Este documento establece los estatutos de una corporación o cooperativa. Define aspectos generales como su denominación, naturaleza jurídica y características, domicilio y duración. También describe los objetivos y actividades de la organización, los cuales incluyen prestar servicios de consultoría, gestionar proyectos de desarrollo, y realizar actividades culturales y sociales. Finalmente, establece las normas relacionadas con los asociados, incluyendo sus deberes, derechos, y causales para perder la calidad de asoci
Este documento presenta un modelo de estatutos para una cooperativa. Los estatutos definen la constitución de la cooperativa, sus objetivos, deberes y derechos de los socios, admisión de nuevos socios, capital social, consejo administrativo, comité de crédito y procesos para la suspensión o destitución de funcionarios.
Este documento presenta los estatutos de la Asociación de Pensionados del SENA (APSENA) en Bogotá-Cundinamarca. La asociación busca consolidar la unidad gremial de los pensionados del SENA en la región para mejorar su calidad de vida. Los estatutos describen la organización, objetivos, funciones y principios de la asociación, así como las condiciones de admisión, derechos, obligaciones y retiro de los asociados.
Este documento establece los estatutos de una cooperativa cafetalera en Honduras. Describe que la cooperativa se formó para mejorar la producción y comercialización del café entre sus miembros. Adopta principios cooperativos como membresía voluntaria, control democrático y participación económica. Sus objetivos incluyen mejorar las condiciones económicas y sociales de los miembros a través de actividades como obtener financiamiento, capacitación y servicios de salud. La cooperativa será administrada por una asamblea general, junta directiva
Este documento presenta los estatutos de la Asociación de Productores Montebonito Marulanda (ASOPROMONTEMAR). Establece que la asociación tendrá una duración de 10 años y su objetivo principal es agremiar a productores y comercializadores agrícolas en el municipio de Marulanda, Colombia para defender sus intereses comunes. También describe los deberes y derechos de los asociados, como participar en asambleas y elecciones, y establece sanciones por incumplimiento como amonestaciones y posible expulsión.
Este documento es un contrato para establecer una asociación civil en México. Contiene la información básica sobre la asociación incluyendo su nombre, domicilio, duración, objetivos, estructura de gobierno y derechos y responsabilidades de los asociados.
Este documento presenta los estatutos de la Cooperativa de Crédito de los Profesores Universitarios de la Universidad Pedagógica y Tecnológica de Colombia Limitada "COUNIVERSITARIOS LTDA.". Los estatutos describen la razón social, objetivos, actividades, secciones, asociados y sus derechos y deberes. La cooperativa tiene como objetivo principal prestar servicios de crédito a sus asociados y promover el desarrollo económico, social y cultural de la comunidad universitaria.
Este documento presenta los estatutos de la Asociación de Vecinos y Comerciantes de La Alamedilla-Comuneros. Establece que la asociación tiene como objetivo defender los intereses de los vecinos y comerciantes del área de La Alamedilla de manera indefinida. Los órganos de gobierno son la Asamblea General y la Junta Directiva. La Asamblea General es el órgano soberano y se encarga de aprobar los planes y presupuestos, mientras que la Junta Directiva se encarga de la gestión diaria y rinde
Este documento presenta los principios y lineamientos generales de la Ley General de Sociedades Cooperativas. Establece las definiciones y tipos de sociedades cooperativas, los órganos de gobierno y administración, y los procedimientos para la constitución, funcionamiento y disolución de las mismas.
Este documento presenta un modelo de estatutos para una cooperativa. Los estatutos definen la constitución de la cooperativa, sus objetivos, deberes y derechos de los socios, admisión de nuevos socios, capital social, consejo administrativo, comité de crédito y procesos para la suspensión o destitución de funcionarios.
Este documento presenta los estatutos de la Asociación de Pensionados del SENA (APSENA) en Bogotá-Cundinamarca. La asociación busca consolidar la unidad gremial de los pensionados del SENA en la región para mejorar su calidad de vida. Los estatutos describen la organización, objetivos, funciones y principios de la asociación, así como las condiciones de admisión, derechos, obligaciones y retiro de los asociados.
Este documento establece los estatutos de una cooperativa cafetalera en Honduras. Describe que la cooperativa se formó para mejorar la producción y comercialización del café entre sus miembros. Adopta principios cooperativos como membresía voluntaria, control democrático y participación económica. Sus objetivos incluyen mejorar las condiciones económicas y sociales de los miembros a través de actividades como obtener financiamiento, capacitación y servicios de salud. La cooperativa será administrada por una asamblea general, junta directiva
Este documento presenta los estatutos de la Asociación de Productores Montebonito Marulanda (ASOPROMONTEMAR). Establece que la asociación tendrá una duración de 10 años y su objetivo principal es agremiar a productores y comercializadores agrícolas en el municipio de Marulanda, Colombia para defender sus intereses comunes. También describe los deberes y derechos de los asociados, como participar en asambleas y elecciones, y establece sanciones por incumplimiento como amonestaciones y posible expulsión.
Este documento es un contrato para establecer una asociación civil en México. Contiene la información básica sobre la asociación incluyendo su nombre, domicilio, duración, objetivos, estructura de gobierno y derechos y responsabilidades de los asociados.
Este documento presenta los estatutos de la Cooperativa de Crédito de los Profesores Universitarios de la Universidad Pedagógica y Tecnológica de Colombia Limitada "COUNIVERSITARIOS LTDA.". Los estatutos describen la razón social, objetivos, actividades, secciones, asociados y sus derechos y deberes. La cooperativa tiene como objetivo principal prestar servicios de crédito a sus asociados y promover el desarrollo económico, social y cultural de la comunidad universitaria.
Este documento presenta los estatutos de la Asociación de Vecinos y Comerciantes de La Alamedilla-Comuneros. Establece que la asociación tiene como objetivo defender los intereses de los vecinos y comerciantes del área de La Alamedilla de manera indefinida. Los órganos de gobierno son la Asamblea General y la Junta Directiva. La Asamblea General es el órgano soberano y se encarga de aprobar los planes y presupuestos, mientras que la Junta Directiva se encarga de la gestión diaria y rinde
Este documento presenta los principios y lineamientos generales de la Ley General de Sociedades Cooperativas. Establece las definiciones y tipos de sociedades cooperativas, los órganos de gobierno y administración, y los procedimientos para la constitución, funcionamiento y disolución de las mismas.
Borrador estatutos Cámara de turismo Calbucocomitecalbuco
Este documento establece los estatutos de la Cámara de Turismo de Calbuco A.G. En resumen:
1) La Cámara tiene como objetivo promover el desarrollo sostenible del turismo en Calbuco.
2) Los socios deben ser mayores de 18 años y desarrollar actividades turísticas.
3) La Cámara representará los intereses de los socios ante las autoridades y realizará actividades para fomentar el turismo en la región.
Este documento presenta el estatuto social de la Cooperativa Multiactiva de Ahorro y Crédito, Consumo, Producción y Servicios “Luque” Ltda. Establece que la cooperativa fue constituida en 1987 en Luque, Paraguay para promover la cooperación económica y social de sus socios a través de actividades como préstamos, adquisición de bienes, construcción de viviendas y provisión de servicios. Detalla los requisitos para ser socio, como ser mayor de 18 años, residir en Paraguay y realizar aportes de capital
Las cooperativas son asociaciones de personas que se organizan democráticamente para satisfacer necesidades económicas y sociales de sus miembros. El documento clasifica diversos tipos de cooperativas y describe sus principios, constitución y administración.
Este documento establece los estatutos de una asociación denominada "ASOCIACIÓN DE AFECTADOS DE ALMADRABA-MOLINS". Los estatutos describen la denominación, domicilio y fines de la asociación, que incluyen promover el desarrollo urbanístico del municipio de Denia y representar los intereses económicos y sociales de los afectados. También especifican los derechos, deberes y causas de baja de los asociados, así como las competencias y requisitos de validez para las as
Este documento establece los estatutos de una asociación denominada "ASOCIACIÓN DE AFECTADOS DE ALMADRABA-MOLINS". Los estatutos describen la organización y gobierno de la asociación, incluyendo la definición de sus fines, los derechos y deberes de los asociados, y los órganos de gobierno como la Asamblea General y el órgano de representación.
Este documento presenta el estatuto de la Asociación Vecinal Unión de los Ríos. Establece la composición de la comisión directiva y sus objetivos, que incluyen mejorar la calidad de vida de los vecinos, fomentar la participación cívica y colaborar con el municipio. También define diferentes categorías de socios, sus derechos y obligaciones, y los mecanismos para la elección y funcionamiento de la comisión directiva y la comisión revisora de cuentas.
Este documento presenta los estatutos de la Asociación Vecinal La Victoria de Sagunto-Port. Establece que la asociación tiene como objetivos mejorar la calidad de vida de los ciudadanos de Sagunto en áreas como medio ambiente, educación y participación ciudadana. Detalla la estructura de gobierno de la asociación, incluyendo a la Asamblea General como órgano supremo y a la Junta Ejecutiva como órgano de representación. Explica también los derechos, deberes y causas de baja de los asociados.
