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1
SUBSECRETARÍA DE APOYO, SEGUIMIENTO Y
REGULACIÓN DE LA EDUCACIÓN
DIRECCIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DE LA EDUCACIÓN
LINEAMIENTOS PARA LA FINALIZACIÓN DEL
RÉGIMEN SIERRA-AMAZONÍA,
AÑO LECTIVO 2019-2020
POR EL COVID-19
MAYO 2020
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2
1. ANTECEDENTES
La emergencia que vive el mundo por la propagación del coronavirus (COVID-19) ha
generado un impacto significativo en todos los ámbitos de la sociedad. En el ámbito
educativo a nivel global, esta situación ha significado, en términos concretos, circunstancias
particulares como: la suspensión de las clases presenciales, la generación de planes
educativos virtuales, televisivos y radiales; la cancelación en la toma de exámenes, así como
el retraso en el inicio del año escolar. Ecuador ha enfrentado la situación por medio del Plan
Educativo COVID-19, cuyo objetivo es la atención y continuidad educativa de la población
escolar y la mitigación del impacto en los procesos educativos.
En este contexto, mediante Acuerdo Ministerial No. 126-2020 de 11 de marzo de 2020, el
Ministerio de Salud Pública declaró el Estado de Emergencia Sanitaria y dispuso acciones
preventivas para evitar la propagación del COVID-19 en todo el territorio nacional.
De igual manera, con Acuerdo Ministerial No. MDT-2020-076 de 12 de marzo de 2020, el
Ministerio del Trabajo expidió las “DIRECTRICES PARA LA APLICACIÓN DE TELETRABAJO
EMERGENTE DURANTE LA DECLARATORIA DE EMERGENCIA SANITARIA”.
En consecuencia, la Ministra de Educación Monserrat Creamer, con Acuerdo Ministerial No.
MINEDUC-MINEDUC-2020-00014-A del 15 de marzo de 2020, dispuso de manera
obligatoria la suspensión de clases en todo el territorio nacional, hasta el 05 de abril de
2020, disposición que se acató en todas las Instituciones Educativas y Centros de Desarrollo
Integral del Sistema Nacional de Educación. Adicionalmente, se emitieron los “Lineamientos
para la comunidad educativa, durante el período de suspensión de las actividades escolares
presenciales por el covid-19”, de esta manera se continuó con los procesos educativos de
manera no presencial con el programa Aprendemos juntos en casa; para lo cual se
ejecutaron diferentes estrategias como la implementación del portal digital del “PLAN
EDUCATIVO COVID – 19” para cada nivel y subnivel, con fichas y actividades pedagógicas en
casa organizadas por día, asignatura, texto escolar (actualización semanal), textos escolares
digitalizados; lineamientos y protocolos para estudiantes, familias y docentes ante la
emergencia; Recursos Educativo Abiertos: más de 840 RED gestionados por el Mineduc;
también se integraron más de 30 plataformas nacionales e internacionales y portales
complementarios por nivel y subnivel; acceso a cursos de formación docente en otras
plataformas, así como también se implementó el Aula virtual para 3ro de bachillerato,
entre otros.
Mediante Decreto Ejecutivo No. 1017 de 16 de marzo de 2020, el señor Presidente de la
República, declaró el estado de excepción a nivel nacional con la finalidad de controlar la
Emergencia Sanitaria.
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En concordancia con el Decreto Ejecutivo, mediante Acuerdo Ministerial No. MINEDUC-
MINEDUC-2020-00020-A de 3 de abril de 2020, la señora Ministra de Educación ratifica la
suspensión de clases en todo el territorio nacional para todas las instituciones educativas
públicas, fiscomisionales y particulares del régimen Sierra – Amazonía 2019-2020, en todas
sus jornadas y modalidades, hasta el 30 de abril de 2020. En el referido instrumento legal se
indica también que las instituciones educativas continuarán con el cumplimiento del
cronograma escolar a partir del 04 de mayo de 2020, para lo cual, el Plan Educativo
“Aprendemos Juntos en Casa” busca innovar y crear nuevos espacios destinados a
garantizar la oferta educativa en el marco de la emergencia sanitaria COVID-19.
Luego, con Acuerdo Ministerial No. MINEDUC-MINEDUC-2020-00027-A de 6 de mayo de
2020, la Ministra de Educación dispuso a todas las instituciones educativas de
sostenimiento fiscal, municipal, fiscomisional y particular, en todas sus jornadas,
modalidades y ofertas, del régimen Sierra-Amazonía 2019-2020, la finalización del año
lectivo con fecha 30 de junio de 2020.
2. BASE LEGAL
El artículo 344 de la Constitución de la República establece que: “El sistema nacional de
educación comprenderá las instituciones, programas, políticas,
recursos y actores del proceso educativo, así como acciones en los niveles de educación
inicial, básica y bachillerato, y estará articulado con el sistema de educación superior.”
El Estado ejercerá la rectoría del sistema a través de la autoridad educativa nacional, que
formulará la política nacional de educación; asimismo regulará y controlará las actividades
relacionadas con la educación, así como el funcionamiento de las entidades del sistema.”
El artículo 43 de la Ley Orgánica de Educación Intercultural establece que: “El bachillerato
general unificado comprende tres años de educación obligatoria continuación de la
educación general básica y tiene como propósito brindar a las personas una formación
general y una preparación interdisciplinaria que las guíe para la elaboración de proyectos
de vida y para integrarse a la sociedad como seres humanos responsables críticos y
solidarios: desarrolla en los y las estudiantes capacidades permanentes de aprendizaje y
competencias ciudadanas y los prepara para el trabajo, el emprendimiento y para el acceso
a la educación superior.”.
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El artículo 45 de la misma Ley dispone que: “Todos los títulos de bachillerato emitidos por la
Autoridad Educativa Nacional, están homologados y habilitan para las diferentes carreras
que ofrece la educación superior”;
El artículo 15 del Reglamento General a la Ley Orgánica de Educación Intercultural de la
misma Norma - Competencias relacionadas a la evaluación. El Nivel Central de la Autoridad
Educativa Nacional debe definir políticas de evaluación y rendición social de cuentas que
sirvan de marco para el trabajo del Instituto. Como parte de estas políticas, el Nivel Central
de la Autoridad Educativa Nacional establece estándares e indicadores de calidad
educativa, que deben ser utilizados en las evaluaciones realizadas por el Instituto Nacional
de Evaluación Educativa.
El artículo 154 del mismo Reglamento establece que: “(…Les corresponde a las
instituciones educativas llevar el archivo de registro de matrículas y promociones
debidamente legalizadas. Esta documentación constituye el expediente académico del
estudiante que, en versión original, debe ser entregado al representante legal del estudiante
en caso de cambio de plantel”.
El artículo 198 del Reglamento General a la Ley Orgánica de Educación Intercultural,
reformado con Decreto Ejecutivo No. 1027 del 24 de abril de 2020, establece sobre los
requisitos para la obtención del título de Bachiller: “Para obtener el título de bachiller, el
estudiante debe:
1. Obtener una nota final mínima de siete sobre diez (7/10) que será un promedio
ponderado de las siguientes calificaciones:
i. El promedio obtenido en el subnivel de Básica Superior, equivalente al 30%;
ii. El promedio de los tres (3) años de Bachillerato, equivalente al 40%;
iii. La nota del examen de grado, equivalente al 20%.
iv. La nota del programa de participación estudiantil equivalente al 10%.
