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Departamento de Asuntos Políticos
 División de Asistencia Electoral

  Estándares de Actuación en la
  Observación Electoral Doméstica




        Managua, 26 de setiembre de 2012

                                           1
Resolución de la Asamblea General A/RES/45/150


 Fortalecimiento de la eficacia del principio de la
celebración de elecciones auténticas y periódicas:




   “Afirma el valor de la asistencia electoral que se proporciona a petición de
    los Estados Miembros, en el contexto de su soberanía;”


   “Considera que la comunidad internacional debe seguir perfeccionando los
    medios necesarios para que las Naciones Unidas atiendan a las solicitudes
    de los Estados Miembros que tratan de promover y reforzar sus instituciones
    y procedimientos electorales;”




                                                                                   2
Principales funciones de la Division de
              Asistencia Electoral
La división de Asistencia Electoral (EAD, por sus siglas en ingles),
   fue creada en 1992 para ayudar al punto focal a:

   Asegurar consistencia en el procesamiento de solicitudes de
    asistencia y en la implementación de proyectos de asistencia
    electoral
   Coordinar la asistencia electoral en el sistema de Naciones
    Unidas
   Mantener la memoria institucional en asistencia electoral de la
    organización
   Mantener un listado internacional de expertos electorales
   Mantener enlaces con otras agencias internacionales,
    regionales e intergubernamentales involucradas en elecciones.




                                                                       3
Restricciones legales para la asistencia electoral de
     Naciones Unidas resolución 47/130 (Feb. 1993)

                 Principios de soberanía nacional y de no injerencia
                  en los asuntos de ningún estado.

                 No hay un sistema político único ni modelo único
                  de proceso electoral.

                 Los sistemas políticos y los procesos electorales
                  se ven afectados por factores históricos, políticos,
                  culturales y religiosos.

                 No hay un proceso universal para que las
                  Naciones Unidas ofrezcan asistencia electoral




                                                                         4
Tipos de asistencia electoral de las
                 Naciones Unidas

Asistencia experta en:

       Marco legal
       Planeación de Operaciones
       Registro de votantes
       Difusión al publico
       Logística
       Entrenamiento




                                               5
Problemas y retos de la asistencia
                  electoral
   Elecciones son “técnicas”, no “políticas”
   Sostenibilidad y costo de elecciones
   Las elecciones son un gran negocio
   La asistencia electoral es impulsada por donantes/patrocinadores
   Coordinación
   Elecciones como un “remedio milagroso” a crisis políticas
   Elecciones y conflictos
   Las elecciones no garantizan la transformación democrática




                                                                       6
Valores Universales
   En numerosas convenciones, declaraciones y resoluciones
    internacionales de derechos humanos se han reiterado los principios
    básicos de derechos humanos enunciados por primera vez en la
    Declaración Universal de Derechos Humanos, como su universalidad,
    interdependencia e indivisibilidad, la igualdad y la no discriminación, y el
    hecho de que los derechos humanos vienen acompañados de derechos y
    obligaciones por parte de los responsables y los titulares de éstos. En la
    actualidad, todos los Estados Miembros de las Naciones Unidas han
    ratificado al menos uno de los nueve tratados internacionales básicos de
    derechos humanos, y el 80% de ellos ha ratificado al menos cuatro de
    ellos, lo que constituye una expresión concreta de la universalidad de la
    DUDH y del conjunto de los derechos humanos internacionales




                                                                                   7
¿Cómo protege el derecho internacional
          los derechos humanos?
   El derecho internacional de derechos humanos establece las obligaciones que
    deben cumplir los Estados. Al pasar a formar parte de tratados internacionales,
    los Estados asumen deberes y obligaciones en virtud del derecho
    internacional, y se comprometen a respetar, proteger y promover los derechos
    humanos. La obligación de respetar supone que los Estados deben
    abstenerse de restringir los derechos humanos o de interferir en su realización.
    La obligación de proteger exige que los Estados protejan a las personas o
    grupos de personas de las violaciones de los derechos humanos. La
    obligación de promover significa que los Estados deben adoptar medidas
    positivas para facilitar la realización de los derechos humanos básicos.

