Presentación realizada por el Presidente de la comisión Ocasional de Comunicación, Dr. Mauro Andino en la rueda de prensa en la que el Legislador precedió con la entrega de la Ley de Comunicación
Dr. Mauro Andino Presentación UASB Ley de Comuncación Mauro Andino
La libertad de expresión no se reduce a los medios de comunicación, fue una de las conclusiones que dejó el miércoles pasado, en la Universidad Andina Simón Bolívar, el foro “La libertad de expresión a debate. Día Mundial de la Libertad de Prensa”.
Versión final del Proyecto de la Ley de Comunicación, cuyo texto Asamblea Nacional decidió no archivar (11-04-2012), pero el proceso de tratamiento que será aprobar artículo por artículo fue suspendido hasta lograr consensos.
Este documento presenta el Reglamento General a la Ley Orgánica de Comunicación de Ecuador. Establece las normas para aplicar los derechos y obligaciones de la Ley Orgánica de Comunicación, así como las atribuciones de las autoridades reguladoras. Incluye definiciones de términos clave como medios de comunicación, actividad comunicacional y contenidos interculturales. También regula aspectos como la difusión de información, protección de datos personales, acceso para personas con discapacidad y participación ciudadana.
Texto Final de Proyecto de Ley Orgánica de ComunicaciónCarlos Flores
Este es el documento (con las modificaciones) que entregó Mauro Andino a la Asamblea Nacional. Mañana viernes 14 de junio, en horas de la mañana será la votación.
Sobre La Ley De Medios Y La Libertad De Prensa En Las Provinciasguest266f6e1b
Este documento presenta una ponencia para una audiencia pública sobre un proyecto de ley de servicios de comunicación audiovisual. El autor argumenta que (1) la regulación de los medios de comunicación por parte del gobierno plantea un riesgo para el funcionamiento democrático, pero (2) el Congreso federal puede regular los medios como actividad económica sin restringir la libertad de expresión. Sin embargo, (3) algunas disposiciones del proyecto de ley, como cuotas de contenido, violan la libertad de expresión y elección de los consum
Proyecto de Ley de Comunicación 04/04/2012Maria Romo
Este documento presenta el proyecto de Ley Orgánica de Comunicación del Ecuador. En primer lugar, el presidente de la Comisión de Comunicación envía al presidente de la Asamblea Nacional el texto del proyecto de ley junto con una matriz de cambios realizados tras los foros de socialización. El proyecto de ley consta de más de 100 artículos organizados en 7 títulos que regulan aspectos como los principios y derechos a la comunicación, el sistema de comunicación social, la regulación de contenidos, los tipos de medios de comunic
La Corte Constitucional de Colombia declaró la inconstitucionalidad de varios artículos de la Ley 51 de 1975 que establecían requisitos como la tarjeta profesional de periodista y títulos universitarios para ejercer el periodismo de manera permanente. La Corte encontró que estas disposiciones violaban la libertad de expresión y el derecho a recibir información veraz e imparcial consagrados en la Constitución.
Reglamento ley organica de comunicacionVinny Paute
Este documento presenta el Reglamento General a la Ley Orgánica de Comunicación en Ecuador. Establece las definiciones y lineamientos para la aplicación de derechos y obligaciones en materia de comunicación. Incluye normas sobre contenidos en internet, medios de comunicación, propiedad intelectual, difusión de contenidos interculturales y acceso para personas con discapacidad. El objetivo es regular el sistema de comunicación para garantizar la libertad de expresión y participación ciudadana.
Dr. Mauro Andino Presentación UASB Ley de Comuncación Mauro Andino
La libertad de expresión no se reduce a los medios de comunicación, fue una de las conclusiones que dejó el miércoles pasado, en la Universidad Andina Simón Bolívar, el foro “La libertad de expresión a debate. Día Mundial de la Libertad de Prensa”.
Versión final del Proyecto de la Ley de Comunicación, cuyo texto Asamblea Nacional decidió no archivar (11-04-2012), pero el proceso de tratamiento que será aprobar artículo por artículo fue suspendido hasta lograr consensos.
Este documento presenta el Reglamento General a la Ley Orgánica de Comunicación de Ecuador. Establece las normas para aplicar los derechos y obligaciones de la Ley Orgánica de Comunicación, así como las atribuciones de las autoridades reguladoras. Incluye definiciones de términos clave como medios de comunicación, actividad comunicacional y contenidos interculturales. También regula aspectos como la difusión de información, protección de datos personales, acceso para personas con discapacidad y participación ciudadana.
Texto Final de Proyecto de Ley Orgánica de ComunicaciónCarlos Flores
Este es el documento (con las modificaciones) que entregó Mauro Andino a la Asamblea Nacional. Mañana viernes 14 de junio, en horas de la mañana será la votación.
Sobre La Ley De Medios Y La Libertad De Prensa En Las Provinciasguest266f6e1b
Este documento presenta una ponencia para una audiencia pública sobre un proyecto de ley de servicios de comunicación audiovisual. El autor argumenta que (1) la regulación de los medios de comunicación por parte del gobierno plantea un riesgo para el funcionamiento democrático, pero (2) el Congreso federal puede regular los medios como actividad económica sin restringir la libertad de expresión. Sin embargo, (3) algunas disposiciones del proyecto de ley, como cuotas de contenido, violan la libertad de expresión y elección de los consum
Proyecto de Ley de Comunicación 04/04/2012Maria Romo
Este documento presenta el proyecto de Ley Orgánica de Comunicación del Ecuador. En primer lugar, el presidente de la Comisión de Comunicación envía al presidente de la Asamblea Nacional el texto del proyecto de ley junto con una matriz de cambios realizados tras los foros de socialización. El proyecto de ley consta de más de 100 artículos organizados en 7 títulos que regulan aspectos como los principios y derechos a la comunicación, el sistema de comunicación social, la regulación de contenidos, los tipos de medios de comunic
La Corte Constitucional de Colombia declaró la inconstitucionalidad de varios artículos de la Ley 51 de 1975 que establecían requisitos como la tarjeta profesional de periodista y títulos universitarios para ejercer el periodismo de manera permanente. La Corte encontró que estas disposiciones violaban la libertad de expresión y el derecho a recibir información veraz e imparcial consagrados en la Constitución.
