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1. LEGALIZACION DE LA EMPRESA
Aspectos legales
Acta de constitución:
Es un documento en el cual se establecen los aportes de cada socio, la razón
social, dirección del domicilio, objeto social y representante legal de la empresa.
Minuta de constitución:
Es la escritura pública de constitución de la sociedad la cual se elabora y legaliza
ante un notario.
Inscripción cámara de comercio:
Para este trámite deben seguirse los siguientes pasos:
a) Requisitos previos:
- Verificar que no exista en la cámara de comercio, un nombre igual al de la
sociedad
- Revisar que el acta y la escritura publica este bien diligenciado
- Identificar el representante legal, la junta directiva y el revisor fiscal
b) Inscripción de registros:
- Diligenciar y entregar el formulario de matrícula de la sociedad
- Presentar acta y copia de la escritura de constitución.
- Anexar el permiso de funcionamiento de la sociedad
- Presentar documentos de identidad, formas autenticadas y certificados de
aceptación de cargos.
- Realizar los pagos por concepto de derechos, inscripción, publicación y papel de
seguridad.
c) Inscripción de nombramientos:
- Deben inscribirse ante la cámara de comercio, los nombramientos del
representante legal, la junta directiva y el revisor fiscal para lo cual se debe
presentar el acta de nombramiento.
- Acreditar el número de identidad de las personas; el representante legal, los
integrantes de la junta directiva, y el revisor fiscal.
d) Inscripción de los libros de contabilidad
- Se hace ante la cámara de comercio, es una obligación legal; los libros que se
deben registrar son:
Libros de actas, libro de junta de socios, registro de socios, balances, libro de
inventarios.
Trámites ante la DIAN
- Una vez terminados los trámites ante la cámara de comercio se procede a
realizar ante la administración de impuestos de aduana nacionales, la asignación
del NIT y la inscripción del RUT.
Trámites ante la tesorería municipal:
- Anexado el certificado de constitución el NIT y el RUT se diligencia el formato de
tesorería como contribuyente de impuesto de industria y comercio.
Patente de funcionamiento:
- Es expedida por la alcaldía menor de la zona de domicilio de la empresa.
- Para su diligenciamiento debe tramitarse la licencia de bomberos, la patente de
sanidad, el concepto de la oficina de planeación.
- Autores y compositores SAYCO Y ACINPRO.
Todos estos documentos se deben presentar con copias debidamente
autenticadas.
Tramites patronales
- Se refiere a la afiliación a las entidades de seguridad social establecidas por la
ley:
Eps
Caja de compensación familiar
Legalización del reglamento interno del trabajo:
-Esta se tramita ante el ministerio de trabajo para la cual se debe presentar 3
copias del reglamento firmadas por el representante legal.
ACTA DE CONSTITUCION
El 5 de febrero del 2012 se reunieron las siguientes personas: Alejandra Gutiérrez
c.c 1.033.156.256, Maira Silva c.c 1.031.147.976, Juan Alvarado c.c
1.021.154.789, Ángela Rodríguez c.c 1.032.156.874, Karen Roncancioc.c
1.031.256.987, Sirly González c.c 1.326.562.321 y constituyeron una sociedad la
cual será establecida con escritura pública donde se comparecerá lo siguiente:
- Esta sociedad será identificada con el nombre DESSERT DELICE y será de
tipo limitada, su domicilio seráCalle 55 SUR # 24 C 85 - TINTAL y número de
teléfono4793498.
- Su objeto social corresponderá a la elaboración y comercialización de
postres para todo tipo de ocasiones al por mayor y al de tal, y ejecución de
todos aquellos otros actos o nexos del mismo objeto social.
- Su capital social será de $ 12.000.000 repartido de a $ 2.000.000 por socio;
todos y cada uno de los socios delegan la representación y administración
de la sociedad en un gerente, quien podrá celebrar y ejecutar todos los
actos y contratos comprendidos dentro del objeto social o que tengan
relación directa con la existencia y funcionamiento de la sociedad.
- Todos los socios de la compañía componen la junta de socios que tendrá
una reunión ordinaria cada seis meses en la sede social de la empresa en
la hora determinada por el gerente y avisadas por escrito a los socios con
quince días de anticipación.
