Este documento presenta el estatuto de la Agrupación Familiar La Unión, una asociación civil sin fines de lucro ubicada en el distrito de San Juan de Lurigancho en Lima, Perú. El estatuto establece que la asociación fue constituida bajo las leyes peruanas y tendrá duración indefinida. Sus fines son promover el bienestar social y el desarrollo socioeconómico de sus miembros mediante actividades educativas, culturales y deportivas. La asociación está gobernada por una Asamblea General y un
Este documento presenta el estatuto del Sindicato Único de Guardavidas y Afines de Buenos Aires, Argentina. El estatuto define la constitución del sindicato, sus objetivos y ámbito de actuación. También describe las categorías de afiliados, sus deberes y derechos. Además, establece los procedimientos disciplinarios y posibles sanciones para los afiliados.
El documento presenta el estatuto social de FEDIAN (Fondo de Empleados de la DIAN). En 3 oraciones o menos, resume lo siguiente:
El estatuto establece la naturaleza jurídica, objeto social, órganos de administración y funciones de FEDIAN como fondo de empleados sin ánimo de lucro cuya finalidad es fomentar el ahorro y bienestar de los empleados de la DIAN. Asimismo, define los derechos, deberes y causales de retiro de los asociados, así como las
Este documento establece los estatutos del Comité de Ganaderos del Huila. Define que el Comité es una entidad gremial departamental que representa a los ganaderos del Huila ante organizaciones nacionales e internacionales. Sus objetivos incluyen promover el desarrollo ganadero, la integración gremial y el bienestar de los productores. También describe la estructura de gobierno del Comité, incluyendo la Asamblea General, la Junta Directiva y el Director Ejecutivo.
1) Se constituyó la Asociación de Mujeres Cabeza de Hogar y Recicladores de Ituango (AMUREI) en Ituango, Antioquia, Colombia el 25 de junio de 2014.
2) Siete personas fundaron AMUREI con el objetivo de organizar formalmente a personas dedicadas al reciclaje.
3) En la asamblea, se eligió la junta directiva conformada por Emilson Albeiro Parias Posso como Presidente, entre otros cargos.
Este documento presenta un modelo de estatuto para una asociación civil sin fines de lucro. Establece las normas y reglas que rigen su funcionamiento. Describe los órganos de gobierno de la asociación, los derechos y obligaciones de los asociados, y las atribuciones del consejo directivo y el director ejecutivo. El objetivo es proveer una guía básica para la organización y gestión de una asociación civil de acuerdo a la ley.
CONSTITUCIÓN DE SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA S.R.L.Anderson Choque
Este documento constituye la formación de una sociedad de responsabilidad limitada llamada "La Coca Holy Expeditions S.R.L." formada por 6 socios. Se establece un capital social de S/480,000 dividido en acciones de S/80,000 cada una. Se designa a Joel Jallahui Duran como Gerente General y a Anderson Choque Mamani como Subgerente, otorgándoles facultades para la administración de la sociedad.
Este documento resume el acta de constitución de la Asociación Agropecuaria e Industrial Santísimo Sacramento de San Juan. En la asamblea, se aprobó constituir la asociación y elegir a su primera junta directiva, compuesta por una presidenta, secretaria, tesorera y fiscal. También se aprobó el estatuto de la asociación, el cual establece sus fines, órganos de gobierno y derechos y deberes de los asociados.
Este artículo establece los derechos laborales de los trabajadores mexicanos. Detalla las jornadas máximas de trabajo, salarios mínimos, participación en utilidades, descansos obligatorios, prohibición del trabajo infantil y condiciones para mujeres embarazadas. También requiere que los empleadores proporcionen vivienda, educación, servicios médicos y capacitación a los trabajadores.
Este documento presenta el estatuto del Sindicato Único de Guardavidas y Afines de Buenos Aires, Argentina. El estatuto define la constitución del sindicato, sus objetivos y ámbito de actuación. También describe las categorías de afiliados, sus deberes y derechos. Además, establece los procedimientos disciplinarios y posibles sanciones para los afiliados.
El documento presenta el estatuto social de FEDIAN (Fondo de Empleados de la DIAN). En 3 oraciones o menos, resume lo siguiente:
El estatuto establece la naturaleza jurídica, objeto social, órganos de administración y funciones de FEDIAN como fondo de empleados sin ánimo de lucro cuya finalidad es fomentar el ahorro y bienestar de los empleados de la DIAN. Asimismo, define los derechos, deberes y causales de retiro de los asociados, así como las
Este documento establece los estatutos del Comité de Ganaderos del Huila. Define que el Comité es una entidad gremial departamental que representa a los ganaderos del Huila ante organizaciones nacionales e internacionales. Sus objetivos incluyen promover el desarrollo ganadero, la integración gremial y el bienestar de los productores. También describe la estructura de gobierno del Comité, incluyendo la Asamblea General, la Junta Directiva y el Director Ejecutivo.
1) Se constituyó la Asociación de Mujeres Cabeza de Hogar y Recicladores de Ituango (AMUREI) en Ituango, Antioquia, Colombia el 25 de junio de 2014.
2) Siete personas fundaron AMUREI con el objetivo de organizar formalmente a personas dedicadas al reciclaje.
3) En la asamblea, se eligió la junta directiva conformada por Emilson Albeiro Parias Posso como Presidente, entre otros cargos.
Este documento presenta un modelo de estatuto para una asociación civil sin fines de lucro. Establece las normas y reglas que rigen su funcionamiento. Describe los órganos de gobierno de la asociación, los derechos y obligaciones de los asociados, y las atribuciones del consejo directivo y el director ejecutivo. El objetivo es proveer una guía básica para la organización y gestión de una asociación civil de acuerdo a la ley.
CONSTITUCIÓN DE SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA S.R.L.Anderson Choque
Este documento constituye la formación de una sociedad de responsabilidad limitada llamada "La Coca Holy Expeditions S.R.L." formada por 6 socios. Se establece un capital social de S/480,000 dividido en acciones de S/80,000 cada una. Se designa a Joel Jallahui Duran como Gerente General y a Anderson Choque Mamani como Subgerente, otorgándoles facultades para la administración de la sociedad.
Este documento resume el acta de constitución de la Asociación Agropecuaria e Industrial Santísimo Sacramento de San Juan. En la asamblea, se aprobó constituir la asociación y elegir a su primera junta directiva, compuesta por una presidenta, secretaria, tesorera y fiscal. También se aprobó el estatuto de la asociación, el cual establece sus fines, órganos de gobierno y derechos y deberes de los asociados.
Este artículo establece los derechos laborales de los trabajadores mexicanos. Detalla las jornadas máximas de trabajo, salarios mínimos, participación en utilidades, descansos obligatorios, prohibición del trabajo infantil y condiciones para mujeres embarazadas. También requiere que los empleadores proporcionen vivienda, educación, servicios médicos y capacitación a los trabajadores.
La asociación de productores agropecuarios "KVIAPRO" fue fundada en Tumán, Lambayeque. Se eligió una junta directiva compuesta por un presidente, vicepresidente, secretario, tesorero y vocal. Los estatutos establecen los objetivos y funcionamiento de la asociación, incluyendo los derechos y deberes de los asociados. La asamblea general y la junta directiva son los órganos de administración, y los estatutos definen sus funciones y la manera de convocar reuniones.
Minuta y acta de constitucion de asociación de productores agropecuarios de s...Julio VP
Este documento constituye el acta de fundación y aprobación de estatutos de la Asociación de Productores Agropecuarios de Selva Kana. En la asamblea, los socios fundadores acordaron constituir la asociación sin fines de lucro y aprobaron sus estatutos. También eligieron la primera junta directiva y autorizaron al presidente a firmar la escritura pública de constitución para tramitar la inscripción de la asociación.
Modelo De Estatutos Rellenable Castellano F0308guest6779e2a
El documento es una solicitud de inscripción en el Registro de Asociaciones del Gobierno Vasco presentada por Aitor Coloma Alonso en representación de la Asociación Garrasial ("Minusválidos Hartos y Cabreados"). Se adjuntan los documentos requeridos que incluyen el acta de constitución, los estatutos y las fotocopias de los DNI de los promotores. Se solicita la inscripción de la asociación de acuerdo con la normativa legal aplicable.
Se presenta un documento para la constitución de una sociedad anónima cerrada denominada "RGA Construcciones Generales S.A.C.". Tres socios aportan un capital social total de S/ 1,000 representado en 1,000 acciones de S/ 1 cada una. Se establecen los estatutos de la sociedad incluyendo su objeto social relacionado a la construcción, los órganos de gobierno, funciones del directorio y gerente general.
Estatutos Corporacion Festival de Cine de Santa Fe de Antioquiaasi_online
Este documento establece los estatutos de la Corporación Festival de Cine de Santa Fe de Antioquia. Define su naturaleza sin ánimo de lucro, domicilio, duración y objetivos principales como la promoción de la cultura audiovisual. Describe los órganos de administración como la Asamblea General, Junta Directiva, Gerente Ejecutivo y Revisor Fiscal. Explica los deberes y derechos de los miembros, así como los procesos de toma de decisiones y elecciones.
Este documento presenta el estatuto de la Cooperativa de Ahorro y Crédito de los Trabajadores de Volcán Compañía Minera Limitada N° 392. Establece sus fines y objetivos como promover el ahorro, otorgar créditos a sus socios y elevar su condición económica y social. Detalla los requisitos para ser socio, los derechos y obligaciones de los socios, y los medios que utilizará la cooperativa como recibir aportaciones, otorgar créditos, y brindar educación cooperativa.
