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LA DESNATURALIZACIÓN DEL
CONTRATO DE TRABAJO
UNIVERSIDAD DE
HUÁNUCO
FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS
POLÍTICAS
ESCUELA ACADEMICO PROFESIONAL DE
DERECHO Y CIENCIAS POLÍTICAS
DOCENTE: VIDAL ROMERO,
OLGA MARLENY
ESTUDIANTES:
CERNA SÁNCHEZ, AÍDA
NASHELY.
ESTEBAN BARRETO CRISTINA
ISABEL.
VIDURIZAGA ROJAS, DEISY
MARYORI.
CICLO: SEPTIMO-SECCIÓN B
2023
INTRODUCCIÓN
El propósito de esta disertación especial es resaltar los hechos importantes, lo cual da paso al origen a la
técnica de revisión documental en el camino de poder obtener respuestas variables formuladas desde el
punto de vista social, jurídica y económica, que requiere invención sobre resultados específicos que
definen los principios generales que sentaron las bases del método.
Desde este punto de vista, de la revisión de las fuentes se puede observar la naturaleza y origen que se
establece de dos formas de prestación de servicios: una que es proveniente del marco de las relaciones
laborales, y la otra que es de carácter del derecho civil, por lo que se relacionan en un parte del contrato.
Por otra parte, es merecer mencionar que los empleos son puramente civiles, es decir aquellos que están
sujetos según las normas del Código Civil.
La Ley de Productividad laboral y competitividad en su artículo 05, menciona que en los “servicios
laborales” debe ser realizado personalmente por el empleador como individuo. En mérito a ello, la citada
ley expresa que este tipo de servicios no podría darse esa responsabilidad a terceros, pero aun así
nuestro ordenamiento jurídico establece la oportunidad de que puedan ser apoyados en sus actividades
profesionales por familiares directos, siempre y cuando conozcan estas funciones laborales entre otras
circunstancias que podrían sobrevenir.
A su vez también, lamentablemente en la actualidad se siguen presentando situaciones que vulneran el
derecho del trabajador, que pueden surgir en discriminaciones en la relación laboral cuando el empleador
no reconoce el valor, talento humano de sus trabajadores, lo que conlleva a un pésimo ambiente laboral,
remuneración mal pagada, humillaciones etc. Atentando contra un derecho fundamental, por ende, en el
presente trabajo se van a tocar estos puntos importantes y se desarrollaran con mayor profundidad.
RESUMEN
La vulneración del Derecho Laboral y la desnaturalización de los contratos de locación de servicios son
temas de gran relevancia en la actualidad, ya que afectan negativamente a los trabajadores y a la
correcta relación laboral entre empleados y empleadores. En este ensayo, se analizará en detalle
ambas problemáticas, sus causas y consecuencias.
En primer lugar, es importante entender qué se entiende por vulneración del Derecho Laboral,
básicamente, se refiere a todas aquellas prácticas que violan los derechos de los trabajadores
establecidos en las leyes laborales como el no pago de salarios justos, horas extras no remuneradas,
condiciones laborales inseguras o precarias, entre otros. Estas vulneraciones pueden darse tanto en el
sector privado como en el sector público, afectando a empleados de diferentes ámbitos.
Una de las formas más comunes en las que se vulnera el Derecho Laboral es a través de la
desnaturalización de los contratos de locación de servicios. Estos contratos, que originalmente estaban
destinados a trabajadores independientes que prestaban servicios de forma eventual, se han convertido
en una forma de evadir las responsabilidades y beneficios que corresponden a los trabajadores en
relación de dependencia. Esto se logra disfrazando la relación laboral bajo la figura de un contrato de
servicios, lo que permite al empleador evitar el pago de impuestos y beneficios laborales.
Las consecuencias de estas prácticas son graves tanto para los trabajadores como para la sociedad en
su conjunto. Los empleados se ven afectados en su capacidad de ejercer sus derechos laborales y de
tener una remuneración justa. Además, se crea una competencia desleal con aquellos empleadores que
cumplen con todas sus obligaciones legales, generando un ambiente laboral injusto y desigual. También
se afecta al Estado, ya que se pierden recursos que podrían ser destinados a mejorar las condiciones
laborales y garantizar el bienestar de los trabajadores.
Para combatir estas problemáticas, es fundamental fortalecer los mecanismos de control y fiscalización
del cumplimiento de las leyes laborales. Las autoridades competentes deben ser más rigurosas en la
detección de las prácticas de vulneración del Derecho Laboral y en la sanción de aquellas empresas
que incumplen con sus obligaciones. Además, se debe promover una mayor conciencia social sobre la
importancia del respeto a los derechos laborales y la erradicación de la desnaturalización de los
contratos de locación de servicios.
