Este documento establece normas para contravenciones náutico-deportivas en Argentina. Se crean reglas de procedimiento para faltas relacionadas con actividades náuticas. Se define la jurisdicción y competencia de prefectos navales para instruir casos y aplicar sanciones como multas, suspensión de licencias o cancelación de habilitaciones. El proceso será oral y se garantiza el derecho de defensa de los acusados.
Este documento regula la jurisdicción marítima de Panamá, creando Tribunales Marítimos de primera instancia y un Tribunal de Apelaciones Marítimas de segunda instancia. Detalla los requisitos y procedimientos para los juicios marítimos, incluyendo la presentación de demandas, contestaciones, excepciones y apelaciones.
Este documento presenta el Código Procesal Penal de la provincia de Formosa, Argentina. Incluye disposiciones generales sobre garantías fundamentales, interpretación de la ley, acciones que nacen del delito como la acción penal y civil, el juez y su jurisdicción. Define la competencia de los tribunales en razón de la materia, territorio y conexión de causas. Establece normas sobre determinación de competencia, declaración de incompetencia y efectos de ésta.
Este documento presenta un proyecto de ley para establecer un nuevo Código Contravencional para la provincia de Mendoza. El proyecto contiene tres libros con disposiciones generales, definiciones de contravenciones específicas, y el procedimiento contravencional. El Código establece sanciones como arresto, multa, trabajo comunitario, decomiso, inhabilitación, clausura y obligaciones de conducta.
Este documento resume las 12 Tablas de la antigua Roma. Establece reglas sobre procedimientos judiciales, capacidad legal, defensa propia contra ladrones, castigos para esclavos y menores ladrones, robo de árboles, transacciones sobre robos, y la no usucapión de cosas robadas.
La ley declara de interés público la mediación para resolver conflictos de forma no adversativa y desjudicializada. Establece la mediación obligatoria previa a iniciar un proceso judicial, excepto en algunos casos específicos. Crea un registro de mediadores a cargo del Ministerio de Justicia y establece los requisitos y el procedimiento de mediación. El acuerdo alcanzado en mediación podrá homologarse en ciertos casos y tendrá fuerza de sentencia ejecutable si es protocolizado en el registro.
Este documento presenta un resumen de los artículos iniciales del Código Penal de Argentina. Establece que el código se aplica a delitos cometidos en territorio argentino o por agentes argentinos en el extranjero. Define que siempre se aplicará la ley más benigna, ya sea la vigente al momento del delito o la dictada posteriormente. Finalmente, describe las diferentes penas que establece como reclusión, prisión, multa e inhabilitación y los lugares donde se cumplirán.
-Procedimiento Especial contra el Presidente de la República
-Procedimientos de los Delitos de Accion dependiente de Instancia de Parte Agravada
-Procedimiento para Reparacion de Daños e Indemnización de Perjuicios
Este documento presenta el Código Procesal Penal de la provincia de Santa Cruz, Argentina. Fue aprobado por decreto del gobernador el 18 de diciembre de 1996 y ordena en un texto único la normativa vigente que constituye el Código Procesal Penal de la provincia. Establece disposiciones generales sobre garantías fundamentales, interpretación y aplicación de la ley, acciones que nacen del delito, el juez, competencia y otros aspectos procesales.
Este documento regula la jurisdicción marítima de Panamá, creando Tribunales Marítimos de primera instancia y un Tribunal de Apelaciones Marítimas de segunda instancia. Detalla los requisitos y procedimientos para los juicios marítimos, incluyendo la presentación de demandas, contestaciones, excepciones y apelaciones.
Este documento presenta el Código Procesal Penal de la provincia de Formosa, Argentina. Incluye disposiciones generales sobre garantías fundamentales, interpretación de la ley, acciones que nacen del delito como la acción penal y civil, el juez y su jurisdicción. Define la competencia de los tribunales en razón de la materia, territorio y conexión de causas. Establece normas sobre determinación de competencia, declaración de incompetencia y efectos de ésta.
Este documento presenta un proyecto de ley para establecer un nuevo Código Contravencional para la provincia de Mendoza. El proyecto contiene tres libros con disposiciones generales, definiciones de contravenciones específicas, y el procedimiento contravencional. El Código establece sanciones como arresto, multa, trabajo comunitario, decomiso, inhabilitación, clausura y obligaciones de conducta.
Este documento resume las 12 Tablas de la antigua Roma. Establece reglas sobre procedimientos judiciales, capacidad legal, defensa propia contra ladrones, castigos para esclavos y menores ladrones, robo de árboles, transacciones sobre robos, y la no usucapión de cosas robadas.
La ley declara de interés público la mediación para resolver conflictos de forma no adversativa y desjudicializada. Establece la mediación obligatoria previa a iniciar un proceso judicial, excepto en algunos casos específicos. Crea un registro de mediadores a cargo del Ministerio de Justicia y establece los requisitos y el procedimiento de mediación. El acuerdo alcanzado en mediación podrá homologarse en ciertos casos y tendrá fuerza de sentencia ejecutable si es protocolizado en el registro.
Este documento presenta un resumen de los artículos iniciales del Código Penal de Argentina. Establece que el código se aplica a delitos cometidos en territorio argentino o por agentes argentinos en el extranjero. Define que siempre se aplicará la ley más benigna, ya sea la vigente al momento del delito o la dictada posteriormente. Finalmente, describe las diferentes penas que establece como reclusión, prisión, multa e inhabilitación y los lugares donde se cumplirán.
-Procedimiento Especial contra el Presidente de la República
-Procedimientos de los Delitos de Accion dependiente de Instancia de Parte Agravada
-Procedimiento para Reparacion de Daños e Indemnización de Perjuicios
Este documento presenta el Código Procesal Penal de la provincia de Santa Cruz, Argentina. Fue aprobado por decreto del gobernador el 18 de diciembre de 1996 y ordena en un texto único la normativa vigente que constituye el Código Procesal Penal de la provincia. Establece disposiciones generales sobre garantías fundamentales, interpretación y aplicación de la ley, acciones que nacen del delito, el juez, competencia y otros aspectos procesales.
El documento describe las rutas de aplicación de la amnistía, el indulto y los tratamientos penales especiales a los integrantes de las FARC-EP de acuerdo con el Acuerdo de Paz y la legislación colombiana. Explica los pasos para aplicar la amnistía de iure a aquellos sin procesos y para solicitar la preclusión a los que tienen procesos abiertos, siempre que cumplan con el proceso de dejación de armas en las zonas de normalización. También detalla el procedimiento para solicitar el indulto de acuer
Este documento presenta las disposiciones generales del Código Procesal Penal de la provincia de Jujuy. Establece garantías constitucionales como el juicio previo, juez natural y principio de inocencia. Indica que la interpretación de la ley será restrictiva cuando limite libertades o conferencias de poderes, y prohíbe ampliar analogías legales en contra del imputado. Regula el ejercicio de las acciones penal, civil y privada, así como cuestiones prejudiciales y competencia jurisdiccional.
El documento trata sobre varios artículos de la Ley de Amparo Mexicana. Establece que el amparo puede presentarse contra actos que pongan en peligro la vida o libertad de una persona. También permite que otra persona presente el amparo en nombre del afectado si este no puede hacerlo. Define la competencia de los jueces de distrito y de primera instancia para conocer casos de amparo. Finalmente, indica que el amparo no procede contra actos ya consumados de manera irreversible o emanados de procedimientos judiciales o administrativos.
El documento habla sobre las contravenciones de tránsito y el procedimiento para juzgarlas. Indica que las contravenciones pueden ser detectadas electrónicamente y que el original del parte policial será elevado al juez, quien juzgará sumariamente en una audiencia donde dará al contraventor el derecho a la defensa e impondrá las sanciones correspondientes.