   A través de la ratificación de los tratados internacionales de derechos
    humanos, los gobiernos se comprometen a poner en práctica medidas y leyes
    nacionales compatibles con los deberes y obligaciones inherentes a esos
    tratados. En consecuencia, el sistema jurídico interno proporciona la principal
    protección jurídica de los derechos humanos garantizados por el derecho
    internacional. Cuando los procedimientos jurídicos nacionales no solucionan
    las violaciones de derechos humanos, existen mecanismos y procedimientos a
    escala regional e internacional para atender las denuncias individuales y de
    grupo, con miras a velar por que se respeten, apliquen y hagan cumplir a
    escala local las normas internacionales en materia de derechos humanos.
                                                                                 8
¿Por qué observar elecciones?
1.   La comunidad internacional ha puesto gran énfasis en la promoción de elecciones democráticas como
     base de la estabilidad. Como resultado, los estados miembros se han comprometido a invitar
     observadores internacionales; en reconocimiento a que la observación electoral puede jugar un papel
     muy importante para mejorar la confianza en los procesos electorales.
2.   El envío de observadores electorales ofrece un sustento al proceso democrático y ayuda a que se
     logre el objetivo de conducir elecciones genuinas de acuerdo con los compromisos internacionales.
3.   Las elecciones son una celebración de derechos humanos y, mas específicamente, derechos civiles y
     políticos; la observación electoral por lo tanto contribuye a la promoción y protección de estos
     derechos.
4.   Una elección genuina es una competición política que toma lugar en un ambiente caracterizado por
     confianza, transparencia y responsabilidad que provee a los votantes con una opción informada entre
     distintas alternativas políticas.
5.    Una elección democrática genuina supone el respeto por la libertad de expresión y de medios, libertad
     de asociación, asamblea y movimiento; seguimiento de las leyes, el derecho a establecer partidos
     políticos y competir por un puesto publico; no discriminación e igualdad de derechos para todos los
     ciudadanos, y otros derechos humanos fundamentales que los estados participantes se han
     comprometido a proteger y promover.
6.   La observación electoral mejora el nivel de responsabilidad y transparencia; aumentando la confianza
     nacional e internacional en el proceso. La mera presencia de observadores internacionales, de
     manera individual, no debe ser considerada para agregar legitimidad o credibilidad al proceso. Sin
     embargo, la presencia de observadores es un indicador de que el proceso amerita ser observado; son
     las conclusiones de los observadores sobre el proceso, basados en metodologías internacionalmente
     aceptadas.

                                                                                                          9
La Observación Electoral en contexto
   La expansión de las actividades de observación electoral en las últimas
    dos décadas está directamente relacionada con las tendencias globales
    hacia la democratización. La observación electoral, por lo tanto, es una
    actividad que principalmente ha sido empleada para apoyar a las nuevas
    democracias y a los países en transición a la democracia.
   Aunque el enfoque de la observación electoral se ha enfocado en nuevas
    democracias y países en transición, las democracias avanzadas también
    se pueden beneficiar de la observación y la evaluación por parte de
    expertos internacionales. Por supuesto, siguiendo los principios de
    igualdad de los estados soberanos.
   La observación electoral es una actividad civil. Sin embargo, es posible
    que la observación electoral suceda en situaciones posteriores a un
    conflicto, en estas condiciones es necesario el establecimiento de un
    ambiente de seguridad adecuado para los observadores y expertos
    electorales.