Reglamento ley organica de comunicacionVinny Paute
Este documento presenta el Reglamento General a la Ley Orgánica de Comunicación en Ecuador. Establece las definiciones y lineamientos para la aplicación de derechos y obligaciones en materia de comunicación. Incluye normas sobre contenidos en internet, medios de comunicación, propiedad intelectual, difusión de contenidos interculturales y acceso para personas con discapacidad. El objetivo es regular el sistema de comunicación para garantizar la libertad de expresión y participación ciudadana.
LEY ORGÁNICA DE COMUNICACIÓN, aprobada en la Asamblea Naciona el 14/06/2014Carlos Velasco Enriquez
Este documento propone enmiendas y adiciones a un proyecto de ley orgánica de comunicación en Ecuador. Se propone incorporar considerandos, una corrección a un artículo, cambios a otro artículo y una transitoria adicional. El documento es una carta enviada a la presidenta de la Asamblea Nacional de Ecuador solicitando que se incorporen estas modificaciones al proyecto de ley.
La ley establece principios como la libre expresión y prohibición de censura para los medios de comunicación. También busca garantizar el acceso a información veraz mientras protege derechos como la intimidad y reputación. La ley regula el contenido permitido en medios para proteger a audiencias vulnerables y el orden público. Además, faculta a la comisión nacional de telecomunicaciones a monitorear el cumplimiento de la ley y aplicar sanciones a emisoras que violen la normativa.
HONDURAS: Ley de Emisión del Pensamiento - Decreto 6 1958Observacom
Este documento es un decreto legislativo de 1958 que establece la Ley de Emisión del Pensamiento en Honduras. El decreto declara la libertad de expresión y prensa como derechos inviolables, y prohíbe la censura previa. También protege a periodistas y medios de comunicación de la incautación de equipos o clausura. El decreto regula aspectos como la fundación de medios, responsabilidades por difamación, y el derecho a réplica. Su objetivo es garantizar la libre emisión del pensamiento a través de la
Ley Orgánica de Comunicación Registro OficialMauro Andino
Este documento presenta el resumen de una Ley Orgánica de Comunicación aprobada por la Asamblea Nacional de Ecuador. La ley establece los principios y derechos relacionados con la comunicación para garantizar la libertad de expresión, el acceso a la información y el uso igualitario del espectro radioeléctrico. Además, la ley busca prevenir el monopolio de los medios de comunicación y promover contenidos de calidad que respeten la dignidad humana.
Este documento presenta el resumen de una Ley Orgánica de Comunicación aprobada por la Asamblea Nacional de Ecuador. La ley establece regulaciones para garantizar los derechos a la comunicación y la libertad de expresión reconocidos en la constitución, así como para promover la diversidad y calidad de los contenidos en los medios de comunicación. La ley también busca prevenir el monopolio u oligopolio en la propiedad de los medios y el uso del espectro radioeléctrico.
El documento presenta una introducción al derecho internacional privado, proporcionando definiciones de varios términos comúnmente usados como "actividades reservadas", "adquisición de la nacionalidad", y "análisis del interés gubernamental". El documento también incluye definiciones de otros conceptos jurídicos como "apátrida", "arbitraje comercial internacional", y "arrendamiento de inmuebles".
Este documento presenta el decreto por el cual se expide la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública en México. La ley establece los principios, bases y procedimientos para garantizar el derecho ciudadano de acceso a la información pública generada por las autoridades gubernamentales. Además, crea el Sistema Nacional de Transparencia para coordinar a los organismos federales y estatales encargados de velar por la aplicación de la ley y promover una cultura de transparencia en el gobierno.
Este documento discute la nueva ley de medios en Argentina. Explica que el proyecto de ley no es una ley "K" ni permitirá violar la libertad de expresión, sino que se basa en modelos de otros países y protege la libertad de expresión como un derecho humano. Además, no desaparecerán canales como TN ni el gobierno controlará los contenidos. El objetivo es impedir monopolios y favorecer la diversidad y producción local de contenidos. Expertos internacionales apoyan que la ley promueve la democracia,
Verdades Y Mentiras Sobre La Ley De Mediospeterpunk
Este documento discute la nueva ley de medios en Argentina. Explica que el proyecto de ley no es una ley "K" ni permitirá violar la libertad de expresión, sino que se basa en modelos de otros países y protege la libertad de expresión como un derecho humano. Además, no desaparecerán canales como TN ni el gobierno controlará los contenidos. El objetivo es impedir monopolios y favorecer la diversidad y producción local de contenidos. Expertos internacionales apoyan que la ley promueve la democracia,
Este documento discute la nueva ley de medios en Argentina. Explica que el proyecto de ley no es una ley "K" ni permitirá violar la libertad de expresión, sino que se basa en modelos de otros países y protege la libertad de expresión como un derecho humano. Además, no desaparecerán canales como TN ni el gobierno controlará los contenidos. El objetivo es impedir monopolios y favorecer la diversidad y producción local de contenidos. Expertos internacionales apoyan que la ley promueve la democracia y
Ley federal de transparencia y acceso a la información pública 14 julio 2014Richard Pastor Hernandez
Este documento presenta la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental de México. Establece que toda la información gubernamental es pública y que las personas tendrán derecho a acceder a ella, a menos que se clasifique como reservada por razones de seguridad nacional, relaciones internacionales u otros motivos. También obliga a los sujetos gubernamentales a publicar activamente cierta información como su estructura, presupuesto y contrataciones, y establece procedimientos para que el público solicite y ob
La ley número 374 establece las disposiciones generales, la clasificación de la información, los principios de los datos personales y los derechos de acceso a la información pública en el estado de Guerrero, México. La ley crea el Instituto de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Guerrero para promover la transparencia gubernamental y garantizar el derecho de acceso a la información de los ciudadanos.
Versión final Proyecto Ley Orgánica de Comunicación- 31.01.2012Gina Godoy
Este documento presenta el índice de una Ley Orgánica de Comunicación. La ley establece disposiciones preliminares y definiciones, principios y derechos relacionados con la comunicación, un sistema de comunicación social, regulación de contenidos, tipos de medios de comunicación, gestión del espectro radioeléctrico, disposiciones transitorias y derogatorias. El objetivo general de la ley es desarrollar, proteger y regular el ejercicio de los derechos a la comunicación establecidos constitucionalmente.
Este documento presenta el índice de una Ley Orgánica de Comunicación. El índice incluye 7 títulos que abordan disposiciones preliminares y definiciones, principios y derechos, el sistema de comunicación social, regulación de contenidos, medios de comunicación social, gestión del espectro radioeléctrico y disposiciones transitorias y derogatorias. El documento proporciona una estructura general de la ley y los temas que serán regulados, pero no incluye detalles sobre el contenido de cada artículo.
