Seminario sobre PROBLEMAS fiscales y sus SOLUCIONES referido al gasto de Administradores, Directivos, Socios y su aceptación o no como tal gasto por la Agencia Tributaria.
La sociedad anónima es una empresa formada por al menos 5 socios cuyo capital se divide en
acciones de igual valor. El capital autorizado es el máximo permitido, mientras que el suscrito y
pagado son las cantidades comprometidas y efectivamente aportadas por los socios. La asamblea
general de accionistas supervisa la empresa y aprueba dividendos, y la junta directiva se encarga de
la administración diaria designando un representante legal.
El documento define las remuneraciones como contraprestaciones en dinero o especies que recibe el trabajador del empleador por el contrato laboral. Señala que el sueldo es el estipendio fijo en dinero pagado por períodos iguales según el contrato. También menciona otros tipos de remuneraciones como comisiones, participaciones y gratificaciones, y explica las características y cálculo de cada una.
El documento explica los componentes básicos de una nómina, incluyendo el salario base, complementos salariales, deducciones y bases de cotización. Define diferentes tipos de complementos como los personales (antigüedad, idiomas), los relacionados al puesto de trabajo (peligrosidad, nocturnidad), los de cantidad/calidad de trabajo (incentivos, horas extras) y los de vencimiento periódico (pagas extras). También describe las deducciones como cuotas de seguridad social e impuestos.
Retribuciones de los socios en las sociedades de capitalNetasesor
Conferencia ofrecida por nuestro director general, Joaquín Rodríguez Puente sobre las retribuciones de los socios en las sociedades de capital y cómo deben tributar. Se trata de una herramienta bastante útil si tenemos en cuenta el aumento de inspecciones gracias al Plan de Control Tributario.
El documento explica que los órganos de prestación son el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) y el Instituto Social de la Marina, que gestionan y controlan las prestaciones por desempleo. También define las prestaciones laborales como beneficios complementarios al sueldo otorgados por las empresas a sus trabajadores, como vacaciones, salario de Navidad, participación en beneficios, entre otros. Por último, detalla los requisitos para la constitución legal de asociaciones de profesionales o sindicatos, incluyendo la documentación requer
El documento describe las normas sobre gratificación legal en Chile. Establece que las empresas industriales, comerciales y agrícolas que persigan fines de lucro y obtengan utilidades están obligadas a pagar una gratificación anual a sus trabajadores. Explica los dos métodos para calcular la gratificación y pagarla, así como conceptos como utilidad líquida y gratificación proporcional.
Regularización excepcional de obligaciones. inclusión de planes caducos y ref...Alejandro Germán Rodriguez
Con el objeto de realizar una descripción de todo lo normado por el plan de facilidades, en esta oportunidad se destaca todo lo referente a la inclusión de planes caducos y la reformulación de planes de facilidades vigentes.
Es importante destacar el ahorro que puede lograrse por reducción de intereses resarcitorios y punitorios, dicha reducción está supeditada a la antigüedad de la deuda.
El documento resume las deducciones especiales de la tercera categoría según la ley de impuestos de Uruguay. Explica deducciones como gastos inherentes al giro del negocio, previsión para créditos incobrables, gastos de organización, provisiones de compañías de seguros, y límites en deducciones como honorarios a directores.
La sociedad anónima es una empresa formada por al menos 5 socios cuyo capital se divide en
acciones de igual valor. El capital autorizado es el máximo permitido, mientras que el suscrito y
pagado son las cantidades comprometidas y efectivamente aportadas por los socios. La asamblea
general de accionistas supervisa la empresa y aprueba dividendos, y la junta directiva se encarga de
la administración diaria designando un representante legal.
El documento define las remuneraciones como contraprestaciones en dinero o especies que recibe el trabajador del empleador por el contrato laboral. Señala que el sueldo es el estipendio fijo en dinero pagado por períodos iguales según el contrato. También menciona otros tipos de remuneraciones como comisiones, participaciones y gratificaciones, y explica las características y cálculo de cada una.
El documento explica los componentes básicos de una nómina, incluyendo el salario base, complementos salariales, deducciones y bases de cotización. Define diferentes tipos de complementos como los personales (antigüedad, idiomas), los relacionados al puesto de trabajo (peligrosidad, nocturnidad), los de cantidad/calidad de trabajo (incentivos, horas extras) y los de vencimiento periódico (pagas extras). También describe las deducciones como cuotas de seguridad social e impuestos.
Retribuciones de los socios en las sociedades de capitalNetasesor
Conferencia ofrecida por nuestro director general, Joaquín Rodríguez Puente sobre las retribuciones de los socios en las sociedades de capital y cómo deben tributar. Se trata de una herramienta bastante útil si tenemos en cuenta el aumento de inspecciones gracias al Plan de Control Tributario.
El documento explica que los órganos de prestación son el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) y el Instituto Social de la Marina, que gestionan y controlan las prestaciones por desempleo. También define las prestaciones laborales como beneficios complementarios al sueldo otorgados por las empresas a sus trabajadores, como vacaciones, salario de Navidad, participación en beneficios, entre otros. Por último, detalla los requisitos para la constitución legal de asociaciones de profesionales o sindicatos, incluyendo la documentación requer
El documento describe las normas sobre gratificación legal en Chile. Establece que las empresas industriales, comerciales y agrícolas que persigan fines de lucro y obtengan utilidades están obligadas a pagar una gratificación anual a sus trabajadores. Explica los dos métodos para calcular la gratificación y pagarla, así como conceptos como utilidad líquida y gratificación proporcional.
