El documento resume varios artículos de la Constitución de Ecuador relacionados con la educación. Establece que la educación es un derecho de las personas a lo largo de su vida y una responsabilidad del Estado. Debe ser inclusiva, intercultural y de calidad. El Estado garantizará la educación pública y gratuita, así como la protección especial de los derechos de niños, niñas, adolescentes y personas con discapacidad en el sistema educativo.
El documento resume los principales puntos sobre educación en la Constitución de Ecuador de 2008. Establece que la educación es un derecho de las personas a lo largo de su vida y un deber del Estado. Debe ser inclusiva, intercultural, obligatoria y gratuita hasta el tercer nivel de educación superior. También garantiza la protección y desarrollo integral de niños, niñas y adolescentes, así como el derecho a la educación de personas con discapacidad.
La Constitución de Ecuador establece que la educación es un derecho de las personas a lo largo de su vida y una responsabilidad del Estado. La educación debe ser inclusiva, intercultural y de calidad, y promover la equidad de género, la justicia y la paz. El Estado debe garantizar el acceso universal y gratuito a la educación pública hasta el tercer nivel de educación superior. La Constitución también establece derechos específicos para niños, niñas, adolescentes y personas con discapacidad, incluido el derecho a
El documento resume los principales puntos sobre educación en la Constitución de Ecuador de 2008. Establece que la educación es un derecho de las personas a lo largo de su vida y un deber del Estado. Debe ser inclusiva, intercultural, obligatoria y gratuita hasta el tercer nivel de educación superior. También garantiza la protección y desarrollo integral de niños, niñas y adolescentes, así como el derecho a la educación de personas con discapacidad.
El documento resume los principales puntos sobre educación en la Constitución de Ecuador de 2008. Establece que la educación es un derecho de las personas a lo largo de su vida y un deber del Estado. Debe ser inclusiva, intercultural, obligatoria y gratuita hasta el tercer nivel de educación superior. También garantiza la educación de grupos vulnerables como personas con discapacidad y niños, niñas y adolescentes, y establece que el Estado debe promover su desarrollo integral.
El documento resume varios artículos de la Constitución de Ecuador relacionados con la educación. Establece que la educación es un derecho de las personas a lo largo de su vida y una responsabilidad del Estado. Debe ser inclusiva, intercultural y de calidad. El Estado garantiza la educación pública y gratuita, así como la protección especial de los derechos de niños, niñas, adolescentes y personas con discapacidad en el sistema educativo.
El documento resume varios artículos de la Constitución de Ecuador relacionados con la educación. Establece que la educación es un derecho de las personas a lo largo de su vida y una responsabilidad del Estado. Debe ser inclusiva, intercultural y de calidad. El Estado garantiza la educación pública y gratuita, así como la protección especial de los derechos de niños, niñas, adolescentes y personas con discapacidad en el sistema educativo.
Todos los artículos que aparecen a continuación han sido tomadosgabrielssj
La educación es un derecho garantizado por la Constitución ecuatoriana. El Estado debe proveer una educación pública, laica, gratuita y de calidad para todos los ciudadanos. La educación debe centrarse en el desarrollo holístico de las personas y promover la equidad, justicia e inclusión. La Constitución también garantiza derechos educativos específicos para grupos vulnerables como niños, adolescentes y personas con discapacidad, así como su protección contra la explotación y violencia.
El documento resume varios artículos de la Constitución de Ecuador relacionados con la educación. 1) La educación es un derecho de las personas a lo largo de su vida y una responsabilidad del Estado. 2) La educación debe centrarse en el desarrollo holístico de las personas y promover la equidad, justicia e inclusión. 3) El Estado debe garantizar el acceso universal a la educación pública, laica y gratuita.
El documento resume los principales puntos sobre educación en la Constitución de Ecuador de 2008. Establece que la educación es un derecho de las personas a lo largo de su vida y un deber del Estado. Debe ser inclusiva, intercultural, obligatoria y gratuita hasta el tercer nivel de educación superior. También garantiza la protección y desarrollo integral de niños, niñas y adolescentes, así como el derecho a la educación de personas con discapacidad.
La Constitución de Ecuador establece que la educación es un derecho de las personas a lo largo de su vida y una responsabilidad del Estado. La educación debe ser inclusiva, intercultural y de calidad, y promover la equidad de género, la justicia y la paz. El Estado debe garantizar el acceso universal y gratuito a la educación pública hasta el tercer nivel de educación superior. La Constitución también establece derechos específicos para niños, niñas, adolescentes y personas con discapacidad, incluido el derecho a
El documento resume los principales puntos sobre educación en la Constitución de Ecuador de 2008. Establece que la educación es un derecho de las personas a lo largo de su vida y un deber del Estado. Debe ser inclusiva, intercultural, obligatoria y gratuita hasta el tercer nivel de educación superior. También garantiza la protección y desarrollo integral de niños, niñas y adolescentes, así como el derecho a la educación de personas con discapacidad.
El documento resume los principales puntos sobre educación en la Constitución de Ecuador de 2008. Establece que la educación es un derecho de las personas a lo largo de su vida y un deber del Estado. Debe ser inclusiva, intercultural, obligatoria y gratuita hasta el tercer nivel de educación superior. También garantiza la educación de grupos vulnerables como personas con discapacidad y niños, niñas y adolescentes, y establece que el Estado debe promover su desarrollo integral.