El documento resume varios artículos de la Ley de Comunicación de Ecuador. Establece que las actividades periodísticas permanentes en medios de comunicación deben ser realizadas por profesionales en periodismo o comunicación, con excepción de columnistas. También cubre los derechos laborales de los trabajadores de la comunicación, incluyendo protección, remuneración justa y capacitación. Finalmente, la Declaración de Principios sobre Libertad de Expresión establece que la colegiación o titulación obligatoria para el periodismo restringe i
Este documento resume los puntos principales de la Ley Orgánica de Comunicación de Ecuador. Establece que los medios solo pueden reproducir mensajes de redes sociales si el emisor está identificado y que la ley garantiza el acceso igualitario a las frecuencias de radio y televisión. También cubre el derecho al acceso universal a las tecnologías de la información y la comunicación y medidas para que las personas con discapacidad puedan acceder a la comunicación. Los objetivos del Sistema Nacional de Comunicación incluyen articular los recursos públicos y
Este documento presenta el índice de una Ley Orgánica de Comunicación. Establece disposiciones preliminares y definiciones sobre el objeto y ámbito de la ley, titulares de derechos, contenidos comunicacionales, medios de comunicación social, información de relevancia pública, entre otros. También incluye principios como normas deontológicas, democratización de la comunicación, interculturalidad y derechos de grupos prioritarios. Finalmente, detalla los derechos a la comunicación, el sistema de comunicación social, regulación
Este documento presenta el índice de una Ley Orgánica de Comunicación. Establece disposiciones preliminares y definiciones sobre el objeto y ámbito de la ley, titulares de derechos, contenidos comunicacionales, medios de comunicación social, información de relevancia pública, y principios deontológicos. Además, detalla los principios y derechos a la comunicación, incluyendo libertad de expresión, igualdad e interculturalidad, participación ciudadana, y derechos de los comunicadores. Finalmente, presenta la estruct
Artículos que tocan la censura previa. LoFundamental
El documento resume los principales derechos a la comunicación y libertad de expresión establecidos en la Constitución y la Ley Orgánica de Comunicación, incluyendo el derecho a una comunicación libre e inclusiva, acceso universal a tecnologías de información, creación de medios de comunicación, y prohibición de censura previa. También describe las limitaciones que puede imponer el Presidente durante un estado de excepción y las sanciones por violar normas como el linchamiento mediático o difundir información de circulación restringida.
Este documento presenta el índice de una posible Ley Orgánica de Comunicación. Se estructura en 6 Títulos que abarcan disposiciones preliminares, principios y derechos relacionados a la comunicación, el Sistema de Comunicación Social, la regulación de contenidos, los medios de comunicación social y el espectro radioeléctrico. El índice detalla 127 artículos que normarían aspectos como libertad de expresión, acceso a medios, tipos de medios, regulación de contenidos sensibles y adjudicación de frecu
Final: Proyecto de Ley de comunicación 04_04_2012Mauro Andino
Esta ley establece el marco regulatorio de la comunicación en Ecuador. Define conceptos clave como contenido comunicacional y tipos de medios. Establece principios como la democratización de la comunicación, la interculturalidad y los derechos de libertad de expresión. Crea el Consejo de Regulación y Desarrollo de la Comunicación para regular el sector. También regula aspectos como la clasificación de contenidos, los medios públicos y privados, la asignación del espectro radioeléctrico y la producción nacional.
La investigación analiza el cumplimiento del derecho a la libertad de expresión en las radiodifusoras de la ciudad de Riobamba, Ecuador. El objetivo general es realizar un estudio social y jurídico para determinar si se respeta este derecho constitucional. Se revisará la normativa ecuatoriana, se evaluará el cumplimiento a través de encuestas, y se propondrán estrategias educativas. La hipótesis es que el estudio permitirá verificar el cumplimiento de la libertad de expresión consagrada en la Constitución. Las variables son
LEY ORGÁNICA DE COMUNICACIÓN, aprobada en la Asamblea Naciona el 14/06/2014Carlos Velasco Enriquez
Este documento propone enmiendas y adiciones a un proyecto de ley orgánica de comunicación en Ecuador. Se propone incorporar considerandos, una corrección a un artículo, cambios a otro artículo y una transitoria adicional. El documento es una carta enviada a la presidenta de la Asamblea Nacional de Ecuador solicitando que se incorporen estas modificaciones al proyecto de ley.
La ley establece principios como la libre expresión y prohibición de censura para los medios de comunicación. También busca garantizar el acceso a información veraz mientras protege derechos como la intimidad y reputación. La ley regula el contenido permitido en medios para proteger a audiencias vulnerables y el orden público. Además, faculta a la comisión nacional de telecomunicaciones a monitorear el cumplimiento de la ley y aplicar sanciones a emisoras que violen la normativa.
HONDURAS: Ley de Emisión del Pensamiento - Decreto 6 1958Observacom
Este documento es un decreto legislativo de 1958 que establece la Ley de Emisión del Pensamiento en Honduras. El decreto declara la libertad de expresión y prensa como derechos inviolables, y prohíbe la censura previa. También protege a periodistas y medios de comunicación de la incautación de equipos o clausura. El decreto regula aspectos como la fundación de medios, responsabilidades por difamación, y el derecho a réplica. Su objetivo es garantizar la libre emisión del pensamiento a través de la
Ley Orgánica de Comunicación Registro OficialMauro Andino
Este documento presenta el resumen de una Ley Orgánica de Comunicación aprobada por la Asamblea Nacional de Ecuador. La ley establece los principios y derechos relacionados con la comunicación para garantizar la libertad de expresión, el acceso a la información y el uso igualitario del espectro radioeléctrico. Además, la ley busca prevenir el monopolio de los medios de comunicación y promover contenidos de calidad que respeten la dignidad humana.
Este documento presenta el resumen de una Ley Orgánica de Comunicación aprobada por la Asamblea Nacional de Ecuador. La ley establece regulaciones para garantizar los derechos a la comunicación y la libertad de expresión reconocidos en la constitución, así como para promover la diversidad y calidad de los contenidos en los medios de comunicación. La ley también busca prevenir el monopolio u oligopolio en la propiedad de los medios y el uso del espectro radioeléctrico.