Regularización excepcional de obligaciones. inclusión de planes caducos y ref...Alejandro Germán Rodriguez
Con el objeto de realizar una descripción de todo lo normado por el plan de facilidades, en esta oportunidad se destaca todo lo referente a la inclusión de planes caducos y la reformulación de planes de facilidades vigentes.
Es importante destacar el ahorro que puede lograrse por reducción de intereses resarcitorios y punitorios, dicha reducción está supeditada a la antigüedad de la deuda.
El documento resume las deducciones especiales de la tercera categoría según la ley de impuestos de Uruguay. Explica deducciones como gastos inherentes al giro del negocio, previsión para créditos incobrables, gastos de organización, provisiones de compañías de seguros, y límites en deducciones como honorarios a directores.
El documento describe las diferentes partes de un recibo de nómina, incluyendo la cabecera, devengos, bases de cotización, deducciones, y complementos salariales. Explica conceptos como el salario base, percepciones salariales y extrasalariales, complementos por antigüedad, responsabilidad, y cantidad de trabajo, entre otros. También cubre las aportaciones del trabajador a la seguridad social y las deducciones como la retención de IRPF.
Este documento establece los términos y condiciones para la constitución de una sociedad limitada llamada ExpressEvents S.R.L. por parte de 5 socios. Se especifica que la sociedad tendrá una duración de 100 años y su objeto será generar entretenimiento. El capital social es de $10,000 dividido en cuotas iguales de $100 suscritas por cada socio. La administración estará a cargo de 2 gerentes elegidos por 2 años.
Este documento presenta el Código de Gobierno Corporativo de Sigdo Koppers S.A., describiendo su estructura de gobierno, funciones de los accionistas, directorio, comités y administración. Define los valores, visión y misión de la compañía. Explica el funcionamiento del directorio, sus roles y responsabilidades, así como la composición y remuneración de sus miembros. También establece políticas para la evaluación del directorio, contratación de asesores, declaración de conflictos de interés y otros aspectos del gobierno corporativo
Este documento proporciona información sobre la Sociedad Limitada, la forma jurídica más común elegida por los emprendedores para iniciar un negocio. Explica que es una sociedad capitalista con responsabilidad limitada a las aportaciones de los socios, que tiene personalidad jurídica propia y cuyo capital está dividido en participaciones. También describe los elementos clave que deben incluirse para constituir legalmente una Sociedad Limitada, como la denominación, capital social, domicilio, objeto social, socios y órgano de administración.
Una sociedad anónima es una organización compuesta por dos o más socios cuyas obligaciones se limitan al pago de sus acciones. Se requiere un capital social mínimo y que el 20% del valor nominal de cada acción sea exhibido en efectivo. Los bonos de fundador no forman parte del capital social pero otorgan a sus tenedores el derecho a participar en las utilidades después de pagar dividendos a los accionistas.
El documento describe los tres nuevos regímenes tributarios establecidos por la ley 21.210 en Chile.
1) Régimen General (Semi integrado), dirigido a grandes empresas, que pagan el 27% de impuesto de primera categoría y pueden acreditar el 65% de este impuesto en los impuestos personales de los dueños.
2) Régimen Pro Pyme General, con una tasa del 25% y menos obligaciones contables.
3) Régimen Pro Pyme Transparente, donde la empresa no paga impuestos y estos recaen directamente
Este documento describe los conceptos básicos de las sociedades comerciales, incluyendo la definición de sociedad, el contrato de sociedad, los aportes de los socios, la distribución de utilidades, la asamblea de socios, el revisor fiscal, el balance, y los procesos de reforma, transformación, fusión, escisión, disolución y liquidación de una sociedad.
Análisis del Art. 261 de la ley 19.550. Honorarios de directores y síndicos e...Federico Frachia Sabaris
Este documento analiza el Artículo 261 de la Ley 19.550 sobre los honorarios de directores y síndicos en sociedades anónimas. Discuta la presunción de onerosidad, los límites legales al 25% de las utilidades, y las excepciones como comisiones especiales o funciones técnicas. Finalmente, explica que las violaciones al artículo son nulas de nulidad relativa y pueden ser impugnadas por los accionistas dentro de los 3 meses.
Este documento trata sobre el salario y la remuneración de los trabajadores. Explica que el empleador debe pagar la retribución acordada en el monto, moneda, lugar y tiempo pactados. También analiza las características, formas y protección del salario, así como los métodos de fijación, retenciones e indemnizaciones por despido. Por último, aborda temas como los consejos de salarios, la extinción de la relación laboral y el seguro de desempleo.
Gobierno Corporativo: ¿Qué die la Ley y cómo se aplica? La mejor del Gobierno Corporativo, Ley 31/2014 , de 3 de diciembre por la que se modifica la Ley de Sociedades de Capital para la Mejora del Gobierno Corporativo.
El documento resume varias sentencias y opiniones legales sobre la deducibilidad fiscal de las retribuciones de administradores y socios. Señala que las retribuciones deben estar especificadas en los estatutos y que los administradores tienen una relación mercantil, no laboral, con la empresa. También discute si los socios pueden recibir retribuciones como rendimientos de trabajo o de actividad económica.
El documento resume la normativa y características del contrato de trabajador autónomo económicamente dependiente (TAED) en España. Un TAED depende económicamente de un solo cliente del que percibe al menos el 75% de sus ingresos a cambio de prestar servicios de forma habitual y personal directamente al cliente. El contrato debe registrarse y establece derechos como interrupciones anuales y prestaciones por cese de actividad si se cumplen los requisitos de cotización.
