El documento presenta un acuerdo municipal para aprobar un convenio urbanístico entre la Junta de Andalucía y el Ayuntamiento de Cazorla para el desarrollo y gestión del núcleo menor de Vadillo-Castril. El convenio tiene como objetivo establecer la colaboración entre las dos instituciones para desarrollar el suelo urbano de Vadillo-Castril de acuerdo con el planeamiento municipal. La Junta se compromete a redactar instrumentos de gestión, proyectos de obra y ejecutar las obras para dotar
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Aprobado el convenio ubanístico para el desarrollo y gestión de vadillo castril
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ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE CAZORLA (JAÉN)
3214 Aprobado el Convenio Ubanístico para el desarrollo y gestión de Vadillo-Castril.
Edicto
Don Antonio José Rodríguez Viñas, Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de
Cazorla.
Hace saber:
Que por Acuerdo del Ayuntamiento Pleno en sesión ordinaria de fecha 23 de febrero de
2012, se ha aprobado el convenio urbanístico entre la Consejería de Hacienda y
Administración Pública de la Junta de Andalucía y el Ayuntamiento de Cazorla para el
Desarrollo y Gestión Urbanística del Nucleo Menor Vadillo-Castril.
Dicho Convenio junto con su anexo ha sido inscrito y depositado en el registro municipal de
instrumentos urbanísticos de Cazorla, Sección convenios urbanísticos núm. registro 7/2012,
por lo que se procede a publicar el acuerdo de aprobación y el convenio urbanístico
aprobado, todo ello de conformidad con el Art. 41.3 de la Ley 7/2002 de ordenación
urbanística de Andalucía y 21 del D 2/2004, de 7 de enero:
“4. APROBACIÓN DEL CONVENIO URBANÍSTICO PARA EL DESARROLLO Y LA GESTIÓN URBANÍSTICA
DEL NÚCLEO MENOR VADILLO CASTRIL.
Por la Sra. Secretaria, se da lectura al dictamen emitido por la Comisión Informativa de
Urbanismo, Vivienda, Obras y Servicios Públicos, de fecha 20 de febrero de 2012, que dice
así:
“Con fecha 14 de diciembre de 2011, se negoció y suscribió el texto inicial del Convenio
urbanístico ENTRE LA CONSEJERÍA DE HACIENDA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA JUNTA DE
ANADALUCÍA Y EL AYUNTAMIENTO DE CAZORLA PARA EL DESARROLLO Y GESTIÓN URBANÍSTICA DEL
NÚCLEO MENOR VADILLO CASTRIL.
Resultando que se sometió a información pública durante el plazo de veinte días mediante
anuncio en el tablón de edictos del Ayuntamiento y en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia
de Jaén núm. 5, de fecha 10 de enero de 2012.
Visto que durante el periodo de exposición pública no se han presentado alegaciones al
convenio dada la renuncia a las mismas de aquéllos que con anterioridad las presentaron
solicitando asimismo que se tengan por no presentadas así como que dicho Convenio se
apruebe por el Pleno.
Vistos los informes técnicos obrantes en el expediente así como el informe de Intervención,
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de conformidad con lo dispuesto en la estipulación séptima del Convenio, en los artículos 30
y ss de la Ley 7/2002 de la LOUA y de conformidad con el artículo 22.2 c) de la Ley 7/1985,
de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, esta Comisión Informativa
propone a la consideración del Pleno la adopción del siguiente:
ACUERDO:
PRIMERO .-Aprobar el texto definitivo del Convenio urbanístico ENTRE LA CONSEJERÍA DE
HACIENDA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA JUNTA DE ANADALUCÍA Y EL AYUNTAMIENTO DE
CAZORLA PARA EL DESARROLLO Y GESTIÓN URBANÍSTICA DEL NÚCLEO MENOR VADILLO y cuyo
plazo de vigencia es hasta la consecución de sus fines.
SEGUNDO .-Facultar a la Alcaldía para la firma del mismo, que se formalizará mediante
documento administrativo sin perjuicio de la inscripción en el Registro de la Propiedad de los
actos y condiciones que lo requieran, conforme a la Legislación urbanística e hipotecaria.
