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Por el presente documento privado, que podrá ser elevado a instrumento público con solo reconocimiento de firmas y rúbricas, conste
la celebración de un contrato de prestación de servicios de Banca Electrónica, parte indivisible del Formulario de Inscripción del
Servicio de Banca Electrónica,otorgadopormediodelusodevarioscanaleselectrónicosqueseregiráporlascláusulasqueacontinuaciónse
enumeran:
Primera. Partes Contratantes: Intervienen en el presente contrato, de una parte el Banco Ganadero S.A., que en adelante y para fines del
presente contrato se denominará “EL BANCO”; y de otra parte el (los) solicitante(s) y/o Titular(es) y/o Firma(s) Autorizada(s) registrado(s) en el
FormulariodeInscripcióndelServiciodeBancaElectrónicaprecedentequeenlosucesivosedenominará(n)“ELCLIENTE”.
Segunda. Las Definiciones: Para la mejor interpretación, integración y ejecución del presente contrato, se establecen las siguientes
definiciones,enelentendidoquedichostérminospodránpresentarseenestecontratoensingularoenplural,engénerofemeninoomasculino
indistintamente,segúnseaelcaso,conservandosiempreelmismosignificado:
1. Relación: Todas las cuentas, colocaciones y créditos o líneas de crédito, de cualquier tipo ofrecidos por EL BANCO, que mantenga EL
CLIENTE,asícomocualquierotroproductofinancieroqueELBANCOpongaadisposicióndeLOSCLIENTES.
2. Cliente:TodapersonanaturalojurídicaquemantieneunarelacióncontractualdeservicioBancaElectrónica.
3. CuentasdeTerceros(AotrosBancos):SignificanlasCuentasAutorizadascuyostitularesseanpersonasnaturalesojurídicasdistintas
alCLIENTE,cuandolasmismasseanaperturadasy/oadministradasporELBANCO,aotrosBancoscuandolasmismasseanaperturadasy/o
administradas en otras instituciones financieras, con las cuales EL BANCO tenga celebrados contratos o convenios que permitan sean
consideradas como Cuentas Autorizadas. Para dichas cuentas únicamente podrán ser convenidos los Servicios Bancarios consistentes en
operacionesdeabono.
4. CuentasPropias:SignificanlasCuentasAutorizadascuyotitularseaELCLIENTEopersonasnaturalesojurídicasdistintasaésteyquese
encuentran aperturadas y/o administradas por EL BANCO. Para dichas cuentas únicamente podrán ser convenidos los
Servicios Bancarios consistentes en operaciones de cargo, abono y consulta de saldos, movimientos y estados de cuenta.
5. Internet:Estetérminoserefierealareddecomputadorasyequiposinformáticosqueestándisponiblespúblicamentemedianteunlenguaje
común,loquepermiteelaccesoadiversosserviciosdecomunicacióneinformación.
6. Navegador o Browser: Este es el nombre del programa que se utiliza para desplegar la información de internet en la pantalla de
computadorenformagráfica.
7. MensajedeDatos:Significaaquellainformacióngenerada,enviada,recibida,archivadaocomunicadaatravésdemedioselectrónicos,
ópticosocualquierotratecnología.
8. Clave de Acceso: Es la clave numérica generada por los desarrollos tecnológicos propiedad de EL BANCO o terceros autorizados y
conservadopormediosfísicosológicosconformelodetermineELBANCO,detalformaquesuconfiguraciónesdesconocidaparaELBANCO
y/o sus empleados y funcionarios, y que una vez entregada al CLIENTE, le permite su activación, uso y modificación bajo su estricta
responsabilidad.Lamismaquetienecarácterconfidencialeintransferible.
9. ClavedeTransacción:EsunaclavealfanuméricaadicionalgeneradaporlosdesarrollostecnológicospropiedaddeELBANCOoterceros
autorizadosyconservadopormediosfísicosológicosconformelodetermineELBANCO,detalformaquesuconfiguraciónesdesconocidapara
ELBANCOy/osusempleadosyfuncionarios,yqueunavezentregadaalCLIENTE,lepermitesuactivación,usoymodificaciónbajosuestricta
responsabilidad. la cual es utilizada para brindar mayor seguridad en cierto tipo de transacciones, la misma que tiene carácter confidencial e
intransferible
10. NúmerodeAutorización,NúmerodeTransacción,NúmerodeOperación,NúmerodeReferenciay/oInstrucción:Significa(n)
la(s)identificación(es)numérica(s)quehacelaBancaElectrónicaenrelaciónconcadainstruccióndeELCLIENTEseaenlasolicituddelservicio
enespecialoenlaejecuciónquerealizaráELBANCOrespectodelainstrucción.
11. CódigodePersona:SignificaelnúmerocreadoporELBANCOydadaaconoceralCLIENTEporconductodelosempleadosyfuncionarios
deELBANCO,estadosdecuenta,fichas,asientosydemásdocumentosemitidosporELBANCO.
12. ServiciosBancarios:Significantodasaquellasoperacionesactivas,pasivasodeservicios,cuyoalcanceydeterminaciónseestablezca
enlosSistemasElectrónicos,enlosqueahoraoenlofuturosehabilitelaposibilidaddeserconvenidasentreELBANCOyELCLIENTE,dentro
delascualesdemaneraenunciativamásnolimitativaseseñalanlassiguientes:
• Transferencia de fondos entre Cuentas Propias y Cuentas de Terceros con EL BANCO, y/o otras entidades bancarias nacionales,
medianteelcargoaCuentasPropias,encumplimientoaórdenesdecargoyabono.
• Pagosdetarjetasy/opréstamos.
• Pagosdeserviciosy/oatercerosconcargoaCuentasPropias.
• ÓrdenesdePago,concargoaCuentasPropias.
• CambiodeClaveTransaccionaly/oClavedeAcceso.
• Relacionamientodecuentaspropiasatarjetasdedébito
• Consultadechequespagadosdecuentasautorizadas
• Consultadesaldos,movimientosyestadosdecuenta.
• Órdenesdepagointerbancarias.
• OtrasquedetiempoentiempodéaconocerELBANCO.