Este documento proporciona información sobre el proceso de vinculación laboral de un trabajador. Detalla los pasos a seguir como analizar las hojas de vida preseleccionadas, determinar la modalidad contractual adecuada y tener claro las condiciones del contrato. También enumera los documentos requeridos como hoja de vida, cédula de ciudadanía, certificados de estudios y contrato de trabajo.
Este documento resume los principales puntos de un seminario sobre gobierno corporativo y cambios en la regulación de los comités de directores y manejo de información societaria en Chile. Se analiza la reforma legal que obliga a constituir comités de directores con al menos un director independiente, definiendo nuevos requisitos de independencia. También se revisan las nuevas normas sobre divulgación de información societaria y responsabilidades del directorio en esta materia.
El documento describe los aspectos legales y organizacionales que deben considerarse para establecer una nueva empresa en Perú. Explica las diferentes formas societarias disponibles como Sociedad Anónima, Sociedad Comercial de Responsabilidad Limitada y Sociedad Civil, detallando sus características. También cubre la legislación laboral, tributaria, ambiental y municipal relevante, así como los pasos para la constitución legal de la empresa y el diseño de su estructura organizacional.
El documento describe los aspectos legales y organizacionales que deben considerarse para establecer una empresa en Perú. Explica las diferentes formas societarias disponibles como Sociedad Anónima, Sociedad Comercial de Responsabilidad Limitada y Sociedad Civil, así como los estudios legales requeridos sobre legislación municipal, laboral, tributaria y ambiental. También cubre el diseño de la estructura organizacional de la empresa, incluyendo organigrama funcional, puestos de trabajo y diagrama de Gantt para la programación de actividades.
El documento resume las principales propuestas de cambio en el Código Orgánico de Relaciones Laborales del Ecuador. Algunas de las modificaciones incluyen ampliar las modalidades de trabajo, regular el trabajo remoto, equiparar las indemnizaciones del sector público y privado, e implementar juicios laborales orales para agilizar los procesos.
La sociedad limitada tiene como características principales que tiene entre 1 y varios socios con responsabilidad limitada al capital aportado, un capital social mínimo de 3.000€ y puede tener distintos órganos de administración como un administrador único o un consejo de administración. Tiene ventajas como la responsabilidad limitada y bajos costes de constitución pero inconvenientes como la no fácil transmisibilidad de las participaciones y el tiempo que lleva constituirla.
El documento describe las diferentes partes de un recibo de nómina, incluyendo la cabecera, devengos, bases de cotización, deducciones, y complementos salariales. Explica conceptos como el salario base, percepciones salariales y extrasalariales, complementos por antigüedad, responsabilidad, y cantidad de trabajo, entre otros. También cubre las aportaciones del trabajador a la seguridad social y las deducciones como la retención de IRPF.
Este documento establece los términos y condiciones para la constitución de una sociedad limitada llamada ExpressEvents S.R.L. por parte de 5 socios. Se especifica que la sociedad tendrá una duración de 100 años y su objeto será generar entretenimiento. El capital social es de $10,000 dividido en cuotas iguales de $100 suscritas por cada socio. La administración estará a cargo de 2 gerentes elegidos por 2 años.
Este documento presenta el Código de Gobierno Corporativo de Sigdo Koppers S.A., describiendo su estructura de gobierno, funciones de los accionistas, directorio, comités y administración. Define los valores, visión y misión de la compañía. Explica el funcionamiento del directorio, sus roles y responsabilidades, así como la composición y remuneración de sus miembros. También establece políticas para la evaluación del directorio, contratación de asesores, declaración de conflictos de interés y otros aspectos del gobierno corporativo
Este documento proporciona información sobre la Sociedad Limitada, la forma jurídica más común elegida por los emprendedores para iniciar un negocio. Explica que es una sociedad capitalista con responsabilidad limitada a las aportaciones de los socios, que tiene personalidad jurídica propia y cuyo capital está dividido en participaciones. También describe los elementos clave que deben incluirse para constituir legalmente una Sociedad Limitada, como la denominación, capital social, domicilio, objeto social, socios y órgano de administración.
Una sociedad anónima es una organización compuesta por dos o más socios cuyas obligaciones se limitan al pago de sus acciones. Se requiere un capital social mínimo y que el 20% del valor nominal de cada acción sea exhibido en efectivo. Los bonos de fundador no forman parte del capital social pero otorgan a sus tenedores el derecho a participar en las utilidades después de pagar dividendos a los accionistas.
El documento describe los tres nuevos regímenes tributarios establecidos por la ley 21.210 en Chile.
1) Régimen General (Semi integrado), dirigido a grandes empresas, que pagan el 27% de impuesto de primera categoría y pueden acreditar el 65% de este impuesto en los impuestos personales de los dueños.
2) Régimen Pro Pyme General, con una tasa del 25% y menos obligaciones contables.
3) Régimen Pro Pyme Transparente, donde la empresa no paga impuestos y estos recaen directamente
Este documento describe los conceptos básicos de las sociedades comerciales, incluyendo la definición de sociedad, el contrato de sociedad, los aportes de los socios, la distribución de utilidades, la asamblea de socios, el revisor fiscal, el balance, y los procesos de reforma, transformación, fusión, escisión, disolución y liquidación de una sociedad.
