Este documento es un certificado de existencia y representación legal de la corporación sin ánimo de lucro "Corporación Foco Empresarial" expedido por la Cámara de Comercio de Medellín para Antioquia. Describe los detalles de constitución de la corporación, su objeto social, dirección, representantes legales y otras características legales.
1. CÁMARA DE COMERCIO DE MEDELLÍN PARA ANTIOQUIA
Certificado Existencia y Representación
Fecha de expedición: 2018/05/11 - 12:00:09 PM
Recibo No.: 0016798777 Valor: $00
CÓDIGO DE VERIFICACIÓN: kTjHlikpTiZihbai
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dias calendario contados a partir de la fecha de expedición del
certificado, corresponde a la imagen y contenido del certificado creado
en el momento en que se generó en las taquillas o a través de la
plataforma virtual de la Cámara.
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CERTIFICADO DE EXISTENCIA Y REPRESENTACIÓN
El SECRETARIO DE LA CAMARA DE COMERCIO DE MEDELLÍN PARA ANTIOQUIA, con
fundamento en las matrículas e inscripciones del Registro Mercantil,
CERTIFICA
NOMBRE, IDENTIFICACIÓN Y DOMICILIO
NOMBRE: CORPORACION FOCO EMPRESARIAL
NÚMERO ESAL: 21-015733-21
DOMICILIO: MEDELLÍN
NIT: 900747694-2
INSCRIPCION REGISTRO ESAL
Número ESAL: 21-015733-21
Fecha inscripción: 08/07/2014
Ultimo año renovado: 2018
Fecha de renovación de la inscripción: 28/03/2018
Activo total: $2.400.000
Grupo NIIF: 4 - GRUPO III. Microempresas.
UBICACIÓN Y DATOS GENERALES
Dirección del domicilio principal: Carrera 43 A 1 A SUR 29 OF 306
Municipio: MEDELLÍN, ANTIOQUIA, COLOMBIA
Teléfono comercial 1: 3116950
Teléfono comercial 2: No reporto
Teléfono comercial 3: No reporto
Correo electrónico: jtoropuerta@gmail.com
Dirección para notificación judicial: Carrera 43 A 1 A SUR 29 OF 306
Municipio: MEDELLÍN, ANTIOQUIA, COLOMBIA
Telefono para notificación 1: 3116950
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Fecha de expedición: 2018/05/11 - 12:00:09 PM
CÓDIGO DE VERIFICACIÓN: kTjHlikpTiZihbai
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Telefono para notificación 2: No reporto
Telefono para notificación 3: No reporto
Correo electrónico de notificación: jtoropuerta@gmail.com
Autorización para notificación personal a través del correo electrónico
de conformidad con lo establecido en el artículo 67 del código de
Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo: SI
CLASIFICACIÓN DE ACTIVIDADES ECONÓMICAS - CIIU
Actividad principal:
7490: Otras actividades profesionales, científicas y técnicas n.c.p.
CONSTITUCIÓN
CONSTITUCION: Que por Acta del 26 de marzo de 2014, de la Asamblea de
Constitucion, registrado(a) en esta Cámara el 8 de julio de 2014, en el
libro 1, bajo el número 2371, se constituyó una entidad sin ánimo de
lucro Corporaciones denominada:
CORPORACION FOCO EMPRESARIAL
LISTADO DE REFORMAS
REFORMA: Que hasta la fecha la entidad no ha sido reformada.
ENTIDAD QUE EJERCE LA FUNCIÓN DE INSPECCION, VIGILANCIA Y CONTROL
gobernación de antioquia
TERMINO DE DURACIÓN
VIGENCIA: Que la entidad sin ánimo de lucro no se halla disuelta y su
duración es hasta julio 08 de 2064.
OBJETO SOCIAL
OBJETO SOCIAL: La Corporación tiene por objetivo general, Actuar como
ORGANIZACIÓN ESPECIALIZADA EN EL DESARROLLO. DE TEMAS DE FORMACION Y
ADECUACION DE PROCESOS SOCIALES Y EMPRESARIALES BASADOS EN PROSOCIALIDAD
EMPRESARIAL, RSE Y REINTEGRACION, POST CONFLICTO Y OTROS AFINES A LA
INVESTIGACION Y DESARROLLO, de esta manera propenderá por el
mejoramiento de la calidad de vida de sus corporados y por ende de los
colombianos mediante el fortalecimiento en la prestación adecuada de
servicios investigativos, de consultoría y formación social y
empresarial en pro de la defensa de los derechos fundamentales y legales
de los Nacionales y Extranjeros, la prestación adecuada de los servicios
pro sociales empresariales y de la asistencia y acompañamiento en lo
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público en razón a la naturaleza de los servicios profesionales de los
corporados en favor del desarrollo del Objeto social de la Corporación.