Este documento presenta el Código Procesal Penal de la provincia de Entre Ríos. Establece las garantías constitucionales de los acusados, la aplicación temporal de las leyes procesales penales y los principios de interpretación restrictiva e in dubio pro reo. Además, define la naturaleza pública de la acción penal, las competencias del Ministerio Público, los Jueces y Tribunales en materia penal.
Este documento presenta los procedimientos legales para el desalojo de viviendas y locales comerciales en Venezuela. Detalla los causales para el desalojo de viviendas como dejar de pagar el alquiler, usar la propiedad para fines indebidos o dañarla. Explica que antes de una demanda judicial se debe seguir un procedimiento administrativo de conciliación ante la Superintendencia Nacional de Arrendamiento. También presenta los principios del proceso judicial oral como la publicidad y oficiosidad y especifica que las demandas de desalojo se sustanciarán conforme a la
Jurisdiccion y competencia de los tribunales nacionalesMax Torri
Este documento establece la jurisdicción y competencia de los tribunales nacionales de Argentina. Asigna competencia a la Corte Suprema de Justicia Nacional y a los Jueces Nacionales de Sección para conocer causas civiles y criminales entre provincias, entre provincias y extranjeros, y aquellas relacionadas con asuntos marítimos, aduaneros y otros asuntos federales. También requiere que las autoridades provinciales auxilien en el cumplimiento de las decisiones de los tribunales nacionales.
Presentación en el marco de la Ley para la Regularización y Control de los Arrendamientos de Vivienda .
Gaceta Oficial extraordinaria N° 6.503 del 12-Nov-2.011
Gracias por compartir este documento. Tengo una pregunta sobre el artículo 7: ¿qué tipo de actividades de acondicionamiento físico se permiten según este artículo y por cuánto tiempo?
Código procesal penal de la prov de bs asMalu Falsetti
Este documento presenta el Código Procesal Penal de la Provincia de Buenos Aires. Establece disposiciones generales como garantías fundamentales, interpretación y aplicación de la ley. Define la jurisdicción de los diferentes organismos como la Suprema Corte de Justicia, el Tribunal de Casación, las Cámaras de Garantías, los Tribunales en lo Criminal y los jueces de diferentes instancias. También determina las reglas para establecer la competencia por materia y territorio.
Proyecto de ley jxj Chubut 2014 - artículos a modificardpptrelew
Este documento propone varias enmiendas al Código Procesal Penal de la provincia de Chubut, Argentina relacionadas con los juicios por jurado. Algunas de las enmiendas propuestas incluyen aclarar la competencia territorial de los tribunales, establecer que los jurados valoran la prueba según su leal saber y entender, y modificar los procedimientos para la selección e integración de los jurados.
Este documento es una ley aprobada por la Asamblea Legislativa de El Salvador para combatir el crimen organizado y los delitos de realización compleja. La ley establece tribunales especializados para juzgar estos delitos y procedimientos de investigación especiales. También define crimen organizado y delitos de realización compleja, y establece penas para la conspiración y proposición de cometer estos delitos.
Este documento describe los crímenes y delitos contra la seguridad interior y exterior del estado según el Código Penal de la República Dominicana. Incluye artículos que definen actos como tomar las armas contra la República, ponerse de acuerdo con estados extranjeros para emprender guerra contra el país, ocultar espías enemigos, y entregar planos confidenciales al enemigo, los cuales se castigan con penas de prisión de hasta 30 años. También habla sobre la clasificación de las infracciones en delitos y cr
Este documento presenta el Código de Procedimientos Penales para el Estado de Baja California. Establece los principios fundamentales como la presunción de inocencia, el derecho a la defensa y la prohibición de confesiones forzadas. También define la competencia de los órganos jurisdiccionales penales y los principios de legalidad, defensa, acción penal y doble juzgamiento.
Este documento presenta un resumen del Código Penal de Venezuela. Establece las disposiciones generales sobre delitos, personas responsables y penas. Define delitos y faltas, y establece que las leyes penales tienen efecto retroactivo si benefician al acusado. También describe las personas y casos sujetos a enjuiciamiento en Venezuela, incluyendo venezolanos y extranjeros por delitos cometidos en el extranjero. Finalmente, clasifica las diferentes penas corporales y no corporales, y sus características.
Este documento presenta extractos del Código Penal de la República Dominicana. Define contravenciones, delitos y crímenes, y establece penas en materia criminal como trabajos públicos, detención y reclusión. También describe penas en materia correccional como destierro, confinamiento y prisión temporal. Explica los efectos de las condenas como degradación cívica e interdicción legal.
Este documento describe el procedimiento administrativo para solicitar el desalojo de un inquilino en Venezuela. Incluye una audiencia de conciliación entre el arrendador y arrendatario ante un funcionario, con el objetivo de llegar a un acuerdo. Si no hay acuerdo, el funcionario emitirá una decisión. El proceso debe agotarse antes de iniciar una demanda judicial por desalojo.
1) El documento describe los procedimientos penales especiales en El Salvador, incluyendo el procedimiento abreviado, el procedimiento en caso de antejuicio, y el procedimiento por faltas. 2) El procedimiento abreviado permite acuerdos entre la fiscalía, el acusado y su defensor sobre una pena reducida si el acusado confiesa los cargos. 3) El procedimiento en caso de antejuicio establece que altos funcionarios como legisladores y jueces son juzgados por tribunales especiales por delitos oficiales.
Matriz tpack para el diseño de actividades.of.napoleon956
Este documento presenta un proyecto llamado "Lectutics" que busca fortalecer los procesos de lectura y escritura en estudiantes de transición y tercer grado a través del uso de las tecnologías de la información y la comunicación (TIC). El proyecto utiliza un enfoque socioconstructivista y metodologías innovadoras mediadas por las TIC para hacer estas actividades más dinámicas y estimular el aprendizaje.
The document outlines 5 common dysfunctions of regional alumni engagement:
1) The Bottleneck - Volunteers rely heavily on staff for simple tasks like sending emails or publishing events.
2) The Horror Show - The chapter roster is full of "zombie" and "rogue" chapters with no events or leadership that do their own thing.
3) The Blackbox - Regional engagement metrics like event attendance and new members are hard to obtain because data is scattered.
4) The Fortress - New volunteers have a difficult time getting involved because there is no clear onboarding process.
5) The Distant Ruler - Communication is typically one-way announcements from the institution to large audiences rather than
Este documento contiene 16 secciones que analizan diferentes aspectos de la geografía de la población en España. Se incluyen mapas y gráficos sobre el crecimiento demográfico, la densidad de población, la transición demográfica, la población económicamente activa por sectores, y el porcentaje de extranjeros en diferentes provincias. Cada sección contiene preguntas sobre cómo interpretar y analizar la información presentada.
El documento describe las rutas de aplicación de la amnistía, el indulto y los tratamientos penales especiales a los integrantes de las FARC-EP de acuerdo con el Acuerdo de Paz y la legislación colombiana. Explica los pasos para aplicar la amnistía de iure a aquellos sin procesos y para solicitar la preclusión a los que tienen procesos abiertos, siempre que cumplan con el proceso de dejación de armas en las zonas de normalización. También detalla el procedimiento para solicitar el indulto de acuer
Este documento presenta las disposiciones generales del Código Procesal Penal de la provincia de Jujuy. Establece garantías constitucionales como el juicio previo, juez natural y principio de inocencia. Indica que la interpretación de la ley será restrictiva cuando limite libertades o conferencias de poderes, y prohíbe ampliar analogías legales en contra del imputado. Regula el ejercicio de las acciones penal, civil y privada, así como cuestiones prejudiciales y competencia jurisdiccional.