El documento resume varios artículos de la Constitución de Ecuador relacionados con la educación. Establece que la educación es un derecho de las personas a lo largo de su vida y una responsabilidad del Estado. Debe ser inclusiva, intercultural y de calidad. El Estado garantiza la educación pública y gratuita, así como la protección especial de los derechos de niños, niñas, adolescentes y personas con discapacidad en el sistema educativo.
El documento resume varios artículos de la Constitución de Ecuador relacionados con la educación. Establece que la educación es un derecho de las personas a lo largo de su vida y una responsabilidad del Estado. Debe ser inclusiva, intercultural y de calidad. El Estado garantiza la educación pública y gratuita, así como la protección especial de los derechos de niños, niñas, adolescentes y personas con discapacidad en el sistema educativo.
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La educación es un derecho garantizado por la Constitución ecuatoriana. El Estado debe proveer una educación pública, laica, gratuita y de calidad para todos los ciudadanos. La educación debe centrarse en el desarrollo holístico de las personas y promover la equidad, justicia e inclusión. La Constitución también garantiza derechos educativos específicos para grupos vulnerables como niños, adolescentes y personas con discapacidad, así como su protección contra la explotación y violencia.
El documento resume varios artículos de la Constitución de Ecuador relacionados con la educación. 1) La educación es un derecho de las personas a lo largo de su vida y una responsabilidad del Estado. 2) La educación debe centrarse en el desarrollo holístico de las personas y promover la equidad, justicia e inclusión. 3) El Estado debe garantizar el acceso universal a la educación pública, laica y gratuita.
La educación es un derecho garantizado por la Constitución ecuatoriana. El Estado debe proveer una educación pública, laica, gratuita y de calidad para todos los ciudadanos. La educación debe ser inclusiva y fomentar la equidad de género, la diversidad cultural y el desarrollo holístico de las personas. Los niños, niñas y adolescentes reciben protección especial de sus derechos a la educación, salud y desarrollo integral. El Estado también garantiza la educación de las personas con discapacidad.
Este documento resume varios artículos de la Constitución de Ecuador relacionados con la educación. Establece que la educación es un derecho de las personas a lo largo de su vida y una responsabilidad del Estado. Debe ser inclusiva, intercultural, de calidad y gratuita. También garantiza la protección y desarrollo integral de niños, niñas y adolescentes, así como el derecho a la educación de personas con discapacidad.
El documento presenta extractos de la Constitución de Ecuador relacionados con la
educación. Establece que la educación es un derecho a lo largo de la vida y una
responsabilidad del Estado. Debe ser inclusiva, intercultural, gratuita y de calidad. El Estado
debe garantizar el acceso universal a la educación pública, laica y gratuita, así como
proteger y promover los derechos de los niños, niñas, adolescentes y personas con
discapacidad en el sistema educativo.
El documento presenta extractos de la Constitución de Ecuador relacionados con la educación. Establece que la educación es un derecho a lo largo de la vida y una responsabilidad del Estado. Debe ser inclusiva, intercultural y de calidad. El Estado debe garantizar el acceso universal y gratuito a la educación pública, así como políticas para grupos vulnerables como niños, personas con discapacidad y adultos mayores.
Los artículos resumen los principales puntos de la Constitución de Ecuador relacionados con la educación. La educación es un derecho garantizado por el Estado que debe ser inclusiva, obligatoria, intercultural y de calidad. El Estado debe asegurar el acceso universal a la educación pública y gratuita, con especial protección para niños, niñas, adolescentes y personas con discapacidad. La educación debe centrarse en el desarrollo holístico de las personas y promover la equidad de género.
El documento resume varios artículos de la Constitución de Ecuador relacionados con la educación. Establece que 1) la educación es un derecho a lo largo de la vida y una responsabilidad del Estado de garantizar la igualdad e inclusión social a través de la educación. 2) La educación debe ser participativa, obligatoria, intercultural, democrática e inclusiva y fomentar la equidad de género. 3) El Estado debe garantizar el acceso universal a la educación pública laica y gratuita.
La constitución de Ecuador establece que la educación es un derecho de las personas a lo largo de su vida y una responsabilidad del Estado. El Estado garantizará una educación pública, laica, gratuita y de calidad para todos los ciudadanos. La educación debe centrarse en el desarrollo holístico de las personas y promover la equidad, justicia e inclusión. El Estado también debe proteger los derechos de los niños, personas con discapacidad y otros grupos vulnerables en el sistema educativo.
La Constitución de Ecuador establece que la educación es un derecho fundamental y una prioridad de la política pública. Se garantiza el acceso universal y gratuito a la educación pública en todos sus niveles, así como la protección especial de los derechos de niños, niñas, adolescentes y personas con discapacidad. El Estado también se compromete a promover una educación inclusiva, intercultural y de calidad para todos.
Este documento resume varios artículos de la Constitución de Ecuador relacionados con la educación. Establece que la educación es un derecho humano fundamental y responsabilidad del Estado. Debe ser inclusiva, intercultural, gratuita y de calidad. El Estado debe garantizar el acceso a la educación para todos los grupos, incluyendo niños, personas con discapacidad y adultos mayores. Además, debe proteger los derechos de los estudiantes y promover una educación basada en los derechos humanos.
