Sociedad Anónima en Bolivia según la normativa del código de comercioAlcira Cabrera Dorado
Desglose y presentación de la sociedad anónima en Bolivia, fundamentada con el código de comercio vigente del país. \
su introducción, características, sus formas, etc.
te servirán para darte una idea clara de la formación de esta sociedad.
Sociedad Anónima en Bolivia según la normativa del código de comercioAlcira Cabrera Dorado
Desglose y presentación de la sociedad anónima en Bolivia, fundamentada con el código de comercio vigente del país. \
su introducción, características, sus formas, etc.
te servirán para darte una idea clara de la formación de esta sociedad.
CAPITALISMO, HISTORIA Y CARACTERÍSTICAS.remingtongar
El capitalismo se basa en los siguientes pilares: Propiedad privada, que permite a las personas poseer bienes tangibles, como tierras y viviendas, y activos intangibles, como acciones y bonos. Interés propio, por el cual las personas persiguen su propio bien, sin considerar las presiones sociopolíticas.
EL MERCADO LABORAL EN EL SEMESTRE EUROPEO. COMPARATIVA.ManfredNolte
Hoy repasaremos a uña de caballo otro reciente documento de la Comisión (SWD-2024) que lleva por título ‘Análisis de países sobre la convergencia social en línea con las características del Marco de Convergencia Social (SCF)’.
“La teoría de la producción sostiene que en un proceso productivo que se caracteriza por tener factores fijos (corto plazo), al aumentar el uso del factor variable, a partir de cierta tasa de producción
1. WK 1920370
ESCRITURA PÚBLICA No. MIL ochocientos
sesenta y tres (1.863)
DE FECHA: Septiembre 27 de 2.014
CLASE DE ACTA: CONSTITUCIÓN DE SOCIEDAD
DE RESPONSABILIDAD LIMITADA.
DENOMINADA: LIBRERÍA 2V Ltda.
QUE HACEN: VICTOR JIMENEZ ROJAS, ANTONY LEON GOMES, KEITH
GUARDIOLA DIAZ, ANDRES FERNANDEZ GOMEZ, LAURA OROZCO DE
LA HOZ.
CAPITAL SOCIAL: $300.000.000.00.
En la ciudad de Barranquilla. Capital de departamento del
Atlántico. República de Colombia a los nueve (9 Días) del mes
de abril del año Dos mil doce (2.012) ante mi ANA DOLORES MEZA
CABALERO. NotariaSegunda del círculo de Barraquilla.
Comparecieron: VICTOR JIMENEZ ROJAS, ANTONY LEON GOMES,
KEITH GUARDIOLA DIAZ, ANDRES FERNANDEZ GOMEZ, LAURA
OROZCO DE LA HOZ.. Identificados con el documento de
identidad N° 97111504265 expedida en Barraquilla, segundo
identificado con el Nº 97020752498 expedida en Barranquilla,
el tercer identificado con El N° 97083069874 expedida en
Barranquilla, el cuarto identificado con el N° 97100769874
expedida en Barranquilla, la quinta identificado con el N°
97090107333 expedida en Barranquilla de nacionalidad
Colombiana respectivamente y quienes actúan en sus propios
nombres y quienes dijeron que por medio de esta escritura
pública constituyen una sociedad de responsabilidad limitada.
Que se rige en conformidad con los siguientes estatutos.
ARTÍCULO 1º: RAZÓN SOCIAL.- La sociedad se denominara LIBRERIA
2V.
ARTICULO 2º:DOMICILIO.-El domicilio social de esta compañía es
en la ciudad de Barranquilla. Departamento del Atlántico. En
la República deColombia.
Siendo entendido que podrá establecer sucursales o agencias en
otras ciudades del país y/o del exterior.
De conformidad con lo que establece el literal k.) Delartículo
(12) de estos estatutos.
ARTICULO 3º: OBJETO SOCIAL.- comercialización y distribución
de libros . En desarrollo de su objeto social la sociedad
podrá tomar la representación o agenciamiento de otras
entidades con sociedades nacionales. Con personas naturales o
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2. jurídicas. Que tengan un objeto similar.