Sac sin directorioenbienesnodinerados (2)ronal romero
Este documento constituye una sociedad anónima cerrada mediante el aporte de bienes no dinerarios. Se establece que Ana Sofía Medina Pineda y Cecilia Quintanilla del Pozo aportan cada una bienes valorizados en S/. 13,000 para constituir el capital social de S/. 26,000, representado en 26,000 acciones. Se designa como gerente general a Carlos Emilio Valencia Vásquez y como subgerente a Cecilia Quintanilla del Pozo.
Minuta sac sin directorioenbienesnodineradosjacomejoseph
La constitución de una sociedad anónima cerrada entre Ana Sofía Medina Pineda, Cecilia Quintanilla del Pozo, José Carlos Félix Corrales y Carlos Emilio Valencia Vásquez. Aportarán bienes no dinerarios valorizados en S/./26,000 para constituir el capital social. Se designa a Carlos Emilio Valencia como Gerente General y a Cecilia Quintanilla como Subgerente, estableciéndose sus facultades. El estatuto regula aspectos como objeto social, órganos de gobierno, juntas de accionistas y otros p
Este documento constituye una sociedad anónima cerrada formada por dos socios. El capital social es de S/. 26,000 representado por 26,000 acciones de S/. 1 cada una. Un socio aporta un procesador valorado en S/. 13,000 y el otro aporta un monitor valorado en S/. 13,000. Se designa como gerente general a uno de los socios y se establecen las facultades y funcionamiento de acuerdo al estatuto propuesto.
1. fundación el revivir de la etnia wayuu del departamento de la guajira corr...yuseth05
Contribuir al desarrollo de la comunidad de la etnia wayuu buscando soluciones de calidad de vida, educación, recreación, salud y productividad para fortalecer su participación en la sociedad y redes familiares.
ESTATUTO DE LA ASOCIACIÓN VIRGEN DE LA CANDELARIA DE YURA.docxMiguelAngelQuispesiv
Este documento presenta el estatuto de la Asociación Virgen de la Candelaria de Yura. Establece que es una institución privada sin fines de lucro que se rige por la Constitución, el Código Civil y este estatuto. Define sus órganos de gobierno como la Asamblea General y el Consejo Directivo, y establece sus funciones y atribuciones. También describe el patrimonio de la asociación, los requisitos para ser miembro, y los procedimientos para las reuniones de la Asamblea General y el Conse
La escritura pública constituye una sociedad anónima cerrada denominada Inversiones Yanecohs S.A.C. entre Antonio Hermes Alberta Acha e Iride Aguirre Perdomo. El capital social asciende a S/ 100,000 dividido en 100,000 acciones de S/ 1 cada una, aportadas por Antonio Hermes Alberta Acha con S/ 80,000 en bienes muebles e Iride Aguirre Perdomo con S/ 20,000 en bienes muebles. El estatuto establece el objeto social, domicilio en Lima, órganos de admin
Este documento presenta los estatutos de la Cooperativa Multiactiva de Pescadores y Pequeños Agricultores de Gamarra (COOMULPAGAM). Establece que la cooperativa tiene como objetivo mejorar los ingresos y calidad de vida de sus asociados mediante la producción y comercialización de productos pesqueros, agrícolas y de consumo. También describe los requisitos para ser asociado, los derechos y deberes de los asociados, y las causales para perder la calidad de asociado.
La minuta propone la constitución de una sociedad anónima cerrada denominada HANMARDALI MOTORS S.A.C. por tres socios fundadores para dedicarse a actividades de comercio de vehículos. El capital social es de S/900,000 representado en acciones de S/1,000 cada una. Se designa como primer gerente general a Mario Michael Carbajal Chinchay y se establecen las facultades y órganos de gobierno de acuerdo a la ley general de sociedades.
Este documento establece el estatuto constitutivo de la Asociación Civil Compromiso Ciudadano de San Rafael. La asociación tiene como objetivo representar a sus asociados ante los poderes públicos y privados para defender y proteger sus actividades. El estatuto define las categorías de asociados, sus derechos y obligaciones, y establece los órganos de gobierno de la asociación como la asamblea y la comisión directiva.
Este documento establece el estatuto constitutivo de la Asociación Civil Compromiso Ciudadano de San Rafael. La asociación tiene como objetivo representar a sus asociados ante los poderes públicos y privados para defender y proteger sus actividades. El estatuto define las categorías de asociados, sus derechos y obligaciones, y establece los órganos de gobierno de la asociación como la asamblea y la comisión directiva.
Este documento contiene los estatutos de la Asociación de Jubilados y Pensionados de la extinta Empresa Distrital de Telecomunicaciones de Barranquilla. Establece la razón social, domicilio y duración de la asociación, sus objetivos y fines, las condiciones y deberes de los asociados, los órganos de gobierno y administración como la asamblea general de asociados y la junta directiva, y las normas sobre admisión, retiro y exclusión de los asociados.
Este documento presenta un modelo de minuta para constituir una sociedad anónima cerrada. Incluye la información de los socios fundadores, el capital social suscrito y pagado, los aportes de cada socio, la designación del primer gerente general, y los estatutos que regirán la sociedad en aspectos como su denominación, duración, objeto social, órganos de gobierno y facultades.
Fundacion pro Guajira Implementa programas de atención integral priorizando la primera infancia, apoyados en la solidaridad nacional e internacional, para contribuir a la superación de la inequidad social y la integración de las comunidades marginadas, específicamente en la Guajira.
El documento constituye una sociedad anónima cerrada entre Ana Sofía Medina Pineda y Cecilia Quintanilla del Pozo. El capital social es de 26,000 soles representado por 26,000 acciones de 1 sol cada una, suscritas en partes iguales por las socias. La sociedad tendrá como objeto la explotación de minas y se regirá por un estatuto que designa a Carlos Emilio Valencia Vásquez como gerente general y a Cecilia Quintanilla del Pozo como subgerente.
La asociación de productores agropecuarios "KVIAPRO" fue fundada en Tumán, Lambayeque. Se eligió una junta directiva compuesta por un presidente, vicepresidente, secretario, tesorero y vocal. Los estatutos establecen los objetivos y funcionamiento de la asociación, incluyendo los derechos y deberes de los asociados. La asamblea general y la junta directiva son los órganos de administración, y los estatutos definen sus funciones y la manera de convocar reuniones.
Minuta y acta de constitucion de asociación de productores agropecuarios de s...Julio VP
Este documento constituye el acta de fundación y aprobación de estatutos de la Asociación de Productores Agropecuarios de Selva Kana. En la asamblea, los socios fundadores acordaron constituir la asociación sin fines de lucro y aprobaron sus estatutos. También eligieron la primera junta directiva y autorizaron al presidente a firmar la escritura pública de constitución para tramitar la inscripción de la asociación.
Modelo De Estatutos Rellenable Castellano F0308guest6779e2a
El documento es una solicitud de inscripción en el Registro de Asociaciones del Gobierno Vasco presentada por Aitor Coloma Alonso en representación de la Asociación Garrasial ("Minusválidos Hartos y Cabreados"). Se adjuntan los documentos requeridos que incluyen el acta de constitución, los estatutos y las fotocopias de los DNI de los promotores. Se solicita la inscripción de la asociación de acuerdo con la normativa legal aplicable.
Se presenta un documento para la constitución de una sociedad anónima cerrada denominada "RGA Construcciones Generales S.A.C.". Tres socios aportan un capital social total de S/ 1,000 representado en 1,000 acciones de S/ 1 cada una. Se establecen los estatutos de la sociedad incluyendo su objeto social relacionado a la construcción, los órganos de gobierno, funciones del directorio y gerente general.
Estatutos Corporacion Festival de Cine de Santa Fe de Antioquiaasi_online
Este documento establece los estatutos de la Corporación Festival de Cine de Santa Fe de Antioquia. Define su naturaleza sin ánimo de lucro, domicilio, duración y objetivos principales como la promoción de la cultura audiovisual. Describe los órganos de administración como la Asamblea General, Junta Directiva, Gerente Ejecutivo y Revisor Fiscal. Explica los deberes y derechos de los miembros, así como los procesos de toma de decisiones y elecciones.
Este documento presenta el estatuto de la Cooperativa de Ahorro y Crédito de los Trabajadores de Volcán Compañía Minera Limitada N° 392. Establece sus fines y objetivos como promover el ahorro, otorgar créditos a sus socios y elevar su condición económica y social. Detalla los requisitos para ser socio, los derechos y obligaciones de los socios, y los medios que utilizará la cooperativa como recibir aportaciones, otorgar créditos, y brindar educación cooperativa.
Sac sin directorioenbienesnodinerados (2)ronal romero
Este documento constituye una sociedad anónima cerrada mediante el aporte de bienes no dinerarios. Se establece que Ana Sofía Medina Pineda y Cecilia Quintanilla del Pozo aportan cada una bienes valorizados en S/. 13,000 para constituir el capital social de S/. 26,000, representado en 26,000 acciones. Se designa como gerente general a Carlos Emilio Valencia Vásquez y como subgerente a Cecilia Quintanilla del Pozo.
Minuta sac sin directorioenbienesnodineradosjacomejoseph
La constitución de una sociedad anónima cerrada entre Ana Sofía Medina Pineda, Cecilia Quintanilla del Pozo, José Carlos Félix Corrales y Carlos Emilio Valencia Vásquez. Aportarán bienes no dinerarios valorizados en S/./26,000 para constituir el capital social. Se designa a Carlos Emilio Valencia como Gerente General y a Cecilia Quintanilla como Subgerente, estableciéndose sus facultades. El estatuto regula aspectos como objeto social, órganos de gobierno, juntas de accionistas y otros p
Este documento constituye una sociedad anónima cerrada formada por dos socios. El capital social es de S/. 26,000 representado por 26,000 acciones de S/. 1 cada una. Un socio aporta un procesador valorado en S/. 13,000 y el otro aporta un monitor valorado en S/. 13,000. Se designa como gerente general a uno de los socios y se establecen las facultades y funcionamiento de acuerdo al estatuto propuesto.