La ley 20.321 establece las normas para las asociaciones mutuales en Argentina. Define a las asociaciones mutuales como organizaciones sin fines de lucro creadas por personas para brindarse ayuda mutua frente a riesgos o para promover el bienestar material y espiritual de sus miembros a través de contribuciones periódicas. Establece requisitos como la inscripción en un registro nacional de mutualidades y normas para la estructura, funcionamiento y gobernanza de las asociaciones mutuales.
Este documento resume las leyes generales de las sociedades cooperativas en México. Explica que las sociedades cooperativas son organizaciones creadas por personas con intereses comunes para satisfacer necesidades mediante la producción, distribución o consumo de bienes y servicios. Además, clasifica las sociedades cooperativas en de consumidores, productores y ahorro y préstamo, y describe sus características principales como la igualdad de voto entre socios e incentivos por cumplimiento de obligaciones. Finalmente, explica cómo se administran, disuelven
Una sociedad cooperativa es una organización formada por personas que aportan su trabajo para satisfacer necesidades individuales y colectivas. Sus principales características incluyen que cada socio tiene un voto, el capital es variable, los socios tienen iguales derechos y obligaciones, y la duración es indefinida con un mínimo de 5 socios. Las sociedades cooperativas se rigen por la Ley General de Sociedades Cooperativas.
Este documento presenta un modelo de estatutos para una fundación, corporación o asociación sin ánimo de lucro. Establece los requisitos mínimos para su constitución legal, incluyendo la estructura organizacional, los órganos de administración y control, y los procedimientos para su disolución y liquidación de acuerdo con la ley colombiana. El modelo contiene 35 artículos que definen aspectos como el nombre, objeto, patrimonio, miembros, deberes, derechos, sanciones y funciones de la asamblea
Este documento establece las medidas de fomento, promoción e incentivos que el Estado ecuatoriano proveerá a las organizaciones y personas pertenecientes a la economía popular y solidaria. Incluye disposiciones sobre la constitución de organismos de integración representativa y económica, las decisiones que se tomarán mediante voto ponderado, y las funciones de los gobiernos autónomos descentralizados y municipios en apoyar a este sector.
Este documento presenta un modelo de estatutos para una fundación, corporación o asociación sin ánimo de lucro. Establece los capítulos básicos como nombre, duración, domicilio y objeto de la entidad; disposiciones sobre su patrimonio; deberes, derechos y condiciones de los asociados; órganos de administración y dirección como la asamblea general y la junta directiva; órganos de control y fiscalización; y procedimientos para la disolución y liquidación de la entidad.
Este documento presenta un resumen del estatuto de la Cooperativa de Servicios Especiales Vencedor "Miguel Grau" Ltda. Establece la constitución de la cooperativa, su domicilio legal, duración indefinida y responsabilidad limitada de los socios. Detalla los objetivos como prestar servicios comunes y mejorar el bienestar de los socios, así como los medios como aportaciones de capital y saneamiento de bienes. Describe los derechos y obligaciones de los socios y los motivos para perder la condición de socio como renuncia, f
Este documento presenta un modelo de estatutos para una asociación sin ánimo de lucro. Los estatutos describen la constitución de la asociación, sus fines y actividades, la estructura de sus órganos de gobierno como la Asamblea General y la Junta Directiva, las normas para la admisión y derechos de los socios, el régimen económico y presupuestario, y las disposiciones para la modificación de los estatutos o la disolución de la asociación.
Este documento describe la historia y concepto legal de las sociedades cooperativas en México. Explica que las primeras cooperativas surgieron en Inglaterra en 1844 y que en México han estado reguladas por varias leyes desde 1889. Define una cooperativa como una sociedad mercantil con características como denominación social específica, capital variable y certificados de aportación no negociables. También describe los diferentes tipos de cooperativas y sus órganos de gobierno.
Este documento constituye la creación de una asociación civil denominada "ASOCIACIÓN CIVIL DE CONCILIADORES EXTRAJUDICIALES [NOMBRE]", con el fin de ejercer funciones conciliadoras y desarrollar actividades de capacitación de conciliadores. Establece los órganos de gobierno de la asociación, los derechos y obligaciones de los asociados, así como las normas para su funcionamiento de acuerdo a la ley peruana.
Este documento proporciona una lista de 74 socios del Colegio de Arquitectos de la provincia de Santo Domingo de los Tsáchilas en Ecuador. Cada entrada incluye el nombre, número de celular y dirección de correo electrónico de cada socio. La información se presenta en una tabla ordenada de manera numérica del socio 1 al 74.
Licencia de funcionamiento para operar una agencia de viajesabrancito24
Este documento detalla los requisitos para obtener una licencia de funcionamiento para operar una agencia de viajes en Panamá. Los requisitos básicos incluyen presentar una solicitud por escrito al Ministerio de Turismo con timbres fiscales por $4, tener un capital mínimo de $5,000 e invertido en un local, y presentar una fianza de garantía de $10,000 para Clase A o $5,000 para Clase B. También se requiere certificación académica o experiencia en el sector turismo, presentar documentos del capital y
El documento resume la experiencia laboral y educación de José Fernando Álvarez Rodríguez. Ha trabajado como conductor de vehículos de transporte de pasajeros y carga, y en ventas y comercialización de diferentes productos. Cuenta con estudios de primaria, bachillerato y un semestre de tecnología en obras civiles, además de varios cursos en áreas como tránsito, marketing y ventas.
Borrador estatutos Cámara de turismo Calbucocomitecalbuco
Este documento establece los estatutos de la Cámara de Turismo de Calbuco A.G. En resumen:
1) La Cámara tiene como objetivo promover el desarrollo sostenible del turismo en Calbuco.
2) Los socios deben ser mayores de 18 años y desarrollar actividades turísticas.
3) La Cámara representará los intereses de los socios ante las autoridades y realizará actividades para fomentar el turismo en la región.
Este documento presenta el estatuto social de la Cooperativa Multiactiva de Ahorro y Crédito, Consumo, Producción y Servicios “Luque” Ltda. Establece que la cooperativa fue constituida en 1987 en Luque, Paraguay para promover la cooperación económica y social de sus socios a través de actividades como préstamos, adquisición de bienes, construcción de viviendas y provisión de servicios. Detalla los requisitos para ser socio, como ser mayor de 18 años, residir en Paraguay y realizar aportes de capital
Las cooperativas son asociaciones de personas que se organizan democráticamente para satisfacer necesidades económicas y sociales de sus miembros. El documento clasifica diversos tipos de cooperativas y describe sus principios, constitución y administración.
Este documento establece los estatutos de una asociación denominada "ASOCIACIÓN DE AFECTADOS DE ALMADRABA-MOLINS". Los estatutos describen la denominación, domicilio y fines de la asociación, que incluyen promover el desarrollo urbanístico del municipio de Denia y representar los intereses económicos y sociales de los afectados. También especifican los derechos, deberes y causas de baja de los asociados, así como las competencias y requisitos de validez para las as
Este documento establece los estatutos de una asociación denominada "ASOCIACIÓN DE AFECTADOS DE ALMADRABA-MOLINS". Los estatutos describen la organización y gobierno de la asociación, incluyendo la definición de sus fines, los derechos y deberes de los asociados, y los órganos de gobierno como la Asamblea General y el órgano de representación.
Este documento presenta el estatuto de la Asociación Vecinal Unión de los Ríos. Establece la composición de la comisión directiva y sus objetivos, que incluyen mejorar la calidad de vida de los vecinos, fomentar la participación cívica y colaborar con el municipio. También define diferentes categorías de socios, sus derechos y obligaciones, y los mecanismos para la elección y funcionamiento de la comisión directiva y la comisión revisora de cuentas.
Este documento presenta los estatutos de la Asociación Vecinal La Victoria de Sagunto-Port. Establece que la asociación tiene como objetivos mejorar la calidad de vida de los ciudadanos de Sagunto en áreas como medio ambiente, educación y participación ciudadana. Detalla la estructura de gobierno de la asociación, incluyendo a la Asamblea General como órgano supremo y a la Junta Ejecutiva como órgano de representación. Explica también los derechos, deberes y causas de baja de los asociados.
La ley 20.321 establece las normas para las asociaciones mutuales en Argentina. Define a las asociaciones mutuales como organizaciones sin fines de lucro creadas por personas para brindarse ayuda mutua frente a riesgos o para promover el bienestar material y espiritual de sus miembros a través de contribuciones periódicas. Establece requisitos como la inscripción en un registro nacional de mutualidades y normas para la estructura, funcionamiento y gobernanza de las asociaciones mutuales.