                                                                           10
Uso de la Ley Internacional para evaluar
                    elecciones
   En los últimos 50 años, y particularmente desde el fin de la guerra fría, los retos de la
    democratización y las elecciones democráticas han llamado la atención de las relaciones
    internacionales. Por un lado, ahora hay un consenso más amplio en que las elecciones
    democráticas genuinas son esenciales para el establecimiento de una autoridad de gobierno
    legítima y para permitir a los ciudadanos asignar responsabilidades a sus gobiernos. Por otro
    lado, la experiencia empírica revela un patrón irregular de desarrollo democrático a través del
    mundo, con muchos países obteniendo sólo mejoras marginales.
   Al mismo tiempo, se ha dado un crecimiento en la práctica de la observación electoral
    internacional, con la proliferación de organizaciones de observación y el surgimiento gradual
    de una comunidad de observadores electorales profesionales. Mientras estos grupos
    generalmente usan estrategias compatibles – mencionadas como “estándares internacionales”
     - no hay un conjunto común de estándares internacionales para evaluar las elecciones.
   En los años más recientes, ha habido un progreso muy importante en el desarrollo de las
    bases para un estándar común, con importantes aportaciones desde diferentes perspectivas.
    Primero, un gran número de libros han evolucionado el concepto de la democracia y sus
    dimensiones claves, y han intentado desarrollar indicadores para medir la calidad de la
    democracia. Estos escritos proveen mucha riqueza teórica en sus propuestas, y todos ellos
    incluyen las elecciones como un elemento clave del concepto más amplio que es la
    democracia, pero también refleja un debate inconcluso acerca de los límites en su definición
    de un concepto tan complejo y multifacético como la democracia.


                                                                                                 11
Uso de la Ley Internacional para evaluar
                     elecciones
   Una segunda área de investigación se concentra más detalladamente en elecciones y/o en la
    observación electoral, incluyendo análisis críticos de observación electoral así como en los
    métodos de observación electoral y los criterios de evaluación. De manera conjunta, estos
    trabajos ofrecen críticas útiles para el trabajo de observadores, ayudando a identificar los
    desafíos y retos más importantes que se enfrentan en el campo, en particular la necesidad por
    el mejoramiento continuo de las metodologías de observación y en la articulación de
    estándares comunes y claros para evaluar las elecciones.
   Finalmente, un tercer grupo de escritos se enfocan en la ley pública internacional (PIL),
    particularmente las leyes internacionales de derechos humanos, y su conexión con las
    elecciones democráticas. Varios estudiosos en este grupo han introducido nuevos argumentos
    a favor de la observación electoral dentro del marco legal. Al mismo tiempo, las publicaciones
    de un gran número de organizaciones observadores han hecho avances importantes en este
    aspecto, demostrando un creciente enfoque en los métodos de observación que hacen
    referencia a la ley pública internacional y/o los derechos humanos.
   A pesar del trabajo realizado en esta dirección l los grupos de observadores electorales no han
    desarrollado un marco de observación basado en la Ley Pública Internacional:
         Primero, la mayor parte de los observadores electorales no están familiarizados con la
          Ley Pública Internacional y no saben como usarla en la observación.
         Segundo, existe una falta de comunicación entre la democracia y la comunidad de
          elecciones con la comunidad de los derechos humanos, al grado que no es fácil
          reconocer los puntos en los que las agendas se traslapan.
         Tercero, la tarea de construir un marco detallado para la Ley Pública Internacional con
          repecto al proceso electoral es una tarea tediosa que requiere mucho tiempo y esfuerzo. 12
Uso de la Ley Internacional para evaluar
                    elecciones
   ¿Porque desarrollar estándares ahora?
   El reconocimiento de problemas surge de la falta de un estándar común para evaluar las
    elecciones, las principales organizaciones de observación internacional han comenzado a
    atender este reto. En Octubre 2005, después de algunos años de consulta, 22 organizaciones
    se reunieron en las Naciones Unidas y avalaron la Declaración de Principios para la
    Observación Electoral Internacional y el Código de Conducta de los Observadores Electorales.
   La ratificación de estos documentos fue un paso muy importante en la profesionalización del la
    observación electoral, y ayudo a catalizar el surgimiento de la comunidad global de
    profesionales de la observación electoral que se reúnen con regularidad. La declaración y el
    código are son ampliamente reconocidos no sólo por proveer directrices sino como
    documentos en los que se sustenta el proceso de distribución de información y resolución de
    problemas.
   A través de la declaración, los grupos de observadores han establecido una definición común
    de la observación electoral internacional. Además, la Declaración provee directrices con
    respecto a los parámetros de las misiones de observación de elecciones creíbles, como el
    tamaño, duración y alcance de la misión. También define las condiciones necesarias para que
    la misión de observación sea útil, incluyendo que el país garantice el acceso a personas claves
    y a información electoral, libertad de movimiento y facilidades para que los observadores
    hagan públicas sus conclusiones. El código de conducta define los estándares de conducta
    profesional que los observadores deben aceptar antes de empezar una misión.