El documento presenta una introducción al derecho internacional privado, proporcionando definiciones de varios términos comúnmente usados como "actividades reservadas", "adquisición de la nacionalidad", y "análisis del interés gubernamental". El documento también incluye definiciones de otros conceptos jurídicos como "apátrida", "arbitraje comercial internacional", y "arrendamiento de inmuebles".
Este documento presenta el decreto por el cual se expide la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública en México. La ley establece los principios, bases y procedimientos para garantizar el derecho ciudadano de acceso a la información pública generada por las autoridades gubernamentales. Además, crea el Sistema Nacional de Transparencia para coordinar a los organismos federales y estatales encargados de velar por la aplicación de la ley y promover una cultura de transparencia en el gobierno.
Este documento discute la nueva ley de medios en Argentina. Explica que el proyecto de ley no es una ley "K" ni permitirá violar la libertad de expresión, sino que se basa en modelos de otros países y protege la libertad de expresión como un derecho humano. Además, no desaparecerán canales como TN ni el gobierno controlará los contenidos. El objetivo es impedir monopolios y favorecer la diversidad y producción local de contenidos. Expertos internacionales apoyan que la ley promueve la democracia,
Verdades Y Mentiras Sobre La Ley De Mediospeterpunk
Este documento discute la nueva ley de medios en Argentina. Explica que el proyecto de ley no es una ley "K" ni permitirá violar la libertad de expresión, sino que se basa en modelos de otros países y protege la libertad de expresión como un derecho humano. Además, no desaparecerán canales como TN ni el gobierno controlará los contenidos. El objetivo es impedir monopolios y favorecer la diversidad y producción local de contenidos. Expertos internacionales apoyan que la ley promueve la democracia,
Este documento discute la nueva ley de medios en Argentina. Explica que el proyecto de ley no es una ley "K" ni permitirá violar la libertad de expresión, sino que se basa en modelos de otros países y protege la libertad de expresión como un derecho humano. Además, no desaparecerán canales como TN ni el gobierno controlará los contenidos. El objetivo es impedir monopolios y favorecer la diversidad y producción local de contenidos. Expertos internacionales apoyan que la ley promueve la democracia y
Ley federal de transparencia y acceso a la información pública 14 julio 2014Richard Pastor Hernandez
Este documento presenta la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental de México. Establece que toda la información gubernamental es pública y que las personas tendrán derecho a acceder a ella, a menos que se clasifique como reservada por razones de seguridad nacional, relaciones internacionales u otros motivos. También obliga a los sujetos gubernamentales a publicar activamente cierta información como su estructura, presupuesto y contrataciones, y establece procedimientos para que el público solicite y ob
La ley número 374 establece las disposiciones generales, la clasificación de la información, los principios de los datos personales y los derechos de acceso a la información pública en el estado de Guerrero, México. La ley crea el Instituto de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Guerrero para promover la transparencia gubernamental y garantizar el derecho de acceso a la información de los ciudadanos.
Versión final Proyecto Ley Orgánica de Comunicación- 31.01.2012Gina Godoy
Este documento presenta el índice de una Ley Orgánica de Comunicación. La ley establece disposiciones preliminares y definiciones, principios y derechos relacionados con la comunicación, un sistema de comunicación social, regulación de contenidos, tipos de medios de comunicación, gestión del espectro radioeléctrico, disposiciones transitorias y derogatorias. El objetivo general de la ley es desarrollar, proteger y regular el ejercicio de los derechos a la comunicación establecidos constitucionalmente.
Este documento presenta el índice de una Ley Orgánica de Comunicación. El índice incluye 7 títulos que abordan disposiciones preliminares y definiciones, principios y derechos, el sistema de comunicación social, regulación de contenidos, medios de comunicación social, gestión del espectro radioeléctrico y disposiciones transitorias y derogatorias. El documento proporciona una estructura general de la ley y los temas que serán regulados, pero no incluye detalles sobre el contenido de cada artículo.
El documento resume varios artículos de la Ley de Comunicación de Ecuador. Establece que las actividades periodísticas permanentes en medios de comunicación deben ser realizadas por profesionales en periodismo o comunicación, con excepción de columnistas. También cubre los derechos laborales de los trabajadores de la comunicación, incluyendo protección, remuneración justa y capacitación. Finalmente, la Declaración de Principios sobre Libertad de Expresión establece que la colegiación o titulación obligatoria para el periodismo restringe i
Este documento resume los puntos principales de la Ley Orgánica de Comunicación de Ecuador. Establece que los medios solo pueden reproducir mensajes de redes sociales si el emisor está identificado y que la ley garantiza el acceso igualitario a las frecuencias de radio y televisión. También cubre el derecho al acceso universal a las tecnologías de la información y la comunicación y medidas para que las personas con discapacidad puedan acceder a la comunicación. Los objetivos del Sistema Nacional de Comunicación incluyen articular los recursos públicos y
Este documento presenta el índice de una Ley Orgánica de Comunicación. Establece disposiciones preliminares y definiciones sobre el objeto y ámbito de la ley, titulares de derechos, contenidos comunicacionales, medios de comunicación social, información de relevancia pública, entre otros. También incluye principios como normas deontológicas, democratización de la comunicación, interculturalidad y derechos de grupos prioritarios. Finalmente, detalla los derechos a la comunicación, el sistema de comunicación social, regulación
Este documento presenta el índice de una Ley Orgánica de Comunicación. Establece disposiciones preliminares y definiciones sobre el objeto y ámbito de la ley, titulares de derechos, contenidos comunicacionales, medios de comunicación social, información de relevancia pública, y principios deontológicos. Además, detalla los principios y derechos a la comunicación, incluyendo libertad de expresión, igualdad e interculturalidad, participación ciudadana, y derechos de los comunicadores. Finalmente, presenta la estruct
Artículos que tocan la censura previa. LoFundamental
El documento resume los principales derechos a la comunicación y libertad de expresión establecidos en la Constitución y la Ley Orgánica de Comunicación, incluyendo el derecho a una comunicación libre e inclusiva, acceso universal a tecnologías de información, creación de medios de comunicación, y prohibición de censura previa. También describe las limitaciones que puede imponer el Presidente durante un estado de excepción y las sanciones por violar normas como el linchamiento mediático o difundir información de circulación restringida.
