El artículo 474 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) ha causado controversia porque permite retener datos electrónicos de los usuarios por hasta seis meses sin orden judicial. Aunque la constitución ecuatoriana indica que la información no puede ser examinada sin orden judicial, en la práctica será difícil de garantizar debido a que depende de las medidas de seguridad implementadas por terceras partes. Aunque la asamblea busca combatir los crímenes cibernéticos, no recibió asesoría de expertos en seguridad