Análisis del Art. 261 de la ley 19.550. Honorarios de directores y síndicos e...Federico Frachia Sabaris
Este documento analiza el Artículo 261 de la Ley 19.550 sobre los honorarios de directores y síndicos en sociedades anónimas. Discuta la presunción de onerosidad, los límites legales al 25% de las utilidades, y las excepciones como comisiones especiales o funciones técnicas. Finalmente, explica que las violaciones al artículo son nulas de nulidad relativa y pueden ser impugnadas por los accionistas dentro de los 3 meses.
Este documento trata sobre el salario y la remuneración de los trabajadores. Explica que el empleador debe pagar la retribución acordada en el monto, moneda, lugar y tiempo pactados. También analiza las características, formas y protección del salario, así como los métodos de fijación, retenciones e indemnizaciones por despido. Por último, aborda temas como los consejos de salarios, la extinción de la relación laboral y el seguro de desempleo.
Gobierno Corporativo: ¿Qué die la Ley y cómo se aplica? La mejor del Gobierno Corporativo, Ley 31/2014 , de 3 de diciembre por la que se modifica la Ley de Sociedades de Capital para la Mejora del Gobierno Corporativo.
El documento resume varias sentencias y opiniones legales sobre la deducibilidad fiscal de las retribuciones de administradores y socios. Señala que las retribuciones deben estar especificadas en los estatutos y que los administradores tienen una relación mercantil, no laboral, con la empresa. También discute si los socios pueden recibir retribuciones como rendimientos de trabajo o de actividad económica.
El documento resume la normativa y características del contrato de trabajador autónomo económicamente dependiente (TAED) en España. Un TAED depende económicamente de un solo cliente del que percibe al menos el 75% de sus ingresos a cambio de prestar servicios de forma habitual y personal directamente al cliente. El contrato debe registrarse y establece derechos como interrupciones anuales y prestaciones por cese de actividad si se cumplen los requisitos de cotización.
Este documento proporciona información sobre el proceso de vinculación laboral de un trabajador. Detalla los pasos a seguir como analizar las hojas de vida preseleccionadas, determinar la modalidad contractual adecuada y tener claro las condiciones del contrato. También enumera los documentos requeridos como hoja de vida, cédula de ciudadanía, certificados de estudios y contrato de trabajo.
Este documento resume los principales puntos de un seminario sobre gobierno corporativo y cambios en la regulación de los comités de directores y manejo de información societaria en Chile. Se analiza la reforma legal que obliga a constituir comités de directores con al menos un director independiente, definiendo nuevos requisitos de independencia. También se revisan las nuevas normas sobre divulgación de información societaria y responsabilidades del directorio en esta materia.
El documento describe los aspectos legales y organizacionales que deben considerarse para establecer una nueva empresa en Perú. Explica las diferentes formas societarias disponibles como Sociedad Anónima, Sociedad Comercial de Responsabilidad Limitada y Sociedad Civil, detallando sus características. También cubre la legislación laboral, tributaria, ambiental y municipal relevante, así como los pasos para la constitución legal de la empresa y el diseño de su estructura organizacional.
El documento describe los aspectos legales y organizacionales que deben considerarse para establecer una empresa en Perú. Explica las diferentes formas societarias disponibles como Sociedad Anónima, Sociedad Comercial de Responsabilidad Limitada y Sociedad Civil, así como los estudios legales requeridos sobre legislación municipal, laboral, tributaria y ambiental. También cubre el diseño de la estructura organizacional de la empresa, incluyendo organigrama funcional, puestos de trabajo y diagrama de Gantt para la programación de actividades.
El documento resume las principales propuestas de cambio en el Código Orgánico de Relaciones Laborales del Ecuador. Algunas de las modificaciones incluyen ampliar las modalidades de trabajo, regular el trabajo remoto, equiparar las indemnizaciones del sector público y privado, e implementar juicios laborales orales para agilizar los procesos.
La sociedad limitada tiene como características principales que tiene entre 1 y varios socios con responsabilidad limitada al capital aportado, un capital social mínimo de 3.000€ y puede tener distintos órganos de administración como un administrador único o un consejo de administración. Tiene ventajas como la responsabilidad limitada y bajos costes de constitución pero inconvenientes como la no fácil transmisibilidad de las participaciones y el tiempo que lleva constituirla.
Proyecto de Ley que Modifica la Ley Nº 20.123-Consejo Minero
El documento resume las principales observaciones del Consejo Minero sobre un proyecto de ley que modifica la regulación de la subcontratación en Chile. Argumenta que la subcontratación en la minería se debe a factores operacionales y no precariedad, y que ya existe una regulación estricta. Afirma que el proyecto de ley no está justificado y podría causar más conflictos en lugar de solucionar problemas reales.
Cada año el trabajador deberá recibir el 10% de las utilidades que se generaron en la empresa durante el año inmediato anterior. Esto es lo que se conoce como Reparto de Utilidades.
Asimismo, según indica el artículo 177 de la Ley Federal del Trabajo, se deberán entregar en porcentaje proporcional al tiempo laborado, con un lapso de 60 días después de presentados los impuestos anuales. Por su lado, esta ley indica que el pago será repartible en dos partes iguales:
-Por igual entre todos los trabajadores, según los días trabajados
-Proporción al monto de los salarios devengados por el trabajo prestado
Presentación realizada para el módulo de Empresa e iniciativa emprendedora dirigida a alumnos que cursan un ciclo medio relacionado con actividades deportivas.
