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Aprobado el convenio urbanistico para la ejeución de un tramo de vial en la calle negrillo
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ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE CAZORLA (JAÉN)
5184 Aprobado el Convenio Urbanistico para la ejeución de un tramo de vial en la C/.
Negrillo
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Don Antonio José Rodríguez Viñas, Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de
Cazorla.
Hace saber:
Que por Acuerdo de la Junta de Gobierno Local de Ayuntamiento en sesión ordinaria de
fecha 18 de mayo de 2012, se ha aprobado el convenio urbanístico entre el Ayuntamiento
de Cazorla y Miguel Ángel Navas Oloriz para la ejecución de obras de urbanización y
construcción del tramo de la calle Negrillo pendiente de ejecución el Desarrollo y Gestión
Urbanística del Núcleo Menor Vadillo-Castril.
Dicho Convenio junto con su anexo ha sido inscrito y depositado en el registro municipal de
instrumentos urbanísticos de Cazorla, Sección convenios urbanísticos núm. registro 9/2012,
por lo que se procede a publicar el acuerdo de aprobación y el convenio urbanístico
aprobado, todo ello de conformidad con el Art. 41.3 de la Ley 7/2002 de ordenación
urbanística de Andalucía y 21 del D 2/2004, de 7 de enero:
“Planeamiento y Gestión Urbanística.
Aprobación convenio urbanístico para la ejecución de obras de urbanización y construcción
del tramo de la calle Negrillo pendiente de ejecución, con don Miguel Ángel Navas Oloriz.
Visto que con fecha 5 de marzo de 2012, se negoció y suscribió el texto inicial del Convenio
urbanístico para la ejecución de obras de urbanización y construcción del tramo de la calle
Negrillo pendiente de ejecución, con don Miguel Ángel Navas Oloriz, cuyo texto figura en el
expediente.
Visto que por acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 9 de marzo de 2012, se
acordó someter a información pública dicho texto y con su resultado se diese cuenta a la
Junta de Gobierno para su ratificación y aprobación.
Resultando que sometido a información pública durante el plazo de veinte días mediante
anuncio en el tablón de edictos del Ayuntamiento y en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia
de 68 de 9 de abril de 2012, computados desde el 10 de abril al 4 de mayo de 2012, sin que
se hayan formulado alegaciones.
Visto el informe de valoración emitido pro los servicios técnicos municipales.
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Vista que el texto suscrito no ha sufrido modificaciones.
Visto el informe jurídico relativo al procedimiento para su aprobación.
Por todo ello esta Junta de Gobierno por todo ello esta Junta de Gobierno por Unanimidad
de sus miembros presentes acuerda:
Primero.-Aprobar el texto definitivo del Convenio urbanístico para la ejecución de obras de
urbanización y construcción del tramo de la calle Negrillo pendiente de ejecución, con don
Miguel Ángel Navas Oloriz, cuyo texto figura anexo al presente acuerdo como parte
integrante del mismo.
Segundo.-Facultar a la Alcaldía para la firma del mismo, que se formalizará mediante
documento administrativo previa notificación y emplazar a la persona o personas
interesadas, a los efectos de que se firme el Convenio urbanístico arriba referenciado.
Cuarto.-Depositar el presente Acuerdo junto con un ejemplar completo del texto definitivo
del Convenio urbanístico y de su documentación anexa en el Registro Municipal de
Instrumentos de Planeamiento, de Convenios Urbanísticos y de los Bienes y Espacios
Catalogados (artículos 95.2.3.ª y 41.3 de la Ley 7/2002), sección de Convenios.
Quinto.-Tras la firma y el depósito del Convenio urbanístico, se publicará el presente
Acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia de Jaén. (…/…)……
TEXTO DEFINITIVO CONVENIO:
CONVENIO URBANISTICO PARA EJECUCION DE OBRAS DE URBANIZACION Y CONSTRUCCION DEL
TRAMO DE LA CALLE NEGRILLO PENDIENTE DE EJECUCIÓN.
En la ciudad de Cazorla a …. de ….. de 2012.
Reunidos por una parte don Antonio José Rodríguez Viñas, Alcalde-Presidente del Excmo.
Ayuntamiento de esta ciudad, y
Por otra parte don Miguel Ángel Navas Oloriz, con D.N.I. 2.475.221, interviniendo en su
propio nombre y derecho, mayor de edad, y vecinos este último de la localidad de Las
Rozas (Madrid) en la C/. Azalea, núm. 2 .
