DECRETO por el que se reestructura la Comisión para la Regularización de la T...Cesar Enoch
el Programa Nacional de Desarrollo Urbano 2014-2018, establece en su Objetivo 3. "Diseñar e
implementar instrumentos normativos, fiscales, administrativos y de control para la gestión del suelo",
Estrategias: 3.1 "Implementar instrumentos que procuren una oferta de suelo apto para atender las
necesidades de desarrollo urbano y vivienda" y 3.4 "Brindar certidumbre a la propiedad y uso de suelo para
evitar la especulación y subutilización del mismo", esta última determina particularmente en sus numerales 3.
“Sustituir CORETT por una nueva institución que atienda las causas y no las consecuencias de la ocupación
irregular del suelo” y 4. “Constituir una nueva institución federal que facilite la producción de suelo apto para el
desarrollo urbano";
Que es preciso tomar medidas jurídicas para fortalecer las atribuciones y operación de la Comisión para la
Regularización de la Tenencia de la Tierra mediante su transformación en una institución que coadyuve y
contribuya al logro de los objetivos, estrategias y líneas de acción del Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018,
y los programas que sobre la materia emanan del mismo, en beneficio de la población de escasos recursos
económicos;
Por el cual se adoptan medidas para garantizar la existencia de suelo urbanizable para los
proyectos de construcción de vivienda y reubicación de asentamientos humanos para atender la situación de desastre nacional y de emergencia económica, social y ecológica
nacional
DECRETO por el que se reestructura la Comisión para la Regularización de la T...Cesar Enoch
el Programa Nacional de Desarrollo Urbano 2014-2018, establece en su Objetivo 3. "Diseñar e
implementar instrumentos normativos, fiscales, administrativos y de control para la gestión del suelo",
Estrategias: 3.1 "Implementar instrumentos que procuren una oferta de suelo apto para atender las
necesidades de desarrollo urbano y vivienda" y 3.4 "Brindar certidumbre a la propiedad y uso de suelo para
evitar la especulación y subutilización del mismo", esta última determina particularmente en sus numerales 3.
“Sustituir CORETT por una nueva institución que atienda las causas y no las consecuencias de la ocupación
irregular del suelo” y 4. “Constituir una nueva institución federal que facilite la producción de suelo apto para el
desarrollo urbano";
Que es preciso tomar medidas jurídicas para fortalecer las atribuciones y operación de la Comisión para la
Regularización de la Tenencia de la Tierra mediante su transformación en una institución que coadyuve y
contribuya al logro de los objetivos, estrategias y líneas de acción del Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018,
y los programas que sobre la materia emanan del mismo, en beneficio de la población de escasos recursos
económicos;
Por el cual se adoptan medidas para garantizar la existencia de suelo urbanizable para los
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nacional
A través de un decreto, se remitió a la Legislatura un acuerdo para que Luján pague 4.8 millones de pesos por 72 hectáreas en Agrelo. Planean trasladar allí el INTA.
Licenciamiento urbanístico, reconocimiento y legalización de construccionsinerkia arquitectura
Licenciamiento urbanístico, reconocimiento y legalización de construccion
BRINDAMOS SERVICIOS DE:
Diseño de casas modernas.
Diseño y construcción de obras civiles.
Elaboración de Presupuesto para obras civiles de vivienda industria y comercio
Manejo de personal y control de obra civil.
Capacitación a personal en software BIM
Diseño construcción y montaje de espacios comerciales( stands).
visualización interactiva 3D de proyectos Arquitectónicos y Audiovisuales.
Diseño elaboración y montaje de cocinas Integrales.
Diseño y Elaboración de Planos Arquitectonicos,estructurales para vivienda,industria y comercio
En esta guía encontrarán todo lo que un ciudadano debe de conocer para sanear física y legalmente su propiedad.
Muchos peruanos no tienen títulos de propiedad, ello genera inestabilidad emocional, social, económica y política.
