Este comunicado proporciona información sobre la temporada de pesca del atún rojo en España. Se abre la temporada el 16 de junio y cierra el 14 de octubre. La Confederación Española de Pesca Marítima de Recreo Responsable ha recurrido la orden ministerial que prohíbe la pesca del atún rojo. El comunicado también incluye recomendaciones para los pescadores recreativos sobre cuotas de captura y declaración de capturas durante la temporada.
1. COMUNICADO
URGENTE
Nº 14
2 de Julio de 2009
Ap. de Correus 37056 08080 BarcelonaNº 4Fax Contestador 902 120 298
• Tel. 18 de Junio de 2009 www.acpr.cat
ESPECIAL ATÚN ROJO
El día 16 de Junio se abre la temporada de pesca
y se puede pescar hasta el 14 de Octubre
La veda es una recomendación de I.C.C.A.T. para todos los pescadores de los países
miembros, aunque cada flota tenga unas fechas de aplicación distintas.
Esta veda sólo afecta al atún rojo.
EL 18 DE JUNIO LA CONFEDERACIÓN ESPAÑOLA DE PESCA MARÍTIMA
DE RECREO RESPONSABLE RECURRE LA ORDEN MINISTERIAL
Según la legislación vigente: la Orden ARM/956/2009, la resolución del Director General
del 18 de abril 2009 y la resolución del Director General del 21 de mayo 2009, en esta tem-
porada sólo estamos autorizados a practicar la pesca sin muerte. No obstante, si “acciden-
talmente” muere la captura, la podemos desembarcar y llevarla a casa, sin olvidar que es
preciso hacer la declaración de captura correspondiente preferentemente a través de su Aso-
ciación, como hemos hecho en años anteriores.
Debemos recordar que ICATT recomienda que cada estado miembro establezca una cuota
para la pesca recreativa, recomendando una sola captura por día, naturalmente de más de 30 kg.
Al respecto, cabe recordar la carta del Comisario Europeo Joe Borg, publicada recientemente.
El 18 de Junio, apurando los plazos la CONFEDERACIÓN ESPAÑOLA DE PESCA MA-
RÍTIMA DE RECREO RESPONSABLE presenta recurso contencioso administrativo a la
Orden ARM/956/2009.
Este recurso debe entenderse como una reclamación de derechos de pesca no res-
petados.
No representa disconformidad con las recomendaciones ICCAT, no representa que no
estemos conformes con la protección de la especie, no representa enfrentamiento con la
Secretaría General del Mar, no obstante la Confederación Española de Pesca Marítima de
Recreo Responsable no puede aceptar la anulación unilateral de unos derechos de pesca.
Ello además crearía un precedente negativo para la defensa del derecho de captura de
cualquiera de las especies objetivo de la Pesca de Recreo
2. RECOMENDACIONES:
• Disponer de la Autorización para la pesca de especies de Protección Diferenciada, cono-
cida popularmente por Anexo III.
• Respetar la veda. No pescar antes del 15 de Junio ni después del 15 de Octubre.
• Los días de pesca autorizados no llegar a puerto con más de un atún a bordo y asegurarse
de que cumpla la medida mínima de 30 kg o 115 cm.
• Hacer declaración de las capturas, en los días siguientes a la misma, preferentemente a tra-
vés de las ASOCIACIONES DE PESCA RECREATIVA RESPONSABLE.
• Colaborar en los eventos de marcaje y avistamientos de medusas cercanos a vuestros
puertos base, con las ASOCIACIONES DE PESCA RECREATIVA RESPONSABLE.
• Mentalizarse de que será muy difícil incluso después del periodo de recuperación que ter-
mina en el 2011, mejorar estas condiciones, por lo que conviene ir asumiendo actitudes de
captura y suelta, marcajes y otras colaboraciones científicas como fórmulas de diversificar la
actividad y modificar comportamientos históricos insostenibles.
Hay pescadores a los que les cuesta entender la situación delicada en la que nos encontra-
mos; estamos defendiendo los derechos de pesca del sector recreativo dentro de un con-
texto general de reducción de las capacidades de pesca europea en general y española en
particular.
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