ÍNDICE
INTRODUCCIÓN ............................................................................................................................................................2
RESUMEN......................................................................................................................................................................3
CAPITULO I....................................................................................................................................................................5
1.1. GENERALIDADES DE LA VARIABLE VULNERACIÓN DE LOS DERECHOS LABORALES.....................................5
1.2. ANTECEDENTES HISTÓRICOS DEL DERECHO LABORAL Y COLECTIVO. .........................................................5
CAPITULO II...................................................................................................................................................................6
2.1. FORMAS DE VULNERAR EL DERECHO AL TRABAJO. ..........................................................................................6
2.2. HECHOS HISTÓRICOS DE LA VULNERABILIDAD DEL DERECHO AL TRABAJO. ....................................................6
CAPITULO III..................................................................................................................................................................7
3.1. OBLIGACIONES DEL LOCADOR Y COMITENTE....................................................................................................7
4.1. APROXIMACIONES GENERALES DE LA DESNATURALIZACIÓN DEL CONTRATO DE LOCACIÓN .........................8
CAPITULO IV..................................................................................................................................................................9
DIFERENCIA ENTRE CONTRATO DE LOCACIÓN DE SERVICIOS Y CONTRATO DE TRABAJO...........................................9
LOS SUJETOS QUE INTERVIENEN..............................................................................................................................9
LA RETRIBUCIÓN DEL SERVICIO................................................................................................................................9
LA FORMA DE PRESTAR LOS SERVICIOS....................................................................................................................9
EL REGISTRO DEL CONTRATO ...................................................................................................................................9
EL PLAZO DEL CONTRATO.........................................................................................................................................9
LA PERIODICIDAD DE PAGO......................................................................................................................................9
VENTAJAS SOCIALES ...............................................................................................................................................10
CAPITULO V.................................................................................................................................................................10
EJEMPLO DE LA LOCACIÓN DE SERVICIOS..............................................................................................................10
MAPA MENTAL ...........................................................................................................................................................10
CONCLUSIONES...........................................................................................................................................................12
BILIOGRAFIA ...............................................................................................................................................................13
CAPITULO I
1.1. GENERALIDADES DE LA VARIABLE VULNERACIÓN DE LOS DERECHOS LABORALES.
En esta parte de la sección tocaremos las generalidades que se deben tener presente para poder
comprender la forma y circunstancias que pueden suscitar estas vulnerabilidades, por ende, tenemos que
conocer algunos hechos históricos.
1.2. ANTECEDENTES HISTÓRICOS DEL DERECHO LABORAL Y COLECTIVO.
Primeramente, tenemos que hacer énfasis y centrarnos en la Revolución Industrial e impacto que tuvo en
Europa, cuando se estaba tratando de marcar un cambio debido a que muchas veces los trabajadores
aceptaban tratos abusivos realizados por los empleadores, todo ello para poder sustentar a su familia y
su propia subsistencia, hubieron muchos intentos de efectuar contratos que fueran justos sin embargo,
como los contratos civiles quienes pretendían ser equitativos, fueron usados como una cortina de humo
para poder ocultar su verdadero propósito.
Lamentablemente en nuestro País y en países como Chile, estos movimientos tenían una importancia
limitada, debido a que la protección que se le daba a los trabajadores era mediante normas o leyes en
vez de negociaciones colectivas.
Considerando lo anterior, los estudios están de acuerdo que la unión en el Perú y América Latina, estaba
por detrás debido al elemento de que “por la tardía de la llegada de la publicidad en la época industrial”,
así como también el atraso de la agricultura y minería en nuestro país.
El marco legal constitucional señala que La República del Perú tiene 12 Constituciones a lo largo de su
Historia, pero solo 7 aluden el Derecho Laboral siendo estas:
 Ley Fundamental del Perú de 1839.
 Ley Fundamental de la República Peruana de 1856.
 Ley fundamental peruana 1920.
 Ley Fundamental peruana 1933.
 Ley fundamental peruana 1960.
 Ley fundamental del Perú de 1979.
 Ley fundamental de 1993
CAPITULO II
2.1. FORMAS DE VULNERAR EL DERECHO AL TRABAJO.
Como se ha mencionado en puntos anteriores, existen diversas situaciones que pueden sobrevenir y
vulnerar los derechos de los trabajadores, probablemente existen dos tipos de derechos asociados a la
relación entre trabajo. Uno, constituido por derechos fundamentales, por ejemplo: el derecho a trabajar,
derecho a no ser discriminados por motivos de género, religión entre otros, pero en esta ocasión en el
lugar de trabajo.
2.2. HECHOS HISTÓRICOS DE LA VULNERABILIDAD DEL DERECHO AL TRABAJO.
Según el contrato de trabajo, la prestación de servicios debe pagarse como la misma Ley lo define en su
propio ordenamiento, no obstante, los casos de violación y discriminación de la relación laboral por dar
los empleadores no reconocen la importancia de las habilidades humanas, haciendo muchas veces que
estos estén en lugares de trabajos hostiles, pocos salubres y con una remuneración que no alcanza para
la vida cotidiana.
Se reconocen las leyes y derechos relacionados con el empleo como los derechos humanos en el
nacimiento del derecho internacional, no tienen fundamento la Declaración Universal de Derechos
Humanos y muchos otros tratados fundamentales. El empleado se resiste al interno de establecer esta
fuente, muchas disposiciones para la protección y seguridad de su lugar de trabajo.
Algunos beneficios son los siguientes:
 Empleos seguros y saludables
 Derecho de seguridad social
 Derecho a salarios justos
 Derecho de tener un horario laboral razonable
CAPITULO III
3.1. OBLIGACIONES DEL LOCADOR Y COMITENTE
El locador y el comitente tienen varias obligaciones legales y éticas que deben cumplir en una relación
contractual. El locador, que en este caso es la persona que alquila una propiedad o un bien, tiene la
responsabilidad de mantener el bien en buenas condiciones y asegurarse de que cumpla con todas las
regulaciones y requisitos legales. Esto incluye reparaciones y mantenimiento adecuados, así como la
provisión de servicios básicos.
Además, el locador debe respetar los derechos y la privacidad del inquilino. Esto significa que no puede
entrar a la propiedad sin permiso y debe respetar cualquier término acordado en el contrato de
arrendamiento. También es responsabilidad del locador garantizar la seguridad de la propiedad y tomar
medidas para prevenir cualquier daño o incidente.
Por otro lado, el comitente, que es la persona o entidad que contrata los servicios de un trabajador o
profesional, tiene la obligación de proporcionar un ambiente seguro y saludable para que el trabajador o
profesional realice sus tareas. Esto puede incluir equipos y herramientas adecuadas, capacitación
adecuada y cumplimiento de todas las regulaciones de salud y seguridad.
