La ley establece el Impuesto al Valor Agregado (IVA) en Venezuela. Designa como hechos gravables la venta de bienes muebles, la prestación de servicios y la importación de bienes. Define a los contribuyentes ordinarios como importadores habituales, industriales, comerciantes y prestadores de servicios. Establece que las empresas públicas, así como los importadores ocasionales y los adquirentes en algunos casos, también son responsables del pago del impuesto.