Unidad de Conocimientos Tradicionales, Expresiones
Culturales Tradicionales y Recursos Genéticos Asociados.
IEPI
Fernando Nogales S
La Propiedad Intelectual, los
Conocimientos Tradicionales y Saberes
Ancestrales / principales reformas
propuestas en el Código Orgánico de la
Economía Social de los Conocimientos, la
Creatividad y la Innovación
Quito, 19 de mayo 2015
Ecuador Megadiverso
Superficie total 283.561 km2
10% Biodiversidad Mundial
10 zonas Importancia para la
Conservación Mundial
Ecuador Culturalmente Megadiverso
• País sumamente rico en
cuanto a las comunidades
étnicas aproximadamente
existen 14 nacionalidades y
18 pueblos
•Las comunidades étnicas
guardan muchos
Conocimientos
tradicionales.
Inventariado < - 3 % de la biodiversidad
Mamíferos; 411
Aves , 1,616
Reptiles, 444
Anfibios , 549
Peces, 1,340
Totales , 4,360
Fauna Inventariada en el Ecuador
5172
3118
206
PLANTAS
UTILES
ECUADOR
USO MEDICINAL
FAMILIAS DE
PLANTAS
75 %
5 % 11 %
PLANTAS NATIVAS ENDÉMICAS INTRODUCIDAS
PLANTAS 17.000 Especies en Ecuador
PropiedadIntelectualSuigeneris
Obtenciones
Vegetales
Conocimientos
Tradicionales
Propiedad Intelectual Sui generis
Saberes
Ancestrales
Expresiones
Culturales
Tradicionales
Recursos
Genéticos
Asociados
Precisiones sobre los Conocimientos
Tradicionales
Los Conocimientos
Tradicionales
Se desarrollan
Históricamente
Gracias a la relación entre seres
humanos y entre estos y sus
territorio y naturaleza
Comunidades, nacionalidades y
pueblos, legítimos poseedores
de sus conocimientos
tradicionales
En Ecuador
Caracterizan a:
Derechos colectivos sobre los
Conocimientos Tradicionales
El Estado como garante de
derechos, reconoce los derechos
colectivos de los legítimos
poseedores sobre sus CT.
Esto nos lleva a preguntarnos:
¿Qué son los Conocimientos tradicionales
y porqué son tan importantes?
Por eso
Estas Poblaciones son titulares de:
Fuente: Mesas de Diálogo Nacional /SENESCYT 2014
Que son los Conocimientos Tradicionales
Los Conocimientos tradicionales son todos aquellos saberes que
poseen las comunidades, pueblos y nacionalidades indígenas,
pueblo afro-ecuatoriano y el pueblo montubio, que han sido
transmitidos de generación en generación, generalmente de
forma oral y estos cambian con el tiempo.
Derechos
Colectivos
Son un conjunto de creencias, costumbre y artesanías,
tradicionales que posee las comunidades, pueblos y
nacionalidades indígenas, pueblo afro-ecuatoriano y el
pueblo montubio. Parte de estas son la música, las artes, los
diseños, los nombres, los signos, los relatos y símbolos.
Expresiones Culturales Tradicionales
Derechos
Colectivos
Los recursos genéticos, es todo el material de naturaleza
biológica que contenga información genética de valor o utilidad
real o potencial, el cual se encuentra asociado a un conocimiento
tradicional de nuestras comunidades indígenas y locales.
Recursos Genéticos Asociados
Regulados por el
Estado Ecuatoriano
$
Qué es una Patente
La Decisión Andina 486, en
el artículo 14 establece que
se otorgarán patentes a las
invenciones en todos los
campos de la tecnología,
sean de producto o de
procedimiento, siempre que
cumplan los requisitos de
novedad, nivel inventivo y
aplicación industrial.
No son Patentables DA. 486. Art. 20
Art. 20 ( c ) No son patentables las Plantas, los animales y los
procedimientos esencialmente biológicos para la producción de plantas
o animales o para la obtención de los mismos.