El comitente también es responsable de pagar una compensación justa y oportuna al trabajador o
profesional por sus servicios. Esto implica garantizar un salario adecuado, el pago de beneficios y
prestaciones legales y el seguimiento de cualquier legislación laboral pertinente.
Ambas partes deben cumplir con el contrato y respetar los términos y condiciones acordados. Esto
incluye el pago puntual de alquileres o salarios, así como la notificación oportuna de cualquier cambio
en las circunstancias o incumplimientos potenciales.
En resumen, tanto el locador como el comitente tienen responsabilidades importantes que cumplir en su
relación contractual. Estas obligaciones aseguran un trato justo y respetuoso entre ambas partes y
garantizan que se cumplan los derechos y las necesidades de ambas partes. Cumplir con estas
obligaciones es esencial para mantener una relación comercial exitosa y ética.
4.1. APROXIMACIONES GENERALES DE LA DESNATURALIZACIÓN DEL CONTRATO DE
LOCACIÓN
La desnaturalización del contrato de locación es un tema que ha sido objeto de estudio y análisis en
diversos ámbitos legales. En términos generales, la desnaturalización se refiere a la alteración de las
condiciones y características originales de un contrato de locación, lo cual puede acarrear
consecuencias legales y financieras tanto para el arrendador como para el arrendatario.
Uno de los aspectos más importantes a tener en cuenta cuando se habla de desnaturalización del
contrato de locación es la necesidad de establecer claramente las condiciones y términos del contrato
desde un principio. Esto implica que tanto el arrendador como el arrendatario deben tener claro cuáles
son sus derechos y obligaciones, así como las limitaciones legales que existen en relación a la locación
de un inmueble.
Desde el punto de vista del arrendador, es fundamental establecer de manera precisa cuál es el destino
que se le dará al inmueble alquilado, así como las limitaciones y restricciones respecto a su uso. De
esta forma, se busca evitar que el arrendatario realice modificaciones en el inmueble que vayan en
contra de las condiciones originalmente establecidas en el contrato.
Por su parte, el arrendatario debe contar con la certeza de que podrá utilizar el inmueble en
consonancia con el destino establecido en el contrato. Esto implica que el arrendador no podrá limitar
de manera arbitraria el uso del inmueble, ni imponer condiciones que vayan en contra de lo acordado en
el contrato.
En caso de que se produzca una desnaturalización del contrato, es importante tener en cuenta que
existen consecuencias legales para ambas partes. Por un lado, el arrendador puede verse perjudicado
económicamente si el inmueble sufre daños o modificaciones no autorizadas. Por otro lado, el
arrendatario puede ser objeto de acciones judiciales por parte del arrendador si no cumple con las
condiciones establecidas en el contrato.
En conclusión, la desnaturalización del contrato de locación es un tema de gran relevancia que debe ser
abordado de manera cuidadosa y precisa. Tanto el arrendador como el arrendatario tienen la
responsabilidad de conocer y respetar las condiciones establecidas en el contrato, a fin de evitar
conflictos y consecuencias legales. De esta forma, se podrá asegurar una relación contractual
satisfactoria y equitativa para ambas partes.
CAPITULO IV
DIFERENCIA ENTRE CONTRATO DE LOCACIÓN DE SERVICIOS Y CONTRATO DE TRABAJO
LOS SUJETOS QUE INTERVIENEN
Un contrato de trabajo existe un empleador y una persona natural/ trabajador que puede ser empleado u
obrero. Las partes involucradas en el punto de servicio son contratante y contratistas.
LA RETRIBUCIÓN DEL SERVICIO
En el contrato de trabajo el colaborador recibe una remuneración periódica por los servicios prestados,
que pueden ser sueldos, jornales, comisiones, etc.
Por el contrario, En la locación de servicios se cobran los honorarios en montos y tiempos acordados
entre el cliente y el contratista.
LA FORMA DE PRESTAR LOS SERVICIOS
la prestación de servicios la autoridad del empleador, es quien determina la fecha, hora y lugar de
prestación de los servicios, así como controla y supervisa el desempeño de las tareas asignadas.
En la locación de servicios el locador proporciona servicios de forma independiente a domicilio y no
necesita visitar una oficina de empleo.
EL REGISTRO DEL CONTRATO
El contrato de trabajo estipula que los empleados deben comenzar a trabajar a más tardar 72 horas
después de su ingreso al lugar de trabajo y superar el período de prueba legal de tres meses. Además,
el empleador no figura en la nómina del lugar de trabajo, por lo que no tiene derecho a las prestaciones
laborales legales.
EL PLAZO DEL CONTRATO
Los contratos de trabajo pueden ser indefinidos, según la forma (plazo fijo) o incluso a tiempo parcial,
menos de cuatro horas diarias. Los contratos indefinidos pueden ser orales o escritos, mientras que los
contratos de duración determinada y a tiempo parcial deben realizarse por escrito. La celebración del
contrato de servicios puede ser oral o escrita y debe ser acordado por las partes. Debe indicar la identidad
de las partes, servicios, honorarios, duración del contrato, etc.
LA PERIODICIDAD DE PAGO
En el contrato de trabajo, a los empleados se les paga de la manera acordada o determinada por el
empleador. Con respecto a la locación de servicios los honorarios se cobran en el momento acordado por
ambas partes y pueden ser una tarifa inicial, un pago continuo en función del avance del servicio o una
cancelación total al finalizar el servicio contratado.
VENTAJAS SOCIALES
En el contrato de trabajo, los empleados disfrutan de beneficios sociales legales. Por ejemplo:
bonificación, CTS y festivos, según el régimen laboral de la empresa.
Los trabajadores empleados por menos de cuatro horas diarias no tienen derecho a los beneficios
anteriores, pero tienen derecho a otros beneficios establecidos por la ley.
En un arrendamiento de servicios, el propietario sólo tiene derecho a la remuneración acordada. Esto
significa que solo le pagan sin beneficios adicionales.