                                                                                                13
Uso de la Ley Internacional para evaluar
                    elecciones
   Aunque la Declaración de Principios traza los estándares generales para observación
    profesional de elecciones, no pretende establecer un “estándar internacional único” ni redefinir
    “las elecciones democráticas genuinas”. Muchas de las organizaciones ratificantes,
    especialmente aquellas con fuertes lazos a las organizaciones intergubernamentales no
    estuvieron completamente de acuerdo con el hecho de que la declaración incluyera asuntos
    relacionados con los “estándares electorales” o con los criterios de evaluación porque estas
    referencias levantan dudas susceptibles con respecto a la naturaleza de la legitimidad
    democrática y aspectos de soberanía. Debido a esto, los ratificantes se han limitado a
    mencionar sólo los principios generales de observación.
   A pesar de estas preocupaciones, sí estuvieron de acuerdo en armonizar las metodologías.
    Incluso, en las más recientes reuniones anuales de los ratificantes de la Declaración, la
    revisión de los métodos de observación y los criterios de evaluación han sido temas
    importantes en la agenda.




                                                                                                  14
Uso de la Ley Internacional para evaluar
               elecciones




                                       15
Uso de la Ley Internacional para evaluar
               elecciones




                                       16
Organizaciones ratificantes de los Principios de
    Observación Electoral y Código de Conducta de los
              Observadores Internacionales
   African Union*                                        Electoral Reform International Services (ERIS)*
   Arab Democracy Foundation (ADF)                       European Commission*
   Asian Network for Free Elections (ANFREL)*            European Network of Election Monitoring
   Association of Central and Eastern European            Organizations (ENEMO)*
    Election Officials (ACEEEO)                           European Parliament
   Canadian Association of Former                        European Parliament Former Members
    Parliamentarians (CAFP)
                                                           Association (FMA)
   The Carter Center*                                    International Center of Analytical Monitoring of
   Center for Electoral Promotion and Assistance          Political and Election Processes (ICAM)
    (CAPEL)*                                              International Election Monitors Institute (IEMI)
   Committee of the Regions of the European Union        International Expert Center for Electoral Systems
   Commonwealth Secretariat*                              (ICES)
   The Congress of Local and Regional Authorities        International Foundation for Electoral Systems
    of the Council of Europe                               (IFES)*
   Council of the European Union                         International IDEA*
   Council of Europe European Commission for             International Organization of the Francophonie
    Democracy through Law (Venice Commission)*             (OIF)
   Democracy International (DI)                          International Republican Institute (IRI)*
   Democracy Reporting International (DRI)               Inter-Parliamentary Union (IPU)*
   Economic Community of West African States             National Democratic Institute (NDI)*
    (ECOWAS)                                              Organization of American States (OAS)*
   Electoral Institute for Sustainable Democracy in      Organization for Security and Cooperation in
    Africa (EISA)*
                                                           Europe, Office of Democratic Institutions and
                                                           Human Rights (OSCE/ODIHR)*                       17
                                                                                                           17
Organizaciones ratificantes de los Principios de
     Observación Electoral y Código de Conducta de los
               Observadores Internacionales
    Pacific Islands, Australia & New Zealand
     Electoral Administrators’ Association (PIANZEA)*
    Pacific Islands Forum*
    Pan-African Parliament
    Parliamentary Assembly of the Council of Europe
     (PACE)*
    Southern African Development Community
     Parliamentary Forum (SADC-PF)*
    Sustainable Development Group International
     (SDGI)
    United Nations Secretariat*
    United States Association of Former Members of
     Congress (USAFMC)*

*Original Endorsers of the Declaration at the United
     Nations on October 27, 2005.