13. Sistemas Electrónicos o Sistemas: Significan todos aquellos programas o sistemas automatizados, desarrollos tecnológicos y/o de
telecomunicación, propiedad o bajo licencia o sublicencia de EL BANCO, los cuales permiten que EL CLIENTE y EL BANCO convengan los
ServiciosBancariosenformaelectrónicay/oremota.
14. FechaValor:SignificaeldíadeterminadounilateralmenteporELBANCOparaprocesarunaOperación.
15. HoradeCierre.SignificalahoralímiteestablecidaunilateralmenteporELBANCOparaefectuarunaOperación.
16. Formulario de Inscripción de Banca Electrónica: Es el formulario suministrado por EL BANCO a las personas interesadas en los
ServiciosdeBancaElectrónica,enelcualseextenderánlosdatosindicados,lasautorizacionesdeaccesoyloslímites.
Tercera.CondicionesPrevias:Paralaprestacióndelservicioobjetodelpresenteinstrumento,ELCLIENTEdeberá:
a)Contarconserviciodeconexiónainternet.
b) Acudir a cualquier oficina o agencia de EL BANCO llenando el Formulario de Inscripción del Servicio de Banca Electrónica, presentando la
documentaciónlegalqueELBANCOconsiderepertinenteconelobjetoderecibirsu:
-Códigode personaasignado.
-ClavedeAcceso.
-ClavedeTransacciónoGanapin.
c)Registrarse(darsedealtaenelsistema),atravésdelPortalwww.bg.com.boproporcionandoelcódigodepersonaylaClavedeAcceso.
d)EncasodequeELCLIENTEdeseerealizaroperacionesdistintasaconsultasdeberáutilizarparaellolaClavedeTransacciónoGanapin,este
últimodebeseradquiridoporELCLIENTEcancelandouncostodeacuerdoaltarifariodelBANCO.
Cuarta. Acceso al Servicio: El acceso al servicio se realizará mediante un dispositivo electrónico personal conectada a la red internet,
proporcionando el código de persona y su clave de acceso, según lo solicite el propio sistema. EL CLIENTE debe cambiar sus claves
inmediatamente luego de haber ingresado por primera vez al servicio y las veces que considere conveniente, EL BANCO recomienda que EL
CLIENTEcambiesusclavesperiódicamente.
Quinta.Asignacióndeclavesydeterminacióndecuentas:Alosefectosdelpresentecontrato,ELBANCOasignaráalCLIENTEunjuego
de claves según corresponda, consistentes en el código de Persona, clave de acceso y clave de transacción o Ganapin con los cuales se
identificaalClienteanteELBANCO.
ELCLIENTEreconoceelcarácterpersonal,confidencialeintransferibledelasclaves;enconsecuencia,esresponsabledesuuso,liberandoal
Bancodecualquierresponsabilidad,reservándoseesteúltimolafacultaddedarporcanceladoelservicio,encasodequeELCLIENTEotorgue
unusodistintoalseñaladoenesteinstrumento.
EL CLIENTE acepta que los medios electrónicos que EL BANCO ponga a su disposición, constituirán la forma de creación, transmisión,
modificaciónoextincióndelosderechosyobligacionesdelasoperacionesyservicios,porloque,ensustitucióndelafirmaautógrafa,producirán
losmismosefectosquelasleyesotorganalosdocumentoscorrespondientesy,enconsecuencia,tendránelmismovalorprobatorio.
EL BANCO proporcionará el servicio previas instrucciones de EL CLIENTE, una vez que se haya identificado a través de la clave, por lo que EL
BANCO,noestáobligadoaverificarlaidentidaddeELCLIENTE.
En el caso de cuentas conjunta o solidarias, los titulares de las cuentas son responsables del ejercicio de las facultades
conferidas a las personas autorizadas para utilizar el servicio de Banca Electrónica, por lo que se entenderán efectuadas en
forma conjunta para los efectos legales a que haya lugar.
Las solicitudes y transacciones realizadas se efectuarán con la(s) clave(s) necesaria(s) para su procesamiento de acuerdo a las firmas y
combinacionesregistradasparacadacuenta.
Sexta. El Servicio: EL CLIENTE una vez que tenga acceso al Servicio de Banca Electrónica podrá efectuar: (i) Consultas de saldos y
movimientos,EstadosdeCuenta,TipodeCambio,Transferenciasentrecuentaspropias,atercerosyaotrosBancos,(ii)Consultadepréstamos
ytarjetasdecréditosdelmismoBanco,(iii)Consultadedepósitosaplazofijo,(iv)Traspasoentrecuentaspropiasyacuentasdetercerosmismo
bancoyotrosbancosnacionales,(v)PagosdepréstamosytarjetasdecréditosdelmismoBanco,(vi)PagodeImpuestos,(vii)PagodeServicios
yCompradecréditoparateléfonoscelulares,ycualquierotroservicioqueenelfuturodéaconocerELBANCO.
ELBANCOsereservaentodomomentolafacultaddemodificarlarutay/olaformadeaccesoalservicioBancaElectrónica,encuyocaso,se
harándelconocimientodeELCLIENTE,losnuevosrequisitosparateneraccesoadichoservicio.
Séptima. Aprobación de Transacciones: Todas las transacciones que necesiten la aprobación de más de una persona, de acuerdo a lo
establecidoenelregistrodelacuenta,generaráunaautorizaciónalosfirmantes,loscualesdeberáningresarconsucódigode personapara
realizardichaautorización.
Lasautorizacionestendránunavalidezde24horas,encasodenohaberseaprobadoseeliminarándelasautorizacionespendientes.
TransaccionesInterbancariasACH.ELCLIENTEpodrárealizartransferenciasinterbancariasatravésdelservicioACHadministradoporlaACCL,
lascualestendránlaslimitacionesestablecidasporeladministradorylascualesseránoportunamenteinformadasalclienteenelsistema.