1. fundación el revivir de la etnia wayuu del departamento de la guajira corr...yuseth05
Contribuir al desarrollo de la comunidad de la etnia wayuu buscando soluciones de calidad de vida, educación, recreación, salud y productividad para fortalecer su participación en la sociedad y redes familiares.
ESTATUTO DE LA ASOCIACIÓN VIRGEN DE LA CANDELARIA DE YURA.docxMiguelAngelQuispesiv
Este documento presenta el estatuto de la Asociación Virgen de la Candelaria de Yura. Establece que es una institución privada sin fines de lucro que se rige por la Constitución, el Código Civil y este estatuto. Define sus órganos de gobierno como la Asamblea General y el Consejo Directivo, y establece sus funciones y atribuciones. También describe el patrimonio de la asociación, los requisitos para ser miembro, y los procedimientos para las reuniones de la Asamblea General y el Conse
La escritura pública constituye una sociedad anónima cerrada denominada Inversiones Yanecohs S.A.C. entre Antonio Hermes Alberta Acha e Iride Aguirre Perdomo. El capital social asciende a S/ 100,000 dividido en 100,000 acciones de S/ 1 cada una, aportadas por Antonio Hermes Alberta Acha con S/ 80,000 en bienes muebles e Iride Aguirre Perdomo con S/ 20,000 en bienes muebles. El estatuto establece el objeto social, domicilio en Lima, órganos de admin
Este documento presenta los estatutos de la Cooperativa Multiactiva de Pescadores y Pequeños Agricultores de Gamarra (COOMULPAGAM). Establece que la cooperativa tiene como objetivo mejorar los ingresos y calidad de vida de sus asociados mediante la producción y comercialización de productos pesqueros, agrícolas y de consumo. También describe los requisitos para ser asociado, los derechos y deberes de los asociados, y las causales para perder la calidad de asociado.
La minuta propone la constitución de una sociedad anónima cerrada denominada HANMARDALI MOTORS S.A.C. por tres socios fundadores para dedicarse a actividades de comercio de vehículos. El capital social es de S/900,000 representado en acciones de S/1,000 cada una. Se designa como primer gerente general a Mario Michael Carbajal Chinchay y se establecen las facultades y órganos de gobierno de acuerdo a la ley general de sociedades.
Este documento establece el estatuto constitutivo de la Asociación Civil Compromiso Ciudadano de San Rafael. La asociación tiene como objetivo representar a sus asociados ante los poderes públicos y privados para defender y proteger sus actividades. El estatuto define las categorías de asociados, sus derechos y obligaciones, y establece los órganos de gobierno de la asociación como la asamblea y la comisión directiva.
Este documento establece el estatuto constitutivo de la Asociación Civil Compromiso Ciudadano de San Rafael. La asociación tiene como objetivo representar a sus asociados ante los poderes públicos y privados para defender y proteger sus actividades. El estatuto define las categorías de asociados, sus derechos y obligaciones, y establece los órganos de gobierno de la asociación como la asamblea y la comisión directiva.
Este documento contiene los estatutos de la Asociación de Jubilados y Pensionados de la extinta Empresa Distrital de Telecomunicaciones de Barranquilla. Establece la razón social, domicilio y duración de la asociación, sus objetivos y fines, las condiciones y deberes de los asociados, los órganos de gobierno y administración como la asamblea general de asociados y la junta directiva, y las normas sobre admisión, retiro y exclusión de los asociados.
Este documento presenta un modelo de minuta para constituir una sociedad anónima cerrada. Incluye la información de los socios fundadores, el capital social suscrito y pagado, los aportes de cada socio, la designación del primer gerente general, y los estatutos que regirán la sociedad en aspectos como su denominación, duración, objeto social, órganos de gobierno y facultades.
Fundacion pro Guajira Implementa programas de atención integral priorizando la primera infancia, apoyados en la solidaridad nacional e internacional, para contribuir a la superación de la inequidad social y la integración de las comunidades marginadas, específicamente en la Guajira.
El documento constituye una sociedad anónima cerrada entre Ana Sofía Medina Pineda y Cecilia Quintanilla del Pozo. El capital social es de 26,000 soles representado por 26,000 acciones de 1 sol cada una, suscritas en partes iguales por las socias. La sociedad tendrá como objeto la explotación de minas y se regirá por un estatuto que designa a Carlos Emilio Valencia Vásquez como gerente general y a Cecilia Quintanilla del Pozo como subgerente.
Este documento constituye la formación de una sociedad comercial de responsabilidad limitada denominada "MISKY S.R.L." formada por 4 socios. Se establece un capital social de S/ 30,000 dividido en 4 participaciones sociales de S/ 7,500 cada una. Se designa a Kessly Nurquia Suarez Zevallos como Gerente General y a Evelyn Cristina Reza Yallico como Subgerente. La sociedad tendrá como objeto prestar servicios de catering y eventos corporativos.
Este documento presenta el estatuto social de la Cooperativa de Ahorro y Crédito "Cámara de Comercio de Ambato" Ltda. El estatuto establece los principios, objetivos, organización y gobernanza de la cooperativa. Define los requisitos y derechos de los socios, así como los organismos de gobierno como la asamblea general y los consejos de administración y vigilancia. El estatuto busca adecuar la cooperativa a la normativa sobre cooperativas financieras controladas por la Superintendencia de Bancos y Seguro
Este documento presenta los estatutos sociales de la Federación Odontológica del Perú. Establece que la Federación es una asociación civil sin fines de lucro que representa y defiende los derechos profesionales y gremiales de los cirujanos dentistas del Perú. Sus órganos de gobierno son la Asamblea Nacional de Delegados, que es el máximo órgano, y la Junta Directiva. También define los principios, fines, objetivos, miembros y funciones de cada uno de sus órganos.
Protección patrimonial. Personas con discapacidad..pdfJosé María
El objeto de la Ley 41/2003, de 18 de noviembre, de protección patrimonial de las personas con discapacidades es favorecer la aportación a título gratuito de bienes y derechos al patrimonio de las personas con discapacidad y establecer mecanismos adecuados para garantizar la afección de tales bienes y derechos, así como de los frutos, productos y rendimientos de éstos, a la satisfacción de las necesidades
vitales de sus titulares. Tales bienes y derechos constituirán el patrimonio especialmente protegido de las personas con discapacidad.
REPÚBLICA DE CHILE - FALLO TRIBUNAL CONSTITUCIONAL _Sentencia Rol 15.368-24 C...Baker Publishing Company
CONSTITUCIONALIDAD DEL PROYECTO DE LEY
QUE ESTATUYE MEDIDAS PARA PREVENIR, SANCIONAR Y
ERRADICAR LA VIOLENCIA EN CONTRA DE LAS MUJERES, EN
RAZÓN DE SU GÉNERO, CONTENIDO EN EL
BOLETÍN N° 11.077-07
Muy buena novela,se trata de una mujer que es ffhjknvvg fgjklkkk jsjsbsbsndnsndndndndn sjjsmsmskzjd s ajam xjsksmiz xbdksnxkosmxjxis sksojsnx s kslsidbd xvdnlsoslsnd sbsklslzjx d sislodjxbx x dbskslskjsbsbsnsnsndndzkkdkdks sjjsmsmskzjd Bienvenido al portapapeles de Gboard; todo texto que copies se guardará aquí.Para pegar un clip en el cuadro de texto, tócalo.Para fijar un clip, manténlo presionado. Después de una hora, se borrarán todos los clips que no estén fijados.Utiliza el ícono de edición para fijar, agregar o borrar cips:vvvb.Muy buena novela,se trata de una mujer que es ffhjknvvg fgjklkkk jsjsbsbsndnsndndndndn sjjsmsmskzjd s ajam xjsksmiz xbdksnxkosmxjxis sksojsnx s kslsidbd xvdnlsoslsnd sbsklslzjx d sislodjxbx x dbskslskjsbsbsnsnsndndzkkdkdks sjjsmsmskzjd Bienvenido al portapapeles de Gboard; todo texto que copies se guardará aquí.Para pegar un clip en el cuadro de texto, tócalo.Para fijar un clip, manténlo presionado. Después de una hora, se borrarán todos los clips que no estén fijados.Utiliza el ícono de edición para fijar, agregar o borrar cips:vvvb.
Diario de Sesiones de la Convención Constituyente - Vigésimo Segunda Sesión -...Movimiento C40
Debates sobre la cantidad de provincias.
Debates sobre la enseña nacional y el uso de otras banderas en edificios públicos e instalaciones militares.
Debates sobre el escudo y los errores del Decreto de 1906 promulgado por Estrada Palma.
Más información:
https://movimientoc40.com/diario-de-sesiones-de-la-convencion-constituyente-sesion-22-extraordinaria/
Diario de Sesiones de la Convención Constituyente - Vigésimo Segunda Sesión -...
La union
1. ESTATUTO DE AGRUPACION FAMILIAR LA UNION
CAPITULO I
DE LA CONSTITUCION Y NOMBRE
ARTICULO 1º.- LA ASOCIACION CIVIL QUE SE CONSTITUYE SE
DENOMINA AGRUPACION FAMILIAR LA UNION Y ESTA SOMETIDA A LA
DISPOSICIONES DE LAS LEYES PERUANAS Y A LAS DE ESTE ESTATUTO..
ARTICULO 2º.- AGRUPACION FAMILIAR LA UNION FIJA SU DOMICILIO EN
EL DISTRITO DE SAN JUAN DE LURIGANCHO, PROVINCIA Y
DEPARTAMENTO DE LIMA
ARTICULO 3º.- LA DURACIÓN DE LA AGRUPACIÓN ES POR TIEMPO
INDEFINIDO E INICIARA SUS ACTIVIDADES A PARTIR DE SU INSCRIPCIÓN
EN EL REGISTRO DE PERSONAS JURÍDICAS DE LIMA.