- Las reuniones extraordinarias se efectuaran cuando así lo decidan los
socios o el representante legal.
- Cada seis meses el treinta de junio y el 31 de diciembre se verificara el
balance general de los negocios; igualmente, se harán balances
extraordinarios cada vez que alguno de los socios lo demande.
- La representación legal de la sociedad, corresponderá a un gerente.
Señálese con un periodo de 2 años para el ejercicio de las funciones de la
persona a la que se le dedique como tal, contactados a partir de la fecha de
la escritura; para este cargo se eligió a KAREN RONCANCIOc.c
1.031.256.987.
- En todo lo previsto la sociedad, se regirá por las disposiciones legales
sobre sociedades de responsabilidad limitada.
MAIRA SILVA ALEJANDRA GUTIÉRREZ
JUAN ALVARADO ÁNGELA RODRÍGUEZ
SIRLY GONZÁLEZ KAREN RONCANCIO
CONSTITUCION DE UNA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA
Escritura publica
Numero novecientos noventa (990)
En el círculo notarial de Bogotá, Distrito Capital, República de Colombia, el día
cinco de febrero de dos mil doce , ante mí Rodrigo Zapata, Notario Quinto del
referido círculo, comparecieron los señores,Alejandra Gutiérrez, Maira Silva, Juan
Alvarado, Ángela Rodríguez, Karen Roncancio, Sirly González colombianos,
mayores de edad, vecinos de Bogotá, portadores de cédulas de ciudadanía
números1.033.156.256, 1.031.147.976, 1.021.154.789,1.032.156.874
,1.031.256.987 y 1.326.562.321expedidas en Bogotá, respectivamente, a quienes
conozco personalmente, de lo cual doy fe, y obrando en su propio nombre dijeron
que han celebrado un contrato de sociedad comercial de responsabilidad limitada
que se regirá por las estipulaciones contenidas en las cláusulas siguientes:
PRIMERA: Son socios fundadores los comparecientes Alejandra Gutiérrez, Maira
Silva, Juan Alvarado, Ángela Rodríguez, Karen Roncancio y Sirly González ;su
responsabilidad personal queda limitada al monto de sus aportes. SEGUNDA: L a
sociedad girará bajo la razón social que se consigna en la siguiente formula
enunciada: “DessertDélice Limitada” y con esta contratará, abrirá cuentas
bancarias, realizara la publicidad de la empresa y ejecutará todos los actos
propios del objeto social (conforme al artículo 357 del C.de Co.). TERCERA: La
sociedad tendrá por domicilio principal la ciudad de Santafé de Bogotá, Distrito
Capital, República de Colombia. CUARTA: La sociedad DessertDélice Ltda.
Tendrá por objeto social laelaboración y comercialización de postres para todo
tipo de ocasiones al por mayor y al de tal, y ejecución de todos aquellos otros
actos o nexos del mismo objeto social.QUINTA: El capital social es de DOCE
MILLONES DE PESOS ($12.000.000) moneda colombiana, dividido en cuotas o
partes sociales de un valor nominal de DOS MILLONES DE PESOS, moneda
legal, cada una. Este capital ha sido pagado íntegramente por los socios
fundadores así: la sociaAlejandra Gutiérrez aporta en efectivo la suma de DOS
MILLONES DE PESOS ($2.000.000) equivalentes a 4 cuotas o partes sociales; la
socia Maira Silva aporta en efectivo la suma de DOS MILLONES DE PESOS
($2.000.000) equivalentes a 4 cuotas o partes sociales; el socioJuan
Alvaradoaporta en efectivo la suma de DOS MILLONES DE PESOS ($2.000.000)
equivalentes a 4 cuotas o partes sociales; la sociaÁngela Rodríguezaporta en
efectivo la suma de DOS MILLONES DE PESOS ($2.000.000) equivalentes a 4
cuotas o partes sociales; la sociaKaren Roncancio aporta en efectivo la suma de
DOS MILLONES DE PESOS ($2.000.000) equivalentes a 4 cuotas o partes
sociales; la socia Sirly González aporta en efectivo la suma de DOS MILLONES
DE PESOS ($2.000.000) equivalentes a 4 cuotas o partes sociales. SEXTA:
Todos y cada uno de los socios delegan la representación y administración de la
sociedad en un gerente, quien podrá celebrar y ejecutar todos los actos y
contratos comprendidos dentro del objeto social o que tengan relación directa con
la existencia o funcionamiento de la sociedad. SEPTIMA: Todos los socios de la
compañía componen la junta de socios, que tendrán una reunión ordinaria cada
seis (6) meses en la sede social de la empresa, en la hora determinada por el
gerente y avisadas por escrito a los socios con quince días de anticipación, por lo
menos. Las reuniones extraordinarias se efectuaran cuando así lo decidan el
representante legal o los socios. OCTAVA: La junta de socios ejercerá las
siguientes funciones: 1ª. Estudiar y aprobar las reformas de los estatutos; 2ª.