El documento trata sobre varios artículos de la Ley de Amparo Mexicana. Establece que el amparo puede presentarse contra actos que pongan en peligro la vida o libertad de una persona. También permite que otra persona presente el amparo en nombre del afectado si este no puede hacerlo. Define la competencia de los jueces de distrito y de primera instancia para conocer casos de amparo. Finalmente, indica que el amparo no procede contra actos ya consumados de manera irreversible o emanados de procedimientos judiciales o administrativos.
El documento habla sobre las contravenciones de tránsito y el procedimiento para juzgarlas. Indica que las contravenciones pueden ser detectadas electrónicamente y que el original del parte policial será elevado al juez, quien juzgará sumariamente en una audiencia donde dará al contraventor el derecho a la defensa e impondrá las sanciones correspondientes.
Este documento presenta el Código Procesal Penal de la provincia de Entre Ríos. Establece las garantías constitucionales de los acusados, la aplicación temporal de las leyes procesales penales y los principios de interpretación restrictiva e in dubio pro reo. Además, define la naturaleza pública de la acción penal, las competencias del Ministerio Público, los Jueces y Tribunales en materia penal.
Este documento presenta los procedimientos legales para el desalojo de viviendas y locales comerciales en Venezuela. Detalla los causales para el desalojo de viviendas como dejar de pagar el alquiler, usar la propiedad para fines indebidos o dañarla. Explica que antes de una demanda judicial se debe seguir un procedimiento administrativo de conciliación ante la Superintendencia Nacional de Arrendamiento. También presenta los principios del proceso judicial oral como la publicidad y oficiosidad y especifica que las demandas de desalojo se sustanciarán conforme a la
Jurisdiccion y competencia de los tribunales nacionalesMax Torri
Este documento establece la jurisdicción y competencia de los tribunales nacionales de Argentina. Asigna competencia a la Corte Suprema de Justicia Nacional y a los Jueces Nacionales de Sección para conocer causas civiles y criminales entre provincias, entre provincias y extranjeros, y aquellas relacionadas con asuntos marítimos, aduaneros y otros asuntos federales. También requiere que las autoridades provinciales auxilien en el cumplimiento de las decisiones de los tribunales nacionales.
Presentación en el marco de la Ley para la Regularización y Control de los Arrendamientos de Vivienda .
Gaceta Oficial extraordinaria N° 6.503 del 12-Nov-2.011
Gracias por compartir este documento. Tengo una pregunta sobre el artículo 7: ¿qué tipo de actividades de acondicionamiento físico se permiten según este artículo y por cuánto tiempo?
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Este documento presenta el Código Procesal Penal de la Provincia de Buenos Aires. Establece disposiciones generales como garantías fundamentales, interpretación y aplicación de la ley. Define la jurisdicción de los diferentes organismos como la Suprema Corte de Justicia, el Tribunal de Casación, las Cámaras de Garantías, los Tribunales en lo Criminal y los jueces de diferentes instancias. También determina las reglas para establecer la competencia por materia y territorio.
Proyecto de ley jxj Chubut 2014 - artículos a modificardpptrelew
Este documento propone varias enmiendas al Código Procesal Penal de la provincia de Chubut, Argentina relacionadas con los juicios por jurado. Algunas de las enmiendas propuestas incluyen aclarar la competencia territorial de los tribunales, establecer que los jurados valoran la prueba según su leal saber y entender, y modificar los procedimientos para la selección e integración de los jurados.
Este documento es una ley aprobada por la Asamblea Legislativa de El Salvador para combatir el crimen organizado y los delitos de realización compleja. La ley establece tribunales especializados para juzgar estos delitos y procedimientos de investigación especiales. También define crimen organizado y delitos de realización compleja, y establece penas para la conspiración y proposición de cometer estos delitos.
Este documento describe los crímenes y delitos contra la seguridad interior y exterior del estado según el Código Penal de la República Dominicana. Incluye artículos que definen actos como tomar las armas contra la República, ponerse de acuerdo con estados extranjeros para emprender guerra contra el país, ocultar espías enemigos, y entregar planos confidenciales al enemigo, los cuales se castigan con penas de prisión de hasta 30 años. También habla sobre la clasificación de las infracciones en delitos y cr
Este documento presenta el Código de Procedimientos Penales para el Estado de Baja California. Establece los principios fundamentales como la presunción de inocencia, el derecho a la defensa y la prohibición de confesiones forzadas. También define la competencia de los órganos jurisdiccionales penales y los principios de legalidad, defensa, acción penal y doble juzgamiento.
Este documento presenta un resumen del Código Penal de Venezuela. Establece las disposiciones generales sobre delitos, personas responsables y penas. Define delitos y faltas, y establece que las leyes penales tienen efecto retroactivo si benefician al acusado. También describe las personas y casos sujetos a enjuiciamiento en Venezuela, incluyendo venezolanos y extranjeros por delitos cometidos en el extranjero. Finalmente, clasifica las diferentes penas corporales y no corporales, y sus características.
Este documento presenta extractos del Código Penal de la República Dominicana. Define contravenciones, delitos y crímenes, y establece penas en materia criminal como trabajos públicos, detención y reclusión. También describe penas en materia correccional como destierro, confinamiento y prisión temporal. Explica los efectos de las condenas como degradación cívica e interdicción legal.
Este documento describe el procedimiento administrativo para solicitar el desalojo de un inquilino en Venezuela. Incluye una audiencia de conciliación entre el arrendador y arrendatario ante un funcionario, con el objetivo de llegar a un acuerdo. Si no hay acuerdo, el funcionario emitirá una decisión. El proceso debe agotarse antes de iniciar una demanda judicial por desalojo.
1) El documento describe los procedimientos penales especiales en El Salvador, incluyendo el procedimiento abreviado, el procedimiento en caso de antejuicio, y el procedimiento por faltas. 2) El procedimiento abreviado permite acuerdos entre la fiscalía, el acusado y su defensor sobre una pena reducida si el acusado confiesa los cargos. 3) El procedimiento en caso de antejuicio establece que altos funcionarios como legisladores y jueces son juzgados por tribunales especiales por delitos oficiales.
Matriz tpack para el diseño de actividades.of.napoleon956
Este documento presenta un proyecto llamado "Lectutics" que busca fortalecer los procesos de lectura y escritura en estudiantes de transición y tercer grado a través del uso de las tecnologías de la información y la comunicación (TIC). El proyecto utiliza un enfoque socioconstructivista y metodologías innovadoras mediadas por las TIC para hacer estas actividades más dinámicas y estimular el aprendizaje.
The document outlines 5 common dysfunctions of regional alumni engagement:
1) The Bottleneck - Volunteers rely heavily on staff for simple tasks like sending emails or publishing events.
2) The Horror Show - The chapter roster is full of "zombie" and "rogue" chapters with no events or leadership that do their own thing.
3) The Blackbox - Regional engagement metrics like event attendance and new members are hard to obtain because data is scattered.
4) The Fortress - New volunteers have a difficult time getting involved because there is no clear onboarding process.
5) The Distant Ruler - Communication is typically one-way announcements from the institution to large audiences rather than
Este documento contiene 16 secciones que analizan diferentes aspectos de la geografía de la población en España. Se incluyen mapas y gráficos sobre el crecimiento demográfico, la densidad de población, la transición demográfica, la población económicamente activa por sectores, y el porcentaje de extranjeros en diferentes provincias. Cada sección contiene preguntas sobre cómo interpretar y analizar la información presentada.