Recursos genéticos y propiedad intelectual
 Los recursos genéticos tal como existen en la naturaleza no
son propiedad intelectual, no pueden ser directamente
protegidos por sistemas de propiedad intelectual, por no ser
creaciones de la mente humana
 Las invenciones basadas en o desarrolladas utilizando
recursos genéticos (asociados con conocimientos
tradicionales o no) pueden ser protegidas a través de patentes
de invención.
Permisos de Investigación
Caracterización
Recurso Genético
Aplicado
Permiso de
Investigación
Permiso Acceso al Recurso
Genético
(Reglamento a la D391. Decreto
N° 905. 3 Octubre del 2011)
MAE
MAE ?
CDB (8j)
D 391
• Inventariar la flora o fauna
• Colección de muestras
• Lista de Plantas y animales
• Periodo de Colección
• Quien es el investigador,
etc…
Ámbito del Reglamento a Decisión 391
Se excluyen del ámbito de aplicación:
1.- Los recursos genéticos humanos y sus productos derivados.
2.- El intercambio de los recursos genéticos, sus productos derivados, los
recursos biológicos que lo contienen, o de los componentes intangibles
asociados a estos, que realicen las comunidades indígenas,
afroecuatorianas y locales entre sí y para su propio consumo, basadas en
sus prácticas consuetudinarias.
3.- Las especies y variedades vegetales que constan enlistadas en el Sistema
Multilateral del anexo 1 del TIRFA.
4.- Los usos de material genético y biológico para fines científicos tales como:
sistemática, taxonomía, conservación, evolución, biología de poblaciones,
biogeografía y filogeografía. Los proyectos de investigación con tales fines
científicos deberán ser respaldados por una Universidad, Museo, Herbario
debidamente reconocido por el MAE y la SENESCYT y suscribir un contrato
Marco para estos fines.
Acceso Ilegal a los Recursos
Genéticos y Conocimientos
Tradicionales
“Biopiratería”
Al Acceso Ilegal de los Recursos genéticos (plantas, animales,
microorganismos, etc.) sin la debida autorización, conocimiento o
consentimiento del Estado o de nuestras comunidades indígenas o
locales, vulgarmente se le conoce como “Biopiratería”.
Acceso Ilegal de los Recursos genéticos y
Conocimientos Tradicionales Asociados
Código Orgánico Penal – Ecuador
Art. 248.- Delitos contra los recursos del patrimonio genético nacional. El atentado
contra el patrimonio genético ecuatoriano constituye delito en los siguiente:
1. Acceso no autorizado: la persona que incumpliendo la normativa nacional
acceda a recursos genéticos del patrimonio nacional que incluya o no componente
intangible asociado, será sancionada con pena privativa de libertad de tres a cinco
años de prisión. La pena será agravada en un tercio si se demuestra que el acceso
ha tenido finalidad comercial.
2. Erosión genética: la persona que con sus acciones u omisiones ingrese,
reproduzca, trafique o comercialice organismos o material orgánico e inorgánico
que puedan alterar de manera definitiva el patrimonio genético nacional, que
incluyan o no componente intangible asociado, será sancionada con pena privativa
de libertad de tres a cinco años, tomando en consideración el valor de los
perjuicios causados.
3. Pérdida genética: la persona que con sus acciones u omisiones provoque
pérdida del patrimonio genético nacional, que incluya o no componente intangible
Pre - CDB
Los recursos genéticos eran
considerados como RRGG
de
acceso abierto y patrimonio
de la humanidad.
Post - CDB
Derechos soberanos de los países
sobre sus RRGG y obligación de
distribuir beneficios.
Contexto Internacional de los Recursos Genéticos
CAN Decisión 391-
1996:
Régimen Común de
Acceso a
los RRGG: Contrato de
Acceso (Reglamento
D391)
FAO - 2001:
Tratado Internacional
de la FAO:
ATMn Acuerdo de
Transferencia
de Material
normalizado
1992
Maneras para sacar los Recursos Genéticos
Posibles Casos de Acceso Ilegal
En el Ecuador
 Caso Epibatidina y Jonh W. Daly
 Caso Awá y el Instituto Nacional del Cáncer .