Este documento resume las leyes generales de las sociedades cooperativas en México. Explica que las sociedades cooperativas son organizaciones creadas por personas con intereses comunes para satisfacer necesidades mediante la producción, distribución o consumo de bienes y servicios. Además, clasifica las sociedades cooperativas en de consumidores, productores y ahorro y préstamo, y describe sus características principales como la igualdad de voto entre socios e incentivos por cumplimiento de obligaciones. Finalmente, explica cómo se administran, disuelven
Una sociedad cooperativa es una organización formada por personas que aportan su trabajo para satisfacer necesidades individuales y colectivas. Sus principales características incluyen que cada socio tiene un voto, el capital es variable, los socios tienen iguales derechos y obligaciones, y la duración es indefinida con un mínimo de 5 socios. Las sociedades cooperativas se rigen por la Ley General de Sociedades Cooperativas.
Este documento presenta un modelo de estatutos para una fundación, corporación o asociación sin ánimo de lucro. Establece los requisitos mínimos para su constitución legal, incluyendo la estructura organizacional, los órganos de administración y control, y los procedimientos para su disolución y liquidación de acuerdo con la ley colombiana. El modelo contiene 35 artículos que definen aspectos como el nombre, objeto, patrimonio, miembros, deberes, derechos, sanciones y funciones de la asamblea
Este documento establece las medidas de fomento, promoción e incentivos que el Estado ecuatoriano proveerá a las organizaciones y personas pertenecientes a la economía popular y solidaria. Incluye disposiciones sobre la constitución de organismos de integración representativa y económica, las decisiones que se tomarán mediante voto ponderado, y las funciones de los gobiernos autónomos descentralizados y municipios en apoyar a este sector.
Este documento presenta un modelo de estatutos para una fundación, corporación o asociación sin ánimo de lucro. Establece los capítulos básicos como nombre, duración, domicilio y objeto de la entidad; disposiciones sobre su patrimonio; deberes, derechos y condiciones de los asociados; órganos de administración y dirección como la asamblea general y la junta directiva; órganos de control y fiscalización; y procedimientos para la disolución y liquidación de la entidad.
Este documento presenta un resumen del estatuto de la Cooperativa de Servicios Especiales Vencedor "Miguel Grau" Ltda. Establece la constitución de la cooperativa, su domicilio legal, duración indefinida y responsabilidad limitada de los socios. Detalla los objetivos como prestar servicios comunes y mejorar el bienestar de los socios, así como los medios como aportaciones de capital y saneamiento de bienes. Describe los derechos y obligaciones de los socios y los motivos para perder la condición de socio como renuncia, f
Este documento presenta un modelo de estatutos para una asociación sin ánimo de lucro. Los estatutos describen la constitución de la asociación, sus fines y actividades, la estructura de sus órganos de gobierno como la Asamblea General y la Junta Directiva, las normas para la admisión y derechos de los socios, el régimen económico y presupuestario, y las disposiciones para la modificación de los estatutos o la disolución de la asociación.
Este documento describe la historia y concepto legal de las sociedades cooperativas en México. Explica que las primeras cooperativas surgieron en Inglaterra en 1844 y que en México han estado reguladas por varias leyes desde 1889. Define una cooperativa como una sociedad mercantil con características como denominación social específica, capital variable y certificados de aportación no negociables. También describe los diferentes tipos de cooperativas y sus órganos de gobierno.
Este documento constituye la creación de una asociación civil denominada "ASOCIACIÓN CIVIL DE CONCILIADORES EXTRAJUDICIALES [NOMBRE]", con el fin de ejercer funciones conciliadoras y desarrollar actividades de capacitación de conciliadores. Establece los órganos de gobierno de la asociación, los derechos y obligaciones de los asociados, así como las normas para su funcionamiento de acuerdo a la ley peruana.
Este documento proporciona una lista de 74 socios del Colegio de Arquitectos de la provincia de Santo Domingo de los Tsáchilas en Ecuador. Cada entrada incluye el nombre, número de celular y dirección de correo electrónico de cada socio. La información se presenta en una tabla ordenada de manera numérica del socio 1 al 74.
Licencia de funcionamiento para operar una agencia de viajesabrancito24
Este documento detalla los requisitos para obtener una licencia de funcionamiento para operar una agencia de viajes en Panamá. Los requisitos básicos incluyen presentar una solicitud por escrito al Ministerio de Turismo con timbres fiscales por $4, tener un capital mínimo de $5,000 e invertido en un local, y presentar una fianza de garantía de $10,000 para Clase A o $5,000 para Clase B. También se requiere certificación académica o experiencia en el sector turismo, presentar documentos del capital y
El documento resume la experiencia laboral y educación de José Fernando Álvarez Rodríguez. Ha trabajado como conductor de vehículos de transporte de pasajeros y carga, y en ventas y comercialización de diferentes productos. Cuenta con estudios de primaria, bachillerato y un semestre de tecnología en obras civiles, además de varios cursos en áreas como tránsito, marketing y ventas.
(1) Los pasos para conformar una cooperativa incluyen verificar los requisitos legales, reservar el nombre, obtener la constancia de reserva, redactar los estatutos, registrar el acta constitutiva, obtener el RIF, y solicitar la constancia de inscripción. (2) Se requiere un mínimo de 5 personas para formar una cooperativa. (3) La cooperativa TEQUISAM fue formada siguiendo estos pasos legales.
Este documento presenta el estatuto de la Cooperativa de Ahorro y Crédito de los Trabajadores de Volcán Compañía Minera Limitada N° 392. Establece sus fines y objetivos como promover el ahorro, otorgar créditos a sus socios y elevar su condición económica y social. Detalla los requisitos para ser socio, los derechos y obligaciones de los socios, y los medios que utilizará la cooperativa como recibir aportaciones, otorgar créditos, y brindar educación cooperativa.
1) Se constituye la Asociación de Colonos del Fraccionamiento Rústico Las Lomas A.C. en Ensenada, Baja California. 2) Se elige la primera mesa directiva de la asociación, integrada por un presidente, secretario, tesorero, dos vocales y varias comisiones. 3) Se aprueban los estatutos que regirán a la asociación, los cuales definen aspectos como objeto social, duración, patrimonio y asociados.
Modelo de acta asamblea general primera eleccionkredor 99
Este documento es el acta de una asamblea general de socios de la Asociación de Comunicadores "Eugenio Espejo" de Sucumbíos. La asamblea tuvo lugar en la ciudad de Nueva Loja para elegir una nueva directiva de la asociación. Se eligió una nueva junta directiva con cargos como presidente, secretario y tesorero. La nueva directiva asumirá sus funciones a partir de una fecha determinada según los estatutos de la asociación.
Este documento es una constancia de trabajo que certifica que Don(ña) [nombre del empleado] trabajó en [nombre de la empresa] desde [fecha de inicio] hasta [fecha de finalización] ocupando el cargo de [cargo del empleado]. El empleado demostró puntualidad, honestidad y responsabilidad durante su tiempo de empleo. El representante legal de la empresa expide este documento para los fines que el empleado considere convenientes.
La fundación Imperio de Libertad es una organización sin ánimo de lucro ubicada en Medellín, Colombia. Su objetivo es fomentar el desarrollo social, económico, político y cultural de la comunidad a través de programas como talleres, capacitaciones, proyectos productivos y actividades recreativas. La fundación será administrada por una asamblea general, una junta directiva compuesta por un presidente, vicepresidente y secretario, y un presidente ejecutivo que la representará legalmente.
Este documento contiene los estatutos del Fondo de Empleados de las Empresas de los Hermanos García Correa (FONDISCOL). Establece la naturaleza, objetivos, principios y actividades de FONDISCOL, el cual es una empresa asociativa sin ánimo de lucro que brinda servicios de ahorro, crédito y bienestar a sus asociados, que son empleados de las empresas de los Hermanos García Correa. También describe los deberes y derechos de los asociados, así como los procedimientos para ingresar, retir
Este documento presenta los estatutos de CORFES, una corporación sin ánimo de lucro dedicada a la consultoría, educación y formación social y empresarial en Colombia. Los estatutos describen la naturaleza jurídica, objetivos, tipos de socios, deberes y derechos de los socios, órganos de gobierno y administración, y otros aspectos de funcionamiento de la corporación.
La corporación Foco Empresarial es una entidad sin ánimo de lucro constituida en Medellín en 2014 por siete fundadores. Su objetivo principal es actuar como organización especializada en el desarrollo de temas de formación y adecuación de procesos sociales y empresariales basados en la prosocialidad empresarial, la responsabilidad social empresarial y la reincorporación posconflicto. Para lograrlo, la corporación ofrece servicios de consultoría, asesoría, educación e investigación empresarial y busca ser una alternativa para los diferentes sect
Este documento proporciona un modelo de estatutos para una asociación sin ánimo de lucro. Explica los requisitos legales para constituir una asociación y los elementos clave que deben incluirse en los estatutos, como el nombre, naturaleza y domicilio de la asociación, su objeto y duración, los órganos de administración y su funcionamiento, y las disposiciones sobre el patrimonio y disolución de la asociación. Además, incluye un modelo detallado de estatutos que puede usarse como plantilla.