Examinar, aprobar o improbar los balances de fin de ejercicio y las cuentas que
debe rendir el gerente; 3ª. Disponer de las utilidades sociales a este contrato y las
leyes; 4ª. Hacer la elección de gerente de la sociedad y removerlo libremente; 5ª.
Considerar los informes del gerente sobre el estado de los negocios sociales; 6ª.
Resolver todo lo relativo a la cesión de cuotas, así como la admisión de nuevos
socios; 7ª. Decidir sobre el retiro y exclusión de socios; 8ª. Ordenar las acciones
que correspondan contra el gerente o cualquier otra persona que hubiera
incumplido sus obligaciones u ocasionado daños o perjuicios a la sociedad; 9ª.
Constituir las reservas ocasionales; 10ª. Adoptar, en general, todas las medidas
que reclamen el cumplimiento de los estatutos y el interés común de los
asociados; 11ª. Exigir de los socios las prestaciones complementarias o
accesorias si a ello hubiere lugar; 12ª. Elegir y remover libremente a los
funcionarios cuya designación considere necesaria para la mejor organización y
buena marcha de la empresa, de acuerdo con el volumen de los negocios
sociales; 13ª. Las demás que le señalen las leyes. NOVENO: La sociedad llevará
un libro debidamente registrado en que se anotaran, por orden cronológico, las
actas de las reuniones de la junta de socios, y estas serán firmadas por su
presidente y su secretario, en cada oportunidad. DECIMA: Cada seis (6) meses, el
30 de junio y el 31 de diciembre se verificará el balance general de los negocios;
igualmente, se harán balances generales extraordinarios, cada vez que cualquiera
de los socios así lo solicite. Estos balances se harán en la forma indicada por los
artículos 445 del C. de Co., DECIMAPRIMERA: Las utilidades deberán repartirse
en cada ejercicio social promocionalmente al monto de sus aportes.
DECIMATERCERA: La reserva legal de la sociedad ascenderá por lo menos al
cincuenta por ciento del capital social. La Junta de Socios podrá ordenar reservas
ocasionales con fines determinados, que serán obligatorios para el ejercicio social
en el cual se hagan; y podrán cambiar la destinación de estas reservas
ocasionales u ordenar su distribución cuando sean innecesarias. Hechas las
reservas aludidas, el remanente será distribuido entre los socios en las
proporciones acordadas en el contrato. DECIMACUARTA: El término de duración
de esta sociedad será de diez (10) años contados a partir de la fecha de la
presente escritura. DECIMAQUINTA: Además de las causales generales de la
disolución, esta sociedad quedará disuelta cuando ocurran perdidas que reduzcan
el valor de los activos sociales por debajo del cincuenta por ciento del capital
social o cuando el número de socios exceda de veinticinco (25) (Art. 370 del C. de
Co.). DECIMASEXTA: La sociedad llevará un libro de inscripción de socios
registrado en la Cámara de Comercio, en el cual se anotaran el nombre,
nacionalidad, domicilio, documentos de identificación y numero de cuotas sociales
o partes de capital de cada uno poseyere, así como los embargos, gravámenes y
cesiones que se hubieren producido a un por vía de remate. DECOMASEPTIMA:
La representación legal de la sociedad, como se ha dicho, corresponderá al
gerente. Señálese un periodo de dos años para el ejercicio de las funciones de la
persona a que se le designe como tal, contados a partir de la fecha de la siguiente
escritura. DECIMAOCTAVA: En todo lo no previsto en el presente contrato, la
sociedad se regirá por las disposiciones legales sobre sociedades de
responsabilidad limitada y sociedades anónimas.