TERCERO.-Notificar
y emplazar a la Consejería de Hacienda y Administración Pública de la
Junta de Andalucía, a los efectos de que se firme el Convenio urbanístico arriba
referenciado.
CUARTO.-Depositar el presente Acuerdo junto con un ejemplar completo del texto definitivo
del Convenio urbanístico y de su documentación anexa en el Registro Municipal de
Instrumentos de Planeamiento, de Convenios Urbanísticos y de los Bienes y Espacios
Catalogados (artículos 95.2.3.ª y 41.3 de la Ley 7/2002).
QUINTO .-Tras
la firma y el depósito del Convenio urbanístico, se publicará el presente
Acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia de Jaén.
No obstante el Pleno adoptará lo que estime conveniente. (…/…)
TEXTO DEFINITIVO CONVENIO:
“CONVENIO URBANÍSTICO ENTRE LA CONSEJERÍA DE HACIENDA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA
JUNTA DE ANDALUCÍA Y EL AYUNTAMIENTO DE CAZORLA PARA EL DESARROLLO Y GESTIÓN
URBANÍSTICA DEL NÚCLEO MENOR VADILLO-CASTRIL.
En Cazorla, a ________ de ____ de 2012.
REUNIDOS
De una parte, doña Isabel Mateos Guilarte, Directora General de Patrimonio de la Junta de
Andalucía.
Y de otra, don Antonio José Rodríguez Viñas, Alcalde Presidente del Excmo. Ayuntamiento
de Cazorla (Jaén).
INTERVIENEN
Doña Isabel Mateos Guilarte, en nombre y representación de la Comunidad Autónoma de
Andalucía, facultada para este acto, en virtud del artículo 12 y de la Disposición Adicional
Quinta de la Ley 4/1986, de 5 de mayo, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de
Andalucía.
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Don Antonio José Rodríguez Viñas, en nombre y representación del Ayuntamiento de
Cazorla, facultado para este acto en virtud de las atribuciones que le confiere el artículo 21.1
b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local y el artículo
41.1 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades
Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre.
Ambas partes, en la representación con la que intervienen y en el ejercicio de las
competencias que le están legalmente atribuidas, reconociéndose recíprocamente
capacidad para suscribir el presente documento.
EXPONEN
I. La Comunidad Autónoma de Andalucía es titular, por transferencia del Estado operada por
el Real Decreto 1096/1984, de 4 de abril, de traspaso de funciones y servicios del Estado en
materia de conservación de la naturaleza, del monte “Navahondona”, en el término
municipal de Cazorla (Jaén), con una superficie de trece mil doscientas treinta y una
hectáreas y doce áreas, que fue adscrito a la Agencia de Medio Ambiente (hoy Consejería
de Medio Ambiente) por Decreto 255/1984, de 9 de octubre, de asignación de competencias
en materia de conservación de la naturaleza.
Dentro del monte, y con anterioridad a la transferencia citada, la Administración Forestal del
Estado construyó un poblado forestal denominado “Vadillo Castril” compuesto por una zona
de viviendas, escuela, capilla, almacenes, Centro de Capacitación y Experimentación
Forestal y diversas edificaciones destinadas a dotaciones públicas junto con otros espacios
sin edificación. Este núcleo figura inscrito como una sola finca en el Registro de la
Propiedad de Cazorla al Tomo 1179, Libro 261, Folio 88, finca número 20.623, inscripción 1ª,
con la siguiente descripción registral: Rústica: Parcela procedente de la descatalogación del
monte público denominado “Navahondona”, término de Cazorla, con una forma irregular y
una superficie de cincuenta mil seiscientos metros cuadrados (50.600 m.2). Linda: Norte, en
línea quebrada en parte, con el Monte Público denominado “Navahondona”, de la que se
segrega, registral 4064 y, en parte, con parcela ocupada con instalaciones que incluyen el
CEDEFO, el aserradero y la báscula, situada al Norte del núcleo menor Vadillo Castril; al
resto de sus vientos Sur, Este y Oeste, con el Monte Público de la que se segrega, finca
registral 4064. Tiene IDUFIR número 23005000724537.
