El procedimiento breve es un proceso simplificado y acelerado para demandas cuyo valor no supere las 1.500 unidades tributarias, ventas con reserva de dominio, juicios de cobro extrajudicial y otros establecidos en leyes especiales. Se rige por el Código Orgánico Procesal Civil a partir del artículo 881-889 y permite realizar el proceso en menos tiempo respetando los principios del derecho procesal venezolano.