Octava.ComprobacióndeOperaciones:LasoperacionesrelacionadasconelServiciodeBanca Electrónicaqueseefectúenutilizandolas
clavesdelCLIENTEseránconsideradascomoválidasysecomprobaránunavezqueELCLIENTEingresalaclavedetransacciónoGanapinala
operaciónefectuadaoensucaso,atravésdelestadodecuentarespectivoy/oatravésdelregistrodelaoperaciónenlosarchivosyregistros
contables emitidos por el sistema central del BANCO, por lo que se entiende que los comprobantes emitidos y transmitidos por EL BANCO
tendrán pleno valor probatorio y fuerza legal para acreditar las operaciones efectuadas, el importe de las mismas, su naturaleza así como sus
características,términosycondiciones.
Novena. No responsabilidad del BANCO: EL BANCO no será responsable por: a) fallas en el funcionamiento del equipo de cómputo del
CLIENTE,nidesumantenimiento;b)desperfectosocasionadosalequipodecómputoporfallasenlaenergíaeléctrica;c)erroresointerrupciones
enlatransmisióndelservicio;d)demorasenlaoperaciónoporpresenciadecódigosmalignosenelsistemadel CLIENTE;e)accesoalServicio
deBancaElectrónicaatravésdeequiposlocalizadosensitiosconsideradoscomoriesgosos;f)elposiblerobodeidentidaddelCLIENTE;og)siel
equipoaserutilizadoporelclientetienerestriccionesparapoderingresaralServiciodeBancaElectrónicadelBanco.
Asimismo, en los casos de pagos de servicios, EL BANCO quedará relevado de toda responsabilidad, si los pagos se efectúan en forma
extemporánea.Encasodequeexistandiferenciasenlospagos,ELCLIENTEdeberáaclararlasdirectamenteconlascompañíasproveedorasde
losbienesy/oservicios,liberandoalBancodecualquierresponsabilidadalrespecto.Tratándosedeconsulta de saldos, la información que EL
BANCOleproporcionealCLIENTEserálaqueensusregistroscontablesaparezcaregistradaenlafechadelaconsulta.Cuandolasoperaciones
consistanentransferenciasdefondos,éstaspodránefectuarsehastaporelsaldodisponiblequeexista(n)enla(s)cuenta(s),siendoobligación
del CLIENTE vigilar que la(s) cuenta(s) tenga(n) fondos suficientes antes de ordenar las transacciones. En caso de que la(s) cuenta(s) no tenga
fondossuficientesparaefectuarlastransaccionessolicitadas,ELBANCOnoestaráobligadoaefectuarningunaoperación.
Décima. Actualizaciones al Servicio: EL BANCO podrá efectuar actualizaciones al Servicio de Banca Electrónica en cualquiera de sus
funcionesadicionales;asimismo,ELBANCOpodrádesarrollareincorporarnuevasfuncionalidades,encuyocaso,ELCLIENTEtendráaccesoa
lasmismas.
Décima Primera. Causas de Rescisión: La prestación del servicio de Banca Electrónica estará sujeto a los términos del presente
instrumento, sin embargo serán causas de resolución sin responsabilidad para EL BANCO si EL CLIENTE incumple cualquiera de las
obligacionesasucargoyespecíficamente:
i)SiELCLIENTEhaceusoindebidodelmismo.
ii)SisuscuentasdadasdealtaenelserviciodeBancaElectrónicasoncanceladas.
iii)SiELCLIENTEincurreencualesquieradelossupuestosdelascláusulaDécimaSéptima
DécimaOctava.
DécimaSegunda.TransmisiónyContenidodelaInformación:ELCLIENTE,seráresponsabledelatransmisiónoportunayelcontenido
delainformaciónqueproporcionenalBancoparaefectuaroperaciones.
Décima Tercera. Riesgos y Recomendaciones en la Prestación del Servicio: EL BANCO en este acto hace del conocimiento del
CLIENTE que los principales riesgos que existen por la utilización de medios automatizados en los términos del presente instrumento son los
siguientes:
a)Posiblefraudeelectrónicoporrobodelperfildeseguridadutilizandocódigomaligno.
b)Quelaoperaciónnopuedaserefectuada.
c)Posiblerobodedatossensiblesdeltitulardelservicio.
d)AccesoaportalesfalsoscomprometiendoelperfildeseguridaddelCLIENTE.
Medidasorecomendacionesparasubsanarlos:
a)Cambiarperiódicamenteelperfildeseguridad.
b)NorealizaroperacionesenGananetdesdesitiospúblicostalescomo:caféinternet,hoteles,aeropuertosoalgúnotrositiodondenosetenga
lacertezadequeelequipoqueseutilizaparaaccederalservicioseencuentrelibredesoftwaremalicioso.
c)Protegersusequiposdesoftwaremaliciosoconalmenosunfirewall,unantivirusyunantiespíaactualizados.
d)Noproporcionarsusclavesconfidencialesaningunapersonayaqueestoselementossonpersonaleseintransferibles.
e)Cerrarcompletamentelassesionesde trabajoaltérminodelasoperacionesquesepretendanrealizar o cuando se tenga que ausentardel
sitiodondeestáoperandoaunqueseaporunosminutos.
f)Preverytomarencuentaloshorariosdeoperacióndelmedio.
g)EvitarenlamedidadeloposiblelautilizacióndecorreoselectrónicosgratuitosparaintercambiarinformaciónconELBANCO.
h)AvisardeinmediatoalBancocuandoELCLIENTEidentifiqueoperacionesy/ocualquieractividadregistradaenlabitácoradeactividadesque
noreconozcaoleseainusual.
DécimaCuarta.Vigencia:Losderechosyobligacionescontenidosenelpresenteinstrumentotendránduraciónindefinidaapartirdesufirma;
teniendo tanto EL BANCO como EL CLIENTE la facultad de dar por terminada la relación que en términos del presente documento los liga
exclusivamenteporloquerespectaalaprestacióndelserviciodeBancaporInternetmedianteescritodirigidoalaotra,porlomenoscon30días
deanticipaciónalafechadeterminación.
Décima Quinta. Incumplimiento: Tanto EL CLIENTE como EL BANCO reconocen que en caso de incumplimiento de cualquiera de las
obligacionesderivadasdelpresenteinstrumentoodelaley,laparteafectadapodráelegirentreexigirelcumplimientoforzosodelaobligación
omitidaonocumplidadeconformidadconloaquíseñalado,oporlarescisióndelarelaciónqueentérminosdelpresentedocumentolosliga,
con el resarcimiento de daños y perjuicios en ambos casos, mediante simple comunicado por escrito dirigido a la otra parte. También podrán
solicitarlarescisiónaúndespuésdehaberoptadoporelcumplimientoforzoso,siesteresultaimposible.