Este documento proporciona información general sobre la Sociedad Limitada Nueva Empresa (SLNE) en España. Explica que la SLNE es una forma jurídica diseñada para proyectos empresariales pequeños que facilita su constitución rápida con garantías legales. También describe los requisitos de capital social, socios, órganos de gobierno y otros aspectos clave de la SLNE, así como la opción de utilizar un sistema simplificado de contabilidad.
1. El documento discute las rentas del trabajo, en particular las rentas de cuarta y quinta categoría. 2. Explica la diferencia entre régimen cedular y régimen global, así como la reestructuración del sistema tributario para aumentar la progresividad. 3. Las rentas de cuarta categoría son las rentas del trabajo independiente mientras que las de quinta son las del trabajo dependiente.
Artículo publicado en la revista APD y resumen de contenidos del X foro APD-Cuatrecasas, Gonçalves Pereira sobre el panorama fiscal, mercantil y laboral, con las novedades para 2014
Similar a Administradores, directivos para blog (20)
La Comisión europea informa sobre el progreso social en la UE.ManfredNolte
Bruselas confirma que el progreso social varía notablemente entre las regiones de la Unión Europea, y que los países nórdicos tienen un desempeño consistentemente mejor que el resto de los Estados miembros.
El crédito y los seguros como parte de la educación financieraMarcoMolina87
El crédito y los seguros, son temas importantes para desarrollar en la ciudadanía capacidades que le permita identificar su capacidad de endeudamiento, los derechos y las obligaciones que adquiere al obtener un crédito y conocer cuáles son las formas de asegurar su inversión.
vehiculo importado desde pais extrajero contien documentos respaldados como ser la factura comercial de importacion un seguro y demas tambien indica la partida arancelaria que deb contener este vehículo 3. La importadora PARISBOL TRUCK IMPORT SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA perteneciente a Bolivia, trae desde CHILE , un vehículo Automóvil con un número de ruedas de 6 Número del chasis YV2RT40A0HB828781 De clase tractocamión, con dos puertas . El precio es de 35231,46 dólares, la importadora tiene los siguientes datos para el cálculo de sus costos:
• Flete de $ 1500 por contenedor
• El deducible es de 10 % de la SA y la prima neta de 0.02% de la SA
• ARANCEL DE IMPORTACIÓN 20% • ALMACÉN ADUANERO 1.5%
• DESPACHO ADUANERO 2.1%
• IVA 14.94%
• PERCEPCIÓN 0.3%
• OTROS GASTOS DE IMPORTACIÓN $US
• Derecho de emisión 4.20
• Handling 58 • Descarga 69
• Servicios aduana 30
• Movilización de carga 70.10
• Transporte interno 150
• Gastos operativos 70
• Otros gastos 100 • Comisión agente de 0.05% CIF
GASTOS FINANCIEROS o GASTOS APERTURA DE L/C (0.3 % FOB) o Intereses proveedor $ 1050 CALULAR:
i) El valor FOB
j) hallar la suma asegurada de la mercancía y la prima neta que se debe pagar a la compañía aseguradora, y el valor CIF
k) El total de derechos e impuestos
l) El costo total de importación y el factor
m) El costo unitario de importación de cada alfombra en $us y Bs. (tipo de cambio: Bs.6.85)
2. CRITERIOS GENERALES REMUNERACION
ADMINISTRADORES
• Art. 217 LSC:
• El cargo de administrador es gratuito.
• A menos que los estatutos establezcan lo contrario , determinando el
SISTEMA de retribución.
• Regla anacrónica.
• Sistemas básicos.
• Cantidad fija.
• Cantidad variable , f(asistencia , BN, V, …)
• Mixto.
• Aportación efectivo plan pensiones, clausula indemnización, etc…
• Reglas especificas participación ene beneficios: art. 218 LSC.
• Remuneración mediante acciones : art. 219 LSC.
19/04/2014 Centro Análisis Tributario
3. PRECISIONES I
• No valida clausula la Junta fija la retribución , DGRN 18.02.1991-20.03.1991-
23.02.1993.
• Si no en los Estatutos la junta no puede fijar retribución, STS 13.06.2012.
• No valido prever varios sistemas y la Junta determina ciual aplicar , DGRN 26.07.1991.
• La Junta / administradores no pueden fijar el sistema, solo la cantidad en consonancia
con el sistema estatutario, DGRN 15.09.1999-DGRN 15.04.2000.
• No es claro que tipo de cláusulas de determinación del sistema son admisibles
en la jurisprudencia.
• VÁLIDO
• Asignación fija anual determinada por la Junta , menor del 5% de la cifra de
negocio , DGRN 19.023.2001.
• Retribución en una cantidad fija fijada por la junta cada año, DGRN
12.11.2003.
• Si los estatutos fijan el sistema la cuantía concreta depende:
• SRL: Junta General, art. 217.2 LSC, STS 19.02.2001.
• SA: Junta General o Administradores , fijado en los estatutos, art. 217.2 LSC.
19/04/2014 Centro Análisis Tributario
4. PRECISIONES II
• Problema fundamental : ¿ un administrador puede ser retribuido por servicios
efectivamente realizados a la sociedad ?.
• Si los servicios de gestión son propios del cargo de administrador queda
absorbida por la condición de administrador, doctrina jurisprudencial, ej S.
Mahou.
• Cabe retribución distinta para administradores acuden a reuniones y otros
prestan servicios, pero siempre como administradores, art. 142.3 y 185.4 RRM.
• Igual para todos salvo otra regla claramente establecida en los Estatutos, art.
124.3y 185.4 RRM. No por la Junta General.