En desarrollo de dicho objetivo general la Corporación podrá:
a. Promover a Asesoría Integral y la consultoría por medio de os
servicios Profesionales que la corporación este en capacidad de
desarrollar, interactuando en os diferentes sectores productivos del
país
b. Contratar y/o prestar servicios complementarios en el desarrollo
cabal del objeto social de la Corporación.
c. Crear y fortalecer el CENTRO DE INVESTIGACION SOCIAL Y EMPRESARIAL DE
LA CORPORACION, buscando ser una alternativa real para dichos sectores.
d. Realizar Servicios de Consultoría, Asesoría y Educación e
investigación Empresarial; utilizando para ello el sistema SAP, y demás
sistemas que propendan por el desarrollo de los corporados y su labor
profesional o personal, estructurar la Elaboración y manejo de registros
individuales de prestación de servicios; estructurar programas de
capacitación y motivación del talento humano; capacitación a usuarios y
terceros en programas específicos y generales en las áreas del saber:
e. Propiciar la participación y el compromiso de las distintas personas
naturales y jurídicas del país y del exterior con mayor capacidad de
influjo en el enriquecimiento de la vida cotidiana de las comunidades
locales y de sus habitantes, para que igualmente se desarrollen
proyectos ambientales que generen impacto positivo en las comunidades.
f. Ser generador de empleo en armonía con el objeto de la corporación y
atendiendo a las diferentes necesidades que se observen en el medio.
i. facilitar la captación económica, adquirir y negociar con sus
excedentes de liquidez títulos representativos de obligaciones emitidas
por entidades de derecho público, aplicar al sistema de libranzas para
el pago de créditos cuando los trabajadores independientes afiliados,
así lo acepten voluntariamente.
En desarrollo de sus objetivos, la Corporación podrá realizar entre
otras las siguientes tareas específicas:
a.Divulgar el conocimiento de las ideas y prácticas capaces de
contribuir al desenvolvimiento progresivo de la comunidad y al
mejoramiento de los servicios ocales urbanos y rurales, propios de su
objeto social.
b.Ofrecer su colaboración, asistencia y orientación a los diferentes
entes naturales o jurídicos, a las agencias y dependencias del Estado y
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a las instituciones públicas o privadas, nacionales o extranjeras que
tengan interés o responsabilidad en el desenvolvimiento de la vida local
y seccional y recibir cooperación técnica, administrativa y financiera
de dichas entidades y personas, en desarrollo del objeto social.
c.Trabajar de manera concertada, en especial a través de las distintas
formas y medios da a cooperación horizontal, con las entidades locales y
las instituciones nacionales e internacionales de reconocida
experiencia, versación y capacidad en los distintos campos de la gestión
de los asuntos y los intereses locales, brindando a los afiliados,
programas y oportunidades de asesoría y entrenamiento en la aplicación
concreta y apropiada de as diferentes artes y las ciencias en las cuales
encerraremos nuestro objeto social.
d.Cooperar con las instituciones públicas y privadas, nacionales e
internacionales, que de una u otra forma se ocupan del mejoramiento de
las comunidades.
e.Auspiciar la vinculación eficaz de los particulares colombianos y de
las empresas, las universidades y las instituciones que sobresalgan por
su solidaridad, capacidad y voluntad de servicio dentro del país y del
exterior, a la promoción del desarrollo y del mejoramiento de las
diferentes comunidades.
f.Fomentar el acopio y el intercambio de información y de experiencias
en el ámbito de la organización y la gestión, en la prestación de los
servicios básicos indispensables para la supervivencia, la vida, la
convivencia, la seguridad, el bienestar y la proyección de las
comunidades modernas.
g.Colaborar con las personas e instituciones interesadas y las
autoridades competentes cuando ellas lo soliciten, en el desarrollo y
aplicación de normas, políticas y estrategias que regulen la vida y el
desarrollo local, regional, urbano y rural de las comunidades
municipales.
h.Acordar con las instituciones nacionales e internacionales afines o
complementarias, los programas de cooperación que se desprendan de la
naturaleza y objetivos de la Corporación.
i.Proyectar y ejecutar las demás actividades que desarrollen sus
objetivos generales.