También podrá adquirir, conservar, gravar,
toda clase de bienes e inmuebles y alquilar
espacios publicitarios e intermediación de
medios masivos. En su ejercicio de su objeto
social la sociedad podrá: a) Celebrar toda
clase de contratos y actos de comercio,
realizar actividades mercantiles, adquirir
bienes de cualquier naturaleza, muebles e
inmuebles, corporales e incorporales, maquinarias y equipos y
enajenación de cualquier título los bienes de que sean
propietarias: b) dar y recibir en garantía de obligaciones
bienes e inmuebles y tomar y dar en arrendamiento u opción
bienes de cualquier naturaleza: c) Actuar como agente o
representante de empresas nacionales o extranjeras que se
ocupen de los mismos negocios o actividades: d) Adquirir y
constituir sociedades de cualquier naturaleza, incorporarse en
compañías ya sea constituidas o fusionarse con ellas, siempre
que tengan objetivos iguales, similares o complementarios: e)
Celebra toda clase de contrato y operaciones con títulos
valores tales como adquirirlos, o tocarlos, negociarlos,
avalarlos, protestarlos, cobrarlos, etc. f) Celebrar toda
clase de operaciones que sean necesarias o convenientes para
el logro o desarrollo del objeto social.
ARTÍCULO 4º: DURACIÓN.-El termino de duración de la sociedad
es de quince (15) años que empieza a contarse a partir del día
de hoy, pudiendo ser prorrogado por voluntad de los socios, en
cuyo caso tal decisión deberá ser consignada por escritura
pública a fin que surta todos los efectos legales.
ARTÍCULO 5º: RESPONSABILIDAD DE LOS SOCIOS.- la
responsabilidad de los socios queda limitada al valor de sus
aportes.
ARTÍCULO 6º:CAPITAL SOCIAL.-El capital social de la compañía
es el de TRESCIENTOS MILLONES DE PESOS ($300.000.000.00)
MONEDA LEGAL COLOMBIANA, que los socios han cubierto en dinero
en efectivo que la sociedad ha recibido a satisfacción que se
describe así:
NOMBRE DE LOS SOCIO CUOTA APORTES
VICTOR JIMENEZ ROJAS 1000 $100.000
ANTONY LEON GOMEZ 500 $100.000
ESTE PAPEL NO TIENE COSTO PARA EL USUARIO
3. KEITH GUARDIOLA DIAZ 500 $100.000
ANDRES FERNANDEZ GOMEZ 500 $100.000
LAURA OROZCO DE LA HOZ 500 $100.000
TOTALES 3.000 $300.000.000
ARTÍCULO 7º: PARTES SOCIAL - CESIÓN.- Para efecto de la
representación y votación de la junta de socios, el capital
queda dividida en TRES MIL (3.000) cuotas o aportes de interés
social, por un valor nominal de CIEN MIL PESOS ($100.000)
cadauna. Las partes que constituye el interés social, no son
negociables en el mercado, pero podrán cederse mediante
escritura pública de conformidad con los artículos 362 a 366
de código de comercio-----------
ARTICULO 8º:REALIDAD DE LOS APORTES.- Todos los socios
decidirán que sus aportes respectivos han sido pagado
realmente en su totalidad---------------
ARTÍCULO 9º: ÓRGANOS DE LA SOCIEDAD.- La sociedad tendrá los
siguientes órganos: a)La junta de socios,b) el representante
legal c)el gerente o en su defecto podrá ser reemplazado por
el subgerente, en sus faltas absolutas o temporales con las
mismas facultades.-----------------------------------------
ARTICULO 10º: DE LA JUNTA DE SOCIOS.- la junta de socios
estará integrada por todos los socios de la compañía y será
por consiguiente, el órgano supremo de la sociedad. Cada parte
en él se haya divido el
Capital social para los efectos de la representación y
votación, dará derecho a un voto de las deliberaciones y
decisiones de la junta de socios.