Los estudiantes que no logren la nota final mínima para la obtención del su título de
bachiller podrán rendir un examen de grado supletorio, de acuerdo con las condiciones
establecidas por la Autoridad Educativa Nacional para tal efecto.
Para los estudiantes que logren más de 8/10 en el promedio mencionado en el numeral 1,
sin contar con el examen de grado, no será necesario el examen de grado, del cual
quedarán exentos. Su nota para efectos del promedio, será de 10/10.”.
El artículo 199 del Reglamento General a la Ley Orgánica de Educación Intercultural
determina: “El examen de grado es una prueba acumulativa del nivel de Bachillerato que el
estudiante rinde en el tercer año de este nivel como requisito previo para la obtención del
título de bachiller.- El examen de grado tendrá dos componentes: una primera parte de base
estructurada que corresponde a los conocimientos mínimos de los estándares nacionales y
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una segunda parte de evaluación de aptitudes que considerará habilidades de lenguaje,
pensamiento matemático y pensamiento abstracto”.
El artículo 203 de Ibídem señala: “Aprobación del programa de participación estudiantil.
La aprobación del programa de participación estudiantil, fijado como una calificación
sobre 10 puntos equivalente al 10% de la nota final, se realizará de conformidad con la
normativa específica que para el efecto expida la Autoridad Educativa Nacional.”.
El Acuerdo Ministerial No. MINEDUC-MINEDUC-2020-00027-A de 6 de mayo de 2020
señala: “Artículo 1.- Disponer a todas las instituciones educativas de sostenimiento fiscal,
municipal, fiscomisional y particular, en todas sus jornadas, modalidades y ofertas, del
régimen Sierra-Amazonía 2019-2020, la finalización del año lectivo con fecha 30 de junio de
2020; Artículo 2.- Disponer a las instituciones educativas desarrollar el proceso de
evaluación a los estudiantes de las instituciones educativas de sostenimiento fiscal,
municipal, fiscomisional y particular, en todas sus jornadas, modalidades y ofertas,
correspondiente al segundo quimestre del régimen Sierra-Amazonía del año lectivo 2019-
2020, a través de la elaboración de un portafolio con las actividades realizadas en casa
que se han desarrollado durante este periodo; Artículo 3.- Disponer a las instituciones
educativas descritas en el artículo 1 del presente Acuerdo, desarrollar el proceso de
evaluación para el examen de grado de los estudiantes de tercer año de bachillerato a
través del desarrollo de un proyecto.”.
3. OBJETIVO
Emitir los lineamientos que orienten a los niveles desconcentrados del Ministerio de
Educación, directivos institucionales, docentes, estudiantes, padres, madres de familia y
representantes legales, acerca de la finalización del año lectivo 2019-2020, régimen Sierra-
Amazonía en el marco de la emergencia sanitaria COVID-19.
4. LINEAMIENTOS PARA LA FINALIZACIÓN DEL AÑO LECTIVO 2019-2020, RÉGIMEN
SIERRA-AMAZONÍA
En el marco de la emergencia sanitaria que atraviesa el País, el Ministerio de Educación
suspendió las clases presenciales en todo el territorio nacional hasta el 30 de abril de 2020,
dando paso a la implementación de actividades pedagógicas para los estudiantes de
manera no presencial.
Para el cumplimiento de las actividades no presenciales el Ministerio de Educación
implementó El Plan Educativo: Aprendemos Juntos en Casa, que contiene los lineamientos
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para que los docentes, directivos, administrativos, departamentos de Consejo Estudiantil -
DECE- UDAI y las Unidades Distritales continúen realizando las actividades pedagógicas,
mientras dure la emergencia sanitaria declarada en el país, por el Gobierno Nacional.
Para el desarrollo de destrezas y la evaluación de aprendizajes de los estudiantes durante la
emergencia sanitaria, se utilizarán tres elementos: (i) portafolio del estudiante, (ii) rúbrica
de evaluación del portafolio y (iii) rúbrica de autoevaluación del estudiante. El Portafolio del
estudiante constituirá el único medio de verificación del proceso de enseñanza-aprendizaje,
el cuál será recibido y valorado por el docente tutor de cada grado o curso y quien se
encargará de registrar en el aplicativo informático la valoración de referido portafolio. La
calificación del Portafolio del estudiante será asentada como nota de cada una de las
asignaturas, tanto en los parciales y la nota final del segundo Quimestre.1
Todos los estudiantes al concluir su proceso formativo no presencial de todos los niveles
educativos de segundo año de educación general básica hasta tercer año de bachillerato,
juntamente con el portafolio entregarán los textos escolares que fueron proporcionados
por el Estado a través de las instituciones educativas fiscales y fiscomisionales.
En este contexto, los niveles desconcentrados y las instituciones educativas para la
finalización del año lectivo 2019-2020 régimen Sierra, deberán aplicar los siguientes
lineamientos:
4.1.FINALIZACIÓN DEL RÉGIMEN SIERRA-AMAZONÍA 2019-2020
Entrega del Portafolio
• A fin de precautelar la seguridad de los estudiantes, la entrega del portafolio será
por parte de los padres, madres o representantes legales, para lo cual la institución
educativa de sostenimiento fiscal y fiscomisionales, para evitar aglomeraciones y
bajo las medidas de bioseguridad y distanciamiento, dentro de las fechas
establecidas preparará un cronograma de entrega recepción de textos y portafolio.
• Los padres, madres de familia o representantes legales de los estudiantes de
instituciones educativas de sostenimiento particular y municipales; así como los
estudiantes de tercero de bachillerato de todas las instituciones educativas podrán
realizar la entrega del portafolio en formato físico o digital, a través de los
mecanismos de comunicación que establezcan las instituciones educativas.
• Del 18 al 21 de mayo de 2020 las madres, padres de familia o representantes
legales de los estudiantes que cursan el tercero de bachillerato entregarán el
1
Acuerdo Ministerial Nro. MINEDUC-MINEDUC-2020-0027-A
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portafolio a los docentes tutores del grado o curso, conforme el cronograma
establecido por las instituciones educativas.
• Aquellos estudiantes de tercero de bachillerato que no entreguen el portafolio, no
podrán optar por la exoneración del proyecto de grado; sin embargo, podrán
entregarlo en las fechas determinadas para la entrega del proyecto de grado y los
textos escolares.
• Del 01 al 7 de julio de 2020 las madres, padres de familia o representantes legales
de los estudiantes de segundo de Educación General Básica a Segundo de
Bachillerato, entregarán el portafolio a los docentes tutores del grado o curso,
conforme el cronograma establecido por las instituciones educativas
• Los representantes legales de niños de Educación Inicial, subnivel 2 y Preparatoria -
primer grado de Educación General Básica no deben presentar el Portafolio, y su
promoción al grado inmediato superior será automática2
.
Calificación del Portafolio
Una vez receptado los portafolios, los docentes tutores procederán a la valoración del
Portafolio, de acuerdo al siguiente detalle:
• Del 22 al 29 de mayo de 2020 los docentes tutores procederán a la valoración del
Portafolio de los estudiantes de tercero de bachillerato.
