Este documento describe tres opciones para la incorporación de condenados en establecimientos abiertos o secciones independientes basadas en el principio de autodisciplina, incluyendo la posibilidad de obtener salidas transitorias del establecimiento y la incorporación al régimen de semilibertad. También menciona factores como causas pendientes, conducta y consejo correccional que se deben considerar para la concesión de estos beneficios.