This document provides an overview of cloud computing, including its history, characteristics, types of cloud computing models, architecture, services, storage options, advantages and disadvantages. Specifically, it discusses how cloud computing allows users to access computing resources over the internet, outlines key aspects like public vs private clouds, and notes both benefits such as cost savings and potential issues regarding data security and uptime. It also explores how cloud computing is expected to continue evolving in the future.
The document discusses the transformation of data models. Specifically:
- Data management and exploitation depends on existing information management tools and information science theory.
- To transform the data model, one must consider the form of the information and the needs of the user.
- The goal is to manage and extract information from records in a way that facilitates use and analysis.
El documento describe las principales partes de un sistema computacional, incluyendo dispositivos de entrada (teclado, mouse, escáner), dispositivos de procesamiento (CPU, memoria), dispositivos de almacenamiento (disco duro, CD-ROM, memoria flash), y dispositivos de salida (monitor, impresora, bocina, módem). Explica brevemente la función de cada parte y algunos ejemplos de dispositivos.
Este documento establece el régimen para los serenos de buques en puertos argentinos. Detalla los requisitos para ser inscripto como sereno, incluyendo edad, documentación, certificados médicos y de buena conducta. También describe el proceso de pedido, turno y despacho de serenos, así como sus obligaciones y el uniforme requerido.
La EPOC se caracteriza por un bloqueo persistente del flujo de aire y tiene dos formas principales: bronquitis crónica y enfisema. El enfisema es un trastorno pulmonar que causa un aumento irreversible del tamaño de los espacios aéreos distales y la destrucción de sus paredes. Existen cuatro tipos de enfisema clasificados según su distribución anatómica: centroacinar, panacinar, acinar distal e irregular.
Este powerpoint trata acerca de las diferentes categorías que existen en los torneos internacionales de tenis. Desde los torneos de categoría mas baja (ATP 250) hasta los torneos mas importantes de todo el mundo (Grand Slams)
El documento trata sobre diversos temas relacionados con la fisiología dentomaxilar. Describe el mecanismo del buccinador y su función de proteger el arco dental. Explica conceptos como la deglución somática y visceral, la filogenia, la masticación y sus fases, la fonación, la respiración y la logopedia.
Este documento describe la filosofía educativa de Paulo Freire y su enfoque de la "educación como práctica de la libertad". Aborda temas como la alfabetización de adultos mediante un método dialógico y crítico, la importancia de la concienciación, y el papel de la educación en ayudar a las personas a comprender y transformar su realidad social.
Water is vital for life but scarce in many parts of the world. Pollution from construction waste, litter, and untreated wastewater is contaminating lakes and rivers in Vietnam. While water treatment plants can help mitigate pollution, currently only 25% of industrial parks treat their wastewater before discharging it into rivers. Individual actions like using water filters and conserving water can also help address water issues.
India ranked third in the final medal tally of the recently concluded Asian Games. Kailash Satyarthi campaigned for children's rights and ended child labor. Typhoon Phanfone hit Japan's coast very recently. UAE's Maryam Almenhali won the gold medal in Taekwondo, becoming the first female gold medalist for UAE at the 17th Asian Games. The Ebola virus originated in Africa. Crocodiles carry their young in their mouths. Berlin is the capital of Germany. Former South African leader Nelson Mandela fought against apartheid. The Mars Orbiter Mission spacecraft was launched from Sriharikota in India. India is the largest democracy in the world.
Código de Procedimiento Minero de la Provincia de MendozaRicardo Montacuto
Este documento establece las disposiciones generales para los procedimientos mineros en la provincia de Mendoza, Argentina. Designa a la Dirección de Minería y al Consejo de Minería como la autoridad minera competente. Regula aspectos como la competencia de la autoridad minera, los expedientes mineros, los actos procesales, la representación legal y la conciliación entre partes.
Este documento presenta el código penal de Ecuador. Resume las reformas realizadas al código desde 1959 y establece las disposiciones para la codificación del código penal, incluyendo que se publique en el Registro Oficial para que tenga fuerza obligatoria. Además, define conceptos clave como infracciones, personas responsables, y penas generales de acuerdo con la ley penal ecuatoriana.
Este documento presenta el Código Penal de Ecuador. Resume las resoluciones de la Comisión Jurídica para codificar y publicar el Código Penal, incorporando reformas posteriores. Incluye disposiciones sobre el alcance de la ley penal ecuatoriana, las infracciones y sus circunstancias, como la tentativa, conspiración y defensa propia o de otros.
Este documento contiene disposiciones generales del Código de Procedimientos Penales del Perú. Establece que el proceso penal consta de dos etapas, la instrucción y el juicio. Define la acción penal pública y privada. Determina la competencia de jueces de paz, instructores, tribunales correccionales y la Corte Suprema. También regula cuestiones sobre conexión de delitos y competencia entre jueces.
Este documento presenta el Código Procesal Penal de la Provincia de Buenos Aires. Establece las garantías fundamentales en el proceso penal, como el derecho a ser juzgado por un juez competente, la presunción de inocencia y la prohibición de doble enjuiciamiento. También define las acciones penales, civiles y privadas que surgen de un delito, y establece las competencias de los diferentes órganos jurisdiccionales como la Corte Suprema, el Tribunal de Casación, las Cámaras de Garantías y los jueces
Este documento presenta el procedimiento de hábeas corpus en Argentina. Establece que el hábeas corpus se aplicará cuando se denuncie una limitación o amenaza a la libertad ambulatoria sin orden judicial o una agravación ilegítima de la privación de libertad. Detalla los pasos del procedimiento, incluyendo la presentación de una denuncia, la emisión de una orden para que la autoridad presente al detenido y un informe, y la realización de una audiencia oral para interrogar al detenido y escuchar a las partes.
Este documento presenta el Código de Convivencia Ciudadana de la Provincia de Córdoba, Argentina. Establece las disposiciones generales, incluyendo definiciones, ámbito de aplicación, igualdad, tolerancia y tipos de sanciones. Define las penas principales como trabajo comunitario, multa y arresto, y las penas accesorias como inhabilitación, clausura, decomiso y prohibiciones. También cubre temas como reincidencia, concurrencia de infracciones, asistencia letrada y ejecución condicional de conden
Este documento presenta la Ley de Procedimiento para la Imposición del Arresto o Multa Administrativos. La ley regula el procedimiento para que las autoridades administrativas impongan sanciones como arresto o multas por infracciones a leyes, reglamentos u ordenanzas. El procedimiento garantiza el derecho de audiencia y defensa del supuesto infractor a través de etapas como citación, presentación de pruebas, resolución, y posibilidad de recursos. La ley establece plazos de prescripción para la acción sancionadora y
Este documento presenta extractos del Código Procesal Penal de la provincia de Tucumán, Argentina. Incluye disposiciones sobre la aplicación de la ley, las acciones penales y civiles, los tribunales competentes y excepciones procesales. El código establece las reglas para el ejercicio de la acción penal por el Ministerio Público y la posibilidad de que particulares se constituyan como querellantes. También regula aspectos como la prejudicialidad penal y civil, y excepciones como falta de jurisdicción o competencia.
Este documento presenta el Código Penal para el Estado de Tamaulipas en México. Establece las reglas y principios generales para la aplicación de las leyes penales en el estado, incluyendo disposiciones sobre el ámbito de aplicación espacial, temporal y personal, definiciones de delito, causas que excluyen el delito y la responsabilidad, y tipos de participación penal. El código tiene como objetivo regular el sistema de justicia penal de Tamaulipas de acuerdo con la constitución mexicana.