CAPITULO V
EJEMPLO DE LA LOCACIÓN DE SERVICIOS
En el contrato de locación de servicios, que celebra la empresa GLOBAL CENTER S.A., con RUC
20518741536, con domicilio legal en Av. Tito Jaime N°235, representada por su Gerente General, señor
Mariano José Ramírez León, con DNI N° 07763388, quien tiene facultades, a quien en adelante se le
denominará "COMITENTE", y la otra parte Mario Jesús Cabrera Reyes, con DNI N° 20115974, con
domicilio en Av. Mariscal N°123, a quien en adelante se le denominará "EL LOCADOR". En dicho contrato,
EL LOCADOR se compromete a prestar sus servicios profesionales, en favor de EL COMITENTE, a título
de locación de servicios y en los términos pactados en este contrato. Por su parte, EL COMITENTE se
obliga a pagar a EL LOCADOR el monto de los honorarios profesionales pactados en las cláusulas, dadas
a las forma y oportunidad convenidas, asimismo se debe indicar los servicios que va a prestar tales como
atender a los usuarios, a subir al sistema las operadoras registradas, a atraer clientes en la línea móvil,
entre otros.
Por lo tanto, las partes acuerdan que el monto total de los honorarios a pagar EL COMITENTE deberá
ser de S/. 2,500 soles mensuales por los servicios prestados por EL LOCADOR, los mismos que se
cancelarán el día veinticuatro de cada mes, dicho monto corresponde únicamente a los servicios antes
mencionados.
En señal de conformidad las partes suscriben este documento en la ciudad de Tingo María, de fecha
catorce de noviembre del año 2023, en el cual, suscribe la firma de ambos.
MAPA MENTAL
DESNATURALIZACIÓN DE LOS
CONTRATO DE LOCACIÓN
FORMAS DE VULNERAR EL
DERECHO AL TRABAJO
Constituido por derechos
fundamentales, en este caso
el derecho al trabajo.
Por parte de los empleadores
no reconocen las habilidades
humanas, haciendo muchas
veces que el locador esté en
lugares de trabajos hostiles,
pocos salubres y con una
remuneración baja.
Sin embargo, en la actualidad
hay leyes y derechos
relacionado al empleo, los
mismos que traen beneficios
como:
 Empleos seguros y
saludables
 Derecho de
seguridad social
 Derecho a salarios
justos
 Derecho de tener un
horario laboral
razonable
Se refiere a la alteración de
las condiciones y
características originales de
un contrato de locación, lo
cual puede acarrear
consecuencias legales. Es
por ello que:
EL LOCADOR
Es la persona que brinda sus
servicios en forma personal, debe
poseer determinadas cualidades
que ofrecer; pues el objeto del
contrato será la prestación de
dichos conocimientos o habilidades.
EL COMITENTE
Es la persona o entidad
que contrata los servicios
de un trabajador.
Tiene la obligación de:
 Proporcionar un entorno
seguro y saludable para
que los empleados o
profesionales realicen sus
tareas.
 Pagar una compensación
justa y oportuna a los
empleados y a otras
personas.
Ambas partes, deben cumplir
con las condiciones acordadas
en el contrato.
DIFERENCIA ENTRE
CONTRATO DE LOCACIÓN
DE SERVICIOS Y CONTRATO
DE TRABAJO
Un contrato de trabajo tiene
un empleador y una persona
empleado.
En la prestación de los
servicios son los
contratantes y contratistas.
LOS SUJETOS QUE
INTERVIENEN
LA FORMA DE
PRESTAR LOS
SERVICIOS
En el primero, es
entregado de forma
independiente o con el
permiso del empleador.
En el segundo supuesto,
las prestaciones se
proporcionan de forma
independiente desde
casa, sin necesidad de
desplazarse a la oficina de
empleo.
CONCLUSIONES
Los contratos de locación es una herramienta que es fundamental para implementar procesos
comerciales claros y que se tienen que proteger los intereses de ambas partes, es un medio que le da
independencia al trabajador de poder brindar sus servicios sin tener que recibir instrucciones por parte de
su empleador.
El locador realiza los servicios por sí mismo, pero las ayudas y compensaciones pueden utilizarse bajo
su propia autoridad y responsabilidad, si la cooperación con otros está permitida por contrato y no
contradice la naturaleza de los servicios. En cuanto a la prestación de servicios, es la prestación de
servicios de una persona a otra a cambio de un pago, por lo que el derecho laboral surgió como estado
para proteger a los trabajadores subordinados de sus empleadores.
Los contratos de locación es una herramienta que es fundamental para implementar procesos
comerciales claros y que se tienen que proteger los intereses de ambas partes, es un medio que le da
independencia al trabajador de poder brindar sus servicios sin tener que recibir instrucciones por parte de
su empleador.
El locador realiza los servicios por sí mismo, pero las ayudas y compensaciones pueden utilizarse bajo
su propia autoridad y responsabilidad, si la cooperación con otros está permitida por contrato y no
contradice la naturaleza de los servicios. En cuanto a la prestación de servicios, es la prestación de
servicios de una persona a otra a cambio de un pago, por lo que el derecho laboral surgió como estado
para proteger a los trabajadores subordinados de sus empleadores.
