento de atividade, para
atuar com:
1. Perícia
2. Aduana
3. Polícia
* Não se confunde com o cadastro
de agentes da PI do INPI
DIRETÓRIO NACIONAL DE COMBATE À
FALSIFICAÇÃO DE MARCAS
Conectar Agentes Públicos dos Principais
Aeroportos e Portos
Meta
Dez 2013 (piloto)
Jun 2014 (presente nos 12 Estados sedes da
Copa do Mundo)
Custo de implantação
Sem custos
(recursos humanos e infra INPI)
Fonte: CNCP e INPI (Desenvolvido por CEDPIDCCON)
40. PROJETO
Objeto e Escopo
Sistema de informação disponibilizado para
Instituições Públicas com Poder de Polícia.
DIRETÓRIO NACIONAL DE COMBATE À
FALSIFICAÇÃO DE MARCAS
Conectar Agentes Públicos
Objetivo Principal
Otimizar os procedimentos fiscais e
administrativos nos casos em que houver
indícios de contrafação, através de um acesso
exclusivo às bases de dados do INPI, incluso
um cadastro específico de representantes de
marcas*, por seguimento de atividade, para
atuar com:
1. Perícia
2. Aduana
3. Polícia
* Não se confunde com o cadastro
de agentes da PI do INPI
Meta
Dez 2013 (piloto)
Jun 2014 (presente nos 12 Estados sedes da
Copa do Mundo)
Custo de implantação
Sem custos
(recursos humanos e infra INPI)
Fonte: CNCP e INPI (Desenvolvido por CEDPIDCCON)
41. PROJETO
Objeto e Escopo
Sistema de informação disponibilizado para
Instituições Públicas com Poder de Polícia
DIRETÓRIO NACIONAL DE COMBATE À
FALSIFICAÇÃO DE MARCAS
Conectar Agentes Públicos
Objetivo Principal
Otimizar os procedimentos fiscais e
administrativos nos casos em que houver
indícios de contrafação, através de um acesso
exclusivo às bases de dados do INPI, incluso
um cadastro específico de representantes de
marcas*, por seguimento de atividade, para
atuar com:
1. Perícia
2. Aduana
3. Polícia
* Não se confunde com o cadastro
de agentes da PI do INPI
Meta
Dez 2013 (piloto)
Jun 2014 (presente nos 12 Estados sedes da
Copa do Mundo)
Custo de implantação
Sem custos
(recursos humanos e infra INPI)
Fonte: CNCP e INPI (Desenvolvido por CEDPIDCCON)