Este documento resume varios artículos de la Constitución de Ecuador relacionados con la educación. La educación se reconoce como un derecho fundamental y responsabilidad del Estado. Debe ser inclusiva, de calidad, laica y gratuita. El Estado garantiza la libertad de enseñanza y de cátedra, así como el derecho a aprender en la lengua y cultura propias. Se da especial protección a niños, adolescentes, personas con discapacidad y otros grupos vulnerables.
La constitución ecuatoriana establece que la educación es un derecho fundamental y responsabilidad del Estado. Debe ser inclusiva, obligatoria, intercultural y gratuita hasta el tercer nivel de educación superior. El Estado garantiza el derecho a la educación de niños, personas con discapacidad y otros grupos vulnerables, y debe protegerlos contra la violencia y promover su desarrollo integral.
Este documento resume varios artículos de la Constitución de Ecuador relacionados con la educación. Establece que la educación es un derecho de las personas a lo largo de su vida y un deber del Estado. Define que la educación debe ser inclusiva, de calidad, gratuita y laica. También garantiza la protección y atención especial de grupos vulnerables como niños, personas con discapacidad y adultos mayores en el sistema educativo.
Gestion pedagogica la constitución.docxJessYambayHdL
El documento presenta extractos de la Constitución de Ecuador relacionados con la educación. Establece que la educación es un derecho de las personas a lo largo de su vida y un deber del Estado. Debe ser inclusiva, de calidad, gratuita y promover la equidad. El Estado garantiza la educación para todos los grupos, incluyendo personas con discapacidad y niños.
La Constitución de Ecuador establece que la educación es un derecho de las personas a lo largo de su vida y un deber del Estado. La educación debe ser inclusiva, de calidad, gratuita y centrada en el desarrollo holístico de las personas. El Estado garantiza la educación para todos los grupos, incluidas las personas con discapacidad y niños, niñas y adolescentes, y protege sus derechos.
La educación es un derecho garantizado por el Estado ecuatoriano. La educación debe ser inclusiva, de calidad, laica, gratuita y obligatoria. El Estado debe dar especial protección y atención a niños, adolescentes, personas con discapacidad y otros grupos vulnerables a través de políticas y sistemas educativos. El objetivo es promover el desarrollo integral de todas las personas.
El documento contiene varios artículos de la Constitución de Ecuador de 2008 relacionados con la educación. Estos artículos establecen que la educación es un derecho a lo largo de la vida y un deber del Estado, el cual debe garantizar la igualdad e inclusión social a través de la educación. El Estado debe centrar la educación en el desarrollo holístico de las personas y garantizar la accesibilidad, gratuidad y calidad de la educación pública para todos. También debe proteger los derechos de los niños, niñas, adolesc
El documento habla sobre una presentación sobre el desempeño auténtico en la educación. La presentación incluyó actividades prácticas para explicar los tres saberes de ser, hacer y conocer. También describió los aportes de Claudia Lucia a la educación y los principios de la evaluación auténtica como valoraciones de desempeño y portafolios.
El documento habla sobre una presentación sobre el desempeño auténtico en la educación. La presentación incluyó actividades prácticas para explicar los tres saberes de ser, hacer y conocer. También describió los aportes de Claudia Lucia a la educación y los principios de la evaluación auténtica como valoraciones de desempeño y portafolios.
El documento describe las estrategias para el aprendizaje significativo presentadas por Margoth Chiliquinga. Estas incluyen explicar qué es el aprendizaje significativo y cómo se relaciona con los intereses y habilidades individuales. También cubre tres estrategias principales: aprendizaje basado en problemas, trabajo en equipos cooperativos y aprendizaje situado. Cada estrategia involucra enseñar a los estudiantes a desarrollar un aprendizaje autónomo mediante la reflexión y regulación de su propio aprendizaje.
La compañera Lissette Herrera presentó sobre sus experiencias con el aprendizaje significativo. Explicó que el aprendizaje significativo dura toda la vida y depende de los intereses, habilidades y destrezas individuales. Además, enseñó que existen cuatro tipos insuficientes de aprendizaje y que la educación debe enfocarse en retener conocimiento, promover la comprensión y el uso activo del conocimiento.
El documento resume las experiencias compartidas por un grupo de estudiantes sobre cómo justifican las adaptaciones curriculares. Explicaron con ejemplos de casos cómo se presentan diferentes dificultades en los estudiantes y cómo los maestros y padres reaccionan ante ellas. El profesor también aportó ejemplos de cómo varían las adaptaciones dependiendo del tipo de institución educativa.
La educación es un derecho garantizado por la Constitución ecuatoriana. El Estado debe proveer una educación pública, laica, gratuita y de calidad para todos los ciudadanos. La educación debe ser inclusiva y fomentar la equidad de género, la diversidad cultural y el desarrollo holístico de las personas. Los niños, niñas y adolescentes reciben protección especial de sus derechos a la educación, salud y desarrollo integral. El Estado también garantiza la educación de las personas con discapacidad.