Sinperjuiciodeloanterior,ELBANCOtendrálafacultaddeiniciarlasgestionesextrajudicialesojudicialesdecobrorespectivas.
DécimaSexta.HorariosdeServicio:ELBANCOefectuarálasoperacionesconvenidasatravésdeBancaporInternet,dentrodeloshorarios
deserviciodelproductoqueseledaaconoceralClientealafechadefirmadeesteinstrumentoy,ensucaso,enlasfechasdevencimientode
losproductosrelacionadosconesteinstrumento.Lasoperacionesrealizadasluegodelahoradecierretendránunafechavalordelsiguientedía
hábil. Asimismo,loshorariosseráninformadosalClienteatravésdelsistema.ELBANCOpodráampliarorestringirloshorariosdeacuerdocon
susnecesidadesoperativas,informandoatravésdelsistema.
Décima Séptima. Terminación Anticipada: EL BANCO podrá dar por terminado anticipadamente el servicio objeto del presente
instrumento, cuando EL CLIENTE utilice el servicio para el desarrollo de actividades ilícitas o de un mal uso del sistema o la información, que
puedadañaronolaimagendeELBANCO,yseobligaacubriraesteúltimolosdañosyperjuiciosqueporestosconceptosselegeneren.
DécimaOctava.InactividaddelaSesiónydelServicio,BloqueoyBajadeClavesdeAcceso:
a)ELCLIENTEentiendeyreconocequeencasodequedurantecadasesiónexistanperiodosdeinactividadquedurenmásde3 (tres)minutos,
elsistemadelBANCO,daráporconcluidalasesiónrespectivaenformaautomática,enelentendidodequeparaqueELCLIENTEpuedareiniciar
la sesión, deberá volver a ingresar su perfil de seguridad, en los términos indicados en el presente instrumento. El cliente podrá solicitar la
modificación deltiempodeinactividad,paraellodeberáremitirunasolicitudescritaodeberállenarunformularioaELBANCO.
b)ELCLIENTEaceptaqueELBANCOllevaráacaboelbloqueoenformaautomáticadesuPerfildeSeguridadenelsupuestosiguiente:
- Cuando se haya intentado el ingreso al Sistema o a cualesquiera de los Servicios de Banca Electrónica utilizando para tal efecto su Perfil de
Seguridadenformaerrónea,enmásde3(tres)ocasiones.
ELCLIENTEaceptaqueelbloqueoobajadelPerfildeSeguridadenlossupuestosseñaladosenelincisob)delapresentecláusula,sellevaráa
cabosinresponsabilidadalgunaparaELBANCO.
LaspartesconvienenquepararestablecerelPerfildeSeguridaddeberágestionarlageneracióndenuevasclavesenlasoficinasdelBANCO.
Décima Novena.NoprestacióndelosServicios:ELCLIENTEenesteactoaceptaqueELBANCOpodránegarseaprestarcualesquiera
delosserviciosseñaladosenlaCláusulaSextadelpresenteinstrumento,cuandoexistanelementossuficientesquelehaganpresumirqueel
PerfildeSeguridad noestásiendoutilizadoporELCLIENTE.
Igualmente EL CLIENTE acepta que la suspensión o no prestación de los servicios en los supuestos contemplados en la presente cláusula se
llevaráacabosinresponsabilidadalgunaparaELBANCO.
Vigésima.RequerimientosdeInformaciónyReclamaciones:ELCLIENTEpodrásolicitaralBancolainformaciónqueconserveyregistre
enlabasededatos,estoúltimo,enlostérminosdelasdisposicionesnormativasaplicables.
Vigésima Primera. Consentimiento del CLIENTE a los Nuevos Contratos: Durante la vigencia de este instrumento, EL BANCO podrá
modificarlostérminosycondicionesdelmismo,encuyocasoleinformaráalCliente,antesdeingresaralserviciodeBancaElectrónica.Eluso
delCLIENTEacualquieradelosserviciosobjetodeesteinstrumento,implicalaaceptaciónexpresaalosnuevostérminosycondiciones.
EncasodequeELCLIENTEnoestédeacuerdoconlostérminosycondicionesdelnuevoinstrumento,deberásolicitaralBancolacancelación
delpresenteinstrumento.
Vigésima Segunda. Comisiones y Cargos: Los términos y condiciones de los servicios directos o indirectos que EL CLIENTE solicita
expresamente por cualquiera de los servicios de Banca Electrónica señalados en el presente contrato, serán establecidos de acuerdo a las
políticas y tarifario del BANCO en una comisión que podrá ser mensual, semestral, anual o según la periodicidad que EL BANCO estime. Se
aclara que dichos términos y condiciones pueden sufrir variaciones, mismos que en todos los casos serán comunicados oportunamente al
CLIENTE ya sea por escrito en su domicilio señalado, incluyendo la página web del BANCO o por otros medios de difusión del Banco con al
menos30díasdeanticipaciónalafechaenquecomenzaráaregir.
EL CLIENTE podrá operar los servicios a través de la Banca Electrónica considerando las limitaciones para la realización de operaciones en el
presentecontratoysegúneltipodeusuarioquetengaactivado.
Vigésima Tercera. Aceptación de las partes: EL CLIENTE cuyo nombre y firma consta al reverso del presente documento y el BANCO
GANADERO S.A., representado en este acto por sus personeros cuyos nombres y firmas figuran al reverso del presente documento, damos
nuestra plena aceptación y conformidad a todas y cada una de las cláusulas del presente contrato de PRESTACION DE SERVICIO DE BANCA
ELECTRÓNICA,Asimismodeclaramosyreconocemoshabersidoinformados,enformadebidaypreviamentealasuscripción,sobreelalcance
de todas las cláusulas de este contrato y del Servicio de Banca Electrónica – Formulario Banca Virtual-Personas, ratificando haber entendido
claramentetodoslosextremosdelosmismos,nosobligamosasufielyestrictocumplimiento,firmandoenconstanciadeello.