• Otra cuestión: como se enmarca a los Administradores en la SS, art. 97.2.d) y
DA27ª de LGSS.
• Si poseen control efectivo de la sociedad se encuadran en RETA,DA 27ª LGSS
• Si no poseen el control efectivo y realizan funciones de dirección y gerencia o
funciones de trabajadores por cuenta ajena se incluyen en régimen general,
asimilados a trabajadores por cuenta ajena, , art. 97.2.d) ( se excluye protección
por desempleo y Fondo de Garantía Salarial).
19/04/2014 Centro Análisis Tributario
5. REMUNERACION MEDIANTE PARTICIPACIÓN EN
BENEFICIOS I
• Art. 218 LSC.
• Diferencias entre SA y SL.
• Se acepta
• Se limita la libertad de la Junta para evitar que un socio-administrador dominen
la Junta y pongan una participación excesiva.
• REQUISITOS en SL:
• Los Estatutos determinan concretamente la participación o el porcentaje
máximo.
• Limite máximo a la libertad estatutaria, el porcentaje no puede superar el 10% de
los beneficios repartibles entre los socios.
• Beneficio repartible: después de impuestos, dotación a reservas, etc…
• Válido porcentaje fijo, máximo, variable por tramos de beneficios…
19/04/2014 Centro Análisis Tributario
6. REMUNERACION MEDIANTE PARTICIPACIÓN EN
BENEFICIOS II
• REQUISITOS en SA
• Detraída de los beneficios líquidos después de reserva legal, estatutaria,
dividendo accionistas 4% o mas según estatutos.
• La Junta tiene más libertad: no hay % único o máximo fijado en los
estatutos.
• Aún cumpliendo estatutos se puede impugnar por lesivo si la cuantía es
desproporcionada o favorece a los socios-administradores.
• La doctrina entiende solo se puede pagar así después de aprobar las
cuentas anuales, determinando el beneficio y su aplicación.
• Si no se aprueban las cuentas los administradores no pueden recibir
retribución por este concepto.
19/04/2014 Centro Análisis Tributario
7. REMUNERACION MEDIANTE ENTREGA DE ACCIONES
• Nace en el mercado anglosajón, se reciben acciones, opciones, índice referenciado al
valor de acciones, … muy usado en sociedades cotizadas.
• Suele ir unido a una retribución fija.
• La Ley 55/1999 exige la previsión estatutaria y la intervención de la Junta.
• Modalidades muy variadas.
• La Ley exige dos requisitos:
• Previstos en los Estatutos, no solo en Junta.
• La aplicación requiere acuerdo de Junta, expresando numero de acciones, precio de
ejercicio de los derechos de opción, valor de las acciones de referencia, un plazo.
• El Plan de la junta si cotizada, se informa a CNMV, que lo publica como hecho
relevante.
• Se paga con autocartera , aumentando capital sin derecho de suscripción preferente.
• Atención art. 150 LSC que prohíbe la asistencia financiera para la adquisición de
acciones.
19/04/2014 Centro Análisis Tributario
8. NOTAS DE LA RELACION JURIDICO LABORAL
• Art.1 ET.
• Se excluyen: art.1.3.c) , la actividad que se limite al mero desempeño del
cargo de consejero… y siempre que su actividad en la empresa solo
comporte la realización de cometidos inherentes a tal cargo.
• No hay un concepto cerrado de trabajador.
• Características de la prestación de trabajo:
• Carácter personal de la prestación.
• Libertad jurídica en la asunción de la prestación de servicios.
• Retribución
• Por cuenta ajena, ajenidad de la prestación.
• Sujeción del trabajador a las ordenes del empleador.
• Hay zonas “grises”, ej. Teletrabajo…
19/04/2014 Centro Análisis Tributario
9. RELACIONES LABORALES DE CARÁCTER ESPECIAL I
• Dos categorías de personal de alta dirección: art. 1.3.c) ET y art. 2.1.a) ET
• Art. 2.1.a) ET : personal de Alta Dirección no incluido en art. 1.3.c) .
• Regulado en RD 1382/ 1985.
• Principal especialidad: reciproca confianza que existe entre las partes ,
STS 17-6-1993, STS 4-6-1999, STSJ Madrid 16-5-2006.
• Ejercicio de poderes inherentes a la titularidad de la empresa.
• Supone principalmente la posibilidad de realizar actos y contratos en
nombre de la misma con capacidad de obligarla frente a terceros.
• Relativos a los objetivos generales de la empresa.
• Los poderes además de estar referidos a aéreas funcionales importantes
se han de referir a aspectos transcendentales de la misma.
• También se admite la limitación a un aspecto de tal importancia que lo
ejecutado afecta de modo sustancial a la empresa en conjunto ( criterio
jurisprudencial).
19/04/2014 Centro Análisis Tributario
10. RELACIONES LABORALES DE CARÁCTER ESPECIAL II
• Con autonomía y plena responsabilidad.
• Con un margen de independencia solo limitado por las directrices de los
órganos superiores de gobierno . Esto excluye aquellos que reciben
ordenes de órganos delegados de dirección de la entidad.
• NO se admite el desempeño simultaneo de cargos de administración y
una relación laboral especial de alta dirección. Caso de coincidir en la
misma persona la relación laboral se subsume en la societaria,
(predomina la naturaleza del vínculo).
19/04/2014 Centro Análisis Tributario
11. RELACIONES LABORALES DE CARÁCTER ESPECIAL III
• Especialidades en la regulación de RD 1382/ 1985:
• La principal fuente reguladora es la voluntad de las partes expresada en el contrato de
trabajo.