Para el cabal desempeño de la misión institucional que se asignen sus
fundadores, la Corporación orientará sus estudios y trabajos, a la
promoción de la mejor calidad de la vida y en especial a mitigar la
vulnerabilidad y riesgos a los cuales está sometida la comunidad, para
lograr:
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a.El mayor grado de cobertura y de excelencia de los programas
ejecutados y por ejecutar frente a la comunidad empresarial y general.
b. La mejor formación cívica para la convivencia, la solidaridad; la
participación y la protección social integral de los ciudadanos.
c.La creación y el mantenimiento de las condiciones necesarias para la
consolidación y desarrollo del trabajo productivo de la ciudadanía, el
fortalecimiento de su creatividad e iniciativa y la formación y
desarrollo de las diversas clases y formas de empresa o instituciones
sociales que se requieran para el progreso permanente de las
comunidades.
d.La creación de las condiciones que faciliten y estimulen servicios
especializados del voluntariado de los distintos sectores de la
población, hacia las comunidades.
e.La preservación, defensa y enriquecimiento racionales de los bienes
esenciales de toda comunidad, como son el medio ambiente, los recursos
naturales, la infraestructura económica y social, el acervo
institucional y la identidad cultural que distinguen a cada localidad y
que constituyen bases irreemplazables del patrimonio común y de la vida
comunitaria.
f.E fortalecimiento de una cultura que propicie la reserva económica
entre sus afiliados y en especial de aquellos trabajadores
independientes que no tienen acceso a créditos bancarios, pudiendo
acceder a recursos en nuestra corporación.
PARÁGRAFO 1°. Concebida, diseñada y creada deliberada y expresamente
como una fuerza promotora de la solidaridad de los colombianos con sus
comunidades, a Corporación obrará en todo momento buscando
exclusivamente el interés de cada región del país, sin aplicar jamás
criterios políticos de partidos de secta o de grupo o consideraciones
ideológicas o religiosas que de cualquier manera impliquen
discriminaciones de cualquier género entre los ciudadanos.
PARÁGRAFO 2°. En cumplimiento de las metas y objetivos consagrados en
los presentes estatutos, la Corporación deberá obrar en coordinación con
las entidades públicas y privadas existentes o actuantes en el país,
evitando, en cuanto posible, toda duplicación de esfuerzos.
Para cumplir con sus objetivos, la Corporación podrá:
a. Celebrar el contrato de sociedad, suscribir, adquirir a cualquier
título, enajenar, usufructuar o manejar acciones de compañías.
b. Celebrar el contrato de mutuo p préstamo de consumo en todas las
formas previstas en la Ley, con o sin intereses.
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c. Comprar, vender, importar, permutar, y en fin, enajenar toda clase de
bienes muebles o efectos de comercio, de contado ó a plazos, por
cualquiera de los medios legales.
d. Adquirir, enajenar, gravar, transformar y administrar toda clase de
bienes muebles o inmuebles, invertir las reservas o demás dineros
disponibles de la Corporación.
e. Tomar y dar en arrendamiento, comodato o sesión cíe administración,
toda clase de muebles o inmuebles.
f. Celebrar con establecimientos de crédito y con empresas aseguradoras
o entidades privadas de cualquier índole, todas as operaciones que
requiera el giro de os negocios sociales
g. Girar, aceptar, endosar, cobrar y negociar en general, títulos
valores y los demás títulos de crédito, ya sea directamente o por
contrato.
h. Transigir, desistir o procurar decisiones arbitrales en las
cuestiones en que la Corporación tenga interés frente a terceros.
i. Celebrar o ejecutar en general todos los actos o contratos accesorios
o complementarios a los indicados en esta cláusula, necesarios para el
cumplimiento de los objetivos de la Corporación.
j. Recibir donaciones logados contribuciones, auxilios y estímulos, en
dinero o en especie, de personas naturales o jurídicas, nacionales o
extranjeras; dar o recibir el producto de dichas donaciones, legados,
contribuciones, auxilios o estímulos en mutuo con garanta real cuando
así lo haya exigido el donante o benefactor
k. Promover directa o indirectamente la creación de instituciones
autónomas, crearlas ella misma o participar en la creación con otras
instituciones.
LIMITACIONES, PROHIBICIONES, AUTORIZACIONES ESTABLECIDAS SEGÚN LOS
ESTATUTOS.
Que entre las funciones de la Asamblea General está la de:
Autorizar al Representante Legal la celebración de contratos con
entidades públicas y/a privadas en cuantías superiores a 50.000 smlmv.
Que entre las funciones del Consejo Directivo está la de:
Autorizar al Representante Legal para contratar cuantías superiores a
3000 smlmv y hasta 50.000 smlmv
PATRIMONIO
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CÓDIGO DE VERIFICACIÓN: kTjHlikpTiZihbai
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QUE EL PATRIMONIO DE LA ENTIDAD ES: $0,00
Por Acta del 26 de marzo de 2014, de la Asamblea de Constitucion,
registrado(a) en esta Cámara el 8 de julio de 2014, en el libro 1, bajo
el número 2371
ÓRGANOS DE ADMINISTRACIÓN Y DIRECCIÓN
REPRESENTACION LEGAL: La Corporación tendrá un Representante Legal
principal, quien será su representante legal para toda clase de actos,
su ordenador del gasto y su administrador, al igual que contará con un
suplente, quien está facultado legalmente con todo lo anterior en
ausencia del representante legal principal.