BILIOGRAFIA
https://campusvirtualdocente.continental.edu.pe/sitios/GestionDocentes/CV000020115974/9Participacio
nProyectos/203-Contrato%20ACP.pdf
https://www.gob.pe/institucion/sunafil/noticias/594915-cual-es-la-diferencia-entre-un-contrato-de-trabajo-
y-un-contrato-de-locacion-de-servicios
https://perulegal.larepublica.pe/peru/empresas/2022/07/14/que-es-un-contrato-de-locacion-de-servicios-
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https://ppulegal.com/ppu-legal/contratos-de-locacion-de-servicios-como-usarlos-correctamente/
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  • 1. LA DESNATURALIZACIÓN DEL CONTRATO DE TRABAJO UNIVERSIDAD DE HUÁNUCO FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS POLÍTICAS ESCUELA ACADEMICO PROFESIONAL DE DERECHO Y CIENCIAS POLÍTICAS DOCENTE: VIDAL ROMERO, OLGA MARLENY ESTUDIANTES: CERNA SÁNCHEZ, AÍDA NASHELY. ESTEBAN BARRETO CRISTINA ISABEL. VIDURIZAGA ROJAS, DEISY MARYORI. CICLO: SEPTIMO-SECCIÓN B 2023
  • 2. INTRODUCCIÓN El propósito de esta disertación especial es resaltar los hechos importantes, lo cual da paso al origen a la técnica de revisión documental en el camino de poder obtener respuestas variables formuladas desde el punto de vista social, jurídica y económica, que requiere invención sobre resultados específicos que definen los principios generales que sentaron las bases del método. Desde este punto de vista, de la revisión de las fuentes se puede observar la naturaleza y origen que se establece de dos formas de prestación de servicios: una que es proveniente del marco de las relaciones laborales, y la otra que es de carácter del derecho civil, por lo que se relacionan en un parte del contrato. Por otra parte, es merecer mencionar que los empleos son puramente civiles, es decir aquellos que están sujetos según las normas del Código Civil. La Ley de Productividad laboral y competitividad en su artículo 05, menciona que en los “servicios laborales” debe ser realizado personalmente por el empleador como individuo. En mérito a ello, la citada ley expresa que este tipo de servicios no podría darse esa responsabilidad a terceros, pero aun así nuestro ordenamiento jurídico establece la oportunidad de que puedan ser apoyados en sus actividades profesionales por familiares directos, siempre y cuando conozcan estas funciones laborales entre otras circunstancias que podrían sobrevenir. A su vez también, lamentablemente en la actualidad se siguen presentando situaciones que vulneran el derecho del trabajador, que pueden surgir en discriminaciones en la relación laboral cuando el empleador no reconoce el valor, talento humano de sus trabajadores, lo que conlleva a un pésimo ambiente laboral, remuneración mal pagada, humillaciones etc. Atentando contra un derecho fundamental, por ende, en el presente trabajo se van a tocar estos puntos importantes y se desarrollaran con mayor profundidad.
  • 3. RESUMEN La vulneración del Derecho Laboral y la desnaturalización de los contratos de locación de servicios son temas de gran relevancia en la actualidad, ya que afectan negativamente a los trabajadores y a la correcta relación laboral entre empleados y empleadores. En este ensayo, se analizará en detalle ambas problemáticas, sus causas y consecuencias. En primer lugar, es importante entender qué se entiende por vulneración del Derecho Laboral, básicamente, se refiere a todas aquellas prácticas que violan los derechos de los trabajadores establecidos en las leyes laborales como el no pago de salarios justos, horas extras no remuneradas, condiciones laborales inseguras o precarias, entre otros. Estas vulneraciones pueden darse tanto en el sector privado como en el sector público, afectando a empleados de diferentes ámbitos. Una de las formas más comunes en las que se vulnera el Derecho Laboral es a través de la desnaturalización de los contratos de locación de servicios. Estos contratos, que originalmente estaban destinados a trabajadores independientes que prestaban servicios de forma eventual, se han convertido en una forma de evadir las responsabilidades y beneficios que corresponden a los trabajadores en relación de dependencia. Esto se logra disfrazando la relación laboral bajo la figura de un contrato de servicios, lo que permite al empleador evitar el pago de impuestos y beneficios laborales. Las consecuencias de estas prácticas son graves tanto para los trabajadores como para la sociedad en su conjunto. Los empleados se ven afectados en su capacidad de ejercer sus derechos laborales y de tener una remuneración justa. Además, se crea una competencia desleal con aquellos empleadores que cumplen con todas sus obligaciones legales, generando un ambiente laboral injusto y desigual. También se afecta al Estado, ya que se pierden recursos que podrían ser destinados a mejorar las condiciones laborales y garantizar el bienestar de los trabajadores. Para combatir estas problemáticas, es fundamental fortalecer los mecanismos de control y fiscalización del cumplimiento de las leyes laborales. Las autoridades competentes deben ser más rigurosas en la detección de las prácticas de vulneración del Derecho Laboral y en la sanción de aquellas empresas que incumplen con sus obligaciones. Además, se debe promover una mayor conciencia social sobre la importancia del respeto a los derechos laborales y la erradicación de la desnaturalización de los contratos de locación de servicios.