 Caso Ayahuasca (Loren Miller – 1986 / US5751)
 Caso venta Rituales Ayahuasca.
 Criag Venter y los microorganismos de las Galápagos
 Caso Fréjol ñuña
 Caso Tomate silvestres de Galápagos (Solanum cheesmanii y Solanum
galapagense)
 Matico (Patente Presentada al IEPI – 2003) – Negada
Huito - Solicitud de Patente (Colorante Natural) *
Consentimiento
Fundamentado
Previo
Condiciones
Mutuamente
Acordadas
Distribución
Justa y
Equitativa de
Beneficios
Planta para evitar las
caries
Nacionalidades
/Comunidades
Estado
Universidades
Estatales
Interesados
Recurso
Genético
Comunidades
¿Venta de Sangre Waorani puede ser
considerado como un caso de Biopiratería?
Decisión II/ 11 CDB
Protección Legal de los Conocimientos
Tradicionales Expresiones Culturales
Tradicionales y los Recursos Genéticos
Asociados
Protección
Positiva
Se otorgan
derechos de PI a
la Comunidad
Las comunidades
explotan
activamente los
CT y RGA
Protección
Preventiva
No se conceden
derechos de PI
(Bases de Datos)
Impide que
terceros
adquieran algún
tipo de derechos
Medidas de Protección
El Sistema de Registro
Registro
Nacional
Público
Registro
Nacional
Confidencial
Registro Local
o Especial
Sistema de Registro
a) El país cuenta con un
repositorio digital de CT
b) El Estado promueve
que los colectivos
conozcan sus derechos y
que estos sean
respetados
Salvaguardar los
Conocimientos
Tradicionales
Con el fin de:
Construcción de un Proyecto de Ley para los
Conocimientos Tradicionales – COESC2+1
CT
www.http://coesc.educacionsuperior.gob.ec
¿Por qué el COESC2+i da tanta importancia
a los conocimientos tradicionales?
En el marco del buen vivir y el
cambio de la matriz productiva, es
vital que se reconozcan y se
protejan los derechos colectivos
sobre los conocimientos
tradicionales, para que así también
se norme el acceso a recursos
genéticos, el patrimonio cultural y
más conocimientos tradicionales
Los derechos que caracterizan a los CT
•De carácter comunitario e intergeneracionalColectivos
•Nunca perderá validez o vigenciaImprescriptibles
•No se puede negar, vender o ceder a nadie o a otros terceros.Inalienables
•No puede ser retenidos por ninguna autoridad judicial o de
tercerosInembargables
•Se reconoce derechos de igualdad y equidad de condiciones a
las personas de una comunidad pueblo y nacionalidad
Se reconoce en
condiciones de igualdad y
equidad
Proceso de Consulta
El Estado da apoyo técnico,
asesoramiento y
acompañamiento
¿Los legítimos poseedores
de los CT autorizan a un
tercero al acceso, uso o
aprovechamiento de los
CT?
La comunidad decide
dar su autorización
La comunidad decide
NO dar su autorización
Sin consentimiento se
termina el proceso
CONSENTIMIENTO
(Contrato entre las
partes)
La consulta es el procedimiento, el
consentimiento es uno de los posibles
resultados
Entonces se
obtiene
Proceso de Consulta
Fuente: Mesas de Diálogo Nacional /SENESCYT 2014
CT, ECT
y RG
IEPI
MSP
SENESCYT
(Universid
ades)
INPC
MAE
Interrelación Institucional
Duplicación de esfuerzos en
relación a las iniciativas
relacionadas a la
preservación, protección y
protección de los
conocimientos
tradicionales, recursos
genéticos y sobre las
Expresiones culturales
tradicionales.
www.propiedadintelectual.gob.ec
Av. República 396 y Diego
de Almagro. Edificio Fórum
300. Teléfono:
02-3940000. Ext. 1401
Quito.
fnogales@iepi.gob.ec
Skype: fnogales2
Fernando Nogales S
Gracias

La Propiedad Intelectual, los Conocimientos Tradicionales y Saberes Ancestrales / principales reformas propuestas en el Código Orgánico de la Economía Social de los  Conocimientos, la Creatividad y la Innovación

  • 1.