BANCOGANADEROS.A.
CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE BANCAELECTRÓNICA

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Formulario Servicio Banca Virtual Persona.pdf

  • 1. Por el presente documento privado, que podrá ser elevado a instrumento público con solo reconocimiento de firmas y rúbricas, conste la celebración de un contrato de prestación de servicios de Banca Electrónica, parte indivisible del Formulario de Inscripción del Servicio de Banca Electrónica,otorgadopormediodelusodevarioscanaleselectrónicosqueseregiráporlascláusulasqueacontinuaciónse enumeran: Primera. Partes Contratantes: Intervienen en el presente contrato, de una parte el Banco Ganadero S.A., que en adelante y para fines del presente contrato se denominará “EL BANCO”; y de otra parte el (los) solicitante(s) y/o Titular(es) y/o Firma(s) Autorizada(s) registrado(s) en el FormulariodeInscripcióndelServiciodeBancaElectrónicaprecedentequeenlosucesivosedenominará(n)“ELCLIENTE”. Segunda. Las Definiciones: Para la mejor interpretación, integración y ejecución del presente contrato, se establecen las siguientes definiciones,enelentendidoquedichostérminospodránpresentarseenestecontratoensingularoenplural,engénerofemeninoomasculino indistintamente,segúnseaelcaso,conservandosiempreelmismosignificado: 1. Relación: Todas las cuentas, colocaciones y créditos o líneas de crédito, de cualquier tipo ofrecidos por EL BANCO, que mantenga EL CLIENTE,asícomocualquierotroproductofinancieroqueELBANCOpongaadisposicióndeLOSCLIENTES. 2. Cliente:TodapersonanaturalojurídicaquemantieneunarelacióncontractualdeservicioBancaElectrónica. 3. CuentasdeTerceros(AotrosBancos):SignificanlasCuentasAutorizadascuyostitularesseanpersonasnaturalesojurídicasdistintas alCLIENTE,cuandolasmismasseanaperturadasy/oadministradasporELBANCO,aotrosBancoscuandolasmismasseanaperturadasy/o administradas en otras instituciones financieras, con las cuales EL BANCO tenga celebrados contratos o convenios que permitan sean consideradas como Cuentas Autorizadas. Para dichas cuentas únicamente podrán ser convenidos los Servicios Bancarios consistentes en operacionesdeabono. 4. CuentasPropias:SignificanlasCuentasAutorizadascuyotitularseaELCLIENTEopersonasnaturalesojurídicasdistintasaésteyquese encuentran aperturadas y/o administradas por EL BANCO. Para dichas cuentas únicamente podrán ser convenidos los Servicios Bancarios consistentes en operaciones de cargo, abono y consulta de saldos, movimientos y estados de cuenta. 5. Internet:Estetérminoserefierealareddecomputadorasyequiposinformáticosqueestándisponiblespúblicamentemedianteunlenguaje común,loquepermiteelaccesoadiversosserviciosdecomunicacióneinformación. 6. Navegador o Browser: Este es el nombre del programa que se utiliza para desplegar la información de internet en la pantalla de computadorenformagráfica. 7. MensajedeDatos:Significaaquellainformacióngenerada,enviada,recibida,archivadaocomunicadaatravésdemedioselectrónicos, ópticosocualquierotratecnología. 8. Clave de Acceso: Es la clave numérica generada por los desarrollos tecnológicos propiedad de EL BANCO o terceros autorizados y conservadopormediosfísicosológicosconformelodetermineELBANCO,detalformaquesuconfiguraciónesdesconocidaparaELBANCO y/o sus empleados y funcionarios, y que una vez entregada al CLIENTE, le permite su activación, uso y modificación bajo su estricta responsabilidad.Lamismaquetienecarácterconfidencialeintransferible. 9. ClavedeTransacción:EsunaclavealfanuméricaadicionalgeneradaporlosdesarrollostecnológicospropiedaddeELBANCOoterceros autorizadosyconservadopormediosfísicosológicosconformelodetermineELBANCO,detalformaquesuconfiguraciónesdesconocidapara ELBANCOy/osusempleadosyfuncionarios,yqueunavezentregadaalCLIENTE,lepermitesuactivación,usoymodificaciónbajosuestricta responsabilidad. la cual es utilizada para brindar mayor seguridad en cierto tipo de transacciones, la misma que tiene carácter confidencial e intransferible 10. NúmerodeAutorización,NúmerodeTransacción,NúmerodeOperación,NúmerodeReferenciay/oInstrucción:Significa(n) la(s)identificación(es)numérica(s)quehacelaBancaElectrónicaenrelaciónconcadainstruccióndeELCLIENTEseaenlasolicituddelservicio enespecialoenlaejecuciónquerealizaráELBANCOrespectodelainstrucción. 11. CódigodePersona:SignificaelnúmerocreadoporELBANCOydadaaconoceralCLIENTEporconductodelosempleadosyfuncionarios deELBANCO,estadosdecuenta,fichas,asientosydemásdocumentosemitidosporELBANCO. 12. ServiciosBancarios:Significantodasaquellasoperacionesactivas,pasivasodeservicios,cuyoalcanceydeterminaciónseestablezca enlosSistemasElectrónicos,enlosqueahoraoenlofuturosehabilitelaposibilidaddeserconvenidasentreELBANCOyELCLIENTE,dentro delascualesdemaneraenunciativamásnolimitativaseseñalanlassiguientes: • Transferencia de fondos entre Cuentas Propias y Cuentas de Terceros con EL BANCO, y/o otras entidades bancarias nacionales, medianteelcargoaCuentasPropias,encumplimientoaórdenesdecargoyabono. • Pagosdetarjetasy/opréstamos. • Pagosdeserviciosy/oatercerosconcargoaCuentasPropias. • ÓrdenesdePago,concargoaCuentasPropias. • CambiodeClaveTransaccionaly/oClavedeAcceso. • Relacionamientodecuentaspropiasatarjetasdedébito • Consultadechequespagadosdecuentasautorizadas • Consultadesaldos,movimientosyestadosdecuenta. • Órdenesdepagointerbancarias. • OtrasquedetiempoentiempodéaconocerELBANCO. 