Firmas:
EL NOTARIO
SOCIO SOCIO
SOCIO SOCIO
SOCIO SOCIO
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  • 1. 1. LEGALIZACION DE LA EMPRESA Aspectos legales Acta de constitución: Es un documento en el cual se establecen los aportes de cada socio, la razón social, dirección del domicilio, objeto social y representante legal de la empresa. Minuta de constitución: Es la escritura pública de constitución de la sociedad la cual se elabora y legaliza ante un notario. Inscripción cámara de comercio: Para este trámite deben seguirse los siguientes pasos: a) Requisitos previos: - Verificar que no exista en la cámara de comercio, un nombre igual al de la sociedad - Revisar que el acta y la escritura publica este bien diligenciado - Identificar el representante legal, la junta directiva y el revisor fiscal b) Inscripción de registros: - Diligenciar y entregar el formulario de matrícula de la sociedad - Presentar acta y copia de la escritura de constitución. - Anexar el permiso de funcionamiento de la sociedad - Presentar documentos de identidad, formas autenticadas y certificados de aceptación de cargos. - Realizar los pagos por concepto de derechos, inscripción, publicación y papel de seguridad. c) Inscripción de nombramientos: - Deben inscribirse ante la cámara de comercio, los nombramientos del representante legal, la junta directiva y el revisor fiscal para lo cual se debe presentar el acta de nombramiento. - Acreditar el número de identidad de las personas; el representante legal, los integrantes de la junta directiva, y el revisor fiscal. d) Inscripción de los libros de contabilidad
  • 2. - Se hace ante la cámara de comercio, es una obligación legal; los libros que se deben registrar son: Libros de actas, libro de junta de socios, registro de socios, balances, libro de inventarios. Trámites ante la DIAN - Una vez terminados los trámites ante la cámara de comercio se procede a realizar ante la administración de impuestos de aduana nacionales, la asignación del NIT y la inscripción del RUT. Trámites ante la tesorería municipal: - Anexado el certificado de constitución el NIT y el RUT se diligencia el formato de tesorería como contribuyente de impuesto de industria y comercio. Patente de funcionamiento: - Es expedida por la alcaldía menor de la zona de domicilio de la empresa. - Para su diligenciamiento debe tramitarse la licencia de bomberos, la patente de sanidad, el concepto de la oficina de planeación. - Autores y compositores SAYCO Y ACINPRO. Todos estos documentos se deben presentar con copias debidamente autenticadas. Tramites patronales - Se refiere a la afiliación a las entidades de seguridad social establecidas por la ley: Eps Caja de compensación familiar Legalización del reglamento interno del trabajo: -Esta se tramita ante el ministerio de trabajo para la cual se debe presentar 3 copias del reglamento firmadas por el representante legal.
  • 3. ACTA DE CONSTITUCION El 5 de febrero del 2012 se reunieron las siguientes personas: Alejandra Gutiérrez c.c 1.033.156.256, Maira Silva c.c 1.031.147.976, Juan Alvarado c.c 1.021.154.789, Ángela Rodríguez c.c 1.032.156.874, Karen Roncancioc.c 1.031.256.987, Sirly González c.c 1.326.562.321 y constituyeron una sociedad la cual será establecida con escritura pública donde se comparecerá lo siguiente: - Esta sociedad será identificada con el nombre DESSERT DELICE y será de tipo limitada, su domicilio seráCalle 55 SUR # 24 C 85 - TINTAL y número de teléfono4793498. - Su objeto social corresponderá a la elaboración y comercialización de postres para todo tipo de ocasiones al por mayor y al de tal, y ejecución de todos aquellos otros actos o nexos del mismo objeto social. - Su capital social será de $ 12.000.000 repartido de a $ 2.000.000 por socio; todos y cada uno de los socios delegan la representación y administración de la sociedad en un gerente, quien podrá celebrar y ejecutar todos los actos y contratos comprendidos dentro del objeto social o que tengan relación directa con la existencia y funcionamiento de la sociedad. - Todos los socios de la compañía componen la junta de socios que tendrá una reunión ordinaria cada seis meses en la sede social de la empresa en la hora determinada por el gerente y avisadas por escrito a los socios con quince días de anticipación. - Las reuniones extraordinarias se efectuaran cuando así lo decidan los socios o el representante legal.