II. Las Normas Subsidiarias del Planeamiento Urbanístico de Cazorla aprobadas en el año
1991 incluyen al poblado de Vadillo Castril como Núcleo Menor, clasificado como suelo
urbano, habiéndose aprobado el 20 de diciembre de 2005 una modificación puntual de las
mismas para la “REORDENACIÓN DEL NÚCLEO MENOR VADILLO CASTRIL – CAZORLA”, con un
ámbito de 50.600 metros cuadrados.
III. Que la situación actual de este poblado ha devenido socialmente conflictiva debido a
diversas circunstancias, tales como la deficiente infraestructura urbanística que padece, la
necesidad de ceder las parcelas dotacionales y viarios al Ayuntamiento de Cazorla, o el
hecho de que las viviendas estén necesitadas de importantes obras de reforma con el fin de
dotarlas de unos niveles de habitabilidad adecuados a la realidad social.
La solución de estos problemas exige la adopción de medidas orientadas en diversas
direcciones, fundamentalmente a través de la ordenación y la gestión urbanística del
poblado y el acceso a la propiedad de las viviendas de los ocupantes con legitimidad para
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ello.
A tal fin, la Consejería de Hacienda y Administración Pública/Dirección General de
Patrimonio de la Junta de Andalucía está desarrollando los trámites necesarios para
encomendar la gestión urbanística integral del Núcleo Menor Vadillo Castril de Cazorla a la
Empresa Pública del Suelo de Andalucía, la cual desarrollará en nombre de la Comunidad
Autónoma las tareas técnicas y materiales necesarias para el cumplimiento de este objetivo.
La Empresa Pública del Suelo de Andalucía se constituyó por Decreto 282/1985 de 18 de
diciembre, con la finalidad de llevar en el territorio andaluz las tareas técnicas y económicas
requeridas para el desarrollo de la gestión urbanística y patrimonial en ejecución de los
planes de urbanismo y programas de la Comunidad Autónoma, mediante las actuaciones de
promoción, preparación y desarrollo de suelo urbanizable para fines residenciales,
industriales, de equipamiento y servicios; siendo, pues, el instrumento idóneo para la
realización de estas operaciones.
Por tanto, conscientes de la importancia de colaborar en la búsqueda de soluciones a la
problemática planteada, y a fin de facilitar la gestión y ejecución del planeamiento previsto
en las Normas Subsidiarias Municipales para los terrenos aludidos, ambas instituciones
acuerdan suscribir este Convenio de conformidad con las siguientes:
ESTIPULACIONES
PRIMERA.-OBJETO.
El presente Convenio tiene por objeto establecer las bases de colaboración entre la
Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas/Dirección General de Patrimonio de la
Junta de Andalucía y el Ayuntamiento de Cazorla para el desarrollo del suelo urbano
denominado Núcleo Menor Vadillo Castril de las Normas Subsidiarias de Cazorla que,
ocupado por edificaciones y viales, se identifica con el número 1 en el plano que se anexa a
este Convenio formando parte integrante del mismo.
SEGUNDA.-COMPROMISOS QUE ASUME LA JUNTA DE ANDALUCÍA.
La Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas/Dirección General de Patrimonio de
la Junta de Andalucía se compromete a desarrollar, a través de la Empresa Pública del
Suelo de Andalucía, las siguientes actuaciones:
1. La redacción o, en su caso, contratación de la redacción de cuantos instrumentos
urbanísticos sean necesarios para ejecutar las determinaciones del planeamiento general
de Cazorla en el ámbito de Vadillo-Castril (P. de reparcelación, P. de obra de reurbanización,
…)
2. La redacción o, en su caso, contratación de la redacción del instrumento de gestión
urbanística necesario para transmitir al Ayuntamiento de Cazorla de los terrenos de cesión
obligatoria y gratuita.
3. La redacción o, en su caso, contratación de la redacción de un proyecto de obra de
reurbanización que dote de la adecuada infraestructura urbanística al poblado, así como los
estudios sectoriales, informes y demás proyectos que fuesen precisos. Este proyecto de
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obra de reurbanización deberá contemplar su posible ejecución por fases funcionalmente
independientes, de forma que solo se inicien las obras de aquella fase cuya viabilidad
económica esté asegurada con los ingresos derivados de la enajenación de los inmuebles
incluidos en su ámbito de reurbanización.
