La Superintendencia de Competencia finalizó el estudio de condiciones de competencia de los servicios de transporte aéreo de pasajeros en El Salvador, y ha emitido importantes recomendaciones para impulsar la competencia en ese mercado. La institución identificó escasa competencia y barreras que podrían estar limitando la entrada de nuevos competidores.
El abogado de los Arrieta se queja ante la embajada de España por la presenci...
C.33-13 SC emite recomendaciones para mejorar competencia de transporte aéreo de pasajeros
1. COMUNICADO DE PRENSA
C. 33-13
Antiguo Cuscatlán, 16 de diciembre de 2013.
SC emite recomendaciones para mejorar
competencia de transporte aéreo de pasajeros
La Superintendencia de Competencia finalizó el estudio de condiciones de competencia de los servicios
de transporte aéreo de pasajeros en El Salvador, y ha emitido importantes recomendaciones para
impulsar la competencia en ese mercado. La institución identificó escasa competencia y barreras que
podrían estar limitando la entrada de nuevos competidores.
“Las recomendaciones
son aportes para el
trabajo
interinstitucional. Se
trata de modificar las
condiciones que
podrían estar
restringiendo la
competencia en este
mercado
y con ello afectando a
los consumidores
salvadoreños”, informó
Francisco Díaz
Rodríguez,
Superintendente de
Competencia.
La Superintendencia de Competencia finalizó el análisis de competencia en el
mercado de transporte aéreo de pasajeros, concluyendo con recomendaciones
dirigidas a instituciones gubernamentales, orientadas a mejorar las condiciones de
competencia en este mercado. El estudio comprende once años, de 2000 a 2011.
En el Aeropuerto Internacional de El Salvador (AIES) se ofrecen 27 rutas; el
análisis permitió comprobar la existencia de mercados con escasa competencia.
De 14 rutas analizadas, que representan en conjunto el 60% del total de tráfico de
pasajeros, en 11 de ellas existe un agente con posición dominante, mientras que 7
son ofrecidas por un máximo de tres aerolíneas. Los destinos ES- Washington, ES
- Atlanta, ES - San Francisco y las rutas desde ES hacia los países
centroamericanos con excepción de Panamá, son rutas monopólicas.
La Superintendencia tomó como insumo el Estudio de Condiciones de
Competencia de Transporte Aéreo de Pasajeros en El Salvador elaborado a
solicitud de la institución por la firma mexicana ADHOC Consultores & Asociados
S.C., y realizó un análisis jurídico y económico complementario enriquecido con el
acervo de diversos estudios empíricos internacionales y la consulta de las
experiencias de Brasil, Chile y México.
A partir de lo anterior, el Consejo Directivo de la Superintendencia ha formulado numerosas recomendaciones
de política pública. Las principales de ellas son:
1. Crear una política de asignación de slots, considerando criterios favorables al ingreso de nuevos
competidores. Los slots son “ventanas de horarios” para el despegue y aterrizaje de los aviones, constituyen un
insumo crítico para las operaciones de transporte aéreo y, por lo mismo, una de las barreras de entrada más
importantes. Actualmente no existe una política de asignación de slots en el Aeropuerto Internacional de El
Salvador (AIES), La falta de certeza en los criterios de asignación podría inhibir la entrada de nuevos
participantes en el mercado.
2. Crear un control previo por parte de la AAC, previa opinión vinculante de la SC, sobre códigos
compartidos y alianzas estratégicas, con el fin de evitar los efectos negativos que podrían tener estos
sobre la competencia en rutas locales. Los códigos compartidos y alianzas internacionales, implican
diferentes niveles de coordinación de operaciones para las aerolíneas afiliadas a los programas. Dependiendo
2. de los alcances de los programas, pueden generarse problemas de competencia en términos de la coordinación
que efectúan las líneas aéreas participantes.
3. Limitar integración vertical entre el AIES y las aerolíneas, con el fin de disminuir riesgos de cierre de
mercado. En caso que se efectúe una ampliación del AIES con inversión de una línea aérea, es fundamental
evitar la influencia de la línea aérea concesionaria en las decisiones aeroportuarias importantes, como el acceso
de otras líneas y el establecimiento de tarifas. En caso de darse tal integración, deberán establecerse reglas
que aseguren la igualdad del trato entre el operador concesionario y el resto de líneas aéreas.
4. Promover la creación de un mercado común centroamericano así:
a) Negociando un acuerdo multilateral de cielos abiertos entre los seis países de Centroamérica
concediéndose de la 1ª a la 7ª libertad del aire, permitiendo designaciones múltiples de líneas aéreas sin
restricciones de capacidad o nacionalidad de origen del capital de las empresas.
b) Negociando (o renegociando) en común, acuerdos de iguales características entre los países de
Centroamérica y terceros países.