Este documento presenta los estatutos de la Cooperativa Multiactiva del Sistema de Televisión Comunitaria de El Carmen de Viboral, llamada VIBORAL TELEVISIÓN. Establece que es una cooperativa sin ánimo de lucro cuya sede se encuentra en El Carmen de Viboral, Antioquia, Colombia. Sus objetivos principales son prestar servicios de televisión, internet y telefonía a sus asociados para mejorar su calidad de vida, además de ofrecer otros servicios a la comunidad. También define los requisitos
Este documento presenta un modelo de estatutos para una asociación sin ánimo de lucro. Explica que los estatutos establecen el marco de acción, funcionamiento y objetivos de la asociación. Luego, detalla los diferentes capítulos que deben contener los estatutos, como el nombre, naturaleza y domicilio de la asociación, su objeto social, órganos de administración, derechos y deberes de los asociados, y disposiciones sobre el patrimonio y disolución de la asociación. Finalmente, present
1) Los estatutos establecen la Asociación de Directivos Docentes del Huila (ADIDOH) como una organización sin ánimo de lucro que representa a los directivos docentes del departamento del Huila en Colombia.
2) Los objetivos de ADIDOH incluyen asesorar en políticas educativas, capacitar a los directivos, defender los derechos de los miembros, y promover el bienestar social y educativo.
3) Los estatutos describen la estructura de gobierno de ADIDOH, los deberes y derechos de los
Este documento presenta los nuevos estatutos de la Cooperativa Multiactiva de Centrales Eléctricas de Nariño Ltda. (COOPCEN LTDA.). Establece que COOPCEN LTDA es una empresa asociativa sin ánimo de lucro regida por la ley cooperativa y sus estatutos. Define el domicilio principal en Pasto y un ámbito de operaciones nacional e internacional. Estipula que la duración será indefinida y describe los principios cooperativos que rigen a la organización. Además, detalla las actividades permitidas como el crédit
Este documento presenta el estatuto de la Cooperativa Multiactiva del Barrio Los Alamos ("COALAMOS"). Establece que COALAMOS es una organización cooperativa sin ánimo de lucro con asociados variables e ilimitados. Sus objetivos son contribuir al mejoramiento educativo, social, cultural y económico de sus asociados. Para lograr esto, COALAMOS puede desarrollar actividades como servicios educativos, programas culturales, intermediación de recursos financieros, atención de necesidades de consumo, y más. El estatuto también describe las
Las cooperativas son empresas de propiedad colectiva que buscan beneficiar a sus miembros. Existen varios tipos como cooperativas agrícolas, de producción industrial, de ahorro y crédito, y mixtas. La constitución venezolana protege y promueve las cooperativas para fortalecer el desarrollo económico liderado por la iniciativa popular. La Superintendencia Nacional de Cooperativas regula y supervisa las cooperativas en Venezuela.
Este documento contiene los estatutos de un Club del Adulto Mayor en Chile. En menos de 3 oraciones: Establece las formalidades para la constitución del club, incluyendo su nombre, fines, domicilio y duración. Detalla las diferentes categorías de socios, sus derechos y obligaciones. Explica cómo se financiará el club a través de cuotas de los socios, donaciones y otras fuentes.
Este documento presenta los estatutos de la Cooperativa Multiactiva del Sistema de Televisión Comunitaria de El Carmen de Viboral, denominada VIBORAL TELEVISIÓN. Describe su naturaleza jurídica como empresa asociativa sin ánimo de lucro, con domicilio en El Carmen de Viboral, Antioquia. Su objetivo es elevar la calidad de vida de los asociados mediante la prestación de servicios como recepción y distribución de señales de televisión, producción propia, internet y telefonía.
Este documento presenta un resumen de la Ley General de Cooperativas de Nicaragua. Establece normas para la promoción, constitución, autorización, funcionamiento y disolución de cooperativas. Define los principios cooperativos como el control democrático, la participación voluntaria y la distribución equitativa de excedentes. También describe los requisitos para formar una cooperativa, como un mínimo de socios fundadores, la elaboración de estatutos y la obtención de personalidad jurídica tras el registro.
Este documento presenta los estatutos de la Cooperativa de Agricultores de Sacha Inchi Coopeaburra. Establece que la cooperativa tiene como objetivo principal promover el desarrollo económico, social y cultural de los asociados a través de la comercialización sostenible del Sacha Inchi. Detalla los requisitos para ser socio, incluyendo ser productor de Sacha Inchi, y las responsabilidades de los socios como cumplir con los estatutos y decisiones de los órganos directivos. También describe las actividades permitidas como la industrialización
Este documento presenta la Ley 79 de 1988 de Colombia, la cual actualiza la legislación cooperativa del país. El propósito principal de la ley es dotar al sector cooperativo de un marco legal que facilite su desarrollo como parte fundamental de la economía nacional, promoviendo los principios y doctrina del cooperativismo y fortaleciendo la economía social. La ley establece los objetivos, características y requisitos para la constitución y funcionamiento de las cooperativas en Colombia.
Este documento presenta los aspectos generales de la Cooperativa Multiactiva de Aportes y Crédito Lenibrothers. Define su naturaleza jurídica, marco regulatorio, domicilio, duración indefinida y principios cooperativos como la adhesión voluntaria, gestión democrática, participación económica y solidaridad. Su objeto es proveer bienes y servicios que satisfagan las necesidades de sus asociados, estudiantes y egresados universitarios. Describe las actividades que puede realizar como recibir aportes, otorgar cré
Este documento es un certificado de existencia y representación legal de la corporación sin ánimo de lucro "Corporación Foco Empresarial" expedido por la Cámara de Comercio de Medellín para Antioquia. Describe los detalles de constitución de la corporación, su objeto social, dirección, representantes legales y otras características legales.
Este documento presenta los estatutos de la Cooperativa Multiactiva de Pescadores y Pequeños Agricultores de Gamarra (COOMULPAGAM). Establece que la cooperativa tiene como objetivo mejorar los ingresos y calidad de vida de sus asociados mediante la producción y comercialización de productos pesqueros, agrícolas y de consumo. También describe los requisitos para ser asociado, los derechos y deberes de los asociados, y las causales para perder la calidad de asociado.
En la ciudad de Pasto, estamos revolucionando el acceso a microcréditos y la formalización de microempresarios informales con nuestra aplicación CrediAvanza. Nuestro objetivo es empoderar a los emprendedores locales proporcionándoles una plataforma integral que facilite el acceso a servicios financieros y asesoría profesional.
La vida de Martin Miguel de Güemes para niños de primaria
Estatutos de una Cooperativa
1. ESTATUTOS
CAPITULO I
ASPECTOS GENERALES
NATURALEZA Y RAZON SOCIAL
ARTÍCULO 1. DENOMINACIÓN Y ORIGEN: La CORPORACIÓN Y/O COOPERATIVA que se regula mediante el
presente estatuto, “CORPORACIÓN Y/O COOPERATIVA….”la cual se podrá identificar para todos los efectos
legales indistintamente por su denominación y con el registro de la cámara de comercio de acuerdo al decreto
2150 de 1995. Está conformada por los siguientes asociados: _________________ identificada con cédula de
ciudadanía No ________de ______, _______________, identificada con cédula de ciudadanía No
___________ de _________.
Además se podrá asociar con otras Corporaciones del país ya sean del ámbito nacional, departamental o
municipal que soliciten su admisión previo cumplimiento de los requisitos estatutarios.
ARTÍCULO 2. NATURALEZA Y CARACTERÍSTICAS: La CORPORACIÓN Y/O COOPERATIVA………., es una persona
jurídica de derecho privado, sin ánimo de lucro, de número de asociados y patrimonio ilimitado y variable, con
fines de interés social y regida por el presente estatuto.
ARTÍCULO 3. DOMICILIO Y ÁMBITO TERRITORIAL: El domicilio principal de la CORPORACIÓN Y/O
COOPERATIVA _______ es la ciudad de Bogotá D.C, departamento de Cundinamarca, Republica de Colombia
y su sede será ____________________, Teléfono _____________________; tiene como ámbito de
operaciones todo el territorio nacional y podrá establecerse en cualquier parte del mismo para prestar sus
servicios.
ARTÍCULO 4. DURACIÓN: La duración de la “CORPORACIÓN Y/O COOPERATIVA __________” será de de
manera indefinida pero podrá transformarse, liquidarse o disolverse en cualquier momento, en los casos
previstos por la ley y el presente estatuto.
1
2. CAPITULO II
OBJETIVOS Y ACTIVIDADES
ARTÍCULO 5. OBJETO: La “CORPORACIÓN Y/O COOPERATIVA ______________”, quien se regula mediante el
presente estatuto tendrá como objetivo: Negociar, gestionar, construir, administrar, cofinanciar, y ejecutar
todo lo concerniente a la prestación de servicios en consultarías, interventoras, construcciones, proveeduría,
concesiones, compra-venta, arriendo de bienes muebles e inmuebles tanto a sus asociados como al público en
general, con el fin de propender y fomentar por la consolidación y fortalecimiento de la integración del sector
colectivo en sus diferentes manifestaciones para apoyar la ejecución de los planes y programas de desarrollo
económico, social y cultural de los diferentes entes territoriales, establecimientos públicos, sectores
descentralizados, Corporaciones de derecho público, nacionales, internacionales, de derecho privado, fondos
de cofinanciación, asociaciones gubernamentales y no gubernamentales; promoviendo, colaborando,
incentivando, desarrollando y participando en actividades a solucionar parte de la problemática social, cultural
y económica, entre otras y de esta manera mejorar la calidad de vida de sus asociados y de la comunidad en
general.