13. Sistemas Electrónicos o Sistemas: Significan todos aquellos programas o sistemas automatizados, desarrollos tecnológicos y/o de telecomunicación, propiedad o bajo licencia o sublicencia de EL BANCO, los cuales permiten que EL CLIENTE y EL BANCO convengan los ServiciosBancariosenformaelectrónicay/oremota. 14. FechaValor:SignificaeldíadeterminadounilateralmenteporELBANCOparaprocesarunaOperación. 15. HoradeCierre.SignificalahoralímiteestablecidaunilateralmenteporELBANCOparaefectuarunaOperación. 16. Formulario de Inscripción de Banca Electrónica: Es el formulario suministrado por EL BANCO a las personas interesadas en los ServiciosdeBancaElectrónica,enelcualseextenderánlosdatosindicados,lasautorizacionesdeaccesoyloslímites. Tercera.CondicionesPrevias:Paralaprestacióndelservicioobjetodelpresenteinstrumento,ELCLIENTEdeberá: a)Contarconserviciodeconexiónainternet. b) Acudir a cualquier oficina o agencia de EL BANCO llenando el Formulario de Inscripción del Servicio de Banca Electrónica, presentando la documentaciónlegalqueELBANCOconsiderepertinenteconelobjetoderecibirsu: -Códigode personaasignado. -ClavedeAcceso. -ClavedeTransacciónoGanapin. c)Registrarse(darsedealtaenelsistema),atravésdelPortalwww.bg.com.boproporcionandoelcódigodepersonaylaClavedeAcceso. d)EncasodequeELCLIENTEdeseerealizaroperacionesdistintasaconsultasdeberáutilizarparaellolaClavedeTransacciónoGanapin,este últimodebeseradquiridoporELCLIENTEcancelandouncostodeacuerdoaltarifariodelBANCO. Cuarta. Acceso al Servicio: El acceso al servicio se realizará mediante un dispositivo electrónico personal conectada a la red internet, proporcionando el código de persona y su clave de acceso, según lo solicite el propio sistema. EL CLIENTE debe cambiar sus claves inmediatamente luego de haber ingresado por primera vez al servicio y las veces que considere conveniente, EL BANCO recomienda que EL CLIENTEcambiesusclavesperiódicamente. Quinta.Asignacióndeclavesydeterminacióndecuentas:Alosefectosdelpresentecontrato,ELBANCOasignaráalCLIENTEunjuego de claves según corresponda, consistentes en el código de Persona, clave de acceso y clave de transacción o Ganapin con los cuales se identificaalClienteanteELBANCO. ELCLIENTEreconoceelcarácterpersonal,confidencialeintransferibledelasclaves;enconsecuencia,esresponsabledesuuso,liberandoal Bancodecualquierresponsabilidad,reservándoseesteúltimolafacultaddedarporcanceladoelservicio,encasodequeELCLIENTEotorgue unusodistintoalseñaladoenesteinstrumento. EL CLIENTE acepta que los medios electrónicos que EL BANCO ponga a su disposición, constituirán la forma de creación, transmisión, modificaciónoextincióndelosderechosyobligacionesdelasoperacionesyservicios,porloque,ensustitucióndelafirmaautógrafa,producirán losmismosefectosquelasleyesotorganalosdocumentoscorrespondientesy,enconsecuencia,tendránelmismovalorprobatorio. EL BANCO proporcionará el servicio previas instrucciones de EL CLIENTE, una vez que se haya identificado a través de la clave, por lo que EL BANCO,noestáobligadoaverificarlaidentidaddeELCLIENTE. En el caso de cuentas conjunta o solidarias, los titulares de las cuentas son responsables del ejercicio de las facultades conferidas a las personas autorizadas para utilizar el servicio de Banca Electrónica, por lo que se entenderán efectuadas en forma conjunta para los efectos legales a que haya lugar. Las solicitudes y transacciones realizadas se efectuarán con la(s) clave(s) necesaria(s) para su procesamiento de acuerdo a las firmas y combinacionesregistradasparacadacuenta. Sexta. El Servicio: EL CLIENTE una vez que tenga acceso al Servicio de Banca Electrónica podrá efectuar: (i) Consultas de saldos y movimientos,EstadosdeCuenta,TipodeCambio,Transferenciasentrecuentaspropias,atercerosyaotrosBancos,(ii)Consultadepréstamos ytarjetasdecréditosdelmismoBanco,(iii)Consultadedepósitosaplazofijo,(iv)Traspasoentrecuentaspropiasyacuentasdetercerosmismo bancoyotrosbancosnacionales,(v)PagosdepréstamosytarjetasdecréditosdelmismoBanco,(vi)PagodeImpuestos,(vii)PagodeServicios yCompradecréditoparateléfonoscelulares,ycualquierotroservicioqueenelfuturodéaconocerELBANCO. ELBANCOsereservaentodomomentolafacultaddemodificarlarutay/olaformadeaccesoalservicioBancaElectrónica,encuyocaso,se harándelconocimientodeELCLIENTE,losnuevosrequisitosparateneraccesoadichoservicio. Séptima. Aprobación de Transacciones: Todas las transacciones que necesiten la aprobación de más de una persona, de acuerdo a lo establecidoenelregistrodelacuenta,generaráunaautorizaciónalosfirmantes,loscualesdeberáningresarconsucódigode personapara realizardichaautorización. Lasautorizacionestendránunavalidezde24horas,encasodenohaberseaprobadoseeliminarándelasautorizacionespendientes. TransaccionesInterbancariasACH.ELCLIENTEpodrárealizartransferenciasinterbancariasatravésdelservicioACHadministradoporlaACCL, lascualestendránlaslimitacionesestablecidasporeladministradorylascualesseránoportunamenteinformadasalclienteenelsistema. Octava.ComprobacióndeOperaciones:LasoperacionesrelacionadasconelServiciodeBanca Electrónicaqueseefectúenutilizandolas clavesdelCLIENTEseránconsideradascomoválidasysecomprobaránunavezqueELCLIENTEingresalaclavedetransacciónoGanapinala