                                                         18
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                          19

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Declaración de Principios | Ana María Tello | UAE/ONU

  • 1. Departamento de Asuntos Políticos División de Asistencia Electoral Estándares de Actuación en la Observación Electoral Doméstica Managua, 26 de setiembre de 2012 1
  • 2. Resolución de la Asamblea General A/RES/45/150 Fortalecimiento de la eficacia del principio de la celebración de elecciones auténticas y periódicas:  “Afirma el valor de la asistencia electoral que se proporciona a petición de los Estados Miembros, en el contexto de su soberanía;”  “Considera que la comunidad internacional debe seguir perfeccionando los medios necesarios para que las Naciones Unidas atiendan a las solicitudes de los Estados Miembros que tratan de promover y reforzar sus instituciones y procedimientos electorales;” 2
  • 3. Principales funciones de la Division de Asistencia Electoral La división de Asistencia Electoral (EAD, por sus siglas en ingles), fue creada en 1992 para ayudar al punto focal a:  Asegurar consistencia en el procesamiento de solicitudes de asistencia y en la implementación de proyectos de asistencia electoral  Coordinar la asistencia electoral en el sistema de Naciones Unidas  Mantener la memoria institucional en asistencia electoral de la organización  Mantener un listado internacional de expertos electorales  Mantener enlaces con otras agencias internacionales, regionales e intergubernamentales involucradas en elecciones. 3
  • 4. Restricciones legales para la asistencia electoral de Naciones Unidas resolución 47/130 (Feb. 1993)  Principios de soberanía nacional y de no injerencia en los asuntos de ningún estado.  No hay un sistema político único ni modelo único de proceso electoral.  Los sistemas políticos y los procesos electorales se ven afectados por factores históricos, políticos, culturales y religiosos.  No hay un proceso universal para que las Naciones Unidas ofrezcan asistencia electoral 4
  • 5. Tipos de asistencia electoral de las Naciones Unidas Asistencia experta en:  Marco legal  Planeación de Operaciones  Registro de votantes  Difusión al publico  Logística  Entrenamiento 5
  • 6. Problemas y retos de la asistencia electoral  Elecciones son “técnicas”, no “políticas”  Sostenibilidad y costo de elecciones  Las elecciones son un gran negocio  La asistencia electoral es impulsada por donantes/patrocinadores  Coordinación  Elecciones como un “remedio milagroso” a crisis políticas  Elecciones y conflictos  Las elecciones no garantizan la transformación democrática 6
  • 7. Valores Universales  En numerosas convenciones, declaraciones y resoluciones internacionales de derechos humanos se han reiterado los principios básicos de derechos humanos enunciados por primera vez en la Declaración Universal de Derechos Humanos, como su universalidad, interdependencia e indivisibilidad, la igualdad y la no discriminación, y el hecho de que los derechos humanos vienen acompañados de derechos y obligaciones por parte de los responsables y los titulares de éstos. En la actualidad, todos los Estados Miembros de las Naciones Unidas han ratificado al menos uno de los nueve tratados internacionales básicos de derechos humanos, y el 80% de ellos ha ratificado al menos cuatro de ellos, lo que constituye una expresión concreta de la universalidad de la DUDH y del conjunto de los derechos humanos internacionales 7
  • 8. ¿Cómo protege el derecho internacional los derechos humanos?  El derecho internacional de derechos humanos establece las obligaciones que deben cumplir los Estados. Al pasar a formar parte de tratados internacionales, los Estados asumen deberes y obligaciones en virtud del derecho internacional, y se comprometen a respetar, proteger y promover los derechos humanos. La obligación de respetar supone que los Estados deben abstenerse de restringir los derechos humanos o de interferir en su realización. La obligación de proteger exige que los Estados protejan a las personas o grupos de personas de las violaciones de los derechos humanos. La obligación de promover significa que los Estados deben adoptar medidas positivas para facilitar la realización de los derechos humanos básicos.  