Este documento presenta el procedimiento de hábeas corpus en Argentina. Establece que cualquier persona puede denunciar cuando se limita o amenaza la libertad ambulatoria sin orden judicial o cuando se agravan ilegítimamente las condiciones de privación de libertad. Describe el proceso de presentar una denuncia, la audiencia oral ante un juez, la decisión del juez, y el derecho a apelar la decisión. El objetivo es proteger el derecho a la libertad personal y garantizar que cualquier privación de libertad sea legítima y respete los derechos humanos.
Este documento presenta el procedimiento de hábeas corpus en Argentina. Establece que cualquier persona puede denunciar cuando su libertad o la de otra persona está siendo limitada ilegalmente por una autoridad pública. Describe el proceso de presentar una denuncia, la emisión de una orden para que la autoridad muestre las razones de la detención, y una audiencia donde la persona detenida puede estar presente con un defensor. El objetivo es proteger el derecho a la libertad de las personas y asegurar que cualquier detención sea legal.
La ley establece un período de transición de hasta 5 años para la implementación progresiva del nuevo Código Procesal Penal en la provincia. Durante este período, las causas existentes se resolverán a través de un Sistema de Conclusión de Causas que incluye mecanismos como el archivo, el juicio abreviado o la suspensión del juicio a prueba. Se crea un Comité de Gestión para supervisar el proceso. Los jueces, fiscales y defensores recibirán capacitación, y al finalizar el
Este documento presenta la Ley 7.166 sobre la acción de amparo en Argentina. Establece que cualquier persona puede iniciar una acción de amparo contra actos u omisiones de autoridades públicas que violen derechos constitucionales. Describe los procedimientos para presentar una demanda, incluyendo los requisitos, plazos muy cortos para las respuestas y decisiones, y el recurso de apelación. El objetivo es proteger rápidamente los derechos fundamentales a través de un proceso sumario.
Este documento presenta las disposiciones generales del Código Procesal Penal de la provincia de Catamarca. Establece garantías constitucionales como el derecho a un debido proceso y la presunción de inocencia. Define las acciones penales públicas y privadas, y los sujetos que pueden ejercer la acción civil. También regula cuestiones como la interpretación de la ley penal, su ámbito de aplicación temporal, y los obstáculos derivados de privilegios constitucionales como el desafuero o antejuicio.
Este documento regula el proceso de amparo en la provincia de Buenos Aires a través de una ley. Establece que el amparo es admisible para proteger los derechos reconocidos en la constitución provincial. Define los requisitos para presentar una demanda de amparo, el proceso que debe seguirse, los plazos aplicables y las apelaciones. El objetivo es garantizar una vía judicial rápida y efectiva para la protección de los derechos individuales y colectivos.
Este documento establece la Ley de Procedimiento Coactivo Fiscal en Bolivia. Resume los principales aspectos del proceso coactivo fiscal como la investigación de oficio por parte del juez, los instrumentos que permiten iniciar una acción como informes de auditoría, y las etapas del proceso incluyendo la notificación al demandado, la presentación de descargos, la apelación y la ejecución de la sentencia a través del embargo y remate de bienes.
Codigo procesal-penal modificacion de los articulos Rbk Vc
Este documento es una ley que reforma parcialmente el Código Orgánico Procesal Penal de Venezuela. Modifica varios artículos relacionados con la autoridad de los jueces, la suspensión condicional del proceso, las atribuciones del Ministerio Público y otros aspectos del proceso penal. El objetivo general es actualizar el marco legal para mejorar el sistema de justicia penal del país.
Este documento presenta un resumen de los principios básicos del Código Penal de Paraguay. Establece los principios de legalidad, reprochabilidad y proporcionalidad que rigen la aplicación de las sanciones penales. También define conceptos clave como hecho punible, sanción, marco penal, y establece las circunstancias en las que se aplica la ley penal paraguaya a hechos ocurridos en el extranjero o cometidos por menores.
Este documento presenta un resumen de los principios básicos del Código Penal de Paraguay. Establece los principios de legalidad, reprochabilidad y proporcionalidad que rigen la aplicación de la ley penal. También define conceptos clave como hecho punible, sanción, participantes, y establece las circunstancias en las que se aplicará la ley penal a hechos ocurridos en el extranjero o por menores.
Diario de Sesiones de la Convención Constituyente - Vigésimo Primera Sesión -...Movimiento C40
En esta sesión de la Constituyente de 1940, comienza la discusión del proyecto constitucional presentado a la Convención.
Se discuten el prologo, artículos 1, 2, 3. Disputa territorial por la Cienaga de Zapata.
Ley y normas del Derecho Penal Unidad III.pptxdylantalvarez40
el archivo habla sobre la ley penal, ley y normal, el principio de legalidad, la interpretación de la ley, los concursos aparentes de las leyes penalesl la validez temporal y espacial y la extradición
Muy buena novela,se trata de una mujer que es ffhjknvvg fgjklkkk jsjsbsbsndnsndndndndn sjjsmsmskzjd s ajam xjsksmiz xbdksnxkosmxjxis sksojsnx s kslsidbd xvdnlsoslsnd sbsklslzjx d sislodjxbx x dbskslskjsbsbsnsnsndndzkkdkdks sjjsmsmskzjd Bienvenido al portapapeles de Gboard; todo texto que copies se guardará aquí.Para pegar un clip en el cuadro de texto, tócalo.Para fijar un clip, manténlo presionado. Después de una hora, se borrarán todos los clips que no estén fijados.Utiliza el ícono de edición para fijar, agregar o borrar cips:vvvb.Muy buena novela,se trata de una mujer que es ffhjknvvg fgjklkkk jsjsbsbsndnsndndndndn sjjsmsmskzjd s ajam xjsksmiz xbdksnxkosmxjxis sksojsnx s kslsidbd xvdnlsoslsnd sbsklslzjx d sislodjxbx x dbskslskjsbsbsnsnsndndzkkdkdks sjjsmsmskzjd Bienvenido al portapapeles de Gboard; todo texto que copies se guardará aquí.Para pegar un clip en el cuadro de texto, tócalo.Para fijar un clip, manténlo presionado. Después de una hora, se borrarán todos los clips que no estén fijados.Utiliza el ícono de edición para fijar, agregar o borrar cips:vvvb.
REPÚBLICA DE CHILE - FALLO TRIBUNAL CONSTITUCIONAL _Sentencia Rol 15.368-24 C...Baker Publishing Company
CONSTITUCIONALIDAD DEL PROYECTO DE LEY
QUE ESTATUYE MEDIDAS PARA PREVENIR, SANCIONAR Y
ERRADICAR LA VIOLENCIA EN CONTRA DE LAS MUJERES, EN
RAZÓN DE SU GÉNERO, CONTENIDO EN EL
BOLETÍN N° 11.077-07
REPÚBLICA DE CHILE - FALLO TRIBUNAL CONSTITUCIONAL _Sentencia Rol 15.368-24 C...
Decreto 1553 cnd
1. Decreto 1553/79
BUENOS AIRES,3 de Julio de 1979
BOLETIN OFICIAL, 11 de Julio de 1979
VISTO y CONSIDERANDO
EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA DECRETA:
Artículo 1.- Apruébanse las normas para las contravenciones náutico - deportivas que
como anexo I, forma parte integrante del presente decreto, el que entrará a regir a partir
de los noventa (90) días de su publicación en el Boletín Oficial.
Artículo 2.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y
archívese.
Normas de Procedimiento para las Contravenciones Náutico
Deportivas Capítulo I – Disposiciones Generales
Artículo 1.- Las disposiciones generales y de procedimiento de esta reglamentación se
aplicarán en las faltas previstas en el título IV, capítulo II del Reginave (Del Régimen de
las Actividades Náutico Deportivas); Capítulo III del dec. 3.714/60 y en todo otro
ordenamiento relacionado con las actividades náutico - deportivas que se establezca en
el futuro.
