La duración máxima de la jornada laboral es de 40 horas a la semana o 9 horas al día, con descansos mínimos de 15 minutos entre jornadas y 1 día y medio a la semana. El trabajo nocturno está permitido entre las 10pm y 6am con límites en las horas. Se permiten horas extras voluntarias o por fuerza mayor con compensaciones económicas o en tiempo de descanso. Los trabajadores tienen derecho a permisos retribuidos por motivos familiares o públicos y a un mínimo de 30 días de vacaciones anuales.