• Del 7 al 13 de julio de 2020 los docentes tutores procederán a la valoración del
Portafolio de los estudiantes desde segundo de Educación General Básica hasta
segundo de bachillerato.
Registro de la Calificación del Portafolio
Una vez asignadas las calificaciones, la asistencia y comportamiento correspondientes al
Portafolio, los docentes las registrarán en sistema informático las calificaciones, de acuerdo
al siguiente detalle:
• Del 22 al 28 de mayo de 2020 para los estudiantes de tercero de bachillerato, la
asistencia y comportamiento. En el caso de las instituciones educativas fiscales, el
sistema de seguimiento escolar estará habilitado desde el 18 de mayo de 2020.
• Del 7 al 13 de julio de 2020 para los estudiantes desde segundo de Educación
General Básica hasta segundo de bachillerato.
2
Artículo 192 del Reglamento General a la Ley Orgánica de Educación Intercultural
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• El Portafolio será el mecanismo de constancia de la asistencia de los estudiantes durante el
segundo quimestre, en el marco de la emergencia nacional.
• De igual manera, para todo estudiante que entregue el portafolio, como evidencia de la
continuidad del proceso, su calificación correspondiente al comportamiento será “A”.
Promoción de nivel
• Para obtener la nota de promoción de nivel, se considerará el promedio simple de
las notas del primer y segundo quimestre.
• Los estudiantes, cuyo promedio de los quimestres 1 y 2, no alcance el puntaje
mínimo requerido para promocionar, los docentes enviarán actividades de refuerzo
académico a través de los medios tecnológicos, digitales y otros medios más
idóneos, tendientes a alcanzar el puntaje requerido para promocionar3
.
• No habrá rendición de exámenes quimestrales, supletorios, remediales y de gracia;
en su lugar, los estudiantes realizarán un proyecto o trabajo escrito, según
corresponda y adaptado a las circunstancias del estado de emergencia, que será
enviado por el docente de la asignatura, quien dará la temática y directrices para la
realización del mismo.
Banco de textos
• El Banco de textos es un conjunto de recursos didácticos y pedagógicos. Al iniciar el
año escolar, cada estudiante recibe los textos escolares correspondientes a su
grado o curso, y al finalizar el año debe devolverlos en buen estado, cuidándolos
como si fueran propios.
• Junto con la entrega del Portafolio, los representantes legales de los estudiantes de
los sostenimientos fiscal y fiscomisional, a partir del segundo grado de Educación
General Básica hasta segundo año de Bachillerato, deberán entregar al docente
tutor de grado o curso los textos escolares que fueron recibidos al inicio del año
escolar. Para realizar este proceso, los docentes tutores tomarán la firma de los
representantes legales de los estudiantes al momento de la entrega, conforme las
listas del grado o curso.
• Los textos escolares deberán ser entregados en el estado que se encontraren, y en
caso de pérdida de uno o varios textos, en el listado que firman los padres de
familia o representantes legales se hará constar la pérdida del texto o textos;
situación que permitirá al docente tutor y directivo institucional contar con el
respectivo inventario, para conocimiento del nivel distrital.
3
Artículo 196 del Reglamento General a la Ley Orgánica de Educación Intercultural
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• Los padres, madres de familia o representantes legales de los estudiantes de tercer
año de Bachillerato entregarán los textos escolares que fueron asignados a inicios
del año escolar junto con la entrega del proyecto de grado.
• Durante la recepción física del Portafolio y de los textos escolares, se considerará
todas las medidas de bioseguridad enviadas por el Comité de Operaciones de
Emergencia COE Nacional y el Ministerio de Salud Pública-MSP.
• El directivo de la institución asignará un lugar de almacenamiento de los textos
escolares, sea la biblioteca institucional o el aula, y en caso de no contar con este
espacio en la institución deberá adecuarse otro que brinde las facilidades de
acceso, seguridad y limpieza (ventilación y libre de humedad).
4.2.PROCESO DE ENTREGA DEL PROYECTO GRADO Y TITULACIÓN DE BACHILLERES DEL
RÉGIMEN SIERRA-AMAZONÍA 2019-2020
Entrega, Calificación y Registro del Proyecto de Grado
• Son exonerados de realizar el proyecto de grado, aquellos estudiantes que,
mediante el cálculo de un promedio ponderado parcial de las tres notas,
equiparado al 100% de la calificación, obtienen un puntaje de 9 o 10 puntos. (Se
anexa nota técnica).
• A fin de precautelar la seguridad de los estudiantes, la entrega del proyecto de
grado será realizada por los padres, madres o representantes legales de los
estudiantes de las instituciones educativas de sostenimiento fiscal y
fiscomisionales, para lo cual, a fin de evitar aglomeraciones y bajo las medidas de
bioseguridad y distanciamiento, dentro de las fechas establecidas preparará un
cronograma de entrega recepción de textos y portafolio.
• Los padres, madres de familia o representantes legales de los estudiantes de
instituciones educativas de sostenimiento particular y municipales podrán realizar
la entrega del proyecto de grado en formato físico o digital, a través de los
mecanismos de comunicación que establezcan las instituciones educativas.
• Del 09 al 15 de julio de 2020 los padres, madres o representantes legales de los
estudiantes de tercero de bachillerato entregarán su proyecto de grado al
docente que fue asignado como Guía/Tutor.
• Del 16 al 22 de julio de 2020 se realizará la calificación (aplicación de rúbrica) del
proyecto de grado, por parte de la Comisión de Calificación.
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Macro de Titulación
Es el instrumento técnico que permite, a través de una hoja de cálculo programada, que
los responsables de la información de la institución educativa registren los promedios de
subnivel de Básica Superior, de los tres (3) años de Bachillerato y Programa de
Participación Estudiantil.
• Desde el 29 de mayo de 2020, los directivos de las instituciones educativas
deberán ingresar la Macro de Titulación al Sistema Informático de Titulación, la
misma que contiene el registro de los promedios de básica superior y
bachillerato, así como la nota de participación estudiantil y el cálculo automático
de la nota de proyecto de grado de los estudiantes exonerados.
• A partir del 10 de junio de 2020, los responsables de apoyo, seguimiento y
regulación de la educación de distritos educativos realizarán la verificación de la
información de la Macro de Titulación comparándola con el aplicativo de
titulación. En caso de no encontrar inconsistencias se procederá con la validación
masiva, conforme el aplicativo; mientras que si existieran inconsistencias se
devolverá a la institución con las observaciones.
• A partir del 11 de junio de 2020, los estudiantes exonerados podrán visualizar y
descargar el documento del certificado de registro de título en la página:
https://servicios.educacion.gob.ec/titulacion25-web. Los títulos y actas de grado
podrán ser impresos cuando lo permitan las condiciones sanitarias del País.
• Una vez que se hayan superado las condiciones actuales de la emergencia
sanitaria nacional, se podrá realizar la validación posterior de los expedientes
académicos de manera aleatoria.
Proceso de Titulación y Refrendación
• Del 16 al 28 de julio de 2020 el directivo de la institución educativa realizará el
registro de la calificación del proyecto de grado en el sistema informático de
titulación.
• Mientras dure la emergencia sanitaria nacional, las instituciones educativas no
realizarán la impresión de títulos y/o actas de grado. Estos podrán ser impresos y
entregados cuando lo permitan las condiciones sanitarias del País.