Este documento resume varios artículos de la Constitución de Ecuador relacionados con la educación. Establece que la educación es un derecho de las personas a lo largo de su vida y una responsabilidad del Estado. Debe ser inclusiva, intercultural, de calidad y gratuita. También garantiza la protección y desarrollo integral de niños, niñas y adolescentes, así como el derecho a la educación de personas con discapacidad.
El documento presenta extractos de la Constitución de Ecuador relacionados con la
educación. Establece que la educación es un derecho a lo largo de la vida y una
responsabilidad del Estado. Debe ser inclusiva, intercultural, gratuita y de calidad. El Estado
debe garantizar el acceso universal a la educación pública, laica y gratuita, así como
proteger y promover los derechos de los niños, niñas, adolescentes y personas con
discapacidad en el sistema educativo.
El documento presenta extractos de la Constitución de Ecuador relacionados con la educación. Establece que la educación es un derecho a lo largo de la vida y una responsabilidad del Estado. Debe ser inclusiva, intercultural y de calidad. El Estado debe garantizar el acceso universal y gratuito a la educación pública, así como políticas para grupos vulnerables como niños, personas con discapacidad y adultos mayores.
Los artículos resumen los principales puntos de la Constitución de Ecuador relacionados con la educación. La educación es un derecho garantizado por el Estado que debe ser inclusiva, obligatoria, intercultural y de calidad. El Estado debe asegurar el acceso universal a la educación pública y gratuita, con especial protección para niños, niñas, adolescentes y personas con discapacidad. La educación debe centrarse en el desarrollo holístico de las personas y promover la equidad de género.
El documento resume varios artículos de la Constitución de Ecuador relacionados con la educación. Establece que 1) la educación es un derecho a lo largo de la vida y una responsabilidad del Estado de garantizar la igualdad e inclusión social a través de la educación. 2) La educación debe ser participativa, obligatoria, intercultural, democrática e inclusiva y fomentar la equidad de género. 3) El Estado debe garantizar el acceso universal a la educación pública laica y gratuita.
La constitución de Ecuador establece que la educación es un derecho de las personas a lo largo de su vida y una responsabilidad del Estado. El Estado garantizará una educación pública, laica, gratuita y de calidad para todos los ciudadanos. La educación debe centrarse en el desarrollo holístico de las personas y promover la equidad, justicia e inclusión. El Estado también debe proteger los derechos de los niños, personas con discapacidad y otros grupos vulnerables en el sistema educativo.
La Constitución de Ecuador establece que la educación es un derecho fundamental y una prioridad de la política pública. Se garantiza el acceso universal y gratuito a la educación pública en todos sus niveles, así como la protección especial de los derechos de niños, niñas, adolescentes y personas con discapacidad. El Estado también se compromete a promover una educación inclusiva, intercultural y de calidad para todos.
Este documento resume varios artículos de la Constitución de Ecuador relacionados con la educación. Establece que la educación es un derecho humano fundamental y responsabilidad del Estado. Debe ser inclusiva, intercultural, gratuita y de calidad. El Estado debe garantizar el acceso a la educación para todos los grupos, incluyendo niños, personas con discapacidad y adultos mayores. Además, debe proteger los derechos de los estudiantes y promover una educación basada en los derechos humanos.
Este documento resume varios artículos de la Constitución de Ecuador relacionados con la educación. La educación se reconoce como un derecho fundamental y responsabilidad del Estado. Debe ser inclusiva, de calidad, laica y gratuita. El Estado garantiza la libertad de enseñanza y de cátedra, así como el derecho a aprender en la lengua y cultura propias. Se da especial protección a niños, adolescentes, personas con discapacidad y otros grupos vulnerables.
La constitución ecuatoriana establece que la educación es un derecho fundamental y responsabilidad del Estado. Debe ser inclusiva, obligatoria, intercultural y gratuita hasta el tercer nivel de educación superior. El Estado garantiza el derecho a la educación de niños, personas con discapacidad y otros grupos vulnerables, y debe protegerlos contra la violencia y promover su desarrollo integral.
Este documento resume varios artículos de la Constitución de Ecuador relacionados con la educación. Establece que la educación es un derecho de las personas a lo largo de su vida y un deber del Estado. Define que la educación debe ser inclusiva, de calidad, gratuita y laica. También garantiza la protección y atención especial de grupos vulnerables como niños, personas con discapacidad y adultos mayores en el sistema educativo.
Gestion pedagogica la constitución.docxJessYambayHdL
El documento presenta extractos de la Constitución de Ecuador relacionados con la educación. Establece que la educación es un derecho de las personas a lo largo de su vida y un deber del Estado. Debe ser inclusiva, de calidad, gratuita y promover la equidad. El Estado garantiza la educación para todos los grupos, incluyendo personas con discapacidad y niños.
La Constitución de Ecuador establece que la educación es un derecho de las personas a lo largo de su vida y un deber del Estado. La educación debe ser inclusiva, de calidad, gratuita y centrada en el desarrollo holístico de las personas. El Estado garantiza la educación para todos los grupos, incluidas las personas con discapacidad y niños, niñas y adolescentes, y protege sus derechos.