  • 4. ÍNDICE INTRODUCCIÓN ............................................................................................................................................................2 RESUMEN......................................................................................................................................................................3 CAPITULO I....................................................................................................................................................................5 1.1. GENERALIDADES DE LA VARIABLE VULNERACIÓN DE LOS DERECHOS LABORALES.....................................5 1.2. ANTECEDENTES HISTÓRICOS DEL DERECHO LABORAL Y COLECTIVO. .........................................................5 CAPITULO II...................................................................................................................................................................6 2.1. FORMAS DE VULNERAR EL DERECHO AL TRABAJO. ..........................................................................................6 2.2. HECHOS HISTÓRICOS DE LA VULNERABILIDAD DEL DERECHO AL TRABAJO. ....................................................6 CAPITULO III..................................................................................................................................................................7 3.1. OBLIGACIONES DEL LOCADOR Y COMITENTE....................................................................................................7 4.1. APROXIMACIONES GENERALES DE LA DESNATURALIZACIÓN DEL CONTRATO DE LOCACIÓN .........................8 CAPITULO IV..................................................................................................................................................................9 DIFERENCIA ENTRE CONTRATO DE LOCACIÓN DE SERVICIOS Y CONTRATO DE TRABAJO...........................................9 LOS SUJETOS QUE INTERVIENEN..............................................................................................................................9 LA RETRIBUCIÓN DEL SERVICIO................................................................................................................................9 LA FORMA DE PRESTAR LOS SERVICIOS....................................................................................................................9 EL REGISTRO DEL CONTRATO ...................................................................................................................................9 EL PLAZO DEL CONTRATO.........................................................................................................................................9 LA PERIODICIDAD DE PAGO......................................................................................................................................9 VENTAJAS SOCIALES ...............................................................................................................................................10 CAPITULO V.................................................................................................................................................................10 EJEMPLO DE LA LOCACIÓN DE SERVICIOS..............................................................................................................10 MAPA MENTAL ...........................................................................................................................................................10 CONCLUSIONES...........................................................................................................................................................12 BILIOGRAFIA ...............................................................................................................................................................13
  • 5. CAPITULO I 1.1. GENERALIDADES DE LA VARIABLE VULNERACIÓN DE LOS DERECHOS LABORALES. En esta parte de la sección tocaremos las generalidades que se deben tener presente para poder comprender la forma y circunstancias que pueden suscitar estas vulnerabilidades, por ende, tenemos que conocer algunos hechos históricos. 1.2. ANTECEDENTES HISTÓRICOS DEL DERECHO LABORAL Y COLECTIVO. Primeramente, tenemos que hacer énfasis y centrarnos en la Revolución Industrial e impacto que tuvo en Europa, cuando se estaba tratando de marcar un cambio debido a que muchas veces los trabajadores aceptaban tratos abusivos realizados por los empleadores, todo ello para poder sustentar a su familia y su propia subsistencia, hubieron muchos intentos de efectuar contratos que fueran justos sin embargo, como los contratos civiles quienes pretendían ser equitativos, fueron usados como una cortina de humo para poder ocultar su verdadero propósito. Lamentablemente en nuestro País y en países como Chile, estos movimientos tenían una importancia limitada, debido a que la protección que se le daba a los trabajadores era mediante normas o leyes en vez de negociaciones colectivas. Considerando lo anterior, los estudios están de acuerdo que la unión en el Perú y América Latina, estaba por detrás debido al elemento de que “por la tardía de la llegada de la publicidad en la época industrial”, así como también el atraso de la agricultura y minería en nuestro país. El marco legal constitucional señala que La República del Perú tiene 12 Constituciones a lo largo de su Historia, pero solo 7 aluden el Derecho Laboral siendo estas:  Ley Fundamental del Perú de 1839.  Ley Fundamental de la República Peruana de 1856.  Ley fundamental peruana 1920.  Ley Fundamental peruana 1933.  Ley fundamental peruana 1960.  Ley fundamental del Perú de 1979.  Ley fundamental de 1993
  • 6. CAPITULO II 2.1. FORMAS DE VULNERAR EL DERECHO AL TRABAJO. Como se ha mencionado en puntos anteriores, existen diversas situaciones que pueden sobrevenir y vulnerar los derechos de los trabajadores, probablemente existen dos tipos de derechos asociados a la relación entre trabajo. Uno, constituido por derechos fundamentales, por ejemplo: el derecho a trabajar, derecho a no ser discriminados por motivos de género, religión entre otros, pero en esta ocasión en el lugar de trabajo. 2.2. HECHOS HISTÓRICOS DE LA VULNERABILIDAD DEL DERECHO AL TRABAJO. Según el contrato de trabajo, la prestación de servicios debe pagarse como la misma Ley lo define en su propio ordenamiento, no obstante, los casos de violación y discriminación de la relación laboral por dar los empleadores no reconocen la importancia de las habilidades humanas, haciendo muchas veces que estos estén en lugares de trabajos hostiles, pocos salubres y con una remuneración que no alcanza para la vida cotidiana. Se reconocen las leyes y derechos relacionados con el empleo como los derechos humanos en el nacimiento del derecho internacional, no tienen fundamento la Declaración Universal de Derechos Humanos y muchos otros tratados fundamentales. El empleado se resiste al interno de establecer esta fuente, muchas disposiciones para la protección y seguridad de su lugar de trabajo. Algunos beneficios son los siguientes:  Empleos seguros y saludables  Derecho de seguridad social  Derecho a salarios justos  Derecho de tener un horario laboral razonable
  • 7. CAPITULO III 3.1. OBLIGACIONES DEL LOCADOR Y COMITENTE El locador y el comitente tienen varias obligaciones legales y éticas que deben cumplir en una relación contractual. El locador, que en este caso es la persona que alquila una propiedad o un bien, tiene la responsabilidad de mantener el bien en buenas condiciones y asegurarse de que cumpla con todas las regulaciones y requisitos legales. Esto incluye reparaciones y mantenimiento adecuados, así como la provisión de servicios básicos. Además, el locador debe respetar los derechos y la privacidad del inquilino. Esto significa que no puede entrar a la propiedad sin permiso y debe respetar cualquier término acordado en el contrato de arrendamiento. También es responsabilidad del locador garantizar la seguridad de la propiedad y tomar medidas para prevenir cualquier daño o incidente. Por otro lado, el comitente, que es la persona o entidad que contrata los servicios de un trabajador o profesional, tiene la obligación de proporcionar un ambiente seguro y saludable para que el trabajador o profesional realice sus tareas. Esto puede incluir equipos y herramientas adecuadas, capacitación adecuada y cumplimiento de todas las regulaciones de salud y seguridad. El comitente también es responsable de pagar una compensación justa y oportuna al trabajador o profesional por sus servicios. Esto implica garantizar un salario adecuado, el pago de beneficios y prestaciones legales y el seguimiento de cualquier legislación laboral pertinente. Ambas partes deben cumplir con el contrato y respetar los términos y condiciones acordados. Esto incluye el pago puntual de alquileres o salarios, así como la notificación oportuna de cualquier cambio en las circunstancias o incumplimientos potenciales. En resumen, tanto el locador como el comitente tienen responsabilidades importantes que cumplir en su relación contractual. Estas obligaciones aseguran un trato justo y respetuoso entre ambas partes y garantizan que se cumplan los derechos y las necesidades de ambas partes. Cumplir con estas obligaciones es esencial para mantener una relación comercial exitosa y ética.