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• A partir del 24 de julio de 2020, los estudiantes podrán visualizar y descargar el
documento del “Certificado de Registro de Título de Bachiller" en la página:
https://servicios.educacion.gob.ec/titulacion25-web. Este certificado será
equivalente al Título de Bachiller.4
• Mientras dure la emergencia sanitaria nacional, las instituciones educativas no
realizarán fiestas ni ceremonias de incorporación presenciales; sin embargo, es su
potestad llevar a cabo eventos mediante el uso de plataformas digitales, o podrán
realizarlos una vez que se hayan superado las condiciones sanitarias actuales y lo
permitan las autoridades competentes.
• Los estudiantes que se encuentren pendientes de titulación de años lectivos
anteriores podrán acogerse al procedimiento establecido en este documento,
coordinando con su institución educativa.
5. CRONOGRAMA
5.1 Cronograma de Actividades de Segundo de Educación General Básica a Segundo
de Bachillerato.
ACTIVIDADES PARA LA FINALIZACIÓN DEL AÑO ESCOLAR DE SEGUNDO DE EDUCACIÓN
BÁSICA HASTA SEGUNDO AÑO DE BACHILLERATO
ACTIVIDADES FECHAS
Elaboración del cronograma de entrega del portafolio del estudiante Del 29 y 30 de junio de 2020
Socialización del cronograma de entrega del portafolio 30 de junio y 1 de julio de 2020
Entrega – Recepción del portafolio del estudiante y de textos escolares (IE
fiscales y fiscomisionales)
Del 1 al 7 de julio de 2020
Valoración del portafolio del estudiante e ingreso de calificaciones al aplicativo
informático
Del 7 al 13 de julio de 2020
Juntas de curso y Publicación de Notas 14 de julio de 2020
Elaboración del trabajo escrito de supletorios por parte de los estudiantes5 15 al 24 de julio de 2020
Entrega - Recepción del trabajo escrito de supletorios 27 de julio de 2020
Publicación de notas del trabajo escrito de supletorios 28 de julio de 2020
Junta General de Directivos y Profesores 29 y 30 de julio de 2020
Vacaciones de docentes
31 de julio al 18 de agosto de
2020
Reingreso de docentes 19 de agosto de 2020
Entrega -Recepción del trabajo escrito de remediales 19 al 21 de agosto de 2020
Publicación del trabajo escrito de remediales 24 de agosto de 2020
Entrega -Recepción del trabajo escrito de gracia 27 de agosto de 2020
Publicación de notas del trabajo escrito de gracia 27 de agosto de 2020
Actividades pedagógicas para inicio del año lectivo 19 al 31 de agosto de 2020
Inicio del año lectivo 01 de septiembre de 2020
4
Acuerdo Ministerial Nro. MINEDUC-MINEDUC-2020-0027-A
5
Artículo 212 del Reglamento General de la Ley
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12
5.2 Cronograma de Actividades de Tercer año de Bachillerato.
CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES PARA LA FINALIZACION DEL AÑO ESCOLAR PARA TERCER AÑO DE
BACHILLERATO, RÉGIMEN SIERRA-AMAZONÍA AÑO LECTIVO 2019-2020
ACTIVIDADES FECHAS
Entrega – Recepción del portafolio del estudiante Del 18 al 22 de mayo de 2020
Valoración del portafolio del estudiante Del 18 al 29 de mayo de 2020
Ingreso de calificaciones del Portafolio del estudiante a la Macro de Titulación Del 18 al 29 de mayo de 2020
Juntas de curso y Publicación de notas 01 de junio de 2020
Lineamientos para estudiantes que se presentarán al supletorio de tercero de BGU 02 de junio de 2020
Entrega - Recepción de proyecto o trabajo escrito de supletorios Del 17 al 19 de junio de 2020
Titulación de estudiantes exonerados
Ingreso de información en el aplicativo informático Desde el 29 de mayo de 2020
Validación de información en el aplicativo informático Desde 10 de junio de 2020
Consulta del certificado del registro del título de bachiller en la página oficial de
MINEDUC de estudiantes exonerados
Desde 11 de junio de 2020*
Proyecto de Grado
Socialización de lineamientos del proyecto de grado por parte del Guía tutor Del 01 al 05 de junio de 2020
Acompañamiento y asesoramiento en el desarrollo del proyecto de grado
Del 08 de junio al 08 de julio de
2020
Entrega – Recepción del proyecto de grado y de textos escolares Del 09 al 15 de julio de 2020
Valoración del proyecto de grado Del 16 al 22 de julio de 2020
Titulación
Ingreso de nota de grado en el aplicativo informático de titulación de bachilleres Del 16 al 28 de julio de 2020
Consulta del certificado del registro del título de bachiller en la página oficial de
MINEDUC
Desde 24 de julio de 2020*
Junta General de Directivos y Profesores 29 y 30 de julio de 2020
Vacaciones de docentes
31 de julio al 18 de agosto de
2020
Reingreso de docentes 19 de agosto de 2020
Entrega -Recepción de proyecto o trabajo escrito de remediales 19 al 21 de agosto de 2020
Publicación de notas de proyecto o trabajo escrito remediales 24 de agosto de 2020
Entrega -Recepción de proyecto o trabajo escrito de gracia 27 de agosto de 2020
Publicación de notas de proyecto o trabajo escrito de gracia 27 de agosto de 2020
Actividades pedagógicas para inicio del año lectivo 19 al 31 de agosto de 2020
Inicio del año lectivo 01 de septiembre de 2020
*La fecha de grado, que constará en el Título de Bachiller corresponde a la fecha en que se complete en el
sistema informático la carga de notas por parte de la institución educativa.
Nota: Los docentes del sistema educativo fiscal completarán sus vacaciones del año lectivo, del 31
de julio al 18 de agosto6
. Los docentes de las instituciones educativas de sostenimiento particular,
fiscomisional y municipales sujetarán a la normativa correspondiente7
.
DNRE: ML/LV/FM/RA/EV
12-05-2020
6
Artículo 29 de la Ley Orgánica del Servicio Público.
7
Artículo 69 del Código de Trabajo.
