El decreto establece que las entidades de la administración pública central de Ecuador deben utilizar software libre en sus sistemas. Define software libre como programas que pueden usarse y distribuirse sin restricciones y cuyos códigos fuentes están disponibles. Faculta el uso de software propietario solo cuando no haya una solución de software libre disponible o cuando esté en riesgo la seguridad nacional. Encarga a la Subsecretaría de Informática la implementación y supervisión de este decreto.