Artículo 2.- Las normas de procedimiento en lo contravencional del Reginave serán
supletoriamente aplicables en cuanto no se opongan a la presente reglamentación.
Artículo 3.- Nadie puede ser sancionado si no una sola vez por el mismo hecho.
Artículo 4.- En caso de duda deberá estarse siempre a lo que sea más favorable al
imputado.
Artículo 5.- El obrar culposo es suficiente para que una falta sea punible.
Artículo 6.- La tentativa no es punible.
Artículo 7.- Las personas de existencia ideal podrán ser responsabilizadas por las faltas
que cometan sus agentes y personas que actúan en su nombre, sin perjuicio de la
responsabilidad que a éstas pudiera corresponder. Estas reglas serán de aplicación
también a las personas de existencia visible. Las personas de existencia ideal podrán
ser representadas en el juicio de faltas por terceros con poder suficiente.
Artículo 8.- Las sanciones previstas en el presente ordenamiento son apercibimiento,
multa, suspensión y cancelación de la habilitación.
Artículo 9.- Las sanciones se graduarán según las circunstancias, naturaleza y gravedad
de las contravenciones, así como las condiciones personales y los antecedentes del
infractor.
Artículo 10.- Cuando un hecho cayere bajo más de una sanción contravencional, se
aplicará solamente la que fija pena mayor. Cuando ocurrieren varios hechos
independientes reprimidos con una misma especie de sanción, la sanción aplicable
tendrá como mínimo, la menor de la sanción mayor y como máximo la suma resultante
de la acumulación de las sanciones correspondientes a los diversos hechos. Sin
embargo, esta suma no podrá exceder del máximo establecido para la especie de pena
de que se trate. Cuando concurrieren varios hechos independientes reprimidos con
sanciones de distinta naturaleza, se aplicará la sanción más grave, teniendo en cuenta
las contravenciones de sanción menor.
Artículo 11.- Considérase reincidente al que en el ámbito jurisdiccional de una misma
2. prefectura de zona incurra nuevamente en contravención cualquiera sea su naturaleza,
dentro de los siguientes términos:
a) Apercibimiento y multas: Dentro de los noventa (90) días;
b) Suspensión dentro del doble de tiempo de la sanción impuesta;
c) Estos términos se cuentan desde la fecha en que la sanción se encuentra firme.
En caso de reincidencia, la escala sancionatoria se agravará en un cincuenta por ciento
del mínimo y del máximo, la que no podrá exceder del máximo legal de la especie de
pena de que se trata.
Artículo 12.- La acción o la sanción se extinguen:
a) Por la muerte del imputado o sancionado;
b) Por la prescripción.
Artículo 13.- La acción prescribe a los dos años de producido el hecho.
La sanción prescribe a los dos años de notificada la resolución firme condenatoria del
sancionado.
Capítulo II - Jurisdicción y Competencia
Artículo 14.- La jurisdicción será ejercida por el prefecto nacional naval, cuando por la
naturaleza de la contravención correspondiere cancelación de la habilitación del
infractor. La jurisdicción será ejercida por los jefes de prefecturas, subprefecturas y
destacamentos reforzados, cuando por la naturaleza de la contravención correspondiere
suspensión de la habilitación; multa y apercibimiento.
Artículo 15.- Serán competentes para entender en las contravenciones previstas en el
art. 1, los jefes de dependencias en cuyo ámbito jurisdiccional se cometa la
contravención o donde tuviera su asiento la embarcación que haya intervenido en la
contravención.
El prefecto nacional naval resolverá las cuestiones de competencia que se plantean
entre los jefes de prefecturas, subprefecturas y destacamentos reforzados.
La competencia es improrrogable.
Artículo 16.- En todos los casos los jefes de prefecturas, subprefecturas y
destacamentos reforzados serán los funcionarios competentes para la instrucción de las
actuaciones. Cuando se diera la situación prevista en el primer párrafo del art. 14, las
actuaciones deberán ser elevadas al señor prefecto nacional naval para su resolución.
Artículo 17.- Los funcionarios citados en el art. 14 no podrán ser recusados sin causa.
Sólo podrán serlo por las causas enumeradas en el art. 75 del Cód. de Procedimientos
en lo Criminal para la Justicia Federal. Los que se encuentran en algunos de los casos
allí previstos se inhibirán de oficio del conocimiento de la causa respectiva, debiendo
entender en dicha causa el funcionario que le sigue inmediatamente en el orden
jerárquico.
Capítulo III - De los actos iniciales
Artículo 18.- Las contravenciones a que se refiere el art. 1, darán lugar a una acción
pública que será promovida de oficio por la Prefectura Naval Argentina.
Artículo 19.- El personal de la Prefectura Naval Argentina que compruebe una
contravención, labrará de inmediato - en lo posible en presencia del infractor y de
testigos, si los hubiere - un acta qu contendrá:
a) Lugar, fecha y hora de la comisión del hecho u omisión punible:
b) La naturaleza y circunstancias de los hechos y el nombre y/o características de las
embarcaciones o elementos empleados para cometerlos;
c) El nombre y domicilio del imputado, si hubiese sido posible determinarlo.
d) El nombre y domicilio de los testigos, si los hubiere;
e) La disposición legal presuntamente infringida;
f) La firma del funcionario con aclaración de nombre y cargo.
3. Artículo 20.- El personal de la Prefectura Naval Argentina que compruebe la
contravención emplazará al imputado, en su caso y en el mismo acto, para que
comparezca personalmente a la dependencia competente dentro del tercer días hábil de
labrada el acta, bajo apercibimiento de tener por acreditada la contravención, en caso de
incomparecencia injustificada.
En el mismo acto, se entregará al presunto infractor, copia del acta con expresa mención
de dicho emplazamiento. Si ello no fuera posible, se le emplazará en alguna de las
formas previstas en el art. 49, haciéndole conocer copia del acta labrada en oportunidad
de comprobarse la contravención. El plazo para comparecer correrá desde la fecha de la
respectiva notificación.
Sin perjuicio de ello y si lo estimare necesario, el instructor podrá requerir la
comparecencia del infractor con el auxilio de la fuerza pública.
Artículo 21.- Las actas labradas de conformidad con las prescripciones del art. 19 harán
plena fe, salvo prueba fehaciente en contrario, constituyendo en tal supuesto elemento
de juicio bastante para acreditar la culpabilidad del infractor.
Artículo 22.- El acta tendrá, respecto del personal interviniente, el carácter de
declaración testimonial, por lo que la alteración maliciosa de los hechos o de las demás
circunstancias que ella contenga, hará incurrir a su autor en los respectivos delitos del
Código Penal.
Capítulo IV - Del proceso
Artículo 23.- El procedimiento será oral. Sólo por excepción y cuando el instructor lo
considere conveniente, podrá aceptar la presentación de escritos o dejar constancia
escrita de lo actuado.
Esta forma deberá ser admitida en los casos de incompetencia y recusación.
artículo 24:
Artículo 24.- El instructor dará a conocer al imputado los antecedentes contenidos en las
actuaciones y lo oirá personalmente, invitándolo a que haga su defensa en el acto. La
prueba será ofrecida y producida en la misma audiencia. Si ello no fuere posible, el
funcionario podrá disponer la realización de nuevas audiencias. El instructor requerirá
los antecedentes del imputado y otras medidas para mejor proveer. En todos los casos
se dará al imputado la oportunidad de controlar la sustanciación de las pruebas.