EDUARDO JOSE
VELIZ
QUINTERO
Firmado digitalmente por
EDUARDO JOSE VELIZ
QUINTERO
Fecha: 2020.05.12 14:04:21
-05'00'

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Lineamientos finalizacion 19-20

  • 1. Dirección: Av. Amazonas N34-451 y Av. Atahualpa. Código postal: 170507 / Quito-Ecuador Teléfono: 593-2-396-1300 - www.educacion.gob.ec 1 SUBSECRETARÍA DE APOYO, SEGUIMIENTO Y REGULACIÓN DE LA EDUCACIÓN DIRECCIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DE LA EDUCACIÓN LINEAMIENTOS PARA LA FINALIZACIÓN DEL RÉGIMEN SIERRA-AMAZONÍA, AÑO LECTIVO 2019-2020 POR EL COVID-19 MAYO 2020
  • 2. Dirección: Av. Amazonas N34-451 y Av. Atahualpa. Código postal: 170507 / Quito-Ecuador Teléfono: 593-2-396-1300 - www.educacion.gob.ec 2 1. ANTECEDENTES La emergencia que vive el mundo por la propagación del coronavirus (COVID-19) ha generado un impacto significativo en todos los ámbitos de la sociedad. En el ámbito educativo a nivel global, esta situación ha significado, en términos concretos, circunstancias particulares como: la suspensión de las clases presenciales, la generación de planes educativos virtuales, televisivos y radiales; la cancelación en la toma de exámenes, así como el retraso en el inicio del año escolar. Ecuador ha enfrentado la situación por medio del Plan Educativo COVID-19, cuyo objetivo es la atención y continuidad educativa de la población escolar y la mitigación del impacto en los procesos educativos. En este contexto, mediante Acuerdo Ministerial No. 126-2020 de 11 de marzo de 2020, el Ministerio de Salud Pública declaró el Estado de Emergencia Sanitaria y dispuso acciones preventivas para evitar la propagación del COVID-19 en todo el territorio nacional. De igual manera, con Acuerdo Ministerial No. MDT-2020-076 de 12 de marzo de 2020, el Ministerio del Trabajo expidió las “DIRECTRICES PARA LA APLICACIÓN DE TELETRABAJO EMERGENTE DURANTE LA DECLARATORIA DE EMERGENCIA SANITARIA”. En consecuencia, la Ministra de Educación Monserrat Creamer, con Acuerdo Ministerial No. MINEDUC-MINEDUC-2020-00014-A del 15 de marzo de 2020, dispuso de manera obligatoria la suspensión de clases en todo el territorio nacional, hasta el 05 de abril de 2020, disposición que se acató en todas las Instituciones Educativas y Centros de Desarrollo Integral del Sistema Nacional de Educación. Adicionalmente, se emitieron los “Lineamientos para la comunidad educativa, durante el período de suspensión de las actividades escolares presenciales por el covid-19”, de esta manera se continuó con los procesos educativos de manera no presencial con el programa Aprendemos juntos en casa; para lo cual se ejecutaron diferentes estrategias como la implementación del portal digital del “PLAN EDUCATIVO COVID – 19” para cada nivel y subnivel, con fichas y actividades pedagógicas en casa organizadas por día, asignatura, texto escolar (actualización semanal), textos escolares digitalizados; lineamientos y protocolos para estudiantes, familias y docentes ante la emergencia; Recursos Educativo Abiertos: más de 840 RED gestionados por el Mineduc; también se integraron más de 30 plataformas nacionales e internacionales y portales complementarios por nivel y subnivel; acceso a cursos de formación docente en otras plataformas, así como también se implementó el Aula virtual para 3ro de bachillerato, entre otros. Mediante Decreto Ejecutivo No. 1017 de 16 de marzo de 2020, el señor Presidente de la República, declaró el estado de excepción a nivel nacional con la finalidad de controlar la Emergencia Sanitaria.
  • 3. Dirección: Av. Amazonas N34-451 y Av. Atahualpa. Código postal: 170507 / Quito-Ecuador Teléfono: 593-2-396-1300 - www.educacion.gob.ec 3 En concordancia con el Decreto Ejecutivo, mediante Acuerdo Ministerial No. MINEDUC- MINEDUC-2020-00020-A de 3 de abril de 2020, la señora Ministra de Educación ratifica la suspensión de clases en todo el territorio nacional para todas las instituciones educativas públicas, fiscomisionales y particulares del régimen Sierra – Amazonía 2019-2020, en todas sus jornadas y modalidades, hasta el 30 de abril de 2020. En el referido instrumento legal se indica también que las instituciones educativas continuarán con el cumplimiento del cronograma escolar a partir del 04 de mayo de 2020, para lo cual, el Plan Educativo “Aprendemos Juntos en Casa” busca innovar y crear nuevos espacios destinados a garantizar la oferta educativa en el marco de la emergencia sanitaria COVID-19. Luego, con Acuerdo Ministerial No. MINEDUC-MINEDUC-2020-00027-A de 6 de mayo de 2020, la Ministra de Educación dispuso a todas las instituciones educativas de sostenimiento fiscal, municipal, fiscomisional y particular, en todas sus jornadas, modalidades y ofertas, del régimen Sierra-Amazonía 2019-2020, la finalización del año lectivo con fecha 30 de junio de 2020. 2. BASE LEGAL El artículo 344 de la Constitución de la República establece que: “El sistema nacional de educación comprenderá las instituciones, programas, políticas, recursos y actores del proceso educativo, así como acciones en los niveles de educación inicial, básica y bachillerato, y estará articulado con el sistema de educación superior.” El Estado ejercerá la rectoría del sistema a través de la autoridad educativa nacional, que formulará la política nacional de educación; asimismo regulará y controlará las actividades relacionadas con la educación, así como el funcionamiento de las entidades del sistema.” El artículo 43 de la Ley Orgánica de Educación Intercultural establece que: “El bachillerato general unificado comprende tres años de educación obligatoria continuación de la educación general básica y tiene como propósito brindar a las personas una formación general y una preparación interdisciplinaria que las guíe para la elaboración de proyectos de vida y para integrarse a la sociedad como seres humanos responsables críticos y solidarios: desarrolla en los y las estudiantes capacidades permanentes de aprendizaje y competencias ciudadanas y los prepara para el trabajo, el emprendimiento y para el acceso a la educación superior.”.