    Unidad de ConocimientosTradicionales, Expresiones Culturales Tradicionales y Recursos Genéticos Asociados. IEPI Fernando Nogales S La Propiedad Intelectual, los Conocimientos Tradicionales y Saberes Ancestrales / principales reformas propuestas en el Código Orgánico de la Economía Social de los Conocimientos, la Creatividad y la Innovación Quito, 19 de mayo 2015
  • 2.
    Ecuador Megadiverso Superficie total283.561 km2 10% Biodiversidad Mundial 10 zonas Importancia para la Conservación Mundial
  • 3.
    Ecuador Culturalmente Megadiverso •País sumamente rico en cuanto a las comunidades étnicas aproximadamente existen 14 nacionalidades y 18 pueblos •Las comunidades étnicas guardan muchos Conocimientos tradicionales.
  • 4.
    Inventariado < -3 % de la biodiversidad Mamíferos; 411 Aves , 1,616 Reptiles, 444 Anfibios , 549 Peces, 1,340 Totales , 4,360 Fauna Inventariada en el Ecuador
  • 5.
    5172 3118 206 PLANTAS UTILES ECUADOR USO MEDICINAL FAMILIAS DE PLANTAS 75% 5 % 11 % PLANTAS NATIVAS ENDÉMICAS INTRODUCIDAS PLANTAS 17.000 Especies en Ecuador
  • 6.
    PropiedadIntelectualSuigeneris Obtenciones Vegetales Conocimientos Tradicionales Propiedad Intelectual Suigeneris Saberes Ancestrales Expresiones Culturales Tradicionales Recursos Genéticos Asociados
  • 7.
    Precisiones sobre losConocimientos Tradicionales Los Conocimientos Tradicionales Se desarrollan Históricamente Gracias a la relación entre seres humanos y entre estos y sus territorio y naturaleza Comunidades, nacionalidades y pueblos, legítimos poseedores de sus conocimientos tradicionales En Ecuador Caracterizan a: Derechos colectivos sobre los Conocimientos Tradicionales El Estado como garante de derechos, reconoce los derechos colectivos de los legítimos poseedores sobre sus CT. Esto nos lleva a preguntarnos: ¿Qué son los Conocimientos tradicionales y porqué son tan importantes? Por eso Estas Poblaciones son titulares de: Fuente: Mesas de Diálogo Nacional /SENESCYT 2014
  • 8.
    Que son losConocimientos Tradicionales Los Conocimientos tradicionales son todos aquellos saberes que poseen las comunidades, pueblos y nacionalidades indígenas, pueblo afro-ecuatoriano y el pueblo montubio, que han sido transmitidos de generación en generación, generalmente de forma oral y estos cambian con el tiempo. Derechos Colectivos
  • 9.
    Son un conjuntode creencias, costumbre y artesanías, tradicionales que posee las comunidades, pueblos y nacionalidades indígenas, pueblo afro-ecuatoriano y el pueblo montubio. Parte de estas son la música, las artes, los diseños, los nombres, los signos, los relatos y símbolos. Expresiones Culturales Tradicionales Derechos Colectivos
  • 10.
    Los recursos genéticos,es todo el material de naturaleza biológica que contenga información genética de valor o utilidad real o potencial, el cual se encuentra asociado a un conocimiento tradicional de nuestras comunidades indígenas y locales. Recursos Genéticos Asociados Regulados por el Estado Ecuatoriano $
  • 11.
    Qué es unaPatente La Decisión Andina 486, en el artículo 14 establece que se otorgarán patentes a las invenciones en todos los campos de la tecnología, sean de producto o de procedimiento, siempre que cumplan los requisitos de novedad, nivel inventivo y aplicación industrial.
  • 12.
