Municipio de Olaya
ALCALDÍA
100-12-01 Alcalde
Palacio Municipal Calle 10 #10 - 39. Teléfono 855 01 17
Correo: alcaldía@olaya-antioquia.gov.co
Nit: 890984161-9
DECRETO No 057
(Del 29 de junio de 2018)
POR MEDIO DEL CUAL SE MODIFICA OCASIONALMENTE EL HORARIO DE LOS
ESTABLECIMIENTOS ABIERTOS AL PUBLICO CON MOTIVO DE FIN DE SEMANA
CON LUNES FESTIVO, 30 JUNIO y 01 JULIO DE 2018, EN TODA LA LOCALIDAD DEL
MUNICIPIO DE OLAYA ANTIOQUIA.
EL ALCALDE MUNICIPAL DE OLAYA ANTIOQUIA, en ejercicio de sus atribuciones
Constitucionales legales y en especial las conferidas en la ley 136 de 1994, Código de
Convivencia Ciudadana, Ley 1801 de 2016, la Constitución Nacional y,
CONSIDERANDO.
Que para el treinta del mes de junio y primero de julio de 2018, en el calendario nacional
del 2018 se dispuso un lunes festivo en todo el territorio Nacional.
Que las personas que laboran por fuera de esta localidad, aprovechan los fines de
semana con lunes festivo para viajar al municipio de Olaya y compartir al lado de sus
seres queridos.
Que se hace necesario reglamentar horarios, con el fin de poder propender por el sano y
seguro desarrollo de las actividades culturales y lúdicas que se llevarán a cabo los días
sábado 30 y domingo 01 de julio de 2018.
Que en virtud de lo anteriormente expuesto, el Alcalde Municipal de Olaya,
DECRETA.
ARTÍCULO PRIMERO: establecer el siguiente horario de funcionamiento para los
establecimientos abiertos al público con difusión de música, venta y consumo de licor en
el territo del Municipio de Olaya, como a continuación se detalla:
Sábado 30 de junio y domingo 01 de julio de 2018, desde las diez de la mañana
(10:00 am), y la música en horas de la noche funcionará hasta las dos de la mañana
(02:00 am), con cierre del establecimiento a las dos y treinta de la mañana (02:30
am).
ARTICULO SEGUNDO: El espacio público será regulado por la Policía Nacional para
garantizar la libre locomoción de quienes acuden a dichos espacios.
Municipio de Olaya
ALCALDÍA
100-12-01 Alcalde
Palacio Municipal Calle 10 #10 - 39. Teléfono 855 01 17
Correo: alcaldía@olaya-antioquia.gov.co
Nit: 890984161-9
PARAGRAFO: La Policía Nacional regulará los establecimientos que cuentan con
autorización para sacar mesas, sin exceder las autorizadas por la administración
municipal.
ARTÍCULO TERCERO: Las infracciones al presente Decreto, serán sancionadas de
acuerdo con la Ley 1801 de 2016 y Código de Convivencia Ciudadana.
ARTICULO CUARTO: Remítase copia de este Decreto al Comandante de la Estación de
Policía para su cumplimiento y demás fines pertinentes.
ARTICULO QUINTO: El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Dado al primer (29) días del mes de junio de dos mil dieciocho (2018).
OBER DE JESÚS HERNÁNDEZ ACEVEDO
Alcalde
M. Londoño

DECRETO No 057 (Del 29 de junio de 2018)

  • 1.
    Municipio de Olaya ALCALDÍA 100-12-01Alcalde Palacio Municipal Calle 10 #10 - 39. Teléfono 855 01 17 Correo: alcaldía@olaya-antioquia.gov.co Nit: 890984161-9 DECRETO No 057 (Del 29 de junio de 2018) POR MEDIO DEL CUAL SE MODIFICA OCASIONALMENTE EL HORARIO DE LOS ESTABLECIMIENTOS ABIERTOS AL PUBLICO CON MOTIVO DE FIN DE SEMANA CON LUNES FESTIVO, 30 JUNIO y 01 JULIO DE 2018, EN TODA LA LOCALIDAD DEL MUNICIPIO DE OLAYA ANTIOQUIA. EL ALCALDE MUNICIPAL DE OLAYA ANTIOQUIA, en ejercicio de sus atribuciones Constitucionales legales y en especial las conferidas en la ley 136 de 1994, Código de Convivencia Ciudadana, Ley 1801 de 2016, la Constitución Nacional y, CONSIDERANDO. Que para el treinta del mes de junio y primero de julio de 2018, en el calendario nacional del 2018 se dispuso un lunes festivo en todo el territorio Nacional. Que las personas que laboran por fuera de esta localidad, aprovechan los fines de semana con lunes festivo para viajar al municipio de Olaya y compartir al lado de sus seres queridos. Que se hace necesario reglamentar horarios, con el fin de poder propender por el sano y seguro desarrollo de las actividades culturales y lúdicas que se llevarán a cabo los días sábado 30 y domingo 01 de julio de 2018. Que en virtud de lo anteriormente expuesto, el Alcalde Municipal de Olaya, DECRETA. ARTÍCULO PRIMERO: establecer el siguiente horario de funcionamiento para los establecimientos abiertos al público con difusión de música, venta y consumo de licor en el territo del Municipio de Olaya, como a continuación se detalla: Sábado 30 de junio y domingo 01 de julio de 2018, desde las diez de la mañana (10:00 am), y la música en horas de la noche funcionará hasta las dos de la mañana (02:00 am), con cierre del establecimiento a las dos y treinta de la mañana (02:30 am). ARTICULO SEGUNDO: El espacio público será regulado por la Policía Nacional para garantizar la libre locomoción de quienes acuden a dichos espacios.
  • 2.
    Municipio de Olaya ALCALDÍA 100-12-01Alcalde Palacio Municipal Calle 10 #10 - 39. Teléfono 855 01 17 Correo: alcaldía@olaya-antioquia.gov.co Nit: 890984161-9 PARAGRAFO: La Policía Nacional regulará los establecimientos que cuentan con autorización para sacar mesas, sin exceder las autorizadas por la administración municipal. ARTÍCULO TERCERO: Las infracciones al presente Decreto, serán sancionadas de acuerdo con la Ley 1801 de 2016 y Código de Convivencia Ciudadana. ARTICULO CUARTO: Remítase copia de este Decreto al Comandante de la Estación de Policía para su cumplimiento y demás fines pertinentes. ARTICULO QUINTO: El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición. PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE Dado al primer (29) días del mes de junio de dos mil dieciocho (2018). OBER DE JESÚS HERNÁNDEZ ACEVEDO Alcalde M. Londoño