  • 4. Dirección: Av. Amazonas N34-451 y Av. Atahualpa. Código postal: 170507 / Quito-Ecuador Teléfono: 593-2-396-1300 - www.educacion.gob.ec 4 El artículo 45 de la misma Ley dispone que: “Todos los títulos de bachillerato emitidos por la Autoridad Educativa Nacional, están homologados y habilitan para las diferentes carreras que ofrece la educación superior”; El artículo 15 del Reglamento General a la Ley Orgánica de Educación Intercultural de la misma Norma - Competencias relacionadas a la evaluación. El Nivel Central de la Autoridad Educativa Nacional debe definir políticas de evaluación y rendición social de cuentas que sirvan de marco para el trabajo del Instituto. Como parte de estas políticas, el Nivel Central de la Autoridad Educativa Nacional establece estándares e indicadores de calidad educativa, que deben ser utilizados en las evaluaciones realizadas por el Instituto Nacional de Evaluación Educativa. El artículo 154 del mismo Reglamento establece que: “(…Les corresponde a las instituciones educativas llevar el archivo de registro de matrículas y promociones debidamente legalizadas. Esta documentación constituye el expediente académico del estudiante que, en versión original, debe ser entregado al representante legal del estudiante en caso de cambio de plantel”. El artículo 198 del Reglamento General a la Ley Orgánica de Educación Intercultural, reformado con Decreto Ejecutivo No. 1027 del 24 de abril de 2020, establece sobre los requisitos para la obtención del título de Bachiller: “Para obtener el título de bachiller, el estudiante debe: 1. Obtener una nota final mínima de siete sobre diez (7/10) que será un promedio ponderado de las siguientes calificaciones: i. El promedio obtenido en el subnivel de Básica Superior, equivalente al 30%; ii. El promedio de los tres (3) años de Bachillerato, equivalente al 40%; iii. La nota del examen de grado, equivalente al 20%. iv. La nota del programa de participación estudiantil equivalente al 10%. Los estudiantes que no logren la nota final mínima para la obtención del su título de bachiller podrán rendir un examen de grado supletorio, de acuerdo con las condiciones establecidas por la Autoridad Educativa Nacional para tal efecto. Para los estudiantes que logren más de 8/10 en el promedio mencionado en el numeral 1, sin contar con el examen de grado, no será necesario el examen de grado, del cual quedarán exentos. Su nota para efectos del promedio, será de 10/10.”. El artículo 199 del Reglamento General a la Ley Orgánica de Educación Intercultural determina: “El examen de grado es una prueba acumulativa del nivel de Bachillerato que el estudiante rinde en el tercer año de este nivel como requisito previo para la obtención del título de bachiller.- El examen de grado tendrá dos componentes: una primera parte de base estructurada que corresponde a los conocimientos mínimos de los estándares nacionales y
  • 5. Dirección: Av. Amazonas N34-451 y Av. Atahualpa. Código postal: 170507 / Quito-Ecuador Teléfono: 593-2-396-1300 - www.educacion.gob.ec 5 una segunda parte de evaluación de aptitudes que considerará habilidades de lenguaje, pensamiento matemático y pensamiento abstracto”. El artículo 203 de Ibídem señala: “Aprobación del programa de participación estudiantil. La aprobación del programa de participación estudiantil, fijado como una calificación sobre 10 puntos equivalente al 10% de la nota final, se realizará de conformidad con la normativa específica que para el efecto expida la Autoridad Educativa Nacional.”. El Acuerdo Ministerial No. MINEDUC-MINEDUC-2020-00027-A de 6 de mayo de 2020 señala: “Artículo 1.- Disponer a todas las instituciones educativas de sostenimiento fiscal, municipal, fiscomisional y particular, en todas sus jornadas, modalidades y ofertas, del régimen Sierra-Amazonía 2019-2020, la finalización del año lectivo con fecha 30 de junio de 2020; Artículo 2.- Disponer a las instituciones educativas desarrollar el proceso de evaluación a los estudiantes de las instituciones educativas de sostenimiento fiscal, municipal, fiscomisional y particular, en todas sus jornadas, modalidades y ofertas, correspondiente al segundo quimestre del régimen Sierra-Amazonía del año lectivo 2019- 2020, a través de la elaboración de un portafolio con las actividades realizadas en casa que se han desarrollado durante este periodo; Artículo 3.- Disponer a las instituciones educativas descritas en el artículo 1 del presente Acuerdo, desarrollar el proceso de evaluación para el examen de grado de los estudiantes de tercer año de bachillerato a través del desarrollo de un proyecto.”. 3. OBJETIVO Emitir los lineamientos que orienten a los niveles desconcentrados del Ministerio de Educación, directivos institucionales, docentes, estudiantes, padres, madres de familia y representantes legales, acerca de la finalización del año lectivo 2019-2020, régimen Sierra- Amazonía en el marco de la emergencia sanitaria COVID-19. 4. LINEAMIENTOS PARA LA FINALIZACIÓN DEL AÑO LECTIVO 2019-2020, RÉGIMEN SIERRA-AMAZONÍA En el marco de la emergencia sanitaria que atraviesa el País, el Ministerio de Educación suspendió las clases presenciales en todo el territorio nacional hasta el 30 de abril de 2020, dando paso a la implementación de actividades pedagógicas para los estudiantes de manera no presencial. Para el cumplimiento de las actividades no presenciales el Ministerio de Educación implementó El Plan Educativo: Aprendemos Juntos en Casa, que contiene los lineamientos
  • 6. Dirección: Av. Amazonas N34-451 y Av. Atahualpa. Código postal: 170507 / Quito-Ecuador Teléfono: 593-2-396-1300 - www.educacion.gob.ec 6 para que los docentes, directivos, administrativos, departamentos de Consejo Estudiantil - DECE- UDAI y las Unidades Distritales continúen realizando las actividades pedagógicas, mientras dure la emergencia sanitaria declarada en el país, por el Gobierno Nacional. Para el desarrollo de destrezas y la evaluación de aprendizajes de los estudiantes durante la emergencia sanitaria, se utilizarán tres elementos: (i) portafolio del estudiante, (ii) rúbrica de evaluación del portafolio y (iii) rúbrica de autoevaluación del estudiante. El Portafolio del estudiante constituirá el único medio de verificación del proceso de enseñanza-aprendizaje, el cuál será recibido y valorado por el docente tutor de cada grado o curso y quien se encargará de registrar en el aplicativo informático la valoración de referido portafolio. La calificación del Portafolio del estudiante será asentada como nota de cada una de las asignaturas, tanto en los parciales y la nota final del segundo Quimestre.1 Todos los estudiantes al concluir su proceso formativo no presencial de todos los niveles educativos de segundo año de educación general básica hasta tercer año de bachillerato, juntamente con el portafolio entregarán los textos escolares que fueron proporcionados por el Estado a través de las instituciones educativas fiscales y fiscomisionales. En este contexto, los niveles desconcentrados y las instituciones educativas para la finalización del año lectivo 2019-2020 régimen Sierra, deberán aplicar los siguientes lineamientos: 4.1.FINALIZACIÓN DEL RÉGIMEN SIERRA-AMAZONÍA 2019-2020 Entrega del Portafolio • A fin de precautelar la seguridad de los estudiantes, la entrega del portafolio será por parte de los padres, madres o representantes legales, para lo cual la institución educativa de sostenimiento fiscal y fiscomisionales, para evitar aglomeraciones y bajo las medidas de bioseguridad y distanciamiento, dentro de las fechas establecidas preparará un cronograma de entrega recepción de textos y portafolio. • Los padres, madres de familia o representantes legales de los estudiantes de instituciones educativas de sostenimiento particular y municipales; así como los estudiantes de tercero de bachillerato de todas las instituciones educativas podrán realizar la entrega del portafolio en formato físico o digital, a través de los mecanismos de comunicación que establezcan las instituciones educativas. • Del 18 al 21 de mayo de 2020 las madres, padres de familia o representantes legales de los estudiantes que cursan el tercero de bachillerato entregarán el 1 Acuerdo Ministerial Nro. MINEDUC-MINEDUC-2020-0027-A
