El Comisionado Europeo de Pesca aclara en una carta que la propuesta de la Comisión Europea no busca someter a cada pescador recreativo a cuotas o controles como los pescadores profesionales, sino introducir requisitos básicos de autorización y notificación para la pesca recreativa en alta mar de pocas poblaciones en mal estado, y que la mayoría de pescadores no se verán afectados.
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Comunicat 12 ACPR
1. COMUNICAT
URGENT
Comunicat urgent XI
11/05/2009
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A ca b e m d e re br e u n a ca r ta d el Co m issa r i eu ro p eu d e p esca , la m à xim a a u to r ita t e n
m a ter ia d e p e sca d e la Co m issió Eu r o p e a qu e d o n a r esp o sta a le s n o stre s d em a n d e s
en re la ció a la p esca re cr ea t iva a m b u n a p r esa d e p o sició m o lt a cla r id o ra d e la n o stra
situ a ció .
A continuació teniu la reproducció de la carta que ens omple de raó i reconeixement.
JO E B O R G
MEMBER OF THE EUROPEAN COMMISSION
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Bruselas, 30 de abril de 2009
Muy Sres. Nuestros:
Les escribimos sobre un asunto de interés para todas las personas que practican pesca
de caña recreativa en Europa.
Como ya saben, la pesca de recreo se aborda en nuestra propuesta sobre el control futu-
ro de las actividades pesqueras en las aguas comunitarias.
Durante los últimos meses he recibido numerosas cartas de ministerios federales y regio-
nales, de diputados del Parlamento Europeo y de Parlamentos nacionales, de asociaciones de
pescadores de caña y de los mismos pescadores de caña en las que se hacen preguntas muy
concretas sobre la clase de actividades contemplada en el nuevo Reglamento.
Estas preguntas se han planteado a raíz de que los pocos artículos del Reglamento
Propuesto referidos a la pesca recreativa están redactados de forma general y podrían dar pie
a malentendidos e ideas falsas, debido a que, como suele ocurrir con este tipo de propuestas,
los detalles y los parámetros exactos se fijan durante las negociaciones en el seno del Consejo
de Ministros.
Así pues, deseo aclarar la cuestión y explicar públicamente los hechos una vez más.
Nuestra propuesta no persigue someter a cada pescador aficionado a las cuotas o controles de
pesca que se aplican a los pescadores profesionales. Proponemos simplemente introducir algu-
nos requisitos básicos relativos a las autorizaciones y la notificación en relación con la pesca
2. recreativa llevada a cabo en alta mar cuyo objeto es un número muy limitado de poblaciones
bien definidas y que se encuentran biológicamente en mal estado, las llamadas poblaciones de
recuperación.
Al considerar las repercusiones prácticas de nuestra propuesta, es importante observar
que, en la actualidad, solo hay dos especies de peces objeto de la pesca de recreo y sujetas a
los planes de recuperación correspondientes, el atún rojo y el bacalao. Por supuesto, en la pesca
de recreo también se capturan lubinas, salmones y peces de otras muchas especies, pero nin-
guna de ellas está sujeta a planes de recuperación y no entran, pues, en el ámbito de aplica-
ción de la propuesta de control. Por lo tanto, la inmensa mayoría de los pescadores no se verá
afectada en absoluto por nuestra propuesta.
Me gustaría también señalar que, tras el debate celebrado sobre el tema en el
Parlamento Europeo el 21 de Abril y la presentación de determinadas enmiendas, apoyaría
delimitar más las disposiciones proponiendo que el Comité Científico, Técnico y Económica de
la Pesca (CCTEP) asesore a los Estados miembros pertinentes y a la Comisión sobre qué tipos
de pesca de recreo repercuten de forma importante en las poblaciones de recuperación.
Los Estados miembros decidirán entonces a cuánto equivale una repercusión importan-
te en cada población de peces de recuperación tras recibir ese asesoramiento del CCTEP.
Además, tengo que hacer hincapié en que el pescador de recreo no se verá afectado
necesariamente por la propuesta, aun si pesca una de las llamadas poblaciones de recupera-
ción en las que la pesca de recreo tenga una repercusión importante. Si un pescador captura
una pequeña cantidad de bacalao, por ejemplo, para su consumo privado, no entrará en el
2
ámbito de aplicación del reglamento de control. Los detalles relativos a lo que constituye la
definición de “pequeña cantidad” se establecerán caso por caso, dependiendo de las especies
capturas, y estoy dispuesto a proponer su inclusión en el acto de ejecución apropiado.
Evidentemente, la cifra que se fijará no será la misma para el bacalao y para el atún rojo.
Como es sabido, existen muchas normas nacionales en vigor sobre la pesca de recreo. En
la mayoría de los Estados miembros se prevén ya las autorizaciones y la notificación de las cap-
turas, aunque las normas difieran según los Estados miembros. La Comisión espera, por lo
tanto, que su propuesta contribuya a la amortización de esas normas, haga más coherente su
aplicación y se garantice la obtención de datos igualmente exactos sobre este tipo de pesca
independientemente de donde se practique. Al hacerlo, perseguimos un buen equilibrio entre
la obtención de información sobre el impacto de la pesca recreativa en las poblaciones de recu-
peración, por una parte, y la garantía de que no se agobia con requisitos burocráticos a los
pescadores de caña cuyas capturas no tienen una incidencia importante o que capturan indi-
vidualmente pequeñas cantidades, por otra parte.
Espero sinceramente haber podido aclarar todos los extremos que por los que se ha reca-
bado mi atención durante los últimos meses en lo que respecta a la pesca de recreo.
Reciban un atento saludo,
JOE BORG
European Comission, B- 1049 BRUSSELS