CAPITULO II
FINES DE LA AGRUPACION
ARTICULO 4º.- LOS FINES DE LA AGRUPACIÓN ES EL DE PROMOVER EL
BIEN SOCIAL DE LOS SERVICIOS BÁSICOS, TRABAJAR A FAVOR DEL
DESARROLLO SOCIO ECONÓMICO DE TODOS SUS INTEGRANTES,
MEJORAR EL NIVEL DE VIDA Y TRABAJAR EN TODOS LOS ASPECTOS DEL
BIENESTAR DE LA POBLACIÓN RESIDENTE EN EL PUEBLO DENOMINADO
AGRUPACION FAMILIAR LA UNION UBICADO EN EL DISTRITO DE SAN
JUAN DE LURIGANCHO PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE LIMA
ARTICULO 5º.- SU FINALIDAD ES DAR SOLUCIÓN A SUS NECESIDADES Y
DOTARLES DE LOS SERVICIOS BÁSICOS FOMENTANDO LA AMISTAD ,
UNIÓN Y FRATERNIDAD ENTRE TODOS SUS POBLADORES; ASIMISMO
PROMOVER, FOMENTAR Y APOYAR LA EDUCACIÓN , SALUD ,
ALIMENTACIÓN , DEPORTE , DESARROLLO TECNOLÓGICO Y CULTURAL
EN TODA LA AGRUPACION DENOMINADO AGRUPACION FAMILIAR LA
UNION
ARTICULO 6º.- LOS FINES ESPECÍFICOS DE AGRUPACION FAMILIAR SON
LOS SIGUIENTES:
A) EL INTERCAMBIO DE ACTIVIDADES, CULTURALES, DEPORTIVAS Y
ASESORAMIENTO PROFESIONAL ENTRE LA AGRUPACIÓN CON LAS
AUTORIDADES, EDILICIAS, EDUCATIVAS, RELIGIOSAS, POLICIALES Y
POLÍTICAS DEL ESTADO EN INSTITUCIONES PRIVADAS.
B).-PROMOVER ACTIVIDADES SOCIALES, CULTURALES Y ECONÓMICAS
EN BENEFICIO DE SUS ASOCIADOS DE LA AGRUPACIÓN FAMILIAR LA
UNION UBICADO EN EL DISTRITO DE SAN JUAN DE LURIGANCHO
PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE LIMA
2. C).- MOTIVAR, INCENTIVAR Y PARTICIPAR EN ACTIVIDADES SOCIALES
CULTURALES Y DEPORTIVAS ENTRE LA INSTITUCIÓN CON LAS DEL
DISTRITO Y OTROS PUEBLOS.
D) PROMOVER ACTIVIDADES ECONÓMICAS Y FINANCIERAS EN
BENEFICIO DE LA INSTITUCIÓN, ASÍ COMO TAMBIÉN DE APOYO AL
DESARROLLO SOCIO-CULTURAL EN TODO ÁMBITO DE LA AGRUPACIÓN
FAMILIAR LA UNION DISTRITO DE SAN JUAN DE LURIGANCHO
PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE LIMA
ARTICULO 7º- PARA EL CUMPLIMIENTO DE SUS FINES, LA AGRUPACIÓN
PODRÁ
a) RECIBIR DONACIONES, CRÉDITOS, SUBSIDIOS Y OTROS,
DESTINADOS AL CUMPLIMIENTO DE SUS PROYECTOS Y
PROGRAMAS PARA LA CUAL SE PODRÁ INSCRIBIR EN EL REGISTRO
DE ENTIDADES EXONERADAS DEL IMPUESTO A LA RENTA , LOS
QUE PODRÁN PROVENIR DE LAS INSTITUCIONES PUBLICAS O
PRIVADAS, PERSONAS NATURALES O JURÍDICAS, TANTO
NACIONALES COMO EXTRANJERAS
b) ADQUIRIR, ALQUILAR , RECIBIR EN PRÉSTAMO O DONACIÓN
PROPIEDADES EDIFICIOS E INSTALACIONES, ASÍ COMO CONSTRUIR
LOCALES
c) CELEBRAR CONTRATOS, CONVENIOS CON PERSONAS NATURALES
Y/O JURÍDICAS NACIONALES Y/O EXTRANJERAS PRIVADAS Y/O
ESTATALES, QUE SEAN ÚTILES PARA EL CUMPLIMIENTO DE SUS
FINES.
d) ARTICULO 8º LA AGRUPACIÓN NO TIENE FINES DE LUCRO NI
MANTIENES PARTIDARISMO POLÍTICO ALGUNO
CAPITULO III
PATRIMONIO DE LA AGRUPACION FAMILIAR
ARTICULO 9º.- CONSTITUYE EL PATRIMONIO DE LA AGRUPACIÓN
a) LOS BIENES MUEBLES, INMUEBLES OFRENDAS, DONACIONES
ORDINARIAS Y EXTRAORDINARIAS Y LEGADOS ENTREGADOS A LA
ASOCIACIÓN POR CUALQUIERA DE SUS MIEMBROS ASÍ COMO POR
CUALQUIER PERSONA NATURAL O JURÍDICA O PRIVADA, NACIONAL O
EXTRANJERA
b) LOS BIENES INMUEBLES, ACCIONES Y DERECHOS PROPIOS, ACCIONES
Y DERECHOS SOBRE INMUEBLES ADQUIRIDOS POR LA AGRUPACIÓN
c) LOS INGRESOS QUE SE GENERAN DE LAS ACTIVIDADES DE ÍNDOLE
SOCIAL QUE REALICE LA AGRUPACIÓN
ARTICULO 10°.- EL DERECHO DE USAR, POSEER Y CONSERVAR EL
PATRIMONIO MOBILIARIO O INMOBILIARIO DE LA ASOCIACIÓN ES
INHERENTE A LA CONDICIÓN DE MIEMBROS: EN CASO DE PERDER TAL
3. CONDICIÓN, DEBERÁ RESTITUIRSE EL BIEN A LOS REPRESENTANTES
NOMBRADOS POR LA AGRUPACIÓN.
ARTÍCULO 11º.- NINGÚN MIEMBRO DE LA AGRUPACION TIENE DERECHO
ALGUNO A SOLICITAR LA DEVOLUCIÓN DE LOS APORTES
PATRIMONIALES QUE HAYA CONTRIBUIDO A FAVOR DE ELLA
(DONACIONES, OFRENDAS Y OTROS).
ARTÍCULO 12º.- LA AGRUPACIÓN TIENE EXISTENCIA DISTINTA A SUS
MIEMBROS Y NINGUNO DE ESTOS TIENE DERECHOS AL PATRIMONIO DE
ELLA, NI ESTÁN OBLIGADOS A SATISFACER SUS DEUDAS.
CAPITULO IV
LOS MIEMBROS DE LA AGRUPACION
ARTÍCULO 13º.- LA CALIDAD DE ASOCIADOS ES EL DE ASOCIADO
ACTIVO.
a) PARA SER ADMITIDO COMO SOCIO ACTIVO DEBERÁ PRESENTAR
POR ESCRITO UNA SOLICITUD DE ADMISIÓN DIRIGIDO AL
SECRETARIO GENERAL DEL CONSEJO DIRECTIVO DE LA
AGRUPACIÓN FAMILIAR
b) SOCIO ACTIVO ES AQUEL QUE APORTA SUS CUOTAS ORDINARIAS Y
EXTRAORDINARIAS, CONFORME LO ACUERDE LA ASAMBLEA
GENERAL.
c) SON ASOCIADOS TODAS LAS PERSONAS QUE ACREDITEN TENER
PROPIEDAD DE SOLO UN LOTE DE TERRENO EN LA AGRUPACIÓN
FAMILIAR LA UNIÓN DISTRITO DE SAN JUAN DE LURIGANCHO
PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE LIMA.
D) LOS SOCIOS INGRESANTES POR TRANSFERENCIA SE SOMETERÁN A
LA ASAMBLEA GENERAL.
E) PARA RENUNCIAR A LA CONDICIÓN DE ASOCIADO DE LA
AGRUPACIÓN DEBERÁ PRESENTAR UNA
SOLICITUD DE RENUNCIA DIRIGIDO AL SECRETARIO GENERAL DE
LA AGRUPACIÓN FAMILIAR.
F) PERDERÁN SU CONDICIÓN DE ASOCIADOS DE MIEMBROS DE LA
AGRUPACIÓN FAMILIAR
QUIENES COMETAN ACTOS INMORALES O ACTOS CONTRA LAS
BUENAS COSTUMBRES ASIMISMO
QUIENES UTILICEN LA AGRUPACIÓN PARA FINES POLÍTICOS,
SIENDO EXCLUIDOS ESTOS
INDEFINIDAMENTE.
g) SON EXCLUIDOS DE LA AGRUPACIÓN FAMILIAR LOS MIEMBROS
FALLECIDOS Y QUIENES SE ENCUENTREN INMERSOS EN EL INCISO F
DEL PRESENTE ARTICULO.