La educación es un derecho garantizado por el Estado ecuatoriano. La educación debe ser inclusiva, de calidad, laica, gratuita y obligatoria. El Estado debe dar especial protección y atención a niños, adolescentes, personas con discapacidad y otros grupos vulnerables a través de políticas y sistemas educativos. El objetivo es promover el desarrollo integral de todas las personas.
El documento contiene varios artículos de la Constitución de Ecuador de 2008 relacionados con la educación. Estos artículos establecen que la educación es un derecho a lo largo de la vida y un deber del Estado, el cual debe garantizar la igualdad e inclusión social a través de la educación. El Estado debe centrar la educación en el desarrollo holístico de las personas y garantizar la accesibilidad, gratuidad y calidad de la educación pública para todos. También debe proteger los derechos de los niños, niñas, adolesc
El documento habla sobre una presentación sobre el desempeño auténtico en la educación. La presentación incluyó actividades prácticas para explicar los tres saberes de ser, hacer y conocer. También describió los aportes de Claudia Lucia a la educación y los principios de la evaluación auténtica como valoraciones de desempeño y portafolios.
El documento habla sobre una presentación sobre el desempeño auténtico en la educación. La presentación incluyó actividades prácticas para explicar los tres saberes de ser, hacer y conocer. También describió los aportes de Claudia Lucia a la educación y los principios de la evaluación auténtica como valoraciones de desempeño y portafolios.
El documento describe las estrategias para el aprendizaje significativo presentadas por Margoth Chiliquinga. Estas incluyen explicar qué es el aprendizaje significativo y cómo se relaciona con los intereses y habilidades individuales. También cubre tres estrategias principales: aprendizaje basado en problemas, trabajo en equipos cooperativos y aprendizaje situado. Cada estrategia involucra enseñar a los estudiantes a desarrollar un aprendizaje autónomo mediante la reflexión y regulación de su propio aprendizaje.
La compañera Lissette Herrera presentó sobre sus experiencias con el aprendizaje significativo. Explicó que el aprendizaje significativo dura toda la vida y depende de los intereses, habilidades y destrezas individuales. Además, enseñó que existen cuatro tipos insuficientes de aprendizaje y que la educación debe enfocarse en retener conocimiento, promover la comprensión y el uso activo del conocimiento.
El documento resume las experiencias compartidas por un grupo de estudiantes sobre cómo justifican las adaptaciones curriculares. Explicaron con ejemplos de casos cómo se presentan diferentes dificultades en los estudiantes y cómo los maestros y padres reaccionan ante ellas. El profesor también aportó ejemplos de cómo varían las adaptaciones dependiendo del tipo de institución educativa.
El documento habla sobre la estructura para diseñar un proyecto escolar e incluye la información clave sobre la inclusión educativa. Explica que la inclusión educativa identifica y responde a la diversidad de necesidades de los estudiantes. También describe los pasos a seguir para el diseño de un proyecto educativo, incluyendo la recopilación de datos institucionales, el tiempo de ejecución, la fundamentación, la justificación, los objetivos, las actividades, los cronogramas, los responsables, los recursos y la evaluación.
La compañera Marcela habló sobre la diversidad e inclusión educativa según la ley orgánica de educación intercultural de 2010, la cual establece que todos los estudiantes tienen derecho a una educación que responda a sus necesidades individuales e incluya a aquellos con discapacidades, y que los docentes deben cumplir con su obligación de proporcionar este tipo de educación inclusiva.
La compañera Vanesa describió las diferencias entre un aula tradicional y un aula diversificada. En un aula tradicional, el docente es la única fuente de conocimiento y los estudiantes son pasivos, mientras que en un aula diversificada el conocimiento se construye entre todos y los estudiantes son participativos. La aula diversificada fomenta un aprendizaje más constructivo donde los pensamientos y sentimientos de los estudiantes también son valorados.
La planeación educativa se encarga de especificar los fines, objetivos y metas de la educación. Para planificar de manera efectiva, es importante definir las acciones, recursos y estrategias requeridas. Una buena planificación educativa comienza con la planificación del aula para permitir que los estudiantes adquieran información, habilidades y actitudes.
Este documento describe los aspectos clave de la planeación educativa. Explica que la planeación educativa especifica los objetivos y metas de la educación y que es importante definir los recursos y estrategias para alcanzar esas metas. También señala que una planificación educativa efectiva comienza con una planificación a nivel de aula para permitir que los estudiantes adquieran información, habilidades y actitudes.
Este documento propone un método para incorporar los conocimientos de las unidades de aprendizaje en el ciclo escolar a través de la solución de un problema de proyecto escolar. Esto permitirá a los estudiantes adquirir información y desarrollar habilidades y actitudes. El proyecto de aula debe seguir una estructura que incluye el nombre, la estructura del aula, los aprendizajes significativos, el rol del docente y los aspectos a evaluar.
Los estándares de calidad educativa son descripciones de los logros esperados de los diferentes actores e instituciones educativas. Están orientados a establecer metas públicas para conseguir una educación de calidad. Los estándares tienen características como objetivos comunes, referencia a logros y desempeños, facilidad de comprensión y uso, inspiración en ideales educativos y valores, y presentan un desafío para el sistema educativo.