La propiedad es un refugio previsional, es una manera de capitalizarse e incrementar el patrimonio pero también un título de propiedad es un medio de financiamiento y de desarrollo de actividades empresariales. Al estar saneada la propiedad uno accede a créditos para desarrollar nuevos emprendimientos. Se alienta la inversión y mejora de las condiciones de vida.
Genera estabilidad emocional y los propietarios aseguran la transferencia de su propiedad a sus herederos, todo ello mejora el clima de confianza y da esperanza.
Convertir al Perú en un País de Propietarios es parte de la ansiada justicia social tan importante para alcanzar el desarrollo que nuestro país necesita.
Por un País de Propietarios con justicia social.
Eco. Juan Carlos Sánchez Montes de Oca
LEY n.° 30556 QUE APRUEBA DISPOSICIONES DE CARÁCTER EXTRAORDINARIO PARA LAS I...miguelserrano5851127
El objeto de la Ley n.° 30556 es la implementación y ejecución de un plan integral para la rehabilitación, reposición, reconstrucción y construcción de la infraestructura de uso público de calidad incluyendo salud, educación, programas de vivienda de interés social y reactivación económica de los sectores productivos, con enfoque de gestión del riesgo de desastres.
LAS INSPECCIONES PERIÓDICAS DE LOS EDIFICIOS. Análisis normativo y propuesta...Víctor Diéguez Montes
Después de varios derrumbes en Madrid el verano de 2015, el Ayuntamiento plantea una mesa de trabajo para estudiar efectividad de los procedimientos y normativa de la ITE. El COAM me designa como representante de los Arquitectos en dicha mesa. El texto estudia el marco normativo nacional, autonómico y local, analiza la realidad del ejercicio de las inspecciones periódicas y propone mejoras.
A través de un decreto, se remitió a la Legislatura un acuerdo para que Luján pague 4.8 millones de pesos por 72 hectáreas en Agrelo. Planean trasladar allí el INTA.
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En esta guía encontrarán todo lo que un ciudadano debe de conocer para sanear física y legalmente su propiedad.
Muchos peruanos no tienen títulos de propiedad, ello genera inestabilidad emocional, social, económica y política.
La propiedad es un refugio previsional, es una manera de capitalizarse e incrementar el patrimonio pero también un título de propiedad es un medio de financiamiento y de desarrollo de actividades empresariales. Al estar saneada la propiedad uno accede a créditos para desarrollar nuevos emprendimientos. Se alienta la inversión y mejora de las condiciones de vida.
Genera estabilidad emocional y los propietarios aseguran la transferencia de su propiedad a sus herederos, todo ello mejora el clima de confianza y da esperanza.
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Eco. Juan Carlos Sánchez Montes de Oca
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LIBRO DE CONTABILIDAD FINANCIERA, ESTE TE AYUDARA PARA EL AVANCE DE TU CARRERA EN LA CONTABILIDAD FINANCIERA.
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β y temperatura, su uso en aplicaciones prácticas suele ser limitado. Para mayor estabilidad, se prefieren configuraciones como la polarización con divisor de tensión o la polarización por retroalimentación.
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CIRCUITOS Y ESQUEMAS BASICOS UTILIZADOS EN LOGICA CABLEADA
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1. DE BALDÍOS A ENTIDADES
DE DERECHO PÚBLICO
ADJUDICACIÓN
DIRECCIÓN DE ACCESO A TIERRAS
SUBDIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN DE TIERRAS DE LA NACIÓN
2. TITULACIÓN DE BALDÍOS A
ENTIDADES DE DERECHO PÚBLICO
“Son baldíos todas las tierras
situadas dentro de los límites
territoriales del país, que
carecen de otro dueño, y las
que habiendo sido
adjudicadas con ese carácter,
hubieren vuelto al dominio
del Estado por causas legales”
(Art.675 del Código Civil)
PREDIOS BALDÍOS:
Ejemplos:
Centros de Salud
Escuelas
La tierra nos une
3. TITULACIÓN DE BALDÍOS A
ENTIDADES DE DERECHO PÚBLICO
La tierra nos une
• Artículo 38 de la Ley 489
de 1998.