ARTÍCULO 6. ACTIVIDADES: Para el logro de sus objetivos la “CORPORACIÓN Y/O COOPERATIVA
____________”, podrá desarrollar las siguientes actividades:
1. Representar de acuerdo con las normas legales vigentes, los derechos e intereses de las personas
asociadas.
2. Administrar recursos del estado y privados que permitan la formulación, evaluación y ejecución
de toda clase de proyectos a favor de los asociados y de la comunidad en general.
3. Establecer convenios con organismos del orden nacional e internacional que tiendan a garantizar
la mejor prestación de sus servicios.
4. Extender los servicios a otras Corporaciones o al público en general cuando la naturaleza de los
mismos lo permita.
5. Representar casas comerciales del orden nacional e internacional.
6. Exportar e importar y comercializar toda clase de mercancías, bienes y servicios.
7. Comprar y vender productos del reino animal, productos del reino vegetal, productos e industrias
químicas, o de industrias conexas, materiales plásticos, madera, hidrocarburos y sus derivados,
2
3. materiales textiles y manufacturas, metales y manufacturas de metales, maquinas y aparatos,
material eléctrico, material de transporte, materiales de construcción, repuestos, accesorios,
mercancías y productos diversos, materias primas, vehículos, elementos de oficina y bienes en
general.
8. Prestar la asesoría necesaria para el recaudo, administración y manejo de rentas territoriales,
descentralizadas y de cualquier orden.
9. Contratar y/o ejecutar consultarías en todo lo relacionado con planes y programas de desarrollo
económico, social y cultural tanto de las Corporaciones de derecho público como las de derecho
privado.
10. Desarrollo de programas y actividades sociales con miras a elevar la calidad de vida de sus
asociados y de la comunidad.
11. Organizar eventos de tipo social, cultural, recreacional en beneficio de los asociados y de la
comunidad.
12. Realizar negociaciones con diferentes entidades, bien sean personas naturales o jurídicas, de
carácter público o privado, con el fin de lograr el beneficio de sus asociados.
13. Contratar la producción de revistas, periódicos, programas de radio, televisión y en general todo
tipo de comunicación, publicidad, y propaganda; así como la edición e impresión de toda clase de
libros técnicos y didácticos.
14. Contratar conferencias, talleres, seminarios, mesas redondas, paneles, foros y otros con el fin de
convertirlas en herramientas para divulgar y establecer estrategias, para el fortalecimiento de
principios y valores en la familia, el entorno laboral y la comunidad.
15. Diseñar, desarrollar y emplear estrategias y proyectos que eleven la calidad de vida de los
asociados y la comunidad y que fomente el trabajo independiente que genere ingresos para la
familia, los asociados y la comunidad.
16. Fomentar y desarrollar programas que realcen la cultura nacional y estrechen los vínculos de
solidaridad y participación.
17. Compartir experiencias con otras organizaciones nacionales y fomentar el desarrollo de
programas y actividades con organizaciones internacionales, que tengan como objetivo el
desarrollo de la comunidad, así mismo establecerá contactos y relaciones con los diferentes
3
4. cuerpos diplomáticos y agregados culturales con el fin de buscar apoyo económico, científico,
tecnológico y cultural.
18. Desarrollo de actividades culturales, recreativas, sociales, y de salud para niños, adultos y
ancianos.
19. Fomentar el desarrollo de cualquier actividad relacionada con el objeto social y el mejoramiento
de la calidad de vida de los asociados.
20. Podrá contratar los servicios de personal, profesionales y especialistas en las diferentes áreas con
el fin de desarrollar los programas relacionados con su objeto social.
21. La CORPORACIÓN Y/O COOPERATIVA podrá asesorar y prestar servicios de consultoría con
personas naturales o jurídicas de carácter público o privado con el objeto de elevar la calidad de
vida de la comunidad en general.
22. La CORPORACIÓN Y/O COOPERATIVA podrá celebrar contratos, compras y ventas con personas
naturales o jurídicas de carácter público o privado en aras del beneficio común de los asociados.
23. Así mismo, la CORPORACIÓN Y/O COOPERATIVA podrá otorgar pagarés, letras, comprometerse
con instituciones y corporaciones financieras y de crédito, abrir cuentas corrientes en bancos
oficiales o particulares y llevar a cabo todas las operaciones y actividades que sean necesarias
para la buena marcha de la misma.
24. Para todas las operaciones comerciales que realice dejará constancia que obra en representación
de los asociados bajo la razón social “CORPORACION Y/O COOPERATIVA
_______________________”.
25. Podrá realizar y organizar actividades con participación de sus miembros y de la comunidad.
26. La CORPORACIÓN Y/O COOPERATIVA podrá adquirir, vender, gravar o hipotecar toda clase de
bienes muebles o inmuebles, previo el cumplimiento de las disposiciones legales y estatutarias,
celebrar toda clase de contratos y ejecutar todos los actos que la Asamblea General de asociados
y la Junta Directiva hayan autorizado.
27. Las demás inherentes al objeto de la CORPORACIÓN Y/O COOPERATIVA.
CAPITULO III
DE LOS ASOCIADOS
4
5. ARTÍCULO 7. CALIDAD DE ASOCIADO: Tendrán el carácter de Asociados de la “CORPORACIÓN Y/O
COOPERATIVA _________________”, los fundadores a la fecha de la Asamblea de constitución o quienes se
adhieran posteriormente a ella, previa aceptación por parte de la Junta Directiva, quienes permanezcan
afiliados y estén debidamente inscritos y se sometan a cumplir los presentes estatutos.
PARÁGRAFO: Podrán ser asociados de la CORPORACIÓN Y/O COOPERATIVA las personas jurídicas que tengan
los mismos objetivos y cumplan los requisitos generales y específicos de la ley que deba cumplir toda persona
jurídica para su ingreso como asociado, con el visto bueno de la Junta Directiva, y en todos los casos deberá
ser una CORPORACIÓN Y/O COOPERATIVA sin ánimo de lucro que demuestre idoneidad.
ARTÍCULO 8. REQUISITOS DE ADMISIÓN: Para ingresar como asociado a la “CORPORACIÓN Y/O
COOPERATIVA _____________”se requiere:
1. Presentar solicitud previa a la Junta Directiva en cumplimiento de los requisitos legales.
2. Gozar de buena conducta y de absoluta moralidad y honorabilidad en el ejercicio de la profesión
o actividad y tener gran espíritu de trabajo, para las ciencias, la cultura, y la comunidad en
general.
3. Pagar la cuota de admisión equivalente a dos salarios mínimos legales vigentes, no reembolsable,
en el momento de aprobada la resolución para su ingreso. Esta cuota no será pagada por los
socios fundadores.
4. Ser mayor de edad, legalmente capaz y si es menor de edad con Representante Legal hasta su
mayoría de edad. La representación será ejercida por alguno de los asociados ya inscritos en la
CORPORACIÓN Y/O COOPERATIVA.
5. Los demás que exija la ley, los estatutos y sus reglamentos.
6. Pagar una cuota de mantenimiento y administración equivalente al 10% del salario mínimo legal
vigente al momento del pago de la respectiva cuota. Los parámetros para su pago y recaudo
serán fijados por la Junta Directiva.
5
6. PARÁGRAFO: La Junta Directiva dentro de los quince días (15) hábiles a la fecha de presentación resolverá las
solicitudes de admisión
ARTÍCULO 9: DEBERES DE LOS ASOCIADOS:
1. Comportarse siempre con espíritu corporativo y solidario.
2. Acatar y cumplir las normas, estatutos y reglamentos de la CORPORACIÓN Y/O COOPERATIVA.
3. Presentar proyectos y estudios; formar parte de los comités de trabajo, cumplir con todas las
tareas que se le asignen.
4. Abstenerse de ejecutar hechos o incurrir en omisiones que afecten o puedan afectar la
estabilidad económica y financiera o el prestigio e imagen de la CORPORACIÓN Y/O
COOPERATIVA.
5. Prestar buena voluntad para dirimir los conflictos con la CORPORACIÓN Y/O COOPERATIVA y los
otros asociados utilizando siempre el diálogo, el acuerdo y la convivencia.
6. Concurrir a las asambleas ordinarias y extraordinarias y a los demás eventos a los que se le cite.
7. Pagar las cuotas de afiliación y las cuotas especiales que establezca la Junta Directiva o la
Asamblea General.
8. Cumplir los demás deberes que resulten de la ley, los estatutos y los reglamentos de la
CORPORACIÓN Y/O COOPERATIVA.