Este documento presenta el índice de una posible Ley Orgánica de Comunicación. Se estructura en 6 Títulos que abarcan disposiciones preliminares, principios y derechos relacionados a la comunicación, el Sistema de Comunicación Social, la regulación de contenidos, los medios de comunicación social y el espectro radioeléctrico. El índice detalla 127 artículos que normarían aspectos como libertad de expresión, acceso a medios, tipos de medios, regulación de contenidos sensibles y adjudicación de frecu
Final: Proyecto de Ley de comunicación 04_04_2012Mauro Andino
Esta ley establece el marco regulatorio de la comunicación en Ecuador. Define conceptos clave como contenido comunicacional y tipos de medios. Establece principios como la democratización de la comunicación, la interculturalidad y los derechos de libertad de expresión. Crea el Consejo de Regulación y Desarrollo de la Comunicación para regular el sector. También regula aspectos como la clasificación de contenidos, los medios públicos y privados, la asignación del espectro radioeléctrico y la producción nacional.
La investigación analiza el cumplimiento del derecho a la libertad de expresión en las radiodifusoras de la ciudad de Riobamba, Ecuador. El objetivo general es realizar un estudio social y jurídico para determinar si se respeta este derecho constitucional. Se revisará la normativa ecuatoriana, se evaluará el cumplimiento a través de encuestas, y se propondrán estrategias educativas. La hipótesis es que el estudio permitirá verificar el cumplimiento de la libertad de expresión consagrada en la Constitución. Las variables son
Este proyecto de ley busca garantizar la libertad de expresión y el derecho a la información de los ciudadanos. Regula aspectos como los deberes y derechos de los medios de comunicación y periodistas, la publicidad, y establece el Consejo Nacional de Comunicación e Información y el Defensor del Público para la protección de estos derechos.
El documento presenta 21 puntos sobre una nueva ley de radiodifusión en Argentina. Los puntos buscan promover la libertad de expresión, diversidad y acceso plural a la información. Algunos puntos incluyen que las frecuencias radiodifusoras pertenecen a la comunidad y no pueden venderse, y que se debe evitar la concentración de propiedad de medios para proteger la democracia.
Este documento propone una nueva ley de comunicación para garantizar la libertad de expresión, el acceso a la información y la participación ciudadana. La ley busca simplificar las normas existentes, promover la independencia de los medios, y establecer deberes y responsabilidades para periodistas y medios con el fin de difundir información veraz y respetuosa de los derechos humanos. La ley crearía un consejo de comunicación e información y un defensor del público para supervisar el cumplimiento de la ley.
Este documento presenta un anteproyecto de ley orgánica de comunicación, libertad de expresión y acceso a la información pública en Ecuador. El objetivo principal de la ley es garantizar plenamente los derechos a la comunicación, libertad de expresión y acceso a la información, los cuales son fundamentales para la democracia. La ley definirá estos derechos y establecerá principios como la prohibición de censura, monopolios de medios y la imparcialidad del estado frente a todo contenido.
Articulado final proyecto ley orgánica de comunicRobert Gallegos
Esta ley establece el marco regulatorio para el ejercicio de los derechos de comunicación en Ecuador. Define conceptos clave como contenido comunicacional, medios de comunicación social, información de relevancia pública y principios deontológicos. Además, establece los derechos a la comunicación de las personas y los principios que deben guiar a los medios de comunicación como la no discriminación, la democratización de la información y la protección de niños, niñas y adolescentes. Finalmente, crea el Consejo de Regulación y Desar
Ley de responsabilidad social en radio televisión y medios electrónicosSistemadeEstudiosMed
Este documento presenta la Ley de Responsabilidad Social en Radio, Televisión y Medios Electrónicos de Venezuela. La ley establece disposiciones generales sobre el objeto, ámbito de aplicación y principios de la ley. También define los diferentes tipos de programas, como programas culturales y educativos, informativos, de opinión, recreativos o deportivos, y mixtos. Además, la ley incluye capítulos sobre la difusión de mensajes, servicios de radio y televisión, democratización y participación ciudadana, ó
Este documento presenta la Ley de Responsabilidad Social en Radio, Televisión y Medios Electrónicos de Venezuela. La ley establece disposiciones generales sobre el objeto, ámbito de aplicación y principios de la ley. También define los diferentes tipos de programas, como programas culturales y educativos, informativos, de opinión, recreativos o deportivos, y mixtos. Además, la ley establece normas sobre la difusión de mensajes, la democratización y participación ciudadana, y los órganos competentes en materia
El documento presenta un aviso oficial del Congreso de Venezuela en el que solicitan la reimpresión de la Ley de Ejercicio del Periodismo debido a que se omitieron dos frases al final de dos párrafos del artículo 3ro. Se procede entonces a una nueva impresión subsanando este error y publicando de nuevo la ley completa en la Gaceta Oficial. La ley establece los requisitos para ejercer como periodista en Venezuela, la organización y funciones del Colegio Nacional de Periodistas y sus órganos a nivel nacional y se
Proyecto loc comision2 debate 10 06-2010Fundamedios
Este documento presenta un borrador de la Ley de Comunicación de Ecuador. Establece los principios y objetivos de la ley, que incluyen garantizar los derechos a la comunicación como la libertad de expresión y acceso a la información. También define términos clave como censura, información pública y privada, y medios de comunicación. Finalmente, describe los derechos fundamentales de libertad de pensamiento y expresión.
Este documento presenta el índice y los títulos preliminares de una posible Ley Orgánica de Comunicación. En resumen:
1. Establece disposiciones preliminares como el objeto, ámbito y definiciones clave de la ley.
2. Detalla los principios y derechos a la comunicación, incluyendo principios deontológicos, derechos de libertad y participación, y derechos de los comunicadores.
3. Propone un sistema de comunicación social que regule a los medios públicos, privados y com
Boletín 162 - Expertas explican el ciclo de violencia contra la mujerMauro Andino
El debate sobre la violencia contra la mujer o miembros del núcleo familiar continua en la Comisión de Justicia y Estructura del Estado, a propósito del Proyecto de Ley Reformatoria al Código Orgánico Integral Penal, presentado por los asambleístas de la provincia del Azuay. Para ello acudieron a la Comisión Graciela Ramírez y Nathalia Quiroz, psicólogas y docentes de la Pontificia Universidad Católica del Ecuador (PUCE).
Boletín 156 - Diversas opiniones sobre reforma a la Ley de ComunicaciónMauro Andino
Este 6 de julio la Comisión de Justicia y Estructura del Estado recibió a Fransheska Canto, coordinadora del Movimiento de Niñas, Niños y Adolescentes del Ecuador y a Nicky Bravo, Coordinador Nacional del Movimiento Social por la Defensa de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes en el Ecuador quienes expusieron sobre el Proyecto de Ley Reformatoria a la Ley Orgánica de Comunicación (LOC).