  • 7. Dirección: Av. Amazonas N34-451 y Av. Atahualpa. Código postal: 170507 / Quito-Ecuador Teléfono: 593-2-396-1300 - www.educacion.gob.ec 7 portafolio a los docentes tutores del grado o curso, conforme el cronograma establecido por las instituciones educativas. • Aquellos estudiantes de tercero de bachillerato que no entreguen el portafolio, no podrán optar por la exoneración del proyecto de grado; sin embargo, podrán entregarlo en las fechas determinadas para la entrega del proyecto de grado y los textos escolares. • Del 01 al 7 de julio de 2020 las madres, padres de familia o representantes legales de los estudiantes de segundo de Educación General Básica a Segundo de Bachillerato, entregarán el portafolio a los docentes tutores del grado o curso, conforme el cronograma establecido por las instituciones educativas • Los representantes legales de niños de Educación Inicial, subnivel 2 y Preparatoria - primer grado de Educación General Básica no deben presentar el Portafolio, y su promoción al grado inmediato superior será automática2 . Calificación del Portafolio Una vez receptado los portafolios, los docentes tutores procederán a la valoración del Portafolio, de acuerdo al siguiente detalle: • Del 22 al 29 de mayo de 2020 los docentes tutores procederán a la valoración del Portafolio de los estudiantes de tercero de bachillerato. • Del 7 al 13 de julio de 2020 los docentes tutores procederán a la valoración del Portafolio de los estudiantes desde segundo de Educación General Básica hasta segundo de bachillerato. Registro de la Calificación del Portafolio Una vez asignadas las calificaciones, la asistencia y comportamiento correspondientes al Portafolio, los docentes las registrarán en sistema informático las calificaciones, de acuerdo al siguiente detalle: • Del 22 al 28 de mayo de 2020 para los estudiantes de tercero de bachillerato, la asistencia y comportamiento. En el caso de las instituciones educativas fiscales, el sistema de seguimiento escolar estará habilitado desde el 18 de mayo de 2020. • Del 7 al 13 de julio de 2020 para los estudiantes desde segundo de Educación General Básica hasta segundo de bachillerato. 2 Artículo 192 del Reglamento General a la Ley Orgánica de Educación Intercultural
  • 8. Dirección: Av. Amazonas N34-451 y Av. Atahualpa. Código postal: 170507 / Quito-Ecuador Teléfono: 593-2-396-1300 - www.educacion.gob.ec 8 • El Portafolio será el mecanismo de constancia de la asistencia de los estudiantes durante el segundo quimestre, en el marco de la emergencia nacional. • De igual manera, para todo estudiante que entregue el portafolio, como evidencia de la continuidad del proceso, su calificación correspondiente al comportamiento será “A”. Promoción de nivel • Para obtener la nota de promoción de nivel, se considerará el promedio simple de las notas del primer y segundo quimestre. • Los estudiantes, cuyo promedio de los quimestres 1 y 2, no alcance el puntaje mínimo requerido para promocionar, los docentes enviarán actividades de refuerzo académico a través de los medios tecnológicos, digitales y otros medios más idóneos, tendientes a alcanzar el puntaje requerido para promocionar3 . • No habrá rendición de exámenes quimestrales, supletorios, remediales y de gracia; en su lugar, los estudiantes realizarán un proyecto o trabajo escrito, según corresponda y adaptado a las circunstancias del estado de emergencia, que será enviado por el docente de la asignatura, quien dará la temática y directrices para la realización del mismo. Banco de textos • El Banco de textos es un conjunto de recursos didácticos y pedagógicos. Al iniciar el año escolar, cada estudiante recibe los textos escolares correspondientes a su grado o curso, y al finalizar el año debe devolverlos en buen estado, cuidándolos como si fueran propios. • Junto con la entrega del Portafolio, los representantes legales de los estudiantes de los sostenimientos fiscal y fiscomisional, a partir del segundo grado de Educación General Básica hasta segundo año de Bachillerato, deberán entregar al docente tutor de grado o curso los textos escolares que fueron recibidos al inicio del año escolar. Para realizar este proceso, los docentes tutores tomarán la firma de los representantes legales de los estudiantes al momento de la entrega, conforme las listas del grado o curso. • Los textos escolares deberán ser entregados en el estado que se encontraren, y en caso de pérdida de uno o varios textos, en el listado que firman los padres de familia o representantes legales se hará constar la pérdida del texto o textos; situación que permitirá al docente tutor y directivo institucional contar con el respectivo inventario, para conocimiento del nivel distrital. 3 Artículo 196 del Reglamento General a la Ley Orgánica de Educación Intercultural
  • 9. Dirección: Av. Amazonas N34-451 y Av. Atahualpa. Código postal: 170507 / Quito-Ecuador Teléfono: 593-2-396-1300 - www.educacion.gob.ec 9 • Los padres, madres de familia o representantes legales de los estudiantes de tercer año de Bachillerato entregarán los textos escolares que fueron asignados a inicios del año escolar junto con la entrega del proyecto de grado. • Durante la recepción física del Portafolio y de los textos escolares, se considerará todas las medidas de bioseguridad enviadas por el Comité de Operaciones de Emergencia COE Nacional y el Ministerio de Salud Pública-MSP. • El directivo de la institución asignará un lugar de almacenamiento de los textos escolares, sea la biblioteca institucional o el aula, y en caso de no contar con este espacio en la institución deberá adecuarse otro que brinde las facilidades de acceso, seguridad y limpieza (ventilación y libre de humedad). 4.2.PROCESO DE ENTREGA DEL PROYECTO GRADO Y TITULACIÓN DE BACHILLERES DEL RÉGIMEN SIERRA-AMAZONÍA 2019-2020 Entrega, Calificación y Registro del Proyecto de Grado • Son exonerados de realizar el proyecto de grado, aquellos estudiantes que, mediante el cálculo de un promedio ponderado parcial de las tres notas, equiparado al 100% de la calificación, obtienen un puntaje de 9 o 10 puntos. (Se anexa nota técnica). • A fin de precautelar la seguridad de los estudiantes, la entrega del proyecto de grado será realizada por los padres, madres o representantes legales de los estudiantes de las instituciones educativas de sostenimiento fiscal y fiscomisionales, para lo cual, a fin de evitar aglomeraciones y bajo las medidas de bioseguridad y distanciamiento, dentro de las fechas establecidas preparará un cronograma de entrega recepción de textos y portafolio. • Los padres, madres de familia o representantes legales de los estudiantes de instituciones educativas de sostenimiento particular y municipales podrán realizar la entrega del proyecto de grado en formato físico o digital, a través de los mecanismos de comunicación que establezcan las instituciones educativas. • Del 09 al 15 de julio de 2020 los padres, madres o representantes legales de los estudiantes de tercero de bachillerato entregarán su proyecto de grado al docente que fue asignado como Guía/Tutor. • Del 16 al 22 de julio de 2020 se realizará la calificación (aplicación de rúbrica) del proyecto de grado, por parte de la Comisión de Calificación.
  • 10. Dirección: Av. Amazonas N34-451 y Av. Atahualpa. Código postal: 170507 / Quito-Ecuador Teléfono: 593-2-396-1300 - www.educacion.gob.ec 10 Macro de Titulación Es el instrumento técnico que permite, a través de una hoja de cálculo programada, que los responsables de la información de la institución educativa registren los promedios de subnivel de Básica Superior, de los tres (3) años de Bachillerato y Programa de Participación Estudiantil. • Desde el 29 de mayo de 2020, los directivos de las instituciones educativas deberán ingresar la Macro de Titulación al Sistema Informático de Titulación, la misma que contiene el registro de los promedios de básica superior y bachillerato, así como la nota de participación estudiantil y el cálculo automático de la nota de proyecto de grado de los estudiantes exonerados. • A partir del 10 de junio de 2020, los responsables de apoyo, seguimiento y regulación de la educación de distritos educativos realizarán la verificación de la información de la Macro de Titulación comparándola con el aplicativo de titulación. En caso de no encontrar inconsistencias se procederá con la validación masiva, conforme el aplicativo; mientras que si existieran inconsistencias se devolverá a la institución con las observaciones. • A partir del 11 de junio de 2020, los estudiantes exonerados podrán visualizar y descargar el documento del certificado de registro de título en la página: https://servicios.educacion.gob.ec/titulacion25-web. Los títulos y actas de grado podrán ser impresos cuando lo permitan las condiciones sanitarias del País. • Una vez que se hayan superado las condiciones actuales de la emergencia sanitaria nacional, se podrá realizar la validación posterior de los expedientes académicos de manera aleatoria. Proceso de Titulación y Refrendación • Del 16 al 28 de julio de 2020 el directivo de la institución educativa realizará el registro de la calificación del proyecto de grado en el sistema informático de titulación. • Mientras dure la emergencia sanitaria nacional, las instituciones educativas no realizarán la impresión de títulos y/o actas de grado. Estos podrán ser impresos y entregados cuando lo permitan las condiciones sanitarias del País.