• Celebración por tiempo indefinido o determinado.
• En caso de promoción interna la relación laboral común queda suspendida hasta la
extinción de la relación especial.
• En el RD 1382/ 1985, art. 10.3, se recogen las causas que permiten al directivo instar
la resolución causal de su contrato con derecho a la percepción de las
indemnizaciones previstas por las partes en el contrato de trabajo.
• A la indemnización pactada se le aplican los interese moratorios del Cc, no art. 29.3 de
ET ( STS 15-11-2005).
• Con fundamento en la confianza reciproca se permite al empresario proceder a la
extinción unilateral del contrato sin necesidad de alegar causa alguna. El alto directivo
percibe entonces la indemnización pactada o en su defecto la legal de 7 días de
salario por año trabajado con limite de 12 mensualidades.
• Se conserva este derecho aun siendo inmediatamente reintegrado al contrato laboral
común que proceda ( STS 16-11-2004).
19/04/2014 Centro Análisis Tributario
12. SALARIO VS. SOCIOS Y ADMINISTRADORES
• Socios mayoritarios: NO hay salario, al no haber trabajo por cuenta ajena,
ni RG de SS ni su retribución es rendimiento del trabajo. Su relación es
mercantil.
• Consejero pasivo: NO relación laboral. No están en SS. Pueden percibir
dietas u otras percepciones, tributan como RT, retención 42% - 2012-
2013-2014.
• Administradores: Relación ,mercantil, retribución RT, establecidas en
Estatutos, retención 42% - 2012-2013-2014.
• Gerente ( alta dirección): Ejerce funciones de dirección y gerencia ( no
socio mayoritario), relación laboral especial, percibe salario , cotiza en RG
como asimilado ( sin FOGASA ni desempleo), tributa RT. Retención s/
escala.
19/04/2014 Centro Análisis Tributario
13. DOBLE VINCULO SOCIETARIO Y LABORAL
• En una MISMA persona concurren dos situaciones:
• Socio mayoritario + trabajo como cualquier otro trabajador: NO puede
tener doble vínculo. La relación mercantil absorbe la laboral.
• ALTO DIRECTIVO ( funciones de dirección y gerencia) que trabaja como
cualquier otro trabajador: la relación laboral especial “congela” la relación
laboral ordinaria. Si además es ADMINISTRADOR( CONSEJERO) NO
puede tener doble vínculo, la relación mercantil absorbe la laboral ( S.
Mahou).
• Socio minoritario NO alto directivo, no funciones de gerencia pero trabaja
como otro trabajador. Relación laboral. Si consejero/ administrador SÍ
hay doble vínculo: mercantil y laboral.
19/04/2014 Centro Análisis Tributario
14. PROBLEMA CON AEAT
• Situación “normal” : retribución de los
administradores gasto en SA/ SL e ingreso en
trabajador, directivo, otra SA/ SL, etc…
• NO OBSTANTE:
• Posibilidad de que la retribución de los
directivos y administradores NO sea deducible
fiscal.
• Posibilidad de que un gasto no lo sea en un sitio
o no totalmente y sí sea ingreso en otro.
OPERACIONES VINCULADAS
19/04/2014 Centro Análisis Tributario
15. SENTENCIA MAHOU
• La retribución de los administradores debe estar
recogida EN DETALLE en los estatutos (teoría
milimétrica). NADIE LO CUMPLE.
• El cargo de administrador subsume ( “atrae”) al cargo
de alto directivo.
• La realidad es la que es, independiente de cómo lo
llamen las partes (ej. Al contrato de directivo lo llamo
contrato de empleado ordinario).
• CONSECUENCIA: Si coinciden cargos en la MISMA
PERSONA la retribución recibida corresponde al cargo
de administrador.
• NO hay PROBLEMA con ser administrador y
trabajador ordinario ( de régimen general).
19/04/2014 Centro Análisis Tributario
16. CRITERIO DGT
• Para ser DEDUCIBLE fiscal la retribución del(os)
administrador(es) debe estar recogida en los estatutos ,
pero NO con DETALLE.
• Razón para no coincidir con TS: nueva ley de IS con el
concepto de correlación.
• Si NO figura en los estatutos NO es deducible.
• EJEMPLO: administrador y gerente, cargo administrador
gratuito, cargo gerente retribuido
• CONSECUENCIAS:
• La retribución laboral-gerencial se convierte en
mercantil-societaria NO ES GASTO DEDUCIBLE fiscal.
19/04/2014 Centro Análisis Tributario
17. CAUSA DEL PROBLEMA
• A menudo los Estatutos dan carácter gratuito al cargo de
administrador (y la MISMA PERSONA cobra una cantidad
como directivo ).
• A menudo los Estatutos dejan indeterminada la cifra de
retribución del (os) administrador (es) - “ se fijará en Junta
General cada año” - y la Sentencia Mahou descarta esta
posibilidad, se tiene por NO puesto.
• Respecto a la remuneración variable a menudo en los
Estatutos se fija el importe máximo dejando a la Junta
General la concreción de este importe. Igualmente aplicable
sentencia Mahou.
19/04/2014 Centro Análisis Tributario
19. NOTA 1/12 AEAT (SIN FIRMA !!)
• ¿ Que pasa con los servicios de gerencia y profesionales
de un socio a “su” empresa SA/ SL ?.
• Son:
– Rto del trabajo
– Rto de actividad económica.
• Según criterios que a continuación se exponen.
