Este documento describe la creación de comités de convivencia laboral para abordar problemas como el maltrato verbal y la discriminación en el lugar de trabajo. Estos comités estarán compuestos por representantes de los empleadores y los trabajadores en proporciones iguales. El tamaño del comité depende del número de empleados, variando de 2 a 8 miembros. Los comités se reunirán al menos una vez al mes y de manera extraordinaria cuando sea necesario. El plazo para establecer estos comités se extiende hasta el 31 de dic