• Numeral 1° del artículo 2°
de la Ley 80 de 1993.
ENTIDADES DE
DERECHO PÚBLICO: Los terrenos baldíos
adjudicables, sólo pueden
adquirirse mediante título
traslaticio de dominio
otorgado por el Estado a través
de la ANT en los términos
establecidos en la Ley 160 de
1994.
PROPIEDAD:
4. 1. Nombre de la entidad, su representante
legal y documentos que acrediten su
creación por o autorización de la ley.
2. Naturaleza y características del servicio
público, o actividad de utilidad pública e
interés social que debe desarrollar.
3. Nombre del terreno y su ubicación
geográfica.
4. La afirmación de ser baldío, cabida
aproximada y el plano correspondiente.
5. Los colindantes del predio con relación
a los puntos cardinales.
REQUISITOS:
TITULACIÓN DE BALDÍOS A
ENTIDADES DE DERECHO PÚBLICO
Importante: El formulario debe ser
diligenciado en su totalidad y firmado por
el Representante Legal de la entidad
solicitante
Formulario de solicitud:
5. TITULACIÓN DE BALDÍOS A
ENTIDADES DE DERECHO PÚBLICO
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1. Licencia o concepto favorable del Ministerio de
Ambiente y Desarrollo Sostenible, o de la
autoridad ambiental competente.
2. Los estudios de factibilidad.
3. Copia de la Ley, Decreto o Escritura Pública que
dispone o autoriza la construcción de las obras de
infraestructura encaminadas a la instalación o
dotación del servicio público respectivo, o la
actividad declarada por la Ley como de utilidad
pública e interés social.
4. El plano correspondiente, elaborado en el
programa Shape por un Ingeniero Topográfico
como lo indica el artículo 4° del Acuerdo 180 de
2009.
DOCUMENTOS QUE
DEBE ANEXAR A LA
SOLICITUD:
Importante: El suministro del plano en esas
condiciones es indispensable para realizar los
cruces de información con las diferentes capas
del ordenamiento territorial: zonas de reserva
forestal, parques naturales, áreas de
comunidades negras, entre otras.
Antes de dar curso a la solicitud, la ANT podrá
requerir a la entidad solicitante la
información complementaria que juzgue
necesaria.
6. “La Licencia Ambiental, es la autorización que otorga
la autoridad ambiental competente para la ejecución
de un proyecto, obra o actividad, que de acuerdo con
la ley y los reglamentos pueda producir deterioro
grave a los recursos naturales renovables o al medio
ambiente o introducir modificaciones considerables o
notorias al paisaje; la cual sujeta al beneficiario de
ésta, al cumplimiento de los requisitos, términos,
condiciones y obligaciones que la misma establezca en
relación con la prevención, mitigación, corrección,
compensación y manejo de los efectos ambientales del
proyecto, obra o actividad autorizada.”
(Art. 2.2.2.3.1.3 Decreto 1076 de 2015)
TITULACIÓN DE BALDÍOS A
ENTIDADES DE DERECHO PÚBLICO
1. Licencia o concepto favorable del Ministerio de Ambiente y
Desarrollo Sostenible, o de la autoridad ambiental competente:
La tierra nos une
7. TITULACIÓN DE BALDÍOS A
ENTIDADES DE DERECHO PÚBLICO
La tierra nos une
2. Estudios de Factibilidad:
Análisis que determina si el proyecto a realizar en el
predio solicitado, por ser de utilidad pública, es viable y
pertinente. Además, en qué condiciones se desarrollará
para que sea exitoso, la duración del proyecto, y tal como
lo ha mencionado la Corte Constitucional en Sentencia
T-806/14, la inclusión de un programa dirigido a
promover el manejo ambiental relacionado con la
utilización y conservación de valores ambientales
existentes y las dirigidas a promover el conocimiento de
las riquezas naturales e históricas del país y la necesidad
de conservarlas.