Ambas partes cuentan con capacidad legal suficiente para el otorgamiento del presente
convenio urbanístico, manifestando libre y espontáneamente:
ANTECEDENTES:
Primero.-Don Miguel Ángel Navas Oloriz, es propietario de un solar para edificar situado en
el lugar de la Erica, pago del Negrillo con una superficie representada por un polígono
irregular de 843,49 metros cuadrados, según copia de escritura de compraventa efectuada
ante el Notario doña María del Rosario García-Valdecasas y García-Valdecasas el día 21 de
agosto de 1990, de la cual se acompaña copia y se adjunta al presente documento.
Por su parte este Ayuntamiento es dueño del colegio Virgen de la Cabeza, que linda en su
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parte trasera con la calle Negrillo en el tramo actualmente inejecutado.
Segundo.-Que a este Ayuntamiento interesa urbanizar el tramo de la Calle Negrillo
pendiente de ejecución y grafiado en las Normas Subsidiaras de Planeamiento vigentes, a
fin de asegurar la conexión rodada y peatonal de la calle Martínez Falero con calle Ruiz
Hueso a través de la calle Negrillo permitiendo una conexión de la trama urbana en la zona,
con los beneficios que para el interés general ello conlleva.
Asimismo interesa al Sr. Navas Oloriz poder materializar el aprovechamiento asignado por
el Planeamiento vigente, sobre el solar de su propiedad sito en la citada calle.
Por todo cuanto antecede, ambas partes muestran su conformidad al asunto, por lo que
suscriben el presente documento, quedando obligadas bajo las siguientes:
Cláusulas:
Primero.-La satisfacción de las pretensiones de ambas partes conlleva la ejecución de las
correspondientes obras de urbanización incluida la ejecución del vial de aproximadamente
100 Metros, con un ancho de 5 metros, dotándolo de los correspondientes servicios
urbanísticos y en la forma y con las calidades e infraestructuras que defina el Proyecto de
Urbanización que se redacte, con las condiciones técnicas que fueran necesarias a criterio
de este Ayuntamiento y con un Presupuesto de Ejecución Material de 150.210,00 euros,
todo ello según se establece en el informe técnico de valoración y planimetría adjuntos al
presente, redactados por los Servicios Técnicos Municipales y que forman parte integrante
del mismo.
Segundo.-En base al referido coste de ejecución material ambas partes se comprometen a
la asunción del gasto resultante de la ejecución material de citado vial, en proporción a los
metros lineales de fachada todo ello según se refleja en la documentación técnica anexa al
presente convenio.
Tercero.-El plazo de ejecución del mencionado vial y su infraestructura será de un año a
contar desde la fecha del acuerdo de aprobación del proyecto de obra ordinaria de
urbanización.
Cuarto.-El Sr. Navas Olóriz habrá de satisfacer el importe del coste total resultante de la
ejecución del vial en proporción a los metros lineales de fachada de su propiedad según
estime conveniente:
a. En metálico, a la finalización en conformidad de dicho vial.
b. En especie, entregando al Ayuntamiento un bien inmueble del valor de la parte del vial
(que corresponda a don Miguel Ángel Navas, una vez ejecutado éste a satisfacción de las
partes.
Quinto.-El Ayuntamiento de Cazorla a fin de no causar perjuicio a la propiedad podrá otorgar
licencia de obras y en su caso permitir la ejecución de la edificación de forma simultánea a
la urbanización y siempre que no suponga un menoscabo en su ejecución.
Sexto.-Asimismo, el Sr. Navas se obliga con la firma de este convenio a realizar y ejecutar
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un proyecto de acondicionamiento y mejora de espacios libres y zonas verdes del entorno
(Colegio Virgen de la Cabeza, Parque del Santo Cristo…), las cuáles vienen señaladas en la
planimetría adjunta, por importe de treinta y seis mil euros (36.000,00 euros) debiéndose
aprobar éste previamente por el Ayuntamiento.
Séptimo.-El Ayuntamiento de Cazorla se obliga a tramitar y aprobar el presente convenio,
así como a su posterior inscripción, depósito y publicación, en los términos previstos por la
normativa de aplicación.
Octava.-La eficacia del presente Convenio queda sometida a las siguientes condiciones
suspensivas, a su aprobación por la Junta de Gobierno Local de Cazorla. Asimismo
mantendrá su vigencia hasta la consecución de sus fines.
Leído el presente convenio, y en prueba de conformidad lo firman ambas partes, por
duplicado ejemplar, en el lugar y fecha reseñados al principio, elevándose a la Junta de
Gobierno Local del Excmo. Ayuntamiento de Cazorla para su ratificación.”
Lo que se hace público para general conocimiento.
Cazorla, a 12 de Junio de 2012.- El Alcalde-Presidente, ANTONIO JOSÉ RODRÍGUEZ VIÑAS.