A través de la ratificación de los tratados internacionales de derechos humanos, los gobiernos se comprometen a poner en práctica medidas y leyes nacionales compatibles con los deberes y obligaciones inherentes a esos tratados. En consecuencia, el sistema jurídico interno proporciona la principal protección jurídica de los derechos humanos garantizados por el derecho internacional. Cuando los procedimientos jurídicos nacionales no solucionan las violaciones de derechos humanos, existen mecanismos y procedimientos a escala regional e internacional para atender las denuncias individuales y de grupo, con miras a velar por que se respeten, apliquen y hagan cumplir a escala local las normas internacionales en materia de derechos humanos. 8
  • 9. ¿Por qué observar elecciones? 1. La comunidad internacional ha puesto gran énfasis en la promoción de elecciones democráticas como base de la estabilidad. Como resultado, los estados miembros se han comprometido a invitar observadores internacionales; en reconocimiento a que la observación electoral puede jugar un papel muy importante para mejorar la confianza en los procesos electorales. 2. El envío de observadores electorales ofrece un sustento al proceso democrático y ayuda a que se logre el objetivo de conducir elecciones genuinas de acuerdo con los compromisos internacionales. 3. Las elecciones son una celebración de derechos humanos y, mas específicamente, derechos civiles y políticos; la observación electoral por lo tanto contribuye a la promoción y protección de estos derechos. 4. Una elección genuina es una competición política que toma lugar en un ambiente caracterizado por confianza, transparencia y responsabilidad que provee a los votantes con una opción informada entre distintas alternativas políticas. 5. Una elección democrática genuina supone el respeto por la libertad de expresión y de medios, libertad de asociación, asamblea y movimiento; seguimiento de las leyes, el derecho a establecer partidos políticos y competir por un puesto publico; no discriminación e igualdad de derechos para todos los ciudadanos, y otros derechos humanos fundamentales que los estados participantes se han comprometido a proteger y promover. 6. La observación electoral mejora el nivel de responsabilidad y transparencia; aumentando la confianza nacional e internacional en el proceso. La mera presencia de observadores internacionales, de manera individual, no debe ser considerada para agregar legitimidad o credibilidad al proceso. Sin embargo, la presencia de observadores es un indicador de que el proceso amerita ser observado; son las conclusiones de los observadores sobre el proceso, basados en metodologías internacionalmente aceptadas. 9
  • 10. La Observación Electoral en contexto  La expansión de las actividades de observación electoral en las últimas dos décadas está directamente relacionada con las tendencias globales hacia la democratización. La observación electoral, por lo tanto, es una actividad que principalmente ha sido empleada para apoyar a las nuevas democracias y a los países en transición a la democracia.  Aunque el enfoque de la observación electoral se ha enfocado en nuevas democracias y países en transición, las democracias avanzadas también se pueden beneficiar de la observación y la evaluación por parte de expertos internacionales. Por supuesto, siguiendo los principios de igualdad de los estados soberanos.  La observación electoral es una actividad civil. Sin embargo, es posible que la observación electoral suceda en situaciones posteriores a un conflicto, en estas condiciones es necesario el establecimiento de un ambiente de seguridad adecuado para los observadores y expertos electorales. 10