    No son PatentablesDA. 486. Art. 20 Art. 20 ( c ) No son patentables las Plantas, los animales y los procedimientos esencialmente biológicos para la producción de plantas o animales o para la obtención de los mismos.
  • 13.
    Recursos genéticos ypropiedad intelectual  Los recursos genéticos tal como existen en la naturaleza no son propiedad intelectual, no pueden ser directamente protegidos por sistemas de propiedad intelectual, por no ser creaciones de la mente humana  Las invenciones basadas en o desarrolladas utilizando recursos genéticos (asociados con conocimientos tradicionales o no) pueden ser protegidas a través de patentes de invención.
  • 14.
    Permisos de Investigación Caracterización RecursoGenético Aplicado Permiso de Investigación Permiso Acceso al Recurso Genético (Reglamento a la D391. Decreto N° 905. 3 Octubre del 2011) MAE MAE ? CDB (8j) D 391 • Inventariar la flora o fauna • Colección de muestras • Lista de Plantas y animales • Periodo de Colección • Quien es el investigador, etc…
  • 15.
    Ámbito del Reglamentoa Decisión 391 Se excluyen del ámbito de aplicación: 1.- Los recursos genéticos humanos y sus productos derivados. 2.- El intercambio de los recursos genéticos, sus productos derivados, los recursos biológicos que lo contienen, o de los componentes intangibles asociados a estos, que realicen las comunidades indígenas, afroecuatorianas y locales entre sí y para su propio consumo, basadas en sus prácticas consuetudinarias. 3.- Las especies y variedades vegetales que constan enlistadas en el Sistema Multilateral del anexo 1 del TIRFA. 4.- Los usos de material genético y biológico para fines científicos tales como: sistemática, taxonomía, conservación, evolución, biología de poblaciones, biogeografía y filogeografía. Los proyectos de investigación con tales fines científicos deberán ser respaldados por una Universidad, Museo, Herbario debidamente reconocido por el MAE y la SENESCYT y suscribir un contrato Marco para estos fines.
  • 16.
    Acceso Ilegal alos Recursos Genéticos y Conocimientos Tradicionales “Biopiratería”
  • 17.
    Al Acceso Ilegalde los Recursos genéticos (plantas, animales, microorganismos, etc.) sin la debida autorización, conocimiento o consentimiento del Estado o de nuestras comunidades indígenas o locales, vulgarmente se le conoce como “Biopiratería”. Acceso Ilegal de los Recursos genéticos y Conocimientos Tradicionales Asociados
  • 18.
    Código Orgánico Penal– Ecuador Art. 248.- Delitos contra los recursos del patrimonio genético nacional. El atentado contra el patrimonio genético ecuatoriano constituye delito en los siguiente: 1. Acceso no autorizado: la persona que incumpliendo la normativa nacional acceda a recursos genéticos del patrimonio nacional que incluya o no componente intangible asociado, será sancionada con pena privativa de libertad de tres a cinco años de prisión. La pena será agravada en un tercio si se demuestra que el acceso ha tenido finalidad comercial. 2. Erosión genética: la persona que con sus acciones u omisiones ingrese, reproduzca, trafique o comercialice organismos o material orgánico e inorgánico que puedan alterar de manera definitiva el patrimonio genético nacional, que incluyan o no componente intangible asociado, será sancionada con pena privativa de libertad de tres a cinco años, tomando en consideración el valor de los perjuicios causados. 3. Pérdida genética: la persona que con sus acciones u omisiones provoque pérdida del patrimonio genético nacional, que incluya o no componente intangible
  • 20.
    Pre - CDB Losrecursos genéticos eran considerados como RRGG de acceso abierto y patrimonio de la humanidad. Post - CDB Derechos soberanos de los países sobre sus RRGG y obligación de distribuir beneficios. Contexto Internacional de los Recursos Genéticos CAN Decisión 391- 1996: Régimen Común de Acceso a los RRGG: Contrato de Acceso (Reglamento D391) FAO - 2001: Tratado Internacional de la FAO: ATMn Acuerdo de Transferencia de Material normalizado 1992
  • 21.