ARTÍCULO 10. DERECHOS DE LOS ASOCIADOS:
1. Utilizar los servicios de la CORPORACIÓN Y/O COOPERATIVA conforme a los reglamentos
2. Los asociados tendrán además de los derechos consagrados en las disposiciones legales y en las
normas concordantes con los presentes estatutos, los siguientes:
3. El derecho a elegir y a ser elegido democráticamente.
4. Disfrutar de los servicios benéficos y prerrogativas que la CORPORACIÓN Y/O COOPERATIVA
tiene establecidos para sus asociados.
5. Participar en la administración de la CORPORACIÓN Y/O COOPERATIVA desempeñando con
decoro los cargos que se le asignen.
6
7. 6. Fiscalizar la gestión económica de la CORPORACIÓN Y/O COOPERATIVA, pudiendo examinar los
libros de balances, de inventarios, archivos, etc. en asociado con el Revisor Fiscal.
7. Retirarse de la CORPORACIÓN Y/O COOPERATIVA voluntariamente mientras esta no se haya
disuelto.
8. Concurrir a las asambleas, deliberar en ellas, emitir conceptos que vayan siempre en buena
marcha de la institución.
9. Informar sobre las irregularidades que observe y que vayan en detrimento de la CORPORACIÓN
Y/O COOPERATIVA.
10. Beneficiarse de los programas de capacitación, servicio social, y asesorías programadas por la
CORPORACIÓN Y/O COOPERATIVA.
11. Los demás que se deriven de la ley los estatutos y los reglamentos de la CORPORACIÓN Y/O
COOPERATIVA
PARÁGRAFO: Los derechos acordados en lo literales anteriores, solo podrán ser ejercidos por aquellos
asociados que estén cumpliendo normalmente sus funciones pecuniarias y sociales con la CORPORACIÓN Y/O
COOPERATIVA.
ARTÍCULO 11: PERDIDA DE LA CALIDAD DE ASOCIADO: La calidad de asociado se pierde:
1. Por retiro voluntario
2. Por retiro forzoso
3. Por exclusión
4. Por Liquidación de la CORPORACIÓN Y/O COOPERATIVA
5. Por muerte
PARÁGRAFO 1: El retiro forzoso no podrá realizarse cuando existan obligaciones pendientes del asociado con
la CORPORACIÓN Y/O COOPERATIVA o este suspendido, para lo cual la Junta Directiva aprobará o negará el
retiro; máxime cuando se trate de indisciplina o faltas graves a la moral y a las buenas costumbres.
7
8. PARÁGRAFO 2: Para el reintegro tiene que cumplir con todos los trámites de un nuevo asociado.
ARTÍCULO 12. La Junta Directiva podrá suspender a los asociados hasta por ______ (_____) meses cuando
infrinjan los estatutos, no cumplan con sus obligaciones, violen los reglamentos o acuerdos o den destinación
diferente a los bienes y servicios concedidos por la CORPORACIÓN Y/O COOPERATIVA.
ARTÍCULO 13. Se entiende por retiro forzoso, el que produce la Junta Directiva cuando al asociado se le
imposibilita cumplir con sus obligaciones con la CORPORACIÓN Y/O COOPERATIVA, por la presencia de
factores graves y ajenos a su voluntad o cuando ha perdido una o varias de las condiciones exigidas para su
admisión.
ARTÍCULO 14. En caso de fallecimiento, se entenderá perdida la calidad de asociado a partir de la fecha del
fallecimiento. En este caso la Junta Directiva aprobará la vinculación del heredero directo del asociado para
que continúe desarrollando la actividad de este y goce de los mismos derechos del causante.
ARTÍCULO 15. Además de los casos especiales previstos en la ley, y en estos estatutos, la Junta Directiva podrá
excluir a los asociados en los siguientes casos:
1. Por emplear medios desleales contrarios a los propósitos de la CORPORACIÓN Y/O
COOPERATIVA.
2. Por falsedad o reticencia en los informes y documentos que la CORPORACIÓN Y/O COOPERATIVA
requiera.
3. Por mora en más de sesenta (60) días en el cumplimiento de sus obligaciones, sin causa
justificada.
4. Por negarse al arreglo amistoso de las diferencias entre la CORPORACIÓN Y/O COOPERATIVA y
los asociados.
5. Por efectuar operaciones ficticias en perjuicio de la CORPORACIÓN Y/O COOPERATIVA o de los
asociados, o allegar documentación que, a sabiendas, tenga datos inexactos con el propósito de
obtener algún beneficio de la CORPORACIÓN Y/O COOPERATIVA.
8
9. 6. Por entregar a la CORPORACIÓN Y/O COOPERATIVA bienes de procedencia fraudulentos o por
haber sido condenado por algún delito.
PARÁGRAFO: La suspensión dará lugar a una información sumaria que adelantará la Junta Directiva donde
consten los hechos sobre los cuales se basa, así como las razones legales, estatutarias o reglamentarias de tal
medida; el excluido o suspendido podrá interponer recurso de reposición ante la Junta Directiva o recurso de
apelación ante la Asamblea General. En todo caso, antes de que se produzca la decisión deberá dársele al
asociado la oportunidad de ser oído en debido proceso.
ARTÍCULO 16. El retiro, la suspensión, o la exclusión no modificarán las obligaciones contraídas ni las garantías
otorgadas por los asociados a favor de la CORPORACIÓN Y/O COOPERATIVA.
ARTÍCULO 17. ASOCIADOS HÁBILES: Son asociados hábiles los regularmente inscritos en el libro de registro de
los afiliados que no tengan suspendidos sus derechos y se encuentren al corriente en el cumplimiento de sus
obligaciones con la CORPORACIÓN Y/O COOPERATIVA en el momento de la convocatoria.
CAPITULO IV
REGIMEN ECONOMICO
ARTÍCULO 18. DEL PATRIMONIO: El patrimonio de la CORPORACIÓN Y/O COOPERATIVA estará formado por:
1. Las cuotas mensuales canceladas por los asociados.
2. Auxilios que reciba de personas naturales o jurídicas.
3. Donaciones, herencias o legados que reciba de personas naturales o jurídicas
4. Por los bienes que a cualquier título adquiera, incluyendo donaciones de empresas nacionales o
extranjeras.
5. Por todos los bienes que por cualquier concepto ingresen a la CORPORACIÓN Y/O
COOPERATIVA
9
10. 6. Por concepto de la cuota de inscripción o extraordinaria de sus asociados.
7. Los excedentes del ejercicio que no tengan destinación especifica o que por Asamblea General
se capitalicen con destino al incremento patrimonial
8. Por concepto de pago del aporte social de cada nuevo asociado.
ARTÍCULO 19. CLASES DE APORTES Los aportes sociales individuales serán ordinarios y extraordinarios,
podrán ser satisfechos en dinero, en especie o trabajo avaluados convencionalmente. Para evaluar los aportes
en especie o en trabajo, el aportante presentara ante la Junta Directiva un proyecto de avalúo debidamente
justificado, esta lo acogerá o rechazara indicando razones de su decisión.
ARTÍCULO 20 CERTIFICACION DE APORTES: Los aportes sociales de los asociados, se acreditaran, al asociado
que lo solicite, mediante certificación expedida y rubricada por el representante legal o la persona autorizada
por este, los cuales en ningún caso tendrán el carácter de títulos valores.
ARTÍCULO 21 GARANTIA DE LOS APORTES: los aportes sociales quedarán directamente afectados desde su
origen a favor de la administración de la CORPORACIÓN Y/O COOPERATIVA como garantía de las obligaciones
que contraigan con ella. Tales garantías no podrán ser gravadas por los titulares a favor de terceros, serán
inembargables y solo podrán cederse a otros asociados con la aprobación de la Junta Directiva, en los casos
que prevea este estatuto.
ARTÍCULO 22 APORTE SOCIAL MÍNIMO NO REDUCIBLE: La CORPORACIÓN Y/O COOPERATIVA tendrá un
monto mínimo de aportes sociales equivalente a _______ millón de pesos ($___________________) m/Cte.,
el cual no podrá disminuirse durante la existencia de la CORPORACIÓN Y/O COOPERATIVA
PARÁGRAFO: El aporte social de la “CORPORACIÓN Y/O COOPERATIVA ________” estará dividido en ______
($_______) certificados de aportación social de ______ pesos ($_______) moneda legal cada uno y quedarán
distribuidos de la siguiente manera:
ASOCIADO No DE CERTIFICADO VALOR NOMINAL
10
11. ______________________ ________ ________________
______________________ ________ ________________
TOTAL _________ __________
ARTÍCULO 23. SUSCRIPCION Y PAGO DE APORTES SOCIALES INDIVIDUALES: Al ingresar en la CORPORACIÓN
Y/O COOPERATIVA, cada nuevo asociado deberá suscribir y pagar aportes sociales en cuantía equivalente a
_____certificados que podrán ser suscritos y pagados de la siguiente forma: Un pago inicial equivalente a
________SALARIOS MÍNIMOS LEGALES VIGENTES, y el restante dentro de los doce meses siguientes.
PARÁGRAFO 1. En caso de incumplimiento en el pago, el asociado incurrirá en sanciones e intereses de mora
que se fijarán en los reglamentos internos de la CORPORACIÓN Y/O COOPERATIVA.