Boletín 133 - La academia realiza aportes al Código AdministrativoMauro Andino
El 16 de marzo de 2016 se llevó a cabo la sesión 231 de la Comisión de Justicia y Estructura del Estado para recibir a varios expertos quienes aportaron con observaciones al Proyecto de Código Orgánico Administrativo (COA), correspondiente al libro II.
Boletín 140 - Riobamba es sede regional de masivo evento de capacitación en C...Mauro Andino
Gracias a una iniciativa de Mauro Andino Reinoso, asambleísta por Chimborazo y Presidente de la Comisión de Justicia y Estructura del Estado, este viernes, 1 de abril, se llevó a cabo, en la ciudad de Riobamba, el evento “Conferencias magistrales sobre el COGEP”, que forma parte de la agenda nacional de capacitación que ha emprendido el Consejo de la Judicatura en relación a este cuerpo legal.
Boletín 164 - Productores de Chimborazo y autoridades analizarán estrategias ...Mauro Andino
El ministro de Comercio Exterior se reunirá con productores de Chimborazo y autoridades locales para analizar estrategias que mejoren las exportaciones de la provincia. La reunión busca crear un diálogo entre el ministro, productores y universidades para evaluar las potencialidades productivas de Chimborazo, establecer los niveles de calidad óptimos para la exportación, y determinar cómo el ministerio puede apoyar a los sectores productivos. El ministro visitará asociaciones de productores y la reunión se llevará a cabo en
Boletín 139 - Académicos destacan la necesidad de contar con un COA 30.03.2016Mauro Andino
La Comisión de Justicia y Estructura del Estado recibió a Miguel García, docente de la Universidad Internacional SEK, y Daniel López, miembro del Instituto de Estudios de Derecho Administrativo y Social, quienes expusieron sus criterios acerca del libro II del proyecto de Código Orgánico Administrativo.
Observaciones finales sobre el séptimo informe periódico de EcuadorMauro Andino
La pandemia de COVID-19 ha tenido un impacto significativo en la economía mundial. Muchos países experimentaron fuertes caídas en el PIB y aumentos en el desempleo debido a los cierres generalizados y las restricciones a los viajes. Aunque las vacunas han permitido la reapertura de muchas economías, los efectos a largo plazo de la pandemia en sectores como el turismo y los viajes aún no están claros.
Observaciones al segundo debate del Proyecto de Código Orgánico de la Economía Social de los Conocimiento, Creatividad e Innovación, relativas a la reforma a la LOES para evitar que las universidades privadas tengan ánimo de lucro.
Convocatoria para la sesión No. 261 de la Comisión de Justicia y Estructura del Estado. En esta sesión se analizará el Ley Orgánica de la Protección de los Derechos a la Intimidad y Privacidad sobre los Datos Personales y la Ley Reformatoria de la Ley Notarial y se avocará conocimiento de dos nuevos proyectos de ley.
Primer Informe trimestral - Ley Solidaria 29.08.2016Mauro Andino
Informe trimestral de Ley Orgánica de Solidaridad y de Corresponsabilidad Ciudadana para la Reconstrucción y Reactivación de las Zonas Afectadas por el Terremoto de 16 de abril de 2016, con corte a 20 de agosto de 2016.
Código Administrativo - Primer debate 09.08.2016Mauro Andino
Informe para primer debate y articulado del Código Orgánico Administrativo aprobado por la Comisión de Justicia y Estructura del Estado el 9 de agosto de 2016.
Informe para conocimiento del CAL sobre la investigación de las empresas offs...Mauro Andino
Informe para conocimiento del Consejo de Administración Legislativa (CAL) sobre la investigación de las empresas offshore constituidas por personas ecuatorianas en paraísos fiscales.
Derogación de tasas por servicios administrativos de la Función JudicialMauro Andino
Resolución 092 del Consejo de la Judicatura mediante la cual se derogan las resoluciones 082 y 089 que fijaban tasas por servicios administrativos de la Función Judicial.
Oficio suscrito por Mauro Andino, Rosa Elvira Muñoz, Paco Fierro y Ricardo Moncayo, asambleístas por Chimborazo, en relación al proceso de recategorización de la UNACH que lleva a cabo el CEAACES.
Proyecto de ley Reformatoria al libro II Código CivilMauro Andino
La pandemia de COVID-19 ha tenido un impacto significativo en la economía mundial. Muchos países experimentaron fuertes caídas en el PIB y aumentos en el desempleo debido a los cierres generalizados y las restricciones a los viajes. Aunque las vacunas ofrecen esperanza de una recuperación económica en 2021, el panorama a corto plazo sigue siendo incierto dado el resurgimiento de casos en algunas partes del mundo.
Proyecto de ley Reformatoria al libro II Código Civil
Ley de comunicación 30.01.2012
1.
2. Datos generales
128 artículos
16 disposiciones transitorias
1disposición derogatoria
1 disposición final
3. Temas más relevantes
Objeto y ámbito Conformación del
Libertad de expresión y Consejo de Regulación
de opinión y Desarrollo
Responsabilidad ulterior Acceso de candidatos a
Reserva de fuente medios
Secreto Profesional Distribución de
frecuencias
Exigencia de título
profesional Acción afirmativa de
medios comunitarios
Derechos laborales de
los periodistas Reversión de
frecuencias
Atribuciones del
Consejo de Regulación Plazo de concesión de
y Desarrollo frecuencias
4. Objeto y ámbito de la Ley
Art. 1.- Objeto y ámbito.- Esta ley tiene
por objeto desarrollar, proteger y
regular, en el ámbito administrativo, el
ejercicio de los derechos a la
comunicación establecidos
constitucionalmente.
5. Libertad de expresión y de
opinión
Art. 18.- Derecho a la libertad de
expresión y opinión.- Todas las
personas tienen derecho a expresarse y
opinar libremente de cualquier forma y
por cualquier medio. Serán
responsables por sus expresiones de
acuerdo a la ley.
6. RESPONSABILIDAD
ULTERIOR
Art. 21.- Responsabilidad ulterior.- Es
la obligación que tiene toda persona de
asumir las consecuencias
administrativas, civiles y penales
posteriores a difundir, a través de los
medios de comunicación, todo tipo de
contenido que lesione los derechos
humanos y la seguridad pública del
Estado, de acuerdo a lo que establece
la Constitución y la ley.