  • 11. Uso de la Ley Internacional para evaluar elecciones  En los últimos 50 años, y particularmente desde el fin de la guerra fría, los retos de la democratización y las elecciones democráticas han llamado la atención de las relaciones internacionales. Por un lado, ahora hay un consenso más amplio en que las elecciones democráticas genuinas son esenciales para el establecimiento de una autoridad de gobierno legítima y para permitir a los ciudadanos asignar responsabilidades a sus gobiernos. Por otro lado, la experiencia empírica revela un patrón irregular de desarrollo democrático a través del mundo, con muchos países obteniendo sólo mejoras marginales.  Al mismo tiempo, se ha dado un crecimiento en la práctica de la observación electoral internacional, con la proliferación de organizaciones de observación y el surgimiento gradual de una comunidad de observadores electorales profesionales. Mientras estos grupos generalmente usan estrategias compatibles – mencionadas como “estándares internacionales” - no hay un conjunto común de estándares internacionales para evaluar las elecciones.  En los años más recientes, ha habido un progreso muy importante en el desarrollo de las bases para un estándar común, con importantes aportaciones desde diferentes perspectivas. Primero, un gran número de libros han evolucionado el concepto de la democracia y sus dimensiones claves, y han intentado desarrollar indicadores para medir la calidad de la democracia. Estos escritos proveen mucha riqueza teórica en sus propuestas, y todos ellos incluyen las elecciones como un elemento clave del concepto más amplio que es la democracia, pero también refleja un debate inconcluso acerca de los límites en su definición de un concepto tan complejo y multifacético como la democracia. 11
  • 12. Uso de la Ley Internacional para evaluar elecciones  Una segunda área de investigación se concentra más detalladamente en elecciones y/o en la observación electoral, incluyendo análisis críticos de observación electoral así como en los métodos de observación electoral y los criterios de evaluación. De manera conjunta, estos trabajos ofrecen críticas útiles para el trabajo de observadores, ayudando a identificar los desafíos y retos más importantes que se enfrentan en el campo, en particular la necesidad por el mejoramiento continuo de las metodologías de observación y en la articulación de estándares comunes y claros para evaluar las elecciones.  Finalmente, un tercer grupo de escritos se enfocan en la ley pública internacional (PIL), particularmente las leyes internacionales de derechos humanos, y su conexión con las elecciones democráticas. Varios estudiosos en este grupo han introducido nuevos argumentos a favor de la observación electoral dentro del marco legal. Al mismo tiempo, las publicaciones de un gran número de organizaciones observadores han hecho avances importantes en este aspecto, demostrando un creciente enfoque en los métodos de observación que hacen referencia a la ley pública internacional y/o los derechos humanos.  A pesar del trabajo realizado en esta dirección l los grupos de observadores electorales no han desarrollado un marco de observación basado en la Ley Pública Internacional:  Primero, la mayor parte de los observadores electorales no están familiarizados con la Ley Pública Internacional y no saben como usarla en la observación.  Segundo, existe una falta de comunicación entre la democracia y la comunidad de elecciones con la comunidad de los derechos humanos, al grado que no es fácil reconocer los puntos en los que las agendas se traslapan.  Tercero, la tarea de construir un marco detallado para la Ley Pública Internacional con repecto al proceso electoral es una tarea tediosa que requiere mucho tiempo y esfuerzo. 12
  • 13. Uso de la Ley Internacional para evaluar elecciones  ¿Porque desarrollar estándares ahora?  El reconocimiento de problemas surge de la falta de un estándar común para evaluar las elecciones, las principales organizaciones de observación internacional han comenzado a atender este reto. En Octubre 2005, después de algunos años de consulta, 22 organizaciones se reunieron en las Naciones Unidas y avalaron la Declaración de Principios para la Observación Electoral Internacional y el Código de Conducta de los Observadores Electorales.  La ratificación de estos documentos fue un paso muy importante en la profesionalización del la observación electoral, y ayudo a catalizar el surgimiento de la comunidad global de profesionales de la observación electoral que se reúnen con regularidad. La declaración y el código are son ampliamente reconocidos no sólo por proveer directrices sino como documentos en los que se sustenta el proceso de distribución de información y resolución de problemas.  