  • 8. 4.1. APROXIMACIONES GENERALES DE LA DESNATURALIZACIÓN DEL CONTRATO DE LOCACIÓN La desnaturalización del contrato de locación es un tema que ha sido objeto de estudio y análisis en diversos ámbitos legales. En términos generales, la desnaturalización se refiere a la alteración de las condiciones y características originales de un contrato de locación, lo cual puede acarrear consecuencias legales y financieras tanto para el arrendador como para el arrendatario. Uno de los aspectos más importantes a tener en cuenta cuando se habla de desnaturalización del contrato de locación es la necesidad de establecer claramente las condiciones y términos del contrato desde un principio. Esto implica que tanto el arrendador como el arrendatario deben tener claro cuáles son sus derechos y obligaciones, así como las limitaciones legales que existen en relación a la locación de un inmueble. Desde el punto de vista del arrendador, es fundamental establecer de manera precisa cuál es el destino que se le dará al inmueble alquilado, así como las limitaciones y restricciones respecto a su uso. De esta forma, se busca evitar que el arrendatario realice modificaciones en el inmueble que vayan en contra de las condiciones originalmente establecidas en el contrato. Por su parte, el arrendatario debe contar con la certeza de que podrá utilizar el inmueble en consonancia con el destino establecido en el contrato. Esto implica que el arrendador no podrá limitar de manera arbitraria el uso del inmueble, ni imponer condiciones que vayan en contra de lo acordado en el contrato. En caso de que se produzca una desnaturalización del contrato, es importante tener en cuenta que existen consecuencias legales para ambas partes. Por un lado, el arrendador puede verse perjudicado económicamente si el inmueble sufre daños o modificaciones no autorizadas. Por otro lado, el arrendatario puede ser objeto de acciones judiciales por parte del arrendador si no cumple con las condiciones establecidas en el contrato. En conclusión, la desnaturalización del contrato de locación es un tema de gran relevancia que debe ser abordado de manera cuidadosa y precisa. Tanto el arrendador como el arrendatario tienen la responsabilidad de conocer y respetar las condiciones establecidas en el contrato, a fin de evitar conflictos y consecuencias legales. De esta forma, se podrá asegurar una relación contractual satisfactoria y equitativa para ambas partes.
  • 9. CAPITULO IV DIFERENCIA ENTRE CONTRATO DE LOCACIÓN DE SERVICIOS Y CONTRATO DE TRABAJO LOS SUJETOS QUE INTERVIENEN Un contrato de trabajo existe un empleador y una persona natural/ trabajador que puede ser empleado u obrero. Las partes involucradas en el punto de servicio son contratante y contratistas. LA RETRIBUCIÓN DEL SERVICIO En el contrato de trabajo el colaborador recibe una remuneración periódica por los servicios prestados, que pueden ser sueldos, jornales, comisiones, etc. Por el contrario, En la locación de servicios se cobran los honorarios en montos y tiempos acordados entre el cliente y el contratista. LA FORMA DE PRESTAR LOS SERVICIOS la prestación de servicios la autoridad del empleador, es quien determina la fecha, hora y lugar de prestación de los servicios, así como controla y supervisa el desempeño de las tareas asignadas. En la locación de servicios el locador proporciona servicios de forma independiente a domicilio y no necesita visitar una oficina de empleo. EL REGISTRO DEL CONTRATO El contrato de trabajo estipula que los empleados deben comenzar a trabajar a más tardar 72 horas después de su ingreso al lugar de trabajo y superar el período de prueba legal de tres meses. Además, el empleador no figura en la nómina del lugar de trabajo, por lo que no tiene derecho a las prestaciones laborales legales. EL PLAZO DEL CONTRATO Los contratos de trabajo pueden ser indefinidos, según la forma (plazo fijo) o incluso a tiempo parcial, menos de cuatro horas diarias. Los contratos indefinidos pueden ser orales o escritos, mientras que los contratos de duración determinada y a tiempo parcial deben realizarse por escrito. La celebración del contrato de servicios puede ser oral o escrita y debe ser acordado por las partes. Debe indicar la identidad de las partes, servicios, honorarios, duración del contrato, etc. LA PERIODICIDAD DE PAGO En el contrato de trabajo, a los empleados se les paga de la manera acordada o determinada por el empleador. Con respecto a la locación de servicios los honorarios se cobran en el momento acordado por ambas partes y pueden ser una tarifa inicial, un pago continuo en función del avance del servicio o una cancelación total al finalizar el servicio contratado.