ARTÍCULO 24. CESION DE APORTES SOCIALES: Los aportes sociales podrán cederse solamente en los
siguientes casos:
1. Retiro voluntario de un asociado
2. Admisión de un nuevo asociado
3. Cuando se requiera para evitar que un solo asociado tenga más del 50% de los aportes sociales de la
CORPORACIÓN Y/O COOPERATIVA.
ARTÍCULO 25. APORTES EXTRAORDINARIOS: La Asamblea General podrá decretar el pago de aportes sociales
extraordinarios cuando se requiera incrementar el patrimonio de la CORPORACIÓN Y/O COOPERATIVA,
debiendo prever la forma y periodo de pago y su correspondiente destinación.
ARTÍCULO 26. AMORTIZACIÓN DE LOS APORTES: La CORPORACIÓN Y/O COOPERATIVA podrá amortizar
parcial o totalmente los aportes de los asociados, para tal fin se constituirán un fondo especial cuyos recursos
se tomarán de los remanentes de los excedentes del ejercicio en el monto que establezca la Asamblea
General; se efectuará en igualdad de condiciones para todos los asociados.
11
12. ARTÍCULO 27. DEVOLUCIÓN DE APÒRTES: Los asociados que pierdan su calidad de tales, tendrán derecho a
que la CORPORACIÓN Y/O COOPERATIVA haga la devolución de sus aportes; afectados proporcionalmente si
existen perdidas o por el contrario las sumas que resulten a su favor una vez deducidas posibles obligaciones
pendientes. Dicha devolución se hará dentro de los sesenta (60) días siguientes a la fecha en que se decrete la
pérdida de calidad de asociado. En caso de crisis económica o caso fortuito debidamente comprobado, el
plazo para las devoluciones será de dos años; la Junta Directiva fijara los procedimientos a seguir, todo lo
anterior para garantizar la normal marcha y la estabilidad de la CORPORACIÓN Y/O COOPERATIVA.
ARTÍCULO 28. RESERVAS: Las reservas serán de carácter permanente y no podrán ser repartidas entre los
asociados ni acrecentarán los aportes de los mismos, de acuerdo con la norma legal vigente. La CORPORACIÓN
Y/O COOPERATIVA en Asamblea General podrá crear otras reservas.
ARTÍCULO 29. FONDOS: La CORPORACIÓN Y/O COOPERATIVA podrá constituir fondos permanentes o
consumibles y no podrán destinarse a fines diferentes para los que fueron creados, incluso en el momento de
la liquidación repartirlo entre los asociados. Será facultativo de la Asamblea General fijar estas políticas.
ARTÍCULO 30. EJERCICIO ECONOMICO: El ejercicio económico de la CORPORACIÓN Y/O COOPERATIVA será
anual y se cerrará a 31 de diciembre. Al término de cada ejercicio se cerrarán las cuentas, se elaborará el
balance, el inventario y el estado de resultados.
ARTÍCULO 31. DESTINACION DE EXCEDENTES: Si al liquidar el ejercicio existieren excedentes estos se
aplicarán de la siguiente forma: 50% a distribuir entre los asociados, 10% para la protección de los aportes de
los asociados, 20% para la creación de fondos, 10% para inversión social, y 10% para revalorización de aportes.
PARÁGRAFO 1. Los excedentes financieros se aplicaran una vez hecha las reservas legales y estatutarias.
PARÁGRAFO 2. No obstante, los excedentes financieros se aplicaran en primer término a compensar pérdidas
de ejercicios anteriores y restablecer el nivel de la reserva de protección de los aportes sociales cuando esta se
hubiera empleado para compensar pérdidas.
12
13. ARTÍCULO 32. La organización y administración del patrimonio estará a cargo de la Asamblea General, sus
fondos serán depositados en cuenta de ahorro o corriente con las firmas del presidente y del Representante
Legal de la CORPORACIÓN Y/O COOPERATIVA y solamente podrá destinarse al desarrollo de los objetivos
impuestos.
CAPITULO V
DIRECCIÓN Y ADMINISTRACIÓN.
ARTÍCULO 33. DIRECCIÓN: La “CORPORACIÓN Y/O COOPERATIVA ____________” será administrada y
dirigida por la Asamblea General, la Junta Directiva, y el Representante Legal, quienes trabajarán en el
desarrollo del fin social previsto en los objetivos y tendrá también un Revisor Fiscal.
ARTÍCULO 34. ÓRGANOS DE ADMINISTRACIÓN: La “CORPORACIÓN Y/O COOPERATIVA ____________”
tendrá los siguientes órganos de administración
Asamblea General
Junta Directiva
Representante Legal
Revisor Fiscal
LA ASAMBLEA GENERAL
ARTÍCULO 35. LA ASAMBLEA GENERAL: La Asamblea General la forman las personas que firmaron el acta de
constitución en tal calidad y realizaron las donaciones según el acta de constitución y por todos los miembros
activos de la asociación. Es la máxima autoridad y sus determinaciones serán de obligatorio cumplimiento
siempre y cuando se hayan tomado de acuerdo con lo dispuesto en estos estatutos.
13
14. ARTÍCULO 36. FUNCIONES DE LA ASAMBLEA GENERAL: Son funciones la Asamblea General:
1. Conformar e instalar a los dignatarios de la Junta Directiva, Representante Legal y Revisor Fiscal.
2. Aprobar, improbar, y fenecer, las cuentas presentadas por la Junta Directiva, Representante
Legal y Revisor Fiscal.
3. Determinar la orientación general de la CORPORACIÓN Y/O COOPERATIVA.
4. Reformar y aprobar los estatutos de la CORPORACIÓN Y/O COOPERATIVA, la disolución y
liquidación de la CORPORACIÓN Y/O COOPERATIVA por las causas contempladas en los estatutos,
por extinción de sus fondos o por las consagradas en la Ley.
5. Dictar el reglamento de funcionamiento.
6. Velar por el cumplimiento de los estatutos e interpretarlos.
7. Decidir sobre el cambio de domicilio y la enajenación de los bienes de la CORPORACIÓN Y/O
COOPERATIVA.
8. Las demás que correspondan como suprema autoridad de la CORPORACIÓN Y/O COOPERATIVA,
siempre que no estén atribuidas a otro órgano.
ARTÍCULO 37. REUNIONES DE LA ASAMBLEA GENERAL: La Asamblea General se reunirá ordinariamente una
vez al año en su sede principal durante los tres primeros meses y extraordinariamente cuando lo solicite la
Junta Directiva o el Revisor Fiscal; siendo necesario un quórum de la mitad mas uno de los asociados para
decidir y deliberar en cualquiera de ellas.
De las reuniones de la Asamblea General, tanto ordinarias como extraordinarias, se dejará constancia en un
libro de actas y cada una de tales será firmada por el presidente y el secretario.
ARTÍCULO 38. CONVOCATORIA: La convocatoria para cualquier clase de reunión será por escrito, firmado por
el Representante Legal o en su defecto el presidente o vicepresidente de la Junta Directiva. Dicho escrito debe
contener la hora, fecha y asuntos a tratar en la Asamblea.
14
15. Tratándose de reuniones ordinarias, su convocatoria deberá hacerse por lo menos con quince (15) días hábiles
de anterioridad a la fecha de realización y para las extraordinarias deberá hacerse con cinco (5) días
calendario.
Si se convoca a la Asamblea General y la reunión no se realiza por falta de quórum, se citará a otra reunión
que sesionará y decidirá con cualquier número plural de asociados que asistan.
DE LA JUNTA DIRECTIVA
ARTÍCULO 39. CONFORMACIÓN DE LA JUNTA DIRECTIVA: La Junta Directiva está formada por el Presidente,
Vicepresidente, Secretario General, con las funciones inherentes a cada uno de sus cargos respectivos y serán
elegidos por la Asamblea General para un período de un año, contado a partir de la fecha de la elección.
ARTÍCULO 40. SON FUNCIONES DE LA JUNTA DIRECTIVA:
1. Designar y remover sus dignatarios cuya elección no corresponda a la Asamblea General.
2. Crear los empleos que considere necesarios para el buen funcionamiento de la CORPORACIÓN
Y/O COOPERATIVA y señalar sus asignaciones. Nombrar y remover a las personas que deban
desempeñar dichos cargos.
3. Delegar en el Representante Legal o en cualquier otro funcionario las funciones que considere
convenientes.
4. Autorizar al Representante Legal para comprar, vender o gravar bienes y para celebrar contratos
cuyo valor exceda la suma de $____________ de pesos colombianos. La autorización deberá ser
previa a la firma de los contratos y constar por escrito.
5. Convocar por escrito a la Asamblea General a reuniones ordinarias y extraordinarias cuando así lo
estime conveniente.
6. Presentar a la Asamblea General los informes que este estime conveniente.
15
16. 7. Examinar cuando así lo considere, los libros de contabilidad, actas, y demás libros que lleve la
CORPORACIÓN Y/O COOPERATIVA.