ARTICULO 14º. REQUISITOS GENERALES PARA SER MIEMBRO DE LA
AGRUPACIÓN:
4. a. ESTAR DE ACUERDO CON EL ESTATUTO Y REGLAMENTO DE LA
AGRUPACIÓN
b. SER RECONOCIDO POR LA AGRUPACIÓN.
c. ESTAR REGISTRADO EN EL PADRÓN DE MIEMBROS DE LA
AGRUPACIÓN Y,
d. TENER CAPACIDAD LEGAL.
e. SER MAYOR DE EDAD
F PARA SER ADMITIDO DEBERÁ PRESENTAR POR ESCRITO UNA
SOLICITUD DE ADMISIÓN DIRIGIDO AL SECRETARIO GENERAL DEL
CONSEJO DIRECTIVO DE LA AGRUPACIÓN FAMILIAR
G DEBERA SER POSEEDOR DE UN LOTE DE TERRENO DENTRO DE LA
AGRUPACIÓN
ARTICULO 15 º PIERDE SU CONDICIÓN DE SOCIO
A POR FALLECIMIENTO DEL MIEMBRO
B DECISIÓN DE LA ASAMBLEA GENERAL POR FALTAS REITERATIVAS
DESCRITAS EN EL ARTICULO 18 DEL PRESENTE ESTATUTO
ARTICULO 16º SON DEBERES DE LOS MIEMBROS DE LA AGRUPACIÓN:
a. CUMPLIR CON EL ESTATUTO DE LA AGRUPACIÓN Y LO ACUERDOS
DE LA ASAMBLEA GENERAL.
b. ACATAR LOS ACUERDOS DE LOS ÓRGANOS COMPETENTES DE LA
ASOCIACIÓN.
c. COMPROMETERSE CON EL SOSTENIMIENTO DE LA AGRUPACIÓN A
TRAVÉS DE SU APORTE Y/O EL APOYO PERSONAL EN LAS
ACTIVIDADES PARA EL LOGRO DE SUS FINES.
d. ASISTIR PUNTUALMENTE A LAS ASAMBLEAS GENERALES Y A
REUNIONES DE COMISIÓN DEBIDAMENTE CONVOCADAS.
ARTICULO 17º. DERECHOS DE LOS MIEMBROS DE LA AGRUPACIÓN:
a. PARTICIPAR CON VOZ Y VOTO EN LAS ASAMBLEAS ORDINARIAS Y
EXTRAORDINARIAS DE LA AGRUPACION.
b. ELEGIR Y SER ELEGIDO EN LOS DIVERSOS CARGOS A
ADMINISTRATIVOS Y/O COMISIONES DE LA AGRUPACIÓN
c. PARTICIPAR DE LOS BENEFICIOS Y SERVICIOS DE LA AGRUPACIÓN.
d. IGUALDAD ENTRE TODOS LOS ASOCIADOS SIN PREFERENCIAL DE
ALGÚN TIPO.
ARTICULO 18º. CAUSALES PARA LA SANCIÓN DE MIEMBROS:
a. NO CUMPLIR CON LO ESTIPULADO CON EL ESTATUTO.
b. NO ACATAR LOS ACUERDOS DE LA AGRUPACIÓN
c. INCURRIR EN FALTAS ÉTICO-MORALES Y ECONÓMICAS.
d. UTILIZAR A LA AGRUPACION PARA FINES POLÍTICOS O
PARTIDARIOS.
e. APROPIACIÓN ILÍCITA DE LAS APORTACIONES ECONÓMICAS O
BIENES, ENSERES DE LA AGRUPACIÓN
f. ADOPTAR ACTITUDES DE DIVISIÓN O SOCAVAMIENTO DENTRO DE
LA ORGANIZACIÓN.
g. AGREDIR FÍSICA A LOS DEMÁS MIEMBROS O DIRECTIVOS DE LA
ORGANIZACIÓN.
5. h. TRAFICAR CON LOTES
i. NO CUMPLIR CON SUS COMPROMISO ECONÓMICO CON LA
AGRUPACION .
CAPITULO V
ORGANIZACIÓN Y GOBIERNO
ARTICULO 19º. LA ORGANIZACIÓN Y GOBIERNO DE LA AGRUPACIÓN
ESTÁN ESTABLECIDOS EN LA SIGUIENTE MANERA:
a. LA ASAMBLEA GENERAL DE LA AGRUPACIÓN
b. CONSEJO DIRECTIVO
ARTICULO 20º.- LA ASAMBLEA GENERAL ES EL ÓRGANO SUPREMO DE LA
AGRUPACIÓN Y ESTÁ INTEGRADA POR TODOS LOS ASOCIADOS
ADMITIDOS Y REGISTRADOS POR EL CONSEJO DIRECTIVO EN PLENO
GOCE DE SUS DERECHOS. LAS ASAMBLEAS GENERALES DE ASOCIADOS
SERÁN ORDINARIAS Y EXTRAORDINARIAS, Y SUS RESOLUCIONES SON
OBLIGATORIAS, INCLUSO PARA LOS ASOCIADOS NO ASISTENTES.
LAS ASAMBLEAS GENERALES ORDINARIAS SE REALIZARÁN DENTRO DEL
PRIMER TRIMESTRE DE CADA AÑO CALENDARIO; Y LAS
EXTRAORDINARIAS QUE PUEDEN CELEBRARSE SIMULTÁNEAMENTE CON
LA ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA, TANTAS VECES LAS CONVOQUE EL
SECRETARIO GENERAL DEL CONSEJO DIRECTIVO.
ARTICULO 21ª- COMPETE A LA ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA:
a) APROBAR O DESAPROBAR LA MEMORIA Y EL BALANCE DEL
EJERCICIO ANTERIOR PRESENTADO POR EL CONSEJO DIRECTIVO.
b) FIJAR EL MONTO DE LAS MENSUALIDADES ORDINARIAS, ASÍ COMO EL
DE LAS EXTRAORDINARIAS.
c) DISCUTIR Y RESOLVER LOS DEMÁS ASUNTOS QUE EL CONSEJO
DIRECTIVO O LOS SOCIOS TENGAN A BIEN PROPONER Y QUE O ESTÉN
RESERVADOS A LAS ASAMBLEAS GENERALES EXTRAORDINARIAS, SI
SE HUBIERAN CONSIGNADOS CON LA CONVOCATORIA Y SE CONTARA
CON EL QUÓRUM CORRESPONDIENTE.
d) ELEGIR A LOS MIEMBROS DEL CONSEJO DIRECTIVO PARA EL PERIODO
QUE CORRESPONDE.
ARTICULO 22º - COMPETE A LA ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA:
a) ELEGIR A LOS MIEMBROS DEL CONSEJO DIRECTIVO, EN CASO DE
SEPARACIÓN, RENUNCIA, VACANCIA.
b) TENER EL MONTO DE LAS MENSUALIDADES ORDINARIAS ASÍ COMO
EL DE LAS EXTRAORDINARIAS.
c) DISCUTIR Y RESOLVER LOS DEMÁS ASUNTOS DEL CONSEJO
DIRECTIVO A LOS SOCIOS TENGAN A BIEN PROPONER Y QUE NO
ESTÉN RESERVADOS A LOS ASUNTOS GENERALES
6. EXTRAORDINARIAS, SI SE HUBIERAN CONSIGNADO EN LA
CONVOCATORIA Y SÉ CONTAR CON EL QUÓRUM CORRESPONDIENTE.
d) ELEGIR A LOS MIEMBROS DEL CONCEJO DIRECTIVO PARA EL PERIODO
QUE CORRESPONDE.
ARTICULO 23º.- LA ASAMBLEA GENERAL DEBE SER CONVOCADA
MEDIANTE AVISO QUE CONTENGA LA INDICACIÓN DEL DÍA, LA HORA Y
LAS MATERIAS POR TRATAR LA CONVOCATORIA PUEDE REALIZARSE
POR ESQUELA CON CARGO O MEDIANTE AVISO PUBLICADO EN UNO DE
LOS DIARIOS DE MAYOR CIRCULACIÓN DE LIMA, CON UNA
ANTICIPACIÓN NO MENOR A UN DÍA PARA LA CELEBRACIÓN DE LA
ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA Y DE DOS DÍAS, SI SE TRATA DE LA
ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA.
PODRÁ HACERSE CONSTAR EN EL AVISO LA FECHA EN LA QUE SE
PROCEDERÍA A REUNIR LA ASAMBLEA EN SEGUNDA CONVOCATORIA.
ENTRE LA PRIMERA Y LA SEGUNDA REUNIÓN DEBERÁN MEDIAR POR LO
MENOS UNA HORA, LOS ACUERDOS SE ADOPTARAN CON EL VOTO DE
MAS DE LA MITAD DE LOS MIEMBROS CONCURRENTES.
ARTICULO 24º.- TIENEN DERECHO A ASISTIR Y VOTAR EN LAS
ASAMBLEAS GENERALES TODOS LOS MIEMBROS INSCRITOS EN EL
REGISTRO DE ASOCIADOS.
ARTICULO 25º.- HALLÁNDOSE PRESENTES TODOS LOS ASOCIADOS,
PODRÁN CELEBRARSE LAS ASAMBLEAS GENERALES DE ASOCIADOS EN
CUALQUIER MOMENTO O LUGAR, AUNQUE NO HAYA MEDIADO AVISO DE
CONVOCATORIA.
ARTICULO 26º.- PARA LA CELEBRACIÓN DE LAS ASAMBLEAS GENERALES
ORDINARIAS Y EXTRAORDINARIAS, EN SU PRIMERA CONVOCATORIA, SE
REQUIERE DE LA CONCURRENCIA DE MÁS DE LA MITAD DE LOS
ASOCIADOS. EN SEGUNDA CONVOCATORIA, BASTARÁ LA
CONCURRENCIA DE CUALQUIER NÚMERO DE ASOCIADOS. LOS
ACUERDOS SE ADOPTARÁN CON EL VOTO DE MÁS DE LA MITAD DE LOS
MIEMBROS CONCURRENTES.
ARTICULO 27º.- CADA ASOCIADO TENDRÁ DERECHO, POR SÍ MISMO A UN
VOTO EN LA ASAMBLEA GENERAL.
ARTICULO 28º- EL SECRETARIO GENERAL DEL CONSEJO DIRECTIVO
PRESIDIRÁ LAS ASAMBLEAS GENERALES. A FALTA DE ÉL, LO HARÁ EL
SUB SECRETARIO GENERAL O EL SECRETARIO DE ACTAS .