NOMBRAMIENTOS:
CARGO NOMBRE IDENTIFICACION
REPRESENTANTE LEGAL JUAN CARLOS TORO 71.715.932
PRINCIPAL DESIGNACION
REPRESENTANTE LEGAL SARA GRANADA LOAIZA 24.393.888
SUPLENTE DESIGNACION
Por Acta del 26 de marzo de 2014, de la Asamblea de Constitucion,
registrado(a) en esta Cámara el 8 de julio de 2014, en el libro 1, bajo
el número 2371
FUNCIONES DEL REPRESENTANTE LEGAL:
- Representar a la Corporación judicial y extrajudicialmente, constituir
apoderados judiciales y extrajudiciales.
- Presentar al Consejo Directivo para estudio y aprobación, los
programas de la Corporación, su presupuesto, los balances y reglamentos
internos que estime conveniente para la buena marcha de la entidad.
- Proponer al Consejo Directivo la organización interna y le planta
personal que requiera el funcionamiento de la Corporación, así como sus
salarios, bonificaciones y honorarios.
- Conformar los grupos de trabajo necesarios para la realización de los
programas aprobados por el Consejo Directivo y dirigir y controlar el
trabajo de las comisiones especiales que él designa.
- Velar por el cumplimiento de las normas legales y disposiciones
orgánicas de la misma, coordinando las actividades de sus dependencias.
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CÓDIGO DE VERIFICACIÓN: kTjHlikpTiZihbai
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- Dirigir las finanzas de acuerdo con los presupuestos y políticas
aprobadas por el Consejo Directivo.
- Celebrar los contratos y ejecutar los actos en que la Corporación sea
parte, con arreglo a estos estatutos.
- Nombrar y remover el personal requerido por la Corporación dentro de
los presupuestos y las demás que considere convenientes con el recurso
humano, acordes con la normatividad vigente, tales como resolver sobre
sus renuncias y licencias.
- Cumplir y hacer cumplir los estatutos, las decisiones de la Asamblea y
los Reglamentos y disposiciones.
- Citar a la asamblea general extraordinaria cuando el consejo directivo
o el revisor fiscal no lo hagan.
- Citar al consejo directivo a reunión extraordinaria cuando considere
pertinente.
- Celebrar contratos con entidades públicas y privados hasta 50.000
smlmv.
- Autorizar al Director Administrativo la celebración de contratos y
acuerdos o convenios, hasta por la suma de 3000 smlmv.
- Las demás que le delegue o señale el Consejo Directivo.
CONSEJO DIRECTIVO
NOMBRE IDENTIFICACION
JOSE LUIS AREOSA CE 244293
DESIGNACION
RAMIRO RESTREPO 16.495.262
DESIGNACION
LINA MARIA MORALES 43.253.293
DESIGNACION
Por Acta del 26 de marzo de 2014, de la Asamblea de Constitucion,
registrado(a) en esta Cámara el 8 de julio de 2014, en el libro 1, bajo
el número 2371
INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA
CERTIFICA
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Certificado Existencia y Representación
Fecha de expedición: 2018/05/11 - 12:00:09 PM
CÓDIGO DE VERIFICACIÓN: kTjHlikpTiZihbai
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Que en la CAMARA DE COMERCIO DE MEDELLÍN PARA ANTIOQUIA, no aparece
inscripción posterior a la anteriormente mencionada, de documentos
referentes a reforma, disolución, liquidación o nombramiento de
representantes legales de la expresada entidad.
Los actos de inscripción aquí certificados quedan en firme diez (10)
días hábiles después de la fecha de su notificación, siempre que los
mismos no hayan sido objeto de los recursos, en los términos y en la
oportunidad establecidas en los artículos 74 y 76 del Código de
Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
Este certificado cuenta con plena validez jurídica según lo dispuesto en
la ley 527 de 1999. En él se incorporan tanto la firma mecánica que es
una representación gráfica de la firma del Secretario de la Cámara de
Comercio de Medellín para Antioquia, como la firma digital y la
respectiva estampa cronológica, las cuales podrá verificar a través de
su aplicativo visor de documentos PDF.
Si usted expidió el certificado a través de la plataforma virtual, puede
imprimirlo con la certeza de que fue expedido por la Cámara de Comercio
de Medellín para Antioquia. La persona o entidad a la que usted le va a
entregar el certificado puede verificar su contenido, hasta cuatro (4)
veces durante 60 días calendario contados a partir del momento de su
expedición, ingresando a www.certificadoscamara.com y digitando el
código de verificación que se encuentra en el encabezado del presente
documento. El certificado a validar corresponde a la imagen y contenido
del certificado creado en el momento en que se generó en las taquillas o
a través de la plataforma virtual de la Cámara.
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