8. Tomar las decisiones que no correspondan a otro órgano de la CORPORACIÓN Y/O COOPERATIVA
9. Ejercer la dirección administrativa de la CORPORACIÓN Y/O COOPERATIVA
10. Aprobar las inversiones y programas de la CORPORACIÓN Y/O COOPERATIVA, la forma de
ejecutarlos, y su financiación.
11. Aprobar el gravamen o la pignoración de bienes.
12. Decidir acerca de la aceptación de legados, herencias o donaciones, que se haga a la
CORPORACIÓN Y/O COOPERATIVA.
13. Determinar la manera como deben ser informados periódicamente los miembros acerca de las
actividades de la CORPORACIÓN Y/O COOPERATIVA.
14. Delegar parcialmente funciones administrativas cuando por su naturaleza sean delegables.
15. Presentar a la Asamblea General los proyectos de reformas estatutarias y de política general de la
CORPORACIÓN Y/O COOPERATIVA
16. Conceptuar y decidir sobre los actos y negocios jurídicos, la aplicación de rentas, inversión de
capitales, y destinación de bienes, en cuantía previamente establecida por la Junta Directiva.
ARTÍCULO 41. REUNIONES: La Junta Directiva se reunirá ordinariamente por lo menos una vez al mes y podrá
reunirse extraordinariamente cuando la convoque el Representante Legal o la soliciten sus miembros, o el
Revisor Fiscal o la Asamblea General.
La Junta Directiva podrá deliberar con la tercera parte de sus integrantes y para decidir requiere de la mayoría
de los presentes. De las reuniones de la junta se elaborará un acta firmada por el presidente y el secretario.
ARTÍCULO 42. ELECCIÓN: La Junta Directiva será elegida por la Asamblea General por el sistema de votación
por mayoría, si existiere más de una lista por el cociente electoral.
16
17. ARTÍCULO 43. FUNCIONES DEL PRESIDENTE. Son funciones del presidente:
1. Presidir y dirigir las sesiones de la Junta Directiva y de la Asamblea De Asociados
2. Convocar a la Asamblea General.
3. Cumplir y hacer cumplir las directrices, estatutos y reglamentos de la Asamblea General
4. Planear, organizar, dirigir, y coordinar en conjunto con el representante legal las labores de la
CORPORACIÓN Y/O COOPERATIVA en concordancia con las normas legales y de acuerdo a las
determinaciones de la junta directiva y la asamblea general.
5. Las demás que señale la ley y los estatutos.
ARTÍCULO 44. FUNCIONES DEL VICEPRESIDENTE: Son funciones del Vicepresidente:
1. Reemplazar al presidente de la CORPORACIÓN Y/O COOPERATIVA en sus ausencias temporales y
definitivas hasta cuando la asamblea lo nombre.
2. Ejercer las funciones que le delegue el Presidente, la Junta Directiva y la Asamblea De Asociados.
ARTÍCULO 45. FUNCIONES DEL SECRETARIO GENERAL: Son funciones del secretario general:
1. Comunicar las convocatorias de la Asamblea General y de la Junta Directiva.
2. Tener bajo su cuidado y diligencia los libros de registros de afiliados y actas de la Asamblea General y
de la Junta Directiva.
3. Llevar, custodiar, y organizar el archivo de la Junta Directiva.
4. Servir de secretario en las reuniones de la Asamblea General y de la Junta Directiva.
5. Los demás que señale la Asamblea General y la Junta Directiva.
DEL REPRESENTANTE LEGAL
ARTÍCULO 46. El Representante Legal de la CORPORACIÓN Y/O COOPERATIVA es el Director, quien será
nombrado por la Asamblea General para períodos de tres años. Ejercerá en asocio con la Asamblea General y
la Junta Directiva, la administración y dirección de la CORPORACIÓN Y/O COOPERATIVA.
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18. ARTÍCULO 47. Son funciones del Representante Legal:
1. Representar a la CORPORACIÓN Y/O COOPERATIVA en todos los actos públicos y privados.
2. Representar a la CORPORACIÓN Y/O COOPERATIVA ante las Corporaciones públicas y privadas
3. Representar judicial y extrajudicialmente a la CORPORACIÓN Y/O COOPERATIVA con las
facultades para conciliar, transigir, desistir, delegar, y sustituir.
4. Realizar cualesquiera actos o negocios jurídicos observando la política general de la
CORPORACIÓN Y/O COOPERATIVA
5. Aplicar las rentas, invertir capitales, destinar, ocupar y negociar los bienes inmuebles y todo
aquello que conlleve a la ejecución cabal cumplimiento de su objeto.
6. Constituir apoderados judiciales y extrajudiciales para determinadas gestiones.
7. Cuidar de la exacta recaudación y administración de los fondos de la CORPORACIÓN Y/O
COOPERATIVA
8. Presentar a la Junta Directiva el presupuesto de rentas y gastos, los proyectos de organización
administrativa, de reglamento interno y demás exigidos por la ley para su aprobación; así como
de toda propuesta tendiente a la buena marcha y realización de la finalidad organizacional y que
requiera aprobación de la Junta Directiva, los balances anuales para su aprobación.
9. Presentar a la Asamblea General conjuntamente con la Junta Directiva los balances anuales para
su aprobación.
10. Nombrar los empleados de la CORPORACIÓN Y/O COOPERATIVA para los cargos creados por la
Junta Directiva.
11. Los demás que correspondan a la naturaleza de su cargo y las que le sean asignadas por la
Asamblea General o por la Junta Directiva.
12. Realizar los contratos que fuesen necesarios para el desarrollo del objeto de la CORPORACIÓN
Y/O COOPERATIVA conforme lo dispuesto por estos estatutos.
18
19. DEL TESORERO
ARTICULO 48. La CORPORACIÓN Y/O COOPERATIVA tendrá un Tesorero que será elegido por la Junta
Directiva por el período que ella determine, pero podrá ser removido en cualquier momento por
decisión de la misma.
ARTICULO 49. FUNCIONES DEL TESORERO. Son funciones del Tesorero las siguientes:
1. Responder por la custodia y conservación de los bienes de la CORPORACIÓN Y/O COOPERATIVA.
2. Elaborar el proyecto de presupuesto de ingresos y egresos y presentarlo junto con el
Representante Legal a la Junta Directiva para su consideración, y para que ésta lo presente a su
vez a la Asamblea.
3. Pagar todas las cuentas a cargo de la CORPORACIÓN Y/O COOPERATIVA, del fondo que se
mantenga a nombre de la misma en un banco o establecimiento financiero debidamente
autorizado, de acuerdo con el presupuesto de ingresos y egresos, y con la debida autorización del
Representante Legal.
4. En general, tendrá bajo su responsabilidad el manejo de los bienes y dineros de la CORPORACIÓN
Y/O COOPERATIVA y las demás funciones relacionadas con las anteriores que le señalen la
Asamblea General, los reglamentos internos, la Junta Directiva o el Representante Legal.
CAPITULO VI
DISOLUCIÓN Y LIQUIDACION
ARTÍCULO 50. DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN: La “CORPORACION Y/O COOPERATIVA_______________” se
disolverá por las causales que la ley establece de manera general para esta clase de asociaciones, fundaciones,
o instituciones de utilidad común; por vencimiento del término de duración, por imposibilidad de desarrollar
sus objetivos; por decisión de autoridad competente; por decisión de la Asamblea General.
ARTÍCULO 51. LIQUIDADOR: Decretada la disolución la Asamblea General procederá a nombrar el liquidador;
en caso de no haberse hecho tal nombramiento actuará como liquidador el último Representante Legal
inscrito ante la autoridad competente.
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20. Al mismo procedimiento anterior se sujetará el nombramiento del liquidador cuando la disolución de la
CORPORACIÓN Y/O COOPERATIVA tenga como causa la cancelación de la personería jurídica decretada por
autoridad competente.
ARTÍCULO 52. PROCEDIMIENTO: Par la liquidación se procederá así: Quince (15) días después de la
publicación del último aviso se liquidará la CORPORACIÓN Y/O COOPERATIVA pagando las obligaciones
contraídas con terceros y observando las disposiciones legales sobre prelación de créditos.
Si cumplido lo anterior queda un remanente de activo patrimonial, este pasará a la CORPORACIÓN Y/O
COOPERATIVA escogida por la Asamblea General en calidad de donación.
CAPITULO VII
DISPOSICIONES VARIAS
ARTÍCULO 53. REVISOR FISCAL: Las funciones del Revisor Fiscal serán las mismas que la ley señala a los
revisores fiscales de las sociedades.
Firmada en _________ a los ___ días del mes de _____del año ______.
_______________________
C.C. _______de ______
_______________________
C.C. _______de ______
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21. Sometidos a consideración de los fundadores, los presentes estatutos fueron aprobados por unanimidad
y en consecuencia de todo lo anterior se firma por el Presidente y el Secretario General
PRESIDENTE SECRETARIO
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