  • 4. - Cada seis meses el treinta de junio y el 31 de diciembre se verificara el balance general de los negocios; igualmente, se harán balances extraordinarios cada vez que alguno de los socios lo demande. - La representación legal de la sociedad, corresponderá a un gerente. Señálese con un periodo de 2 años para el ejercicio de las funciones de la persona a la que se le dedique como tal, contactados a partir de la fecha de la escritura; para este cargo se eligió a KAREN RONCANCIOc.c 1.031.256.987. - En todo lo previsto la sociedad, se regirá por las disposiciones legales sobre sociedades de responsabilidad limitada. MAIRA SILVA ALEJANDRA GUTIÉRREZ JUAN ALVARADO ÁNGELA RODRÍGUEZ SIRLY GONZÁLEZ KAREN RONCANCIO
  • 5. CONSTITUCION DE UNA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA Escritura publica Numero novecientos noventa (990) En el círculo notarial de Bogotá, Distrito Capital, República de Colombia, el día cinco de febrero de dos mil doce , ante mí Rodrigo Zapata, Notario Quinto del referido círculo, comparecieron los señores,Alejandra Gutiérrez, Maira Silva, Juan Alvarado, Ángela Rodríguez, Karen Roncancio, Sirly González colombianos, mayores de edad, vecinos de Bogotá, portadores de cédulas de ciudadanía números1.033.156.256, 1.031.147.976, 1.021.154.789,1.032.156.874 ,1.031.256.987 y 1.326.562.321expedidas en Bogotá, respectivamente, a quienes conozco personalmente, de lo cual doy fe, y obrando en su propio nombre dijeron que han celebrado un contrato de sociedad comercial de responsabilidad limitada que se regirá por las estipulaciones contenidas en las cláusulas siguientes: PRIMERA: Son socios fundadores los comparecientes Alejandra Gutiérrez, Maira Silva, Juan Alvarado, Ángela Rodríguez, Karen Roncancio y Sirly González ;su responsabilidad personal queda limitada al monto de sus aportes. SEGUNDA: L a sociedad girará bajo la razón social que se consigna en la siguiente formula enunciada: “DessertDélice Limitada” y con esta contratará, abrirá cuentas bancarias, realizara la publicidad de la empresa y ejecutará todos los actos propios del objeto social (conforme al artículo 357 del C.de Co.). TERCERA: La sociedad tendrá por domicilio principal la ciudad de Santafé de Bogotá, Distrito Capital, República de Colombia. CUARTA: La sociedad DessertDélice Ltda. Tendrá por objeto social laelaboración y comercialización de postres para todo tipo de ocasiones al por mayor y al de tal, y ejecución de todos aquellos otros actos o nexos del mismo objeto social.QUINTA: El capital social es de DOCE MILLONES DE PESOS ($12.000.000) moneda colombiana, dividido en cuotas o partes sociales de un valor nominal de DOS MILLONES DE PESOS, moneda legal, cada una. Este capital ha sido pagado íntegramente por los socios fundadores así: la sociaAlejandra Gutiérrez aporta en efectivo la suma de DOS MILLONES DE PESOS ($2.000.000) equivalentes a 4 cuotas o partes sociales; la
  • 6. socia Maira Silva aporta en efectivo la suma de DOS MILLONES DE PESOS ($2.000.000) equivalentes a 4 cuotas o partes sociales; el socioJuan Alvaradoaporta en efectivo la suma de DOS MILLONES DE PESOS ($2.000.000) equivalentes a 4 cuotas o partes sociales; la sociaÁngela Rodríguezaporta en efectivo la suma de DOS MILLONES DE PESOS ($2.000.000) equivalentes a 4 cuotas o partes sociales; la sociaKaren Roncancio aporta en efectivo la suma de DOS MILLONES DE PESOS ($2.000.000) equivalentes a 4 cuotas o partes sociales; la socia Sirly González aporta en efectivo la suma de DOS MILLONES DE PESOS ($2.000.000) equivalentes a 4 cuotas o partes sociales. SEXTA: Todos y cada uno de los socios delegan la representación y administración de la sociedad en un gerente, quien podrá celebrar y ejecutar todos los actos y contratos comprendidos dentro del objeto social o que tengan relación directa con la existencia o funcionamiento de la sociedad. SEPTIMA: Todos los socios de la compañía componen la junta de socios, que tendrán una reunión ordinaria cada seis (6) meses