El documento presenta un estudio comparativo entre la Resolución del Tribunal Fiscal No 01340-1-2011 y la Circular No 001-008-00000011 de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria sobre el Impuesto al Patrimonio Vehicular. Ambos documentos indican que aunque el robo de un vehículo no extingue el derecho de propiedad de su dueño, es necesario que este acredite fehacientemente el robo ante la municipalidad respectiva para poder solicitar la exención del impuesto en el ejercicio siguiente. El