Este documento establece la creación del Centro Costarricense de Producción Cinematográfica como una institución técnica y cultural especializada del Estado. Se crea un Consejo Nacional de Cinematografía que regirá el Centro de manera temporal hasta que se promulgue una ley orgánica. El Centro tendrá como objetivos fomentar la producción cinematográfica nacional y organizar cursos, festivales y premios relacionados con el cine.