operaciónefectuadaoensucaso,atravésdelestadodecuentarespectivoy/oatravésdelregistrodelaoperaciónenlosarchivosyregistros contables emitidos por el sistema central del BANCO, por lo que se entiende que los comprobantes emitidos y transmitidos por EL BANCO tendrán pleno valor probatorio y fuerza legal para acreditar las operaciones efectuadas, el importe de las mismas, su naturaleza así como sus características,términosycondiciones. Novena. No responsabilidad del BANCO: EL BANCO no será responsable por: a) fallas en el funcionamiento del equipo de cómputo del CLIENTE,nidesumantenimiento;b)desperfectosocasionadosalequipodecómputoporfallasenlaenergíaeléctrica;c)erroresointerrupciones enlatransmisióndelservicio;d)demorasenlaoperaciónoporpresenciadecódigosmalignosenelsistemadel CLIENTE;e)accesoalServicio deBancaElectrónicaatravésdeequiposlocalizadosensitiosconsideradoscomoriesgosos;f)elposiblerobodeidentidaddelCLIENTE;og)siel equipoaserutilizadoporelclientetienerestriccionesparapoderingresaralServiciodeBancaElectrónicadelBanco. Asimismo, en los casos de pagos de servicios, EL BANCO quedará relevado de toda responsabilidad, si los pagos se efectúan en forma extemporánea.Encasodequeexistandiferenciasenlospagos,ELCLIENTEdeberáaclararlasdirectamenteconlascompañíasproveedorasde losbienesy/oservicios,liberandoalBancodecualquierresponsabilidadalrespecto.Tratándosedeconsulta de saldos, la información que EL BANCOleproporcionealCLIENTEserálaqueensusregistroscontablesaparezcaregistradaenlafechadelaconsulta.Cuandolasoperaciones consistanentransferenciasdefondos,éstaspodránefectuarsehastaporelsaldodisponiblequeexista(n)enla(s)cuenta(s),siendoobligación del CLIENTE vigilar que la(s) cuenta(s) tenga(n) fondos suficientes antes de ordenar las transacciones. En caso de que la(s) cuenta(s) no tenga fondossuficientesparaefectuarlastransaccionessolicitadas,ELBANCOnoestaráobligadoaefectuarningunaoperación. Décima. Actualizaciones al Servicio: EL BANCO podrá efectuar actualizaciones al Servicio de Banca Electrónica en cualquiera de sus funcionesadicionales;asimismo,ELBANCOpodrádesarrollareincorporarnuevasfuncionalidades,encuyocaso,ELCLIENTEtendráaccesoa lasmismas. Décima Primera. Causas de Rescisión: La prestación del servicio de Banca Electrónica estará sujeto a los términos del presente instrumento, sin embargo serán causas de resolución sin responsabilidad para EL BANCO si EL CLIENTE incumple cualquiera de las obligacionesasucargoyespecíficamente: i)SiELCLIENTEhaceusoindebidodelmismo. ii)SisuscuentasdadasdealtaenelserviciodeBancaElectrónicasoncanceladas. iii)SiELCLIENTEincurreencualesquieradelossupuestosdelascláusulaDécimaSéptima DécimaOctava. DécimaSegunda.TransmisiónyContenidodelaInformación:ELCLIENTE,seráresponsabledelatransmisiónoportunayelcontenido delainformaciónqueproporcionenalBancoparaefectuaroperaciones. Décima Tercera. Riesgos y Recomendaciones en la Prestación del Servicio: EL BANCO en este acto hace del conocimiento del CLIENTE que los principales riesgos que existen por la utilización de medios automatizados en los términos del presente instrumento son los siguientes: a)Posiblefraudeelectrónicoporrobodelperfildeseguridadutilizandocódigomaligno. b)Quelaoperaciónnopuedaserefectuada. c)Posiblerobodedatossensiblesdeltitulardelservicio. d)AccesoaportalesfalsoscomprometiendoelperfildeseguridaddelCLIENTE. Medidasorecomendacionesparasubsanarlos: a)Cambiarperiódicamenteelperfildeseguridad. b)NorealizaroperacionesenGananetdesdesitiospúblicostalescomo:caféinternet,hoteles,aeropuertosoalgúnotrositiodondenosetenga lacertezadequeelequipoqueseutilizaparaaccederalservicioseencuentrelibredesoftwaremalicioso. c)Protegersusequiposdesoftwaremaliciosoconalmenosunfirewall,unantivirusyunantiespíaactualizados. d)Noproporcionarsusclavesconfidencialesaningunapersonayaqueestoselementossonpersonaleseintransferibles. e)Cerrarcompletamentelassesionesde trabajoaltérminodelasoperacionesquesepretendanrealizar o cuando se tenga que ausentardel sitiodondeestáoperandoaunqueseaporunosminutos. f)Preverytomarencuentaloshorariosdeoperacióndelmedio. g)EvitarenlamedidadeloposiblelautilizacióndecorreoselectrónicosgratuitosparaintercambiarinformaciónconELBANCO. h)AvisardeinmediatoalBancocuandoELCLIENTEidentifiqueoperacionesy/ocualquieractividadregistradaenlabitácoradeactividadesque noreconozcaoleseainusual. DécimaCuarta.Vigencia:Losderechosyobligacionescontenidosenelpresenteinstrumentotendránduraciónindefinidaapartirdesufirma; teniendo tanto EL BANCO como EL CLIENTE la facultad de dar por terminada la relación que en términos del presente documento los liga exclusivamenteporloquerespectaalaprestacióndelserviciodeBancaporInternetmedianteescritodirigidoalaotra,porlomenoscon30días deanticipaciónalafechadeterminación. Décima Quinta. Incumplimiento: Tanto EL CLIENTE como EL BANCO reconocen que en caso de incumplimiento de cualquiera de las obligacionesderivadasdelpresenteinstrumentoodelaley,laparteafectadapodráelegirentreexigirelcumplimientoforzosodelaobligación omitidaonocumplidadeconformidadconloaquíseñalado,oporlarescisióndelarelaciónqueentérminosdelpresentedocumentolosliga, con el resarcimiento de daños y perjuicios en ambos casos, mediante simple comunicado por escrito