ARTICULO 29º- LOS ACUERDOS DE LAS ASAMBLEAS GENERALES SERÁN
OBLIGATORIOS PARA TODOS LOS ASOCIADOS Y CONSTARÁ EN UN LIBRO
DE ACTAS LEGALIZADO. EN EL ACTA DE CADA SESIÓN, DEBE INDICARSE
LA FECHA Y LA HORA EN QUE SE REALIZÓ, EL NOMBRE DE LAS
PERSONAS QUE ACTUARON COMO PRESIDENTE Y SECRETARIO, LA
7. FORMA Y EL RESULTADO DE LAS VOTACIONES Y LOS ACUERDOS
ADOPTADOS.
CUANDO EL ACTA SEA APROBADA EN LA MISMA ASAMBLEA, ELLA DEBE
CONTENER DICHA APROBACIÓN, CUANDO MENOS, DEBERÁ SER
FIRMADA POR EL SECRETARIO GENERAL Y EL SECRETARIO DE ACTAS.
ARTICULO 30º. DEL CONSEJO DIRECTIVO
a. ES EL ÓRGANO REPRESENTATIVO DE LA AGRUPACIÓN Y
RESPONSABLE DE LA DIRECCIÓN, EJECUCIÓN Y ADMINISTRACIÓN
GENERAL DE LOS ASOCIADOS DE CONFORMIDAD CON EL
ESTATUTO Y ACUERDOS DE ASAMBLEA GENERAL.
b. LOS MIEMBROS DEL CONSEJO DIRECTIVO SON: SECRETARIO
GENERAL, SUB SECRETARIO GENERAL , EL SECRETARIO DE
ACTAS, EL SEC. DE ECONOMÍA Y FISCAL.
c. LOS MIEMBROS DEL CONSEJO DIRECTIVO SON ELEGIDOS POR UN
PERIODO DE DOS (02) AÑOS PUDIENDO SER REELEGIDOS POR UN
PERIODO MÁS POR ÚNICA VEZ.
d. EN CASO DE VACANCIA DE ALGUNO DE LOS MIEMBROS DEL
CONSEJO DIRECTIVO, ESTE ELEGIRÁ A UN REEMPLAZANTE
TOMANDO EN CUENTA LOS REQUISITOS EXIGIDOS PARA EL CARGO
EL CUAL DEBERÁ SER RATIFICADO EN ASAMBLEA GENERAL Y
ASUMIRÁ EL CARGO HASTA EL TÉRMINO DEL PERIODO EN
EJERCICIO.
e. LOS MIEMBROS DEL CONSEJO DIRECTIVO NO PUEDEN PERTENECER
A OTRO CONSEJO DIRECTIVO DE SIMILARES CARACTERÍSTICAS.
f. LOS MIEMBROS DEL CONSEJO DIRECTIVO AL VENCIMIENTO DE SUS
FUNCIONES PARA EL CUAL FUERON ELEGIDOS, CONTINUARAN EN
EL DESEMPEÑO DE SUS CARGOS CON TODAS SUS ATRIBUCIONES Y
DEBERES INHERENTES HASTA QUE SEAN NOMBRADOS LOS
REEMPLAZANTES.
G. PARA QUE EL CONSEJO DIRECTIVO FUNCIONE VALIDAMENTE ES
NECESARIO QUE SE
ENCUENTREN PRESENTES LA MAYORÍA DE SUS MIEMBROS, ES
DECIR UN QUÓRUM DE MAS DE
LA MITAD Y LA CONVOCATORIA SERÁ REALIZADA POR SU SEC
GENERAL CADA QUINCE DÍAS
MEDIANTE ESQUELA Y EN CASO DE EMERGENCIA EN CUALQUIER
MOMENTO Y LOS ACUERDOS
SE TOMARAN CON LA APROBACIÓN DE MÁS DE MITAD DE LOS
ASISTENTES.
H. LOS ACUERDOS SE TOMARAN POR MAYORÍA DE VOTO , EN CASO
DE EMPATE, EL SECRETARIO GENERAL DEL CONSEJO DIRECTIVO
TENDRÁ DOBLE VOTO; TODAS LAS RESOLUCIONES QUE SE ADOPTEN SE
INSERTARAN EN EL LIBRO DE ACTAS, QUE SERÁ SUSCRITO POR LOS
MIEMBROS QUE CONCURRAN A LA SESIÓN.
I. EL CONSEJO DIRECTIVO PODRÁ SESIONAR EN CUALQUIER LUGAR Y
TIEMPO Y SE REUNIRÁ CADA VEZ QUE LO CONVOQUE EL SECRETARIO
GENERAL , LAS CONVOCATORIAS AL CONSEJO DIRECTIVO SE HARÁN
8. MEDIANTE ESQUELAS, QUE DEBERÁN ENVIARSE CON CARGO, POR LO
MENOS UN DÍA ANTES DE LA FECHA FIJADA PARA LA SESIÓN.
J. EN CASO DE VACANCIA DEL CARGO DE MIEMBRO DEL CONSEJO
DIRECTIVO, ESTE DESIGNARA EN SU LUGAR A LA PERSONA QUE DEBERÁ
DESEMPEÑARSE EN EL CARGO POR EL TIEMPO QUE FALTASE PARA
CUMPLIR SU PERIODO.
ARTICULO 31º. DE LAS FACULTADES DEL CONSEJO DIRECTIVO.
a. EJECUTAR TODOS LOS ACUERDOS APROBADOS A TRAVÉS DE LA
ASAMBLEA GENERAL.
b. REPRESENTAR A LA AGRUPACION ANTE CUALQUIER ENTIDAD
PÚBLICA O PRIVADA, ANTE TERCEROS, GOZANDO DE LAS
FACULTADES GENERALES DEL MANDATO Y DE LAS ESPECIALES,
CONTENIDAS EN EL CÓDIGO PROCESAL CIVIL Y EN
CONCORDANCIA CON PRESENTE ESTATUTO A TRAVÉS DEL
SECRETARIO GENERAL , CON EXCEPCIÓN DE LA FACULTAD DE
ENAJENAR, GRAVAR O HIPOTECAR LOS BIENES INMUEBLES DE LA
AGRUPACION, PARA LA CUAL, DEBE EXISTIR ACUERDO PREVIO A
LA ASAMBLEA GENERAL.
c. ADMINISTRAR LA POSESIÓN Y CONSERVACIÓN DE LOS BIENES
MUEBLES E INMUEBLES Y DEL PATRIMONIO DE LA AGRUPACIÓN.
d. DESIGNAR A LOS REPRESENTANTES A LAS ASAMBLEAS QUE
CONVOQUEN EN LAS INSTITUCIONES SIMILARES.
e. EL QUÓRUM REGLAMENTARIO PARA LA VALIDEZ DE LAS
SESIONES DEL CONSEJO DIRECTIVO ES DE MAS DE LA MITAD DE
LOS MIEMBROS QUE LA COMPONEN.
ARTICULO 32º. DE LAS FUNCIONES DEL SECRETARIO GENERAL DEL
CONSEJO DIRECTIVO.
a. REPRESENTAR LEGALMENTE A LA AGRUPACIÓN ANTE LAS
AUTORIDADES CIVILES, JUDICIALES (CIVIL Y PENAL),
ADMINISTRATIVA, POLICIAL, ECLESIÁSTICA, ASÍ COMO EN LAS
ORGANIZACIONES REPRESENTATIVAS DEL GOBIERNO CENTRAL Y
LOCAL.
b. PRESIDIR LA ASAMBLEA GENERAL Y LAS SESIONES DEL CONSEJO
DIRECTIVO.
c. CONVOCAR LA ASAMBLEA GENERAL, ORDINARIA O
EXTRAORDINARIA EN LAS FECHAS SEÑALADAS EN EL PRESENTE
ESTATUTO Y EN LAS OPORTUNIDADES QUE SEAN NECESARIAS
PARA EL BUEN DESARROLLO DE LA AGRUPACIÓN.
d. VELAR POR EL ESTRICTO CUMPLIMIENTO DEL ESTATUTO DE LA
AGRUPACIÓN.
e. CELEBRAR Y SUSCRIBIR LOS CONTRATOS Y CONVENIOS
APROBADOS POR LA ASAMBLEA GENERAL Y/O CONSEJO
DIRECTIVO , EL PRESIDENTE COMO REPRESENTANTE LEGAL ES
RESPONSABLE DE LA POLÍTICA GENERAL DE A ASOCIACIÓN TIENE
LAS FACULTADES GENERALES DE REPRESENTACIÓN Y LAS
9. ESPECIALES CONTENIDAS EN LOS ART. 74º Y 75º DEL CÓDIGO
PROCESAL CIVIL.
f. MANCOMUNADAMENTE CON EL TESORERO EL PRESIDENTE
PODRÁ ABRIR Y CERRAR CUENTAS CORRIENTES Y/O AHORRO.
g. PRESENTAR POR ESCRITO LA MEMORIA ANUAL DE SU GESTIÓN A
LAS ASAMBLEAS ORDINARIAS.
h. PRESENTAR EL PLAN DE TRABAJO Y PRESUPUESTO ANUAL
ARTICULO 33º. DE LAS FUNCIONES DEL SUB SECRETARIO GENERAL
A SERÁN LAS MIASMAS FUNCIONES DEL SECRETARIO GENERAL
SIEMPRE Y CUANDO SE HALLE
AUSENTE , CON PLENO CONOCIMIENTO DE SU CONSEJO DIRECTIVO.