4. La contratación y ejecución de las obras de reurbanización conforme al apartado anterior,
así como la dirección y control de su ejecución hasta la recepción de las mismas por el
Ayuntamiento de Cazorla.
5. Y, en general, el desarrollo de cuantas gestiones urbanísticas y patrimoniales sean
necesarias para la regulación del ámbito de este Núcleo Menor Vadillo Castril de Cazorla
ocupado por edificaciones y viales.
Asimismo, la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas/Dirección General de
Patrimonio de la Junta de Andalucía se compromete a iniciar, en el plazo máximo de un mes,
el expediente para ceder a favor del Ayuntamiento de Cazorla el uso del edificio de la
Escuela existente sobre la parcela identificada con el número 24 en el plano adjunto, por un
plazo máximo de 50 años, así como a posibilitar el acceso a la propiedad de las viviendas
de los ocupantes con legitimidad para ello.
TERCERA.-COMPROMISOS QUE ASUME EL AYUNTAMIENTO DE CAZORLA.
Por su parte, el Ayuntamiento de Cazorla se compromete a:
1. Impulsar la tramitación administrativa de cuantos instrumentos de planeamiento y gestión
urbanística sean necesarios para el desarrollo de la actuación.
2. Autorizar que las obras de reurbanización se puedan ejecutar por fases funcionalmente
independientes.
3. A recibir las parcelas dotacionales -identificadas con los números 36 y 37 en el plano
adjunto- y el viario y zonas verdes a medida que se vaya produciendo la recepción
municipal de las obras. Al respecto, las obras de reurbanización se irán recibiendo por el
Ayuntamiento de forma simultánea a que EPSA las reciba del contratista.
4. A no exigir tasa, impuestos ni tributo alguno por la tramitación de las anteriores
actuaciones de naturaleza urbanística, así como respecto de las enajenaciones que
permitan el acceso a la propiedad de las viviendas de los ocupantes con legitimidad para
ello.
CUARTO.-DESARROLLO DEL ÁMBITO 2.
La Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas/Dirección General de Patrimonio de
la Junta de Andalucía y el Ayuntamiento de Cazorla acuerdan que el desarrollo del área de
suelo urbano no ocupado por las edificaciones y viario, identificado en el plano adjunto bajo
el número 2, será objeto de otro convenio independiente entre las partes.
QUINTA.-COMISIÓN DE SEGUIMIENTO.
Para el seguimiento y control de las actuaciones previstas en el presente documento se
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constituirá una Comisión de Seguimiento formada por cuatro miembros y de integración
paritaria entre el Ayuntamiento de Cazorla y Junta de Andalucía siendo Presidente el
representante de la Junta de Andalucía, quién tendrá voto de calidad, o persona en quién
delegue, y como secretario un técnico designado por la Junta de Andalucía, con voz pero
sin voto.
Esta comisión podrá ser asistida en todo momento por técnicos pertenecientes a ambas
administraciones o a otras instituciones.
SEXTA.-DEPÓSITO E INSCRIPCIÓN DEL PRESENTE CONVENIO.
El Ayuntamiento de Cazorla se obliga a tramitar y aprobar el presente convenio, así como a
su posterior inscripción, depósito y publicación, en los términos previstos por la normativa de
aplicación.
SÉPTIMA.-VIGENCIA Y EFICACIA DEL CONVENIO.
La eficacia del presente Convenio queda sometida a las siguientes condiciones suspensivas:
1. A su aprobación por el órgano competente de la Junta de Andalucía.
2. A su aprobación por el Ayuntamiento Pleno de Cazorla.
Asimismo mantendrá su vigencia hasta la consecución de sus fines.
Y para que conste y en prueba de conformidad las partes que conviene suscriben el
presente Convenio por duplicado ejemplar en el lugar y fecha arriba indicados.
El Ayuntamiento La Junta de Andalucía
Fdo.: Antonio José Rodríguez Viñas Fdo.: Isabel Mateos Guilarte”
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Lo que se hace público para general conocimiento.
Cazorla, a 20 de Abril de 2012.- El Alcalde, ANTONIO JOSÉ RODRÍGUEZ VIÑAS.