19/04/2014 Centro Análisis Tributario
20. IDEAS BASICAS
• NO hay IDENTIDAD entra la calificación de un rendimiento
del trabajo en IRPF y la calificación en Derecho Laboral.
– Funcionarios
– Cargos de representación política
– Administradores SA / SL
• Hay relaciones laborales que generan rendimiento de
actividad económica.
– Artistas en espectáculos públicos
– Comisionistas
La naturaleza de un rendimiento a efectos de IRPF es una cuestión de
hecho que hay que probar.
19/04/2014 Centro Análisis Tributario
21. CASO: SOCIO Y ADMINISTRADOR
• La condición de socio NO afecta a la calificación del
rendimiento: es rendimiento del trabajo.
• Deducibilidad fiscal: ver Sentencia Mahou y Informe DGT.
• Sentencia Mahou: si la misma persona es administrador y a la
vez tiene un contrato de alta dirección el vinculo es solo
mercantil, NO laboral.
• Calificación en IRPF: rendimiento del trabajo , retención 42%
en 2012/2013, 35% en general.
19/04/2014 Centro Análisis Tributario
22. CASO: SOCIO Y SERVICIOS I
(gerencia , profesionales)
• Los servicios ajenos a la condición de administrador NO
tienen reglas especiales en IRPF ( ej. Alta dirección).
• Son:
– Rendimientos de actividades económicas ( profesionales) o en su
caso:
– Rendimiento del trabajo, contraprestación del trabajo.
• Por lo tanto hay una cierta prioridad del carácter económico
de la actividad
• ¿ Es rendimiento económico no rendimiento trabajo.
19/04/2014 Centro Análisis Tributario
23. CASO: SOCIO Y SERVICIOS II
(gerencia , profesionales)
• REQUISITOS para constituir una actividad económica:
– Existen medios de producción en sede del socio.
– Ordenación por cuenta propia de los medios.
• Art. 27.1 IRPF: Se considerarán rendimientos íntegros de actividades
económicas aquellos que procediendo del trabajo personal y del capital
conjuntamente, o de uno solo de estos factores, supongan por parte del
contribuyente la ordenación por cuenta propia de medios de producción y
de recursos humanos o de uno de ambos, con la finalidad de intervenir en
la producción o distribución de bienes o servicios.
19/04/2014 Centro Análisis Tributario
24. EXISTEN MEDIOS
• En caso de servicios gerenciales / profesionales los “medios” son la
propia capacitación del socio - capital humano - teniendo escasa
relevancia los recursos materiales.
• ORDENACIÓN DE MEDIOS POR CUENTA PROPIA
• Irrelevante la calificación entre partes ( STS 7-1-2007, entre
muchas).
• El contrato de trabajo es una especie del genero contrato de
servicios profesionales.
• CARACTERISTICAS del contrato de trabajo:
– Ajenidad
– Dependencia
19/04/2014 Centro Análisis Tributario
25. AJENIDAD, DEPENDENCIA
• Indicios de dependencia:
– Asistencia al centro de trabajo del empleador
– Sometimiento a horario
– Desempeño personal del trabajo
– Inserción del trabajador en la organización del empleador.
• Indicios de ajenidad:
– Propiedad del empresario del bien producido
– El empleador decide precios, tarifas, clientes
– El empleador decide carácter de la remuneración fijo/ periódico,
cálculo de la cuantía que se relaciona con cantidad/ tiempo y NO con
el riesgo.
• Con estas notas NO hay ordenación por cuenta propia de
medios de producción, art. 27 LIRPF.
19/04/2014 Centro Análisis Tributario
26. SOCIO Y AJENIDAD / DEPENDENCIA
• La condición de socio es INDICIO de la ausencia de las notas
citadas , pero no es automático (CV0948-09).
• Es una cuestión de hecho resuelta caso a caso.
• Si +50% del capital social es del socio NO hay dependencia ni
ajenidad, en esta caso SÍ hay ordenación por cuenta propia
de medios de producción, STS 20-10-98, Ley 20/2011
Estatuto del Trabajo Dependiente art. 2.1.c y CV 0179-09.
19/04/2014 Centro Análisis Tributario
27. Conclusión
• Si la actividad gerencial del socio supone ordenación por
cuenta propia de medios de producción:
• Rto actividad económica Factura, repercusión de IVA 21%,
retención 21 %, IAE socio.
19/04/2014 Centro Análisis Tributario
29. OPERACIONES VINCULADAS
• ¿ Qué son ?
• Aquellas realizadas entre:
• Sociedad-socios-administradores-familia y la sociedad, – grupo-, … a
efectos fiscales.
• Además a efectos contables ( y valorativos !) sociedad-alta dirección NECA
15, PGC.
• ¿ Que importancia práctica tienen ?
• ¡Toda !
• Se valoran a precio de mercado. La diferencia origina un ajuste (bilateral).
• Dos niveles de ajuste; primario ( neutral en principio) y secundario ( NO
neutral).2919/04/2014
19/04/2014 Centro Análisis Tributario
30. VALORACION DE OPERACIONES VINCULADAS
• Retribución administrador: ?
• Salario, directivo / no directivo: base de datos, consultoras, ej. ICSA
• Alquiler: dictamen API, arquitecto, boletín Tecnocasa, estadísticas INE,
etc…
• Interés préstamos: STS 4-10-2010 , recurso 4954/2005.
• Dividendos ordinario : NADA !
• Dividendo acciones sin voto: NADA !
19/04/2014 Centro Análisis Tributario