7. RESERVA DE FUENTE
Art. 39.- Derecho a la reserva de la fuente.-
Ninguna persona que difunda información de interés
general podrá ser obligada a revelar la fuente de la
información; esta protección no le exime de
responsabilidad ulterior.
La información sobre la identidad de una fuente
obtenida ilegal y forzadamente carecerá de todo
valor jurídico y los riesgos, daños y perjuicios a los
que tal fuente quede expuesta serán imputables a
quien forzó la revelación de su identidad, quedando
obligado a efectuar la reparación integral de los
daños a la que haya lugar.
8. Secreto Profesional
Art. 40.- Derecho a mantener el secreto
profesional.- Ninguna persona que realice
actividades de comunicación social podrá ser
obligada a revelar los secretos confiados a ella en el
marco del ejercicio de estas actividades.
La información obtenida forzadamente carecerá de
todo valor jurídico y los riesgos, daños y perjuicios
que genere para las personas involucradas serán
imputables a quien forzó la revelación de los
secretos profesionales, quedando obligada a
efectuar la reparación integral de los daños a la que
haya lugar.
9. Sobre la exigencia de título
profesional
Nota: Cabe señalar que
Art. 41.- Libre ejercicio de la Relatoría sobre
la comunicación.- Todas Libertad de Expresión
de la CIDH, ha
las personas ejercerán señalado en reiteradas
ocasiones que la
libremente los derechos a exigencia de título de
profesional vulnera la
la comunicación libertad de expresión; y
que esta exigencia fue
reconocidos en la establecida en el
Constitución y esta ley a Ecuador en la
Dictadura Militar de
través de cualquier medio Guillermo Rodríguez
Lara, a través de un
de comunicación, sin que Decreto Supremo.
sea exigible titulación
profesional para tal efecto.
10. Derechos laborales de los
periodistas
Art. 42.- Derechos laborales de las 4. En los medios de comunicación
y los trabajadores de la social privados, en caso de
comunicación.- Los comunicadores coberturas de riesgo, a estar
y comunicadoras y trabajadores y cubiertos con seguros privados de
trabajadoras de la comunicación vida, accidentes, daños a terceros,
tienen los siguientes derechos: asistencia jurídica, pérdida o robo de
1. A la protección pública en caso de equipos.
amenazas derivadas de su actividad 5. A contar con los recursos, medios y
como comunicadores. estímulos para realizar investigación
2. A remuneraciones y retribuciones en el campo de la comunicación,
justas, a la seguridad social y demás necesaria para el ejercicio de sus
derechos laborales, según sus funciones.
funciones y competencias. 6. Al desarrollo profesional y
3. A ser provistos por sus empleadores capacitación técnica; para lo cual, las
de los recursos económicos, técnicos entidades públicas y privadas y los
y materiales suficientes para el medios de comunicación darán las
adecuado ejercicio de su profesión y facilidades que fueran del caso.
de las tareas periodísticas que les 7. A los demás derechos consagrados
encargan tanto en la ciudad donde en la Constitución de la República y
habitualmente trabajan o fuera de en la ley.
ella.
11. Atribuciones del Consejo de Regulación y
Desarrollo de la Comunicación
Art. 47.- Atribuciones.- El Consejo de Regulación y Desarrollo de la Comunicación tendrá las siguientes
atribuciones:
1. Proteger y promover en el ámbito de su competencia el efectivo ejercicio de los derechos a la
comunicación establecidos en la Constitución, los instrumentos internacionales y la ley.
2. Promover la incorporación de los valores y prácticas de la convivencia intercultural en la
programación de los medios de comunicación.
3. Fomentar e incentivar la creación de espacios para la difusión de la producción nacional, a fin
de garantizar el cumplimiento de las cuotas de programación establecidos en esta ley.
4. Promover la conformación y articulación del Sistema de Comunicación Social, y actuar en
dicho Sistema como ente coordinador.
5. Participar en la elaboración de la Agenda Sectorial de Comunicación, en el marco del Plan
Nacional de Desarrollo.
6. Promover la democratización y fortalecimiento de medios de comunicación públicos, privados
y comunitarios.
7. Elaborar el proyecto de reglamento general de esta ley y ponerlo a consideración del
Presidente de la República.
8. Elaborar el informe vinculante, en los casos previstos en esta Ley, para la adjudicación de
concesiones de frecuencias del espectro radioeléctrico para el funcionamiento de estaciones
de radio y televisión abierta.
9. Elaborar y mantener actualizado el Registro Nacional de Medios de Comunicación impresos,
de radio, televisión, audio y vídeo por suscripción y digitales que se emitan desde el Ecuador.
12. Atribuciones del Consejo de
Regulación y Desarrollo de la
10.
Comunicación
Establecer mecanismos de registro y monitoreo técnico de la programación de las estaciones de radio,
televisión y de medios impresos, con el fin de determinar el cumplimiento de las obligaciones
establecidas en esta ley.
11. Implementar mecanismos para establecer información real sobre el tiraje y venta efectiva de los medios
impresos, así como sobre la sintonía y niveles de audiencia de los medios audiovisuales.
12. Conocer y resolver en el ámbito administrativo los reclamos presentados por violación a los derechos o a
las obligaciones establecidas en esta ley.
13. Iniciar de oficio y resolver los procedimientos administrativos por el incumplimiento de las obligaciones
establecidas en esta ley.
14. Remitir a la Fiscalía la información que llegue a su conocimiento en relación a la violación de derechos
que evidencien la comisión de delitos de acción pública.
15. Examinar y pronunciarse sobre los resultados de las veedurías ciudadanas que se organicen en torno al
desempeño de las instituciones, organizaciones, empresas y medios públicos, comunitarios y privados
que realizan actividades contempladas en el ámbito de esta ley.
16. Aprobar la proforma presupuestaria del Consejo de Regulación y Desarrollo de la Comunicación
elaborada y presentada por la Secretaría Técnica.
17. Nombrar y remover al Presidente del Consejo de Regulación y Desarrollo de la Comunicación y a su
Secretario Técnico.
18. Elaborar y expedir los reglamentos necesarios para el cumplimiento de sus atribuciones y su
funcionamiento.
19. Las demás que determine la Constitución y la ley.
13. Conformación del Consejo de
Regulación y Desarrollo de la
Comunicación
Art. 48.- Integrantes del Consejo de Regulación y Desarrollo
de la Comunicación.- El Consejo de Regulación y Desarrollo de
la Comunicación estará conformado por:
Un miembro designado por el Presidente de la República.