Los estándares educativos de calidad son parámetros que orientan, apoyan y monitorean a los actores del sistema educativo para mejorar la educación. Tienen como objetivos mejorar la acción de los grupos involucrados en el sistema educativo nacional y están planteados dentro del marco del Buen Vivir, respetando la diversidad cultural del país.
El documento describe los estándares de calidad educativa y sus características. Los estándares son descripciones de los logros esperados para los actores e instituciones del sistema educativo. Tienen como objetivo orientar y apoyar las acciones hacia el logro de una educación de calidad para todos los estudiantes.
El documento presenta los estándares de calidad educativa para el sexto grado B. En menos de 3 oraciones, el resumen ofrece la información clave sobre el grupo, el nivel educativo y la maestra a cargo.
Este documento describe seis tipos de competencias (intelectuales, prácticas, interactivas, sociales, éticas y estéticas) y explica que el objetivo del aprendizaje basado en competencias es lograr la construcción de conocimientos y valores a través de resultados de aprendizaje. También señala que la calidad educativa depende de la competencia del equipo directivo y de diseñar procesos que permitan obtener resultados de calidad.
La calidad educativa y la gestión educativa son fundamentales para el desarrollo de la competencia. Una buena gestión y una educación de calidad permiten que los estudiantes desarrollen sus habilidades y competencias de manera efectiva.
LA PEDAGOGIA AUTOGESTONARIA EN EL PROCESO DE ENSEÑANZA APRENDIZAJEjecgjv
La Pedagogía Autogestionaria es un enfoque educativo que busca transformar la educación mediante la participación directa de estudiantes, profesores y padres en la gestión de todas las esferas de la vida escolar.
1. Todos los artículos que aparecen a continuación han sido tomados, textualmente, de la
Constitución de Ecuador (2008) y están relacionados con el tema educativo.
Art. 26.- La educación es un derecho de las personas a lo largo de su vida y un deber
ineludible e inexcusable del Estado. Constituye un área prioritaria de la política pública y de
la inversión estatal, garantía de la igualdad e inclusión social y condición indispensable para
el buen vivir. Las personas, las familias y la sociedad tienen el derecho y la responsabilidad
de participar en el proceso educativo.
Art. 27.- La educación se centrará en el ser humano y garantizará su desarrollo holístico,
en el marco del respeto a los derechos humanos, al medio ambiente sustentable y a la
democracia; será participativa, obligatoria, intercultural, democrática, incluyente y diversa,
de calidad y calidez; impulsará la equidad de género, la justicia, la solidaridad y la paz;
estimulará el sentido crítico, el arte y la cultura física, la iniciativa individual y comunitaria,
y el desarrollo de competencias y capacidades para crear y trabajar. La educación es
indispensable para el conocimiento, el ejercicio de los derechos y la construcción de un país
soberano, y constituye un eje estratégico para el desarrollo nacional.
Art. 28.- La educación responderá al interés público y no estará al servicio de intereses
individuales y corporativos. Se garantizará el acceso universal, permanencia, movilidad y
egreso sin discriminación alguna y la obligatoriedad en el nivel inicial, básico y bachillerato
o su equivalente. Es derecho de toda persona y comunidad interactuar entre culturas y
participar en una sociedad que aprende. El Estado promoverá el diálogointercultural en sus
múltiples dimensiones. El aprendizaje se desarrollará de forma escolarizada y no
escolarizada. La educación pública será universal y laica en todos sus niveles, y gratuita
hasta el tercer nivel de educación superior inclusive.
Art. 29.- EI Estado garantizará la libertad de enseñanza, la libertad de cátedra en la
educación superior, y el derecho de las personas de aprender en su propia lengua y ámbito
cultural. Las madres y padres o sus representantes tendrán la libertad de escoger para sus
hijas e hijos una educación acorde con sus principios, creencias y opciones pedagógicas.
Art. 35.- Las personas adultas mayores, niñas, niños y adolescentes, mujeres
embarazadas, personas con discapacidad, personas privadas de libertad y quienes
adolezcan de enfermedades catastróficas o de alta complejidad, recibirán atención
prioritaria y especializada en los ámbitos público y privado. La misma atención prioritaria
recibirán las personas en situación de riesgo, las víctimas de violencia doméstica y sexual,
maltrato infantil, desastres naturales o antropogénicos. El Estado prestará especial
protección a las personas en condición de doble vulnerabilidad.
2. Art. 44.- El Estado, la sociedad y la familia promoverán de forma prioritaria el desarrollo
integral de las niñas, niños y adolescentes, y asegurarán el ejercicio pleno de sus derechos;
se atenderá al principio de su interés superior y sus derechos prevalecerán sobre los de las
demás personas. Las niñas, niños y adolescentes tendrán derecho a su desarrollo integral,
entendido como proceso de crecimiento, maduración y despliegue de su intelecto y de sus
capacidades, potencialidades y aspiraciones, en un entorno familiar, escolar, social y
comunitario de afectividad y seguridad. Este entorno permitirá la satisfacción de sus
necesidades sociales, afectivo-emocionales y culturales, con el apoyo de políticas
intersectoriales nacionales y locales.