ARTICULO N º 34 DE LAS FUNCIONES DEL SECRETARIO DE ACTAS.
a. ELABORAR LAS ACTAS DE LAS ASAMBLEAS GENERALES Y DE LAS
SESIONES DEL CONSEJO DIRECTIVO, Y SUSCRIBIR LAS MISMAS
CONJUNTAMENTE CON EL PRESIDENTE DEL CONSEJO DIRECTIVO.
b. ENCARGARSE DE LA CORRESPONDENCIA.
c. MANTENER AL DÍA LOS LIBROS DE ACTAS DE LAS ASAMBLEAS
GENERALES Y DEL CONSEJO DIRECTIVO.
d. PREPARAR Y PRESENTAR EL PRESIDENTE LA DOCUMENTACIÓN
PARA LA PUESTA EN CONOCIMIENTO DE LA ASAMBLEA GENERAL
Y/O CONSEJO DIRECTIVO.
e. CONSERVAR DEBIDAMENTE LOS ARCHIVOS Y DEMÁS
DOCUMENTOS DE LA ASOCIACIÓN.
.
ARTICULO 35º. DEL SECRETARIO DE ECONOMIA
a. MANTENER AL DÍA LOS LIBROS CONTABLES DE LA AGRUPACIÓN
b. PREPARAR EL INFORME ECONÓMICO DE LA AGRUPACION Y
PRESENTARLOS EN LAS ASAMBLEAS GENERALES Y DEL CONSEJO
DIRECTIVO
c. ELABORAR EL BALANCE ECONÓMICO ANUAL DE LA AGRUPACIÓN.
d. FIRMAR CONJUNTAMENTE CON EL SECRETARIO GENERAL , CON EL
SECRETARIO DE ACTAS TODOS LOS DOCUMENTOS
RELACIONADOS CON EL MOVIMIENTO ECONÓMICO.
e. RECAUDAR LAS COTIZACIONES ORDINARIAS Y EXTRAORDINARIAS
DE LA AGRUPACIÓN.
f. MANTENER EN FORMA ORDENADA LOS DOCUMENTOS CONTABLES
DE LA AGRUPACIÓN.
ARTICULO 36º.DE LAS FUNCIONES DEL FISCAL.
a. ES EL ENCARGADO DE LA SUPERVISIÓN DE TODAS LAS
ACTIVIDADES DE LA AGRUPACIÓN Y FISCALIZARÁ LOS ACTOS DEL
CONSEJO DIRECTIVO Y DEMÁS COMISIONES DE TRABAJO A FIN DE
GARANTIZAR POR ESTE MEDIO EL CORRECTO FUNCIONAMIENTO
DE LA AGRUPACIÓN
b. EL CARGO DEL FISCAL ES ELEGIDO DE LA LISTA QUE QUEDARÁ EN
SEGUNDO LUGAR EN ELECCIONES GENERALES, EN CASO DE
10. HABER UNA LISTA ES ELEGIDO EN ASAMBLEA GENERAL AL IGUAL
QUE EL CONSEJO DIRECTIVO ES ELEGIDO POR DOS AÑOS.
ARTICULO 37º. TODO LO NO PREVISTO EN ESTE ESTATUTO, ASÍ COMO SU
DEBIDA Y ADECUADA INTERPRETACIÓN DE LOS ARTÍCULOS QUE LA
CONFORMAN, ESTARÁN SUJETOS A LAS RESOLUCIONES QUE TOME LA
ASAMBLEA GENERAL, CONSIDERANDO LOS PRINCIPIOS MORALES,
ÉTICOS, DE EQUIDAD Y EN LO ESTABLECIDO EN LAS NORMAS LEGALES
CONTENIDAS EN LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL PERÚ Y EL CÓDIGO
CIVIL VIGENTE.
CAPITULO VI
DEL PROCESO ELECTORAL
DISPOSICIONES GENERALES
ARTICULO 38°.- EL PERIODO DE GESTIÓN DEL CONSEJO DIRECTIVO DE
DOS AÑOS Y LA ELECCIÓN DEL CONSEJO DIRECTIVO ES
IMPRORROGABLE...
ARTICULO 39°.- LA ENTREGA DE CARGOS Y JURAMENTACIÓN SE HARÁ A
LA SEMANA SIGUIENTE DE LA ELECCIÓN.
ARTICULO 40°.- EL CONSEJO DIRECTIVO SALIENTE DARÁ CUENTA DE SU
GESTIÓN A LOS ASOCIADOS DE LA ENTREGA DE CARGOS, SIENDO SUS
FUNCIONES HASTA LA ENTREGA DE LOS CARGOS AL NUEVO CONSEJO
DIRECTIVO.
ARTICULO 41°.- LOS CANDIDATOS DEBERÁN CUMPLIR LOS REQUISITOS
DEL REGLAMENTO DE ELECCIONES APROBADOS EN LA ASAMBLEA.
ARTICULO 42°.- NO PUEDEN SER CANDIDATOS:
a) LOS SANCIONADOS CON CENSURA O EXPULSADOS
b) LOS QUE TENGAN CUENTAS ECONÓMICAS PENDIENTES.
DEL COMITÉ ELECTORAL
ARTICULO 43°.- EL COMITÉ ELECTORAL SERÁ ELEGIDO EN ASAMBLEA
GENERAL DE MIEMBROS DE LA AGRUPACION, CON UN MES DE
ANTICIPACIÓN A LA CULMINACIÓN DEL PERÍODO DEL CONCEJO
DIRECTIVO SALIENTE.
ARTICULO 44°.- EL COMITÉ ELECTORAL ES LA MÁXIMA AUTORIDAD
PARA LLEVAR ADELANTE LAS ELECCIONES. DEBE PRESTÁRSELE TODAS
LAS FACILIDADES PARA REALIZAR SU TAREA.
ES UN ÓRGANO AUTÓNOMO INTEGRADO POR:
a) PRESIDENTE
11. b) SECRETARIO DE ACTAS
c) TESORERO
ARTICULO 45°.- NINGÚN MIEMBRO DEL CONSEJO DIRECTIVO PUEDE
INTEGRAR EL COMITÉ ELECTORAL.
ARTÍCULO 46- SON ATRIBUCIONES DEL COMITÉ ELECTORAL:
a) ELABORAR EL REGLAMENTO DE ACUERDO AL PRESENTE ESTATUTO.
b) PROGRAMAR Y EJECUTAR LAS ELECCIONES EN LOS DISTINTOS
ÓRGANOS DE GOBIERNO DE LA COMUNIDAD
c) RESOLVER DE INMEDIATO CUALQUIER PROBLEMA EXISTENTE, BAJO
RESPONSABILIDAD.
d) PROCLAMAR A LOS DIRIGENTES ELEGIDOS EN EL ACTO.
e) LEVANTAR ACTAS DE ELECCIONES
f) GARANTIZAR LA LIMPIEZA Y ORDEN DEL ACTO ELECTORAL
g) CALIFICAR LOS CANDIDATOS DE ACUERDO AL REGLAMENTO
APROBADO EN ASAMBLEA.
MECANISMOS DE LA ELECCION
ARTICULO 47- EN LA ORGANIZACIÓN.
a) PODRÁN SER CANDIDATOS TODOS LOS MIEMBROS TITULARES: DE LA
ASOCIACIÓN Y SOLO PUEDEN SER MIEMBROS UNO POR FAMILIA.
b) LA ELECCIÓN SERÁ POR VOTO SECRETO.
c) EL COMITÉ ELECTORAL LEVANTARÁ PADRÓN DE VOTANTES Y ACTA
CON LOS RESULTADOS DE LA ELECCIÓN.
CAPITULO VII
MODIFICACIÓN DE LOS ESTATUTOS Y DISOLUCION DE LA
AGRUPACIÓN
ARTICULO 48- PARA MODIFICAR EL ESTATUTO O PARA DISOLVER LA
AGRUPACIÓN FAMILIAR SE REQUIERE UNA ASAMBLEA GENERAL QUE
EN LA PRIMERA CONVOCATORIA ASISTAN MAS DE LA MITAD DE
MIEMBROS. LOS ACUERDOS SE ADOPTAN CON EL VOTO DE MÁS DE LA
MITAD DE LOS MIEMBROS CONCURRENTES. EN SEGUNDA
CONVOCATORIA, LOS ACUERDOS SE ADOPTAN CON LOS MIEMBROS QUE
ASISTEN Y QUE REPRESENTEN NO MENOS DE LA DÉCIMA PARTE.
ARTICULO 49. DE LOS CAUSALES DE DISOLUCIÓN.
LA ASOCIACIÓN SE DISUELVE NECESARIAMENTE POR LO SIGUIENTE:
POR FUSIÓN O INCORPORACIÓN A OTRA AGRUPACIÓN
CAPITULO VIII
LIQUIDACON Y DESTINO DE LOS BIENES
12. ARTICULO 50. DEL PROCEDIMIENTO DE LIQUIDACIÓN.
CONCLUIDA LA LIQUIDACIÓN EL REMANENTE DEL HABER NETO SERÁ
DESTINADO HASTA DONDE LO PERMITAN LOS FONDOS, EN EL SIGUIENTE
ORDEN:
a. A SATISFACER LOS GASTOS DE LIQUIDACIÓN.
b. A CANCELAR TODAS LAS OBLIGACIONES A CARGO DE LA
AGRUPACIÓN.
c. EL SALDO FINAL, SI HUBIERE, SERÁ TRANSFERIDO A OTRA
INSTITUCIÓN CON FINES SIMILARES DENTRO DEL ÁMBITO DEL
DISTRITO.
QUEDA TOTALMENTE PROHIBIDO QUE LOS ASOCIADOS TENGAN ALGÚN
BENEFICIO PERSONAL EN LA LIQUIDACIÓN.
ARTICULO 51º.- EN TODO CASO DE LA DISOLUCIÓN DE LA AGRUPACIÓN
LA LIQUIDACIÓN SE PRACTICARÁ POR UN LIQUIDADOR O LIQUIDADORES
DESIGNADOS POR LA ASAMBLEA GENERAL DE ASOCIADOS LA QUE
SEÑALARÁ LOS DEBERES Y ATRIBUCIONES DE AQUELLOS Y EL
PATRIMONIO DE LA AGRUPACIÓN EN NINGÚN CASO PROCEDERÁ A LA
ENTREGA DIRECTA O INDIRECTA DEL SALDO DE LA LIQUIDACIÓN A LOS
ASOCIADOS.