ARTÍCULO 11º: REUNIONES.- la junta de socios podrá reunirse
extraordinariamente cada vez que laConvoque el administrador o
uno de los socios. Para este efecto, la convocatoria deberá
ser escrito: sus reuniones ordinarias se verificaran el día
diez (10) del mes de junio de cada año. En consecuencia,el
administrador avisara en las comunicación de convocatoria, la
hora el día y el lugar de la reunión, mediante la comunicación
recomendada por lo menos diez (10) días de anticipación:
cuando la reunión tenga por objeto la respectiva aprobación de
los balances de ejercicios, la convocatoria se hará,
siquieracon la antelación de quinces (15)días hábiles, la
junta de los socios podrá acordar reuniones periódicamente
para enterarse oportunamente del desarrollo de la empresa y
adoptar, si fuera necesario las medidas y decisiones
aceptadas.-------------------------------
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4. ARTICULO 12º: FUNCIONES DE LA JUNTA DE
SOCIOS.- son funciones de la junta de
socios: a)designar o promover libremente al
administrador así como los demás
funcionarios o empleados que haya de
desempeñar cargos cuya creación también se
le compete y fijar sus remuneraciones:
b)Crear nuevos cargos, fijarles sus
funciones y remuneración, en cuanto no haya
resuelto delegar en la administración tales
funciones: c)examinar, fenecer o improbar los balances que
sean presentados por el administrador: d.) decretar la
distribución de utilidades y cancelación de las perdidas
sociales : e)ordenar la constitución de fondos especiales de
reservas: f)considerar los informes del administradory de los
empleados de la compañía: g)decretar la enajenación total de
los bienes de la sociedad: h) decidir sobre las aprobaciones
de contrato implique la incorporación de la sociedad en otras
funciones con cualquier otra sociedad objeto análogo: i)
decidir sobre la aprobación de cualquier cesión de derechos
sociales que un socio proyecte hacer a favor de un tercero: j)
autorizar la celebración de contratos en la sociedad entre
como socios o accionistas: k) decretar el cambio del objeto
social, la prórroga
WK 1920372
Deltérmino de la compañía o su disolución extraordinaria: la
creación de sucursales, agencia o factoría en otras ciudades
del país y/o del extranjero. Previa observancia de las
disposiciones que rigen para tales casos: l) decretar el
cambio de domicilio social.2) decidir sobre la admisión
deNuevos socios. m) designar apoderados generales o especiales
señalar las atribuciones para el desempeño del mandato. n) en
general, aquellas que el confieren a en otra parte de estos
estatutos y las que les corresponde como autoridad suprema de
la sociedad ---------------------------------------
ARTÍCULO 13º:MAYORÍA EN LA DECISIONES DE LOS SOCIOS.- Se
requiere votos unánimes de las partes de intereses en que se
considera dividido el capital social, para el ejercicio de
todas las atribuciones que competen a la junta de
socios-------------------
ARTICULO 14º: ADMINISTRACION.- La sociedad tendrá un
administrador y el representante legallo remplazara en sus
faltas temporales o absolutas que serán designados por la
junta de socios para o periodo de dos años pudiendo ser
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5. reelegido indefinidamente. Cuando se produzca el cambio
deladministrador o representante legal, o de ambos, tal
decisión a de ser comunicada en forma inmediata a la Cámara de
Comercio para que esta entidad se tomen los datos que sean
del caso------------------------
ARTICULO 15º: POSICIÓN DEL ADMINISTRADOR.- La junta de socios
delega en el administrador las siguientes funciones
administrativas y uso de la razón social, dentro de los
límites y con los requisitos que señalen estos estatutos , a
saber: enajenar, transferir, comprometer, arbitrar, interponer
toda clase de recursos, comparecer en los procesos en que se
discutan el dominio y propiedad de los bien sociales, mutar de
forma de dichos bienes gravarlos comprendas o hipoteca o
limitar su dominio en cualquier forma: recibir dinero en
mutuos, celebrar el contrato de cambio en todas sus
manifestaciones, firmar letras, pagares, cheques, libranzas, y
cualquier otro instrumento negociable , tenerlos
Cobrarlos, pagarlo, descargarlo: constituir apoderados
especiales y en fin representar a la sociedad en todos los
casos. Es entendido que los cheques que gire la compañía serán
firmados por el
administrador---------------------------------------------
ARTICULO 16º: FALTAS DEL ADMINISTRADOR.- En los casos de
faltas absolutas o temporales del administrador, este será
reemplazadopor el representante legal, quien tendrán las
mismas facultades del primero ----------------------
ARTICULO 17º: UTILIDADES Y PERDIDAS.- Las utilidades y las
perdidas serán distribuida proporcionalmente a los aportes
previos descuentos para la reserva legal y de los impuestos
sobre la renta-------------------
ARTÍCULO 18º: INVENTARIO Y BALANCES.- Mensualmente se hará un
balances de prueba de la sociedad y se verificara un
inventario y balances general y estos serán la base para la
liquidación de las utilidades y
perdidas------------------------------------------
ARTÍCULO 19º: PROHIBICIONES.- Se prohíbe los socos, en