    Maneras para sacarlos Recursos Genéticos
  • 23.
    Posibles Casos deAcceso Ilegal En el Ecuador  Caso Epibatidina y Jonh W. Daly  Caso Awá y el Instituto Nacional del Cáncer .  Caso Ayahuasca (Loren Miller – 1986 / US5751)  Caso venta Rituales Ayahuasca.  Criag Venter y los microorganismos de las Galápagos  Caso Fréjol ñuña  Caso Tomate silvestres de Galápagos (Solanum cheesmanii y Solanum galapagense)  Matico (Patente Presentada al IEPI – 2003) – Negada Huito - Solicitud de Patente (Colorante Natural) *
  • 24.
    Consentimiento Fundamentado Previo Condiciones Mutuamente Acordadas Distribución Justa y Equitativa de Beneficios Plantapara evitar las caries Nacionalidades /Comunidades Estado Universidades Estatales Interesados Recurso Genético Comunidades
  • 25.
    ¿Venta de SangreWaorani puede ser considerado como un caso de Biopiratería? Decisión II/ 11 CDB
  • 26.
    Protección Legal delos Conocimientos Tradicionales Expresiones Culturales Tradicionales y los Recursos Genéticos Asociados
  • 27.
    Protección Positiva Se otorgan derechos dePI a la Comunidad Las comunidades explotan activamente los CT y RGA Protección Preventiva No se conceden derechos de PI (Bases de Datos) Impide que terceros adquieran algún tipo de derechos Medidas de Protección
  • 28.
    El Sistema deRegistro Registro Nacional Público Registro Nacional Confidencial Registro Local o Especial Sistema de Registro a) El país cuenta con un repositorio digital de CT b) El Estado promueve que los colectivos conozcan sus derechos y que estos sean respetados Salvaguardar los Conocimientos Tradicionales Con el fin de:
  • 29.
    Construcción de unProyecto de Ley para los Conocimientos Tradicionales – COESC2+1 CT www.http://coesc.educacionsuperior.gob.ec
  • 30.
    ¿Por qué elCOESC2+i da tanta importancia a los conocimientos tradicionales? En el marco del buen vivir y el cambio de la matriz productiva, es vital que se reconozcan y se protejan los derechos colectivos sobre los conocimientos tradicionales, para que así también se norme el acceso a recursos genéticos, el patrimonio cultural y más conocimientos tradicionales
  • 31.
    Los derechos quecaracterizan a los CT •De carácter comunitario e intergeneracionalColectivos •Nunca perderá validez o vigenciaImprescriptibles •No se puede negar, vender o ceder a nadie o a otros terceros.Inalienables •No puede ser retenidos por ninguna autoridad judicial o de tercerosInembargables •Se reconoce derechos de igualdad y equidad de condiciones a las personas de una comunidad pueblo y nacionalidad Se reconoce en condiciones de igualdad y equidad
  • 32.
    Proceso de Consulta ElEstado da apoyo técnico, asesoramiento y acompañamiento ¿Los legítimos poseedores de los CT autorizan a un tercero al acceso, uso o aprovechamiento de los CT? La comunidad decide dar su autorización La comunidad decide NO dar su autorización Sin consentimiento se termina el proceso CONSENTIMIENTO (Contrato entre las partes) La consulta es el procedimiento, el consentimiento es uno de los posibles resultados Entonces se obtiene Proceso de Consulta Fuente: Mesas de Diálogo Nacional /SENESCYT 2014
  • 33.
    CT, ECT y RG IEPI MSP SENESCYT (Universid ades) INPC MAE InterrelaciónInstitucional Duplicación de esfuerzos en relación a las iniciativas relacionadas a la preservación, protección y protección de los conocimientos tradicionales, recursos genéticos y sobre las Expresiones culturales tradicionales.
  • 34.
    www.propiedadintelectual.gob.ec Av. República 396y Diego de Almagro. Edificio Fórum 300. Teléfono: 02-3940000. Ext. 1401 Quito. fnogales@iepi.gob.ec Skype: fnogales2 Fernando Nogales S
  • 35.