Art. 45.- Las niñas, niños y adolescentes gozarán de los derechos comunes del ser
humano, además de los específicos de su edad. El Estado reconocerá y garantizará la vida,
incluido el cuidado y protección desde la concepción. Las niñas, niños y adolescentes tienen
derecho a la integridad física y psíquica; a su identidad, nombre y ciudadanía; a la salud
integral y nutrición; a la educación y cultura, al deporte y recreación; a la seguridad social;
a tener una familia y disfrutar de la convivencia familiar y comunitaria; a la participación
social; al respeto de su libertad y dignidad; a ser consultados en los asuntos que les afecten;
a educarse de manera prioritaria en su idioma y en los contextos culturales propios de sus
pueblos y nacionalidades; y a recibir información acerca de sus progenitores o familiares
ausentes, salvo que fuera perjudicial para su bienestar. El Estado garantizará su libertad de
expresión y asociación, el funcionamiento libre de los consejos estudiantiles y demás
formas asociativas.
Art. 46.- ElEstado adoptará, entre otras, las siguientes medidas que aseguren alas niñas,
niños y adolescentes:
1. Atención a menores de seis años, que garantice su nutrición, salud, educación y cuidado
diario en un marco de protección integral de sus derechos.
2. Protección especialcontra cualquier tipo de explotación laboral o económica. Se prohíbe
el trabajo de menores de quince años, y se implementarán políticas de erradicación
progresiva del trabajo infantil.
3. El trabajo de las adolescentes y los adolescentes será excepcional, y no podrá conculcar
su derecho a la educación ni realizarse en situaciones nocivas o peligrosas para su salud o
su desarrollo personal. Se respetará, reconocerá y respaldará su trabajo y las demás
actividades siempre que no atenten a su formación y a su desarrollo integral.
4. Atención preferente para la plena integración social de quienes tengan discapacidad. El
Estado garantizará su incorporación en el sistema de educación regular y en la sociedad.
3. 5. Protección y atención contra todo tipo de violencia, maltrato, explotación sexual o de
cualquier otra índole, o contra la negligencia que provoque tales situaciones.
6. Prevención contra el uso de estupefacientes o psicotrópicos y el consumo de bebidas
alcohólicas y otras sustancias nocivas para su salud y desarrollo.
7. Atención prioritaria en caso de desastres, conflictos armados y todo tipo de
emergencias.
8. Protección frente a la influencia de programas o mensajes, difundidos a través de
cualquier medio, que promuevan la violencia, o la discriminación racial o de género. Las
políticas públicas de comunicación priorizarán su educación y el respeto a sus derechos de
imagen, integridad y los demás específicos de su edad. Se establecerán limitaciones y
sanciones para hacer efectivos estos derechos.
9. Protección y asistencia especiales cuando la progenitora o el progenitor, o ambos, se
encuentran privados de su libertad.
10. Protección, cuidado y asistencia especial cuando sufran enfermedades crónicas o
degenerativas.
Art. 47.-El Estado garantizará políticas de prevención de las discapacidades y, de manera
conjunta con la sociedad y la familia, procurará la equiparación de oportunidades para las
personas con discapacidad y su integración social. Se reconoce a las personas con
discapacidad, los derechos a:
[…] 7. Una educación que desarrolle sus potencialidades y habilidades para su integración y
participación en igualdad de condiciones. Se garantizará su educación dentro de la
educación regular. Los planteles regulares incorporarán trato diferenciado y los de atención
especial la educación especializada. Los establecimientos educativos cumplirán normas de
accesibilidad para personas con discapacidad e implementarán un sistema de becas que
responda a las condiciones económicas de este grupo.
11. La educación especializada para las personas con discapacidad intelectual y el fomento
de sus capacidades mediante la creación de centros educativos y programas de enseñanza
específicos.
12. La atención psicológica gratuita para las personas con discapacidad y sus familias, en
particular en caso de discapacidad intelectual.
13. El acceso de manera adecuada a todos los bienes y servicios. Se eliminarán las barreras
arquitectónicas.
4. 14. El acceso a mecanismos, medios y formas alternativas de comunicación, entre ellos el
lenguaje de señas para personas sordas, el oralismo y el sistema braille.
Art. 340.- EI sistema nacional de inclusión y equidad social es el conjunto articulado y
coordinado de sistemas, instituciones, políticas, normas, programas y servicios que
aseguran el ejercicio, garantía y exigibilidad de los derechos reconocidos en la Constitución
y el cumplimiento de los objetivos del régimen de desarrollo. El sistema se articulará al Plan
Nacional de Desarrollo y al sistema nacional descentralizado de planificación participativa;
se guiará por los principios de universalidad, igualdad, equidad, progresividad,
interculturalidad, solidaridad y no discriminación; y funcionará bajo los criterios de calidad,
eficiencia y eficacia, transparencia, responsabilidad y participación. El sistema se compone
de los ámbitos de la educación, salud, seguridad social, gestión de riesgos, cultura física y
deporte, hábitat y vivienda, cultura, comunicación e información, disfrute del tiempo libre,
ciencia y tecnología, población, seguridad humana y transporte.