.
.
CAPITULO IX
APLICACIÓN SUPLETORIA DEL CÓDIGO CIVIL
ARTÍCULO 52.- EN TODO LO NO PREVISTO EN ESTOS ESTATUTOS SERÁN
DE APLICACIÓN LOS ARTÍCULOS 80º AL 96º DEL CÓDIGO CIVIL Y DEMÁS
NORMAS APLICABLES.
ARTÍCULO 53- LA ASAMBLEA GENERAL PARA LA DISOLUCIÓN DE LA
AGRUPACIÓN FAMILIAR LA UNION , SE REQUIERE EN LA PRIMERA
CONVOCATORIA LA ASISTENCIA DE MÁS DE LA MITAD DE LOS
MIEMBROS. LOS ACUERDOS SE ADOPTAN CON EL VOTO DE MÁS DE LA
MITAD DE LOS MIEMBROS CONCURRENTES, EN SEGUNDA
CONVOCATORIA, LOS ACUERDOS SE ADOPTAN CON LOS MIEMBROS QUE
ASISTEN Y QUE REPRESENTEN NO MENOS DE LA DÉCIMA PARTE.
ARTICULO 54 ACORDADA LA DISOLUCIÓN SE NOMBRARÁ UNA COMISIÓN
LIQUIDADORA, LA MISMA QUE EN UN PLAZO DE TREINTA DÍAS, DARÁ UN
BALANCE GENERAL EN DONDE SE INDIQUE CLARAMENTE EL CAPITAL
EXISTENTE LUEGO DE REDUCIDAS LAS DEUDAS CONTRAÍDAS POR LA
ORGANIZACIÓN.
13. ACTA DE ASAMBLEA DE CONSTITUCION
APROBACION DE ESTATUTO Y ELECCION DE CONSEJO DIRECTIVO
EN LA CIUDAD DE LIMA SIENDO LAS 8PM DEL DIA 3 DE SETIEMBRE DEL AÑO 2015 EN EL
INMUEBLE DEL SR. JOSE LUIS CALLATA LIMAHUAYA UBICADO EN LA MZ. M4 LOTE 10
DE LA AGRUPACION FAMILIAR LA UNION DISTRITO DE SAN JUAN DE LURIGANCHO
PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE LIMA PREVIA CONVOCATORIA SE DIERON CITA LOS
ASISTENTES PRESENTES QUE FIRMAN AL FINAL DE LA PRESENTE ACTA; CON EL
OBJETO DE CONSTITUIRSE COMO UNA ASOCIACION CIVIL PARA APROBAR SU
ESTATUTO Y ELEGIR A SU PRIMER CONSEJO DIRECTIVO; UNA VEZ REUNIDOS LOS
CONCURRENTES DESIGNARON POR UNANIMIDAD COMO DIRECTOR DE DEBATES A
DOÑA ANA MARIA MOISES ATAUPILLCO Y COMO SECRETARIO A JOSE LUIS CALLATA
LIMAHUAYA
ACTO SEGUIDO LA DIRECTORA DE DEBATES DECLARO INSTALADA LA ASAMBLEA Y
PRESENTO SU MOCION PARA CONSTITUIR UNA ASOCIACION CIVIL CON LA
DENOMINACION DE AGRUPACION FAMILIAR LA UNION DEBIDO A LA VIVENCIA QUE
TIENEN TODOS LOS ASISTENTES DESDE EL AÑO 2004 Y QUERIENDO FORMALIZAR SU
POSESION ; LUEGO DE DIVERSAS INTERVENCIONES DE LOS ASISTENTES,
DEMOCRATICAMENTE EN EL LIBRE EJERCICIO DE SUS DERECHOS CIUDADANOS POR
UNANIMIDAD ACORDARON Y APROBARON LA FUNDACION Y CONSTITUCION DE LA
AGRUPACION FAMILIAR LA UNION ; ACTO SEGUIDO LA DIRECTORA DE DEBATES PUSO
EN CONSIDERACION DE LOS CONCURRENTES EL PROYECTO DE ESTATUTO DE LA
AGRUPACION FAMILIAR LA UNION EL MISMO QUE UNA VEZ LEIDO ARTICULO POR
ARTICULO SE REALIZARON LAS CORRECCIONES. MODIFICACIONES Y ACLARACIONES
14. SEGÚN EL CASO HASTA LLEGAR A SU APROBACION UNANIME DE TODOS LOS
ASISTENTES.
ACTO SEGUIDO LA DIRECTORA Y EL SECRETARIO BAJAN AL LLANO PARA LLEVARSE A
CABO LA ELECCION DEL PRIMER CONSEJO DIRECTIVO ; NOMBRANDOSE CARGO POR
CARGO , CON LAS CONSIGUIENTES PROPUESTAS A LOS MISMOS, QUEDANDO
APROBADO POR UNANIMIDAD EL PRIMER CONSEJO DIRECTIVO COMO SIGUE:
SECRETARIO GENERAL . ANA MARIA MOISES ATAUPILLCO CON DNI Nº 44298158
SUB SECRETARIO GENERAL :MONICA LISBETH URBINA YANAMANGO CON DNI Nº
45152868
SECRETARIO DE ACTAS: JOSE LUIS CALLATA LIMAHUAYA CON DNI Nº 47192935
SEC. DE ECONOMIA JULIO CESAR BARRANTES CALLATA CON DNI Nº 42448442
FISCAL: ADELINE ROSSE MARY AURORA CAYCHO SALAS DNI Nº 72572745
LUEGO DE JURAMENTAR A SUS MIEMBROS DEL CONSEJO DIRECTIVO LA SECRETARIA
GENERAL DIO PASO AL PUNTO DE LA INSCRIPCION DE LA AGRUPACION FAMILIAR LA
UNION ANTE LOS REGISTROS PUBLICOS DE LIMA APROBANDO LA ASAMBLEA PARA
ELLO POR UNANIMIDAD FACULTAR A LA SECRETARIA GENERAL ANA MARIA MOISES
ATAUPILLCO CON DNI Nº 44298158 PARA REALIZAR TODOS LOS ACTOS QUE CON
LLEVEN A DICHA INSCRIPCION COMO SON LA FIRMA DE LA MINUTA , ESCRITURA
PUBLICA ACLARACIONES SI FUERA EL CASO HASTA LLEGAR A SU INSCRIPCION ANTE
LOS REGISTROS PUBLICOS .LO CUAL ES APROBADO DE MANERA UNANIME POR LOS
ASISTENTES.
ACTO SEGUIDO SIENDO LAS 11PM DEL DIA 03 DE SETIEMBRE DEL 2015 LA SECRETARIA
GENERAL DIO POR CONCLUIDA DICHA ASAMBLEA FIRMANDO A CONTINUACION TODOS
LOS ASISTENTES
15. MINUTA
SEÑOR NOTARIO:
SÍRVASE USTED EXTENDER EN SU REGISTRO DE ESCRITURAS PÚBLICAS,
UNA DE CONSTITUCIÓN DE LA AGRUPACION FAMILIAR LA UNION QUE
OTORGA SU SECRETARIO GENERAL LA SEÑORA ANA MARIA MOISES
ATAUPILLCO , IDENTIFICADA CON DNI N° 44298158 ,DE ESTADO CIVIL
SOLTERA DE OCUPACIÓN SU CASA CON DOMICILIO EN MZ M-4 LOTE 16
DE LA AGRUPACION FAMILIAR LA UNION DISTRITO DE SAN JUAN DE
LURIGANCHO PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE LIMA FUNDADO EL 03
DE SETIEMBRE DEL AÑO 2015
PRIMERO.- SIENDO LAS 8.00PM DEL DIA 03 DE SETIEMBRE DEL 2015 SE
FUNDA Y CONSTITUYE LA AGRUPACION FAMILIAR LA UNION UBICADA
EN EL DISTRITO DE SAN JUAN DE LURIGANCHO PROVINCIA Y
DEPARTAMENTO DE LIMA ; ELIGIENDOCE EN ESTE MISMO ACTO EL
PRIMER CONSEJO DIRECTIVO PRESIDIDO POR LA SEÑORA ANA MARIA
MOISES ATAUPILLCO CON DNI N° 44298158 COMO SECRETARIO
GENERAL Y COMO SEC. DE ACTAS EL SEÑOR JOSE LUIS CALLATA
LIMAHUAYA CON DNI N° 47192935 Y DEMAS COMPONENTES SEGÚN
CONSTA EN EL ACTA DE FUNDACION .
SEGUNDO POR EL PRESENTE LA OTORGANTE ACTUANDO EN CALIDAD
DE SECRETARIO GENERAL DE LA AGRUPACION FAMILIAR LA UNION LA
SEÑORA ANA MARIA MOISES ATAUPILLCO CON LAS FACULTADES
DELEGADAS EN LA ASAMBLEA DE FECHA 03 DE SETIEMBRE DEL 2015,
EN LA CUAL SE APROBÓ LOS ESTATUTOS DE LA AGRUPACION FAMILIAR
LA UNION; ASIMISMO SE APROBO SU INSCRIPCIÓN ANTE REGISTROS
16. PÚBLICOS , DE CONFORMIDAD AL ESTATUTO CORRESPONDIENTE QUE
SE INSERTA AL PRESENTE DOCUMENTO.
AGREGUE USTED, SEÑOR NOTARIO LO QUE ES DE LEY, Y PASE
PARTE A LOS REGISTROS PÚBLICOS.
LIMA, 08 DE SETIEMBRE DEL 2015.
_____________________________________
ANA MARIA MOISES ATAUPILLCO
DNI N° 44298158