Artículo 25.- El instructor desestimará sin más trámite toda prueba que sea
manifiestamente improcedente o inoficiosa. Asimismo podrá desestimar aquellas que
puedan ser sustituidas por otra u otras de más simple o breve sustanciación.
Artículo 26.- No se admitirá en caso alguno la acción de particulares ofendidos como
querellantes.
Artículo 27.- Las declaraciones deberán ser concisas, concretándose al hecho de la
contravención, sin excluir las circunstancias conducentes a la determinación de las
responsabilidades que correspondan.
Artículo 28.- Siempre que para apreciar o conocer algún hecho o circunstancia
pertinente a la causa, fueren necesarios o convenientes conocimientos técnicos o
especiales, la instrucción, de oficio o a pedido del imputado, podrá ordenar un dictamen
pericial mediante la intervención de personal técnico - profesional de la Prefectura.
Artículo 29.- Oído el imputado y sustanciada la prueba alegada en su descargo, el
instructor dictará resolución en el acto o excepcionalmente dentro de los cinco días
hábiles, salvo en los casos en que debe elevar los antecedentes al prefecto nacional
naval.
En este último supuesto, el prefecto nacional naval dictará resolución dentro de los diez
días hábiles de recibida la causa.
4. Artículo 30.- La resolución deberá contener:
a) Lugar y fecha en que se dicta;
b) La constancia de haberse oído al imputado;
c) La evaluación de los antecedentes del imputado;
d) Análisis sintético de las circunstancias de autos y de la prueba producida.
e) Fallo condenatorio o absolutorio respecto a cada uno de los imputados,
individualizándolos;
f) Cita de las disposiciones legales infringidas y de las que fundamentan el fallo;
g) En su caso, orden de secuestro de la licencia o título habilitante del infractor y la
prohibición de navegar respecto de la embarcación utilizada para cometer la infracción.
Artículo 31.- Corresponderá sobreseer en la causa mediante resolución fundada,
cuando:
a) El acta no se ajuste en lo esencial a lo establecido en el art. 19;
b) Los hechos comprobados no constituyan contravención;
c) La prueba producida no sea suficiente para acreditar la contravención;
d) Probada la contravención, no sea posible individualizar el autor o responsable.
En los dos últimos supuestos, el sobreseimiento será provisional.
Artículo 32.- Para tener acreditada la contravención, bastará el íntimo convencimiento
del instructor, fundado en la apreciación de la prueba producida, de acuerdo a las reglas
de la sana crítica.
Capítulo V - De las medidas precautorias
Artículo 33.- El instructor podrá disponer la suspensión preventiva del infractor, en los
siguientes casos:
a) Cuando por la naturaleza de los hechos y/o conducta del imputado, pudiere recaer la
sanción de cancelación de la habilitación;
b) En el caso del art. 37.
Artículo 34.- El instructor podrá decretar la prohibición preventiva de navegar a las
embarcaciones, en los siguientes casos:
a) Falta o insuficiencia de la documentación de abordo, que comprometa la seguridad de
la navegación, de los deportistas náuticos a que sirvan o apoyen y/o terceros.
b) Desobediencia manifiesta a las órdenes emanadas del personal de la Prefectura
referentes al tránsito o navegación;
c) En el caso del art. 37.
Artículo 35.- Dispuesta la suspensión preventiva del infractor, la instrucción la
comunicará a los registros respectivos, para que se tome la nota correspondiente. En su
caso, también se anotará la medida en el documento habilitante del infractor. La
prohibición de navegar será comunicada a las dependencias respectivas de la Prefectura
Naval Argentina, clubes náuticos o guarderías donde tengan su asiento habitual las
embarcaciones afectadas.
Capítulo VI - De la sanción de multa, destino y actualización
Artículo 36.- Consentida o ejecutoriada la resolución que condena al pago de multa, ésta
será oblada por la infractor dentro del tercer día hábil. El pago se efectuará mediante giro
postal o bancario a nombre del prefecto nacional naval - Cuenta especial ítem 819 -
Producidos Varios o bien en dinero efectivo, dejando constancia de ello en las
actuaciones, contra entrega del respectivo recibo al infractor.
Artículo 37.- Vencido el plazo establecido en el artículo anterior y hasta tanto sea oblada
la multa por él o los responsables, el instructor podrá disponer la suspensión provisoria
del infractor y/o la prohibición de navegar de la embarcación con la que se hubiera
cometido la infracción.
5. Artículo 38.- Sin perjuicio de las medidas establecidas en el artículo anterior, vencido el
plazo previsto en el art. 36 sin que se haya oblado la multa, el cobro de ésta se efectuará
mediante el trámite de ejecución fiscal determinado por los arts. 604 y 605 del Cód.
Procesal Civil y Comercial de la Nación. Constituirá título ejecutivo, la pertinente
certificación de deuda expedida por el prefecto nacional naval o por el funcionario que
legítimamente lo reemplace.
Serán competentes los juzgados nacionales de primera instancia en lo
contenciosoadministrativo de la Capital Federal y los juzgados federales con jurisdicción
en el lugar de la comisión de la contravención.
Artículo 39.- (Texto vigente según dec. 125/1981) A los efectos de la aplicación de las
sanciones de multa establecidas en las disposiciones legales prescriptas en el art. 1,
delégase en el comandante en Jefe de la Armada la facultad de actualizar el importe de
los mismos, a partir del 1 de enero y del 1 de julio de cada año, de acuerdo a la variación
del índice de precios al por mayor nivel general, aprobados por el Instituto Nacional de
Estadísticas y Censos, tomando el semestre comprendido por los meses de junio a
noviembre, para la actualización del 1 de junio a noviembre, del 1 de enero y el de
diciembre a mayo para la actualización del 1 de julio.
Artículo 39. — (Texto original) A los efectos de la aplicación de las sanciones de multa
establecidas en las disposiciones legales previstas en el art. 1°, delegase en el Comando
en Jefe de la Armada, la facultad de actualizar el importe de las mismas a partir del día 1
de enero y I de julio de cada año de acuerdo a la variación del Índice general de precios
mayoristas no agropecuarios que establezca el Instituto Nacional de Estadísticas y
Censos para el periodo anterior.
Capítulo VII - De los recursos
Artículo 40.- Podrán interponerse los siguientes recursos:
a) Revocatoria;
b) Jerárquico;
c) De apelación;
d) Queja.
Artículo 41.- Serán inapelables las resoluciones que impongan la sanción de
apercibimiento.
Artículo 42.- De las resoluciones de los jefes de prefecturas, subprefecturas y
destacamentos reforzados, podrá recurrirse por vía jerárquica por ante el prefecto
nacional naval dentro de los tres días de la notificación. Dicho recurso implicará además
el de revocatoria por ante la misma autoridad que dictó el acto impugnado.
Artículo 43.- Contra las resoluciones del prefecto nacional naval dictadas
originariamente o por vía del recurso jerárquico citado, podrá recurrirse en apelación por
ante la Cámara Nacional de Apelaciones en los Federal y Contenciosoadministrativo -
Sala de lo Contenciosoadministrativo -, dentro de los cinco días de la notificación.
Dicho recurso implicará además, en las causas en que el prefecto nacional naval hubiese
dictado resolución originariamente, el recurso de revocatoria por ante su misma
autoridad. En las actuaciones que conozca el prefecto nacional naval por vía de recurso
jerárquico, se pondrán disponer de oficio medidas de mejor proveer, con notificación del
interesado.
El recurso de apelación comprende el de nulidad por defecto de la resolución.