8. TITULACIÓN DE BALDÍOS A
ENTIDADES DE DERECHO PÚBLICO
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3. Copia de la Ley, Decreto o Escritura Pública que dispone o
autoriza la construcción de las obras de infraestructura:
Documento que autoriza la construcción de la obra
de infraestructura (dotación de servicio público) a
realizar en el predio baldío solicitado o, acto
administrativo emitido por la autoridad competente
que declara la actividad a desarrollar como Utilidad
Pública e interés social. En el evento en el que aplique
la autorización, la Secretaria de Planeación e
Infraestructura del Municipio, conforme a las
facultades que le autoriza la Ley 388 de 1997, y el
Decreto reglamentario No. 1052 de 1998, es quien
concede permiso y/o autoriza la construcción de las
obras, edificaciones, ampliaciones, modificaciones,
adecuación, reparación, entre otras, en el área del
Municipio.
9. DIAGRAMA DEL PROCEDIMIENTO
PARA LA ADJUDICACIÓN A EDP
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RECEPCIÓN DE
LA SOLICITUD
AUTO DE
ARCHIVOS
REQUERIMIENTO
EV
ALUACIÓN
PRELIMINAR
JURÍDICA Y
TÉCNICA
INSPECCIÓN
OCULAR
JURÍDICA Y
TÉCNICA
RESOLUCIÓN
DE
ADJUDICACIÓN
O NEGACIÓN
REVISIÓN
FINAL
JURÍDICA Y
TÉCNICA
AUTO DE
ACEPTACIÓN: FECHA
DE INSPECCIÓN
OCULAR,
COMUNICACIONES Y
PUBLICIDAD
SI
NO
NO (2 meses)
ENTREGA
ANTICIPADA
Ley 1682 de
2013 Art. 29
OPOSICIÓN
DE
TERCEROS
CONSTANCIA
DE
EJECUTORIA
REGISTRO EN
ORIP
TIEMPO ESTIMADO
25 DÍAS
CALENDARIO
TIEMPO ESTIMADO
25 DÍAS
CALENDARIO
TIEMPO ESTIMADO
15 DÍAS
CALENDARIO
TIEMPO ESTIMADO
30 DÍAS
CALENDARIO
DESDE LA
NOTIFICACIÓN
10 DÍAS PARA
RECURRIR
10. PARA TENER EN CUENTA
La tierra nos une
El Plan Nacional de desarrollo autoriza a la ANT para realizar la entrega
material anticipada del terrenos baldíos donde funcionen establecimientos
educativos. (Artículo 63 Ley 1753 de 2015).
Mediante Resolución 1527 del 2012, modificada por la Resolución 1274 de
2014 el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible señala las
actividades que por considerarse de bajo impacto y que además generan
beneficio social se pueden desarrollar en las áreas de reserva forestal
nacionales, sin necesidad de efectuar sustracción, entre otras, las siguientes:
11. PARA TENER EN CUENTA
La tierra nos une
« (…)Parágrafo. Las actividades señaladas en los literales b), e), n) y o) del artículo
siguiente no aplicarán en tratándose de las áreas de reserva forestal protectoras
nacionales o regionales.
Artículo 2º Actividades (…)
e) La construcción de instalaciones rurales destinadas a brindar servicios de educación
hasta básica secundaria y puestos de salud a los pobladores rurales. La construcción
para servicios de educación no pueden ocupar un área superior a una (1) hectárea.
f) La construcción de infraestructura para acueductos junto con las obras de
captación, tratamiento y almacenamiento, siempre y cuando no superen en conjunto
una superficie de una (1) hectárea. El trazado de la infraestructura de conducción la
cual no podrá tener un ancho superior a dos (2) metros.
i) La instalación de torres para antenas de telecomunicaciones y las redes de
distribución de electrificación rural domiciliaria, siempre y cuando no requiera
apertura de vías o accesos.(…)»