en la sede social de la empresa, en la hora determinada por el gerente y avisadas por escrito a los socios con quince días de anticipación, por lo menos. Las reuniones extraordinarias se efectuaran cuando así lo decidan el representante legal o los socios. OCTAVA: La junta de socios ejercerá las siguientes funciones: 1ª. Estudiar y aprobar las reformas de los estatutos; 2ª. Examinar, aprobar o improbar los balances de fin de ejercicio y las cuentas que debe rendir el gerente; 3ª. Disponer de las utilidades sociales a este contrato y las leyes; 4ª. Hacer la elección de gerente de la sociedad y removerlo libremente; 5ª. Considerar los informes del gerente sobre el estado de los negocios sociales; 6ª. Resolver todo lo relativo a la cesión de cuotas, así como la admisión de nuevos socios; 7ª. Decidir sobre el retiro y exclusión de socios; 8ª. Ordenar las acciones que correspondan contra el gerente o cualquier otra persona que hubiera incumplido sus obligaciones u ocasionado daños o perjuicios a la sociedad; 9ª. Constituir las reservas ocasionales; 10ª. Adoptar, en general, todas las medidas que reclamen el cumplimiento de los estatutos y el interés común de los asociados; 11ª. Exigir de los socios las prestaciones complementarias o accesorias si a ello hubiere lugar; 12ª. Elegir y remover libremente a los funcionarios cuya designación considere necesaria para la mejor organización y buena marcha de la empresa, de acuerdo con el volumen de los negocios sociales; 13ª. Las demás que le señalen las leyes. NOVENO: La sociedad llevará un libro debidamente registrado en que se anotaran, por orden cronológico, las actas de las reuniones de la junta de socios, y estas serán firmadas por su presidente y su secretario, en cada oportunidad. DECIMA: Cada seis (6) meses, el 30 de junio y el 31 de diciembre se verificará el balance general de los negocios; igualmente, se harán balances generales extraordinarios, cada vez que cualquiera de los socios así lo solicite. Estos balances se harán en la forma indicada por los artículos 445 del C. de Co., DECIMAPRIMERA: Las utilidades deberán repartirse en cada ejercicio social promocionalmente al monto de sus aportes. DECIMATERCERA: La reserva legal de la sociedad ascenderá por lo menos al cincuenta por ciento del capital social. La Junta de Socios podrá ordenar reservas ocasionales con fines determinados, que serán obligatorios para el ejercicio social en el cual se hagan; y podrán cambiar la destinación de estas reservas ocasionales u ordenar su distribución cuando sean innecesarias. Hechas las
  • 7. reservas aludidas, el remanente será distribuido entre los socios en las proporciones acordadas en el contrato. DECIMACUARTA: El término de duración de esta sociedad será de diez (10) años contados a partir de la fecha de la presente escritura. DECIMAQUINTA: Además de las causales generales de la disolución, esta sociedad quedará disuelta cuando ocurran perdidas que reduzcan el valor de los activos sociales por debajo del cincuenta por ciento del capital social o cuando el número de socios exceda de veinticinco (25) (Art. 370 del C. de Co.). DECIMASEXTA: La sociedad llevará un libro de inscripción de socios registrado en la Cámara de Comercio, en el cual se anotaran el nombre, nacionalidad, domicilio, documentos de identificación y numero de cuotas sociales o partes de capital de cada uno poseyere, así como los embargos, gravámenes y cesiones que se hubieren producido a un por vía de remate. DECOMASEPTIMA: La representación legal de la sociedad, como se ha dicho, corresponderá al gerente. Señálese un periodo de dos años para el ejercicio de las funciones de la persona a que se le designe como tal, contados a partir de la fecha de la siguiente escritura. DECIMAOCTAVA: En todo lo no previsto en el presente contrato, la sociedad se regirá por las disposiciones legales sobre sociedades de responsabilidad limitada y sociedades anónimas. Firmas: EL NOTARIO SOCIO SOCIO SOCIO SOCIO SOCIO SOCIO