dirigido a la otra parte. También podrán solicitarlarescisiónaúndespuésdehaberoptadoporelcumplimientoforzoso,siesteresultaimposible. Sinperjuiciodeloanterior,ELBANCOtendrálafacultaddeiniciarlasgestionesextrajudicialesojudicialesdecobrorespectivas. DécimaSexta.HorariosdeServicio:ELBANCOefectuarálasoperacionesconvenidasatravésdeBancaporInternet,dentrodeloshorarios deserviciodelproductoqueseledaaconoceralClientealafechadefirmadeesteinstrumentoy,ensucaso,enlasfechasdevencimientode losproductosrelacionadosconesteinstrumento.Lasoperacionesrealizadasluegodelahoradecierretendránunafechavalordelsiguientedía hábil. Asimismo,loshorariosseráninformadosalClienteatravésdelsistema.ELBANCOpodráampliarorestringirloshorariosdeacuerdocon susnecesidadesoperativas,informandoatravésdelsistema. Décima Séptima. Terminación Anticipada: EL BANCO podrá dar por terminado anticipadamente el servicio objeto del presente instrumento, cuando EL CLIENTE utilice el servicio para el desarrollo de actividades ilícitas o de un mal uso del sistema o la información, que puedadañaronolaimagendeELBANCO,yseobligaacubriraesteúltimolosdañosyperjuiciosqueporestosconceptosselegeneren. DécimaOctava.InactividaddelaSesiónydelServicio,BloqueoyBajadeClavesdeAcceso: a)ELCLIENTEentiendeyreconocequeencasodequedurantecadasesiónexistanperiodosdeinactividadquedurenmásde3 (tres)minutos, elsistemadelBANCO,daráporconcluidalasesiónrespectivaenformaautomática,enelentendidodequeparaqueELCLIENTEpuedareiniciar la sesión, deberá volver a ingresar su perfil de seguridad, en los términos indicados en el presente instrumento. El cliente podrá solicitar la modificación deltiempodeinactividad,paraellodeberáremitirunasolicitudescritaodeberállenarunformularioaELBANCO. b)ELCLIENTEaceptaqueELBANCOllevaráacaboelbloqueoenformaautomáticadesuPerfildeSeguridadenelsupuestosiguiente: - Cuando se haya intentado el ingreso al Sistema o a cualesquiera de los Servicios de Banca Electrónica utilizando para tal efecto su Perfil de Seguridadenformaerrónea,enmásde3(tres)ocasiones. ELCLIENTEaceptaqueelbloqueoobajadelPerfildeSeguridadenlossupuestosseñaladosenelincisob)delapresentecláusula,sellevaráa cabosinresponsabilidadalgunaparaELBANCO. LaspartesconvienenquepararestablecerelPerfildeSeguridaddeberágestionarlageneracióndenuevasclavesenlasoficinasdelBANCO. Décima Novena.NoprestacióndelosServicios:ELCLIENTEenesteactoaceptaqueELBANCOpodránegarseaprestarcualesquiera delosserviciosseñaladosenlaCláusulaSextadelpresenteinstrumento,cuandoexistanelementossuficientesquelehaganpresumirqueel PerfildeSeguridad noestásiendoutilizadoporELCLIENTE. Igualmente EL CLIENTE acepta que la suspensión o no prestación de los servicios en los supuestos contemplados en la presente cláusula se llevaráacabosinresponsabilidadalgunaparaELBANCO. Vigésima.RequerimientosdeInformaciónyReclamaciones:ELCLIENTEpodrásolicitaralBancolainformaciónqueconserveyregistre enlabasededatos,estoúltimo,enlostérminosdelasdisposicionesnormativasaplicables. Vigésima Primera. Consentimiento del CLIENTE a los Nuevos Contratos: Durante la vigencia de este instrumento, EL BANCO podrá modificarlostérminosycondicionesdelmismo,encuyocasoleinformaráalCliente,antesdeingresaralserviciodeBancaElectrónica.Eluso delCLIENTEacualquieradelosserviciosobjetodeesteinstrumento,implicalaaceptaciónexpresaalosnuevostérminosycondiciones. EncasodequeELCLIENTEnoestédeacuerdoconlostérminosycondicionesdelnuevoinstrumento,deberásolicitaralBancolacancelación delpresenteinstrumento. Vigésima Segunda. Comisiones y Cargos: Los términos y condiciones de los servicios directos o indirectos que EL CLIENTE solicita expresamente por cualquiera de los servicios de Banca Electrónica señalados en el presente contrato, serán establecidos de acuerdo a las políticas y tarifario del BANCO en una comisión que podrá ser mensual, semestral, anual o según la periodicidad que EL BANCO estime. Se aclara que dichos términos y condiciones pueden sufrir variaciones, mismos que en todos los casos serán comunicados oportunamente al CLIENTE ya sea por escrito en su domicilio señalado, incluyendo la página web del BANCO o por otros medios de difusión del Banco con al menos30díasdeanticipaciónalafechaenquecomenzaráaregir. EL CLIENTE podrá operar los servicios a través de la Banca Electrónica considerando las limitaciones para la realización de operaciones en el presentecontratoysegúneltipodeusuarioquetengaactivado. Vigésima Tercera. Aceptación de las partes: EL CLIENTE cuyo nombre y firma consta al reverso del presente documento y el BANCO GANADERO S.A., representado en este acto por sus personeros cuyos nombres y firmas figuran al reverso del presente documento, damos nuestra plena aceptación y conformidad a todas y cada una de las cláusulas del presente contrato de PRESTACION DE SERVICIO DE BANCA ELECTRÓNICA,Asimismodeclaramosyreconocemoshabersidoinformados,enformadebidaypreviamentealasuscripción,sobreelalcance de todas las cláusulas de este contrato y del Servicio de Banca Electrónica – Formulario Banca Virtual-Personas, ratificando haber entendido claramentetodoslosextremosdelosmismos,nosobligamosasufielyestrictocumplimiento,firmandoenconstanciadeello. BANCOGANADEROS.A. CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE BANCAELECTRÓNICA