Artículo 44.- Los recursos jerárquicos y de apelación serán interpuestos mediante la
presentación de los escritos correspondientes ante la instrucción, quien elevará lo
actuado con nota de rigor al superior, dentro de los dos días hábiles. Los recursos
deberán interponerse con expresión fundada de agravios y se concederán:
a) Tratándose de sanción de multa, al solo efecto devolutivo, y previo pago de aquélla;
6. b) Con efecto suspensivo, respecto de las sanciones de suspensión y/o cancelación de
la habilitación.
Artículo 45.- El recurso de queja procederá cuando el funcionario respectivo, deniegue el
recurso jerárquico o de apelación, o para el supuesto de retardo de justicia. En los casos
de queja por recursos jerárquico o de apelación denegada, deberá interponerse ante la
autoridad de alzada correspondiente, dentro de los dos días hábiles de notificada la
denegatoria, acompañando copia simple de la resolución recurrida.
El recurso de queja por retardo de justicia sólo será procedente, cuando el interesado
haya requerido previamente y por escrito del funcionario respectivo, el pronto despacho
de las actuaciones, sin que se haya dictado resolución al respecto dentro de los tres
días hábiles subsiguientes.
Artículo 46.- Presentado en tiempo y forma el recurso de queja por denegación del
recurso jerárquico, el prefecto nacional naval requerirá las actuaciones de la instrucción,
quien las elevará para su pronunciamiento dentro de los dos días hábiles. Declarado
procedente el recurso, el prefecto nacional naval conocerá directamente en la causa y
dictará la resolución administrativa definitiva.
Cuando el recurso de queja fuere por apelación denegada, el prefecto nacional naval
deberá proceder a la remisión de las actuaciones dentro de los tres días hábiles de
requerirlas el Tribunal de Alzada interviniente.
Declarado procedente el recurso, el juez se avocará directamente a la causa y dictará
resolución definitiva. En el supuesto de queja por retardo de justicia, declarado
procedente el recurso, el superior devolverá las actuaciones al funcionario respectivo,
para que dicte resolución dentro de los cinco días hábiles de recibida la causa.
Artículo 47.- En caso de que se declare la nulidad de la resolución por vicios de
procedimiento, el Instructor, previa audiencia del infractor, dictará nuevo
pronunciamiento con arreglo a derecho. Si la nulidad proviniere de las formas de la
resolución el instructor dictará nueva resolución. En ambos casos, intervendrá la misma
autoridad que hubiere dictado la resolución declarada nula.
Capítulo VIII - Disposiciones complementarias
Artículo 48.- Todos los propietarios o responsables de la conducción de las
embarcaciones comprendidas dentro del art. 1, estarán obligados a denunciar y
mantener actualizado su domicilio real en la dependencia jurisdiccional de la Prefectura
Naval Argentina donde tenga asiento la embarcación.
En dichos domicilios serán válidas todas las notificaciones, citaciones y emplazamiento
emergentes del procedimiento establecido en el presente decreto.
El incumplimiento de lo establecido precedentemente, implicará para los responsables,
la suspensión de las respectivas habilitaciones y en su caso la prohibición de navegar
de la embarcación hasta tanto sea satisfecho dicho recaudo, lo que deberá hacerse
constar en los legajos respectivos.
Artículo 49.- Las notificaciones, citaciones y emplazamientos se practicarán
personalmente, por cédula y/o por cualquier otro medio fehaciente de los previstos en el
título III, capítulo VI del Cód. Procesal Civil y Comercial de la Nación. En todos los casos
las notificaciones deberán contener clara y expresamente, el nombre, apellido o
designación de la persona a notificar y su domicilio; el funcionario a cargo de la
instrucción y el asiento de ésta; la carátula y número de la causa; la parte pertinente de
la resolución a notificar o, si no resultare a ésta, el objeto de la notificación.
Las cédulas serán diligenciadas en la firma prevista en los arts. 140 y 141 del Cód.
Procesal Civil y Comercial de la Nación por personal de la Prefectura Naval Argentina,
que tendrá a ese efecto, las mismas facultades y atribuciones que la ley confiere a los
oficiales notificadores de la justicia nacional en lo civil.
7. b) Con efecto suspensivo, respecto de las sanciones de suspensión y/o cancelación de
la habilitación.
Artículo 45.- El recurso de queja procederá cuando el funcionario respectivo, deniegue el
recurso jerárquico o de apelación, o para el supuesto de retardo de justicia. En los casos
de queja por recursos jerárquico o de apelación denegada, deberá interponerse ante la
autoridad de alzada correspondiente, dentro de los dos días hábiles de notificada la
denegatoria, acompañando copia simple de la resolución recurrida.
El recurso de queja por retardo de justicia sólo será procedente, cuando el interesado
haya requerido previamente y por escrito del funcionario respectivo, el pronto despacho
de las actuaciones, sin que se haya dictado resolución al respecto dentro de los tres
días hábiles subsiguientes.
Artículo 46.- Presentado en tiempo y forma el recurso de queja por denegación del
recurso jerárquico, el prefecto nacional naval requerirá las actuaciones de la instrucción,
quien las elevará para su pronunciamiento dentro de los dos días hábiles. Declarado
procedente el recurso, el prefecto nacional naval conocerá directamente en la causa y
dictará la resolución administrativa definitiva.
Cuando el recurso de queja fuere por apelación denegada, el prefecto nacional naval
deberá proceder a la remisión de las actuaciones dentro de los tres días hábiles de
requerirlas el Tribunal de Alzada interviniente.
Declarado procedente el recurso, el juez se avocará directamente a la causa y dictará
resolución definitiva. En el supuesto de queja por retardo de justicia, declarado
procedente el recurso, el superior devolverá las actuaciones al funcionario respectivo,
para que dicte resolución dentro de los cinco días hábiles de recibida la causa.
Artículo 47.- En caso de que se declare la nulidad de la resolución por vicios de
procedimiento, el Instructor, previa audiencia del infractor, dictará nuevo
pronunciamiento con arreglo a derecho. Si la nulidad proviniere de las formas de la
resolución el instructor dictará nueva resolución. En ambos casos, intervendrá la misma
autoridad que hubiere dictado la resolución declarada nula.
Capítulo VIII - Disposiciones complementarias
Artículo 48.- Todos los propietarios o responsables de la conducción de las
embarcaciones comprendidas dentro del art. 1, estarán obligados a denunciar y
mantener actualizado su domicilio real en la dependencia jurisdiccional de la Prefectura
Naval Argentina donde tenga asiento la embarcación.
En dichos domicilios serán válidas todas las notificaciones, citaciones y emplazamiento
emergentes del procedimiento establecido en el presente decreto.
El incumplimiento de lo establecido precedentemente, implicará para los responsables,
la suspensión de las respectivas habilitaciones y en su caso la prohibición de navegar
de la embarcación hasta tanto sea satisfecho dicho recaudo, lo que deberá hacerse
constar en los legajos respectivos.
Artículo 49.- Las notificaciones, citaciones y emplazamientos se practicarán
personalmente, por cédula y/o por cualquier otro medio fehaciente de los previstos en el
título III, capítulo VI del Cód. Procesal Civil y Comercial de la Nación. En todos los casos
las notificaciones deberán contener clara y expresamente, el nombre, apellido o
designación de la persona a notificar y su domicilio; el funcionario a cargo de la
instrucción y el asiento de ésta; la carátula y número de la causa; la parte pertinente de
la resolución a notificar o, si no resultare a ésta, el objeto de la notificación.
Las cédulas serán diligenciadas en la firma prevista en los arts. 140 y 141 del Cód.
Procesal Civil y Comercial de la Nación por personal de la Prefectura Naval Argentina,
que tendrá a ese efecto, las mismas facultades y atribuciones que la ley confiere a los
oficiales notificadores de la justicia nacional en lo civil.