  • 10. VENTAJAS SOCIALES En el contrato de trabajo, los empleados disfrutan de beneficios sociales legales. Por ejemplo: bonificación, CTS y festivos, según el régimen laboral de la empresa. Los trabajadores empleados por menos de cuatro horas diarias no tienen derecho a los beneficios anteriores, pero tienen derecho a otros beneficios establecidos por la ley. En un arrendamiento de servicios, el propietario sólo tiene derecho a la remuneración acordada. Esto significa que solo le pagan sin beneficios adicionales. CAPITULO V EJEMPLO DE LA LOCACIÓN DE SERVICIOS En el contrato de locación de servicios, que celebra la empresa GLOBAL CENTER S.A., con RUC 20518741536, con domicilio legal en Av. Tito Jaime N°235, representada por su Gerente General, señor Mariano José Ramírez León, con DNI N° 07763388, quien tiene facultades, a quien en adelante se le denominará "COMITENTE", y la otra parte Mario Jesús Cabrera Reyes, con DNI N° 20115974, con domicilio en Av. Mariscal N°123, a quien en adelante se le denominará "EL LOCADOR". En dicho contrato, EL LOCADOR se compromete a prestar sus servicios profesionales, en favor de EL COMITENTE, a título de locación de servicios y en los términos pactados en este contrato. Por su parte, EL COMITENTE se obliga a pagar a EL LOCADOR el monto de los honorarios profesionales pactados en las cláusulas, dadas a las forma y oportunidad convenidas, asimismo se debe indicar los servicios que va a prestar tales como atender a los usuarios, a subir al sistema las operadoras registradas, a atraer clientes en la línea móvil, entre otros. Por lo tanto, las partes acuerdan que el monto total de los honorarios a pagar EL COMITENTE deberá ser de S/. 2,500 soles mensuales por los servicios prestados por EL LOCADOR, los mismos que se cancelarán el día veinticuatro de cada mes, dicho monto corresponde únicamente a los servicios antes mencionados. En señal de conformidad las partes suscriben este documento en la ciudad de Tingo María, de fecha catorce de noviembre del año 2023, en el cual, suscribe la firma de ambos. MAPA MENTAL
  • 11. DESNATURALIZACIÓN DE LOS CONTRATO DE LOCACIÓN FORMAS DE VULNERAR EL DERECHO AL TRABAJO Constituido por derechos fundamentales, en este caso el derecho al trabajo. Por parte de los empleadores no reconocen las habilidades humanas, haciendo muchas veces que el locador esté en lugares de trabajos hostiles, pocos salubres y con una remuneración baja. Sin embargo, en la actualidad hay leyes y derechos relacionado al empleo, los mismos que traen beneficios como:  Empleos seguros y saludables  Derecho de seguridad social  Derecho a salarios justos  Derecho de tener un horario laboral razonable Se refiere a la alteración de las condiciones y características originales de un contrato de locación, lo cual puede acarrear consecuencias legales. Es por ello que: EL LOCADOR Es la persona que brinda sus servicios en forma personal, debe poseer determinadas cualidades que ofrecer; pues el objeto del contrato será la prestación de dichos conocimientos o habilidades. EL COMITENTE Es la persona o entidad que contrata los servicios de un trabajador. Tiene la obligación de:  Proporcionar un entorno seguro y saludable para que los empleados o profesionales realicen sus tareas.  Pagar una compensación justa y oportuna a los empleados y a otras personas. Ambas partes, deben cumplir con las condiciones acordadas en el contrato. DIFERENCIA ENTRE CONTRATO DE LOCACIÓN DE SERVICIOS Y CONTRATO DE TRABAJO Un contrato de trabajo tiene un empleador y una persona empleado. En la prestación de los servicios son los contratantes y contratistas. LOS SUJETOS QUE INTERVIENEN LA FORMA DE PRESTAR LOS SERVICIOS En el primero, es entregado de forma independiente o con el permiso del empleador. En el segundo supuesto, las prestaciones se proporcionan de forma independiente desde casa, sin necesidad de desplazarse a la oficina de empleo.
  • 12. CONCLUSIONES Los contratos de locación es una herramienta que es fundamental para implementar procesos comerciales claros y que se tienen que proteger los intereses de ambas partes, es un medio que le da independencia al trabajador de poder brindar sus servicios sin tener que recibir instrucciones por parte de su empleador. El locador realiza los servicios por sí mismo, pero las ayudas y compensaciones pueden utilizarse bajo su propia autoridad y responsabilidad, si la cooperación con otros está permitida por contrato y no contradice la naturaleza de los servicios. En cuanto a la prestación de servicios, es la prestación de servicios de una persona a otra a cambio de un pago, por lo que el derecho laboral surgió como estado para proteger a los trabajadores subordinados de sus empleadores. Los contratos de locación es una herramienta que es fundamental para implementar procesos comerciales claros y que se tienen que proteger los intereses de ambas partes, es un medio que le da independencia al trabajador de poder brindar sus servicios sin tener que recibir instrucciones por parte de su empleador. El locador realiza los servicios por sí mismo, pero las ayudas y compensaciones pueden utilizarse bajo su propia autoridad y responsabilidad, si la cooperación con otros está permitida por contrato y no contradice la naturaleza de los servicios. En cuanto a la prestación de servicios, es la prestación de servicios de una persona a otra a cambio de un pago, por lo que el derecho laboral surgió como estado para proteger a los trabajadores subordinados de sus empleadores.
  • 13. BILIOGRAFIA https://campusvirtualdocente.continental.edu.pe/sitios/GestionDocentes/CV000020115974/9Participacio nProyectos/203-Contrato%20ACP.pdf https://www.gob.pe/institucion/sunafil/noticias/594915-cual-es-la-diferencia-entre-un-contrato-de-trabajo- y-un-contrato-de-locacion-de-servicios https://perulegal.larepublica.pe/peru/empresas/2022/07/14/que-es-un-contrato-de-locacion-de-servicios- 3260 https://ppulegal.com/ppu-legal/contratos-de-locacion-de-servicios-como-usarlos-correctamente/ https://ppulegal.com/ppu-legal/contratos-de-locacion-de-servicios-como-usarlos-correctamente/ https://campusvirtualdocente.continental.edu.pe/sitios/GestionDocentes/CV000020115974/9Participacio nProyectos/203-Contrato%20ACP.pdf https://perulegal.larepublica.pe/peru/empresas/2022/07/14/que-es-un-contrato-de-locacion-de-servicios- 3260