A través de la declaración, los grupos de observadores han establecido una definición común de la observación electoral internacional. Además, la Declaración provee directrices con respecto a los parámetros de las misiones de observación de elecciones creíbles, como el tamaño, duración y alcance de la misión. También define las condiciones necesarias para que la misión de observación sea útil, incluyendo que el país garantice el acceso a personas claves y a información electoral, libertad de movimiento y facilidades para que los observadores hagan públicas sus conclusiones. El código de conducta define los estándares de conducta profesional que los observadores deben aceptar antes de empezar una misión. 13
  • 14. Uso de la Ley Internacional para evaluar elecciones  Aunque la Declaración de Principios traza los estándares generales para observación profesional de elecciones, no pretende establecer un “estándar internacional único” ni redefinir “las elecciones democráticas genuinas”. Muchas de las organizaciones ratificantes, especialmente aquellas con fuertes lazos a las organizaciones intergubernamentales no estuvieron completamente de acuerdo con el hecho de que la declaración incluyera asuntos relacionados con los “estándares electorales” o con los criterios de evaluación porque estas referencias levantan dudas susceptibles con respecto a la naturaleza de la legitimidad democrática y aspectos de soberanía. Debido a esto, los ratificantes se han limitado a mencionar sólo los principios generales de observación.  A pesar de estas preocupaciones, sí estuvieron de acuerdo en armonizar las metodologías. Incluso, en las más recientes reuniones anuales de los ratificantes de la Declaración, la revisión de los métodos de observación y los criterios de evaluación han sido temas importantes en la agenda. 14
  • 15. Uso de la Ley Internacional para evaluar elecciones 15
  • 16. Uso de la Ley Internacional para evaluar elecciones 16
  • 17. Organizaciones ratificantes de los Principios de Observación Electoral y Código de Conducta de los Observadores Internacionales  African Union*  Electoral Reform International Services (ERIS)*  Arab Democracy Foundation (ADF)  European Commission*  Asian Network for Free Elections (ANFREL)*  European Network of Election Monitoring  Association of Central and Eastern European Organizations (ENEMO)* Election Officials (ACEEEO)  European Parliament  Canadian Association of Former  European Parliament Former Members Parliamentarians (CAFP) Association (FMA)  The Carter Center*  International Center of Analytical Monitoring of  Center for Electoral Promotion and Assistance Political and Election Processes (ICAM) (CAPEL)*  International Election Monitors Institute (IEMI)  Committee of the Regions of the European Union  International Expert Center for Electoral Systems  Commonwealth Secretariat* (ICES)  The Congress of Local and Regional Authorities  International Foundation for Electoral Systems of the Council of Europe (IFES)*  Council of the European Union  International IDEA*  Council of Europe European Commission for  International Organization of the Francophonie Democracy through Law (Venice Commission)* (OIF)  Democracy International (DI)  International Republican Institute (IRI)*  Democracy Reporting International (DRI)  Inter-Parliamentary Union (IPU)*  Economic Community of West African States  National Democratic Institute (NDI)* (ECOWAS)  Organization of American States (OAS)*  Electoral Institute for Sustainable Democracy in  Organization for Security and Cooperation in Africa (EISA)* Europe, Office of Democratic Institutions and Human Rights (OSCE/ODIHR)* 17 17
  • 18. Organizaciones ratificantes de los Principios de Observación Electoral y Código de Conducta de los Observadores Internacionales  Pacific Islands, Australia & New Zealand Electoral Administrators’ Association (PIANZEA)*  Pacific Islands Forum*  Pan-African Parliament  Parliamentary Assembly of the Council of Europe (PACE)*  Southern African Development Community Parliamentary Forum (SADC-PF)*  Sustainable Development Group International (SDGI)  United Nations Secretariat*  United States Association of Former Members of Congress (USAFMC)* *Original Endorsers of the Declaration at the United Nations on October 27, 2005. 18
  • 19. ¡Gracias! ¿Preguntas? 19