Un miembro designado por las Asociaciones o Consorcios de
Gobiernos Autónomos Descentralizados.
Un miembro designado por los Consejos Nacionales de Igualdad.
Un miembro designado por las facultades y escuelas de
comunicación social de las universidades públicas.
Un miembro elegido entre los candidatos presentados por las
organizaciones de comunicación y derechos humanos con
personería jurídica.
Los miembros principales tendrán sus respectivos suplentes,
quienes deberán reunir los mismos requisitos que se prevén para
los principales.
14. Participación de candidatos en
medios
Art. 76.- Acceso a los medios de comunicación
de los candidatos y candidatas a cargos de
elección popular.- Durante la campaña electoral,
los medios de comunicación propenderán a que los
candidatos y candidatas de todos los movimientos y
partidos políticos participen en igualdad de
condiciones en los debates, entrevistas y programas
de opinión que realicen con la finalidad de dar a
conocer a la ciudadanía los perfiles políticos,
programas y propuestas para alcanzar los cargos de
elección popular.
El Consejo Nacional Electoral promoverá que los
medios de comunicación adopten todas las medidas
que sean necesarias para tal efecto.
15. Distribución de frecuencias
Art. 113.- Distribución equitativa de
frecuencias.- Las frecuencias del espectro
radioeléctrico destinadas al funcionamiento de
estaciones de radio y televisión de señal
abierta se distribuirá equitativamente en tres
partes, reservando el 33 % de estas
frecuencias para la operación de medios
públicos, el 33% para la operación de medios
privados, y 34% para la operación de medios
comunitarios.
Esta distribución se alcanzará de forma
progresiva y principalmente mediante:
16. Distribución de frecuencias
1. La asignación de las frecuencias todavía disponibles.
2. La reversión de frecuencias obtenidas ilegalmente, y su
posterior redistribución.
3. La reversión de frecuencias por incumplimiento de las
normas técnicas, jurídicas para su funcionamiento o fines
para los que les fueron concesionadas, y su posterior
redistribución.
4. La distribución de frecuencias que regresan al Estado
conforme a lo dispuesto por la ley.
5. La distribución equitativa de frecuencias y señales que
permitirá la digitalización de los sistemas de transmisión de
radio y televisión.
En todos estos casos, la distribución de frecuencias
priorizará al sector público y al comunitario hasta lograr la
distribución equitativa que establece este artículo.
17. Reversión de frecuencias al
Estado
Art. 115.- Reversión de frecuencias.- Todas las
concesiones de frecuencias que hayan sido o sean
obtenidas ilegalmente volverán a la administración
de la autoridad de telecomunicaciones una vez que
ésta haya realizado el debido proceso administrativo
para tal efecto, que será definido en el reglamento.
La resolución administrativa de reversión de
frecuencia emitida por la autoridad de
telecomunicaciones es impugnable ante las
instancias judiciales competentes, y dicha
impugnación suspenderá la reversión hasta que se
produzca el fallo judicial o se cumpla el plazo de
concesión.
18. Reversión de frecuencias al
Estado
En todos los casos en que se impugne el acto
administrativo de reversión de la frecuencia emitido por la
autoridad de telecomunicaciones y se declare
judicialmente la ilegalidad de una concesión, el Estado, a
través de la Procuraduría General del Estado, reclamará
obligatoriamente la reparación integral de los daños
causados y la devolución al Estado de todos los
beneficios económicos generados por el usufructo de una
concesión ilegalmente obtenida. El incumplimiento de
esta obligación será causal de juicio político de la o el
Procurador General del Estado.
Los terceros afectados por las transacciones ilegales
realizadas con frecuencias para el funcionamiento de
estaciones de radio y televisión podrán reclamar por la
vía judicial a quienes los perjudicaron.
19. Acción afirmativa a favor de
medios comunitarios
Art. 93.- Acción afirmativa.- El Estado implementará las políticas
públicas que sean necesarias para la creación y el fortalecimiento de
los medios de comunicación comunitarios como un mecanismo para
promover la pluralidad, diversidad, interculturalidad y plurinacionalidad;
tales como: crédito preferente para la conformación de medios
comunitarios y la compra de equipos; exenciones de impuestos para la
importación de equipos para el funcionamiento de estaciones de radio
y televisión comunitarias; acceso a capacitación para la gestión
comunicativa, administrativa y técnica de los medios comunitarios.
La formulación de estas medidas de acción afirmativa en políticas
públicas son responsabilidad del Consejo de Regulación y Desarrollo
de la Comunicación y su implementación estará a cargo de las
entidades públicas que tengan competencias específicas en cada caso
concreto.
El Consejo de Regulación y Desarrollo de la Comunicación elaborará
un informe anual acerca de las medidas de política pública adoptadas
por el Estado destinadas a la conformación o consolidación de los
medios comunitarios; informe que será obligatoriamente publicado en
su página web.
20. Plazo de concesión de
frecuencias
Art. 125.- Plazo de concesión.- La
concesión para el aprovechamiento de
las frecuencias y señales de radio y
televisión se realizará por el plazo de
quince años y será renovable para el
mismo concesionario por una vez
mediante concesión directa, debiendo
para las posteriores renovaciones ganar
el concurso organizado por la autoridad
de telecomunicaciones.
21. Razones para votar a favor de
la ley de comunicación
1. Desarrolla los derechos a la comunicación establecidos en la
Constitución
2. Supera las inconstitucionales e injustas reglas que establecieron la ley de
Radio y Televisión sobre control de los medios, la asignación de
frecuencias y el control de contenidos.
3. Cumple el mandato constitucional establecido en la primera transitoria
4. Cumple el mandato popular del 7 de mayo de 2011
5. Democratiza el acceso a las frecuencias de radio y televisión, porque
pluraliza y diversifica las voces.
6. El texto se adecua a los parámetros constitucionales y los establecidos
en los instrumentos internacionales de derechos humanos incluidos: la
Declaración de Derechos Humanos, el Pacto Internacional de Derechos
Civiles y Políticos, el Pacto Internacional de Derechos Económicos,
Sociales y Culturales, y la Convención Americana de Derechos Humanos
7. Todos los actores públicos, privados y comunitarios recibidos en
Comisión General en Pleno de la Asamblea en el segundo debate
ratificaron la necesidad impostergable de que se apruebe una Ley de
Comunicación.