particular: comprender como fiadores en garantía de
obligaciones de terceros, como representantes de la
sociedad.----------------------------------------
ARTICULO 20º:DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN.-La sociedad se
disolverá antes del término fijado en estos estatutos cuando
se hayan presentado perdidas que disminuyan el capital social
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6. al 50%, por decisión unánime de la junta
de socios, cuando el número de socios
supere los 25 y por las demás causales que
indique la ley. La muerte de alguno de los
socios no implica la disolución de la
sociedad: en este caso, los herederos de
los socios difuntos se harán representar
por uno solo de ellos, ante la compañía y
junta de socios. La liquidación de la
sociedad se efectuara por un liquidador designado por la junta
de socios, con aprobación de la mayoría absoluta de los socios
que representen las partes de intereses sociales en que se
considera dividido el capital. Disuelta la sociedad no podrá
iniciar nuevas operaciones en desarrollo de su objeto social,
pero conserva su capacidad jurídica para llevar a efecto todos
los actos tendientes a la liquidación en los
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Términos de los artículos 238 y concordantes del código del
comercio.--------------------------------
ARTÍCULO 21º: FUNCIONES DEL LIQUIDADOR.-El liquidador ejercerá
sus funciones ciñéndose a las indicadas en el artículo 238 del
código de comercio. El mandato del liquidador es revocable por
la junta de socios.-------------------
ARTICULO 22º: LIBRO DE SOCIOS.-La sociedad tendrá un libro de
inscripción de socios debidamente registrado en la cámara de
comercio en la cual se anotaran el nombre, domicilio,
nacionalidad, documento de identificación y numero de partes
poseídas, al igual que los gravamen que los afecten y las
transacciones efectuadas.---------------------
ARTÍCULO 23º: RESERVA LEGAL.- La sociedad constituirá una
reserva legal la cual debe ascender por lo menos al 50% del
capital social que se formara con el 10% de las utilidades
liquidadas de cada ejercicio. Cuando la reserva legal llegare
al 50% atrás señalado, no será necesario seguir aportando el
10% pero si se disminuyere, se procederá a su
reajuste.----------------------------
ARTICULO 24º: INSPECCIÓN A LOS LIBROS Y CUENTAS DE LA
SOCIEDAD.- la inspección de los libros de y cuentas de la
sociedad, de sus cajas, cartera, documentos, balances,
comprobantes, etc., es permitida solamente a aquellas personas
que la ley determine con facultad para hacerla y a sus socios:
igualmente le es permitido a los empleados de la sociedad
cuyos deberes lo requieran.
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7. ARTÍCULO 25º: REFORMA DE LOS ESTATUTOS.- las reformas de los
estatutos, tales como el aumento del capital social, la
prórroga de la vigencia de la sociedad y cualquier otra
modificación acordada por la Junta de socios en virtud de las
atribuciones legales, será consignada en escritura pública,
que otorgan en nombre de la sociedad el gerente o quien haga
sus veces insertando en ella el acta o actas respectivas.
---------------------------------------
ARTICULO 26º: CLAUSULA COMPROMISORIA-. Serán sometidos a
decisión arbitral de conformidad con los que disponen los
artículos 2011 a 2025 del código de comercio, las diferencias
que ocurran a los socios entre sí por razón de su carácter de
tales durante el contrato, al tiempo de disolverse la sociedad
o en el periodo de su liquidación.
PARÁGRAFO: Se entiende por parte de persona o grupo de
personas aquellas que sostengan la misma pretensión.
----------------------------------------
ARTICULO 27º: NOMBRAMIENTOS.- Desígnese como administrador a:
VICTOR HUGO JIMENEZ ROJAS Identificado con el documento de
identidad 97111504265 Barranquilla y como representante legal
a: ANTONY LEON GOMEZ documento de identificación como aparece
a pie de este, respectivamente, quienes ejercerán los cargos
mientras no se registren nuevos nombramientos en la cámara de
comercio. ------------
ARTICULO 28º: En todo lo no previsto en este contrato, la
sociedad actuara de conformidad con las disposiciones que
rigen para las sociedades de responsabilidades limitadas y
anónimas.----------------
Leído y aprobado que fue el presente instrumento, se firma por
los que en él hemos intervenido, previa la advertencia del
registro correspondiente en la cámara de comercio,- DERECHOS
NOTARIALES $1.573.381,00: Base de liquidación: $80.000.000.00:
Pagó 16% de IVA $251.741,00: Derecho 1681 de 1996. Se redactó
en las hojas de papel sellado Nros. WK=1920370-71-72-73.
VictorJimenezR.
Firma
VICTOR JIMENEZ ROJAS
C.C Nº. 97111504265
Teléfono: 3043797149
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8. Antony Leon Gomes
Firma
ANTONY LEON GOMEZ
C.C Nº. 97020752498
Teléfono:3007158988– 3766672
Keith GuardiolaDdiaz
Firma
KEITH GUARDIOLA DIAZ
C.C Nº. 97083069874
Teléfono:3013743803 - 3510224
Andres Fernandez Gomez
Firma
ANDRES FERNANDEZ GOMEZ
C.C Nº. 97100769874
Teléfono:3006575689 – 3344094
Laura Orozco de la Hhoz
Firma
LAURA OROZCO DE LA HOZ
C.C Nº. 97090107333
Teléfono: 3016004066
NOTARIA SEGUNDA DEL CÍRCULO DE BARRANQUILLA
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