Esto aseguraría que una aerolínea establecida en cualquier país de Centroamérica pueda operar cualquier ruta
regional, ya sea de forma directa o por conexión, y que el mercado centroamericano se abra a las operaciones
de aerolíneas designadas por un tercer país con el que exista un acuerdo de cielos abiertos.
5. Renegociar acuerdos bilaterales (en busca de los “cielos abiertos”).
Es preciso renegociar diversos acuerdos bilaterales sobre navegación aérea vigentes entre El Salvador y
otros países, ampliándolos hasta el otorgamiento de la novena libertad aérea. De igual manera, en algunos
acuerdos deben eliminarse las restricciones relacionadas con los puntos geográficos de los diferentes países
desde los cuales a la fecha no se pueden operar vuelos, y las relacionadas a la cantidad de frecuencias de
vuelo que pueden ser otorgadas. Estas disposiciones deben tomarse en cuenta en futuros acuerdos. Lo
anterior generaría mayores posibilidades de establecer nuevas rutas, conexiones y horarios convenientes que
incrementan el bienestar de los consumidores.
6. Otras reformas relevantes al marco normativo regulatorio:
a) Ley Orgánica de Aviación Civil. (1) Eliminar la cancelación total o de ruta a una línea aérea como
sanciones por conductas anticompetitivas (lo que es una “medicina peor que la enfermedad”),
sustituyéndola por las sanciones propias de la Ley de Competencia. (2) Eliminar la audiencia pública del
procedimiento de autorización del permiso de operación de las aerolíneas, con el fin de evitar posibles
retrasos en el ingreso de competidores, sustituyéndola por mayores facultades de requerimiento de la
AAC.
b) Ley Orgánica de la Comisión Ejecutiva Portuaria Autónoma. Ampliar adecuadamente a la navegación
aérea esta Ley que, actualmente, se refiere a la navegación marítima y a los ferrocarriles, y sólo por
interpretación auténtica a la navegación aérea.
Aspectos metodológicos y otros hallazgos relevantes:
El estudio incluyó el análisis de información cuantitativa y cualitativa para el período del 2000 al 2011,
recopilada mediante entrevistas directas y requerimientos de información a agentes económicos e instituciones
públicas encargadas de la supervisión y regulación de esta actividad.
3. Algunos de los factores que motivaron la realización del estudio fueron la percepción generalizada de altos
1
2
precios de los boletos, en particular para vuelos dentro de la región centroamericana ; la identificación de una
estructura concentrada tanto en rutas regionales como extra-regionales, así como algunos elementos que
pueden configurar importantes barreras de entrada para nuevos competidores.
3
En cuanto a la concentración de mercado, se calcularon índices internacionalmente utilizados de concentración
para 14 rutas específicas, que representan en conjunto el 60% del total de tráfico de pasajeros del AIES. Estas
rutas presentan altos niveles de concentración. Así, por ejemplo, son monopolios rutas como El SalvadorWashington, El Salvador - Atlanta, El Salvador - San Francisco, y todas las rutas desde/hacia El Salvador y los
países centroamericanos, con excepción de Panamá.
Otras rutas como El Salvador - Dallas, El Salvador - Houston y El Salvador - New York son servidos por dos
aerolíneas pero presentan altos niveles de concentración, con un HHI por arriba del 0.75 (Un HHI con valor 1.0
representa un monopolio). Estos niveles implican escasas presiones competitivas para las oferentes y por tanto
la posibilidad de mantener elevados los precios de los boletos aéreos.
Según informó el Superintendente de Competencia “el estudio de Transporte Aéreo de Pasajeros era una deuda
institucional exigida, desde que inició operaciones la Superintendencia, por consumidores, salvadoreños en el
exterior, empresarios, instancias gubernamentales y otros”.
La resolución del Consejo Directivo con los resultados y recomendaciones puede consultarse y descargarse del
enlace: http://www.sc.gob.sv/pages.php?Id=1422
1
Valdés, Víctor Hugo. “Regulación económica de aerolíneas en el Istmo Centroamericano”. CEPAL. 2009. Pag. 48.
Cuevas, Mario. “Las condiciones de competencia en las principales rutas de aerolíneas nacionales e internacionales, y los mercados domésticos
en cada país del Istmo Centroamericano”. CEPAL. 2009.
2
3
Índice de Herfindahl Hirschman (HHI) e Índice de Dominancia (ID).