  • 11. Dirección: Av. Amazonas N34-451 y Av. Atahualpa. Código postal: 170507 / Quito-Ecuador Teléfono: 593-2-396-1300 - www.educacion.gob.ec 11 • A partir del 24 de julio de 2020, los estudiantes podrán visualizar y descargar el documento del “Certificado de Registro de Título de Bachiller" en la página: https://servicios.educacion.gob.ec/titulacion25-web. Este certificado será equivalente al Título de Bachiller.4 • Mientras dure la emergencia sanitaria nacional, las instituciones educativas no realizarán fiestas ni ceremonias de incorporación presenciales; sin embargo, es su potestad llevar a cabo eventos mediante el uso de plataformas digitales, o podrán realizarlos una vez que se hayan superado las condiciones sanitarias actuales y lo permitan las autoridades competentes. • Los estudiantes que se encuentren pendientes de titulación de años lectivos anteriores podrán acogerse al procedimiento establecido en este documento, coordinando con su institución educativa. 5. CRONOGRAMA 5.1 Cronograma de Actividades de Segundo de Educación General Básica a Segundo de Bachillerato. ACTIVIDADES PARA LA FINALIZACIÓN DEL AÑO ESCOLAR DE SEGUNDO DE EDUCACIÓN BÁSICA HASTA SEGUNDO AÑO DE BACHILLERATO ACTIVIDADES FECHAS Elaboración del cronograma de entrega del portafolio del estudiante Del 29 y 30 de junio de 2020 Socialización del cronograma de entrega del portafolio 30 de junio y 1 de julio de 2020 Entrega – Recepción del portafolio del estudiante y de textos escolares (IE fiscales y fiscomisionales) Del 1 al 7 de julio de 2020 Valoración del portafolio del estudiante e ingreso de calificaciones al aplicativo informático Del 7 al 13 de julio de 2020 Juntas de curso y Publicación de Notas 14 de julio de 2020 Elaboración del trabajo escrito de supletorios por parte de los estudiantes5 15 al 24 de julio de 2020 Entrega - Recepción del trabajo escrito de supletorios 27 de julio de 2020 Publicación de notas del trabajo escrito de supletorios 28 de julio de 2020 Junta General de Directivos y Profesores 29 y 30 de julio de 2020 Vacaciones de docentes 31 de julio al 18 de agosto de 2020 Reingreso de docentes 19 de agosto de 2020 Entrega -Recepción del trabajo escrito de remediales 19 al 21 de agosto de 2020 Publicación del trabajo escrito de remediales 24 de agosto de 2020 Entrega -Recepción del trabajo escrito de gracia 27 de agosto de 2020 Publicación de notas del trabajo escrito de gracia 27 de agosto de 2020 Actividades pedagógicas para inicio del año lectivo 19 al 31 de agosto de 2020 Inicio del año lectivo 01 de septiembre de 2020 4 Acuerdo Ministerial Nro. MINEDUC-MINEDUC-2020-0027-A 5 Artículo 212 del Reglamento General de la Ley
  • 12. Dirección: Av. Amazonas N34-451 y Av. Atahualpa. Código postal: 170507 / Quito-Ecuador Teléfono: 593-2-396-1300 - www.educacion.gob.ec 12 5.2 Cronograma de Actividades de Tercer año de Bachillerato. CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES PARA LA FINALIZACION DEL AÑO ESCOLAR PARA TERCER AÑO DE BACHILLERATO, RÉGIMEN SIERRA-AMAZONÍA AÑO LECTIVO 2019-2020 ACTIVIDADES FECHAS Entrega – Recepción del portafolio del estudiante Del 18 al 22 de mayo de 2020 Valoración del portafolio del estudiante Del 18 al 29 de mayo de 2020 Ingreso de calificaciones del Portafolio del estudiante a la Macro de Titulación Del 18 al 29 de mayo de 2020 Juntas de curso y Publicación de notas 01 de junio de 2020 Lineamientos para estudiantes que se presentarán al supletorio de tercero de BGU 02 de junio de 2020 Entrega - Recepción de proyecto o trabajo escrito de supletorios Del 17 al 19 de junio de 2020 Titulación de estudiantes exonerados Ingreso de información en el aplicativo informático Desde el 29 de mayo de 2020 Validación de información en el aplicativo informático Desde 10 de junio de 2020 Consulta del certificado del registro del título de bachiller en la página oficial de MINEDUC de estudiantes exonerados Desde 11 de junio de 2020* Proyecto de Grado Socialización de lineamientos del proyecto de grado por parte del Guía tutor Del 01 al 05 de junio de 2020 Acompañamiento y asesoramiento en el desarrollo del proyecto de grado Del 08 de junio al 08 de julio de 2020 Entrega – Recepción del proyecto de grado y de textos escolares Del 09 al 15 de julio de 2020 Valoración del proyecto de grado Del 16 al 22 de julio de 2020 Titulación Ingreso de nota de grado en el aplicativo informático de titulación de bachilleres Del 16 al 28 de julio de 2020 Consulta del certificado del registro del título de bachiller en la página oficial de MINEDUC Desde 24 de julio de 2020* Junta General de Directivos y Profesores 29 y 30 de julio de 2020 Vacaciones de docentes 31 de julio al 18 de agosto de 2020 Reingreso de docentes 19 de agosto de 2020 Entrega -Recepción de proyecto o trabajo escrito de remediales 19 al 21 de agosto de 2020 Publicación de notas de proyecto o trabajo escrito remediales 24 de agosto de 2020 Entrega -Recepción de proyecto o trabajo escrito de gracia 27 de agosto de 2020 Publicación de notas de proyecto o trabajo escrito de gracia 27 de agosto de 2020 Actividades pedagógicas para inicio del año lectivo 19 al 31 de agosto de 2020 Inicio del año lectivo 01 de septiembre de 2020 *La fecha de grado, que constará en el Título de Bachiller corresponde a la fecha en que se complete en el sistema informático la carga de notas por parte de la institución educativa. Nota: Los docentes del sistema educativo fiscal completarán sus vacaciones del año lectivo, del 31 de julio al 18 de agosto6 . Los docentes de las instituciones educativas de sostenimiento particular, fiscomisional y municipales sujetarán a la normativa correspondiente7 . DNRE: ML/LV/FM/RA/EV 12-05-2020 6 Artículo 29 de la Ley Orgánica del Servicio Público. 7 Artículo 69 del Código de Trabajo. EDUARDO JOSE VELIZ QUINTERO Firmado digitalmente por EDUARDO JOSE VELIZ QUINTERO Fecha: 2020.05.12 14:04:21 -05'00'