Este documento describe diferentes tipos de responsabilidad, incluyendo responsabilidad penal, civil, disciplinaria, fiscal y administrativa. También discute los conceptos de culpa y dolo, distinguiendo entre culpa grave, negligencia grave y culpa lata.
1. República Bolivariana de Venezuela
Ministerio del Poder Popular
para la Educación Universitaria
Instituto Universitario Politécnico “Santiago Mariño”
Extensión Barinas
Bachiller: Sanguino Gidianny
C.I: 24.112.092
Prof.: Mayersy Molina.
Barinas, Febrero de 2017.
2. Responsabilida
d
La responsabilidad es la capacidad de toda
persona de conocer y aceptar las
consecuencias de un acto suyo, inteligente
y libre.
Clase de
Responsabilidad
Responsabilidad penal: En
Derecho, la sujeción de una
persona que vulnera un deber de
conducta impuesto por el Derecho
penal
Responsabilidad civil: En esta se
clasifica la responsabilidad de la
persona (particular o funcionario
público)
Sobre la responsabilidad de los
administradores: Los
administradores responderán
solidaria e ilimitadamente de los
perjuicios que por dolo o culpa
ocasionen a la sociedad a los socios
o a terceros.
Responsabilidad disciplinaria:
A este tipo de responsabilidad,
pertenecen aquellos actos o
hechos de un funcionario o
empleado
Responsabilidad Fiscal: La
responsabilidad fiscal esta
relacionada con el manejo y
administración de los recursos
públicos (del estado)
Responsabilidad
administrativa: Se llama
responsabilidad
administrativa a aquella
responsabilidad que surge de
la comisión
Culpa: La ley distingue tres
especies de culpa y
descuido: Culpa grave,
negligencia grave, culpa
lata, es la que consiste en
no manejar los negocios
Dolo: Las voces utilizadas por
la ley (C.C. art. 63) para definir
el dolo concuerdan con la
noción doctrinaria que lo sitúa
y destaca en cualquier
pretensión de alcanzar un
resultado contrario al derecho