Art. 341.- El Estado generará las condiciones para la protección integral de sus
habitantes a lo largo de sus vidas, que aseguren los derechos y principios reconocidos en la
Constitución, en particular la igualdad en la diversidad y la no discriminación, y priorizará su
acción hacia aquellos grupos que requieran consideración especial por la persistencia de
desigualdades, exclusión, discriminación o violencia, o en virtud de su condición etaria, de
salud o de discapacidad. La protección integral funcionará a través de sistemas
especializados, de acuerdo con la ley. Los sistemas especializados se guiarán por sus
principios específicos y los del sistema nacional de inclusión y equidad social. El sistema
nacional descentralizado de protección integral de la niñez y la adolescencia será el
encargado de asegurar el ejercicio de los derechos de niñas, niños y adolescentes. Serán
parte del sistema las instituciones públicas, privadas y comunitarias».
Art. 343.- El sistema nacional de educación tendrá como finalidad el desarrollo de
capacidades y potencialidades individuales y colectivas de la población, que posibiliten el
aprendizaje, y la generación y utilización de conocimientos, técnicas, saberes, artes y
cultura. El sistema tendrá como centro al sujeto que aprende, y funcionará de manera
"flexible y dinámica, incluyente, eficaz y eficiente. El sistema nacional de educación
integrará una visión intercultural acorde con la diversidad geográfica, cultural y lingüística
del país, y el respeto a los derechos de las comunidades, pueblos y nacionalidades.
Art. 344.- El sistema nacional de educación comprenderá las instituciones, programas,
políticas, recursos y actores del proceso educativo, así como acciones en los niveles de
educación inicial, básica y bachillerato, y estará articulado con el sistema de educación
superior. El Estado ejercerá la rectoría del sistema a través de la autoridad educativa
nacional, que formulará la política nacional de educación; asimismo regulará y controlará
5. las actividades relacionadas con la educación, así como el funcionamiento de las entidades
del sistema.
Art. 345.- La educación como servicio público se prestará a través de instituciones
públicas, fiscomisionales y particulares. En los establecimientos educativos se
proporcionarán sincosto servicios de carácter socialy de apoyo psicológico,en el marco del
sistema de inclusión y equidad social.
Art. 346.-Existirá una institución pública, con autonomía, de evaluación integral interna
y externa, que promueva la calidad de la educación.
Art. 347.- Será responsabilidad del Estado:
1. Fortalecer la educación pública y la coeducación; asegurar el mejoramiento permanente
de la calidad, la ampliación de la cobertura, la infraestructura física y el equipamiento
necesario de las instituciones educativas públicas.
2. Garantizar que los centros educativos sean espacios democráticos de ejercicio de
derechos y convivencia pacífica. Los centros educativos serán espacios de detección
temprana de requerimientos especiales.
3. Garantizar modalidades formales y no formales de educación.
4. Asegurar que todas las entidades educativas impartan una educación en ciudadanía,
sexualidad y ambiente, desde el enfoque de derechos.
5. Garantizar el respeto del desarrollo psicoevolutivo de los niños, niñas y adolescentes, en
todo el proceso educativo.
6. Erradicar todas las formas de violencia en el sistema educativo y velar por la integridad
física, psicológica y sexual de las estudiantes y los estudiantes.
7. Erradicar el analfabetismo puro, funcional y digital, y apoyar los procesos de
postalfabetización y educación permanente para personas adultas, y la superación del
rezago educativo.
8. Incorporar las tecnologías de la información y comunicación en el proceso educativo y
propiciar el enlace de la enseñanza con las actividades productivas o sociales.
9. Garantizar el sistema de educación intercultural bilingüe, en el cual se utilizará como
lengua principal de educación la de la nacionalidad respectiva y el castellano como idioma
de relación intercultural, bajo la rectoría de las políticas públicas del Estado y con total
respeto a los derechos de las comunidades, pueblos y nacionalidades.
6. 10. Asegurar que se incluya en los currículos de estudio, de manera progresiva, la
enseñanza de al menos una lengua ancestral.
11. Garantizar la participación activa de estudiantes, familias y docentes en los procesos
educativos.
12. Garantizar, bajo los principios de equidad social, territorial y regional que todas las
personas tengan acceso a la educación pública.
Art. 348.- La educación pública será gratuita y el Estado la financiará de manera
oportuna, regular y suficiente. La distribución de los recursos destinados a la educación se
regirá por criterios de equidad social, poblacional y territorial, entre otros. El Estado
financiará la educación especial y podrá apoyar financieramente a la educación
fiscomisional, artesanal y comunitaria, siempre que cumplan con los principios de
gratuidad, obligatoriedad e igualdad de oportunidades, rindan cuentas de sus resultados
educativos y del manejo de los recursos públicos, y estén debidamente calificadas, de
acuerdo con la ley. Las instituciones educativas que reciban financiamiento público no
tendrán fines de lucro. La falta de transferencia de recursos en las condiciones señaladas
será sancionada con la destitución de la autoridad y de las servidoras y servidores públicos
remisos de su obligación.
Art. 349.- El Estado garantizará al personal docente, en todos los niveles y modalidades,
estabilidad, actualización, formación continua y mejoramiento pedagógico y académico;
una remuneración justa, de acuerdo a la profesionalización, desempeño y méritos
académicos. La ley regulará la carrera docente y el escalafón; establecerá un sistema
nacional de evaluación del desempeño y la política salarial en todos los niveles. Se
establecerán políticas de promoción, movilidad y alternancia docente.