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24/8/22, 10:55 Cuando es hora de declarar
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Lo que hay que hacer
Regresar al proceso de exportación
Los Usuarios altamente exportadores
Las personas jurídicas que realicen importaciones, exportaciones y tránsitos aduaneros, que
individualmente no superen el valor FOB de US$ 1.000
Las personas naturales que realicen importaciones, exportaciones y tránsitos aduaneros, que
individualmente no superen el valor FOB de US$ 1.000
Los viajeros, en los despachos de sus equipajes en los regímenes de importación y exportación
La Administración Postal Nacional y los intermediarios inscritos ante la DIAN, en la modalidad de
tráfico postal y envíos urgentes, en los regímenes de importación y exportación, para realizar los
trámites de recepción y entrega, presentación de declaraciones consolidadas de pago y para el pago de
tributos aduaneros
Los turistas en la importación temporal de vehículos para turismo

Los consignatarios de las entregas urgentes que ingresen como auxilios para damnificados de
catástrofes o siniestros
La Nación, las entidades territoriales y las entidades descentralizadas, para las importaciones,
exportaciones y tránsitos aduaneros de mercancías consignadas o endosadas a dichas entidades
Los agentes diplomáticos, consulares y los organismos internacionales acreditados en el país y los
diplomáticos colombianos que regresan al término de su misión
Las empresas transportadoras que se encuentren debidamente inscritas y autorizadas ante la DIAN
para las operaciones de cabotaje
Las empresas transportadoras o la persona que según el documento de transporte tenga derecho
sobre la mercancía para las operaciones de trasbordo
Dentro de un proceso de exportación, todo declarante tiene varios trámites que hacer y documentos
que preparar a la hora de exportar.

Su primera función es presentar la solicitud de autorización de embarque y los documentos soportes
de la exportación ante la administración de Aduana con jurisdicción donde se encuentre la mercancía,
esta debe entrar a zona primaria para su inspección, si es necesario.

Una vez procede el embarque y el transportador transmite la información del manifiesto de carga con
la relación de las mercancías, el declarante procede a imprimir y firmar la declaración de exportación
(DEX) y entregarla a la Aduana.

Finalmente el declarante puede modificar la declaración de exportación, si es necesario y en los casos
autorizados por el estatuto aduanero nacional.

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